Resolución de Empates |
En caso de que exista empate entre dos o mas oferentes, se privilegiara quien haya obtenido
el maximo puntaje hasta el maximo de decimales posibles durante la evaluacion de las ofertas,
se privilegiara quien haya obtenido el maximo puntaje, a partir de los siguientes criterios en
orden de prelacion sucesiva y excluyente:
Primer decimal en puntaje Final
El Oferente mejor evaluado en el criterio Precio
El Oferente mejor evaluado en el criterio Plazos de Entrega
El Oferente mejor evaluado en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales
El Oferente mejor evaluado en el criterio Tiempo de Garantia
Finalmente, de mantenerse la igualdad, se adjudicara al oferente que primero hubiese ingresado
su oferta al portal www.mercadopublico.cl considerando en primer lugar fecha y luego hora.
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Adjudicación |
Finalizado el proceso de evaluación de las ofertas, el SERVICIO DE SALUD TALCAHUANO aceptará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de 24 horas trascurridas desde su publicación en el portal.
• La entidad licitante no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las bases.
• No podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentran inhabilitados para contratar con las entidades.
• No podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realiza en conformidad a la ley.
El SERVICIO DE SALUD TALCAHUANO se reserva el derecho a declarar inadmisibles las ofertas, si no cumplen con una o más disposiciones de estas bases. Así mismo, se podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la entidad licitante o excedieren de su presupuesto referencial o disponible.
La adjudicación será dejada sin efecto por el SERVICIO DE SALUD TALCAHUANO dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
• Si el adjudicado desiste de su oferta y no rechace la orden de compra.
• Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas, transcurrido el plazo de 15 días corridos, desde la fecha de la notificación de la adjudicación.
Lo anterior, de acuerdo a los plazos establecidos en las presentes bases y sin perjuicio de la facultad del Mandante de dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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MOTIVOS DE MODIFICACION DE LA FECHA DE ADJUDICACION |
El mandante se reserva el derecho de re-adjudicar la licitacion dentro del plazo de vigencias de las garantias de seriedad de la oferta en los siguientes casos:
• Cuando las condiciones en las cuales fue adjudicada la propuesta hayan cambiado, o si el oferente adjudicado alude a un caso fortuito de fuerza mayor.
• Si el adjudicado desiste de su oferta.
• Si el adjudicado rechace la Orden de Compra.
• Si el adjudicado no entrega la garantia de fiel cumplimiento de contrato en el plazo indicado, si corresponde a su monto adjudicado.
• En caso de termino anticipado de contrato.
• Cuando en los 2 años anteriores al momento de la presentaciÛn de la oferta, de la formulacion de la propuesta o de la suscripcion de la convencion, haya sido condenado por practicas antisindicales o infraccion a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Codigo Penal.
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READJUDICACION |
Lo anterior, de acuerdo a los plazos establecidos en las presentes bases y sin perjuicio de la facultad del Mandante de dejar sin efecto la adjudicacion original y adjudicar la licitacion al oferente que le seguia en puntaje, dentro del plazo de 90 dias corridos contados desde la publicacion de la adjudicacion original.
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CONTRATO |
Por tratarse de una propuesta adjudicada menor a 1000 UTM, su contrato ser· formalizado con la emision de la(s) respectiva(s) Orden(es) de Compra, de acuerdo a lo establecido en el Art. 63 Contratos y Validez de la Oferta, Normativa de Compras Publicas, Ley N°19.886 y su reglamento.
Comenzara contar de la fecha de aceptacion de la Orden de Compra emitida a traves del
Sistema de Informacion Mercado Publico y su vigencia se extendera hasta el momento de la liquidacion del contrato y en todo caso asta el total e integro cumplimiento de todas las obligaciones contraidas. Con todo, el Servicio de Salud Talcahuano pondra termino anticipado al contrato en cualquier
momento y por simple via administrativa, cuando el oferente adjudicado incurra en alguna causal de incumplimiento, de acuerdo a lo establecido en las Bases Administrativas.
El Servicio de Salud Talcahuano podra aumentar el contrato y siempre que no exceda del 30%
del valor original del contrato, incluyendo la revision de todos los elementos que componen esta
licitacion, de acuerdo a los valores incluidos en la oferta economica, por los productos, para asegurar la optima continuidad de la adquisicion, previo acuerdo de las partes aprobado mediante resolucion fundada afecta al tramite de toma razon, teniendo presente la Ley de Presupuesto del año respectivo. Si existiere una modificacion debera dictarse una Documento administrativo donde refleje esta situacion con una modificacion de contrato si se amerita con la respectiva resolucion que apruebe esta modificacion de Contrato, teniendo presente la Ley de Presupuesto respectiva, adjuntado el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria al año respectivo.
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OPERATORIA |
Una vez adjudicada la licitacion en el portal Mercado Publico, se proceder· a generar y enviar
la(s) orden(es) de compra, Estas deberan ser aceptadas por el proveedor dentro del plazo de 24
horas habiles y el adjudicatario no podra rechazarlas, salvo la existencia de deuda vencida del
Servicio de Salud Talcahuano.
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AUMENTOS Y/O DISMINUCIONES DE PARTIDAS |
El Servicio de Salud Talcahuano se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas
requeridas, fundadamente conforme a los intereses del Servicio de Salud Talcahuano, limitando
a un aumento o disminucion de hasta 30% de las cantidades estimadas de la presente licitacion,
ajust·ndose al presupuesto disponible, sin alterar los principios de estricta sujecion a las bases
y de la igualdad de los oferentes.
Formula: Cantidades estimadas licitadas por Item x 0,3. (Tope maximo 30%)
Dicha modificacion quedar· establecida en Resolucion de adjudicacion y orden de compra que
se envie a proveedor adjudicado, ajustandose a presupuesto descrito en la presente licitacion.
Con todo, las cantidades descritas son estimativas y su ejecucion depender· de los
requerimientos detectados por D. Ingrid Briones Luengo, funcionaria del Departamento Gestion
de los Programas de Salud o quien la subrogue o reemplace legalmente.
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PRESENTACIÓN DE LA OFERTA |
El oferente postulante a la presente licitación, al momento de ingresar su oferta, deberá contar
con el stock y cantidad suficiente de materiales para comenzar a trabajar en los plazos
especificados.
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DE LA FORMA DE PAGO |
El pago será vía transferencia electrónica, por mes vencido, en un plazo de 30 días corridos desde
la aceptación de la factura o del respectivo documento tributario de cobro, de acuerdo a lo
estipulado en la glosa 02, letra e) del presupuesto del Ministerio de Salud del año 2022, Ley
21.516 del 20.12.2022.
El establecimiento podrá reclamar del contenido del documento tributario dentro de los 8 días
siguientes a su recepción. Si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega,
momento a partir del cual se comenzará a contar el plazo de vencimiento del pago.
Entrega del Documento Tributario electrónico (DTE): El Pago se realizará vía transferencia
electrónica por medio de Tesorería General de la República (TGR), una vez recepcionados
conforme los productos, por parte del Referente técnico Sra. Ingrid Briones Luengo.
El proveedor deberá ACEPTAR las órdenes de compra dentro de 24 horas siguientes al envío de
ésta por el portal www.mercadopublico.cl. El Servicio de Salud Talcahuano teniendo a la vista
los dos antecedentes anteriores ORDEN DE COMPRA en estado ACEPTADA Y recepción de los
servicios, procederá a realizar la RECEPCIÓN CONFORME en la plataforma
www.mercadopublico.cl .
El proveedor deberá emitir los documentos tributarios electrónicos (DTE) respectivos, de
acuerdo a las órdenes de compra emitidas. El DTE debe ser enviado a la casilla
dipresrecepcion@custodium.com y se emitirá con los siguientes datos:
• Nombre: Servicio de Salud Talcahuano.
“ADQUISICIÓN DE INSUMOS MÉDICOS”
SERVICIO DE SALUD TALCAHUANO
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• R.U.T: 61.607.200-5
• Dirección: Avenida Colón N°3030, Talcahuano.
• Campo 801 del DTE: Indicar el N° o ID de la orden de compra emitida por el portal
www.mercadopublico.cl
• Glosa: Nombre de productos entregados.
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SANCIONES Y MULTAS |
SANCIONES: Se entenderá por incumplimiento del contrato, si el oferente no da cumplimiento
a lo estipulado en su oferta, salvo razones de fuerza mayor. Si fuese sin motivo razonable a
criterio del Servicio de Salud Talcahuano, lo que facultará para aplicar las siguientes sanciones:
• Resolver unilateralmente dejar sin efecto el contrato, sin necesidad de notificación judicial ni
requerimiento de ninguna especie.
• Exigir el cumplimiento judicial de la resolución.
• Informar por escrito al Ministerio de Salud, Servicios de Salud del País y Plataforma Chile
proveedores y respecto del incumplimiento por parte del proveedor.
MULTAS: El Adjudicatario podrá ser sancionado por las Entidades con el pago de multas, de
acuerdo con lo siguiente:
Multas por atraso en la entrega de los productos (medios de canje): Estas se aplicarán por cada
día hábil de atraso respecto a la fecha de entrega ofertada y/o acordada en la orden de compra
(OC). Se calculará como un 2% diario del valor total de la orden de compra. Esta multa tendrá
un tope de aplicación de 10 días, es decir, podrá ser por hasta el 20% del valor total de los
productos que se vean afectos al retraso. En caso de que se supere los 10 días de atraso, se
entenderá que se ha incurrido en un incumplimiento grave, por lo que procederá por parte de
la entidad compradora la aplicación de la medida de término anticipado del respectivo contrato
o acuerdo complementario suscrito con el proveedor incumplidor.
En los casos que el proveedor no acepte o no realice alguna acción sobre la orden de compra
dentro del plazo de 2 días hábiles luego de enviada, el organismo comprador podrá solicitar su
rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada la OC transcurridas 24 horas desde dicha
solicitud.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de las Entidades de recurrir a los Tribunales
Ordinarios de Justicia, a fin de hacer valer la responsabilidad del contratante incumplidor en
todos los casos.
La multa producirá sus efectos una vez resueltos los recursos pertinentes, o haya vencido el
plazo de su interposición sin que se hayan presentados. Desde ese momento el adjudicatario se
encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera.
El monto de las multas será rebajado del estado de pago que la Entidad deba efectuar al
adjudicatario en las facturas o boletas más próximas y, de no ser suficiente este monto o en caso
de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los
10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento.
Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto de la respectiva Entidad que esté
realizando el cobro. Asimismo, se hace presente que la DCCP carece de facultades para
pronunciarse sobre el mérito de la aplicación de la multa respectiva que decida la respectiva
Entidad compradora. En caso de que la multa sea fijada en una moneda que no sea pesos, debe
determinarse a qué fecha u oportunidad se hará la conversión.
B) Otras medidas
Además de las multas, las entidades compradoras podrán aplicar la medida de cobro de la
garantía de fiel complimiento del acuerdo complementario y de término anticipado del acuerdo
complementario, cuando concurran las causales establecidas en las cláusulas plasmadas en las
bases, en lo que resulten aplicables.
Procedimiento para la aplicación de multas y otras medidas:
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, cobro de la garantía o término
anticipado del acuerdo complementario, por parte de la Entidad, ésta será notificada al
adjudicatario, a través del módulo de gestión de contratos dispuesto en
www.mercadopublico.cl, además se podrá intensificar la notificación por carta certificada o
personalmente, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y la medida a
aplicar. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un
plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, por escrito, ante el administrador del
correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes a
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través del módulo de gestión de contratos. Vencido el plazo sin presentar descargos, la Entidad
dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la medida y detallando las
circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo
de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos,
total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, el cual
deberá ser notificado al adjudicatario, personalmente o por carta certificada.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día
siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda. Contra la resolución que
aplique la medida respectiva procederán los recursos establecidos en la Ley 19.880, Ley de Bases
de Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del
Estado. La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la
presenta cláusula a través del módulo de gestión de contratos dispuesto en la plataforma
www.mercadopublico.cl .
Procedimiento para interponer recuso:
El adjudicatario dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada
la resolución o acto administrativo que le impone la medida, para recurrir fundadamente,
acompañando todos los antecedentes pertinentes al recurso.
El jefe superior de la respectiva Entidad o la autoridad que sea competente resolverá dentro de
los 30 días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente el recurso. Se
notificará dicha resolución o acto administrativo al respectivo proveedor y a la Dirección de la
DCCP a través del módulo de gestión de contratos dispuesto en la plataforma
www.mercadopublico.cl .
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CESIÓN DE DERECHOS Y/U OBLIGACIONES |
El Oferente no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o
parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y
en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo. La infracción de esta
prohibición dará derecho al mandante para poner término anticipado al contrato, en forma
inmediata, de conformidad a lo establecido en el numerando correspondiente a la Terminación
anticipada del Contrato.
Los documentos justificativos de los créditos, en favor del adjudicatario, para el pago de los
servicios contratados, serán transferibles de acuerdo con las reglas del derecho común.
El oferente podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato solo con previa
autorización del mandante, sin perjuicio que la responsabilidad del cumplimiento permanecerá
en el oferente adjudicado.
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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS |
Cualquier dificultad o conflicto que se produjere durante el proceso de adjudicación, en la
interpretación, aplicación y ejecución de las Bases o especificaciones técnicas de este proceso
de licitación o si durante la ejecución del contrato se presentara cualquier desacuerdo entre las
partes, los referentes técnicos presentarán los antecedentes al comité de evaluación, quienes
en conjunto con el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Talcahuano
presentarán al Director un informe en derecho, el que será sometido a la consideración por este.
Lo anterior, sin perjuicio, de las competencias propias de la Contraloría General de la República
y de los Tribunales Ordinarios o Especiales de Justicia.
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TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO |
De acuerdo a lo previsto en el artículo 13 de la ley N °19.886, y el artículo 77 del reglamento de
la citada ley, el mandante podrá poner término anticipado al contrato en las siguientes causales:
a) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor: Se entiende como
incumplimiento grave el incumplimiento de las exigencias técnicas del producto requerido
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(contenido, especificaciones técnicas, forma, detalles técnicos, plazos de entrega de los
productos, faltas reiteradas), según lo estipulado en las bases.
b) En todo caso, las multas cursadas al proveedor adjudicado superaran el 30% del monto total
adjudicado.
c) Una vez cursada la multa número 6, por no entregar los productos contratados, según lo
dispuesto en las bases administrativas, especificaciones técnicas y detalles entregados en la
oferta del proveedor.
d) Contravención del Proveedor, en el desempeño de los productos contratados.
e) Ejecución tardía de sus obligaciones contractuales.
f) Participar activa o pasivamente, directa o indirectamente, ejecutando u omitiendo actos o
conductas que puedan comprometer los bienes o intereses del Servicio de Salud Talcahuano y
sus establecimientos dependientes; la salud y/o seguridad de sus 12 trabajadores; o que
afecten el fiel y oportuno cumplimiento de las Obligaciones contraídas.
g) Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que mejoren las cauciones entregadas
o las existentes sean insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
h) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus
actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del
período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Si así correspondiere y a fin
de verificar la ocurrencia de esta causal, el Servicio de Salud Talcahuano podrá solicitar se le
exhiba, entre otros, contratos de trabajo, copias firmadas de las respectivas liquidaciones de
remuneraciones, planillas de declaración y pago de imposiciones previsionales, de salud y
cesantía del personal, empleado en la ejecución del contrato, registros de asistencia y control
de jornada de trabajo, certificado emitido por la Inspección del Trabajo correspondiente al lugar
donde se ejecuta el contrato en que conste que no tiene reclamos pendientes con dicho
personal por incumplimiento de leyes laborales o previsionales por incumplimiento de los
contratos de trabajo.
i) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
j) Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que
nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o
Contrato definitivo.
k) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
l) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. Puesto término anticipado al contrato
por alguna de las causales señaladas, con excepción de la indicada en las letras k) y l), el
mandante cobrará y hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato
administrativamente, sin forma de juicio, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial
alguna, en carácter de cláusula penal, y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su
naturaleza, y sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra
del contratista, en el evento de que el perjuicio originado, sea mayor al valor de la mencionada
garantía.
Del procedimiento
Verificándose cualquiera de las situaciones descritas precedentemente, El Mandante procederá
a poner término anticipado al contrato, dictando la resolución correspondiente, previo aviso al
Proveedor dado por escrito con 5 (cinco) días de antelación a la fecha en se resuelva colocar
termino al contrato, transcurrido el cual, se entenderá que acepta la sanción interpuesta. En
caso de presentar descargos, el director del Servicio de Salud Talcahuano, tendrá un plazo de 30
días corridos a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, lo que se
informará mediante resolución, este mismo documento ordenará hacer efectiva la garantía de
fiel cumplimiento del contrato y deberá publicarse en www.mercadopublico.cl a más tardar en
24 horas de dictada. En todos los casos de término anticipado del contrato, se procederá a la
liquidación inmediata del mismo, sin derecho a indemnización alguna para el Proveedor.
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DE LA OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD |
El prestador deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con
motivo de la prestación del servicio, ya sean aquellos proporcionados por los establecimientos
y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la prestación de los servicios contratados. De
esta manera, bajo ninguna circunstancia el prestador podrá, por cualquier título y/o medio,
revelar, difundir, publicar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta
información, ya sea durante la vigencia de la contratación como después de su finalización,
salvo autorización expresa del Mandante, otorgada a través de su directora.
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Esta prohibición afecta al prestador y a su personal en cualquier calidad que se encuentren
ligados a esta licitación y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la expiración de
la contratación del servicio. El prestador sólo podrá copiar o reproducir la información que sea
necesaria para dar cumplimiento a la contratación que por la presente licitación pública se
pretende materializar.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de
las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las
bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el
suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de
acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes
compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario
público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o
los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas
a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su
toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se
deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o
formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de
la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral,
buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de
ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de
licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la
realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad
ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o
dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se
relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos
sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción,
sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen
determinadas por los organismos correspondientes.
i) El oferente adjudicado, además, se obliga a realizar el pago del registro de Chile Proveedores
para quedar hábil como prestador del Estado, una vez transcurrido 15 días desde la emisión de
la orden de compra.
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RESGUARDOS DEL PROVEEDOR |
El proveedor deberá tomar todos los resguardos necesarios para asegurarse de no incurrir en
una operación prohibida, o en conductas que contraríen lo establecido en el Sistema Preventivo
de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos funcionarios del Servicio de Salud
Talcahuano (LA/FT/DF). Asimismo, deberá reportar a esta Institución cualquier violación a las
leyes o al contrato celebrado, cualquier operación prohibida o pago dudoso, u otra situación
que pueda afectar el cumplimiento del Sistema de Prevención de LA/FT y DF del Servicio de
Salud Talcahuano, cooperando con cualquier solicitud de investigación que lleve a cabo esta
Institución ante el conocimiento de dichas situaciones.
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RESERVA DE LA INSTITUCIÓN |
El Servicio de Salud Talcahuano podrá dejar sin efecto la licitación declarándola desierta según el
artículo Nº9 de la Ley 19.886, podrá Revocar y/o suspender en caso de que no se pueda seguir el flujo
normal que conduce a la adjudicación, en todos los casos mencionados el acto en cuestión se
formalizará mediante resolución fundada, la que será publicada en el portal mercadopublico.cl.
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DESERCIÓN |
El Servicio de Salud Talcahuano declarará inadmisible la o las ofertas cuando estas no cumplan con
los requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará a si mismo desierta la presente Licitación
cuando no se presenten ofertas o interesados; o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los
intereses de este Servicio. En ambos casos la declaración deberá ser por Resolución fundada.
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REVOCACIÓN |
Se podrá otorgar el estado de "Revocada" en aquellas situaciones donde la Licitación ya está
publicada y, en base a una decisión debidamente justificada, se desiste, no pudiéndose seguir el flujo
normal que conduce a la adjudicación. Este estado es similar al estado "Desierta" pero con la salvedad
de que, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser
declarado de forma unilateral por la entidad licitante con la resolución fundada que así lo autorice y
se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento.
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SUSPENSIÓN |
Esta instancia procederá cuando el Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional
ordenan esta medida. Este estado consiste en congelar el proceso licitatorio por un periodo
determinado de tiempo y posteriormente seguir con el curso normal de la licitación, y podrá aplicarse
desde la publicación hasta la adjudicación.
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RETROTRAER PROCESO |
El Servicio de Salud Talcahuano, podrá, retrotraer el proceso de adjudicación, cuando se detecte un
error en el proceso de evaluación de la propuesta y/o se detecten errores, vicios u omisiones en la
propuesta adjudicada. Para dicho procedimiento se deberá publicar en la plataforma de Mercado
Público, resolución fundada dejando sin efecto la adjudicación. Una vez retrotraído el proceso, se
reúne a la comisión evaluadora para realizar un nuevo proceso de evaluación, para continuar con el
proceso de adjudicación. En caso de que se requiera dejar sin efecto todo el proceso, por errores,
vicios u omisiones se revocara la propuesta, con resolución fundada, se revisara el requerimiento y
se levantara un nuevo llamado licitatorio.
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