16. RENOVACIÓN DE CONVENIO |
El presente convenio podrá ser renovado por un nuevo periodo igual al original (24 meses) reajustando los valores de las prendas según el IPC acumulado del periodo de inicio del contrato hasta la fecha de renovación, estableciendo en la resolución de renovación de convenio los nuevos precios y/o modificaciones en condiciones o prendas. Para su renovación deberá contar con el apoyo de la comisión de evaluación, la autorización directiva y la disponibilidad presupuestaria respectiva, formalizando el acto mediante un acto administrativo que autorice la renovación de convenio.
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15. PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO |
El Contrato será hasta agotar el total del presupuesto Disponible o transcurrido 24 meses desde la resolución que aprueba el contrato, y regirá a partir de la total tramitación de la resolución adjudicataria y su vigencia se extenderá hasta el momento integro cumplimiento de todas las obligaciones contraídas.
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17. AUMENTOS Y/O DISMINUCIONES DE PARTIDAS |
El Servicio de Salud Talcahuano se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, fundadamente conforme a los intereses del Servicio de Salud Talcahuano, limitando a un aumento o disminución de hasta 30% de las cantidades estimadas de la presente licitación, ajustándose al presupuesto disponible. Según disponibilidad presupuestaria, sin alterar los principios de estricta sujeción a las bases y de la igualdad de los oferentes.
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Resolución de Empates |
Ver Punto N°13 de las Bases Administrativas adjuntas.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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18. DERECHO DE INSPECCIÓN |
El Servicio de Salud Talcahuano se reserva el derecho a inspeccionar en cualquier momento, a fin de verificar el funcionamiento y cumplimiento del contrato, sin perjuicio de solicitar la inspección de los órganos o instituciones competentes, a fin de fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el adjudicatario.
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Supervisión del Contrato: |
El Encargado de la supervisión técnica del contrato será D. Paola Quezada, funcionario dependiente del Departamento de Calidad de Vida Laboral y Bienestar de la Dirección del Servicio de Salud Talcahuano, o quien lo subrogue o reemplace legalmente, o en su defecto el funcionario que sea designado en su reemplazo.
Si el proveedor adjudicado, no hubiere acompañado el Certificado de Antecedentes Laborales y previsionales para la evaluación respectiva, éste lo deberá hacer llegar previo a suscribirse al contrato. En el evento de que el proveedor no envíe dicho certificado, se evaluará conforme a la tabla de evaluación, pero en cuanto al pago, se estará a lo dispuesto en el punto N°16.
D. Oscar Gutiérrez Beroíza, o quien le subrogue o reemplace, será quien se encargue de la gestión administrativa y generación de las órdenes de compra respectiva de forma mensual o periódica, en base al V°B° entregado por el Supervisor Técnico del contrato.
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Operatoria Contrato |
Una vez generado y firmado el contrato por las partes y dictado el acto administrativo que lo aprueba, se procederá a generar una Orden de Compra a medida que se genere la necesidad de compra de prendas y en base a lo validado por la Referente técnico del proceso.
El proveedor deberá aceptar las Ordenes de compra dentro del plazo de 24 horas y se entenderá aceptada pasado este tiempo, el adjudicatario no podrá rechazar la orden de compra, salvo la existencia de deuda vencida, en caso de realizarlo de igual forma, se entenderá como incumplimiento de contrato y se expondrá a las sanciones y multas establecidas en las presentes bases.
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20. OTROS (CONSIDERACIONES) |
En relación a eventuales cambios de materiales, insumos, por quiebres de stock, discontinuidad de productos u otros de motivos de fuerza mayor que intervengan en la entrega normal de las prendas, el proveedor deberá solicitar autorización al Supervisor de Contrato, para evaluar si es viable aceptar dicho cambio. Los nuevos componentes deberán cumplir con los requisitos técnicos señalados en las Bases de la presente Licitación. No obstante, a lo anterior, el Supervisor de Contrato a proveedor la entrega de catálogo, ficha técnica, muestras físicas, u otros según corresponda, que permitan evaluar de mejor forma la solicitud de proveedor, para tomar decisión correspondiente. El proveedor además podrá constatar este hecho considerando y solicitando previamente un aumento de plazo para no incurrir en multas y sanciones establecidas en las presentes Bases.
El Servicio de Salud Talcahuano se reserva el derecho de solicitar a proveedor adjudicado la entrega muestras físicas u otros durante la vigencia de la presente contratación. Los costos asociados a dicha solicitud deberán ser cubiertos por proveedor.
El Supervisor de Contrato durante la ejecución del servicio podrá solicitar fundadamente a proveedor adjudicado mayor detalle de antecedentes, información relevante, mantener un orden específico sobre las nóminas, documentos, certificados que se emitan u otro que permita una mayor comprensión y optimización del sistema de registro.
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22. SANCIONES Y MULTAS |
ver punto n°22 de las Bases Administrativas adjuntas.
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25. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS |
Cualquier dificultad o conflicto que se produjere durante el proceso de adjudicación, en la interpretación, aplicación y ejecución de las Bases o especificaciones técnicas de este proceso de licitación o si durante la ejecución del contrato se presentara cualquier desacuerdo entre las partes, los referentes técnicos presentarán los antecedentes al comité de evaluación, quienes en conjunto con el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Talcahuano presentarán al Director un informe en derecho, el que será sometido a la consideración por este. Lo anterior, sin perjuicio, de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios o Especiales de Justicia.
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26. TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO |
ver punto n°26 de las bases administrativas adjuntas.
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29. RESGUARDOS DEL PROVEEDOR |
El proveedor deberá tomar todos los resguardos necesarios para asegurarse de no incurrir en una operación prohibida, o en conductas que contraríen lo establecido en el Sistema Preventivo de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos funcionarios del Servicio de Salud Talcahuano (LA/FT/DF). Asimismo, deberá reportar a esta Institución cualquier violación a las leyes o al contrato celebrado, cualquier operación prohibida o pago dudoso, u otra situación que pueda afectar el cumplimiento del Sistema de Prevención de LA/FT y DF del Servicio de Salud Talcahuano, cooperando con cualquier solicitud de investigación que lleve a cabo esta Institución ante el conocimiento de dichas situaciones.
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7. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN |
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
La oferta se declarará Inadmisible en los siguientes casos:
• La no presentación de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
• Si omite en la presentación de la oferta los Formularios Técnicos
• No cumplimiento de las especificaciones técnicas según los criterios considerados en los Formularios respectivos.
• Si la oferta NO cumple con la totalidad de los criterios considerados como “criterios fundamentales” en el Formulario N°6.
• Si el proveedor no tiene la capacidad de cobertura o garantía inferior a 6 meses por prenda para asegurar el convenio.
• Si la oferta omite la presentación del Formulario Económico.
• Si el proveedor que oferta por la línea N°1 no oferta por la línea N°2 o viceversa, se considerará como una oferta válida, los proveedores que oferten por ambas líneas, en caso que un proveedor oferte por sólo una de las 2 líneas de licitación ya sea N°1 o N°2 (Prendas Profesionales y Prendas Auxiliares, Técnicos y Administrativos) se declarará la oferta inadmisible.
• Si la oferta carece de algunos de los elementos esenciales como: Precio, Plazo de Entrega y/o Garantía (Menor a 6 meses).
• Si no presenta muestras antes del horario de cierre del proceso.
• Si no adjunta la boleta de seriedad de la oferta.
• Si la oferta presentada por el proveedor excede el presupuesto asociado al proceso por sobre las causales o excepciones autorizadas.
Las demás causales que señala la ley 19.886 de Bases sobre contratos Administrativos de suministro y prestación de servicios y su reglamento, El decreto N°250 de fecha 09/03/2004 del Ministerio de Hacienda.
La declaración de Inadmisibilidad se traducirá el rechazo de la oferta.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Si el oferente ingresa al Portal www.mercadopublico.cl la totalidad de los documentos solicitados en el numerando 5. “DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN” de las presentes bases, a más tardar el día y hora de cierre de la presente licitación, será evaluado con nota 7 (siete). Pero si un oferente omite uno o más de los Antecedentes Administrativos o tienen errores de forma, la Comisión de Evaluación solicitará a través del portal (Foro Inverso) el ingreso de los antecedentes omitidos o la corrección de éstos, dando un nuevo plazo para subsanar, pudiendo optar a una nota de 4 (cuatro). En caso que el oferente no ingresa el o los documentos faltantes o no responde dentro del nuevo plazo la oferta será evaluada con nota de 1 (uno). Sin embargo, si dentro de los documentos faltantes fuera uno o más de los antecedentes técnicos y económicos, la oferta se declarará Inadmisible en forma inmediata por ser imposible de evaluar. En el caso de presentar antecedentes técnicos o económicos, pero contengan errores de forma, se solicitará la aclaración a través del portal (foro inverso), la falta de aclaración será considerada como no presentación, declarándose la Inadmisibilidad de la Oferta presentada.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
A través de Ingreso de Reclamo en Mercado Público.
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