BASES ADMINISTRATIVAS
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA”
- GENERALIDADES
- OBJETIVO
Las presentes Bases Administrativas y documentación anexada al portal Mercado Público, tiene por objeto regular los procesos de Licitación Pública: Apertura, Evaluación, Adjudicación, Ejecución, Recepción y Puesta en Marcha del contrato respectivo, motivo de la presente licitación.
- DEFINICIONES
Nos remitimos en este punto a las definiciones previamente dadas por la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos y Suministro de Prestación de Servicios y su reglamento.
- LICITACIÓN
- TIPO DE LICITACIÓN
La presente licitación pública se realizará en una sola etapa, para lo cual los oferentes deberán presentar en un mismo acto la Oferta Técnica, Oferta Económica y Antecedentes Administrativos, a través del sistema de información.
Cada una de las ofertas presentadas en la plataforma Mercado Público, deberá estar respaldada por su correspondiente Garantía de Seriedad de la Oferta, según lo establecido en los puntos 9.4 y 10 de las presentes Bases Administrativas.
Las ofertas estarán sujetas a un proceso de evaluación, a partir del cual se determinará el oferente adjudicado. Por lo que el oferente que ofrezca la alternativa más conveniente, según los criterios de evaluación establecidos en las Bases Administrativas, resultará adjudicado.
- REQUERIMIENTO DE SERVICIOS
Las presentes Bases Administrativas, tienen por objetivo la contratación de servicios de Oxigenoterapia domiciliaria, de acuerdo a especificaciones técnicas.
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Ítem
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Código Abex
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Servicios
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1
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081 – 0008
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Servicios de oxigenoterapia domiciliaria
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2
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081 – 0010
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Servicios adicionales
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El oferente que participe de la propuesta deberá ofertar a todas las líneas licitadas, debido a que su oferta será evaluada en forma global. El oferente que en su conjunto ofrezca la alternativa más conveniente para los intereses del hospital, resultará adjudicado.
Los servicios de oxigenoterapia domiciliaria, una vez ejecutados serán recepcionados por el jefe médico de la Unidad de Alivio del dolor y cuidados paliativos o quien lo subrogue o reemplace, quien velará porque estos se hayan ejecutado correctamente y de acuerdo a lo licitado.
El tiempo de respuesta ante la llamada de solicitud de suministros no podrá ser mayor a 12 horas, incluyendo sábados, domingos y festivos.
Se prestarán los servicios cuando sean requeridos por la Unidad requirente durante la vigencia del contrato.
Las propuestas no podrán alterar las condiciones de las presentes Bases, ni contener exigencias, limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, tales como: condiciones para su adjudicación, montos mínimos de servicios. La sola mención en la oferta presentada, de alguna de las circunstancias señaladas será causal suficiente para desestimarla y declararla inadmisible conforme a los establecido en el punto N°13 de las presentes Bases Administrativas.
A la época de presentación de la oferta en Portal Mercado Público, los oferentes deberán presentar todos los antecedentes y formularios, los que deberán ser anexados a las respectivas ofertas presentadas, en Formato: PDF, procesador de Texto Word, hoja de Cálculo Excel u otro formato legible. Todos los anexos deben venir en idioma español, debidamente firmado si correspondiere.
- CONTACTO PARA LA LICITACIÓN
Las comunicaciones y contactos durante el proceso de licitación se efectuarán a través de foro del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y al que se accederá ingresando al ID asignado a la presente licitación.
- ETAPAS Y PLAZOS DEL PORTAL MERCADO PÚBLICO
Los plazos y etapas serán los señalados en el Portal Mercado Público y en las presentes Bases Administrativas, para la presentación de las ofertas.
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ETAPAS
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PLAZOS
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Fecha de Publicación
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Máximo 10 días a partir de la total tramitación de la resolución aprobatoria de las presentes Bases Administrativas, o el día hábil siguiente, hasta las 15:00 horas.
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Fecha de Cierre de Recepción de Ofertas
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El día undécimo, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas. Si el último día fuere inhábil, el plazo vencerá al día siguiente hábil a las 15:00 horas.
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Fecha de Apertura Técnica y Económica
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El día undécimo del plazo establecido para presentar ofertas, a las 15:01 horas.
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Fecha Inicio de Preguntas
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A partir del día y hora de la publicación de las Bases Administrativas.
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Fecha Final de Preguntas
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Hasta el día quinto, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
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Fecha de Publicación de Respuestas
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Desde el primer al octavo día, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
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Plazo de Evaluación de las Ofertas
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Desde el primer hasta el vigésimo, contado desde la fecha y hora de Apertura Técnica y Económica.
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Fecha de Adjudicación
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Desde el primero al décimo día, contado desde la fecha y hora de Apertura Técnica y Económica.
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Fecha de Firma de Contrato.
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Hasta el día trigésimo, a contar del día siguiente a la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación.
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- MODIFICACIONES DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN
La Unidad Técnica podrá efectuar, aclaraciones y/o alcances a las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y demás documentos de la propuesta, antes de la recepción de las ofertas, y hasta el día de la fecha indicada en el Calendario de la Licitación como fecha de publicación de respuestas.
Las aclaraciones y/o alcances podrán o no, dar origen a una ampliación del plazo de presentación de las ofertas, según sea su naturaleza y entidad, todo ello de acuerdo con lo que resuelva el Hospital Las Higueras de Talcahuano. De verificarse una ampliación, ella será dada a conocer a todos los oferentes mediante una aclaración a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras.
Las consultas que los proponentes deseen formular para la presentación de la propuesta deberán efectuarse a través del Sistema de Información, conforme a lo establecido en el Calendario de la Licitación de las presentes Bases Administrativas, en el período señalado en Etapas y Plazos de la ficha del portal Mercado Público haciendo referencia explícita al punto de las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y documentos que la integran y que motiva la consulta. Las respuestas serán también publicadas en el Sistema de Información, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación.
Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de las Bases Administrativas y del contrato de suministro para todos los efectos legales.
El Hospital Las Higueras de Talcahuano deberá publicar todos los antecedentes relacionados con la propuesta de que se trate, así como informar oportunamente respecto a la actualización de aquellos antecedentes que hayan sido modificados o aclarados.
Contestadas las consultas, efectuadas las aclaraciones, se supone plena comprensión de las presentes Bases Administrativas y documentos que integran la propuesta, en cuyo caso se considerará una ampliación del plazo de presentación de las ofertas.
Las modificaciones que pudieran realizarse por efectos de aclaraciones que se realicen en este periodo deberán ser aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo.
No se dará respuesta a las consultas verbales, telefónicas o efectuadas fuera de plazo o en forma distinta a la indicada anteriormente.
- DATOS BÁSICOS DE LA LICITACIÓN
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ETAPAS
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En una sola etapa
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PRESUPUESTO REFERENCIAL
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$200.000.000.- (doscientos millones de pesos) IVA incluido, para un periodo de 24 meses. La cantidad mencionada no será obligatoria para la entidad licitante, y dependerá exclusivamente de los servicios solicitados, por lo que ningún oferente podrá exigir el cumplimiento de esta referencia económica.
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PARTICIPANTES
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Podrán participar en la presente propuesta, todas aquellas personas naturales y/o jurídicas, chilenas o extranjeras que cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases Administrativas, lo que deberá ser acreditado en su oportunidad, con la documentación correspondiente.
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CÓMPUTO DE LOS PLAZOS
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Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se señalen plazos de días hábiles, los cuales se refieren a hábiles administrativos, esto es de lunes a viernes. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence el día hábil siguiente
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COMUNICACIÓN CON EL HOSPITAL LAS HIGUERAS DE TALCAHUANO
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Exclusivamente a través del Portal Mercado Público.
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- PRESENTACIÓN OFERTAS
Todo proponente u oferente interesado en presentar su oferta, deberá estudiar cuidadosamente las Bases Administrativas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el costo del servicio ofertado, tales como permisos y licencias que deben obtenerse, leyes o reglamentos que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del oferente, será a su propio riesgo y sólo él será el responsable de los errores u omisiones en que incurra.
El oferente que participe en la licitación acepta todas las condiciones de ésta.
A la época de presentación de la oferta, el oferente deberá presentar todos los antecedentes y formularios, los que deberán ser anexado a las respectivas ofertas presentadas, en formato digitales utilizando para este efecto Word (como procesador de textos) e imágenes digitalizadas en formato PDF, todos los anexos deben venir en idioma español, debidamente firmado si correspondiere.
Los oferentes no deberán estar afectos a alguna de las inhabilidades contempladas en los artículos 33 de la ley N°21.595; 8 y 10 de la ley N°20.393 y 35 quáter de la ley N°19.886, en caso contrario, su oferta será declarada inadmisible. En este último caso, salvo, las circunstancias excepcionales indicadas en la mencionada Ley, en cuyo caso el contrato deberá hacerse por resolución fundada.
En el caso de que dos o más oferentes se unan para el efecto de participar en el presente proceso licitatorio, deberán sujetarse a lo dispuesto en el artículo 67 bis del DS N°250 de 2004, que Aprueba el Reglamento de la ley 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Los proveedores que oferten bajo el artículo 67 bis del DS N°250 de 2004, deberán ingresar un documento que declara dicha unión, nombrando un apoderado.
Para la presente licitación pública, los documentos requeridos serán los siguientes:
9.1. Antecedentes Administrativos
- Inadmisible).
- dispuesto en el artículo 4 de la Ley 19.886. En el caso de postular como Unión Temporal de Proveedores, cada uno de sus integrantes deberán presentar firmado el referido formulario. Esto, a más tardar en el plazo del Foro Inverso, esto es, dentro de las 24 horas de la notificación de la consulta (Inadmisible).
- Inadmisible).
- Ø Formulario Nº4: Cumplimiento Programa de Integridad (Evaluable).
9.2. Antecedentes Técnicos
- Ø Formulario N°5: Experiencia del oferente. (Evaluable).
- Ø Formulario Nº6: Tiempo de respuesta. (Inadmisible).
- (Inadmisible).
- (Inadmisible).
9.3. Antecedentes Económicos
9.4. Entrega de Antecedentes Físicos
- deberán entregarse en sobre cerrado y caratulado con el ID, nombre del oferente y nombre de la propuesta a que se refiere en Oficina de Partes del Hospital Las Higueras, ubicada en Avenida Alto Horno Nº777, Las Higueras Talcahuano, de lunes a viernes de 08:30 a 15:00 horas. Horario continuado.
- . La no presentación oportuna de esta garantía, tendrá como consecuencia que la oferta sea declarada inadmisible y no será considerada. Lo mismo ocurrirá, si de la revisión de los antecedentes presentados por cada oferente, se detectare documentación adulterada.
- la cual deberá ajustarse a lo dispuesto en la ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma; en el caso de que el oferente estime necesario realizar la entrega de ésta a través de oficina de partes, deberá cumplir con la misma forma de presentación que las garantías otorgadas de manera física.
- GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA
Los oferentes deberán entregar PARA CADA OFERTA una garantía de seriedad de la oferta, tomada por él o por un tercero, a nombre del Hospital Las Higueras la que deberá tener las siguientes características:
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Tipo de documento
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Cualquier documento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, y que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 31 del DS. N°250 de 2004 (pagadera a la vista y de carácter irrevocable).
En los casos en que se otorgue la garantía de manera electrónica, ésta deberá ajustarse a lo dispuesto en la ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Ésta deberá ser adjuntada dentro de la propuesta que realice el oferente a través de Mercado Publico hasta el día y hora de cierre de la propuesta, esto es, el undécimo día contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
La Garantía contratada no podrá contener cláusulas de arbitraje para la resolución de conflictos entre las partes y la entidad aseguradora.
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Beneficiario
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Hospital Las Higueras.
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Rut del Beneficiario
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61.607.202-1
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Pagadera
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A la vista y de carácter irrevocable.
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Vigencia
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Mínimo desde la fecha de cierre de recepción de ofertas hasta 150 días desde el día siguiente de la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
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Expresada en
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Pesos Chilenos o UF, en el caso de este último, se deberá consignar su equivalencia en pesos.
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Monto
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$ 1.000.000.-
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Glosa
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Para garantizar la seriedad de la oferta para el “Contratación de servicios de Oxigenoterapia domiciliaria”. En el caso de vale vista, la glosa debe ser indicada al reverso o adjuntando documento que así lo indique.
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Oportunidad y forma de devolución
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A los proveedores no adjudicados, les será devuelta la garantía de seriedad de la oferta vía correo certificado al domicilio señalado en la oferta, dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la firma del contrato.
Tratándose de documentos que se otorguen de manera electrónica, éstos serán devueltos al proveedor correspondiente dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la firma del contrato, en la forma que el proveedor indique.
Al proveedor adjudicado se le canjeará dicha garantía por la garantía de fiel cumplimiento del contrato una vez firmado el contrato.
En el caso de declarase desierta la licitación o inadmisibles las ofertas, el plazo de restitución de la garantía de seriedad de la oferta deberá contarse desde la notificación de la resolución respectiva dentro los 10 días siguientes a la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución que declara desierta la licitación.
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La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva, unilateralmente, ipso facto, de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial alguna, por el Hospital Las Higueras una vez tramitada la resolución correspondiente en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario retira su oferta o, desiste de ella dentro del periodo de validez de la misma.
b) Si el oferente adjudicado, no hace entrega oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato exigida en el punto N°20 o de la documentación exigida en el punto N°21 de las presentes bases, esto es dentro del plazo 15 días corridos contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación, o no concurre a la firma de contrato dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación.
En estos casos, el Hospital Las Higueras podrá readjudicar los servicios licitados, al segundo proveedor mejor evaluado.
En caso de no existir una segunda propuesta admisible, se procederá a dejar sin efecto la adjudicación.
- VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez mínima de 150 días, contados desde la fecha de publicación de las presentes Bases Administrativas que regulan el llamado a licitación pública. Si dentro de ese plazo no resulta posible al Hospital Las Higueras efectuar la adjudicación, éste podrá solicitar a los proponentes la prórroga de las ofertas antes de su expiración, a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas.
En tal caso deberá extenderse una nueva garantía de seriedad de la oferta, con una vigencia de 150 días, contados desde la fecha de la solicitud.
Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en el proceso de evaluación y adjudicación.
III. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA
- ACTO DE APERTURA
La apertura se realizará en forma electrónica a través de la plataforma del Mercado Público, en la fecha y hora establecida en el calendario de plazos de la presente licitación, esto es el día undécimo, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
El Hospital Las Higueras adjudicará la presente licitación, a quien presente la oferta que haya obtenido el más alto porcentaje, de acuerdo a la evaluación realizada de forma global; asimismo, declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas. A su vez, podrá declarar desierta la licitación, por no convenir a los intereses institucionales, ya sea por lo elevado del precio ofertado o por alguna razón fundada, declarará inadmisibles las ofertas por no cumplir los oferentes con los requisitos establecidos en estas Bases.
- INADMISIBILIDAD DE LA OFERTA
13.1 La oferta se declarará inadmisible en los siguientes casos:
- Cuando la oferta no se encuentre expresado en moneda nacional (pesos).
- La NO presentación de la garantía de seriedad de la oferta otorgada de manera física, en Oficina de Partes del Hospital Las Higueras, dentro del plazo establecido al efecto, esto es, el día de cierre de recepción de las ofertas, el undécimo día, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas en el Portal Mercado Público. (Punto 9.4 Entrega de Antecedentes Físicos).
- undécimo día, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas en el Portal Mercado Público. (Punto 10 Garantía de Seriedad de la Oferta).
- Garantía de Seriedad de la Oferta con errores en su emisión, según lo establecido en el punto N°10 de las presentes Bases Administrativas.
La declaración de inadmisibilidad de la oferta se traducirá en el rechazo de ésta, a través del sistema de información.
13.2 La oferta se declarará inadmisible también en los siguientes casos:
- La omisión a más tardar dentro del plazo del foro inverso del Formulario N°1 y/o Formulario N°2 y/o Formulario N°3, esto es dentro de las 24 horas de notificada la consulta en el Portal Mercado Público.
- Cuando postulen como Unión Temporal de Proveedores y alguno de sus integrantes no presente, no complete o presentación incompleta el Formulario Nº2, a más tardar en el plazo del Foro Inverso, esto es, dentro de las 24 horas de la notificación de la consulta.
- Cuando la oferta no cumple con los requerimientos establecidos en punto N°4 y en las especificaciones técnicas de las presentes Bases Administrativas.
- undécimo día, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas, o si indica un tiempo de respuesta superior a 12 horas.
- , solicitado en Bases Administrativas, dentro del plazo establecido en las Bases Administrativas, esto es, el undécimo día, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
- día undécimo, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
- Si la propuesta altera las condiciones de las presentes Bases, o contiene exigencias, limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, tales como: condiciones para su adjudicación o montos mínimos de servicios.
- Cuando el oferente no posea la actividad o giro económico vigente, atingente al servicio licitado, a más tardar dentro del plazo de cierre, esto es el undécimo día, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas. Lo anterior, de acuerdo a Situación Tributaria de Terceros del Servicio de Impuestos Internos.
- Cuando al oferente le afecta alguna de las inhabilidades contempladas en los artículos 33 de la ley N°21.595; 8 y 10 de la ley N°20.393 y 35 quáter de la ley N°19.886. Siempre que no se den las situaciones de excepcionalidad contempladas en la Ley.
La declaración de inadmisibilidad significará que la oferta, no pasará a la etapa de evaluación.
El oferente se obliga a entregar antecedentes, documentos, instrumentos tributarios, certificados y demás exigidos por las bases administrativas, que se encuentren debidamente regularizados y válidos, por lo que el incumplimiento de lo anterior, traerá consigo el efecto de inadmisibilidad de la oferta y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente, esto último, sólo será procedente en cuanto importe la entrega de antecedentes que no se correspondan con la realidad y cuya entidad incida en la validez de la oferta.
- COMISIÓN DE APERTURA Y EVALUACIÓN
La apertura en el portal Mercado Público y la respectiva evaluación, calificación de las ofertas de manera administrativa, técnica y económica, estará a cargo de una Comisión de Apertura y Evaluación, la cual estará integrada por los siguientes profesionales del Hospital Las Higueras de Talcahuano:
- Subdirector Administrativo,
- Jefe Área de Finanzas,
- Jefa Área de Abastecimiento,
- Enfermera coordinadora de la Unidad Alivio del dolor y cuidados paliativos,
- Jefe médico de la Unidad de Alivio del dolor y cuidados paliativos,
- O quienes los subroguen o reemplacen legalmente.
En caso de considerarlo pertinente, la comisión podrá requerir asesoría de la Unidad Jurídica del Hospital Las Higueras de Talcahuano.
La Comisión de evaluación en conformidad a las atribuciones entregadas por el Hospital Las Higueras de acuerdo con el contenido de este capítulo y demás antecedentes de las presentes Bases Administrativas, tendrá las siguientes facultades:
a) Resolver dudas o discrepancias que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases Administrativas o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de estas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Las solicitudes de aclaraciones y sus respuestas se comunicarán a los demás oferentes, sólo para efectos que éstos tomen conocimientos de estas. El ejercicio de esta facultad no podrá implicar desequilibrios o incumplimiento del principio de igualdad de los oferentes y se orientará a proporcionar antecedentes para la adecuada evaluación y comprensión de las propuestas. Exceptuándose las situaciones descritas precedentemente, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión.
c) Solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Estos requerimientos se solicitarán por escrito a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras, debiendo el oferente dar respuesta en la misma forma, dentro del plazo señalado, esto es, dentro del plazo de evaluación de ofertas, 24 horas desde que se realiza la notificación a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras.
d) Podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
e) Revisará y estudiará la documentación solicitada, evaluará las ofertas, técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes.
f) De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de dos decimales, dicho empate deberá dirimirse en primer lugar a través del análisis del criterio “Precio de la Oferta, impuestos incluidos” (60%), en caso de persistir empate, en segundo lugar a través del criterio “Experiencia del Oferente” (20%), en caso de persistir empate en tercer lugar a través del criterio “Tiempo de respuesta” (15%), y en caso de persistir empate en cuarto lugar a través del criterio “Cumplimiento del Programa de Integridad” (3%). En caso de persistir el empate, a pesar de aplicar los criterios de desempate referidos, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.
g) Realizar un informe de análisis de precios de mercados, cuando se reciban 2 o menos ofertas, en procesos mayores a 1.000 UTM, el que debe ser parte del informe de adjudicación y ser publicado en el Portal.
h) Confeccionará un “Informe de Apertura y Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación.
i) Firmará el “Informe de Apertura y Evaluación”, mediante el cual propondrá la Sra. directora adjudicar o desestimar la propuesta, si de la evaluación se determina que no se ajusta a las necesidades del Hospital o excedieren de su presupuesto.
j) Suscribirán una declaración jurada en la que manifiesten expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre el proceso de contratación de que se trata, conforme con lo dispuesto en el artículo 35 quáter de la ley N°19.886.
- NOTAS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Para la evaluación de las ofertas la comisión de evaluación ponderará los factores de acuerdo con los porcentajes que se indican en las presentes Bases Administrativas y en la ficha técnica del portal Mercado Público, los que serán evaluados según puntaje y porcentaje. Dicho proceso estará considerado en el informe de evaluación.
Los criterios por evaluar serán los siguientes.
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Criterios de Evaluación
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Porcentajes
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Precio de la Oferta, impuestos incluidos
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60%
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Experiencia del Oferente
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20%
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Tiempo de respuesta
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15%
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Cumplimiento de Programa de Integridad
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3%
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Cumplimiento en la Presentación de Antecedentes
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2%
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Comportamiento Contractual Anterior
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Este criterio resta puntaje a aquellos proveedores que tienen un mal comportamiento contractual
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La evaluación de los criterios se realizará de la siguiente forma:
Precio de la Oferta, impuestos incluidos (60%)
El precio deberá estar expresado en moneda nacional (pesos), en el comprobante de ingreso presentado en el portal Mercado Público, dicho monto deberá contener el total de los ítems contenidos en dicho formulario, debiendo contemplar los gastos de flete y u otros gastos necesarios (para ser entregados en el Hospital Las Higueras de Talcahuano), el cual será sometido al ejercicio de evaluación una vez que se le hubiese agregado todos los impuestos correspondientes. (Según Formulario N°7).
La ponderación de la nota será la que resulte de aplicar la siguiente fórmula:
Línea 1 x (70%) + ∑ línea 2 x (30%)
La oferta que presente el menor precio, impuestos incluidos, se calificará con un cien (100), las demás ofertas tendrán su nota de acuerdo al porcentaje de cercanía a la oferta menor.
La ponderación de la nota será la que resulte de aplicar la siguiente fórmula:
Oferta Menor x 100 x 60%
Oferta Evaluada
Experiencia del oferente (20%)
Para la aplicación de este criterio, se considerarán subfactores y lo solicitado en Formulario Nº5. La ponderación de la nota será la que resulte de aplicar el 20% al puntaje obtenido, de acuerdo con los siguientes dos subfactores, que se detallan a continuación:
Para la aplicación de este subfactor, se realizará la asignación de puntajes, de acuerdo con la experiencia que presenten los oferentes en el servicio de oxigenoterapia domiciliaria, el puntaje se realizará de acuerdo con lo indicado en la siguiente tabla:
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Cantidad de contratos
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Puntaje
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Igual a 10 o más contratos de servicios de oxigenoterapia domiciliaria.
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100
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Mayor o igual a 7 y menor a 10 contratos de servicios de oxigenoterapia domiciliaria.
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70
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Mayor o igual a 5 y menor a 7 contratos de servicios de oxigenoterapia domiciliaria.
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40
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Mayor o igual a 3 y menor a 5 contratos de servicios de oxigenoterapia domiciliaria.
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20
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Menor a 3 contratos de servicios de oxigenoterapia domiciliaria.
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10
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No informa o no acredita contratos de servicios de oxigenoterapia domiciliaria.
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1
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Para la aplicación de este criterio, se sumarán los montos adjudicados netos, de los distintos contratos presentados, para finalmente realizar la asignación de puntajes de acuerdo con lo indicado en la siguiente tabla:
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Monto de los contratos
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Puntaje
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|
Contratos > = 5.000 UTM.
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100
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Contratos > = 2.000 y < 5.000 UTM.
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70
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Contratos > = 1.000 y < 2.000 UTM.
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50
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Contratos > = 100 y < 1.000 UTM.
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30
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Contratos inferiores a 100 UTM
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10
|
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No informa o no acredita contratos
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1
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La ponderación de la nota será la que resulte de aplicar el 20% al puntaje obtenido, de acuerdo con los siguientes dos subfactores que se detallan a continuación:
(Puntaje de cantidad de contratos x 60%) + (Puntaje de monto de los contratos x 40%)
Solo se considerará la experiencia previa a la fecha de publicación de las presentes bases administrativas y se considerará el valor de la UTM del mes de publicación de Bases Administrativas para el cálculo de este criterio. De igual forma no se considerará la experiencia mencionada en Formulario N°5, que no sea acreditada o respaldada.
Tiempo de respuesta (15%)
El tiempo respuesta al llamado de prestación de servicio será calificado según la siguiente tabla, considerando lo informado en el Formulario N°6.
La ponderación de la nota será la que resulte de aplicar el 15% al puntaje obtenido en la siguiente tabla.
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Tiempo de Respuesta
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Puntaje
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|
Respuesta al llamado de prestación de servicio es menor o igual a 4 horas
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100
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Respuesta al llamado de prestación de servicio mayor a 4 horas y menor o igual 6 horas.
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60
|
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Respuesta al llamado de prestación de servicio mayor a 6 horas y menor o igual 8 horas.
|
40
|
|
Respuesta al llamado de prestación de servicio mayor a 8 horas y menor o igual 10 horas.
|
20
|
|
Respuesta al llamado de prestación de servicio mayor a 10 horas y menor o igual 12 horas.
|
1
|
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Cuando la respuesta al llamado de prestación de servicio es mayor a 12 horas o no hace ingreso del Formulario N°6 “Tiempo de Respuesta”.
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Oferta Inadmisible
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Cumplimiento Programa de Integridad (3%)
El programa de integridad de una empresa u organización se entiende como un conjunto de instrumentos o herramientas que fomentan entre sus integrantes un comportamiento apegado a determinados valores que contribuyan a instalar estándares de integridad, fortaleciendo una conciencia ética que permita combatir la corrupción.
Para la aplicación de este criterio, se tomará como base la documentación presentada por el oferente a través de su propuesta, que respalda la existencia de programa/s de integridad en su empresa.
La ponderación de la nota será la que resulte de aplicar el 3% al puntaje obtenido en la siguiente tabla.
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Cumplimiento Programa de Integridad
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Puntaje
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El oferente, cuenta con programa de integridad y difusión a su personal.
|
100
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Si no adjunta Formulario Nº4 no completa o no acredita lo solicitado en este criterio.
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1
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El oferente deberá adjuntar copia del programa de integridad utilizado y acreditar, además, la difusión del mismo a su personal; para esto último, podrá presentar copia de correo corporativo de difusión, copia de participación de los trabajadores en charlas o capacitaciones o cualquier otro antecedente que permita acreditar su difusión.
Si los documentos adjuntos en su oferta no contienen la información necesaria para acreditar que cuenta con programas de integridad y fueron difundidos a su personal, serán desestimados y no serán considerados en la evaluación del criterio de “cumplimiento programa de integridad”.
Si no se acompañan los documentos dentro del plazo establecido para la recepción de ofertas, esto es, el día undécimo contado desde la fecha de publicación de la Bases Administrativas, así también, si los antecedentes tienen fecha posterior a la publicación de las presentes bases, el oferente obtendrá un punto en este criterio.
Cumplimiento en la Presentación de Antecedentes (2%)
Si el oferente ingresa al Portal Mercado Público tanto el Formulario N°1, N°2 y/o N°3 solicitados en punto 9.1 de “Presentación Ofertas” de las presentes Bases Administrativas, a más tardar el día y hora de cierre de recepción de ofertas de la presente licitación pública, será evaluada con 100 (cien) puntos.
Si un oferente omite uno o más de los Formularios antes mencionados o alguno de éstos tiene error de forma, la comisión de evaluación solicitará a través del Portal (foro inverso) el ingreso de los antecedentes omitidos o la corrección de éstos, dando un plazo de 24 horas desde que se realiza la notificación a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras, para subsanar, pudiendo optar a una nota de 1 (uno).
En caso que el oferente no responda dentro del nuevo plazo otorgado vía foro inverso y éste no ingrese o no subsane error de forma, en relación al Formulario N°1 y/o Formulario N°2 y/o Formulario N°3, la oferta será declarada inadmisible, ya que el oferente no cumple con los requerimientos establecidos en las Bases Administrativas, por lo que su oferta no pasará a la siguiente etapa de evaluación.
La ponderación de la nota será la que resulte de aplicar el 2% al puntaje obtenido de acuerdo a la siguiente tabla:
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Cumplimiento en la Presentación de Antecedentes
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Puntaje
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Ingresa Formulario N°1, N°2 y/o N°3 a más tardar el día y hora de cierre de recepción de las ofertas, esto es, el día undécimo, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
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100
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Ingresa documentos omitidos o subsana errores de forma dentro del nuevo plazo. (Formulario N°1, N°2 y/o N°3).
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1
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No ingresa Formulario N°1, N°2 y/o N°3, o no subsana errores de forma de éste, dentro del nuevo plazo otorgado (foro inverso)
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Oferta Inadmisible
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Comportamiento Contractual Anterior
Se asignará el descuento al puntaje total de cada oferta, de acuerdo a la nota asignada al oferente, correspondiente al comportamiento contractual base en Ficha de Proveedor, la cual se encuentra en el Registro Oficial de Mercado Público.
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Nota comportamiento base
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Descuento a puntaje total
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Igual a 5
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0
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Menor o igual a 4.99 y mayor o igual a 4
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2
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Menor o igual a 3.99 y mayor o igual a 3
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4
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Menor o igual a 2.99 y mayor o igual a 2
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6
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Menor o igual a 1.99
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8
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El mecanismo de asignación de puntaje, es el resultado de descontar el puntaje total a cada oferta. A modo de ejemplo, si un proveedor tiene un puntaje final de 80 y registra nota de 4.99, el puntaje final en cuestión sería:
Puntaje Final = 80 - 2
Puntaje Final = 78
IV. ADJUDICACIÓN Y CONTRATO
- RESOLUCIÓN DE LA PROPUESTA
a) El jefe del Área de Finanzas o quien lo subrogue, deberá firmar el “Certificado de Disponibilidad Presupuestaria”.
b) Posteriormente el Encargado de la Licitación procederá a la elaboración del Informe de Apertura y Evaluación y de la Resolución de Adjudicación.
c) El jefe Superior de la Institución mediante resolución administrativa procederá a adjudicar o desestimar la propuesta de acuerdo a lo propuesto por la Comisión de apertura y evaluación. Así como también, tendrá la facultad de dejar sin efecto todo el proceso, cuando existan errores, vacíos o incongruencias en las bases administrativas.
d) Posteriormente el Encargado de Convenios se comunicará con el oferente favorecido y le solicitará la documentación para la elaboración del contrato respectivo y la resolución que lo aprueba, si corresponde.
e) Luego enviará los antecedentes de la licitación junto a la Resolución de Adjudicación a la Unidad Jurídica del Hospital Las Higueras para su revisión y visto bueno.
f) Se subirán al portal Mercado Público los siguientes documentos a la ID correspondiente:
- Informe de Apertura y Evaluación.
- Certificado de Disponibilidad Presupuestaria.
- Resolución de Adjudicación.
- Contrato.
- Resolución que aprueba el contrato.
g) La adjudicación será publicada en el portal Mercado público entendiéndose notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes transcurridas 24 horas desde dicha publicación, de acuerdo al artículo N°6 del Reglamento de la Ley N°19.886.
h) El Hospital Las Higueras, se reserva el derecho de declarar desierta la Licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Para declarar desierta la presente Licitación se requerirá Resolución fundada que así lo disponga, publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
i) Si se resuelve el rechazo de todas las propuestas, se procederá a declarar desierta la licitación mediante Resolución publicada en el portal Mercado público.
- MODIFICACIÓN DE LA FECHA DE ADJUDICACIÓN
El Hospital Las Higueras podrá aplazar hasta en 20 días corridos la fecha de adjudicación señalada en el Portal en los siguientes casos:
- Cuando no fuere posible reunir a la Comisión en el periodo de evaluación establecido en las presentes Bases Administrativas.
- Cuando se presenten más de 3 ofertas y en consecuencia se requiera de más tiempo para su estudio.
- Cuando se soliciten aclaraciones a través del Foro Inverso.
- Cuando la comisión reunida, requiera ver situaciones discrepante no claras al momento de la evaluación, requiriendo postergar resolver el proceso administrativo o técnico.
Todo lo anterior será debidamente informado en el portal, a todos los oferentes, previo examen de legalidad, del acto administrativo que dé cuenta de la postergación de la fecha de adjudicación.
- MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTA RESPECTO DE LA ADJUDICACIÓN
Se deja constancia que, ante consultas sobre el proceso de adjudicación, éstas deberán efectuarse en el Sistema de Información, identificando el ID de licitación, dentro de un plazo de 48 horas, desde que haya sido adjudicada la licitación, las cuales serán respondidas dentro de 5 días hábiles. Vencido el plazo para consultas indicado anteriormente, no se dará lugar a nuevas consultas.
En el caso que se formulen consultas, sus respuestas serán publicadas en la plataforma del Portal Mercado Público.
- READJUDICACIÓN
El Hospital Las Higueras podrá re-adjudicar la licitación en los siguientes casos:
- Cuando las condiciones en las cuales fue adjudicada la propuesta hayan cambiado o si el adjudicatario alude a un caso fortuito o fuerza mayor, declarándose ambas situaciones por resolución fundada. Para efectos de alegarse un caso fortuito o fuerza mayor, el oferente deberá informarlo fundadamente, dentro de un plazo de diez días desde que éste tuviere lugar. Al término de dicho plazo, la comisión evaluadora resolverá si acoge o no los hechos expuestos, por resolución fundada.
- Si el adjudicatario, desiste de su oferta.
- En el caso que adjudicatario no hace entrega oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato o de la documentación exigida en el punto 21 de las presentes bases, esto es dentro del plazo 15 días corridos contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación, o no concurre a la firma de contrato dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación.
La confirmación definitiva de la Readjudicación se llevará a cabo a través del Sistema de Información. www.mercadopublico.cl
En caso que no sea posible la readjudicación de alguna línea en particular, por no contar con una segunda oferta evaluada u otro motivo, se procederá a dejar sin efecto la resolución de adjudicación de la respectiva línea y posteriormente, levantar un nuevo proceso licitatorio.
- GARANTIA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
Con el fin de garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el Hospital Las Higueras exigirá la entrega de cualquier documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, tomada por el proveedor adjudicado o por un tercero, que deberá cumplir los términos señalados en el siguiente recuadro. Dicha garantía deberá presentarse en un sobre cerrado, en Oficina de Partes del Hospital Las Higueras, ubicada en Avenida Alto Horno Nº777, Las Higueras Talcahuano, de lunes a viernes de 08:30 a 15:00 horas, horario continuado, en cuyo anverso indique el ID del portal asociado a la propuesta y la identidad del oferente, dentro de los quince días corridos contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación.
La no presentación oportuna de esta garantía podrá tener como consecuencia el Hospital podrá Re adjudicar la propuesta al segundo oferente mejor evaluado.
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Tipo de documento
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Cualquier documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, tomada por el proveedor adjudicado o por un tercero, a nombre del Hospital Las Higueras y que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 68 del DS N°250 de 2004 (pagadera a la vista y de carácter irrevocable). En los casos en que se otorgue la garantía de manera electrónica, ésta deberá ajustarse a lo dispuesto en la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firmas Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
La garantía contratada no podrá tener contener cláusulas de arbitraje para la resolución de conflictos entre las partes y la entidad aseguradora.
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Beneficiario
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Hospital Las Higueras.
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Pagadera
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A la vista y de carácter irrevocable.
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Vigencia
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Tendrá una vigencia de a lo menos 120 días corridos desde el término del respectivo contrato.
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Tipo de moneda
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Pesos chilenos/UF (Unidades de Fomento), la que debe consignar su equivalencia en pesos, al valor del día en que sea tomada dicha garantía.
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Monto
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Será por el 10% del monto total adjudicado.
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Glosa
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Para garantizar fiel y oportuno cumplimiento de la propuesta “Contratación de servicios de Oxigenoterapia domiciliaria”.
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Devolución
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Cumplido íntegramente el contrato y transcurridos los 120 días posteriores al término de la presente licitación, a satisfacción del Hospital Las Higueras, la garantía será devuelta al contratante vía correo certificado al domicilio indicado por éste en los antecedentes de la propuesta, sin perjuicio de devolverla directamente en el caso de que lo solicite, una vez cumplidos los 120 días posteriores al término del contrato.
En el caso de modificación de contrato la garantía deberá ser reemplazada por otra de acuerdo con el nuevo monto y su vigencia deberá extenderse al nuevo plazo contractual más los 120 días exigidos.
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Se deja establecido que con cargo a la garantía de fiel cumplimiento del contrato se podrán hacer efectivas por parte del Hospital, en su caso, las multas, sanciones y daños originados por el contratante. Además, asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales del proveedor adjudicado respecto de sus trabajadores.
Todo lo anterior se hará efectivo ipso facto de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial alguna, en caso de ocurrencia de algunos de los hechos señalados anteriormente.
En el evento de haberse hecho efectivas las multas que no dan lugar a término anticipado del convenio, según punto N°27 “Sanciones y Multas”, el contratista deberá hacer entrega de una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro de 15 días corridos, a contar de la notificación de la resolución que aplica la multa, en portal mercado público. En dicho contexto, en el caso de sustituirse la garantía referida precedentemente, el monto de la nueva caución corresponderá al 10% del saldo insoluto del contrato a la época en que se efectúe el reemplazo, |como lo exige el inciso primero del artículo 68 del decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
- CONTRATO
Se celebrará un contrato de prestación de servicios, el que se formalizará dentro de un plazo de 30 días, a contar de la fecha de notificación de la resolución de adjudicación al oferente adjudicado.
Una vez adjudicada la licitación, el adjudicatario deberá hacer llegar, en un plazo no superior a 15 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación a través del Portal Mercado Público, la siguiente documentación:
PERSONA NATURAL
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.
- Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
- Formulario F30-1 certificado de cumplimiento laboral y previsional o Formulario 30 certificado de Antecedentes laborales y previsionales respecto de sus trabajadores o declaración simple, indicando no contar con trabajadores por el código del trabajo.
En el evento que el adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los certificados respectivos, no podrá contratar con el estado mientras no subsane el incumplimiento que lo afecte, conforme al artículo 6° de la ley N°21.640/18-12-2023, de presupuesto.
- Declaración Jurada de Inhabilidad para contratar con el Estado.
- Declaración jurada simple que indique no encontrarse afectos a la prohibición de contratar con los órganos de la Administración del Estado prevista en la letra d) del artículo 26 del decreto ley N°211, de 1973 (aplica oficio N°1.622, de 2019).
- Declaración jurada de inhabilidades para contratar con el estado, contempladas en el Capítulo VII de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634, artículo Nº35 quáter.
- Declaración jurada de inhabilidades de contratación previstas en el artículo 4°, inciso sexto, de la ley N°19.886.
- Datos para Transferencia bancaria (Art. N°8 Ley 21.640 del 18/12/2023).
PERSONA JURÍDICA
- Fotocopia legalizada Rut de la Empresa.
- Fotocopia legalizada de Cédula de Identidad del Representante Legal.
- Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
- Copia autorizada de la escritura social.
- Certificado de Vigencia, modificación y poderes de la Sociedad de una antigüedad no superior a 30 días en relación a la fecha de presentación de sus ofertas.
- Copia de inscripción del extracto en el registro de comercio.
- Copia Notarial de Resolución Sanitaria de funcionamiento, en caso de corresponder a una institución no acreditada.
- Formulario F30-1 certificado de cumplimiento laboral y previsional o Formulario 30 certificado de Antecedentes laborales y previsionales respecto de sus trabajadores o declaración simple, indicando no contar con trabajadores por el código del trabajo.
En el evento que el adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los certificados respectivos, no podrá contratar con el estado mientras no subsane el incumplimiento que lo afecte, conforme al artículo 6° de la ley N°21.640/18-12-2023, de presupuesto.
- Declaración Jurada simple que indique no tener Inhabilidad para contratar con el Estado, de acuerdo al artículo 8 y 10 de la Ley Nº20.393, Establece la Responsabilidad Penal de las personas Jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
- Declaración jurada simple que indique no encontrarse afectos a la prohibición de contratar con los órganos de la Administración del Estado prevista en la letra d) del artículo 26 del decreto ley N°211, de 1973 (aplica oficio N°1.622, de 2019).
- Declaración jurada de inhabilidades para contratar con el estado, contempladas en el Capítulo VII de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634, artículo Nº35 quáter.
- Declaración jurada de inhabilidades de contratación previstas en el artículo 4°, inciso sexto, de la ley N°19.886.
- Datos para Transferencia bancaria (Art. N°8 Ley 21.640 del 18/12/2023).
PERSONA JURÍDICA CONSTITUIDA EN SISTEMA SIMPLIFICADO LEY N° 20.659
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad del Representante Legal.
- Certificado de Estatuto Actualizado, emitido por Registro de Empresas y Sociedades.
- Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
- Certificado de Vigencia, emitido por Registro de Empresas y Sociedades.
- Certificado de Anotaciones, emitido por Registro de Empresas y Sociedades.
- Copia Notarial de Resolución Sanitaria de funcionamiento, en caso de corresponder a una institución no acreditada.
- Formulario F30-1 certificado de cumplimiento laboral y previsional o Formulario F30 certificado de Antecedentes laborales y previsionales respecto de sus trabajadores o declaración simple, indicando no contar con trabajadores por el código del trabajo.
- Declaración Jurada simple que indique no tener Inhabilidad para contratar con el Estado, de acuerdo al artículo 8 y 10 de la Ley Nº20.393, Establece la Responsabilidad Penal de las personas Jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
- Declaración jurada simple que indique No encontrarse afectos a la prohibición de contratar con los órganos de la Administración del Estado prevista en la letra d) del artículo 26 del decreto ley N°211, de 1973 (aplica oficio N°1.622, de 2019).
- Declaración jurada de inhabilidades para contratar con el estado, contempladas en el Capítulo VII de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634, artículo Nº35 quáter.
- Declaración jurada de inhabilidades de contratación previstas en el artículo 4°, inciso sexto, de la ley N°19.886.
- Datos para Transferencia bancaria (Art. N°8 Ley 21.640/2023).
UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP)
- Escritura pública donde conste la Unión Temporal.
- Los demás antecedentes requeridos precedentemente para las “PERSONAS NATURALES” y “JURIDICAS”, respecto de cada uno de los proponentes que participen de la unión temporal de proveedores, según su naturaleza.
- Declaración Jurada simple de no estar afecto a la Inhabilidad para contratar con el Estado, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 inciso 1° de la Ley 19.886, la cual debe ser suscrita por cada integrante de la UTP.
- Declaración jurada de inhabilidades de contratación previstas en el artículo 4°, inciso sexto, de la ley N°19.886.
- Datos para Transferencia bancaria (Art. N°8 Ley 21.640/2023).
Lo anterior, salvo si los antecedentes exigidos se encuentren acreditados en Chile proveedores.
Los derechos y obligaciones que nacen de las presentes Bases Administrativas y del respectivo contrato de prestación de servicios serán intransferibles.
Para todos los efectos de esta licitación, el contratante fijará su domicilio en la comuna de Talcahuano.
- VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato de prestación de servicios tendrá una vigencia de 24 meses, siempre que exista disponibilidad presupuestaria para los periodos vigentes a la fecha de los respectivos pagos o en su defecto hasta agotar el presupuesto adjudicado.
Si al término de la vigencia del contrato, existiera presupuesto adjudicado disponible, se podrá realizar de mutuo acuerdo con el proveedor adjudicado, la ampliación del mismo, en las mismas condiciones en las que fue celebrado, hasta que sea agotado completamente.
Dicho contrato podrá ser renovado previo acuerdo de las partes, por un período de 12 meses o menor, por una sola vez, en el evento de ser necesario para una adecuada marcha del establecimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 del DS Nº250 de 2004, previa evaluación y resolución fundada de este y la existencia de la disponibilidad presupuestaria para dicho período; en todo caso, el precio a cobrar en el período de renovación, será el mismo de la oferta original, reajustado de acuerdo a la variación que experimente el IPC entre el mes que realizó la formalización de la compra y al último mes vigente a la fecha de la formalización de la resolución de renovación de contrato, según información entregada por el INE.
Lo anterior, siempre y cuando exista razones fundadas por parte del Supervisor del Convenio, mediante informe técnico enviado al Área de Abastecimiento.
- RETROTRAER EL PROCESO
El Hospital podrá retrotraer el proceso de adjudicación, cuando se detecte un error en el proceso de evaluación de la propuesta y/o se detectaren errores, vicios u omisiones en la propuesta adjudicada.
Procedimiento
Se notificará a los interesados que hubieren participado en el procedimiento la interposición de los recursos, mediante la publicación en la Plataforma de Mercado Público, resolución fundada dejando sin efecto la adjudicación, teniendo un plazo de cinco días para que aleguen cuanto consideren procedente en defensa de sus intereses.
Ya retrotraído el proceso, se reúne a la comisión evaluadora para realizar un nuevo proceso de evaluación, para continuar con el proceso de adjudicación.
- DE LA OBLIGACION DE CONFIDENCIALIDAD
El adjudicado deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación de los servicios, ya sean aquellos proporcionados por el hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos. De esta manera, en ninguna circunstancia el adjudicado podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información, ya sea tanto durante la vigencia del contrato como después de su término, salvo autorización expresa del Hospital, otorgada a través de su director.
Esta prohibición afecta al contratante y a su personal, y su responsabilidad será solidaria, incluso después del término de contrato. El contratante sólo podrá copiar o reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento a los servicios contratados.
En caso de incumplimiento de lo precedentemente indicado, el Hospital pondrá término anticipado al contrato de prestación de servicios celebrado con el contratado, pasando a constituir dicho incumplimiento una infracción gravísima al contrato, conforme a lo dispuesto en las Bases Administrativas, sin perjuicio de iniciar las acciones legales correspondientes.
- PAGO Y FACTURACIÓN
El prestador deberá ACEPTAR la orden de compra dentro de 24 horas siguientes a la notificación de ésta a través del portal www.mercadopublico.cl
Para cumplir con los tiempos de revisión señalados en el procedimiento administrativo interno y pago oportuno, el contratante deberá enviar a su contraparte técnica (jefe médico de la Unidad de Alivio del dolor y cuidados paliativos) una PRE-FACTURA, ESTADO DE PAGO u OTRO DOCUMENTO que contenga el detalle de los servicios prestados en el mes anterior a aquel mes en que se solicita el pago, la que deberá hacer llegar a la Unidad de Alivio del dolor y cuidados paliativos, de preferencia, el primer día hábil de cada mes, la cual deberá ser acompañada de los siguientes documentos:
a) Certificado de recepción conforme de los servicios prestados, por parte del supervisor del contrato.
b) Copia de Orden de Compra.
c) Guía de despacho
d) Certificado Inspección del Trabajo, de antecedentes laborales
El jefe médico de la Unidad de Alivio del dolor y cuidados paliativos es el encargado de realizar y coordinar el requerimiento al adjudicatario y validar las prestaciones ejecutadas en el mes, por lo que deberá emitir un certificado de recepción conforme de los servicios prestados y deberá derivarlo al área de abastecimiento quien gestionará el proceso de facturación.
El Hospital Las Higueras, teniendo a la vista los antecedentes anteriores procederá a realizar la RECEPCIÓN CONFORME en la plataforma www.mercadopublico.cl
Facturación:
El proveedor podrá facturar una vez realizada la RECEPCIÓN CONFORME en la Unidad de Alivio del dolor y cuidados paliativos y recepción conforme en Mercado Publico.
El área de abastecimiento a través de la unidad de insumos no clínicos, solicitarán al proveedor emitir la factura correspondiente a nombre del Hospital Las Higueras, RUT 61.607.202-1, Dirección: Avenida Alto Horno Nº777, Las Higueras Talcahuano, indicando claramente en el detalle de su glosa lo siguiente:
- Nombre de la propuesta adjudicada.
- N° de la Orden de Compra.
- Detalle de los servicios.
- Número de Guía de Despacho con la que se envió el insumo adquirido.
Todo Documento Tributario Electrónico emitido, debe hacer referencia a la orden de compra asociada y generada en mercado público, en el campo 801 destinada para ello.
El Documento Tributario Electrónico – DTE debe ser enviado en un plazo no mayor a 48 horas a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com
Las facturas deben tener como forma de pago “crédito”
No cumplir con lo anterior, se procederá al rechazo del documento, a través de la plataforma del Servicio de Impuestos Internos.
Pago:
Con todo lo señalado en los párrafos anteriores el pago se realizará por TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA, por mes vencido, en un plazo no superior a 30 días corridos, de acuerdo con lo estipulado en la Ley de Presupuesto N°21.640 para el año 2024, Partida 16 Ministerio de Salud, Glosa 02 letra e) “Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 30 días, a contar de la fecha en que la factura es aceptada”.
Los pagos, serán realizados por la Tesorería General de la República, a través de transferencia electrónica, a menos que se encuentre vigente la circular N°14 de fecha 08/03/2023 de la Dipres, en cuyo caso el pago será realizado por el Hospital.
- DEL LUGAR Y HORARIO DE ENTREGA DE LOS SERVICIOS:
La entrega del servicio debe ser realizada en los domicilios de los pacientes respectivos sin que esto signifique costo alguno para ellos, las 24 horas, los 365 días, por medio de una guía de despacho, la cual debe ser firmada por el paciente o un familiar de éste, confirmando así la entrega el oxígeno medicinal e insumos correspondientes.
- SANCIONES Y MULTAS
En caso de que el contratante no preste los servicios contratados, según lo dispuesto en Bases Administrativas y especificaciones técnicas, según los detalles entregados en su oferta, el Hospital Las Higueras de Talcahuano cobrará una multa, en los siguientes casos:
- Ø 2 UTM, por cada hora de atraso en la entrega del servicio, una vez vencido el plazo de tiempo de respuesta ofertado por parte del adjudicatario, con un tope de 40 UTM por evento.
- Ø 2 UTM, por cualquier incumplimiento en las especificaciones técnicas, contenidas en las presentes Bases Administrativas, por evento.
Se contemplará el valor de la UTM la correspondiente al mes en que se comete la infracción.
La notificación de la resolución que dispone la aplicación de multa se realizará mediante su publicación en el portal Mercado Publico.
Se eximirá de pago de multa en aquellos casos que la infracción se cometa por caso fortuito o de fuerza mayor. Esto, siempre que se avise oportunamente al Supervisor del Contrato del Hospital Las Higueras.
Procedimiento
El supervisor del contrato, que, para este caso es el jefe médico de la Unidad de Alivio del dolor y cuidados paliativos o quien le subrogue o reemplace, deberá informar por escrito los incumplimientos por parte del contratante al Área de Abastecimiento, con el fin que proceda a gestionar la multa correspondiente.
En el caso de acreditarse una infracción por parte del contratante y que origine la aplicación de la multa correspondiente, el Área de Abastecimiento comunicará mediante oficio al proveedor en el domicilio indicado en el Formulario N°1, quien dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus descargos, a contar de la notificación de la carta certificada (se entiende notificada al tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda), debiendo presentar en Oficina de Partes del Hospital Las Higueras, ubicada en el primer piso del edificio administrativo, en Avenida Alto Horno Nº777, Las Higueras Talcahuano, un escrito indicando el ID del portal asociado a la propuesta, identificación del oferente y asunto “descargos”.
Transcurrido este plazo, si no presentara sus descargos, se entenderá aceptada la sanción interpuesta. En caso de presentarlos, éstos serán enviados con todos los antecedentes que el Hospital disponga y/o el contratante haya aportado, al director del Establecimiento, o a quien ella designe, quien resolverá en un plazo de 30 días corridos contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente.
De acogerse los descargos presentados por el contratante, disponiendo la no aplicación de la multa, el contratante será debidamente notificado mediante oficio a su domicilio indicado en el contrato.
En el caso de resolver aplicar la multa, se procederá a dictar la resolución respectiva que resolverá la aplicación de ésta y su cuantía, el que será debidamente notificado a éste mediante su publicación en el Portal Mercado Público.
Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, el contratante podrá deducir en contra de la resolución que dispone la aplicación de multas, los recursos contemplados en la ley 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
ALTERNATIVAS PARA EL PAGO DE LA MULTA
Una vez que el proveedor sea notificado de la aplicación de la multa, existen las siguientes alternativas para su pago:
- Pago directo del proveedor.
Para realizar el pago directo, el proveedor, tendrá un plazo de 10 días hábiles a contar de la notificación de parte de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto de Hospital Las Higueras de Talcahuano, para proceder a efectuar el depósito a la cuenta corriente y datos indicados por el funcionario de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto del hospital. Una vez coordinado se procede a resguardar la información y realizar la contabilización correspondiente. Si dentro de 10 días hábiles desde la notificación de la fecha de resolución, no ha realizado el pago de la multa, el funcionario de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto procederá a realizar la segunda opción de cobro, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
- Cobro de garantía.
El cobro de la garantía se hará efectivo, cuando no se realice la opción anterior, es decir, cuando el proveedor no realice el pago directo, siempre y cuando la garantía se encuentre vigente.
Para confirmar la aplicación de multas a los proveedores, el encargado de atención de proveedores de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto, será el responsable de dar aviso mediante correo electrónico al contacto informado por el proveedor en el Formulario N°1, sobre el cobro realizado para cualquiera de las 2 opciones, dentro de un plazo de 10 días hábiles a contar de la notificación a través de panel documental de Oficina de Partes del Hospital Las Higueras de Talcahuano.
- CESIÓN DE DERECHOS Y/U OBLIGACIONES
El contratante no podrá, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación pública. La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, conforme a lo establecido en el punto número 31 de las presentes Bases Administrativas.
- DE LA SUBCONTRATACIÓN
El contratante podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, cuyo porcentaje no podrá superar el 30%, y siempre que el prestador se encuentre impedido de otorgar el servicio y que se trate de prestadores de igual idoneidad técnica del adjudicado, esto, previa autorización escrita de parte del Hospital, y sin perjuicio de que la responsabilidad que se origine por el incumplimiento en la prestación de los servicios subsistirá en el contratante.
Para lo anterior y al momento de tener la intención de subcontratar, el contratante deberá solicitar autorización por escrito al director del Hospital. Una vez autorizado, debe presentar copia a supervisor de contrato antes de ejecutar los trabajos.
Se establece, que el responsable por incumplimientos o faltas, siempre será el adjudicado.
- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier dificultad o conflicto que se produjere durante el proceso de adjudicación, en la interpretación, aplicación y ejecución de las presentes Bases Administrativas o Especificaciones Técnicas contenidas en ellas, o si durante la ejecución del contrato se presentara cualquier desacuerdo entre las partes, el Referente Técnico en conjunto con el Área de Abastecimiento presentarán los antecedentes a la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital Las Higueras, quienes presentarán a la Directora un informe en derecho, el que será sometido a su consideración.
- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la ley Nº19.886, y el artículo 77 del Reglamento de la citada ley, el Hospital Las Higueras de Talcahuano pondrá término anticipado al contrato fundado en alguna de las siguientes causales:
a) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
Se entenderá como incumplimiento grave:
- Ø La no prestación de los servicios, de acuerdo con lo establecido en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas.
- Ø El incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en el punto N°24 de las presentes Bases Administrativas.
- Ø La aplicación al oferente de tres multas en un periodo de 6 meses.
- Ø En el caso de subcontratación total del contrato de prestación de servicios.
- Ø En el caso de subcontratación parcial del contrato de prestación de servicios, sin la autorización previa por escrito del Hospital Las Higueras.
- Ø En todos aquellos casos en que el contratante supere los topes establecidos y la multa máxima a aplicar, en alguna de las situaciones indicadas en el punto N°27 Sanciones y multas, de las presentes Bases Administrativas.
Procede también término anticipado de contrato, a aquel oferente adjudicado que haya participado bajo el artículo 67 bis del reglamento, según las siguientes causales:
- La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores – UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la fiscalía nacional Económica.
- Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores – UTP se retira de ésta, y dicho integrante hubiere reunido uno o más características objeto de la evaluación de la oferta.
- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquier de sus miembros.
- Inhabilidad sobreviviente de alguno de sus integrantes, en la medida que el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
- Disolución de la Unión Temporal de Proveedores – UTP.
b) En el caso previsto en el inciso segundo del artículo 33 de la ley N°21.595, de Delitos Económicos.
c) Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
e) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad ejecutora.
f) Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial, de los establecidos en el contrato definitivo.
g) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
h) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
En caso de acreditarse incumplimiento del contrato de suministro, que origine el término anticipado de contrato, el Área de Abastecimiento comunicará mediante oficio al proveedor en el domicilio indicado en el contrato, quien tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentar sus descargos, a contar de la notificación de la carta certificada (se entiende notificada al tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda), debiendo presentar en Oficina de Partes del Hospital Las Higueras, ubicada en el primer piso del edificio administrativo, en Avenida Alto Horno Nº777, Las Higueras Talcahuano, un escrito indicando el ID del portal asociado a la propuesta, identificación del oferente y asunto “descargos”.
Transcurrido este plazo, si no presentara sus descargos, se entenderá aceptado el término anticipado de contrato. En caso de presentarlos, éstos serán enviados con todos los antecedentes que el Hospital disponga y/o el contratante haya aportado, a la directora del Establecimiento, o a quien ella designe, quien resolverá en un plazo de 30 días corridos contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos.
De acoger o rechazar los descargos presentados por el contratante, éste será debidamente notificado mediante oficio a su domicilio indicado en el contrato.
En el caso de resolver el término anticipado del contrato, se procederá a dictar la resolución respectiva, el que será debidamente notificado a éste mediante su publicación en el Portal Mercado Público.
Con excepción de las causales contempladas en las letras g) y h), la resolución que ponga término anticipado al contrato, dispondrá además el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna y sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del contratante, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la garantía referida.
Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, el contratante podrá deducir en contra de la resolución que ponga término anticipado al contrato de suministro, los recursos contemplados en la ley 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Si el término anticipado del contrato obedece a uno de los puntos consignados en las causales de las letras g) y h), sólo, se dictará el acto administrativo respectivo que dispondrá el término anticipado del contrato.
- ASPECTOS POR CONSIDERAR EN LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
a) En el caso de existir una discrepancia entre lo estipulado en Formulario N°7 y lo consignado en comprobante de oferta en portal mercado público, el Hospital considerará el menor precio expuesto.
b) Los precios se deberán cotizar en moneda nacional.
- OBLIGACIONES LEGALES DEL CONTRATANTE
El contratante queda especialmente sujeto a las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo y a la legislación complementaria contenida en éste, en las relaciones que mantenga con sus trabajadores, y especialmente a las normas relativas a Seguridad Social y a la normativa legal y reglamentaria que rija el funcionamiento del Hospital Higueras.
- REFERENTE TÉCNICO
La enfermera coordinadora de la Unidad Alivio del dolor y cuidados paliativos o quien la subrogue o reemplace, es la responsable de:
- Entregar las especificaciones técnicas con los requerimientos necesarios para la elaboración de las bases administrativas, aclarando las dudas generadas por parte del licitante, durante la preparación de éstas.
- Una vez publicada la licitación en el portal, responder las consultas técnicas presentadas por el o los oferentes, a través de Foro de Consulta.
- Una vez cerrada la licitación, revisar, técnicamente, las ofertas recibidas, en base a las especificaciones técnicas entregadas inicialmente.
- Una vez adjudicada la licitación, verificar que, pre factura este acorde a los valores adjudicados según la oferta económica, previo a la validación.
- Participar en conjunto con el Área de Abastecimiento en la solución de controversias, de acuerdo con el punto 30 de las Bases Administrativas.
- SUPERVISOR DEL CONTRATO
El supervisor del contrato, que para este caso será el jefe médico de la Unidad de Alivio del dolor y cuidados paliativos, o quien le subrogue o reemplace, será responsable del cumplimiento de los requerimientos y disposiciones indicadas en las Bases Administrativas y las condiciones ofertadas por el contratante. Así mismo, deberá informar a el Área de Abastecimiento sobre los incumplimientos del contrato de prestación de servicios.
En caso de requerir la continuidad del servicio, el supervisor del contrato deberá solicitar una nueva licitación con al menos 4 meses de anticipación.
2° Déjese establecido que las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Formularios indicados en el numerando primero, forman parte de la presente resolución, para todos los efectos legales.
Las Especificaciones Técnicas son las siguientes:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
SERVICIOS: CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA.
UNIDAD REQUIRENTE: UNIDAD DE ALIVIO DEL DOLOR Y CUIDADOS PALIATIVOS DEL HOSPITAL LAS HIGUERAS DE TALCAHUANO.
UNIDAD TÉCNICA: UNIDAD DE ALIVIO DEL DOLOR Y CUIDADOS PALIATIVOS DEL HOSPITAL LAS HIGUERAS DE TALCAHUANO.
Se entenderá por servicio de Oxigenoterapia Domiciliaria, el suministro permanente de oxígeno medicinal y sus insumos de apoyo en el lugar de convalecencia del paciente que será en el exterior del Hospital Las Higueras correspondiente a la jurisdicción del Servicio de Salud Talcahuano que comprende las comunas de Talcahuano, Hualpén, Penco y Tomé, y eventualmente por necesidad del reposo de convalecencia del paciente se incluirán las comunas de Concepción, Chiguayante, Hualqui, San Pedro, entre otras.
Objetivo del servicio:
Entregar atención oportuna, personalizada y de calidad a usuarios que cursan con infecciones respiratorias agudas y presentan enfermedades respiratorias crónicas, contribuyendo a disminuir complicaciones y mortalidad prematura, como también a la mejoría de la calidad de vida de estas.
Para la empresa que adjudique el servicio de Oxigenoterapia domiciliaria, del Hospital Las Higueras deberán tener las siguientes características técnicas:
- La empresa deberá nombrar un coordinador responsable del servicio, la cual deberá estar siempre disponible a requerimiento del Hospital, quién deberá contar con un número telefónico asignado por su empresa, no de tipo personal, donde pueda ser contactado por los familiares del paciente y por funcionarios del Hospital, distinto al Call center de la empresa.
- El tiempo de respuesta por parte de la empresa adjudicada desde que se envía el correo con la solicitud por primera vez del requerimiento por parte del médico tratante, éste no debe ser mayor a 12 horas. (incluyendo sábados, domingos y festivos).
- Tener una atención telefónica expedita, efectiva las 24 horas del día, los 365 días del año en radio de jurisdicción del Servicio de Salud Talcahuano y otras contempladas por la convalecencia del paciente. (servicio técnico permanente con reposición de equipos ante eventuales desperfectos técnicos de los mismos, durante las 24 horas todos los días del año).
- Instalación y transporte de equipos de oxígeno prescritos por la unidad médica, como también las recargas de oxígeno solicitado las veces que se requieran.
- Será responsabilidad de la empresa el retiro de los dispositivos médicos en caso del término de la indicación de la terapia de oxígeno, o por fallecimiento del paciente.
- Medidas de Seguridad: Todo tipo de soporte, según el tipo de administración de Oxígeno, como trípodes o cadenas.
- La Empresa adjudicada y su personal deberá cumplir con las disposiciones legales e internas de Higiene y Seguridad.
- El Oferente deberá contar con el personal suficiente que permita satisfacer adecuadamente los requerimientos del Hospital.
- Será responsabilidad de la Empresa que el personal a su cargo otorgue una atención de calidad, mediante un trato respetuoso, afable, criterioso y digno.
10. Del Transporte; este debe hacerse en vehículos especialmente adaptados para este propósito, con personal capacitado e identificado. (Deberá ajustarse a lo señalado en el decreto N°298 del “Reglamento de transporte de cargas peligrosas por calles y caminos”).
11. Instalar los equipos en forma segura e instruir al usuario y/o familiar de éste su adecuado manejo. Comprobar la presión de flujo del regulador, certificando que sea el que se prescribió por la unidad médica y entregar manual de paciente en Oxigenoterapia domiciliaria.
12. Disponibilidad de equipos de respaldo, balón de reserva de 0,7- 1 m. cúbicos, con carro móvil, con reposición de acuerdo al sistema base de administración de Oxígeno, servicio técnico permanente 24 horas, los 365 días del año. Cuando se solicite reposición de cualquier tipo, el tiempo máximo de respuesta debe ser de no más de 6 horas.
13. Seguimiento del beneficiario (paciente) en la reposición de oxígeno, verificando el correcto funcionamiento de los equipos.
14. La mantención preventiva de los equipos concentradores de oxígeno y sistemas de oxígeno líquido y mochilas debe hacerse a lo menos semestralmente o cuando se requiera. (los equipos se deben entregar sanitizados y limpios, desinfectados según normativa vigente).
15. La empresa adjudicada deberá estar en condiciones de disponer el recambio de todos y cada uno de los equipos e insumos requeridos en la licitación, en caso que estos presenten fallas, de tal forma que ante un desperfecto o reparación de alguno, tenga una continuidad normal en el más breve plazo del servicio contratado por el Hospital, independientemente de las circunstancias que lo hayan provocado y el responsable del hecho, la empresa sigue teniendo la responsabilidad de los equipo, por todo el periodo en que el convenio se mantenga vigente.
16. Monitorizar en el domicilio del paciente a través de Oximetría de Pulso y entregar registros e informes al médico tratante a lo menos una vez al mes de:
- Tolerancia y cumplimiento del tratamiento domiciliario,
- Registro de frecuencia cardiaca y respiratoria.
17. Los cilindros de Oxígeno gaseoso medicinal deben ser de 10 m3 con válvula reguladora y manómetro con flujómetro graduado, que permita administrar oxígeno desde 0,1 o 0.125 litros/minuto a 3 litros/minuto en niños y desde 0.5 litros /minutos hasta 15 litros/minuto en adultos. Se deberá entregar con humidificador, mangueras extensoras, cánulas nasales y/o máscara para administrar oxígeno (se deberá entregar material nuevo y desechable por cada paciente).
18. Concentrador de oxígeno con regulador de flujo, control de horas de uso y sistema de movilidad o transporte en el domicilio del paciente, con alarma visual y sonora de eventuales fallas de funcionamiento.
El concentrador de oxígeno clínico con caudal de oxígeno de 0,1 a 5 litro por minuto (para paciente con mayor demanda de oxígeno se debe considerar 0,5 a 8 litros) con rango concentración de oxígeno: 90 a 100 %, alimentación eléctrica 220 Volt, potencia máxima 450 VA, nivel de sonido máximo 50 DB a un metro, alarma visual y sonora ante falla de suministro eléctrico, alarma visual y sonora ante anomalía de funcionamiento.
19. Los insumos de los equipos que requiera el paciente deben ser proporcionados por la empresa adjudicada, tales como: tener vaso humidificador, agua bidestilada, cánulas nasales y/o máscara para administrar oxígeno; material nuevo y desechable. (Este debe incluir 2 cánulas nasales apropiadas al tamaño del paciente, 2 vasos humidificadores, 1 alargador de silicona, agua bidestilada, 5 litros mensuales en niños y 8 litros mensuales en adultos, mangueras de extensión).
20. Mantener equipos portátiles para que el paciente pueda movilizarse fuera de su domicilio, cuando sea necesario. En el caso de Oxígeno Líquido, este se indicará a pacientes con Insuficiencia respiratoria crónica que requieran deambulación para realizar trabajos remunerados o por encontrarse en etapa de formación escolar, u otra actividad.
21. El sistema de movilidad o transporte en el domicilio (mochila) del paciente consiste en un termo de oxígeno líquido con un regulador de flujo que además cuente con una mochila de transporte, más la base de apoyo con ruedas, con alarma visual y sonora de eventuales fallas de funcionamiento.
22. El Oxígeno Líquido debe contar con un reservorio domiciliario de Oxígeno Líquido y una mochila portátil para utilizar en la deambulación fuera del domicilio, ambos deben poseer regulador de flujo desde 0,25-5,0 litros/minuto.
23. Las empresas oferentes deben contar con Seguros por daño total o parcial de los equipos ofertados.
24. Deben proveer educación al enfermo y familiares sobre utilización, higiene, cuidados, consignas de seguridad de los equipos instalados en el domicilio. Para lo cual entregarán material educativo en el domicilio del paciente. (manual de instrucciones).
25. La empresa adjudicada deberá verificar el cumplimiento de la indicación de oxígeno recomendada por médico tratante. También deberá revisar los equipos y otras necesidades relacionadas con la oxigenoterapia domiciliaria cada dos meses y/o cuando sea necesario para la seguridad del paciente.
26. La Empresa Adjudicada cobrará un precio único mensual por paciente, sean estos por medio de cilindros y/o por Concentradores.
27. Las Empresas Oferentes deberán adjuntar como anexo a la licitación, la siguiente documentación como respaldo de calidad de servicio:
- Autorización Sanitaria y permisos respectivos entregados por Seremi de Salud para la entrega del servicio licitado.
- Programas Externos de Evaluación de la Calidad del servicio ofertado.
28. La empresa adjudicada no podrá argumentar la suspensión del suministro de Oxigenoterapia por el no pago oportuno de parte del Hospital Las Higueras.
29. El requerimiento mensual por paciente considera lo siguiente:
- 1 concentrador de oxígeno
- 4 cilindros de 10 m3
- 4 cilindros de 1 m3
- 1 mochila necesaria por paciente ambulatorio
- Insumos necesarios
- Registros de Oximetría de pulso.
30. Ante un mayor requerimiento mensual por paciente que sobrepase los cilindros mensuales considerados, estos deben ser cobrados en la misma factura mediante ítems diferente.
31. La instalación de los cilindros y concentradores debe realizarla el personal capacitado de la empresa, estos cilindros deben tener un mecanismo de fijación a la pared que permita una utilización segura del equipo por parte de los usuarios.
32. Toda información entregada a los pacientes y/o la solicite el Hospital, deberá ser entregada en idioma español.
33. (Cualquiera que sea el medio de suministro debe considerar un respaldo , que asegure la continuidad de la provisión de oxígeno el que podría ser los antes mencionados: cilindros de 10 mts3 con válvula reguladora y manómetro con flujómetro graduado y accesorios, concentrador de oxígeno y accesorios, cualquier otro sistema que asegure la continuidad del suministro, en caso de que el constante avance de la tecnología permita disponer de nuevos sistemas se suministros de oxígeno suplementario de manera ambulatoria y que de forma segura cumplan con los objetivos del programas y normas vigentes).
34. Los suministros en este caso los cilindros deben llegar con sus tapas de transporte, precintados (el precinto debe destruirse en presencia del paciente o familiar a cargo del paciente) y con la etiqueta de calidad correspondiente.
35. La Empresa en un eventual término de contrato, ya sea, por término anticipado o por término de convenio, no podrá retirar los equipos hasta que no se materialice la llegada de los nuevos equipos al domicilio de los pacientes, todo lo anterior para salvaguardar el continuo suministro de oxígeno.
36. Toda información que nazca de este contrato, tendrá un carácter de privado, no pudiendo la empresa utilizarlos con otros fines que no sean clínicos autorizados expresamente por el Hospital Las Higueras de Talcahuano.
Arriendos y fletes del servicio
El proveedor deberá incluir dentro del costo unitario ofertado todos los gastos de fletes y arriendo de los equipos del servicio ofertado.
Duración de la Propuesta
La propuesta del convenio de suministro de oxigenoterapia domiciliaria tendrá una validez de veinticuatro meses (24).
Los formularios son los siguientes:
FORMULARIO Nº1
IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA”
PERSONA JURIDICA
1.- RAZON SOCIAL :
2.- RUT. DE LA EMPRESA :
3.- DIRECCION COMERCIAL :
4.- CIUDAD :
5.- FONO EMPRESA :
6.- NOMBRE COMPLETO REPR. LEGAL :
7.- RUT REPRESENTANTE LEGAL :
8.- DIRECCION REPRESENTANTE LEGAL :
9.- FONO REPRESENTANTE LEGAL :
10.- CORREO ELECTRÓNICO REPR. LEGAL :
11.- NOMBRE CONTACTO LICITACIÓN :
12.- MAIL CONTACTO LICITACIÓN :
Firma representante legal
Talcahuano, ________________________2024
PERSONA NATURAL
1.- NOMBRE DEL OFERENTE :
2.- CEDULA DE IDENTIDAD :
3.- PROFESION U OFICIO :
4.- DIRECCION :
5.- FONO :
6.- CORREO ELECTRÓNICO :
7.- NOMBRE CONTACTO LICITACIÓN :
8.- MAIL CONTACTO LICITACIÓN :
Firma oferente
Talcahuano, ________________________2024
FORMULARIO Nº2
DECLARACION JURADA DE INHABILIDAD
PROPUESTA: “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA”
PERSONA NATURAL O PERSONA JURIDICA
No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contempladas en artículo 4°, inciso sexto, de la ley N°19.886 y artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
- Declaro que toda la información ingresada en este formulario es veraz, completa, verificable y se encuentra actualizada. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________2024
FORMULARIO Nº3
DATOS DE CONTACTO
PROPUESTA: “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA”
El compareciente, deberá indicar en este formulario los siguientes datos de contacto, para coordinar la prestación de los servicios licitados.
Nombre de coordinador responsable: ________________________________________
Correo electrónico coordinador responsable: __________________________________
N° de teléfono coordinador responsable: _____________________________________
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________2024
FORMULARIO Nº4
CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD
PROPUESTA: “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA”
El compareciente, en su calidad de representante legal del proponente, declara bajo juramento que:
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Programa de integridad
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SI
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NO
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Cuenta con programa de integridad y difusión a su personal.
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NOMBRE DE LA EMPRESA :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________2024
FORMULARIO Nº5
EXPERIENCIA DEL OFERENTE
PROPUESTA: “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA”
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N°
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Nombre de Institución a la que prestó servicios
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Identificación del documento que acredita experiencia
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Servicio entregado
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Monto Contrato
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1
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2
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3
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4
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5
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6
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7
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8
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9
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10
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…
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Se considerarán para la evaluación, experiencias en el servicio de oxigenoterapia domiciliaria, estos deberán ser acreditados mediante, copias de contratos debidamente firmados, ID de licitaciones adjudicadas, órdenes de compra y/o tratos directos. De presentarse diferentes órdenes de compra que deriven de una misma licitación, se considerará una sola experiencia.
En el caso de que la prestación de servicios se haya realizado a entidades privadas, se deberá adjuntar al Formulario N°5 los siguientes documentos: facturas y contratos.
El Hospital Higueras podrá verificar los antecedentes señalados en los documentos correspondientes.
En caso de no contar con convenios de similares características dejarlo registrado.
Solo se considerará la experiencia previa a la fecha de publicación de las presentes bases administrativas.
NOMBRE DE LA EMPRESA :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________2024
FORMULARIO Nº6
TIEMPO DE RESPUESTA
PROPUESTA: “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA”
Expresar en horas corridas el plazo de respuesta.
El plazo de tiempo de respuesta es: _____ horas.
Observaciones:
ü Si no ingresa, no completa u omite información en Formulario N°6 o indica un plazo de respuesta superior a 12 horas, dentro del plazo establecido en las Bases Administrativas, esto es, el día undécimo, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas, la oferta será declarada “Inadmisible”.
NOMBRE DE LA EMPRESA :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL :
Talcahuano, ________________________2024
FORMULARIO Nº7
OFERTA ECONOMICA
PROPUESTA: “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA”
El valor total del servicio ofertado, estipulado en el presente formulario, deberá coincidir con lo consignado en el comprobante de oferta en mercado público.
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Ítem
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Código Interno
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Servicios
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Valor Neto Mensual
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Valor IVA Incluido Mensual
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1
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081-0008
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Oxigenoterapia domiciliaria mensual por paciente contemplando un total de 4 cilindros de 10 mts3 y 4 cilindros tipo E de respaldo, más los insumos descartables asociados.
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$
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$
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2
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081-0010
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Cilindro de 10 mts3 adicional a los 4 ofertados mensual por paciente.
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$
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$
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|
Cilindro tipo E adicional a los 4 ofertados por mes por paciente.
|
$
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$
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vaso humificador (en caso que se requiera)
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$
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$
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|
nariceras (infantil) (en caso que se requiera)
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$
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$
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nariceras (pediátrica) (en caso que se requiera)
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$
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$
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nariceras (adulto) (en caso que se requiera)
|
$
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$
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sujeción de cilindros (cadenas + cáncamo o bases de cilindros) (en caso que se requiera)
|
$
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$
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Observaciones:
ü Para la presentación de su oferta debe considerar todos los requisitos técnicos solicitados en el punto N°4 de las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas.
ü En el caso de existir una discrepancia entre el valor estipulado en Formulario “Oferta Económica” y lo consignado en comprobante de oferta en portal mercado público, el Hospital considerará el menor valor.
ü El oferente que no ingrese no complete u omita información en Formulario N°7 o no postula a todos los ítems contenidos en dicho formulario, dentro del plazo establecido en las Bases Administrativas, esto es, el día undécimo, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas, su oferta será declarada “Inadmisible”.
NOMBRE :
RUT :
DIRECCION :
FIRMA :
Talcahuano, ________________________2024