Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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26. CESIÓN DE DERECHOS Y/U OBLIGACIONES |
El Oferente no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al mandante para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el numerando correspondiente a la Terminación anticipada del Contrato.
Los documentos justificativos de los créditos, en favor del adjudicatario, para el pago de los servicios contratados, serán transferibles de acuerdo con las reglas del derecho común.
El oferente podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, de manera excepcional y solo con previa autorización del mandante, sin perjuicio que la responsabilidad del cumplimiento permanecerá en el oferente adjudicado.
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27. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS |
Cualquier dificultad o conflicto que se produjere durante el proceso de adjudicación, en la interpretación, aplicación y ejecución de las Bases o especificaciones técnicas de este proceso de licitación o si durante la ejecución del contrato se presentara cualquier desacuerdo entre las partes, los referentes técnicos presentarán los antecedentes al comité de evaluación, quienes en conjunto con el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Talcahuano presentarán al Director un informe en derecho, el que será sometido a la consideración por este. Lo anterior, sin perjuicio, de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios o Especiales de Justicia.
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28. TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO |
De acuerdo a lo previsto en el artículo 13 de la ley N °19.886, y el artículo 77 del reglamento de la citada ley, el mandante podrá poner término anticipado al contrato en las siguientes causales:
a) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor: Se entiende como incumplimiento grave el incumplimiento de las exigencias técnicas de los servicios requeridos (contenido, especificaciones técnicas, forma, detalles técnicos, plazos de ejecución de los servicios, faltas reiteradas), según lo estipulado en las bases.
b) En todo caso, las multas cursadas al proveedor adjudicado no superaran el 30% del monto total adjudicado.
c) El no cumplimiento de los plazos informados sin una causa justificada, podrá ser causal inmediata del término del contrato y cobro de la correspondiente Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
d) Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
e) Participar activa o pasivamente, directa o indirectamente, ejecutando u omitiendo actos o conductas que puedan comprometer los bienes o intereses del Servicio de Salud Talcahuano y sus establecimientos dependientes, la salud y/o seguridad de sus trabajadores o usuarios, o que afecten el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas.
f) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Si así correspondiere y a fin de verificar la ocurrencia de esta causal, el Servicio de Salud Talcahuano podrá solicitar se le exhiba, entre otros, contratos de trabajo, copias firmadas de las respectivas liquidaciones de remuneraciones, planillas de declaración y pago de imposiciones previsionales, de salud y cesantía del personal, empleado en la ejecución del contrato, registros de asistencia y control de jornada de trabajo, certificado emitido por la Inspección del Trabajo correspondiente al lugar donde se ejecuta el contrato en que conste que no tiene reclamos pendientes con dicho personal por incumplimiento de leyes laborales o previsionales por incumplimiento de los contratos de trabajo.
g) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
h) Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo
i) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
j) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
Puesto término anticipado al contrato por alguna de las causales señaladas, con excepción de la indicada en las letras l) y m), el mandante cobrará y hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato administrativamente, sin forma de juicio, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de cláusula penal, y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza, y sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del contratista, en el evento de que el perjuicio originado, sea mayor al valor de la mencionada garantía.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas respecto a la adjudicación deberán ser dirigidas al correo de Isabel Monsalves Burgos Jefe del Departamento de Abastecimiento y Logística al correo: oscar.gutierrezz@redsalud.gob.cl en un plazo no mayor a 48 horas de publicada la notificación de adjudicación, indicando claramente su nombre, número telefónico y casilla de correo electrónico en el cual desea recibir su respuesta. El mandante responderá directamente al requirente a través de correo electrónico en un plazo no superior a 5 días hábiles y subir dicha consulta y respuesta como al portal mercado público para conocimiento de los demás oferentes participantes
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32. LICITACIONES EN SOPORTE PAPEL |
Se considera excepcionalmente la presentación de antecedentes en formato papel, de acuerdo a Articulo 62, Decreto 250/2004: “2. Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección, mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de recepción de ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información”.
El proveedor que se encuentre afectado por la indisponibilidad de la plataforma de www.mercadopublico.cl, deberá comunicar información a correo electrónico: wilson.vergara@redsalud.gob.cl, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de recepción de ofertas, para que su oferta sea considera en el periodo de apertura de Licitación Pública; posteriormente deberá enviar Certificado de Indisponibilidad emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, adjuntando total o los antecedentes faltantes, de acuerdo a la información establecida en las presentes bases.
Este certificado deberá ser solicitado a Chile Compra por el respectivo oferente y solo se podrán esgrimir las causales establecidas en el artículo 62 del Reglamento.
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33. RESGUARDOS DEL PROVEEDOR |
El proveedor deberá tomar todos los resguardos necesarios para asegurarse de no incurrir en una operación prohibida, o en conductas que contraríen lo establecido en el Sistema Preventivo de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos Funcionarios del Servicio de Salud Talcahuano (LA/FT/DF). Asimismo, deberá reportar a esta Institución cualquier violación a las leyes o al contrato celebrado, cualquier operación prohibida o pago dudoso, u otra situación que pueda afectar el cumplimiento del Sistema de Prevención de LA/FT y DF del Servicio de Salud Talcahuano, cooperando con cualquier solicitud de investigación que lleve a cabo esta Institución ante el conocimiento de dichas situaciones.
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22. OPERATORIA DEL CONVENIO |
Una vez adjudicada la licitación en el portal Mercado Público y suscrito el contrato, se procederá a la emisión de la Orden de Compra por mes vencido durante la vigencia del presente contrato, ésta deberá ser aceptada por el proveedor dentro del plazo de 24 horas hábiles y el adjudicatario no podrá rechazarla, salvo la existencia de deuda vencida del Servicio.
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21. SUPERVISION DEL CONTRATO. |
El Encargado de la supervisión del contrato será el Referente Técnico D. Rodrigo Abarca Vega, funcionario dependiente del Departamento Tecnologías de la Información y Comunicaciones, dependiente de la Dirección del Servicio de Salud Talcahuano, correo rodrigo.abarca@redsalud.gov.cl o quien lo subrogue, reemplace legalmente, o en su defecto quien designe su Jefatura, quien tendrá la responsabilidad de supervisar la correcta ejecución de los Servicios que se contraten y visará los documentos tributarios de pago a modo de conformidad o detectar alguna anomalía en la prestación hacer efectivas las multas y/ o sanciones que correspondan.
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Aumentos de Plazos: |
Si durante la vigencia del contrato se presentaran eventos de caso fortuito o fuerza mayor que entorpecieran o generaran eventuales atrasos o impedimentos en la entrega de las prestaciones contratadas, el proveedor deberá notificarlo en un plazo pertinente desde ocurrido el evento, no superior a 5 días hábiles.
La solicitud de aumento de plazo, sólo será aceptada si existe causal de fuerza mayor o caso fortuito, factores no atribuibles a proveedor el cual será indicado y justificado claramente y con documentación fundante por parte de la empresa.
El Referente Local u Administrador del contrato levantará hacia el Dpto. de Abastecimiento la solicitud de aumento. En todo caso, la solicitud de aumento de plazo en primera instancia no podrá exceder en 10 días hábiles, salvo que las situaciones al ser estudiada por Administrador determinen excepcionalmente otro plazo, respecto del plazo originalmente ofertado por el proveedor adjudicado; de ser aceptada la solicitud de aumento de plazo después de cumplirse éste, se aplicarán las multas administrativas correspondientes en caso de excederlo. Lo anterior sin perjuicio de la facultad señalada en clausula por incumplimientos de estas Bases Administrativas.
La solicitud de aumento de plazo deberá ingresarse por Oficina de Partes del Servicio de Salud Talcahuano, con copia a los correos electrónicos del Referente Respectivo y Encargado de licitación oscar.gutierrezz@redsalud.gob.cl y Jefa del Dpto. Isabel.monsalves@redsalud.gob.cl solicitudes recibidas con posterioridad a los 5 días hábiles desde ocurrido el evento, no serán consideradas ni evaluadas y se aplicará las sanciones y/o multas por retraso en la entrega de los servicios contratados, señaladas en las presentes Bases Administrativas.
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19. PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO |
El Contrato será por 48 meses y regirá a partir de la total tramitación de la Resolución de Aprueba Contrato y su vigencia se extenderá hasta el cumplimiento íntegro de todas las obligaciones contraídas.
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Resolución de Empates |
En caso de que exista empate entre dos o más oferentes, se privilegiará a quien haya obtenido el máximo puntaje hasta el máximo de decimales posibles durante la evaluación de las ofertas, se privilegiará a quien haya obtenido el máximo puntaje, primero en el Monto Neto de la oferta, segundo lugar Plazo de Entrega y Puesta en Marcha, tercer lugar Requerimientos Técnicos (1° Tiempo de Respuesta, 2° Ubicación del Servicio Técnico o Sucursal), cuarto Experiencia en Convenios de Similares Características y quinto lugar Cumplimiento Requisitos Formales. Si el empate persiste se adjudica al oferte que primero hubiese ingresado su oferta al portal www.mercadopublico.cl considerando en primer lugar fecha y luego hora.
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MODIFICACIÓN DE BASES |
La entidad licitante podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web. www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación, según lo señalado en el artículo 19 del reglamento de compras públicas.
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8. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN |
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
La oferta se declarará Inadmisible en los siguientes casos:
• La no presentación de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
• Si la oferta no cumple con la totalidad de los criterios considerados como obligatorios en el Formulario N°9.
• Si omite la presentación de la Ficha Técnica de las Equipos Computacionales.
• Si omite la presentación del Formulario N°7.
• Si omite la presentación del Formulario N°8.
• Si omite la presentación del Formulario N°9.
• Si omite la presentación del Formulario N°10
• Si omite la presentación del Certificado Roadmap.
• Si el oferente no considera en su oferta la Garantía Técnica, estipulada en el Formularios N°8
• No cumplimiento de Bases Técnicas.
• Si la oferta carece de elementos esenciales como Precio, Plazo de Entrega, fichas técnicas de Equipos Computacionales.
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