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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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RESGUARDOS DEL PROVEEDOR |
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El proveedor deberá tomar todos los resguardos necesarios para asegurarse de no incurrir en una operación prohibida, o en conductas que contraríen lo establecido en el Sistema Preventivo de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos funcionarios del Servicio de Salud Talcahuano (LA/FT/DF). Asimismo, deberá reportar a esta Institución cualquier violación a las leyes o al contrato celebrado, cualquier operación prohibida o pago dudoso, u otra situación que pueda afectar el cumplimiento del Sistema de Prevención de LA/FT y DF del Servicio de Salud Talcahuano, cooperando con cualquier solicitud de investigación que lleve a cabo esta Institución ante el conocimiento de dichas situaciones.
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LICITACIONES EN SOPORTE PAPEL |
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Se considera excepcionalmente la presentación de antecedentes en formato papel, de acuerdo a Articulo 62, Decreto 250/2004: “2. Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección, mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 hrs. siguientes al cierre de recepción de ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 dias hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información”. El proveedor que se encuentre afectado por la indisponibilidad de la plataforma de www.mercadopublico.cl, deberá comunicar información a correo electrónico: jacqueline.sanhueza@redsalud.gob.cl , dentro de las 24 hrs. siguientes al cierre de recepción de ofertas, para que su oferta sea considera en el periodo de apertura de Licitación Pública; posteriormente deberá enviar Certificado de Indisponibilidad emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, adjuntando total o los antecedentes faltantes, de acuerdo a la información establecida en las presentes bases. Este certificado deberá ser solicitado a ChileCompra por el respectivo oferente y solo se podrán esgrimir las causales establecidas en el artículo 62 del Reglamento.
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SANCIONES Y MULTAS |
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SANCIONES: Se entenderá por incumplimiento del contrato, si el oferente no da cumplimiento a lo estipulado en su oferta, salvo razones de fuerza mayor, si fuese sin motivo razonable a criterio del Servicio de Salud Talcahuano, lo que facultará al Servicio de Salud Talcahuano para aplicar las siguientes sanciones:
- Resolver unilateralmente dejar sin efecto el contrato, sin necesidad de notificación judicial ni requerimiento de ninguna especie.
- Exigir el cumplimiento judicial de la resolución.
- Informar por escrito al Ministerio de Salud, Servicios de Salud del País y Plataforma Chile proveedores y respecto del incumplimiento por parte del proveedor.
MULTAS: En caso de que el proveedor no cumpla lo dispuesto en Bases Administrativas, Técnicas y detalles entregados en la oferta del proveedor, el mandante podrá cobrar una multa por incumplimiento que no podrá superar el 20% del valor total de los servicios, la que será descontada al momento de pagar la factura correspondiente al mes en que se realizó el incumplimiento, o de cualquier estado de pago que tenga pendiente el Servicio de Salud Talcahuano con el proveedor. Dicha multa deberá ser solicitada al Departamento de Abastecimiento y Logística por el Referente Técnico a cargo del proceso, lo que se ajustará a lo establecido en la siguiente tabla:
INCUMPLIMIENTO MULTA
Reclamo referido a la calidad y contenidos del Servicio otorgado por no cumplimiento de lo convenido, indicado en Bases Técnicas, Guion Metodológico, Contenidos, objetivos, módulos/horas, no contar con recursos de aprendizajes requeridos u otro que afecte al desarrollo de la actividad de capacitación. 5% del Valor Total de la Orden de compra, por cada evento que fundamente Profesional encargada de Capacitación y que se origine despropósitos de la contratación de servicios.
Reclamo referido a la entrega de los servicios de capacitación, cuando el proveedor adjudicado realiza cambios en el equipo de relatores o profesional relator que intervienen en la entrega de la capacitación y no ha sido informado con anticipación y por escrito al Referente Técnico y/o Encargado de la Capacitación del Servicio de Salud Talcahuano y si además dichos profesionales no cumplen con los requisitos exigidos y señalados en las Bases Administrativas y Técnicas de la presente licitación. 5% del Valor Total de la Orden de compra, por cada evento que fundamente Profesional encargada de Capacitación y que se origine despropósitos de la contratación de servicios.
Reclamo referido a problemas de conectividad que no permitan desarrollar la actividad de capacitación en forma normal, por factores atribuibles al proveedor, a contar del tercer reclamo por escrito se dará a lugar la aplicación de la multa. 1% del Valor Total de la Orden de compra, por cada hora de atraso.
Atraso e Incumplimientos de fechas convenidas, por cada día hábil de atraso. 1% del Valor Total de la Orden de compra, por cada día hábil de atraso.
DEL PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS
a) Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, la Contraparte Técnica o el departamento de Abastecimientos de la DSS deberá comunicar, mediante correo electrónico u oficio dirigido al jefe del Proyecto del proveedor, informándole sobre la aplicación de una multa, su monto y los hechos en que ésta se sustenta.
b) A contar de la comunicación singularizada en el literal anterior, el proveedor tendrá un plazo de cinco (05) días hábiles para efectuar sus descargos. Éstos deben ser enviados, vía correo electrónico, tanto al coordinador administrativo del contrato como a los supervisores técnicos acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
c) Vencido el plazo indicado en el literal anterior, sin que se hayan presentado descargos o si durante este plazo el proveedor aceptase los hechos en que se funda la multa, se aplicará la correspondiente multa por medio de un acto administrativo fundado y dictado por la autoridad competente. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado.
d) Si el oferente ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el Servicio podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de un acto administrativo fundado y dictado por la autoridad competente, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la multa a aplicar. El indicado acto administrativo deberá notificarse al proveedor mediante su publicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado.
e) Asimismo, en contra de dicho acto administrativo procederán los recursos dispuestos en la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
f) El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante debe efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos (valor factura - monto multa = valor a pagar).
g) Las multas se aplicarán siempre que el incumplimiento no haya sido calificado como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor por la Contraparte Técnica del Servicio, u otro imprevisto no imputable al contratista, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.
h) Las multas cursadas al proveedor adjudicado no podrán superar el 20% del monto total adjudicado. La aplicación de multas será sin prejuicio de la facultad del Mandante de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él, ley de compras y en estas Bases.
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MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES. |
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En caso de que exista empate entre dos o más oferentes, se privilegiará a quien haya obtenido el máximo puntaje hasta el máximo de decimales posibles durante la evaluación de las ofertas, se privilegiará a quien haya obtenido el máximo puntaje, en orden de prelación sucesiva y excluyente:
- Primer lugar en el Calidad Técnica del Guión Metodológico.
- Segundo lugar Experiencia de los Relatores.
- Tercer lugar Monto Total de la oferta
- Cuarto lugar Comportamiento Contractual Anterior.
- Quinto lugar Programa de Integridad
- Sexto lugar Cumplimiento de Documentación y Requisitos Formales.
En caso de persistir el empate se dirimirá con la oferta que ingresó primero al portal www.mercadopublico.cl considerando en primer lugar fecha y luego hora.
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CONTRATO |
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Por tratarse de una propuesta adjudicada menor a 1.000 UTM, su contrato será formalizado con la emisión de la respectiva Orden de Compra, de acuerdo a lo establecido en el Art. 63 del Decreto N° 250/2004 y comenzará a regir a contar de la fecha de aceptación de la Orden de Compra emitida a través del Sistema de Información Mercado Público y su vigencia se extenderá hasta el momento de la liquidación del contrato y en todo caso hasta el total e íntegro cumplimiento de todas las obligaciones contraídas.
Con todo, el Servicio de Salud Talcahuano pondrá término anticipado al contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa, cuando el oferente adjudicado incurra en alguna causal de incumplimiento, de acuerdo a lo establecido en las Bases Administrativas.
Una vez adjudicada la licitación en el portal Mercado Público se procederá a generar una Orden de compra, ésta deberá ser aceptada por el proveedor dentro del plazo de 24 horas hábiles y el adjudicatario no podrá rechazarla, salvo la existencia de deuda vencida del Servicio.
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