OBJETIVO
Las presentes Bases Administrativas y documentación anexada al Portal Mercado Público, tienen por objeto regular los procesos de: Licitación Pública, Apertura, Evaluación, Adjudicación, celebración del contrato respectivo y aprobación de este, motivo de la presente licitación y prestación de los servicios licitados.
DEFINICIONES
Nos remitimos en este punto a las definiciones previamente dadas por la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos de Administrativos y Suministro de Prestación de Servicios y su Reglamento.
LICITACION
TIPO DE LICITACIÓN
La presente licitación pública se realizará en una sola etapa, para lo cual los oferentes deberán presentar en un mismo acto la Oferta Técnica, Oferta Económica y Antecedentes Administrativos, a través del sistema de información. Las ofertas estarán sujetas a un proceso de evaluación, a partir del cual se determinará el oferente adjudicado.
REQUERIMIENTO (SERVICIOS)
La presente licitación pública tiene por objeto contratar profesionales de enfermería y técnicos de nivel superior en enfermería bajo la modalidad de compras de servicios para realizar turnos en el hospital, participando en las intervenciones quirúrgicas de distintas especialidades, en pacientes ingresados desde el Servicio de Pensionado del Hospital Las Higueras y de ser necesario en cirugías de pacientes usuarios del hospital.
Líneas Código Interno Abex Nombre del requerimiento Cantidad de horas referencial
(12 meses)
1 110-0011 SERVICIOS DE TÉCNICOS DE NIVEL SUPERIOR EN ENFERMERÍA 16.800
2 110-0008 SERVICIOS PROFESIONALES DE ENFERMERÍA 5.312
La cantidad de horas indicadas en el recuadro anterior es referencial, programado para que éstos se realicen en un periodo de doce meses dependiendo de los requerimientos del hospital, de acuerdo a las necesidades del C.C. Pabellón, Anestesia y Post Operados.
Para cubrir las necesidades del establecimiento, el oferente que postule deberá contar con un staff, de a lo menos 6 técnicos de nivel superior en enfermería y de a lo menos 2 enfermeras/os. Todos registrados en la Superintendencia de Salud.
TÉCNICOS DE NIVEL SUPERIOR EN ENFERMERÍA:
El oferente, dentro de su staff de técnicos de nivel superior en enfermería debe considerar en una intervención la participación de 3 técnicos de nivel superior en enfermería, donde cada uno ellos debe cumplir su función, sea, en calidad de técnico de nivel superior Arsenalero/a, técnico de nivel superior Pabellonero/a o técnico de nivel superior de Auxiliar de Anestesia, respectivamente.
Deberá contar con Título de: Técnico de nivel Superior en Enfermería, registrado en la Superintendencia de Salud.
ENFERMERO/A
El oferente, dentro de su staff de enfermeros/as debe contar con dos enfermeras/os encargadas/os de supervisar el trabajo realizado por el equipo no médico y velar por el cumplimiento de las exigencias establecidas en las bases. Además de ser parte del equipo operatorio en la atención de enfermería a los pacientes que acceden al Centro de Costo Pabellón, Anestesia y Post Operados.
Deberá contar con Título de: Enfermero/a, registrado en la Superintendencia de Salud.
Los técnicos de nivel superior en enfermería y enfermeros/as a través de los cuales el oferente otorgue las prestaciones, no deben haber sido objeto de sanción en algún Servicio Público, de conformidad al siguiente criterio:
Destitución en los 5 años anteriores a la fecha de cierre de las ofertas.
Suspensión del empleo desde treinta días a tres meses, y/o multa dentro de los tres años anteriores a la fecha de cierre de las ofertas.
DESCRIPCIÓN PERSONAL TÉCNICO DE NIVEL SUPERIOR EN ENFERMERÍA:
Para realizar la intervención, el equipo de apoyo técnico debe estar conformado, a lo menos por: por 1 técnico de nivel superior en enfermería Arsenalero/a, 1 técnico de nivel superior en enfermería Pabellonero/a, 1 técnico de nivel superior en enfermería de Auxiliar de Anestesia. Podrá no presentarse alguno del personal técnico, siempre y cuando el medico lo considere posible y no afecte todo el proceso quirúrgico y buen resultado de la intervención.
** De realizar el médico la intervención sin la conformación del equipo de apoyo técnico indicado en el punto anterior, el hospital no pagará las horas del técnico de nivel superior ausente).
ACTIVIDADES:
Serán obligaciones del técnico de nivel superior en enfermería:
Tener el compromiso de aprender protocolos internos, los cuales, serán facilitados por el hospital.
Cumplir debidamente con los registros de las atenciones, de acuerdo con los formatos, protocolos y normas del Hospital las Higueras, en los medios que éste disponga.
En las prestaciones deberán participar los integrantes del Staff mencionado por el oferente a través del Formulario N°5, o en su defecto, por los incorporados previo a la prestación del servicio, previa autorización del supervisor del contrato, a través del anexo 1. De ser autorizado se formalizará a través de resolución exenta.
Cuando se notifiquen para participar de la intervención deben presentarse en los pabellones quirúrgicos, ubicados en el cuarto piso del hospital, el día y hora establecida. Negarse a participar en la intervención requerida o no presentar al staff necesario para la intervención cuando se solicite, será causal de sanción.
De preferencia, el primer día hábil del mes siguiente de haber prestado los servicios, deberá entregar en la secretaría del C.C. Pabellón, Anestesia y Post Operados de Hospital Las Higueras, pre factura (Anexo 2) con el detalle de los servicios prestados en el periodo respectivo.
DESCRIPCIÓN PERSONAL DE ENFERMERÍA:
Para realizar la intervención, se requiere de la atención de una enfermera/o. Se podrá prescindir de sus servicios, siempre y cuando el medico lo considere posible y no afecte todo el proceso quirúrgico y buen resultado de la intervención.
** De realizar el médico la intervención sin la presencia del servicio de enfermería, el hospital no pagará las horas del enfermero/a ausente).
ACTIVIDADES:
Serán obligaciones del enfermero/a:
Entregar atención de enfermería a los pacientes que acceden al Centro de Costo Pabellón, Anestesia y Post Operados.
Programar, organizar, supervisar, dirigir y evaluar las acciones de enfermería que se realizan dentro del Centro de Costo Pabellón, Anestesia y Post Operados.
Coordinar con todo el equipo de enfermería la utilización de los recursos disponibles.
Cumplir y hacer cumplir las normas Técnico-administrativa del establecimiento.
Supervisar las actividades que realiza el personal Técnico de nivel superior y auxiliar de servicio que le sea asignado.
Velar por el buen uso de equipos, insumos y fármacos que se manejan dentro del Centro de Costo Pabellón, Anestesia y Post Operados.
Supervisar la correcta utilización de los registros que existen en el Centro de Costo Pabellón, Anestesia y Post Operados.
Realizar evaluación de enfermería a los pacientes que ingresen a Pabellón o a la sala de recuperación anestésica.
Velar por el cumplimiento de una atención de calidad a través de la realización de la cirugía con técnica aséptica.
Colaborar en la atención de pacientes en situaciones de urgencia.
Cumplir y hacer cumplir según corresponda las indicaciones médicas.
Cumplir con las normas administrativas de la Institución y del Centro de Costo de Pabellón, Anestesia y Post Operados.
Realizar procedimientos propios de la especialidad.
Supervisar que, al término de la jornada, el pabellón se encuentre en condiciones óptimas para su próximo uso.
Informar a la Supervisora del C.C. Pabellón, Anestesia y Post Operados los problemas durante la prestación, tanto con el personal como los insumos y equipamientos.
Cumplir con los registros correspondientes, de acuerdo a los formatos, protocolos y normas del Hospital las Higueras, en los medios que éste disponga.
Los servicios serán prestados en las dependencias del establecimiento; por lo tanto, todos los materiales, accesorios, instrumentos y equipos necesarios para la correcta prestación de los servicios, serán de responsabilidad del Hospital las Higueras.
El oferente deberá indicar en el Formulario N°5 “Datos del prestador”, Nombre y dos apellidos y Cédula de Identidad de cada uno de los integrantes (técnicos de nivel superior en enfermería y enfermeros/as) que desarrollarán los turnos.
Por lo relevante que es contar con prestadores acreditados y evaluados para ejecutar las respectivas prestaciones, se establece que estos servicios deben ser realizados por los prestadores indicados en la propuesta del oferente adjudicado, a través de Formulario N°5 “Datos del prestador”, o hayan sido autorizados previamente por el Supervisor del Contrato del Hospital mediante el formulario de solicitud de incorporación (anexo 1). De lo contrario, no se pagará la prestación
Sí durante la vigencia del contrato, el adjudicado requiera incorporar a otro prestador para reemplazar a alguno que sea parte del equipo o aumentar el staff, el prestador incorporado deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos solicitados en las bases y cumplir en el caso de reemplazar, a lo menos, las mismas competencias del prestador que se reemplaza; y en el caso de incorporar para aumentar el staff, cumplir a los menos con el o los tramo/s y puntaje/s obtenido/s en los criterios técnicos de evaluación por parte del adjudicado en relación a los prestadores indicados inicialmente en su oferta a través del Formulario N°5. A lo anterior, deberá completar la solicitud de incorporación (anexo 1), adjuntar del prestador a incorporar los respaldos que son requisito de las bases y la documentación que acredite las competencias o el tramo y puntaje obtenido de los criterios técnicos, a través del proceso de evaluación, según corresponda; entregar la solicitud referida en la secretaría de la unidad requirente del Hospital Las Higueras, siendo responsabilidad del Supervisor del Contrato, o quien le subrogue o reemplace, verificar que el prestador a incorporar cumpla con igual idoneidad que los prestadores indicados en la propuesta y respectivamente acreditados post evaluación. Una vez autorizado debe enviar copia de la respectiva autorización al Área de Abastecimiento y Área de Gestión Documental, para ser adjuntado al expediente de la licitación.
Cuando el adjudicado, haya ofertado bajo el artículo 67 bis del DS N°250 de 2004 – Unión Temporal de Proveedores (UTP) y esté conformada solo por personas naturales, no será posible incorporar nuevos prestadores; a menos, que uno de sus integrantes sea una persona jurídica, en cuyo caso se le permitirá complementar staff durante la vigencia del contrato y, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en los párrafos anteriores, para lo cual deberán completar el formulario de solicitud de incorporación (anexo 1), siendo el Supervisor del Contrato, o quien le subrogue o reemplace, responsable de revisar si es posible incorporar otro prestador.
Las propuestas no podrán alterar las condiciones de las presentes Bases, ni contener exigencias, limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, tales como: condiciones para su adjudicación, montos mínimos de servicios. La sola mención en la oferta presentada, de alguna de las circunstancias señaladas será causal suficiente para desestimarla y declararla inadmisible conforme a los establecido en el punto N°15 de las presentes Bases Administrativas.
COORDINACIÓN PARA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS
Pacientes De Servicio De Pensionado
El médico cirujano solicita la reserva del pabellón en el Servicio de Pensionado del hospital.
La secretaria del Servicio de Pensionado hace la reserva de cama previamente coordinado con el médico requirente y envía Solicitud de Tabla al Servicio C.C. Pabellón, Anestesia y Post Operados, para la ejecución de la intervención
Pacientes Atendidos en el Hospital
El hospital, previa preparación y agendamiento de los pacientes coordinará el equipamiento, insumo, prótesis (si correspondiere) y la asistencia del oferente adjudicado con su equipo no médico (técnicos de nivel superior en enfermería y enfermero/a, equipo de apoyo para participar de la intervención quirúrgica al paciente atendido por el hospital. Por lo anterior:
El servicio clínico, a través del estamento de enfermería del Policlínico, o quien le subrogue o reemplace, preparará al paciente, coordinará su hospitalización y, mediante correo electrónico o en forma telefónica solicitará la asistencia del oferente adjudicado con su equipo técnico y profesional, según se requiera.
Será responsabilidad de Enfermera Supervisora del C.C. Pabellón, Anestesia y Post Operados, o quien le subrogue o reemplace de:
Programar con la debida anticipación la prestación de los servicios del equipo no médico, llevando el control de sus servicios a través del reloj biométrico y controles internos del C.C. Pabellón, Anestesia y Post Operados del hospital.
Coordinar la asistencia del personal técnico y de enfermería de apoyo en la intervención.
Los prestadores que el adjudicado indique deberán presentarse en los pabellones del Servicio C.C. Pabellón, Anestesia y Post Operados, con la finalidad de participar de la cirugía.
PRESUPUESTO Y CONDICIONES DE PAGO
El presupuesto referencial para los servicios licitados es de $271.000.000.- (Doscientos setenta y un millones de pesos), para un periodo de doce meses.
Valor máximo por hora a pagar, es el indicado en el siguiente recuadro:
Líneas Código Abex Nombre del requerimiento Valor por hora
1 108-0012 SERVICIOS DE TÉCNICOS DE NIVEL SUPERIOR EN ENFERMERÍA $10.803.-
2 107-0008 SERVICIOS PROFESIONALES DE ENFERMERÍA $16.805.-
El oferente que participe de la propuesta deberá contar con un staff de técnicos de nivel superior en enfermería y de enfermería y ofertar a la totalidad de los servicios licitados (línea 1 y 2), debido a que su oferta será evaluada en forma global. El oferente que en su conjunto ofrezca la alternativa más conveniente para los intereses del Hospital, resultará adjudicado.
En comprobante de oferta de la ficha del portal Mercado Público deberá consignar el valor del total del presupuesto de esta licitación ($271.000.000.-) y en Formulario N°6 “Oferta Económica” deberá consignar valor unitario, por línea.
Los servicios ejecutados, serán contabilizadas “mensualmente” y se pagarán las prestaciones efectivamente ejecutadas, sin reajustes y conforme a lo establecido en las presentes bases administrativas.
No se pagará la prestación.
Cuando el prestador que ejecuta el servicio no figura en Formulario N°5 y tampoco se haya solicitado previamente la autorización al Supervisor del Contrato de la incorporación de un nuevo integrante a través de la solicitud de incorporación.
En caso de que el adjudicado sea una unión temporal de proveedores, el no pago se realizará directamente al prestador, a menos, que en su Declaración de Unión Temporal de Proveedores indique lo contrario
CONTACTO PARA LA LICITACIÓN.
Toda comunicación, debe ser a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público, foro inverso.
ETAPAS Y PLAZOS DEL PORTAL MERCADO PÚBLICO
Los plazos y etapas serán los señalados en el Portal Mercado Público y en las presentes Bases Administrativas, para la presentación de las ofertas.
ETAPAS PLAZOS
Fecha de Publicación La convocatoria de la presente licitación se publicará en el Sistema de Información de la Dirección de Compras (www.mercadopublico.cl) máximo 20 días a partir de la total tramitación de la resolución aprobatoria de las presentes Bases Administrativas, o el día hábil siguiente, hasta las 15:00 horas.
Fecha Inicio de Preguntas A partir del día y hora de la publicación de las Bases Administrativas.
Fecha Final de Preguntas Hasta el día quinto, contado desde el día de publicación de las Bases Administrativas.
Fecha de Publicación de Respuestas Desde el primer hasta el octavo día, contado desde el día de publicación de las Bases Administrativas.
Fecha de Cierre de Recepción de Ofertas El día undécimo, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas. El plazo de cierre no podrá vencer en días inhábil ni en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas. (Art. N°25 del Reglamento de Compras Públicas).
Fecha de Apertura Técnica Y Económica El día undécimo contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas o el día hábil siguiente, a las 15:02 horas.
Plazo de Evaluación de las Ofertas Desde primer al décimo día, contado desde la fecha y hora de Apertura Técnica y Económica.
Fecha de Adjudicación Entre el primer y décimo quinto día contado desde la fecha del Informe de Apertura y Evaluación de Ofertas
Fecha de firma de Contrato Hasta el día treintavo, a contar de la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación.
CONSULTAS Y RESPUESTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES DURANTE EL PROCESO DE LICITACION
La Unidad Técnica podrá efectuar, aclaraciones y/o alcances a las Bases o Ficha de Licitación y demás documentos de la propuesta, antes de la recepción de las ofertas, y hasta el día de la fecha indicada en el Calendario de la Licitación como fecha de término de consultas.
Las aclaraciones y/o alcances podrán o no, dar origen a una ampliación del plazo de presentación de las ofertas, según sea su naturaleza y entidad, todo ello de acuerdo con lo que resuelva el Hospital. De verificarse una ampliación, ella será dada a conocer a todos los oferentes mediante una aclaración a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras.
Las consultas que los proponentes deseen formular para la presentación de la propuesta deberán efectuarse a través del Sistema de Información, conforme a lo establecido en el Calendario de Licitación de las presentes Bases Administrativas, en el período señalado en Etapas y Plazos de la Ficha del Portal Mercado Público haciendo referencia explícita al punto de las Bases Administrativas o documentos que la integran y que motiva la consulta. Las respuestas serán también publicadas en el Sistema de Información, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación.
Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de las presentes Bases Administrativas y del contrato de prestación de servicios que se celebrará, para todos los efectos correspondientes.
El Hospital deberá publicar todos los antecedentes relacionados con la propuesta de que se trate, así como informar oportunamente respecto a la actualización de aquellos antecedentes que hayan sido modificados o aclarados.
Contestadas las consultas y efectuadas las aclaraciones, se supone plena comprensión de las presentes Bases Administrativas y Formularios, documentos que integran la presente propuesta.
En todo caso, las modificaciones que pudieran realizarse para efectos de aclaraciones que se hagan en este periodo, deberán ser aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo, en cuyo caso se considerará una ampliación del plazo de presentación de las ofertas.
No se dará respuesta a las consultas verbales, telefónicas o efectuadas fuera de plazo o en forma distinta a la indicada anteriormente.
DATOS BÁSICOS DE LA LICITACIÓN.
ETAPAS Una sola.
PRESUPUESTO DISPONIBLE $271.000.000.- (Doscientos setenta y un millones de pesos), para un periodo de doce meses.
La cantidad mencionada no será obligatoria para la entidad licitante, y dependerá exclusivamente de la cantidad de requerimientos solicitados, por lo que ningún oferente podrá exigir el cumplimiento de esta referencia económica.
PARTICIPANTES Podrán participar en la presente propuesta, todas aquellas personas naturales y/o jurídicas, chilenas o extranjeras que cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases Administrativas, lo que deberá ser acreditado en su oportunidad, con la documentación correspondiente.
CÓMPUTO DE LOS PLAZOS Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se señalen plazos de días hábiles.
COMUNICACIÓN CON EL HOSPITAL Exclusivamente a través del Portal Mercado Público.
11. PRESENTACION OFERTAS.
Todo proponente u oferente interesado en ofertar, deberá estudiar cuidadosamente las Bases Administrativas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el costo de los servicios licitados, tales como permisos y licencias que deben obtenerse, leyes o reglamentos que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y sólo él será el responsable de los errores u omisiones en que incurra.
El oferente que participe en la licitación acepta todas las condiciones de ésta.
A la época de presentación de la oferta, el oferente deberá presentar todos los antecedentes y formularios, los que deberán ser anexado a las respectivas ofertas presentadas, en formato digitales utilizando para este efecto Word (como procesador de textos) e imágenes digitalizadas en formato PDF, todos los anexos deben venir en idioma español, debidamente firmado si correspondiere.
Los oferentes no deberán estar afectos a alguna de las inhabilidades contempladas en los artículos 33 de la ley N°21.595; 8 y 10 de la ley N°20.393 y 35 quáter de la ley N°19.886, en caso contrario, su oferta será declarada inadmisible. En este último caso, salvo, las circunstancias excepcionales indicadas en la mencionada Ley, en cuyo caso el contrato deberá hacerse por resolución fundada.
En el caso de que dos o más oferentes se unan para el efecto de participar en el presente proceso licitatorio, deberán sujetarse a lo dispuesto en el artículo 67 bis del DS N°250 de 2004, que Aprueba el Reglamento de la ley 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Los proveedores que oferten bajo el artículo 67 bis del DS N°250 de 2004, deberán ingresar un documento que declara dicha unión, nombrando un apoderado.
Antecedentes administrativos:
Formulario N°1: Identificación del Oferente “inadmisible”.
Formulario N°2: Declaración Jurada Simple (inhabilidad artículo 4° ley 19.886). En el caso de postular como Unión Temporal de Proveedores, cada uno de sus integrantes deberán presentar firmado el referido formulario. “exigible”, esto, a más tardar en el plazo del Foro Inverso, esto es, dentro de las 24 horas de la notificación de la consulta “inadmisible”.
Formulario N°3: Datos de Contacto. El oferente deberá establecer los siguientes datos: nombre de contacto, correo electrónico y número de teléfono directo, para coordinar la prestación de los servicios. El citado formulario, deberá tener estampada la firma del oferente, que legitima lo escrito “inadmisible”.
Acreditar “Cumplimiento Programa de Integridad y difusión” de acuerdo a formulario N°4. “evaluable”.
11.2 Antecedentes Técnicos:
Experiencia del Oferente “evaluable”.
Formulario N°5: Datos del Prestador “Inadmisible”
11.3 Antecedentes Económicos:
Formulario N°6: Oferta Económica “Inadmisible”
En Comprobante de oferta en el portal mercado público, el precio debe estar expresado en moneda nacional, es decir, en pesos chilenos CLP.
11.4 Entrega de Antecedentes Físicos:
Aquellas Garantías de Seriedad de la Oferta otorgadas de manera física deberán entregarse en sobre cerrado y caratulado con el ID, nombre del oferente y nombre de la propuesta a que se refiere en la Oficina de Partes del Hospital Las Higueras ubicada en Avenida Alto Horno N° 777, Las Higueras Talcahuano, de lunes a viernes de 08:30 a 15:00 horas, horario continuado.
La garantía se recepcionará hasta el día y hora de cierre de la propuesta, indicado en el Portal, esto es, el día undécimo, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas, hasta las 15:00 horas.
La no presentación oportuna de esta garantía tendrá como consecuencia que la oferta sea declarada inadmisible y no será considerada en el proceso de evaluación. Lo mismo ocurrirá, si de la revisión de los antecedentes presentados por cada oferente, se detectare documentación adulterada.
Se exceptúan de recepción física la garantía otorgada de manera electrónica, la cual deberá ajustarse a lo dispuesto en la ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Los oferentes deberán entregar PARA CADA OFERTA una garantía de seriedad de la oferta, tomada por él o por un tercero, a nombre del Hospital Las Higueras, la que deberá tener las siguientes características:
Tipo de documento Cualquier documento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, y que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 31 del DS. N°250 de 2004 (pagadera a la vista y de carácter irrevocable).
En los casos en que se otorgue la garantía de manera electrónica, ésta deberá ajustarse a lo dispuesto en la ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Esta deberá ser adjuntada dentro de la propuesta que realice el oferente a través del Mercado Publico hasta el día y hora de cierre de la propuesta, esto es, el día undécimo, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
Solución de Conflictos La Garantía contratada no podrá contener cláusulas de arbitraje para la resolución de conflictos entre las partes y la entidad aseguradora.
Beneficiario Hospital Las Higueras.
Rut del Beneficiario 61.607.202-1
Pagadera A la vista y de carácter irrevocable.
Vigencia Mínimo desde la fecha de cierre de recepción de ofertas, hasta 150 días desde el día siguiente de la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
Expresada en Pesos Chilenos/UF (Unidad de Fomento), la que debe consignar su equivalencia en pesos chilenos, al valor del día en que sea tomada dicha garantía.
Monto $500.000.- (Quinientos mil pesos).
Glosa Para garantizar la seriedad de la oferta “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE “APOYO TÉCNICO Y PROFESIONAL” PARA REALIZAR TURNOS, PARTICIPANDO EN INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS PREFERENTEMENTE, EN PACIENTES DERIVADOS DESDE PENSIONADO DE HOSPITAL LAS HIGUERAS”.
En el caso de vale vista, la glosa debe ser indicada al reverso o adjuntando documento que así lo indique.
Oportunidad y forma de devolución A los proveedores no adjudicados, les será devuelta la garantía de seriedad de la oferta vía correo certificado al domicilio señalado en la oferta, dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la firma del contrato.
Tratándose de documentos que se otorguen de manera electrónica, éstos serán devueltos al proveedor correspondiente dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la firma del contrato, en la forma que el proveedor indique.
Al proveedor adjudicado se le canjeará dicha garantía por la garantía de fiel cumplimiento del contrato una vez firmado el contrato.
En el caso de declarase desierta la licitación o inadmisibles las ofertas, el plazo de restitución de la garantía de seriedad de la oferta deberá contarse desde la notificación de la resolución respectiva dentro los 10 días siguientes a la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución que declara desierta la licitación.
La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva, unilateralmente, ipso facto, de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial alguna por el mandante, una vez tramitada la resolución correspondiente en los siguientes casos:
Si el oferente adjudicado retira su oferta o se desiste de ella dentro del período de validez de esta.
Si el oferente adjudicado no hace entrega oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato y/o de la documentación exigida en el punto 24 de las presentes Bases Administrativas, dentro del plazo de 15 días corridos contados desde la fecha de la notificación de la Resolución de Adjudicación, o no concurre a la firma del contrato dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha de la notificación de la Resolución de Adjudicación.
En estos casos, el Hospital Las Higueras podrá re adjudicar los servicios licitados al segundo oferente mejor evaluado, siempre que existieren otras ofertas para re adjudicar.
En caso de no existir una segunda propuesta admisible, se procederá a dejar sin efecto la adjudicación.
13. VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez mínima de 150 (ciento cincuenta días) días desde la fecha de la publicación de las presentes Bases Administrativas que regulan el llamado a licitación pública. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes, a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, la prórroga de las propuestas, antes de su expiración y de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en el proceso de evaluación y adjudicación.
APERTURA Y EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA
14. ACTO DE APERTURA
La apertura se realizará en forma electrónica a través de la plataforma del Mercado Público, en la fecha y hora establecida en el calendario de plazos de la presente licitación, esto es, el undécimo a las 15:02 horas, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
El Hospital Las Higueras adjudicará la presente licitación, a quien presente la oferta más ventajosa y obtenga el más alto puntaje, de acuerdo a la evaluación realizada, según los criterios de evaluación indicados en el punto 17 “Notas y Criterios de Evaluación" de las presentes bases; asimismo, declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.
Podrá el hospital, declarar desierta la licitación, por no convenir a los intereses institucionales, ya sea por lo elevado del precio ofertado o por alguna razón fundada, dejando inadmisible las ofertas por no cumplir los oferentes con los requisitos establecidos en estas Bases.
INADMISIBILIDAD DE LA OFERTA
15.1 La oferta se declarará inadmisible en los siguientes casos:
Cuando la oferta no se encuentre expresado en moneda nacional (pesos).
La NO presentación de la garantía de seriedad de la oferta otorgada de manera física, en Oficina de Partes del Hospital Las Higueras, dentro del plazo establecido al efecto, esto es, el día de cierre de recepción de las ofertas, el día undécimo, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas en el Portal Mercado Público. (Punto 11.4 Entrega de Antecedentes Físicos) o,
La NO presentación de la garantía de seriedad de la oferta otorgada de manera electrónica, en el Portal Mercado Público dentro del plazo establecido al efecto, esto es, el día de cierre de recepción de las ofertas, el día undécimo, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas en el Portal Mercado Público. (Punto 11.4 Garantía de Seriedad de la Oferta).
Garantía de seriedad de la oferta mal emitida.
La declaración de inadmisibilidad de la oferta se traducirá en el rechazo de ésta, a través del sistema de información.
15.2 La oferta se declarará inadmisible también en los siguientes casos:
Cuando el oferente no posea la actividad o giro económico vigente, atingente a los servicios licitados, a más tardar dentro del plazo de cierre, esto es el día undécimo, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas. Lo anterior, de acuerdo a Situación Tributaria de Terceros del Servicio de Impuestos Internos.
Cuando no presente a más tardar en el plazo del Foro Inverso, esto es, dentro de las 24 horas de la notificación de la consulta, Formulario N°2: “Declaración Jurada Simple sobre Inhabilidades”.
Cuando en Formulario N°6 “oferta económica”, indique un valor por hora mayor al establecido en el punto N°6 de las presentes bases.
Cuando postule como Unión Temporal de Proveedores y alguno de sus integrantes no presenten el Formulario N°2, a más tardar en el plazo del Foro Inverso, esto es, dentro de las 24 horas de la notificación de la consulta.
Cuando no complete, o no presente, o presentación incompleta, a más tardar dentro del plazo de cierre, esto es el día undécimo, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas, el Formulario N°5 “Datos del Prestador” con los datos solicitados, de cada participante y/o Formulario N°6 “Oferta Económica”.
Cuando no presente o no complete o presentación incompleta, a más tardar en el plazo del Foro Inverso, esto es, dentro de las 24 horas de la notificación de la consulta, el Formulario N°1 “Identificación del Oferente” y/o Formulario N°2 “Declaración Jurada Simple sobre Inhabilidades” y/o Formulario N°3 “Datos de Contacto”.
Cuando algún integrante del equipo técnico y profesional indicado por el oferente en el Formulario N°5, no registre en la Superintendencia de Salud, sus títulos Técnico de Nivel superior en Enfermería, para el caso del equipo técnicos y su título de enfermero/a, para el caso del equipo profesional.
Cuando el oferente que participe en la presente licitación, no presente en su Formulario N°5 al menos 6 técnicos de nivel superior en enfermería; y a lo menos 2 enfermeras/os. Todos registrados en la Superintendencia de Salud.
Si la propuesta altera las condiciones de las presentes Bases, o contiene exigencias, limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, tales como: condiciones para su adjudicación o montos mínimos de servicios
Cuando la oferta no cumpla con los requisitos establecidos en el punto N°4 de las bases administrativas.
Cuando al oferente le afecta alguna de las inhabilidades contempladas en los artículos 33 de la ley N°21.595; 8 y 10 de la ley N°20.393 y 35 quáter de la ley N°19.886. Siempre que no se den las situaciones de excepcionalidad contempladas en la Ley.
En estos casos, la oferta será considerada inadmisible y significará que no pasará a la etapa de evaluación.
El oferente se obliga a entregar antecedentes, documentos, instrumentos tributarios, certificados y demás exigidos por las bases administrativas, que se encuentren debidamente regularizados y válidos, por lo que el incumplimiento de lo anterior traerá consigo el efecto de inadmisibilidad de la oferta y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente, esto último, sólo será procedente en cuanto importe la entrega de antecedentes que no se correspondan con la realidad y cuya entidad incida en la validez de la oferta.
16. COMISIÓN Y SUS FUNCIONES:
Comisión de Apertura y Evaluación.
La apertura en el Portal Mercado Público, y la respectiva evaluación, calificación de las ofertas de manera administrativa, técnica y económica, estará a cargo de una Comisión de Apertura y Evaluación, la que estará integrada por los siguientes profesionales funcionarios del Hospital Las Higueras:
Subdirector Administrativo,
Jefe Área de Abastecimiento,
Jefe del C.C. Pabellón, Anestesia y Post Operados,,
o quienes los subroguen o reemplacen legalmente.
En el caso de considerarlo pertinente, la comisión podrá requerir asesoría a la Unidad Jurídica del Hospital Las Higueras de Talcahuano.
La Comisión de apertura y evaluación en conformidad a las atribuciones entregadas por el Hospital Las Higueras, de acuerdo con el contenido de este capítulo y demás antecedentes de las presentes Bases Administrativas, tendrá las siguientes facultades:
Resolver dudas o discrepancias que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases Administrativas o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Las solicitudes de aclaraciones y sus respuestas se comunicarán a los demás oferentes, solo para efectos que éstos tomen conocimientos de estas. El ejercicio de esta facultad no podrá implicar desequilibrios o incumplimiento del principio de igualdad de los oferentes y se orientará a proporcionar antecedentes para la adecuada evaluación y comprensión de las propuestas. Exceptuándose las situaciones descritas precedentemente, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión.
Solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Estos requerimientos se solicitarán por escrito a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras, debiendo el oferente dar respuesta en la misma forma, dentro del plazo señalado, esto es, dentro del plazo de evaluación de ofertas, 24 horas desde que se realiza la notificación a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras.
Podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Revisará y estudiará la documentación solicitada, evaluará las ofertas, técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes.
De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de dos decimales, dicho empate deberá dirimirse en primer lugar a través del análisis del criterio “Precio Unitario del Servicio, según subfactores” (60%), en segundo lugar, a través del criterio técnico “Experiencia de los prestadores” (35%) y así sucesivamente según el orden indicado en el punto 17. En caso de persistir el empate a pesar de aplicar los criterios de desempate referidos, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.
Confeccionará un “Informe de Apertura y Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación.
Realizar un informe de análisis de precios de mercados, cuando se reciban 2 o menos ofertas, en procesos mayores a 1000 UTM, el que debe ser parte del informe de adjudicación y ser publicado en el Portal.
Firmará el “Informe de Apertura y Evaluación”, mediante el cual propondrá al Sra. directora adjudicar o desestimar la propuesta, si de la evaluación se determina que no se ajusta a las necesidades del Hospital o excedieren de su presupuesto.
Suscribirán una declaración jurada en la que manifiesten expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre el proceso de contratación de que se trata, conforme con lo dispuesto en el artículo 35 quáter de la ley N°19.886.
17. NOTAS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
Para la evaluación de las ofertas la comisión de evaluación ponderará los factores de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases Administrativas y a los porcentajes que se indican en la ficha técnica del Portal Mercado Público, los que serán evaluados según nota de uno (1) a cien (100), siendo el cien (100) la mayor nota de las ofertas. Dicho proceso estará considerado en el informe de evaluación.
Los criterios que evaluar serán los siguientes:
CRITERIOS DE EVALUACION PONDERACIÓN
Criterios Económicos 60%
Precio unitario del Servicio, según subfactores (60%)
Criterios Técnicos 35%
Experiencia de los prestadores (35%)
Criterios Administrativos 5%
Cumplimiento en la presentación de antecedentes (3%)
Cumplimiento Programa de Integridad (2%)
La evaluación de los criterios se realizará de la siguiente forma:
Precio Unitario del Servicio, según subfactores (60%)
El precio unitario del servicio será el establecido por cada oferente en la oferta presentada en el Portal Mercado Público a través del Formulario N°6, el que será sometido a ejercicio de evaluación por el organismo comprador, según los siguientes subfactores:
Subfactor 1: Precio Unitario de Servicios de Técnicos de Nivel Superior en Enfermería (40%)
La oferta que presente el menor precio unitario en la línea 1 “servicios de técnicos de nivel superior en enfermería”, de acuerdo con lo descrito en el formulario N°6, se calificará con un cien (100), las demás ofertas tendrán su nota de acuerdo con el precio de cercanía a la oferta menor.
{(Oferta Menor)/(Oferta Evaluada)×100}×40%
Subfactor 2: Precio Unitario de Servicios Profesionales de Enfermería (40%)
La oferta que presente el menor precio unitario en la línea 2 “servicios profesionales de enfermería”, de acuerdo con lo descrito en el formulario N°6, se calificará con un cien (100), las demás ofertas tendrán su nota de acuerdo con el precio de cercanía a la oferta menor.
{(Oferta Menor)/(Oferta Evaluada)×100}×60%
Luego se realizará la suma del resultado obtenido de los dos subfactores; precio unitario de servicios de técnicos de nivel superior en enfermería y de servicios profesionales de enfermería y se le aplicará el 60%, de acuerdo con la siguiente fórmula:
{■(Puntaje Precio Unitario de Servicios de Técnicos de Nivel Superior en Enfermería@+@Puntaje Precio Unitario de Servicios Profesionales de Enfermería)}×60%
Experiencia de los prestadores que realizarás los servicios (35%)
Para la aplicación de este criterio, se tomará como base la documentación presentada por el oferente, correspondiente a los técnicos de nivel superior en enfermería y enfermeros/as indicados a través de Formulario N°5. La oferta que no presente documentos o antecedentes requeridos para acreditar experiencia será evaluada con nota 1 (uno) en este criterio.
Para la aplicación de este criterio, se realizará la asignación de puntaje, de acuerdo con la documentación que presente el oferente en relación a la experiencia de los técnicos de nivel superior en enfermería y enfermeros/as, de acuerdo a la siguiente tabla:
Experiencia de los prestadores Puntaje
Sí el promedio de la experiencia de los técnicos de nivel superior en enfermería y enfermeros/as de enfermería, mencionados en el Formulario N°5), es igual o mayor a 24 meses prestando servicios de apoyo en intervenciones quirúrgicas en instituciones públicas o privadas del área de la salud. 100
Sí el promedio de la experiencia de los técnicos de nivel superior en enfermería y enfermeros/as, mencionados en el Formulario N°5), es igual o mayor a 18 meses y menor a 24 meses, prestando servicios de apoyo en intervenciones quirúrgicas en instituciones públicas o privadas del área de la salud. 60
Sí el promedio de la experiencia de los técnicos de nivel superior en enfermería y enfermeros/as, mencionados en el Formulario N°5), es igual o mayor a 12 meses y menor a 18 meses, prestando servicios de apoyo en intervenciones quirúrgicas en instituciones públicas o privadas del área de la salud. 45
Sí el promedio de la experiencia de los técnicos de nivel superior en enfermería y enfermeros/as, mencionados en el Formulario N°5), es igual o mayor a 8 meses y menor a 12 meses, prestando servicios de apoyo en intervenciones quirúrgicas en instituciones públicas o privadas del área de la salud. 30
Sí el promedio de la experiencia de los técnicos de nivel superior en enfermería y enfermeros/as, mencionados en el Formulario N°5), es igual o mayor a 6 meses y menor a 8 meses, prestando servicios de apoyo en intervenciones quirúrgicas en instituciones públicas o privadas del área de la salud. 15
Sí el promedio de la experiencia de los técnicos de nivel superior en enfermería y enfermeros/as, mencionados en el Formulario N°5), es menor a 6 meses, prestando servicios de apoyo en intervenciones quirúrgicas en instituciones públicas o privadas del área de la salud. 5
Sí no informa o no acredita experiencia en servicios de apoyo en intervenciones quirúrgicas en instituciones públicas o privadas del área de la salud. 1
Para efectos de evaluación, se considerará la experiencia de los técnicos de nivel superior en enfermería y enfermeros/as de enfermería, mencionados en el Formulario N°5 en razón a la experiencia evaluada, cuya suma se promediará por cada uno de los prestadores. Lo que resulte de lo anterior, se llevará a la tabla de evaluación.
La experiencia deberá ser acreditada mediante certificados, emitidos por jefaturas de instituciones públicas o privadas, copias de contratos, ID de licitaciones adjudicadas, órdenes de compra de licitaciones y/o tratos directos, que indique claramente la cantidad de meses que prestó servicios de apoyo en intervenciones quirúrgicas de instituciones públicas o privadas del área de la salud.
Los documentos señalados anteriormente que acrediten la experiencia en razón a los meses que el profesional o técnico prestó servicios de apoyo en intervenciones quirúrgicas en instituciones públicas o privadas del área de la salud deberá contener, al menos:
Razón social de la empresa/institución donde el profesional y/o técnico de nivel superior evaluado prestó los servicios.
Identificación en el citado documento del profesional y/o técnico de nivel superior participante.
Periodo (desde y hasta) en el que el profesional y/o técnico de nivel superior prestó los servicios
Identificar en el citado documento el Servicio ejecutado por el prestador en evaluación.
En caso de adjuntar certificado emitido por jefaturas, el referido documento debe indicar nombre y firma del responsable de la entidad que acredita los servicios otorgados por el profesional y/o técnico de nivel superior en evaluación y periodo trabajado.
El Hospital Higueras podrá verificar los antecedentes señalados en los documentos correspondientes.
Si los documentos no contienen la información antes indicada, éstos podrán ser desestimados y no ser considerados en la evaluación del criterio de experiencia y evaluar sólo los certificados acompañados correctamente.
Si no se acompañan los antecedentes que acrediten la experiencia de los profesionales de enfermería y/o técnico de nivel superior, dentro del plazo establecido para la recepción de ofertas, esto es, el día vigésimo primero contado desde la fecha de publicación de la Bases Administrativas, el oferente obtendrá un punto en este criterio.
Sólo se considerará la experiencia previa a la fecha de publicación de las presentes bases administrativas.
Cumplimiento en la Presentación de Antecedentes (3%)
Si el oferente ingresa al Portal Mercado Público tanto el Formulario N°1, N°2 y N°3 solicitados en punto 11.1 de “Presentación Ofertas” de las presentes Bases Administrativas, a más tardar el día y hora de cierre de la presente licitación pública; esto es, el día undécimo, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas, será evaluada con 100 (cien) puntos.
Si un oferente omite uno o más de los Formularios antes mencionados o alguno de éstos tiene error de forma, la comisión evaluadora solicitará a través del Portal (foro inverso), dentro de un plazo de 24 horas, desde su notificación) el ingreso de los antecedentes omitidos o la corrección de éstos, dando un nuevo plazo para subsanar, pudiendo optar a 1(Un) punto, como puntaje máximo.
En caso de que el oferente no responda dentro del nuevo plazo otorgado vía foro inverso y no ingrese o no subsane error de forma, en los formularios N°1, N°2 y N°3 la oferta será declarada inadmisible, por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases Administrativas, cuya oferta no pasará a la siguiente etapa de evaluación.
La ponderación de la nota será la que resulte de aplicar el 3% al puntaje obtenido de acuerdo con la siguiente tabla:
Cumplimiento de los Requisitos 3% Puntaje
Ingresa Formulario N°1, N°2 y N°3 a más tardar el día y hora de cierre de recepción de ofertas, esto es, el día undécimo, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas. 100
Ingresa documentos omitidos y/o subsana errores de forma dentro del nuevo plazo, (Formularios N°1 y/o N°2 y/o N°3). 1
No ingresa a más tardar dentro del plazo de foro Inverso el Formulario N°1 y/o N°2 y/o N°3, omite o no subsana errores de forma dentro del nuevo plazo. Inadmisible
Cumplimiento Programa de Integridad (2%)
El programa de integridad de una empresa u organización se entiende como un conjunto de instrumentos o herramientas que fomentan entre sus integrantes un comportamiento apegado a determinados valores que contribuyan a instalar estándares de integridad, fortaleciendo una conciencia ética que permita combatir la corrupción.
Para la aplicación de este criterio, se tomará como base la documentación presentada por el oferente a través de su propuesta, que respalda la existencia de programa/s de integridad en su empresa.
Cumplimiento Programa de Integridad (2%) Puntaje
El oferente, cuenta con programa de integridad y difusión a su personal. 100
Si no adjunta Formulario N°4, no completa o no acredita lo solicitado en este criterio. 1
El oferente deberá adjuntar copia del programa de integridad utilizado y acreditar, además, la difusión del mismo a su personal; para esto último, podrá presentar copia de correo corporativo de difusión, copia de participación de los trabajadores en charlas o capacitaciones o cualquier otro antecedente que permita acreditar su difusión.
Si los documentos adjuntos en su oferta no contienen la información necesaria para acreditar que cuenta con programas de integración y fueron difundidos a su personal, serán desestimados y no serán considerados en la evaluación del criterio de “cumplimiento programa de integridad”.
Si no se acompañan los documentos dentro del plazo establecido para la recepción de ofertas, así también, si los antecedentes tienen fecha posterior a la publicación de las presentes bases, el oferente obtendrá un punto en este criterio.
ADJUDICACIÓN Y CONTRATO.
18. RESOLUCION DE LA PROPUESTA.
El Jefe del Área de Finanzas o quien lo subrogue, deberá firmar el “Certificado de Disponibilidad Presupuestaria”.
Posteriormente, la Unidad Técnica procederá a la elaboración de la resolución de adjudicación.
La Directora del establecimiento mediante resolución administrativa procederá a adjudicar o desestimar la propuesta de acuerdo con lo propuesto por la Comisión de apertura y evaluación. Así como también, tendrá la facultad de dejar sin efecto todo el proceso, cuando existan errores, vacíos o incongruencias en las bases administrativas.
En el caso que la Directora del establecimiento decida acogerse a la excepcionalidad contenida en el artículo 35° quáter de la ley N.° 21.634/11-12-2023, deberá emitir resolución fundada en los términos del artículo respectivo, justificando su decisión y detallando procedimientos internos de aplicación si así procede.
Tramitada la resolución de adjudicación, se subirán al Portal los siguientes documentos de acuerdo con lo previsto en el art. 57 letra b):
Informe de Apertura y Evaluación.
Certificado de Disponibilidad Presupuestaria.
Resolución de Adjudicación.
Contrato.
Resolución que aprueba el contrato.
La adjudicación será publicada en el portal Mercado Público, entendiéndose notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes, transcurridas 24 horas desde dicha publicación, de acuerdo al artículo N°6 del Reglamento de la Ley N°19.886.
Una vez notificado, el oferente adjudicado deberá hacer llegar la garantía de fiel cumplimiento de contrato, y la documentación exigida en el punto 24 de las bases, esto, a más a tardar en el plazo de 15 días corridos, contados desde la fecha en que fuere notificado de la Adjudicación.
Recibida la documentación anteriormente señalada, se remitirán los antecedentes al encargado de contrato para la redacción del respectivo “contrato” y “resolución aprobatoria del mismo”.
Una vez tramitado los referidos documentos, junto al expediente será derivado al ejecutivo de compra de servicios de la Unidad de Insumos No Clínicos, quien emitirá la orden de compra respectiva.
El hospital se reserva el derecho de declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Para declarar desierta la licitación, se requerirá Resolución fundada que así lo disponga y será publicada en www.mercadopublico.cl.
Una vez que entre en vigencia los servicios, la validación y solicitud de documento de cobro de las prestaciones efectivamente ejecutadas, será de responsabilidad del Área de Gestión Documental.
19. MODIFICACION DE LA FECHA DE ADJUDICACION
El Hospital Las Higueras podrá aplazar hasta en 20 días corridos la fecha de adjudicación señalada en el Portal en los siguientes casos:
Cuando no fuere posible reunir a la Comisión en el periodo de evaluación establecido en las presentes Bases Administrativas.
Cuando se presenten más de 5 ofertas y en consecuencia se requiera de más tiempo para el estudio de estas.
Cuando se soliciten aclaraciones, a través de la opción “Aclaraciones Ofertas” del Portal Mercado Público.
Cuando la comisión reunida, requiera ver situaciones discrepantes no claras al momento de la evaluación, requiriendo postergar resolver el proceso administrativo o técnico.
Todo lo anterior será debidamente informado en el portal, a todos los oferentes, previa tramitación del acto administrativo que dé cuenta de la postergación de la fecha de adjudicación.
20. MECANISMO PARA SOLUCION DE CONSULTAS RESPECTO DE LA ADJUDICACION.
se deja constancia que, ante consultas sobre el proceso de adjudicación, éstas deberán efectuarse en el Sistema de Información, identificando el ID de licitación, dentro de un plazo de 48 horas, desde que haya sido adjudicada la licitación, las cuales serán respondidas dentro de 5 días hábiles. Vencido el plazo para consultas indicado anteriormente, no se dará lugar a nuevas consultas.
En el caso que se formulen consultas, sus respuestas serán publicadas en la plataforma del Portal Mercado Público.
GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Con el fin de garantizar el fiel cumplimiento del contrato el Hospital Las Higueras exigirá la entrega de una garantía con los términos señalados en el siguiente recuadro.
La referida garantía, deberá ser recepcionada por el hospital, dentro de 15 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación. Deberán entregarse en sobre cerrado y caratulado con el ID, nombre del oferente adjudicado y nombre de la propuesta a que se refiere en la Oficina de Partes del Hospital Las Higueras ubicada en el primer piso del edificio administrativo, en Avenida Alto Horno N° 777, Las Higueras Talcahuano. Su horario de atención, en días hábiles, de lunes a viernes de 08:30 a 15:00 horas, horario continuado.
En los casos en que se otorgue la garantía de manera electrónica, ésta deberá ajustarse a lo dispuesto en la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firmas Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, la cual podrá ser enviada por correo electrónico, el que será indicado en la respectiva resolución de adjudicación.
La no presentación oportuna de esta garantía facultará al Hospital para readjudicar la propuesta al segundo oferente mejor evaluado.
Tipo de documento Cualquier documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, tomada por el proveedor adjudicado o por un tercero, a nombre del Hospital Las Higueras y que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 68 del DS N°250 de 2004 (pagadera a la vista y de carácter irrevocable). En los casos en que se otorgue la garantía de manera electrónica, ésta deberá ajustarse a lo dispuesto en la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firmas Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Solución de Conflictos La Garantía contratada no podrá contener cláusulas de arbitraje para la resolución de conflictos entre las partes y la entidad aseguradora.
Beneficiario Hospital Las Higueras.
Rut del Beneficiario 61.607.202-1
Pagadera A la vista y de carácter irrevocable.
Vigencia Tendrá una vigencia de a lo menos 120 días corridos desde el término del respectivo contrato.
Tipo de moneda Pesos Chilenos/UF (Unidad de Fomento), la que debe consignar su equivalencia en pesos chilenos, al valor del día en que sea tomada dicha garantía.
Monto Será por el 5% del monto total adjudicado.
Glosa Para garantizar fiel y oportuno cumplimiento de la propuesta “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE “APOYO TÉCNICO Y PROFESIONAL” PARA REALIZAR TURNOS, PARTICIPANDO EN INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS PREFERENTEMENTE, EN PACIENTES DERIVADOS DESDE PENSIONADO DE HOSPITAL LAS HIGUERAS”.
Devolución Cumplido íntegramente el contrato y el plazo de vigencia de la garantía, a satisfacción del Hospital, la garantía será devuelta al adjudicado vía correo certificado al domicilio indicado por éste en los antecedentes de la propuesta, sin perjuicio de devolverla directamente en el caso de que lo solicite.
En el caso de renovación o modificación del contrato la garantía deberá ser reemplazada por otra de acuerdo con nuevo monto y su vigencia deberá extenderse al nuevo plazo contractual más los 120 días exigidos.
Con cargo a la garantía de fiel cumplimiento del contrato se podrán hacer efectivas, en su caso, las multas y sanciones que se establecen en las presentes Bases Administrativas, garantía que asegurará, además el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del oferente adjudicado para con sus trabajadores.
Todo lo anterior se hará efectivo ipso facto de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial alguna, en caso de ocurrencia de algunos de los hechos señalados anteriormente.
En el evento de haberse hecho efectivas las multas que no dan lugar a término anticipado del convenio, según punto 30 “Sanciones/Multas”, el contratista deberá hacer entrega de una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro de 15 días corridos, a contar de la notificación de la resolución que aplica la multa, en portal mercado público. En dicho contexto, en el caso de sustituirse la garantía referida precedentemente, el monto de la nueva caución corresponderá al 5% del saldo insoluto del contrato a la época en que se efectúe el reemplazo, como lo exige el inciso primero del artículo 68 del decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
READJUDICACIÓN
El Hospital podrá readjudicar la licitación en los siguientes casos:
Si el adjudicatario desiste de su oferta.
Si no presenta garantía Fiel Cumplimiento del Contrato, dentro de 15 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación.
Cuando el adjudicatario no haga entrega de la documentación exigida en el punto 24 de las bases administrativas, dentro de 15 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación.
Si no concurre a la firma del contrato dentro de los 30 días corridos, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación a través del portal mercado público.
En caso de que no sea posible la readjudicación por no contar con una segunda oferta evaluada, u otra causa, se procederá a dejar sin efecto la resolución de adjudicación y se levantará un nuevo proceso.
RETROTRAER EL PROCESO
El hospital podrá retrotraer el proceso de adjudicación, cuando se detecte un error en el proceso de evaluación de la propuesta y/o se detectaren errores, vicios u omisiones en la propuesta adjudicada.
Procedimiento
Se notificará a los interesados que hubieren participado en el procedimiento la interposición de los recursos, mediante la publicación en la Plataforma de Mercado Público, resolución fundada dejando sin efecto la adjudicación, teniendo un plazo de cinco días para que aleguen cuanto consideren procedente en defensa de sus intereses.
Ya retrotraído el proceso, se reúne a la comisión evaluadora para realizar un nuevo proceso de evaluación, para continuar con el proceso de adjudicación y firma de contrato.
En caso de que se requiera dejar sin efecto todo el proceso, por errores, vicios u omisiones se revocará la propuesta, con resolución fundada, se revisará el requerimiento y se levantará un nuevo llamado licitatorio.
24. CONTRATO
Se celebrará un contrato de compra de servicios de “apoyo técnico y profesional” para realizar turnos, participando en intervenciones quirúrgicas preferentemente, en pacientes derivados desde pensionado de hospital las higueras, el que se formalizará dentro de un plazo de 30 días corridos, a contar de la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación al oferente adjudicado, la cual, entrará en vigencia una vez aprobado el contrato y emisión de la orden de compra y la aceptación de esta por parte del adjudicado, la cual, se entenderá aceptada por el proveedor, si no es rechazada por éste dentro de las 24 horas siguientes a su notificación en el Portal Mercado Público.
Una vez adjudicada la licitación, el adjudicatario deberá hacer llegar, en un plazo no superior a 15 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación a través del Portal Mercado Público, la correspondiente garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, por el 5% del valor total del contrato, (impuesto incluido si correspondiere), la cual deberá tener un vencimiento mínimo superior a 120 días, a la fecha de término del contrato. Dentro del mismo plazo el oferente deberá hacer llegar la documentación exigida para la redacción del contrato de la compra de servicios.
Recibida la garantía y la documentación requerida, que más adelante se detalla, se procederá a la redacción del contrato de la compra de servicios. Su contenido deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 64 del Reglamento de la Ley 19.886 (D.250/2004). Dicho contrato deberá firmarse dentro del plazo de 30 días, contado desde la notificación vía portal mercado público de la Resolución de Adjudicación al oferente.
Los derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación pública y del respectivo contrato de compra de servicios, serán intransferibles.
Para todos los efectos de esta licitación, el adjudicatario fijará su domicilio en la comuna de Talcahuano.
El adjudicatario debe presentar a más a tardar en el plazo de 15 días corridos, contados desde la fecha en que fuere notificado de la Resolución de Adjudicación, la siguiente documentación para la redacción del contrato:
PERSONA NATURAL:
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.
Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
Formulario F30-1 certificado de cumplimiento laboral y previsional o Formulario 30 certificado de Antecedentes laborales y previsionales respecto de sus trabajadores o declaración simple, indicando no contar con trabajadores por el código del trabajo.
En el evento que el adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los certificados respectivos, no podrá contratar con el estado mientras no subsane el incumplimiento que lo afecte, conforme al artículo 6° de la ley N°21.640 del 18/12/2023, de presupuesto.
Declaración Jurada de Inhabilidad para contratar con el Estado.
Declaración jurada simple que indique no encontrarse afectos a la prohibición de contratar con los órganos de la Administración del Estado prevista en la letra d) del artículo 26 del decreto ley N°211, de 1973 (aplica oficio N°1.622, de 2019).
Declaración jurada de inhabilidades para contratar con el estado, contempladas en el Capítulo VII de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634, artículo N°35 quáter.
Declaración jurada de inhabilidades de contratación previstas en el artículo 4°, inciso sexto, de la ley N°19.886
Datos para Transferencia bancaria (Art. N°8 Ley 21.640/2023).
PERSONA JURÍDICA.
Fotocopia legalizada Rut de la Empresa.
Fotocopia legalizada de Cédula de Identidad del Representante Legal.
Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
Copia autorizada de la escritura social.
Certificado de Vigencia, modificación y poderes de la Sociedad de una antigüedad no superior a 30 días en relación a la fecha de presentación de sus ofertas.
Copia de inscripción del extracto en el registro de comercio.
Formulario F30-1 certificado de cumplimiento laboral y previsional o Formulario 30 certificado de Antecedentes laborales y previsionales respecto de sus trabajadores o declaración simple, indicando no contar con trabajadores por el código del trabajo.
En el evento que el adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los certificados respectivos, no podrá contratar con el estado mientras no subsane el incumplimiento que lo afecte, conforme al artículo 6° de la ley N°21.640 del 18/12/2023, de presupuesto.
Declaración Jurada simple que indique no tener Inhabilidad para contratar con el Estado, de acuerdo con el artículo 8 y 10 de la Ley N°20.393, Establece la Responsabilidad Penal de las personas Jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
Declaración jurada simple que indique no encontrarse afectos a la prohibición de contratar con los órganos de la Administración del Estado prevista en la letra d) del artículo 26 del decreto ley N°211, de 1973 (aplica oficio N°1.622, de 2019).
Declaración jurada de inhabilidades para contratar con el estado, contempladas en el Capítulo VII de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634, artículo N°35 quáter.
Declaración jurada de inhabilidades de contratación previstas en el artículo 4°, inciso sexto, de la ley N°19.886
Datos para Transferencia bancaria (Art. N°8 Ley 21.640/2023).
PERSONA JURÍDICA CONSTITUIDA EN SISTEMA SIMPLIFICADO LEY N°20.659:
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad del Representante Legal.
Certificado de Estatuto Actualizado, emitido por Registro de Empresas y Sociedades.
Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
Certificado de Vigencia, emitido por Registro de Empresas y Sociedades.
Certificado de Anotaciones, emitido por Registro de Empresas y Sociedades.
Formulario F30-1 certificado de cumplimiento laboral y previsional o Formulario F30 certificado de Antecedentes laborales y previsionales respecto de sus trabajadores o declaración simple, indicando no contar con trabajadores por el código del trabajo.
Declaración Jurada simple que indique no tener Inhabilidad para contratar con el Estado, de acuerdo con el artículo 8 y 10 de la Ley N°20.393, Establece la Responsabilidad Penal de las personas Jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
Declaración jurada simple que indique No encontrarse afectos a la prohibición de contratar con los órganos de la Administración del Estado prevista en la letra d) del artículo 26 del decreto ley N°211, de 1973 (aplica oficio N°1.622, de 2019).
Declaración jurada de inhabilidades para contratar con el estado, contempladas en el Capítulo VII de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634, artículo N°35 quáter.
Declaración jurada de inhabilidades de contratación previstas en el artículo 4°, inciso sexto, de la ley N°19.886
Datos para Transferencia bancaria (Art. N°8 Ley 21.640/2023)
UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP):
Escritura pública donde conste la Unión Temporal.
Los demás antecedentes requeridos precedentemente para las “PERSONAS NATURALES” y “JURIDICAS”, respecto de cada uno de los proponentes que participen de la unión temporal de proveedores, según su naturaleza.
Declaración Jurada simple de no estar afecto a la Inhabilidad para contratar con el Estado, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 inciso 1° de la Ley 19.886, la cual debe ser suscrita por cada integrante de la UTP.
Declaración jurada de inhabilidades de contratación previstas en el artículo 4°, inciso sexto, de la ley N°19.886bancaria (Art. N°8 Ley 21.640/2023)
Lo anterior, salvo si los antecedentes exigidos se encuentren acreditados en Chile proveedores.
Una vez se haga la recepción de los documentos se emitirá la orden de compra global.
25. DE LA OBLIGACION DE CONFIDENCIALIDAD
El adjudicado deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación de los servicios, ya sean aquellos proporcionados por el hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos. De esta manera, bajo ninguna circunstancia el adjudicado podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información, ya sea tanto durante la vigencia del contrato como después de su término, salvo autorización expresa del Hospital, otorgada a través de su Directora.
Esta prohibición afecta al adjudicado y a su personal, y su responsabilidad será solidaria, incluso después del término de contrato. El adjudicado sólo podrá copiar o reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento a los servicios contratados.
En caso de incumplimiento de lo precedentemente indicado, el Hospital pondrá término anticipado al contrato de prestación de servicios celebrado con el contratado, pasando a constituir dicho incumplimiento una infracción gravísima al contrato, conforme a lo dispuesto en las Bases Administrativas, sin perjuicio de iniciar las acciones legales correspondientes.
26. PRE FACTURACIÓN
Se tomará como prefacturación el Anexo 2, formato adjunto a las presentes bases administrativas, indicando los siguientes datos: fecha de prestación, hora de ingreso y hora de entrada a post operado según libro de ingreso a post operados y protocolo quirúrgico, nombre y Rut del equipo técnico y profesional que ejecuta los servicios, nómina de pacientes atendidos (Rut y nombre), identificar si es paciente derivado desde Pensionado o paciente atendido por el hospital.
27. PROCEDIMIENTO DE PAGO DE LOS SERVICIOS
Para cumplir con los tiempos de revisión señalados en el procedimiento administrativo interno y pago oportuno, el adjudicado deberá entregar la pre factura (anexo 2), con el detalle de las prestaciones efectivamente ejecutadas, el primer día hábil del mes siguiente de haber participado en las intervenciones quirúrgicas
Serán obligaciones del adjudicado y de las distintas unidades las siguientes:
EL ADJUDICADO
El prestador deberá ACEPTAR la orden de compra global dentro de 24 horas siguientes a la notificación de ésta a través del portal www.mercadopublico.cl
En caso contrario, se entenderá aceptada si no es rechazada dentro del mismo plazo señalado anteriormente.
De preferencia, el primer día hábil siguiente del mes en que se ejecutaron las prestaciones, deberá entregar en la secretaría del C.C. Pabellón, Anestesia y Post Operados de Hospital Las Higueras, la prefactura de todos los turnos realizados en el mes a cobrar, según anexo 2, más el registro de horas realizadas según sistema de reloj control “BioEmach”.
Será de responsabilidad del adjudicado llevar el control de los servicios prestados, en el sentido de no superar el presupuesto adjudicado.
Para el caso de prestaciones que no se hayan cobrado oportunamente o que subsanaron observación, se debe seguir el mismo procedimiento que se indica en este punto.
Entrega de Documento de Cobro.
Una vez que los servicios sean validados y cumpla con todos los procesos administrativos necesarios para dar curso al pago, deberá emitir documento de cobro, al cual deberá adjuntar todos los antecedentes solicitados por el área de Gestión Documental:
Documento de cobro.
El adjudicado deberá adjuntar a documento de cobro Nómina que acredite pago al equipo técnico y profesional que realizó los turnos, en base al último pago que el hospital realizó al adjudicado con cargo a esta licitación, siempre que exista un pago previo a ésta; al momento de rendir. La referida nómina debe estar firmada por cada uno de los participantes, equipo técnico y profesional. Esto, como comprobante de pago de los servicios realizado por cada uno de sus prestadores. Esto, como comprobante de pago de los servicios realizados por cada uno de sus prestadores, a menos que postulen bajo el articulo 67 y soliciten en la Unión Temporal de Proveedores, que los pagos se realicen en razón al prestador que participa de las intervenciones y valores adjudicados.
Formulario F30 Certificado de antecedentes laborales y previsionales o Formulario F30-1 Certificado de cumplimiento laboral y previsional y Certificado de afiliación a Seguro Social Obligatorio Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, según lo establece la ley N°16.744, esto, correspondiente al período anterior a aquél que se solicita el cobro. No adjuntarlos, facultará al Área de Gestión Documental rechazar la recepción del documento de cobro, hasta el cumplimiento de dichos documentos y solicitar un nuevo documento de cobro, conforme lo establezca las bases. Lo anterior, no se solicitará si la adjudicada entrega en sus documentos requeridos para contratar una Declaración Simple expresando no contar con trabajadores contratados por el código del Trabajo.
C.C. PABELLON, ANESTESIA Y POST OPERADOS.
Será responsabilidad de la Jefe del C.C. Pabellón, Anestesia y Post Operados o quien le subrogue, reemplace o designe llevar el control de lo ejecutado por el prestador, y “resguardar” las medidas de verificación de estos turnos, el cumplimiento de sus obligaciones y funciones durante el servicio ejecutado.
Una vez recepcionado de parte del adjudicado el anexo 2 con el detalle de los turnos ejecutados en el mes a cobrar, deberá cotejar:
Que la prefactura coincida con los turnos efectivamente ejecutadas.
Que el Anexo 2 esté previamente firmado por el prestador que realiza el turno, y sus celdas contengan la información requerida.
Firmar Anexo 2 para acreditar la veracidad de la información.
En los casos de existir reparos, deberá subsanar directamente con el adjudicado.
Una vez validados los servicios, remitirá los antecedentes al Área de Gestión Documental, mediante documento conductor, en el cual deberá señalar al menos, la siguiente información:
Mes en que se ejecutaron los turnos.
Número de ID de licitación.
Certificar el cumplimiento de las prestaciones ejecutadas en el mes.
Adjuntar pre-factura según Anexo 2, con el detalle de los “turnos” ejecutados.
ÁREA DE GESTION DOCUMENTAL
Una vez recibido por parte del C.C. Pabellón, Anestesia y Post Operados el Anexo 2, esta área, deberá:
Revisar que los pacientes intervenidos por el equipo técnico y profesional sean pacientes derivados desde el servicio de pensionado, o sean pacientes atendidos en el Hospital Las Higueras.
Cuando la atención sea realizada a un paciente Isapre, Capredena, Dipreca u otra previsión que no sea Fonasa o Prais, se otorgará esta prestación con cargo a esta contratación, debiendo esta área informar a la mediante correo electrónico a la Jefa de la Unidad de Recaudación para la revisión de los cobros correspondientes.
Identificar al prestador involucrado en la compra de servicios y revisar que haya prestado sus servicios. Además, deberá velar porque el prestador que realiza la prestación, no se encuentre inhabilitado por alguna de las causales de inhabilidad prevista en el artículo 56° de la Ley N°19.653, o por alguna de las causales contempladas en la normativa, que lo imposibilite para contratar con la administración del Estado, sea a honorarios a Suma Alzada y/o por Compras de Servicios, esto, en relación al incumplimiento al programa de formación y del periodo asistencial obligatorio (PAO); y/o si es Jefe de Servicio del establecimiento; o, aun cuando no sea jefe de servicio, si en la medida que los obliga a no desempeñar otra función remunerada; o por alguna inhabilidad contemplada en el capítulo VII de la ley 19.886 y su ley modificada 21.634, articulo N°35 quáter, esto, durante toda la vigencia del contrato, incluyendo la apertura y evaluación de la propuesta, a menos que exista alguna circunstancia excepcional conforme a lo señalado en el artículo 35 quáter de la ley 19886 y exista informe fundado que autorice su participación bajo la modalidad de compra de servicios.
Verificar que los prestadores que realizan el servicio sean los informados por el adjudicado o se hayan incorporado previamente a través de solicitud de incorporación (Anexo 1). No pagar la prestación cuando no cumplan con la incorporación, previa al servicio, esto, de acuerdo a lo indicado al final del punto 30 de las presentes bases.
De existir reparos subsanables, deberá comunicarse directamente con el adjudicado o con la Jefe del C.C. de Pabellón, Anestesia y Post Operados, según corresponda.
De presentarse alguna irregularidad o detectarse alguna inhabilidad, deberá informar por escrito a la Subdirección de Gestión Clínica del hospital, con copia al Área de Abastecimiento para conocimiento. En este caso, devolverá todo el expediente al oferente adjudicado, hasta salvar observación, en caso de que corresponda.
Que, las prestaciones ejecutadas sean los requeridos en esta licitación.
Con los servicios validados, realizar el cálculo de las prestaciones a pagar, de acuerdo a valor adjudicado y prestaciones efectivamente ejecutadas, adjuntará la orden de compra del portal mercado público y solicitará al adjudicado el respectivo documento de cobro, el cual deberá adjuntar Nómina que acredite pago al del equipo técnico y profesional que realizaron los turnos con cargo a esta licitación, esto, siempre que al momento de la rendición existan pagos asociados a esta licitación. La referida nómina debe estar firmada por cada prestador que participó en las intervenciones quirúrgicas. Lo anterior, como comprobante de pago de los servicios realizado por cada uno de sus prestadores. No será solicitada la nómina de pago, si el proveedor adjudicado postula a través de una Unión Temporal de Proveedores, solicitando que los pagos se realicen en razón al prestador/es que realizaron las prestaciones y valor adjudicado, Formulario F30 Certificado de antecedentes laborales y previsionales o Formulario F30-1 Certificado de cumplimiento laboral y previsional y Certificado de afiliación a Seguro Social Obligatorio Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, según lo establece la ley N°16.744, esto, correspondiente al período anterior a aquél que se solicita el cobro. No entregar dicha documentación, facultará al Área de Gestión Documental, rechazar la recepción del documento de cobro, hasta el cumplimiento de dichos documentos. Lo anterior, no se solicitará si el adjudicado entrega dentro de sus documentos requeridos para contratar, una Declaración Simple expresando no contar con trabajadores contratados por el código del Trabajo.
Con el documento de cobro correctamente emitido y la documentación de respaldo, se procederá a realizar la recepción conforme en Sistema ABEX, para el posterior envío del expediente a la Unidad de Contabilidad.
La Unidad de Insumos No Clínicos, realizará la recepción conforme a través de la plataforma de mercado público
CONTABILIDAD.
Al momento de recibir el expediente, deberá:
Revisar que la boleta o factura, adjunte la nómina de las “prestaciones” ejecutadas y sus respectivas validaciones; orden de compra de Portal Mercado Público y Recepción en sistema ABEX.
En los casos de revelar algún error en el expediente, deberá regularizar con la unidad correspondiente.
Revisar que las prestaciones coincidan con el valor adjudicado (orden de compra versus facturación y nómina de respaldo).
Además, deberá revisar que se adjunte a documento de cobro:
Nómina que acredite pago al equipo técnico y profesional que realizaron las prestaciones en base al último pago que el hospital realizó al adjudicado con cargo a esta licitación, siempre que exista un pago previo a ésta; al momento de rendir. La referida nómina debe estar firmada por cada de sus prestadores. Esto, como comprobante de pago de los servicios realizado por cada uno de ellos. No será solicitada la nómina de pago, si el proveedor adjudicado postula a través de una Unión Temporal de Proveedores, solicitando que los pagos se realicen en razón al prestador que realizó las prestaciones y valores adjudicados).
Documentación de antecedentes laborales y previsionales y certificado de afiliación a Seguro Social Obligatorio Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, a menos que certifique a través de una Declaración Simple no contar con trabajadores contratados por el código del Trabajo, cuando corresponda.
Para el caso de prestaciones que no se hayan cobrado oportunamente o que subsanaron observación, se debe seguir el mismo procedimiento indicado anteriormente.
Este procedimiento administrativo interno, podrá ser modificado, de acuerdo con las necesidades y contingencias del establecimiento, lo cual, se formalizará a través de resolución exenta que lo apruebe.
FORMA DE FACTURACIÓN Y PAGO
Facturación:
Deberá emitir la factura, a nombre del Hospital Las Higueras, RUT 61.607.202-1, Dirección: Avenida Alto Horno N°777, Las Higueras, Talcahuano, indicando claramente en su glosa lo siguiente:
N°de la orden de compra.
Detalle y período del servicio otorgado
Todo Documento Tributario Electrónico emitido, debe hacer referencia a la orden de compra asociada y generada en mercado público, en el campo 801 destinada para ello.
El Documento Tributario Electrónico – DTE debe ser enviado en un plazo no mayor a 48 horas a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com
Las facturas deben tener como forma de pago “crédito”
No cumplir con lo anterior, se procederá al rechazo del documento, a través de la plataforma del Servicio de Impuestos Internos.
Pago:
El pago se realizará por transferencia electrónica, por mes vencido, dentro de 30 días corridos, contados desde la fecha en que el documento de pago es aceptado, de acuerdo con la Ley de Presupuesto para el año 2024 N°21.640 del 18/12/2023, lo dispuesto en la partida 16 del Ministerio de Salud Glosa 02 letra e) “Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 30 días, a contar de la fecha en que la factura es aceptada”.
De acuerdo con instructivo del Ministerio de Hacienda, los pagos serán realizados por la Tesorería General de la República, a menos que se encuentre vigente la circular N°14 del 08/03/2023 de la Dipres, en cuyo caso, los pagos serán realizados por el hospital.
Los proveedores, podrán consultar sus pagos en la página del banco estado, para lo cual deben realizar lo siguiente:
1. Entrar al sitio
http://www.servibanca.cl/PMASI_CltProve/Clt_Login.aspx?idCon=9290&ce=7202
2. Ingresar con los últimos 4 dígitos del RUT sin el dígito verificador.
3. Para consultas o inconvenientes deben dirigirse a: soportei@bancoestado.cl.
Aquellos proveedores que no tengan registrados sus datos para transferencia en nuestra base de datos lo pueden realizar enviando un correo electrónico a *cheryl.moreno@redsalud.gob.cl.
DEL LUGAR Y HORARIO EN QUE SE PRESTARÁN LOS SERVICIOS:
Los servicios serán prestados en los pabellones quirúrgicos del Hospital Las Higueras, en Avenida Alto Horno N° 777 Las Higueras Talcahuano, en los horarios y días que el hospital requiera de sus servicios, referencialmente desde las 08:00 horas.
SANCIONES/ MULTAS.
servicios, respectivo o si lo cumple en forma deficiente o tardía (en lo que dice relación con la prestación ininterrumpida de los servicios) el Hospital Las Higueras de Talcahuano cobrará una multa. Consecuentemente, la multa corresponderá a la sanción que se aplica por incumplimiento del contrato de prestación de servicios, que no constituya causal de término de este, lo que se determinará de acuerdo con la gravedad de la infracción.
Según lo dispuesto en las Bases Administrativas y detalles entregados en su oferta, el Hospital Las Higueras cobrará una multa, en U.F. equivalente en pesos del día y mes que se originó la infracción, esto, en los siguientes casos:
Se aplicará al adjudicado una multa de 2 U.F., cuyo cobro se solicitará en el siguiente caso:
Cuando el adjudicado no presente a los técnicos de nivel superior en enfermería y enfermeros/as de apoyo en las intervenciones agendadas o rechace realizar el servicio solicitado por la unidad requirente. Dicho incumplimiento deberá ser informado por la Jefe del C.C. Pabellón, Anestesia y Post Operados, o quien le subrogue o reemplace.
Se aplicará al adjudicado una multa de 1 U.F., cuyo cobro se solicitará en el siguiente caso:
Cuando el staff de Técnicos de nivel superior en enfermería y enfermeros/as presentados por el adjudicado no cumpla con alguna de las obligaciones indicadas en el punto 4 de las bases, en el párrafo: Serán obligaciones del oferente adjudicado, las siguientes. Dicho incumplimiento deberá ser informado por la Jefe del C.C. Pabellón, Anestesia y Post Operados, o quien le subrogue o reemplace.
Cuando el staff de Técnicos de nivel superior en enfermería y enfermeros/as presentados por el adjudicado confirme la asistencia para realizar el turno y participar en las intervenciones que requieran de sus servicios o se presente, después de la hora requerida. Dicho incumplimiento deberá ser informado por la Jefe del C.C. Pabellón, Anestesia y Post Operados, o quien le subrogue o reemplace.
No se pagará la prestación.
Cuando el prestador que ejecuta el turno no figura en Formulario N°5 y tampoco se haya solicitado previamente la autorización de la supervisora del contrato de la incorporación de un nuevo integrante a través de la solicitud de incorporación (anexo 1). Dicho incumplimiento deberá ser informado por la jefa del Área de Gestión Documental, o quien le subrogue o reemplace.
En caso de que el adjudicado sea una unión temporal de proveedores, la multa se aplicará en relación con el prestador que origina la infracción y su obligación, a menos, que en su Declaración de Unión Temporal de Proveedores indique lo contrario.
PROCEDIMIENTO PARA APLICAR MULTAS.
La Jefatura indicada en el punto 30 de las presentes bases, o quien le subrogue o reemplace, deberá informar los incumplimientos en la prestación de los servicios por parte del adjudicado a Jefa del Área de Abastecimiento, o quien la subrogue o reemplace, con el fin de gestionar la notificación de la multa correspondiente.
En el caso de acreditarse una infracción por parte del contratante y que origine la aplicación de la multa correspondiente, el Área de Abastecimiento comunicará mediante oficio al proveedor en el domicilio indicado en el Formulario N°1, quien dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus descargos, a contar de la notificación de la carta certificada (se entiende notificada al tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda), debiendo presentar en Oficina de Partes del Hospital Las Higueras, ubicada en el primer piso del edificio administrativo, en Avenida Alto Horno N° 777, Las Higueras Talcahuano, un escrito indicando el ID del portal asociado a la propuesta, identificación del oferente y asunto “descargos”.
Transcurrido este plazo, si no presentara sus descargos, se entenderá aceptada la sanción interpuesta. En caso de presentarlos, éstos serán enviados con todos los antecedentes que el Hospital disponga y/o el adjudicado haya aportado, a la Directora del Establecimiento, o a quien ella designe, quien resolverá en un plazo de 30 días corridos contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente.
De acogerse los descargos presentados por el adjudicado, disponiendo la no aplicación de la multa, el adjudicado será debidamente notificado mediante oficio a su domicilio indicado en el contrato.
En el caso de resolver aplicar la multa, se procederá a dictar la resolución respectiva que resolverá la aplicación de ésta y su cuantía, el que será debidamente notificado a éste mediante su publicación en el Portal Mercado Público.
Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, el adjudicado podrá deducir en contra de la resolución que dispone la aplicación de multas, los recursos contemplados en la ley 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
ALTERNATIVAS PARA EL PAGO DE LA MULTA
Una vez que el proveedor sea notificado de la aplicación de la multa, existen las siguientes alternativas para su pago:
Pago directo del proveedor.
Una vez que el proveedor sea notificado de la aplicación de multa, deberá realizar el pago directo de la misma.
El proveedor, tendrá un plazo de 10 días hábiles a contar de la notificación de parte de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto de Hospital Las Higueras de Talcahuano, para proceder a efectuar el depósito a la cuenta corriente y datos indicados por el funcionario de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto de Hospital.
Una vez coordinado y recepcionado el depósito de parte del proveedor, la Unidad de Contabilidad y Presupuesto procede a resguardar la información y realizar la contabilización correspondiente.
Si dentro de 10 días hábiles desde la notificación de la aplicación de la multa, no ha realizado el pago de la sanción, el funcionario de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto procederá a realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
Cobro de garantía.
El cobro de la garantía se hará efectivo cuando no se realice la opción anterior, es decir, cuando el proveedor no opte por el pago directo, siempre y cuando la garantía se encuentre vigente.
Para confirmar la aplicación de multas a los proveedores, el encargado de atención de proveedores de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto será el responsable de dar aviso mediante correo electrónico al contacto informado por el proveedor en el Formulario N°1, sobre el cobro realizado para cualquiera de las 2 opciones, dentro de un plazo de 10 días hábiles a contar de la notificación a través de panel documental de Oficina de Partes del Hospital Las Higueras de Talcahuano.
CESIÓN DE DERECHOS Y/U OBLIGACIONES.
El contratante no podrá, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación pública, en especial los establecidos en el contrato de prestación de servicios definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, conforme a lo establecido en el punto número 37 de las presentes Bases Administrativas. Los documentos justificativos de los créditos, en favor del adjudicado, para el pago de los servicios contratados, serán transferibles de acuerdo con las reglas del derecho común.
DE LA SUBCONTRATACIÓN
El adjudicado podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, cuyo porcentaje no podrá superar el 30%, y siempre que el prestador se encuentre impedido de otorgar el servicio y que se trate de prestadores de igual idoneidad técnica del adjudicado, esto, previa autorización escrita de parte de la Dirección del Hospital, y sin perjuicio de que la responsabilidad que se origine por el incumplimiento en la prestación de los servicios subsistirá en el adjudicado. Sin embargo, no podrá subcontratar médicos y no médicos, sancionados con medidas disciplinarias de suspensión o destitución, por el período en que se encuentra vigente la sanción.
Se establece, que el responsable por incumplimientos o faltas siempre será el adjudicado.
SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Cualquier dificultad o conflicto que se produjere durante el proceso de adjudicación, en la interpretación, aplicación y ejecución de las presentes Bases Administrativas o Especificaciones Técnicas contenidas en ellas, o si durante la ejecución del contrato se presentara cualquier desacuerdo entre las partes, el Referente Técnico en conjunto con el Área de Abastecimiento presentarán los antecedentes a la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital Las Higueras, quienes presentarán a la Directora un informe en derecho, el que será sometido a su consideración.
VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato de prestación de servicios "Apoyo Técnico y Profesional" para realizar turnos, participando en intervenciones quirúrgicas preferentemente, en pacientes derivados desde pensionado del Hospital Las Higueras, tendrá una vigencia de 12 meses, siempre que exista autorización y disponibilidad presupuestaria o hasta que se presten la totalidad de los servicios adjudicados.
Si al término de la vigencia del contrato, existiera presupuesto adjudicado disponible, se podrá realizar de mutuo acuerdo con el proveedor adjudicado, la ampliación de este, en las mismas condiciones en las que fue celebrado hasta que sea agotado completamente.
Dicho contrato podrá ser renovado, previo acuerdo de las partes, por un monto que en conjunto con el contrato original no exceda las 10.000 UTM, esto, por igual o menor periodo, en el evento de ser necesario para una adecuada marcha del establecimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 del DS Nº 250 de 2004, previa evaluación y resolución fundada de este y la existencia de la disponibilidad presupuestaria para dicho período; en todo caso, el precio a cobrar en el período de renovación será el mismo de la oferta original.
Lo anterior, siempre y cuando exista razones fundadas por parte del Supervisor del Convenio, mediante informe técnico enviado al Área de Abastecimiento.
REFERENTE TECNICO.
La enfermera supervisora del C.C. Pabellón, Anestesia y Post Operados, o quien le subrogue o reemplace, será el responsable de:
Entregar las especificaciones técnicas con los requerimientos necesarios para la elaboración de las bases administrativas, aclarando las dudas generadas por parte del licitante, durante la preparación de éstas.
Una vez publicada la licitación en el portal, responder las consultas técnicas presentadas por el o los oferentes, a través de Foro de Consulta.
Una vez cerrada la licitación, revisar, técnicamente, las ofertas recibidas, en base a las especificaciones técnicas entregadas inicialmente.
Participar en conjunto con el Área de Abastecimiento en la solución de controversias, de acuerdo con el punto 33 de las Bases Administrativas.
SUPERVISOR DEL CONTRATO
El jefe del C.C. Pabellón, Anestesia y Post Operados, o quien lo subrogue o reemplace legalmente, una vez adjudicado el servicio, será el responsable del cumplimiento de los requerimientos y disposiciones indicados en las Bases Administrativas y de las condiciones ofertadas por el adjudicado. Así también, y en paralelo con la jefa del Área de Gestión Documental, o quien le subrogue o reemplace legalmente, serán encargadas de validar las prestaciones, reportar al Área de Abastecimiento en el caso de incumplimientos en la prestación de los servicios por parte del adjudicado, para la aplicación de multas o término anticipado del contrato, según corresponda.
Como Supervisor del Contrato, la jefe del C.C. Pabellón, Anestesia y Post Operados, o quien le subrogue o reemplace, será el responsable de solicitar, con a lo menos cuatro meses de anticipación, la renovación de la contratación, adjuntando informe técnico fundado para ello, o para un nuevo proceso licitatorio. Ambos casos, de ser necesario dar continuidad del servicio.
TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la ley N° 19.886, y el artículo 77 del Reglamento de la citada ley, el Hospital pondrá término anticipado al contrato fundado en alguna de las siguientes causales:
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave lo siguiente:
La aplicación al adjudicado de 4 multas en un periodo de seis meses.
En todos aquellos casos en que el adjudicado supere los topes establecidos y la multa máxima a aplicar, en alguna de las situaciones indicadas en el punto 30 Sanciones y Multas, de las presente bases.
El incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en el punto 25 de las presentes Bases Administrativas.
Subcontratación total.
Subcontratación parcial, sin autorización previa de la Directora.
Cuando el profesional que realiza el servicio esté inhabilitado por alguna de las causales contempladas en la normativa o en el capítulo VII de la ley 19.886 y su ley modificada 21.634, articulo N°35 quáter, esto, durante toda la vigencia del contrato, a menos que exista alguna circunstancia excepcional respaldado por un Informe fundado que autorice su participación bajo la modalidad de compra de servicios.
Procede también término anticipado del contrato, a aquel oferente adjudicado que haya participado bajo el artículo 67 bis del reglamento, según las siguientes causales:
La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores – UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar Ia libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a Ia Fiscalía Nacional Económica.
Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en Ia medida que la Unión Temporal de Proveedores – UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
Si uno de los integrantes de Ia UTP se retira de ésta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
Disolución de la Unión Temporal de Proveedores – UTP.
En el caso previsto en el inciso segundo del artículo 33 de la ley N°21.595, de Delitos Económicos.
Estado de notoria insolvencia del adjudicado, a menos que mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial, de los establecidos en el contrato definitivo, sin autorización del hospital.
Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
En caso de acreditarse incumplimiento del contrato de suministro, que origine el término anticipado de contrato, el Área de Abastecimiento comunicará mediante oficio al proveedor en el domicilio indicado en el contrato, quien tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentar sus descargos, a contar de la notificación de la carta certificada (se entiende notificada al tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda), debiendo presentar en Oficina de Partes del Hospital Las Higueras, ubicada en el primer piso del edificio administrativo, en Avenida Alto Horno N° 777, Las Higueras Talcahuano, un escrito indicando el ID del portal asociado a la propuesta, identificación del oferente y asunto “descargos”.
Transcurrido este plazo, si no presentara sus descargos, se entenderá aceptado el término anticipado de contrato. En caso de presentarlos, éstos serán enviados con todos los antecedentes que el Hospital disponga y/o el contratante haya aportado, a la Directora del Establecimiento, o a quien ella designe, quien resolverá en un plazo de 30 días corridos contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos.
De acoger o rechazar los descargos presentados por el contratante, éste será debidamente notificado mediante oficio a su domicilio indicado en el contrato.
En el caso de resolver el término anticipado del contrato, se procederá a dictar la resolución respectiva, el que será debidamente notificado a éste mediante su publicación en el Portal Mercado Público.
Con excepción de las causales contempladas en las letras g) y h), la resolución que ponga término anticipado al contrato dispondrá además el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna y sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del contratante, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la garantía referida.
Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, el contratante podrá deducir en contra de la resolución que ponga término anticipado al contrato de servicios, los recursos contemplados en la ley 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Si el término anticipado del contrato obedece a uno de los puntos consignados en las causales de las letras g) y h), sólo, se dictará el acto administrativo respectivo que dispondrá el término anticipado del contrato.
ASPECTOS POR CONSIDERAR EN LA PRESENTACION DE LA OFERTA
En comprobante de oferta de la ficha del portal Mercado Público deberá consignar el valor del total del presupuesto de esta licitación ($271.000.000.-) y en Formulario N°6 “Oferta Económica” deberá consignar valor unitario, por línea.
Los precios se deberán cotizar en moneda nacional.
OBLIGACIONES LEGALES DEL ADJUDICADO
El adjudicado queda especialmente sujeto a las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo y a la legislación complementaria de éste, en las relaciones que mantenga con sus trabajadores, en especial a las normas relativas a Seguridad Social y a la normativa legal y reglamentaria que rija el funcionamiento del Hospital Higueras.
Otras obligaciones del Adjudicado:
El adjudicado deberá dar cumplimiento a las obligaciones contractuales y previsionales respecto a sus trabajadores.
En la valorización de los servicios se deberá considerar los salarios, leyes sociales, seguros, implementos de seguridad, transportes materiales, equipos y, en general, todos los gastos inherentes a las características de los servicios a prestar.
TÉNGASE presente que los documentos singularizados en el numerando primero, esto es, Bases Administrativas y Formularios, forman parte integrante de la presente Resolución, para todos los efectos correspondientes. Los formularios son los siguientes:
FORMULARIO N°1
IDENTIFICACION DEL OFERENTE
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE “APOYO TÉCNICO Y PROFESIONAL” PARA REALIZAR TURNOS, PARTICIPANDO EN INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS PREFERENTEMENTE, EN PACIENTES DERIVADOS DESDE PENSIONADO DE HOSPITAL LAS HIGUERAS”
PERSONA JURIDICA
1.- NOMBRE DEL OFERENTE (RAZON SOCIAL) :
2.- RUT. DEL OFERENTE (DE LA EMPRESA) :
3.- DIRECCION COMERCIAL :
4.- CIUDAD :
5.- FONO EMPRESA :
6.- NOMBRE COMPLETO REPR. LEGAL :
7.- DIRECCION REPR. LEGAL :
8.- FONO REPR. LEGAL :
9.- RUT. REPRESENTANTE LEGAL :
10.- CORREO ELECTRÓNICO :
____________________
Firma representante legal
Talcahuano, ¬__________________________, 2024
PERSONA NATURAL
1.- NOMBRE DEL OFERENTE (Nombre y apellidos) :
2.- RUT (Cédula de Identidad) :
3.- PROFESION U OFICIO :
5.- DIRECCION :
6.- FONO :
7.- CORREO ELECTRÓNICO :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ¬__________________________, 2024
FORMULARIO N°2
DECLARACION JURADA DE INHABILIDAD
PERSONA NATURAL O PERSONA JURIDICA
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE “APOYO TÉCNICO Y PROFESIONAL” PARA REALIZAR TURNOS, PARTICIPANDO EN INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS PREFERENTEMENTE, EN PACIENTES DERIVADOS DESDE PENSIONADO DE HOSPITAL LAS HIGUERAS”
No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contempladas en artículo 4°, inciso sexto, de la ley N°19.886 y artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada,
Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N°19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
Declaro que toda la información ingresada en este formulario es veraz, completa, verificable y se encuentra actualizada. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Talcahuano, ________________________________, 2024
NOTA:
1. Todos los datos solicitados deben ser completados debidamente por el oferente.
2. En el caso de UTP, este anexo deberá ser completado por cada uno de los integrantes de la misma.
FORMULARIO N°3
DATOS DE CONTACTO
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE “APOYO TÉCNICO Y PROFESIONAL” PARA REALIZAR TURNOS, PARTICIPANDO EN INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS PREFERENTEMENTE, EN PACIENTES DERIVADOS DESDE PENSIONADO DE HOSPITAL LAS HIGUERAS”
El oferente deberá indicar en este formulario los siguientes datos de contacto, para coordinar la prestación de los servicios licitados.
Nombre de contacto ______________________________________________
Correo electrónico ________________________________________________
N°de teléfono ____________________________________________________
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________________, 2024
FORMULARIO N°4
CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE “APOYO TÉCNICO Y PROFESIONAL” PARA REALIZAR TURNOS, PARTICIPANDO EN INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS PREFERENTEMENTE, EN PACIENTES DERIVADOS DESDE PENSIONADO DE HOSPITAL LAS HIGUERAS”.
El compareciente, en su calidad de representante legal del proponente, declara bajo juramento que:
Programa de integridad SI NO
Cuenta con programa de integridad y difusión a su personal.
NOMBRE DE LA EMPRESA :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL :
__________________________
Firma
Talcahuano, ¬_________________________, 2024
FORMULARIO N°5
DATOS DEL PRESTADOR
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE “APOYO TÉCNICO Y PROFESIONAL” PARA REALIZAR TURNOS, PARTICIPANDO EN INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS PREFERENTEMENTE, EN PACIENTES DERIVADOS DESDE PENSIONADO DE HOSPITAL LAS HIGUERAS”
Nombre del Prestador Cédula Identidad Profesión (Técnico de Nivel Superior en Enfermería/ Enfermero/a) N° Registro Superintendencia de Salud
NOM BRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________________, 2024
FORMULARIO N°6
OFERTA ECONÓMICA
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE “APOYO TÉCNICO Y PROFESIONAL” PARA REALIZAR TURNOS, PARTICIPANDO EN INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS PREFERENTEMENTE, EN PACIENTES DERIVADOS DESDE PENSIONADO DE HOSPITAL LAS HIGUERAS”
El valor estipulado en el presente formulario deberá coincidir con lo consignado en el Comprobante de oferta en mercado público.
Líneas Código Interno Abex Nombre del requerimiento Valor Hora
1 110-0011 SERVICIOS DE TÉCNICOS DE NIVEL SUPERIOR EN ENFERMERÍA
2 110-0008 SERVICIOS PROFESIONALES DE ENFERMERÍA
MARCAR CON UNA “X” SI SUS VALORES SON
EXENTOS DE I.V.A. AFECTOS A I.V.A.
Observaciones:
En comprobante de oferta de la ficha del portal Mercado Público deberá consignar el valor del total del presupuesto de esta licitación ($271.000.000.-) y en el presente Formulario N°6 “Oferta Económica” deberá consignar valor unitario, por línea.
El oferente que no presente el Formulario “Oferta Económica”, o no complete o presentación incompleta, a más tardar al cierre de la presentación de las ofertas, esto es, el día undécimo contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas en el Portal Mercado Público, su oferta será declarada “Inadmisible”.
El oferente que consigne en este formulario o en comprobante de oferta en el portal mercado público, un valor hora mayor al establecido en el punto 6 de las bases administrativas, su oferta será declarada “Inadmisible”.
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL :
__________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________________, 2024
Anexo 1:
SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE INCORPORACIÓN
Fecha de emisión
Nombre de Representante
Nombre del adjudicado (Natural o Jurídica)
Rut del adjudicado (Natural o Jurídica)
Solicita a través de este medio, autorización para agregar al (los) siguiente (es) prestador (es) al staff de prestadores informados en nuestra oferta adjunta a licitación ID __________________________:
Nombre del prestador a incorporar Cédula Identidad Registro SIS Sociedad a la que se incorpora
El prestador incorporado, deberá cumplir con las mismas o mayores exigencias de evaluación que los prestadores indicados por el oferente adjudicado, a través del Formulario N°5)
Por lo tanto, deberá adjuntar:
_____ Documento que acredite a lo menos las mismas competencias acreditadas a través del proceso de evaluación, esto implica, cumplir a los menos con el puntaje de los mismos tramos acreditados por el prestador adjudicado, si correspondiere (evaluable). Solo se considerarán los documentos emitidos, previos a la fecha de incorporación.
____ Certificado extendido por la Superintendencia de Salud, que registre su título de técnico de nivel superior en enfermería y/o enfermero/a, según corresponda. Esto, del prestador a incorporar.
Observaciones:
Cuando la propuesta se la adjudique una unión temporal de proveedores y esté conformada solo por personas naturales, no será posible incorporar nuevos prestadores. Solo podrán incorporar o cambiar prestadores, aquellos oferentes que sean personas jurídicas.
Observación:
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Anexo 2
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE “APOYO TÉCNICO Y PROFESIONAL” PARA REALIZAR TURNOS, PARTICIPANDO EN INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS PREFERENTEMENTE, EN PACIENTES DERIVADOS DESDE PENSIONADO DE HOSPITAL LAS HIGUERAS
FECHA DE LA PRESTACIÓN DATOS DEL PRESTADOR HORARIO TOTAL HORAS DATOS DEL PACIENTE PACIENTE
TÉCNICOS DE NIVEL SUPERIOR EN ENFERMERÍA ENFEMERO/A RUT
PABELLONERA RUT ARSENALERA RUT AUX. ANESTESIA RUT HORA INGRESO HORA DE ENTRADA POST NOMBRES RUT (Pensionado/ paciente atendido por el hospital)
Nota: se deberá adjuntar al anexo 2 el reporte del sistema de reloj control BioEmach.