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VALIDEZ DE LA OFERTA |
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Las ofertas tendrán una validez mínima de 120 días corridos desde la fecha de la publicación de la Licitación, si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la entidad licitante podrá solicitar a través del Portal www.mercadopublico.cl, la prórroga de las propuestas. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en el proceso de evaluación y adjudicación.
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MODIFICACION DE LAS BASES |
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La entidad licitante podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web. www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación, según lo señalado en el artículo 19 del reglamento de compras públicas.
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CONTRATO |
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Una vez adjudicada la propuesta, se elaborará el contrato por el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Talcahuano, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, a la oferta adjudicada, y a los demás antecedentes del llamado a propuesta, debiendo ser firmado por las partes.
El proponente estará obligado a firmar el contrato ante notario, a más tardar dentro de los 30 días corridos, contados desde la notificación de la presente resolución por el Servicio de Salud Talcahuano. Dicha notificación se realizará a través de correo electrónico a Coordinador del Contrato indicado por el proponente en el Formulario Nº1 y posteriormente será anexado a la orden de compra que se envíe al proveedor.
Una vez adjudicada la propuesta, para fines de elaboración del contrato, el Adjudicatario deberá presentar al Servicio de Salud Talcahuano, dentro de los 30 (treinta) días siguientes, los antecedentes que se indican según corresponda. Sin embargo, en el caso que la documentación indicada más adelante se encuentre digitalizada en el portal www.mercadopublico.cl, o haya sido ingresada en la oferta, con la vigencia requerida en las presentes bases de licitación, no se requerirá su presentación:
PERSONAS NATURALES
• Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, en los términos y condiciones establecidos en las presentes bases de licitación.
• Certificado de antecedentes laborales y previsionales, extendido por la Dirección del Trabajo, con una antigüedad no superior a treinta días corridos desde su emisión.
• Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
• Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad.
• Fotocopia simple de la cédula de identidad para extranjeros o del pasaporte.
• Visa de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjeros, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley Nº 1.094, de 1975, que establece normas sobre extranjeros en Chile.
• Documento que acredite su domicilio en Chile.
PERSONAS JURÍDICAS
a) Personas Jurídicas:
• Garantía de fiel cumplimiento del Contrato, en los términos y condiciones establecidas en la presente Resolución.
• Fotocopia simple del Rol Único Tributario de la institución.
• Fotocopia simple de la cédula de identidad del o los representantes legales que suscriba el contrato.
• Certificado de antecedentes laborales y previsionales, extendido por la Dirección del Trabajo, con una antigüedad no superior a treinta días corridos desde su emisión.
• Copia de escritura de Constitución Social y/o Estatuto, y sus modificaciones correspondientes.
• Certificado de Vigencia de Sociedad no superior a sesenta días.
• Certificado de Vigencia de Poder no superior a sesenta días
b) Extranjeras:
• Documentos que acrediten su existencia legal y vigencia, los que deberán estar legalizados en Chile
• Documento que acredite su domicilio en Chile.
UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
• Escritura pública donde conste la unión temporal.
• Garantía de fiel cumplimiento de contrato, en los términos y condiciones de las presentes bases de licitación.
• Los demás antecedentes requeridos precedentemente para las “PERSONAS NATURALES” y “PERSONAS JURIDICAS”, respecto de cada uno de los proponentes que participen de la unión temporal de proveedores, según su naturaleza.
Plazo para celebrar el contrato: El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la resolución adjudicataria.
Dicha notificación se realizará a través del Portal Mercado Publico, mediante la adjudicación en el sistema. No obstante, a lo anterior y si el Servicio de Salud Talcahuano lo estimase conveniente, también podrá enviarse una comunicación al correo electrónico indicado por el proponente en el Formulario N°1.
Contenido del contrato, serán parte integrante del contrato las presentes bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las bases y el contenido de la oferta del adjudicatario. Luego de firmado el contrato, este deberá ser aprobado mediante resolución, documento que una vez publicado, permitirá enviar la orden de compra.
El Servicio podrá aumentar el contrato y siempre que no exceda del 30% del valor original del contrato, incluyendo la revisión de todos los elementos que componen esta licitación, de acuerdo a los valores incluidos en la oferta económica, por los servicios, para asegurar la óptima continuidad del servicio, previo acuerdo de las partes aprobado mediante resolución exenta, teniendo presente la Ley de Presupuesto respectiva, adjuntado el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria del año respectivo.
Si existiere una modificación deberá dictarse una Documento administrativo donde refleje esta situación con la respectiva resolución que apruebe esta modificación, teniendo presente la Ley de Presupuesto respectiva, adjuntado el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria al año respectivo, previa entrega del documento de garantía por el aumento de contrato por el 5%.
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ADMINISTRADOR DEL CONTRATO |
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El Encargado de la Supervisión y Administración del Contrato será la funcionaria de la Dirección del Servicio Salud Talcahuano, D. Soledad Vergara Vejar, Profesional Apoyo Administrativo, Departamento SAMU, o quien lo subrogue o reemplace legalmente, o el funcionario que el director del Servicio de Salud Talcahuano designe en su reemplazo, quien tendrá la responsabilidad de supervisar la correcta ejecución y entrega de productos y visará las facturas a modo de conformidad.
Las funciones del Administrador de Contrato serán las siguientes:
• Validar las facturas, según la conformidad de los servicios y validación de la total entrega de uniformes a través de nóminas e informes emitidos por proveedor, previamente firmados por funcionario.
• Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda.
• Requerir el término anticipado del contrato si correspondiere.
• Colaborar, exigir y asistir al proveedor adjudicado, en el ámbito de sus competencias.
• Supervisar las acciones realizadas por la Contraparte Técnica a nivel local.
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PLAZO DE ENTREGA |
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Se entiende como plazo de entrega, al tiempo de entrega de la totalidad de las prendas que conforman el uniforme de los funcionarios SAMU, el cual se contabilizará a partir del día hábil siguiente de enviada la nómina con detalle de tallas por cada prenda del uniforme, consignando el nombre de cada uno de los funcionarios y según correo electrónico de Referente Técnico, nomina que se ajustara al total de prendas requeridas, este plazo será el que el oferente estipule en su oferta en el Formulario N° 7 y será contado en días hábiles.
La presente Licitación Pública contempla los siguientes plazos:
• Plazo de Entrega de los Uniformes SAMU:
- La fecha de inicio de las prestaciones, será acordada y consensuada entre el proveedor adjudicado con el Administrador del Contrato validada la nómina con detalle de tallas requeridas, el Administrador del Contrato dará su V° B° para así emitir orden de compra a proveedor, una vez recepcionado el documento de garantía de fiel cumplimiento y dictada la Resolución que Aprueba Contrato.
- El plazo de entrega de los uniformes será el establecido en la oferta del proveedor, previa confirmación de Administrador de contrato con la nómina de tallas por cada prenda que conforma el Uniforme SAMU.
- Una vez adjudicada la licitación, dentro del plazo de 10 días hábiles el proveedor deberá enviar todas las prendas que conforman uniforme en todas las tallas requeridas desde XS a XXXXL y/o 36 a 64, para organizar la prueba de tallas requeridas por funcionarios SAMU y deberá tener disponible las tallas y tipos de cada prenda, en toda la gama de tallas requeridas tanto para dama y varón.
- El proveedor deberá indicar el plazo de entrega final, el cual estará sujeto a evaluación en Formulario N°7.
- En caso de fallas, el proveedor a su vez deberá contemplar un plazo de 10 días hábiles de recepcionadas las prendas con fallas de producto previamente notificado por Administrador de Contrato a través de correo electrónico, para esto deberá estimar dicho plazo que se tomará para realizar los ajustes respectivos y el plazo para la reposición y/o cambio de productos contemplando 10 días hábiles incluido traslado, fletes.
• Plazo de entrega de la Facturación y sus Componentes:
- Con todo, el Administrador de Contrato deberá primero aprobar la total entrega de productos y conformidad de usuarios para proceder con facturación y tramitación del pago correspondiente.
- Una vez aprobado, el proveedor deberá emitir DTE el que deberá ser enviado en formato XML a la casilla dipresrecepcion@custodium.com, dentro de los 5 días hábiles posteriores al término de la entrega de la totalidad de Uniformes SAMU y aprobado por Administradora de contrato.
• Aumentos de Plazos:
- Si durante la vigencia del contrato se presentaran eventos de caso fortuito o fuerza mayor que entorpecieran o generaran eventuales atrasos o impedimentos en la entrega de las prestaciones contratadas, el proveedor deberá notificarlo en un plazo pertinente desde ocurrido el evento, no superior a 7 días hábiles.
- La solicitud de aumento de plazo, sólo será aceptada si existe causal de fuerza mayor o caso fortuito, factores no atribuibles a proveedor el cual será indicado y justificado claramente y con documentación fundante por parte de la empresa. El Administrador del Contrato estudiará la solicitud y emitirá respuesta concreta a proveedor. En todo caso, la solicitud de aumento de plazo en primera instancia no podrá exceder en 15 días hábiles, salvo que la situación al ser estudiada por Administrador del Contrato que determinen excepcionalmente otro plazo, respecto del plazo originalmente ofertado por el proveedor adjudicado; de ser aceptada la solicitud de aumento de plazo después de cumplirse éste, se aplicarán las multas administrativas correspondientes en caso de excederlo. Lo anterior sin perjuicio de la facultad señalada en clausula por incumplimientos de estas Bases Administrativas.
- La solicitud de aumento de plazo deberá ingresarse por Oficina de Partes del Servicio de Salud Talcahuano, con copia a los correos electrónicos de Administrador del Contrato soledade.vergara@redsalud.gob.cl y carolina.yevenes@redsalud.gob.cl, solicitudes recibidas con posterioridad a los siete días hábiles desde ocurrido el evento, no serán consideradas ni evaluadas y se aplicará las sanciones y/o multas por retraso en la entrega de los servicios contratados, señaladas en las presentes Bases Administrativas.
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DE LA FORMA DE PAGO |
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PAGO: El pago se realizará vía transferencia electrónica por medio de Tesorería General de la República (TGR), previa Recepción Conforme de los productos realizada por D. Soledad Vergara Vejar, Profesional e Apoyo Administrativo del Depto. SAMU del Servicio de Salud Talcahuano o quien lo subrogue o reemplace legalmente.
El establecimiento podrá reclamar del contenido del documento tributario dentro de los 8 días siguientes a su recepción. Si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar el plazo de vencimiento de su pago.
Los proveedores deberán ACEPTAR la orden de compra dentro de 24 horas siguientes al envío de ésta por el portal www.mercadopublico.cl. El Servicio de Salud Talcahuano teniendo a la vista ORDEN DE COMPRA en estado ACEPTADA procederá a realizar la RECEPCIÓN CONFORME en la plataforma www.mercadopublico.cl
El DTE debe ser enviado en formato XML a la casilla dipresrecepcion@custodium.com y se emitirá con los siguientes datos:
• Nombre: Servicio de Salud Talcahuano.
• R.U.T: 61.607.200-5
• Dirección: Avenida Colón 3030 Talcahuano.
• Campo 801 del DTE: Indicar el N° o ID de la orden de compra emitida por el portal www.mercadopublico.cl.
• Glosa: Detalle de los productos entregados.
Para todos los efectos cada uno de los pagos será efectuado conforme con lo dispuesto en la ley N°21.131 “Ley de pago a 30 días” una vez entrada en vigencia para el sector salud, una vez recibida y aceptada la factura correctamente emitida e ingresada a través de dipresrecepcion@custodium.com. En caso de existir observaciones, se comunicará oportunamente a proveedor y una vez que se subsane eventuales observaciones por parte del proveedor contratado; a su vez será responsabilidad del proveedor revisar conformidad o reclamo de factura en sistema Acepta, para tramitar nuevamente en caso de ser rechazada su factura.
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CESION DE DERECHOS Y/U OBLIGACIONES |
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El Oferente no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al mandante para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el numerando correspondiente a la Terminación anticipada del Contrato.
Los documentos justificativos de los créditos, en favor del adjudicatario, para el pago de los servicios contratados, serán transferibles de acuerdo con las reglas del derecho común.
El proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato solo con previa autorización del mandante, sin perjuicio que la responsabilidad del cumplimiento permanecerá en el proveedor contratado, no facultando al Servicio de Salud Talcahuano tener alguna injerencia para con sus trabajadores o terceros. Sólo se permitirá la subcontratación en aquellos casos que sea estrictamente necesario por razones de especialidad de algún perfil o servicio especializado requerido por la entidad para el desarrollo de los servicios objeto de la contratación. En esta línea se permite la subcontratación de servicios complementarios, siendo el proveedor el único responsable del pleno cumplimiento de los servicios contratados (Art. 76, Reglamento de la Ley N° 19.886), siempre que sea parcial.
Durante la ejecución del contrato el Ejecutor solo podrá efectuar las subcontrataciones parciales que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones el Ejecutor deberá solicitar, por escrito autorización al Servicio de Salud Talcahuano. Corresponderá al Administrador del Contrato del Servicio de Salud Talcahuano, calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular. En todo caso y de ser aceptada la solicitud, cualquiera sea el tipo de subcontratación, el proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Servicio de Salud Talcahuano.
El personal que contrate el Proveedor con motivo de la ejecución o durante la vigencia del contrato no tendrá, en caso alguno, relación laboral ni vinculo de subordinación y/o dependencia funcionaria con el Servicio de Salud Talcahuano, sino que exclusivamente.
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SOLUCION DE CONTROVERSIAS |
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Cualquier dificultad o conflicto que se produjere durante el proceso de adjudicación, en la interpretación, aplicación y ejecución de las Bases o especificaciones técnicas de este proceso de licitación o si durante la ejecución del contrato se presentara cualquier desacuerdo entre las partes, los referentes técnicos presentarán los antecedentes al comité de evaluación, quienes en conjunto con el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Talcahuano presentarán al Director un informe en derecho, el que será sometido a la consideración por este. Lo anterior, sin perjuicio, de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios o Especiales de Justicia.
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TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO |
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De acuerdo a lo previsto en el artículo 13 de la ley N °19.886, y el artículo 77 del reglamento de la citada ley, el mandante podrá poner término anticipado al contrato en las siguientes causales:
a) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor: Se entiende como incumplimiento grave el incumplimiento de las exigencias técnicas del servicio requerido (contenido, especificaciones técnicas, forma, detalles técnicos, plazos de ejecución de los servicios, faltas reiteradas), según lo estipulado en las bases.
b) En todo caso, las multas cursadas al proveedor adjudicado superaran el 30% del monto total adjudicado.
c) Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Si así correspondiere y a fin de verificar la ocurrencia de esta causal, el Servicio de Salud Talcahuano podrá solicitar se le exhiba, entre otros, contratos de trabajo, copias firmadas de las respectivas liquidaciones de remuneraciones, planillas de declaración y pago de imposiciones previsionales, de salud y cesantía del personal, empleado en la ejecución del contrato, registros de asistencia y control de jornada de trabajo, certificado emitido por la Inspección del Trabajo correspondiente al lugar donde se ejecuta el contrato en que conste que no tiene reclamos pendientes con dicho personal por incumplimiento de leyes laborales o previsionales por incumplimiento de los contratos de trabajo.
e) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
f) Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo
g) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
h) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
Puesto término anticipado al contrato por alguna de las causales señaladas, con excepción de la indicada en las letras g) y h), el mandante cobrará y hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato administrativamente, sin forma de juicio, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de cláusula penal, y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza, y sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del contratista, en el evento de que el perjuicio originado, sea mayor al valor de la mencionada garantía.
Del Procedimiento
Verificándose cualquiera de las situaciones descritas precedentemente, El Mandante procederá a poner término anticipado al contrato, dictando la resolución correspondiente, previo aviso al Proveedor dado por escrito con 5 (cinco) días de antelación a la fecha en se resuelva colocar termino al contrato, transcurrido el cual, se entenderá que acepta la sanción interpuesta. En caso de presentar descargos, el Director del Servicio de Salud Talcahuano, tendrá un plazo de 30 días corridos a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, lo que se informará mediante resolución, este mismo documento ordenará hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato y deberá publicarse en www.mercadopublico.cl a más tardar en 24 horas de dictada.
En todos los casos de término anticipado del contrato, se procederá a la liquidación inmediata del mismo, sin derecho a indemnización alguna para el Proveedor.
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DE LA OBLIGACION DE CONFIDENCIALIDAD |
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El prestador deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio, ya sean aquellos proporcionados por los Establecimientos y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la prestación de los servicios contratados. De esta manera, bajo ninguna circunstancia el prestador podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información, ya sea durante la vigencia de la contratación como después de su finalización, salvo autorización expresa del Mandante, otorgada a través de su Director.
Esta prohibición afecta al prestador y a su personal en cualquier calidad que se encuentren ligados a esta licitación y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la expiración de la contratación del servicio. El prestador sólo podrá copiar o reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento a la contratación que por la presente licitación pública se pretende materializar.
En caso de incumplimiento de lo precedentemente indicado, el Mandante podrá terminar anticipadamente el contrato de servicio con el prestador, encontrándose facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, pasando a constituir dicho incumplimiento una infracción gravísima al contrato conforme a lo dispuesto en estas bases, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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RESGUARDOS DEL PROVEEDOR |
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El proveedor deberá tomar todos los resguardos necesarios para asegurarse de no incurrir en una operación prohibida, o en conductas que contraríen lo establecido en el Sistema Preventivo de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos funcionarios del Servicio de Salud Talcahuano (LA/FT/DF). Asimismo, deberá reportar a esta Institución cualquier violación a las leyes o al contrato celebrado, cualquier operación prohibida o pago dudoso, u otra situación que pueda afectar el cumplimiento del Sistema de Prevención de LA/FT y DF del Servicio de Salud Talcahuano, cooperando con cualquier solicitud de investigación que lleve a cabo esta Institución ante el conocimiento de dichas situaciones.
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REINCORPORACION DE LAS OFERTAS |
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En el caso que los oferentes dentro de las 24 horas posteriores al acto de apertura presentaren reclamos solicitando su reincorporación por errores en el acto de apertura o si en su defecto la comisión se percata que dentro del proceso de evaluación de las ofertas, se omitiera o desestimara erróneamente la oferta de una empresa, la comisión de apertura deberá reunirse nuevamente analizar el reclamo o la información de respaldo, si es necesario realizar la reincorporación para el análisis de los antecedentes. En el caso que se proceda aceptar nuevamente la oferta la comisión deberá efectuar el acta de apertura de reincorporación.
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DESERCION |
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El Servicio de Salud Talcahuano declarará inadmisible la o las ofertas cuando estas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará a si mismo Desierta la presente Licitación cuando no se presenten ofertas o interesados; o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de este Servicio. En ambos casos la declaración deberá ser por Resolución fundada.
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REVOCACION |
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Se podrá otorgar el estado de "Revocada" en aquellas situaciones donde la Licitación ya está publicada y, en base a una decisión debidamente justificada, se desiste, no pudiéndose seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. Este estado es similar al estado "Desierta" pero con la salvedad de que, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante con la resolución fundada que así lo autorice y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento.
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SUSPENSION |
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Esta instancia procederá cuando el Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional ordenan esta medida. Este estado consiste en congelar el proceso licitatorio por un periodo determinado de tiempo y posteriormente seguir con el curso normal de la licitación, y podrá aplicarse desde la publicación hasta la adjudicación.
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RETROTRAER EL PROCESO |
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El Servicio de Salud Talcahuano, podrá, retrotraer el proceso de adjudicación, cuando se detecte un error en el proceso de evaluación de la propuesta y/o se detecten errores, vicios u omisiones en la propuesta adjudicada. Para dicho procedimiento se deberá publicar en la plataforma de Mercado Público, resolución fundada dejando sin efecto la adjudicación. Una vez retrotraído el proceso, se reúne a la comisión evaluadora para realizar un nuevo proceso de evaluación, para continuar con el proceso de adjudicación. En caso de que se requiera dejar sin efecto todo el proceso, por errores, vicios u omisiones se revocara la propuesta, con resolución fundada, se revisara el requerimiento y se levantara un nuevo llamado licitatorio.
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COMISION DE EVALUACION |
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La apertura en el Portal Mercado Publico, y la respectiva evaluación, calificación de las ofertas de manera administrativa, técnica y económica estará a cargo de una Comisión de Evaluación. Esta estará integrada por los siguientes profesionales del Servicio:
• Profesional apoyo administrativo Departamento SAMU o quien lo subrogue o reemplace legalmente.
• Jefatura del Departamento SAMU del Servicio de Salud Talcahuano o quien lo subrogue o reemplace legalmente.
• Encargado de Salud Ocupacional del Servicio de Salud Talcahuano o quien lo subrogue o reemplace legalmente.
• Profesional encargado del proceso de licitación del Departamento de Abastecimiento y Logística del Servicio de Salud Talcahuano o quien lo subrogue o reemplace legalmente.
• Jefatura del Departamento de Abastecimiento y Logística, o quien lo subrogue o reemplace legalmente.
La Comisión de Evaluación en conformidad a las atribuciones entregadas por el Mandante de acuerdo al contenido de este capítulo y demás antecedentes de las presentes Bases, queda facultada para:
a) Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal www.mercadopublico.cl.
b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl Las solicitudes de aclaraciones y sus respuestas se comunicarán a los demás oferentes, solo para efectos que estos tomen conocimientos de las mismas. El ejercicio de esta facultad no podrá implicar desequilibrios o rupturas del principio de igualdad de los oferentes y se orientará a proporcionar antecedentes para la adecuada evaluación y comprensión de las propuestas. Con excepción de las situaciones antes descritas en el presente inciso, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión.
c) Solicitar a cualquier oferente, que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas. Estos requerimientos se harán por escrito a través del portal www.mercadopublico.cl, debiendo el oferente dar respuesta en la misma forma, dentro de 48 horas.
d) En caso de falta de algún antecedente administrativo, se solicitará su ingreso a través del portal www.mercadopublico.cl, dentro de las 48 horas posteriores a la consulta.
e) Revisará y estudiará la documentación solicitada, evaluará las ofertas técnicas y económicas confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes.
f) Si de la oferta se desprende o descubre alguna inconcordancia entre el valor ingresado en el portal y el valor indicado en el Formulario N°9 “Oferta Económica”, prevalecerán los precios declarados en el formulario económico. Si se advierte error de forma en formulario económico, se solicitará la aclaración vía foro inverso de dicho formulario. En caso de que el oferente no efectué aclaración, se considerará como la omisión de elemento esencial monto de la oferta, para lo cual la oferta será declarada inadmisible.
g) Confeccionará y firmará, un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en sus análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación, mediante el cual propondrá al Director del Servicio de Salud Talcahuano, adjudicar o desestimar la propuesta.
h) Solicitará en el caso que la oferta mejor evaluada sea menor en un 50% del precio presentado por el segundo oferente mejor evaluado, un aumento del valor de la garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato al adjudicatario, tomando como base la segunda oferta. Si el Adjudicatario no accediere a la petición, podrá adjudicar al segundo mejor evaluado, siempre y cuando se ajuste a las necesidades del Servicio.
i) Igualmente, podrá proponer rechazar una o más ofertas, con expresión de causa y sin ningún tipo de indemnización al oferente.
j) Deberá proponer desestimar la propuesta, si de la evaluación se determina que no se ajusta a las necesidades del Servicio o excedieren de su presupuesto.
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INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN |
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La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
La oferta se declarará Inadmisible en los siguientes casos:
• La no presentación de la oferta en el portal www.mercado público.cl
• Si omite en la presentación de su oferta el Formulario N°7, N°8 o N°9.
• Si la oferta NO cumple con la totalidad de las especificaciones técnicas detalladas en el Formulario N°7.
• No cumplimiento de Bases Técnicas.
• Si no presenta muestras antes del horario y fecha de cierre de licitación.
• Según lo estipulado en Criterios de Evaluación: “Cumplimiento de documentación y requisitos formales”.
• Si la oferta carece de algunos de los elementos esenciales como: Precio, Plazo de Entrega (Mayor a 60 días hábiles) y/o Garantía (Menor a 24 meses).
• Si no oferta por la cantidad de cada una de las prendas requeridas (Línea 1-2-3). Solo el calzado (Línea 4) podrá ser ofertado de manera individual.
• Las demás causales que señala la Ley 19.886 de Bases sobre contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, El Decreto Nº 250 de fecha 09/03/2004 del Ministerio de Hacienda.
La declaración de Inadmisibilidad se traducirá en el rechazo de la oferta, a través del sistema de información.
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MECANISMO DE RESOLUCION DE EMPATES |
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En caso de que, al utilizar el máximo de decimales posibles durante la evaluación de las ofertas, siga existiendo un empate entre dos o más oferentes, se privilegiará a quien haya obtenido el máximo puntaje, a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente:
- El oferente mejor evaluado en criterio Monto Total de la oferta con impuestos incluidos,
- El oferente mejor evaluado en criterio Cumplimiento de Características Técnicas,
- El oferente mejor evaluado en criterio Plazo de Entrega,
- El oferente mejor evaluado en criterio Experiencia del Oferente,
- El oferente mejor evaluado en criterio Garantía
- El oferente mejor evaluado en criterio Cumplimiento de documentación y requisitos formales.
Si el empate persiste se adjudica al oferte que primero hubiese ingresado su oferta al portal www.mercadopublico.cl considerando en primer lugar fecha y luego hora.
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