Licitación ID: 1057501-452-LE23
ARRIENDO DE MODULOS PARA UNIDADES DE POLI DE CHOQUE Y HOSPITALIZACIÓN DOMICILIARIA DEL CASR
Responsable de esta licitación: COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO, COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 405
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Productos o servicios
1
Paquetes de oficina técnica modulares 1 Unidad
Cod: 56111509
77-002-001-377-00 ARRIENDO DE MODULOS PARA UNIDADES DE POLICHOQUE Y HOSPITALIZACIÓN DOMICILIARIA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ARRIENDO DE MODULOS PARA UNIDADES DE POLI DE CHOQUE Y HOSPITALIZACIÓN DOMICILIARIA DEL CASR
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se gestiona la compra de bienes y la contratación servicios externos, para dar cumplimiento a las funciones, generales o específicas de las distintas unidades del CASR.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO
Unidad de compra:
COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO
R.U.T.:
61.608.502-6
Dirección:
Avenida Melchor Concha y Toro 3459, Puente Alto
Comuna:
Puente Alto
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 28-12-2023 16:00:00
Fecha de Publicación: 13-12-2023 11:19:00
Fecha inicio de preguntas: 13-12-2023 12:01:00
Fecha final de preguntas: 22-12-2023 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-12-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 28-12-2023 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 28-12-2023 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 24-01-2024 12:44:53
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos Administrativos
2.- Lista general de requisitos para Empresas en Regimen de Subcontratación Unidad SST CASR_2022
3.- Resolución 1948 Reglamento Espe. Contrtista
4.- bases de licitación
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°8 Delcaracion de Experiencia
 
2.- Plazo de ejecucción
 
3.- Prevención de Riesgos
 
4.- AST - Permiso de Trabajo
 
5.- CIIH_(PCI)_en_las_Remodelaciones_o_Nuevas_Construcciones
 
6.- DPR-REG-001_Informe_de_Gestión_del_Contratista
 
7.- DPR-REG-002_Ficha_Datos_Empresa_Contratista
 
8.- DPR-REG-003_Certificación_Competencias_Trabajador
 
9.- DPR-REG-004_Nómina_del_Personal_Contratista
 
10.- IDF Rendering CF4F290E
 
11.- Imagen Pegada #2 7CC72824
 
12.- POLICHOQUE-DOMICILIARIA.dwg
 
13.- POLICHOQUE-DOMICILIARIA.PDF
 
14.- Visita a terreno
 
15.- Acta Visita a Terreno
 
Documentos Económicos
1.- Anexos Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Ofertado De acuerdo con lo indicado en el apartado "Evaluación" de las Bases Administrativas. 60%
2 Plazo de realización de los trabajos De acuerdo con lo indicado en el apartado "Evaluación" de las Bases Administrativas. 25%
3 Experiencia del Oferente De acuerdo con lo indicado en el apartado "Evaluación" de las Bases Administrativas. 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 25 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Ramon Varas
e-mail de responsable de pago: ravaras@ssmso.cl
Nombre de responsable de contrato: Cristian Diaz
e-mail de responsable de contrato: cristian.diaz@sotero.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25762346-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río, Rut: 61.608.502-6
Fecha de vencimiento: 29-04-2024
Monto: 300000 Peso Chileno
Descripción: La Seriedad de la Oferta se caucionará mediante la presentación de un documento de garantía, pagadero a la vista y de carácter irrevocable, el cual debe extenderse indicando beneficiario (nombre y rut) y glosa correspondiente. El proponente debe presentar una garantía, tomada a la orden del Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río a la vista e irrevocable, con el objeto de garantizar la seriedad de la oferta, por cada propuesta ingresada en el portal, la no presentación de este documento de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases, hará inadmisible la oferta del Oferente. El original debe ser entregado física o electrónicamente (siempre y cuando la naturaleza del documento lo permita) hasta el día y hora de cierre de la publicación de la licitación, en la Unidad de Gestión Documental de Abastecimiento del Complejo. Dicha garantía podrá ser otorgada física o electrónicamente, en este último caso ajustándose a la Ley N° 19.799. Todo documento deberá ser acompañado para su recepción conforme, de un certificado de autenticidad (original) de la entidad emisora.
Glosa: “Para garantizar la seriedad de la oferta, Licitación Pública ARRIENDO DE MÓDULOS PARA UNIDADES DE POLI CHOQUE Y HOSPITALIZACIÓN DOMICILIARIA COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO 1057501-452-LE23”.
Forma y oportunidad de restitución: a) Los oferentes que hayan quedado fuera del proceso de evaluación de ofertas y aquellos que no hayan obtenidos alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación, podrán retirar su garantía de seriedad dentro de un plazo de 10 días contados desde la publicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública del acto administrativo que resuelve el proceso licitatorio. b) Los oferentes que hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares del proceso de evaluación podrán retirar su garantía de seriedad dentro del plazo de 5 días siguientes a la firma del contrato por parte del adjudicatario. Tanto la segunda y tercer mejor oferta, sus documentos de garantías serán retenidos en los plazos señalados anteriormente, por si la primera mejor oferta (el adjudicatario) se desistiese de su adjudicación. Lo anterior será notificado en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. c) En el caso de que la oferta pública sea declarada desierta, se devolverá los documentos de garantía por seriedad de la oferta a los oferentes dentro de diez (10) siguientes a la publicación en el sistema de información de compras y contratación pública de la resolución que declara desierta la licitación. La devolución de las garantías deberá ser previamente coordinada mediante solicitud del oferente a través de correo electrónico dirigido al contacto definido para esta licitación. La devolución será efectuada en el Departamento de Abastecimiento del CASR. La garantía de seriedad de la Oferta se hará efectiva sin notificación ni forma de juicio, cuando se constituya alguna de las siguientes causales: a. Que el oferente desista de su oferta, dentro del plazo de vigencia de la misma y encontrándose en proceso de licitación. b. La no suscripción del contrato dentro del plazo fijado para este evento. c. La no entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato y las copias de este último debidamente firmadas por el representante legal en tiempo y forma. d. Retira su oferta dentro del plazo de la misma y encontrándose en proceso de licitación. e. Y en los otros casos establecidos en las presentes bases de licitación.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río, Rut: 61.608.502-6
Fecha de vencimiento: 28-08-2026
Monto: 20 %
Descripción: Eel oferente deberá entregar un documento en garantía, expresada en pesos chilenos. La garantía será pagadera a la vista y tener carácter de irrevocable.Acompañado del certificado de autenticidad correspondiente. La entrega de la garantía será en el momento de firma y entrega del contrato definitivo, la que se mantendrá en custodia en la Unidad de Finanzas del Complejo Asistencial. El Complejo podrá hacer efectiva la garantía en caso de incumplimiento culpable del oferente, de las obligaciones que le impone el contrato, administrativamente y sin necesidad de requerimientos ni acción judicial o arbitral alguna. Todo documento deberá ser acompañado para su recepción conforme, de un certificado de autenticidad (original) de la entidad emisora.
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato de ARRIENDO DE MÓDULOS PARA UNIDADES DE POLI CHOQUE Y HOSPITALIZACIÓN DOMICILIARIA COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO 1057501-452-LE23”.
Forma y oportunidad de restitución: Una vez terminado el contrato y encontrándose todo con V°B° de la Unidad Técnica, se hará entrega de la garantía a través de la Unidad de Finanzas del Complejo Asistencial, a solicitud escrita del contratante. Para ello el adjudicatario debe enviar solicitud a correo electrónico gustavo.medina@ssmso.cl y documentosdegarantia@ssmso.cl. Será obligación del adjudicado mantener vigente la caución de fiel cumplimiento del contrato, debiendo renovarla en caso de ser procedente, antes de la expiración de la garantía primitiva, en los mismos términos y condiciones requeridas por el CASR. En el evento que se haga efectivo el cobro de la garantía por fiel cumplimiento del contrato debido a los incumplimientos del proveedor, será responsabilidad de este último la restitución de esta caución en un plazo de 10 días hábiles antes de que se concrete el cobro de la garantía primitiva, en las mismas condiciones inicialmente establecidas por el período restante del contrato. La garantía de fiel cumplimiento del contrato se hará efectiva sin notificación ni forma de juicio, cuando se constituya alguna de las causales descritas en las presentes bases de licitación. Se deja expresa constancia que el hecho de realizar el cobro de la garantía, no conlleva por parte del Complejo Asistencial a renunciar o limitar su facultad de hacer efectiva y/o solicitar la aplicación de las demás sanciones y multas contempladas en las Bases, ejerciendo los derechos que pudieran corresponderle para obtener la reparación íntegra, oportuna y total de los daños que se le causaren
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Multas y Sanciones

MULTAS Y SANCIONES

Sobre las multas por atraso o incumplimiento de la carta de trabajo declarada multa estándar

El CASR categoriza al servicio licitado, como importante para el cumplimiento de los objetivos sanitarios de la Institución y la prestación deficiente de las obligaciones del contratista, afecta directamente al cumplimiento de las metas comprometidas en esta materia. Por esto se disponen de multas valorizadas en UTM (Unidades Tributarias Mensuales), según sea la importancia de la falta incurrida por la empresa y sin perjuicio a que se haga efectiva parcial o totalmente la garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y/o el término anticipado del contrato.

El CASR multará al adjudicatario en los siguientes casos:         

a)    Multa Leve

Será considerada LEVE aquella situación originada por una falla, que no origine riesgos graves a pacientes o funcionarios del Hospital, originados por la Empresa.

La Multa LEVE será de 4 (cuatro) UTM.

b)    Multa Moderara

Será considerada MODERADA, aquella situación originada por una falta, que afecte o ponga en riesgo la integridad física o moral directa o indirecta a pacientes, personas o a la institución o que limite significativamente la atención y calidad del servicio, pero que sea factible de ser corregida.

La Multa MODERADA será de 7 (siete) UTM.

   

c)    Multa Grave

Será considerada FALTA GRAVE aquella situación que ocasione daño económico, moral o físico al Hospital, a su personal o pacientes, según corresponda, como así mismo el incumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, todo lo cual podrá ser causal de término del contrato.

La Multa GRAVE será equivalente a 10 (Diez) UTM.

         Infracciones afectas a Sanción

Será sancionado el incumplimiento de las exigencias estipuladas en las Bases Técnicas y/o Administrativas, poniendo énfasis en lo siguiente:

Del personal:

  • Incumplimiento de órdenes e instrucciones de la Inspección Técnica de Obra (Multa grave 10 UTM)
  • Incumplimiento de horarios de trabajo según lo estipulado en el contrato y acuerdos con la Inspección Técnica de Obra (Multa leve 4 UTM).
  • Utilización de personal no calificado (Multa grave 10 UTM).
  • Conducta poco deferente o irrespetuosa del personal, hacia superiores o iguales, pacientes y/o funcionarios del establecimiento (Multa grave 10 UTM).
  • Utilización deficiente de elementos de seguridad personal y uniforme (Multa grave 10 UTM).
  • Incumplimiento visitas de profesional Prevencionista de Riesgos (Multa grave 10 UTM).
  • Hurto o malversación de parte de los funcionarios de la Empresa (Multa grave 10 UTM).
  • Incumplimiento de la situación contractual de sus trabajadores y leyes laborales o no entrega de informes requeridos por el Hospital para acreditar su cumplimiento (Multa grave 10 UTM).

 

De las máquinas, equipos, herramientas, planta física y operación de sistema:

  • Utilización de las instalaciones, equipos y/o planta física en objetivos que no sean los convenidos (Multa moderada 7 UTM).
  • Cambios o modificaciones de los proyectos sin previa autorización del Inspector Técnico de Obra (Multa grave 10 UTM).
  • Realización de actividades no autorizadas que pongan en riesgo de emergencia o catástrofes a la institución y sus funcionarios (Multa grave 10 UTM).
  • Incumplimiento de las normas de seguridad en lo referente a la planta física, maquinaria, equipos e inmobiliario (Multa grave 10 UTM).
  • Almacenamiento inadecuado de materiales de obra (Multa moderada 7 UTM).
  • Desorden y suciedad de los sectores asignados (Multa leve 4 UTM).
  • Demora en la atención de emergencias (Multa grave 10 UTM).
  • Utilización de materiales de calidad inferior a La ofertada en la licitación (Multa grave 10 UTM).
  • Herramientas en mal estado o inadecuadas para el trabajo (Multa moderada 7 UTM).
  • Realizar trabajos sin las mitigaciones correspondientes en áreas clínicas y no clínicas (Multa grave 10 UTM).

De los plazos:

  • Incumplimiento del plazo de ejecución por Arriendo Contenedores (1% del valor total actualizado del requerimiento de cambio de piso, incluye aumentos y disminuciones de obra, por cada día de atraso respecto del cumplimiento de la carta Gantt presentada por la empresa).
  • Incumplimiento de carta Gantt (Plazos parciales e Hitos). (Multa moderada 7 UTM por cada partida o hito incumplido).
  • Trabajos efectuados sin orden de trabajo registrada. (Multa grave 10 UTM)

Las sanciones se aplicarán al nivel de la falta y gravedad que ello implique, sin perjuicio de algunos casos ya definidos y de otras actividades no mencionadas, que ameriten sanción.

La Contraparte Técnica o Referente Técnico de los Bienes a adquirir, al detectar un incumplimiento, individualizado en las presentes bases, deberá comunicar dicho incumplimiento, generando para tal efecto un informe respectivo, el cual será notificado al Proveedor. Esta notificación se realizará al encargado del proyecto y/o representante legal, a través del correo electrónico registrado en el Anexo correspondiente de las presentes bases.

Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique por el Departamento de Planificación y Proyectos,  una causal que individualmente se considere precedente.

Se establecerá un plazo de 5 días corridos desde esta notificación, para que el Proveedor pueda realizar sus descargos al respecto. Transcurrido este plazo, la Contraparte Técnica, o Referente Técnico, emitirá un informe final, el cual contendrá los descargos del Proveedor, en caso que los hubiere, y las proposiciones de multa a aplicar en caso que se ameriten a su juicio, al DIRECTOR del CASR, quien resolverá el rechazo, aceptación o modificación de la multa propuesta. En caso de aplicar la Multa, esta se formalizará, por medio de resolución fundada, la que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existieren, y se publicará oportunamente en el Sistema de Información de Compras Públicas para su notificación.

Sin perjuicio a lo anterior, el Proveedor podrá reponer por escrito de la aplicación de una multa dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes de ser informada de ella. Esta reposición será dirigida al Director del CASR, quien tendrá un plazo no superior a 30 días para resolverlo.

Las multas aprobadas por el CASR, estarán expresadas en Unidades Tributarias Mensuales, conforme al valor de dicha unidad del mes en que se aplique la respectiva multa.

COBRO DE LA MULTA

Tramitada la resolución que establece la multa, el adjudicatario se encontrará obligado al pago de ella dentro de 15 días hábiles siguientes a la comunicación de la resolución de multa, la que será enviada vía correo electrónico.

El monto de las multas será ingresado directamente en Tesorería del CASR presentando la “Resolución de Multa”. Una vez pagada dicha multa, el adjudicatario debe presentar el comprobante de caja en la Unidad Técnica encargada del contrato, esto de conformidad a la implementación de pago centralizado (DIPRES/Sistema acepta).

El no pago de la multa, faculta al Complejo Asistencial para proceder a la ejecución de la Garantía por Fiel Cumplimiento y poner término anticipado al contrato si correspondiera alguno de los casos..

En el evento que se haga efectivo el cobro de la garantía por fiel cumplimiento del contrato debido a los incumplimientos del proveedor, será responsabilidad de este último restituir esta caución en un plazo de 10 días hábiles antes de que se concrete el cobro de la garantía primitiva, en las mismas condiciones inicialmente establecidas y por el período restante del contrato.

Se deja expresa constancia que el hecho de realizar el cobro de dicha garantía no importa por parte del CASR renuncia o limitación de su facultad de hacer efectiva y/o solicitar la aplicación de las demás sanciones y multas contempladas en las Bases, ejerciendo los derechos que pudieran corresponderle para obtener la reparación íntegra, oportuna y total de los daños que se le causaren. No obstante, al cobro y posterior pago de la multa, el proveedor está obligado a subsanar la causal que originó la penalización.

Es importante señalar que, el proveedor podrá recurrir a cualquiera de los recursos contemplados en la Ley 19.880, para efectos del cobro de la multa.

Sobre las Multas relacionadas al comportamiento contractual de la empresa

El CASR define la presente licitación como crítico para el funcionamiento de sus instalaciones; es así como el no cumplir con los requerimientos y calidad de los trabajos exigidos que afecten la normalidad del funcionamiento de las instalaciones, constituyen una situación grave para el buen funcionamiento del Establecimiento, afectando directamente a sus pacientes y la producción.

En atención a lo anterior existirá como método de control y aseguramiento de la calidad, dos tipos de sanciones, la Amonestación y la Multa.

La Amonestación corresponde a un registro escrito, que deja de manifiesto cualquier falta menor cometida por la Empresa, en atención a su importancia, no está afecta a multa directa.

La acumulación de dos amonestaciones de cualquier índole en un periodo de dos meses ameritara una multa leve.

La multa directa corresponde a la sanción de cualquier falta de gravedad leve, moderada o mayor, en que incurra la Empresa, evaluada por el Inspector Técnico de Obra por parte del CASR.

Procedimiento para aplicar Multas:

Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estas bases sean constitutivos de multa, el Departamento de Proyectos notificará esta circunstancia al Contratista, indicando en forma precisa los hechos que se imputan al correo electrónico registrado en Anexo Identificación del Oferente. El Contratista dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones que sean debidamente justificados por el Contratista ante la Contraparte Técnica.

Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de 5 días hábiles sin que el contratista haya formulado descargos, el CASR procederá a aplicar la multa en caso de que sea procedente.

La multa será aplicada mediante Acto Administrativo, el cual será notificado mediante correo electrónico informado en anexo Identificación del Oferente de estas bases.

El contratista podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación. El CASR resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el Contratista, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada.

Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente.

Término Anticipado de Contrato
El CASR notificará el acto administrativo por correo electrónico al proveedor de su decisión de terminar el contrato en forma anticipada en todo o parte, como incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato sí: • El proveedor no entrega uno o más de los servicios y/o productos en el plazo fijado. Se pondrá término del contrato y se aplicarán las multas respectivas, según lo indicado en la cláusula “multas”. • El proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en notoria insolvencia. • Si en el transcurso del contrato el contratista disminuyera la calidad de los productos y/o servicios. • Si los representantes o el personal dependiente del contratista cometan actos de conductas inapropiadas a los intereses institucionales como fraude, corrupción, soborno, extorsión, colusión, maltrato físico o verbal a funcionarios del Complejo. • Si por motivo del servicio y/o productos estos causaran algún perjuicio a los pacientes del Complejo. • Si se comprobare falsedad, omisión distorsión o falsificación en la oferta del proponente o en alguno de los antecedentes requeridos en las presentes bases. • Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación. • Que las multas aplicadas superen el 30% dispuesto para este fin. • Y en el caso que exceda el plazo establecido para justificar una causal de fuerza mayor. Sin perjuicio de las demás causales establecidas en el artículo N°77 del Reglamento. Una vez terminado el contrato anticipadamente por causas señaladas anteriormente, se hará efectivo el cobro del documento de fiel cumplimiento del contrato.
Entrega de la factura
Con el objeto de colaborar en el cumplimiento a la ley 20.727, artículo 54, las facturas originales (cedibles y en formato PDF) deben ser ingresadas a la casilla de intercambio en SII en correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com. El mecanismo antes señalado, será el único medio de recepción de este documento. El DTE que no se encuentre direccionado a dicha casilla de “Intercambio SII” será reclamado de forma automática transcurridos 48 hrs desde la recepción en SII. El no cumplimiento de esta disposición por parte del adjudicado afectará directamente en las gestiones posteriores destinadas al pago a las que la empresa tenga lugar, toda vez que el no contar con la totalidad de la documentación requerida para la tramitación administrativa de los pagos, no permitirá considerar dentro del presupuesto los montos pendientes de las facturas no ingresadas al correo electrónico señalado.