Licitación ID: 1057501-421-LQ23
CONVENIO MANT. EQUIPOS OSTEOPULMONAR PORTATIL II
Responsable de esta licitación: COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO, COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 408
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Productos o servicios
1
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 3 Unidad
Cod: 73152101
77-002-001-433-00 MANTENCION PREVENTIVA EQUIPO OSTEOPULMONAR PORTÁTIL, MARCA GE, MODELO Xr 240  

2
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 3 Unidad
Cod: 73152101
77-002-001-059-00 MANTENCION CORRECTIVA EQUIPO OSTEOPULMONAR PORTÁTIL, MARCA GE, MODELO Xr 240  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO MANT. EQUIPOS OSTEOPULMONAR PORTATIL II
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Se gestiona la compra de bienes y la contratación servicios externos, para dar cumplimiento a sus funciones, generales o específicas, aun cuando sean propias y/o habituales.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO
Unidad de compra:
COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO
R.U.T.:
61.608.502-6
Dirección:
Avenida Melchor Concha y Toro 3459, Puente Alto
Comuna:
Puente Alto
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-12-2023 17:00:00
Fecha de Publicación: 28-11-2023 13:41:00
Fecha inicio de preguntas: 28-11-2023 15:01:00
Fecha final de preguntas: 12-12-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-12-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-12-2023 17:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-12-2023 17:01:00
Fecha de Adjudicación: 29-02-2024 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos Administrativos 1057501-421-LQ23
2.- Bases de Licitación
3.- Resolución de Publicación
Documentos Técnicos
1.- Anexos Técnicos 1057501-421-LQ23
 
2.- Visita a Terreno
 
3.- Acta Visita a Terreno 1057501-421-LQ23
 
4.- Nueva Fecha Visita a Terreno
 
Documentos Económicos
1.- Anexos Económicos 1057501-421-LQ23
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Ofertado De acuerdo con lo indicado en bases de Licitación. 60%
2 Experiencia del Oferente De acuerdo con lo indicado en bases de Licitación. 25%
3 Oferta Técnica De acuerdo con lo indicado en bases de Licitación. 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 48 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: RAMON VARAS
e-mail de responsable de pago: RAVARAS@SSMSO.CL
Nombre de responsable de contrato: Luis Mella
e-mail de responsable de contrato: lmella@ssmso.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25762819-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río, Rut: 61.608.502- 6.
Fecha de vencimiento: 01-07-2024
Monto: 2000000 Peso Chileno
Descripción: La Seriedad de la Oferta se caucionará mediante la presentación de un documento de garantía, pagadero a la vista y de carácter irrevocable, el cual debe extenderse indicando beneficiario (nombre y rut) y glosa correspondiente. El proponente debe presentar una garantía, tomada a la orden del Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río a la vista e irrevocable, con el objeto de garantizar la seriedad de la oferta, por cada propuesta ingresada en el portal, la no presentación de este documento de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases, hará inadmisible la oferta del Oferente. El original debe ser entregado física o electrónicamente (siempre y cuando la naturaleza del documento lo permita) hasta el día y hora de cierre de la publicación de la licitación, en la Unidad de Gestión Documental de Abastecimiento del Complejo. Dicha garantía podrá ser otorgada física o electrónicamente, en este último caso ajustándose a la Ley N° 19.799. Todo documento deberá ser acompañado para su recepción conforme, de un certificado de autenticidad (original) de la entidad emisora.
Glosa: “Garantía de Seriedad de la oferta del CONVENIO MANTENCIÓN EQUIPO OSTEOPULMONAR PORTÁTIL GENERAL ELECTRIC II, ID: 1057501-421-LQ23”
Forma y oportunidad de restitución: La devolución del documento de garantía por seriedad de la oferta se realizará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación de la oferta según corresponda, salvo a los oferentes seleccionados en el 1er y 2do lugar, a quienes se les devolverá la caución, una vez firmado el Contrato con el proponente adjudicado, de acuerdo a lo establecido en el Articulo N°43 del reglamento de compras públicas, mediante solicitud del oferente al correo electrónico gustavo.medina@sotero.cl.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río, Rut: 61.608.502- 6.
Fecha de vencimiento: 29-06-2028
Monto: 15 %
Descripción: El documento de garantía de fiel cumplimiento de contrato, además de garantizar el acatamiento del contrato, garantiza el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante. La entrega del documento de garantía será en la Unidad de Abastecimiento del CASR, en conjunto con los 2 ejemplares del contrato. Este documento será resguardado en Finanzas del CASR. Todo documento deberá ser acompañado para su recepción conforme, de un certificado de autenticidad de la entidad emisora.
Glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento del CONVENIO MANTENCIÓN EQUIPO OSTEOPULMONAR PORTÁTIL GENERAL ELECTRIC II, ID: 1057501-421-LQ23”
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de este documento se realizará al sexto mes una vez finalizado el contrato, previa solicitud del oferente al correo electrónico gustavo.medina@sotero.cl.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
VISITA A TERRENO

Los participantes deberán realizar una visita a terreno, previa publicación en los anexos de la licitación, donde se indicará fecha, hora y lugar; esto se debe realizar de lunes a viernes en horario fijo determinado en el documento. Esta visita es obligatoria y todo lo solicitado como requisito para asistir, y será causal de exclusión si no se participa o no se cumple con las obligaciones.

La visita a terreno estará a cargo del funcionario designado por la jefatura de la Unidad de Equipos Médicos, cualquier duda de la visita puede consultar al correo equiposmedicos@ssmso.cl.

Se dará un tiempo máximo de espera de 10 minutos, desde la hora fijada para la visita.

Obligaciones en la visita:

-          Ser puntual

-          Traer lápiz y libreta propios para tomar apuntes

-          Se podrán tomar fotografías solo con la debida autorización del jefe de Equipos Médicos o quien el designe para la visita.

-          Dependiendo del encargado podrán máximo asistir dos personas por empresa, previa autorización.


DE LOS INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS.

Como método de control y aseguramiento de la calidad, dos tipos de sanciones; la amonestación y la multa. La amonestación corresponde a un registro escrito y firmado que deja en manifiesto cualquier falta menor cometida por la Empresa, no afecta a sanción directa, en atención a su importancia. La acumulación de 3 (tres) amonestaciones de cualquier índole en un periodo de 6 (seis) meses ameritará una multa leve.

La multa directa corresponde a la sanción de cualquier falta, de gravedad leve, moderada o grave, en que incurra la empresa, evaluada por el encargado del convenio.

El Administrador del contrato por parte del CASR, al detectar o ser informado por profesionales y funcionarios del CASR, pacientes o fiscalizadores externos, de una irregularidad, determinará en primera instancia, el tipo de sanción que amerita la situación denunciada.

AMONESTACIÓN: En el caso de aplicar una amonestación, se informará a la Empresa por escrito con el objetivo que ésta tome las medidas necesarias, siendo estas las siguientes:

  • Incumplimiento de cualquier normativa laboral que sea detectada in situ.
  • No contestar por los canales definidos por ambas partes, dentro de un plazo de 24 hrs

La suma de tres (3) amonestaciones en un periodo de seis (6) meses dará paso a una multa leve.

MULTA LEVE: Será considerada LEVE aquella situación, que no origine riesgos a personas ni daños a la Institución y a su imagen. La multa LEVE será valorizada en 3 U.T.M., siendo estas las siguientes:

  • Que el personal se encuentre realizando mantención en áreas que no corresponda.
  • No cumplir con los tiempos en los llamados de emergencia para mantenciones correctivas, desde el llamado se estima un máximo de 8 horas hábiles para respuesta, considerando un máximo de 60 minutos para respuesta telefónica y un tiempo de resolución in situ de 24 horas.
  • No poseer todas las herramientas y elementos de protección personal
  • No presentarse en la unidad de Equipos médicos antes de iniciar las funciones de mantención o revisión de los equipos adjudicados
  • Que la empresa tenga 3 amonestaciones en un periodo de 6 meses.
  • No guardar reserva absoluta respecto de la información y/o hechos relativos al CASR, de que tomare conocimiento en virtud de sus funciones y deberes.

MULTA MODERADA: Será considerada MODERADA, aquella situación originada por una falta, que afecte o ponga en riesgo, directa o indirectamente a personas o la Institución y a su imagen, pero que sea factible de ser corregida. La multa MODERADA será valorizada en 5 U.T.M., siendo esta las siguientes:

  • La falta de medidas de seguridad hacia trabajadores, pacientes y/o instalaciones del CASR.
  • Conducta poco deferente o irrespetuosa del personal auxiliar o profesional, hacia superiores o iguales, pacientes y/o funcionarios del establecimiento.
  • No Informar cambios en el personal técnico o profesional que desarrollaran funciones dentro de las instalaciones del Complejo, ya sea por desvinculación o por feriados legales de la contra parte técnica.
  • No informar quien es el administrador del convenio, un mes después de la resolución que aprueba el contrato
  • No informar de cambios del administrador de contrato.
  • La suma de dos multas moderadas en un periodo de un mes, dará paso a una multa grave.

MULTA GRAVE: Será considerada GRAVE aquella situación originada por una falta, que atente, directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de pacientes o funcionarios o a la institución o su imagen. La multa GRAVE será valorizada en 10 U.T.M., siendo esta las siguientes:

  • La utilización de accesorios y/o repuesto usados y no nuevos de acuerdo a contrato.
  • Que la empresa no realice la mantención preventiva según calendario fijado anualmente.
  • La no presentación de las certificaciones anuales de los equipos de calibración e instrumental
  • No cumplir con los protocolos internos de las mantenciones preventivas
  • Que la Empresa no realice la mantención correctiva dentro del plazo establecido en las bases técnicas de licitación.
  • No cumplir con los plazos de entrega de repuestos según anexos, desde la emisión de la OC.
  • Divulgar información clasificadas o de carácter reservado del Complejo.
  • Realizar falsas acusaciones contra el hospital o sus funcionarios.
  • Realizar mantenciones con personal no Capacitado o no informado al administrador del contrato
  • Afectar la calidad de vida de los pacientes del Hospital debido a mala mantenciones de los equipos.
  • Que la empresa tenga 2 multas moderadas en un periodo de un mes.

Sin perjuicio de lo anterior, el cobro acumulativo de multas no podrá sobrepasar el 10% del valor del monto total del contrato. Frente a una multa grave, el administrador del contrato deberá informar a la Subdirección Administrativa la situación y adjuntar la documentación que acredita el incumplimiento. Con esta información, el CASR evaluará la posibilidad de terminar el contrato, o si tal término resulta inconveniente desde una perspectiva técnica, económica u otras que se estimen pertinentes, el CASR quedará en libertad de contratar el mismo servicio a otro proveedor, sin que el adjudicatario pueda oponerse a tal circunstancia, ya que la institución no puede por falta imputable al proveedor, caer en falta de servicio. Todo lo anterior es sin perjuicio del cobro de la garantía, pero sólo en la proporción que tal incumplimiento amerita, debiendo el proveedor renovar la garantía en este caso.


ENTREGA DE FACTURA
Con el objeto de colaborar en el cumplimiento a la ley 20.727, artículo 54, las facturas originales (cedibles y en formato PDF) deben ser ingresadas a la casilla de intercambio en SII en correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com. El mecanismo antes señalado, será el único medio de recepción de este documento. El DTE que no se encuentre direccionado a dicha casilla de “Intercambio SII” será reclamado de forma automática transcurridos 48 hrs desde la recepción en SII. El no cumplimiento de esta disposición por parte del adjudicado afectará directamente en las gestiones posteriores destinadas al pago a las que la empresa tenga lugar, toda vez que el no contar con la totalidad de la documentación requerida para la tramitación administrativa de los pagos, no permitirá considerar dentro del presupuesto los montos pendientes de las facturas no ingresadas al correo electrónico señalado.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

El Complejo notificará el acto administrativo por correo electrónico a la Empresa de su decisión de terminar el contrato en forma anticipada en todo o parte como incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato sí:

  • La Empresa no entrega uno o más de los servicios en el plazo fijado, por cada línea. Se pondrá término en esa línea del contrato y se aplicarán las multas respectivas, según lo indicado en la cláusula que hace referencia a las multas y su procedimiento.
  • La Empresa fuere declarada en quiebra o cayera en notoria insolvencia.
  • Si en el transcurso del contrato la Empresa disminuyera la calidad de los productos y/o servicios o no cumple con lo exigido en las presentes bases.
  • Si los representantes o el personal dependiente de la Empresa cometan actos de conductas inapropiadas a los intereses institucionales como fraude, corrupción, soborno, extorsión, colusión, maltrato físico o verbal a funcionarios del Complejo.
  • Si por motivo del servicio y/o productos estos causaran algún perjuicio a los pacientes del Complejo.
  • Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de Licitación.
  • Y en el caso que exceda el plazo establecido para justificar una causal de fuerza mayor
  • Se podrá poner término anticipado del contrato por mutuo acuerdo con un plazo de 90 días de anticipación, sin perjuicio del cobro de la boleta de garantía.

Sin perjuicio de las demás causales establecidas en el artículo N° 77 del reglamento. Una vez terminado el contrato anticipadamente por causas señaladas anteriormente, se hará efectivo el cobro del documento de fiel cumplimiento.