OBJETO |
En atención a lo dispuesto en el Artículo 14 del Reglamento de la Ley N°19.886 y que el insumo referido, que se individualiza a continuación y en las Bases técnicas, no se encuentra disponible en Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública, las presentes Bases Administrativas y técnicas establecen las disposiciones que regirán la licitación por línea de productos, destinado a los pacientes del Complejo Asistencial Doctor Sótero del Río.
El presente proceso de adquisición no generará obligación alguna para el CASR respecto de los oferentes, hasta que no se encuentre totalmente materializado a través de la resolución que apruebe el contrato que irrogará el actual llamado a licitación pública. En el marco del proceso adjudicatario, se realizará la adjudicación parcial de los productos licitados en el caso que por razones presupuestarias no sea posible adjudicar todas las líneas de productos comprometidas inicialmente fundada al efecto.
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ÁMBITO DE APLICACIÓN |
El llamado a licitación pública, será regido por las presentes bases administrativas, técnicas y sus anexos, los que forman parte integrante del presente proceso de adquisición, de acuerdo a los términos y definiciones establecidas en la Ley N°19.886 y el decreto N°250/2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento y modificaciones con el Decreto Supremo N°1763 del 06/10/2009 y el Decreto supremo N°1410 del 09/09/2014 de “Bases sobre Contratos Administrativos de suministros y Prestación de Servicios”. Por tanto, cada una de sus disposiciones, así como las aclaraciones si las hubiere y las modificaciones, si éstas fueran necesarias, se considerarán incorporadas al respectivo contrato
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Modalidad de propuesta |
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl, con valores unitarios netos (sin IVA) y en pesos, y deberán incluir todos los gastos en los que incurra el o los oferentes, costos y fletes incluidos. Los precios deberán ofertarse en moneda nacional sin IVA, sin decimales y debe indicar el precio unitario de cada línea de productos. El valor de los productos no se podrá reajustar, manteniendo su precio fijo por el periodo de vigencia de este convenio.
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Validez de las ofertas |
Las ofertas tendrán validez por 120 días corridos, contados desde la fecha de apertura de la propuesta. La oferta cuyo período de validez sea menor que el requerido será rechazada. Vencido este plazo si no se hubiere realizado la adjudicación, el CASR podrá solicitar a los oferentes la prórroga de sus ofertas y garantías hasta en 30 días corridos. Los oferentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al CASR. Se devolverá la garantía de seriedad de la oferta a aquellos que no accedan a la prórroga.
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Documentos de la Licitación |
La presentación de la propuesta deberá incluir los formularios que se indican en los Anexos para poder evaluar las ofertas ingresadas, debidamente timbrados y firmados por el oferente o representante legal, los que deben ser ingresados a través de www.mercadopublico.cl dentro de los plazos indicados en las presentes Bases Administrativas.
Forman parte integrante de las presentes bases de licitación los siguientes documentos:
• Las Bases Administrativas.
• Las Bases Técnicas.
• Las ofertas.
• Anexos afinados por cada interesado.
Los anexos deben ser firmados y timbrados por el oferente o representante legal, no pudiendo alterar su contenido, a menos que el mandante solicite lo contrario. En el caso de unión temporal de proveedores, los antecedentes señalados anteriormente deben ser firmados por cada integrante de la unión temporal y la identificación de cada uno. Los anexos a presentar serán de carácter:
- Administrativos:
Anexo N°1. Identificación del Oferente
Anexo N°2. Declaración Jurada Simple.
Anexo N° 4. Documento de Seriedad de la Oferta
Anexo N°6. Carta Aceptación Bases
b. Técnicos:
Anexo N°3. Pauta De Evaluación
Anexo N°7. Evaluadores.
Anexo N°8. Cumplimiento de Criterios de Evaluación
c. Económico:
Anexo N° 5. Listado de Productos y Consumo Promedio Mensual
El precio debe ser expresado en pesos chilenos, sin decimales y de acuerdo a lo requerido por el CASR.
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REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR DE LA LICITACIÓN |
Aceptación de las Bases. Cada participante de la licitación debe aceptar las condiciones establecidas por las Bases que rigen esta licitación y cumplir los requisitos establecidos en el artículo N°4 de la Ley N°19.886 y según los solicitado en todos los anexos administrativos y técnicos de las presentes Bases Administrativas.
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INSTRUCCIONES PARA PRESENTACIONES DE OFERTAS |
Del ingreso de las ofertas. Cada oferta debe ser válidamente ingresada en el portal Mercado público, donde corresponda el ingreso de las ofertas, ya sea, administrativa, técnica y económica, según el detalle de lo que se solicita para cada una.
“Se insiste en no subir antecedentes no solicitados, debido a que documentos extras no implican un mayor puntaje, solo entorpecen la evaluación de la oferta”.
De las ofertas económicas. Solo se aceptarán las ofertas económicas que sean ingresadas válidamente en el portal Mercado Público. No se aceptarán ofertas enviadas por otras vías, salvo lo indicado en el Art. 62 del reglamento.
El oferente deberá ingresar por cada línea de producto el valor en pesos neto (sin IVA), sin reajuste de precios y sin decimales para cada producto. El valor ingresado será de exclusiva responsabilidad del oferente.
6.3. Criterios de inadmisibilidad. Serán motivos de inadmisibilidad de la oferta:
- Las ofertas con precios que contengan decimales. Sin perjuicio de la facultad para declarar inadmisible la oferta en caso de presentar el precio del producto con decimales, si en la licitación se presenta un único oferente, en cualquier línea de producto, que haya ofertado el precio con decimales, la entidad licitante tendrá facultad para declarar inadmisible la oferta o aceptarla sin considerar los decimales para todos los efectos legales. En consecuencia, en este último caso, no se realizará aproximación del valor en ningún caso.
- Cualquier oferta del proveedor que por cualquier motivo tenga bloqueados los despachos de productos de adjudicaciones anteriores.
- La no presentación de la Pauta de Evaluación de los productos, donde se indique que el producto fue probado y aceptado por Encardo de evaluación de cada producto (Informado en Anexo N°7).
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CRITERIOS DE EVALUACION |
En resumen, se evaluarán las ofertas según los criterios indicados en la siguiente tabla:
Ítem
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Observaciones
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Ponderación
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Precio
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(Precio mínimo ofertado/precio oferente *0.60) *100
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60%
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Calidad Técnica de los Bienes o Servicios
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El que obtenga mayor puntaje. Según Anexos adjuntos en licitación (ver, llenar y subir anexo)
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30%
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Plazo de entrega
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Completar y subir Anexo indicado adjunto
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10%
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METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN |
La evaluación se hará asignando puntuación según los porcentajes establecidos, donde se considerará:
7.1.1.-Precio: Se asignará puntaje conforme a la aplicación de la siguiente formula:
(Precio mínimo ofertado/precio oferente *0.60) *100
7.1.2.-Calidad Técnica de los Bienes o Servicios: Se asignará puntaje de acuerdo a medición del cumplimiento de lo requerido en anexo N° 3 y 8, conforme a lo que se expone a continuación:
Para realizar la evaluación de los productos, deberá descargar Anexo N°3 (Pauta de evaluación), que contiene la Pauta de Evaluación.
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Los encargados de evaluar los insumos a licitar, corresponden a: |
Srta. Estrella Tapia Bustos
Las muestras, junto con el Anexo N° 3 (Pauta de Evaluación), deberán ser entregadas a la Srta. Estrella Tapia Bustos Para ello, deben dirigirse A: Servicio de: Central de Ropa E-MAIL: etapia@ssmso.cl Fono: 225765160.
Se debe adjuntar Pauta de Evaluación por cada producto ofertado. Los proveedores que presenten pautas firmadas por otra persona que no sea el evaluador asignado (o quien subrogue) no serán consideradas, al igual que con fechas anteriores a 12 meses desde la publicación de la presente licitación.
Se hace mención a la responsabilidad del oferente en rescatar las pautas, con el objetivo de subirlas al Portal en conjunto con la oferta. Se sugiere, hacer llegar las muestras con el tiempo suficiente, ante posibles inconvenientes de fuerza mayor, que no le permitan cumplir con los plazos requeridos.
• Sobre la pauta de evaluación, Anexo N°3 Asignación 90 puntos
En relación a la referida pauta, esta tiene como objeto ser presentada acompañada de muestra (1 por línea) de producto propuesto por la empresa dentro de su oferta.
Para lo anterior, deberá descargar el “Anexo N°3; Pauta de Evaluación” y solicitar reunión con referente indicado para este efecto. El plazo máximo para efectuar este proceso es de 3 días antes del cierre de licitación, por consiguiente, el interesado deberá tomar en consideración este plazo, a fin de cumplir con este requerimiento en tiempo y forma.
• Aspectos a cumplir anexo N°3.
- Para una correcta evaluación del producto, es necesario que el proveedor coordine entrega de 1 muestra por línea licitada, en el caso de que no cuente con pauta de evaluación aprobada en el CASR.
- Se aceptará pauta de hasta 12 meses de prelación a la fecha de publicada la licitación siempre que esta, este firmada por referente técnico a cargo de la evaluación, indicada en punto precedente.
- Será motivo de rechazo de aquellas pautas de evaluación y con ponderación igual a 0%, cuando:
Sea firmada por referente y unidad distintos a lo establecido en las presentes bases.
Pauta cuente con fecha posterior a doce meses de antelación a la publicación de la presente licitación.
- Quien presente pauta como “alternativos”, obtendrán una ponderación equivalente al 50% del valor del sub total del criterio de “Calidad técnica”, correspondiente al anexo N°3.
- Finalmente, aquella pauta de evaluación marcadas como “Prioridad y Alternativo”, se considerará ésta última indicación y obtendrá una ponderación equivalente al 50% del valor del sub total del criterio de “Calidad técnica”, correspondiente al anexo N°3.
Aquella Pauta de evaluación que resulte rechazada por motivos de calidad, por parte del evaluador, no quedará sujeta a posterior evaluación de oferta, declarándose la propuesta inadmisible, toda vez que, este rechazo se fundaría en aspectos de calidad, relevantes y determinantes para el uso en procedimientos clínicos en pacientes beneficiarios del CASR.
Será de exclusiva responsabilidad del oferente el llenado del anexo N° 3 “pauta de evaluación”, procurando sea completado en su totalidad, marcando claramente la información y alternativas, en caso de estar clara la información del anexo, el CASR podrá declarar inadmisible la oferta.
*Considerar que la Pauta de Evaluación se debe presentar firmada y timbrada por la Unidad Referente
Ponderación Calidad Técnica de los Bienes o Servicios
• Pauta de evaluación, anexo N°3: Asignación 90 puntos
• Ficha Técnica: La presentación de forma íntegra y legible (en español) de la ficha técnica del Producto será ponderada con 10 puntos.
7.1.3.-Plazo de entrega de los bienes: evaluación en virtud de lo declarado en el anexo N° 8 por cada interesado en su propuesta, conforme a la siguiente tabla
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Criterio de evaluación Plazo de entrega |
Criterio plazo de entrega 10%, Una vez emitida la orden de compra y por la totalidad de esta.
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Puntaje
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Marque con X el tiempo de entrega considerado en su oferta
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Igual o menor a 24 hrs.
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100
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Mayor a 24 hrs. y menor a 48 hrs
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60
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Mayor a 48 hrs. y menor a 72 hrs.
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50
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Después de 72 hrs .
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30
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No informa
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0
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DE LAS MULTAS |
Se aplicará una multa de un 10% del valor total del producto no despachado, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 5 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato. También procederá dicha multa en caso de envío de productos de distinta calidad a la ofrecida, sin prejuicio del reemplazo de los mismos dentro del plazo de cinco días, dichas multas no podrán superar el 30% del total del contrato. En la eventualidad que, por cualquier causa, el adjudicatario deba adquirir los productos ofertados a otra empresa, para cumplir con el contrato, este será responsable del posible sobrepago originado, costo que jamás podrá ser trasladado al Complejo. Ante la eventualidad de que el adjudicatario no asegure el cumplimiento del stock convenido, se considerará un incumplimiento del contrato, este será sancionado con una multa del 30 % del total de la OC no despachada. En la eventualidad que esta falta sea reiterada, a la tercera vez deberá ser considerada esta situación como causal de término anticipado del contrato.
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Procedimiento para la Aplicación de la Multa. |
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte del Supervisor del Convenio o funcionario responsable designado para esta función, este le informará al adjudicatario, individualizado en el Anexo N°7, a través de correo electrónico, “gestiondemultasCASR@ssmso.cl, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del momento de despachada la notificación, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, al correo, “gestiondemultasCASR@ssmso.cl”, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos por parte del adjudicatario, el director del CASR dictará la respectiva resolución, de aplicación de multa.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante el acto administrativo correspondiente. El resultado del análisis de los descargos presentados será notificado al afectado, enviado a través de comunicación a través de correo electrónico al coordinador del convenio. Procederán los recursos de la Ley N°19.880 en contra del citado acto
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Cobro de la Multa |
Tramitada la resolución que establece la multa, el adjudicatario se encontrará obligado al pago de ella dentro de 15 días hábiles siguientes a la comunicación de la resolución de multa, la que será enviada vía correo electrónico.
“El monto de las multas será ingresado directamente en Tesorería del CASR presentando la “Resolución de Multa”. Una vez pagada dicha multa, el adjudicatario debe presentar el comprobante de caja en la Unidad Técnica encargada del contrato, esto de conformidad a la implementación de pago centralizado (DIPRES/Sistema acepta)”.
El no pago de la multa, obliga al Complejo Asistencial para proceder a la ejecución de la Garantía por Fiel Cumplimiento (si correspondiera la solicitud de esta garantía).
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RESOLUCION DE EMPATES |
En el caso de producirse un empate en la puntuación entre dos o más oferentes, la comisión considerará para dirimir tal situación en primer lugar, la calificación más alta obtenida en el ítem de criterios técnicos. Ante la eventualidad de mantenerse la igualdad, la comisión aplicará en segundo lugar la mayor calificación en el ítem de criterio económico (precio). Si aun así subsistiese la situación de empate, se adjudicará la oferta que haya obtenido la calificación más alta en el criterio Plazo de entrega, Si aun así subsistiese la situación de empate, se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según el comprobante de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal de Mercado Público
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COMPRA A TERCERO CON CARGO A PROVEEDOR ADJUDICADO |
Si por cualquier causa no imputable al CASR, el proveedor adjudicado no cumple con la entrega de los productos y/o servicios en la fecha pactada, el Complejo podrá recurrir proveedor distinto, siendo de cargo total del adjudicado el costo que este aprovisionamiento le pueda significar al CASR, solicitándosele al tercero que la factura que deba emitir sea a nombre de la empresa adjudicada.
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DE LA FUERZA MAYOR |
Si durante la ejecución del contrato, se presentaran eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que no le sean imputables al proveedor adjudicado y que entorpecieran o generaran atrasos parciales en la entrega de los productos, el proveedor adjudicado deberá comunicar de esa circunstancia al CASR, dentro del plazo de 01 día hábil corrido siguiente a su acontecimiento, acreditando el hecho y causa del atraso o entorpecimiento y solicitar la ampliación del plazo respectivo. El CASR resolverá si procede aceptar o rechazar la presentación hecha por el proveedor. Transcurrido dicho plazo a que se hace referencia, no se aceptará reclamo alguno del proveedor aludiendo razones de caso fortuito o fuerza mayor.
Se entenderá por Fuerza mayor o caso fortuito lo establecido en el Código Civil y que dice: “se llama fuerza mayor el imprevisto a que no es posible resistir.”. De esta manera, el caso fortuito o fuerza mayor debe ser inimputable, vale decir, que provenga de una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes; imprevisible, esto es, que no se haya podido prever dentro de los cálculos ordinarios y corrientes; e irresistible, es decir, que no se haya podido evitar, ni aun en el evento de oponerse las defensas idóneas para lograr tal objetivo.
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BASES |
Las bases que rigen en esta licitación podrán ser modificadas por el Complejo según sea necesario.
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CAMBIO Y/O CANJE DE PRODUCTOS |
Los productos defectuosos o dañados o que no cumplan con las especificaciones dadas en la licitación deberán ser canjeados por el proveedor. El proveedor adjudicado deberá cambiar o canjear los productos si despacha:
• Productos con fecha de vencimiento inferior a doce meses.
• Productos con empaques dañados y defectuosos.
• Productos adulterados o mal rotulados. Producto de distinta procedencia y/o marca a la adjudicada.
• Producto con problemas de calidad (cambio de fabricación, tipo de material).
Para llevar a cabo el canje o cambio de producto la persona encargada de bodega de insumos se comunicará con la persona encargada del proveedor o el representante para solicitar el cambio o canje. Este procedimiento no deberá demorar más de 5 días hábiles desde que se notifica al Proveedor que debe realizar el cambio sino se harán efectivas multas por retraso en la entrega del producto. Los productos deben ser retirados en las dependencias de CASR y ser reemplazados por insumos que cumplan con los requisitos solicitados. **El cargo por retiro y reposición deberá ser costeado completamente por el proveedor**, en ningún caso el CASR realizará envíos de productos.
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GESTIÓN DE PAGO Y COBRANZA |
El Complejo se compromete a realizar pagos mensuales una vez aceptada y recepcionada completa las órdenes de compra mensual y recibidos conformes los productos y la factura correspondiente. Para entrega y pago de facturas los Proveedores deberán ingresar las facturas, boletas, notas de créditos, débito y etc. A través de gestión de contratos en la unidad de abastecimiento del complejo asistencial, el plazo para ingresar los documentos mencionados, será de 5 días corridos, de emitidos.
El pago de las facturas se realizará previa revisión y cumplimiento de los despachos. La empresa será responsable de designar a un representante que tendrá bajo su responsabilidad tener contacto directo con la persona encargada en finanzas del Complejo al menos en forma mensual, para hacer la gestión de los pagos de las órdenes de compra generadas y para consultar sus estados de pago deberá ingresar a www.hospitalsoterodelrio.cl/pago_proveedores"
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ENTREGA DE FACTURA |
Con el objeto de colaborar en el cumplimiento a la ley 20.727, artículo 54, las facturas originales (cedibles y en formato PDF) deben ser ingresadas a la casilla de intercambio en SII en correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com El mecanismo antes señalado, será el único medio de recepción de este documento. El DTE que no se encuentre direccionado a dicha casilla de “Intercambio SII” será reclamado de forma automática transcurridos 48 hrs desde la recepción en SII. El no cumplimiento de esta disposición por parte del adjudicado afectará directamente en las gestiones posteriores destinadas al pago a las que la empresa tenga lugar, toda vez que el no contar con la totalidad de la documentación requerida para la tramitación administrativa de los pagos, no permitirá considerar dentro del presupuesto los montos pendientes de las facturas no ingresadas al correo electrónico señalado. Además, se debe firmar el anexo 4 "CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE ENTREGA DE FACTURA ELECTRÓNICA".
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DE LA ADJUDICACION Y READJUDICACION |
El complejo evaluará y adjudicará la presente licitación por línea de productos En caso de no cumplir con la fecha de adjudicación indicada en las presentes Bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal, informando las razones del retraso. Se realizará la adjudicación parcial de los productos licitados, en el caso que por razones presupuestarias no sea posible adjudicar todas las líneas de productos comprometidas inicialmente, lo que deberá constar en resolución fundada para tal efecto. Se re adjudicará la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente, en los siguientes casos:
• Por error en evaluación
• Si la adjudicación no fuese conveniente a los intereses del Complejo Asistencial.
• Proveedor adjudicado no cuente con el stock requerido y/o no despache en el tiempo establecido en esta licitación.
• Producto adjudicado sea rechazado por el servicio por no cumplir con la calidad técnica requerida.
• Proveedor entregue producto no correspondiente a lo ofertado en la licitación.
• Por error en la designación al ingresar al mercado público al proveedor adjudicado.
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VARIACIÓN DE CANTIDAD ADJUDICADA |
En la eventualidad que sea necesario, se podrá efectuar el aumento del total adjudicado. De conformidad con el artículo N°77 del Reglamento de Compras Públicas. El mencionado aumento, no podrá superar el 30% del monto originalmente pactado. Dicha modificación, debe ser aprobada por acto administrativo totalmente tramitado
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RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO |
Será de entera responsabilidad del proveedor adjudicado, dar cumplimiento a lo establecido en las presentes bases de licitación, teniendo especial énfasis en lo relativo al cumplimiento del suministro de los productos adjudicados, esto es, será obligación de la empresa adjudicada despachar en tiempo y forma los productos que le sean adjudicados. Si la empresa se encontrara en un estado de quiebre de stock o algún otro motivo que no le permita contar con el insumo requerido por el Complejo Asistencial y la empresa deba adquirirlo a un tercero, por ejemplo, a fin de dar continuidad al suministro, los gastos que esta situación genere deberán ser completamente asumidos por el adjudicado, toda vez que el Complejo Asistencial no tendrá ningún tipo de relación en el aprovisionamiento en el que deba incurrir el adjudicado. De lo anterior, el proveedor no podrá argumentar motivos de fuerza mayor, por tanto, quedará sujeto si se presentara este escenario, al término anticipado del contrato, a la ejecución inmediata del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato y a las acciones legales a las que el Complejo Asistencial tenga lugar, a fin de subsanar los perjuicios que el incumplimiento del adjudicado le puedan generar a la Institución.
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DEL CONTRATO |
El oferente adjudicado estará obligado a firmar el contrato a más tardar dentro de los 10 días corridos contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, se firmarán cuatro copias del mismo tenor. La comunicación se realizará a través de www.mercadopublico.cl, mediante la adjudicación en el sistema. No obstante, lo anterior y si el Complejo lo estimase conveniente, también podrá enviarse una comunicación al correo electrónico indicado por el oferente en el Anexo Nº3. El adjudicatario contará con 10 días (corridos), contados desde el momento de la publicación de la Resolución de adjudicación en el portal, para acreditar su inscripción en Chileproveedores.cl y habilidad para contratar con los organismos del estado, requisito indispensable para la firma del contrato
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Término anticipado del Contrato |
El Complejo notificará el acto administrativo por correo electrónico al proveedor de su decisión de terminar el contrato en forma anticipada en todo o parte como incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato sí. a) el proveedor entrega uno o más de los productos en el plazo fijado, por cada línea de productos. Se pondrá término en esa línea del contrato y se aplicarán las multas respectivas, según lo indicado en las cláusulas multas. El proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en notoria insolvencia c) Si en el transcurso del contrato el contratista disminuyera la calidad de los productos y/o servicios. d) Si los representantes o el personal dependiente del contratista cometan actos de conductas inapropiadas a los intereses institucionales como fraude, corrupción, soborno, extorsión, colusión, maltrato físico o verbal a funcionarios del Complejo e)Si por motivo del servicio y/o productos estos causarán algún perjuicio a los pacientes del Complejo f)las demás que se establezcan en las respectivas Bases de Licitación, g) Y en el caso que exceda el plazo establecido para justificar una causal de fuerza mayor Sin perjuicio de las demás causales establecidas en el artículo N° 77 del reglamento una vez terminado el contrato anticipadamente por causas señaladas anteriormente, se hará efectivo el cobro del documento de fiel cumplimiento
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GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA |
En la garantía debe quedar establecida claramente la siguiente glosa:
Garantía de Seriedad de la oferta ID 1057501-523-LQ22 “CONVENIOS DE ROPA REUTILIZABLE OTROS”.
La seriedad de la oferta, se caucionará mediante la presentación de un documento de garantía, pagadero a la vista y de carácter irrevocable, el cual debe extenderse indicando beneficiario (nombre y Rut) y glosa correspondiente. El documento de garantía de seriedad de la oferta, será recepcionado en la Unidad de Abastecimiento del CASR, hasta el día del cierre de la licitación (15:00), donde se emitirá un comprobante de recepción conforme. La caución será posteriormente resguardada en la unidad de Finanzas del CASR. Todo documento deberá ser acompañado para su recepción conforme, de un certificado de autenticidad de la entidad emisora.
Forma y oportunidad de restitución
La devolución del documento de garantía por seriedad de la oferta se realizará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación de la oferta según corresponda, salvo a los oferentes seleccionados en el 1er y 2do lugar, a quienes se les devolverá la caución, una vez firmado el Contrato con el proponente adjudicado, de acuerdo a lo establecido en el Articulo N°43 del reglamento de compras públicas, mediante solicitud del oferente al correo electrónico documentosdegarantía@ssmso.cl. La garantía de seriedad de la Oferta se hará efectiva sin notificación ni forma de juicio, cuando se constituya alguna de las siguientes causales:
• Que el oferente desista de su oferta, dentro del plazo de vigencia de la misma y encontrándose en proceso de licitación.
• La no suscripción del contrato dentro del plazo fijado para este evento.
• La no entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato y las copias de este último debidamente firmadas por el representante legal en tiempo y forma.
• Retira su oferta dentro del plazo de la misma y encontrándose en proceso de licitación. El proveedor deberá enviar el documento de garantía a Abastecimiento con un plazo máximo el día de cierre de la licitación. Por cada oferta que ingrese, deberá enviar un documento de seriedad de la oferta. La garantía de seriedad de la oferta es obligatoria, por tanto, la no entrega de este documento garante implicará la exclusión de la propuesta afectada.
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GARANTIA FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
Al momento de la suscripción del Contrato, el adjudicatario deberá estar hábil en el portal www.chileproveedores.cl y entregará cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, como por ejemplo: Boleta Bancaria, Vale Vista, Certificado de Fianza, Póliza de Seguro o Depósito a plazo, etc. La caución o garantía deberá ser pagadera a la Vista y tener el carácter de Irrevocable, a nombre de Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río Rut N° 61.608.502-6 por un monto equivalente al 5% del valor total del Contrato, en pesos chilenos, que deberá tener una vigencia al menos de 120 (ciento veinte) días corridos posteriores a la fecha de término del contrato, con la finalidad de Garantizar el Fiel y oportuno Cumplimiento del Contrato que se genere de esta Licitación Pública, la que quedará en poder del CASR mientras dure el periodo de vigencia. Será devuelta por el CASR con posterioridad al término del Contrato y una vez vencida su vigencia. Dicha caución será entregada en el área de Gestión de Contratos de Abastecimiento, indicando el número de ID y nombre de licitación o bien de manera electrónica al correo documentosdegarantia@ssmso.cl. Es obligatoria la presentación de caución solicitada acompañada de certificado de autenticidad, emitido por la misma entidad que genere documento garante.
En la garantía debe quedar establecida claramente la siguiente glosa:
“Para Garantizar el Fiel y oportuno Cumplimiento de Contrato de la Oferta de la Licitación Pública ID: 1057501-523-LQ22 “CONVENIOS DE: ROPA REUTILIZABLE OTROS”.
Esta garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, no devengará intereses ni reajuste alguno y se hará efectiva en caso de incumplimiento del proveedor de cualquier obligación emanada del contrato. Esta garantía asegura, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes. Asimismo, con cargo a esta garantía podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas. En este evento, el adjudicatario deberá entregar una nueva garantía, en los mismos términos y condiciones que los señalados en estas Bases Administrativas, dentro del término de 10 días hábiles contados desde que se hizo efectiva la anterior garantía.
Luego de recibida la garantía será enviada previo chequeo a custodia a Unidad de Tesorería del CASR, mientras dure el periodo de vigencia. Podrá ser devuelta por la mencionada Unidad, a contar del primer día de termino de vigencia de garantía, previa solicitud directa del proveedor.
El CASR podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en los siguientes casos:
• En caso de incurrir el adjudicatario en incumplimiento a las obligaciones derivadas del Contrato.
• El cambio de las condiciones materia de la Oferta, durante la vigencia del Contrato, sin la aceptación previa por parte del CASR.
• La quiebra o el estado de notoria insolvencia del proveedor.
• Si el proveedor, contratista o alguno de los socios, fueran condenados por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.
• El oferente no cumpla con los requerimientos técnicos solicitados en las presentes bases de licitación o según lo indicado en su oferta técnica.
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AMPLIACIÓN DEL CONVENIO |
Este convenio podrá ampliarse por un monto no mayor a 1000 UTM, de acuerdo a lo indicado en el artículo N°12 del Reglamento y solo en caso de que ambas partes estén de acuerdo a través de acto jurídico fundado totalmente tramitado. De efectuarse la ampliación del convenio, se solicitará una nueva Garantía de Fiel Cumplimiento, en los términos descritos en el punto 8 de las presentes bases, y por el mismo % del contrato inicial
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