Resolución de Empates |
MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES.
En caso de que exista empate entre dos o más oferentes, se privilegiará a quien haya
obtenido el máximo puntaje hasta el cuarto decimal, primero el Monto de la oferta y
segundo lugar Plazo de entrega, tercer lugar Política de canje y cuarto lugar,
Cumplimiento de Requisitos Formales. Si el empate persiste se adjudica al oferte que
primero hubiese ingresado su oferta al portal www.mercadopublico.cl considerando en
primer lugar fecha y luego hora.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
.SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier dificultad o conflicto que se produjere durante el proceso de adjudicación, en
la interpretación, aplicación y ejecución de las Bases o especificaciones técnicas de este
proceso de licitación o si durante la ejecución del contrato se presentara cualquier
desacuerdo entre las partes, los referentes técnicos presentarán los antecedentes al
comité de evaluación, quienes en conjunto con el Departamento de Asesoría Jurídica del
Servicio de Salud Talcahuano presentarán al Director un informe en derecho, el que será
sometido a la consideración por este. Lo anterior, sin perjuicio, de las competencias
propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios o
Especiales de Justicia.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Si el oferente ingresa al Portal www.mercadopublico.cl la totalidad de los documentos
solicitados en el numerando 5. “DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN” de las presentes bases,
a más tardar el día y hora de cierre de la presente licitación, será evaluado con nota 7
(siete). Pero si un oferente omite uno o más de los Antecedentes Administrativos o tienen
errores de forma, la Comisión de Evaluación solicitará a través del portal (Foro Inverso) el
ingreso de los antecedentes omitidos o la corrección de éstos, dando un nuevo plazo para
subsanar, pudiendo optar a una nota de 4 (cuatro). En caso que el oferente no ingresa el o
los documentos faltantes o no responde dentro del nuevo plazo la oferta será evaluada con
nota de 1 (uno). Sin embargo, si dentro de los documentos faltantes fuera uno o más de
los antecedentes técnicos y económicos, la oferta se declarará Inadmisible en forma
inmediata por ser imposible de evaluar. En el caso de presentar antecedentes técnicos o
económicos, pero contengan errores de forma, se solicitará la aclaración a través del portal
(foro inverso), la falta de aclaración será considerada como no presentación, declarándose
la Inadmisibilidad de la Oferta presentada.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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SANCIONES Y MULTAS |
SANCIONES: Se entenderá por incumplimiento del contrato, si el oferente no da
cumplimiento a lo estipulado en su oferta, salvo razones de fuerza mayor, si fuese sin
motivo razonable a criterio del Servicio de Salud Talcahuano, lo que facultará al Servicio
de Salud Talcahuano para aplicar las siguientes sanciones:
• Resolver unilateralmente dejar sin efecto el contrato, sin necesidad de notificación
judicial ni requerimiento de ninguna especie.
• Exigir el cumplimiento judicial de la resolución.
• Informar por escrito al Ministerio de Salud, Servicios de Salud del País y Plataforma
Chile proveedores y respecto del incumplimiento por parte del proveedor.
MULTAS:
• Se establece una multa que se aplicará por cada día hábil de atraso en la entrega
de las cintas a adquirir, por razones atribuibles al proveedor adjudicado, salvo que se
trate de caso fortuito o fuerza mayor, la que se calculará por un equivalente a un 2%
(dos por ciento) del valor neto de las cintas y las cantidades que se entregue atrasado,
por cada día hábil de atraso respecto al plazo de entrega indicado en su oferta (Formulario
N°6) y no podrá superar el 50% del valor total neto del insumo/insumos que se entregue
atrasado, la que será descontada directamente de la facturación o de cualquier estado de
pago que tenga pendiente el Servicio de Salud Talcahuano con el proveedor.
Las multas cursadas al proveedor adjudicado no podrán superar el 20% del monto total
adjudicado. La aplicación de multas será sin prejuicio de la facultad del Mandante de
poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él, ley de compras y en
estas Bases.
“ADQUISICIÓN DE INSUMOS PARA LA DETERMINACIÓN DE GLICEMIA”
SST. Av. Colón N°3030, Talcahuano. Fono: 2722150, www.sstalcahuano.cl 10
Del Procedimiento para la Aplicación de Multas
Las multas serán comunicadas mediante oficio del Director del Servicio, al proveedor en
el domicilio indicado en la oferta, indicando infracción cometida, los hechos que la
constituyen y el monto de la multa. El adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles,
para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza
mayor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen. Vencido
el plazo para presentar descargos, la entidad dictará la respectiva resolución, que
ordenará hacer efectivas las multas.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un
plazo de 10 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o
acogerlos, total o parcialmente, lo que se informará mediante resolución.
En todo caso, al proveedor adjudicado no se le podrá cursar más de 4 multas. En el
evento de alcanzar la 5 multa el Servicio pondrá Término Anticipado al Contrato.
Sin perjuicio de los recursos que se puede interponer el proveedor según lo establecido
en la ley 19.880 de las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos
de la administración del Estado.
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