Licitación ID: 1057554-30-LR20
CONTRATO DE SUMINISTRO DE NUTRICIONES ENTERALES LÍQUIDAS PARA EL HOSPITAL CARLOS VAN BUREN
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE SALUD HOSPITAL CARLOS VAN BUREN, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 81
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de elaboración de leche 1 Unidad
Cod: 73131801
Fórmula Polimérica Isotónica Líquida 1000 ml  

2
Servicios de elaboración de leche 1 Unidad
Cod: 73131801
Fórmula Polimérica Isotónica Líquida 500 ml  

3
Servicios de elaboración de leche 1 Unidad
Cod: 73131801
Fórmula Polimérica Líquida con Fibra 1000 ml  

4
Servicios de elaboración de leche 1 Unidad
Cod: 73131801
Fórmula Especializada Líquida 500 ml  

5
Servicios de elaboración de leche 1 Unidad
Cod: 73131801
Fórmula Polimérica Líquida Hipercalórica e Hiperproteica 500 ml  

6
Servicios de elaboración de leche 1 Unidad
Cod: 73131801
Fórmula Polimérica Líquida con alto contenido energético 1000 ml  

7
Servicios de elaboración de leche 1 Unidad
Cod: 73131801
Fórmula Oligomérica Líquida 500 ml  

8
Servicios de elaboración de leche 1 Unidad
Cod: 73131801
Fórmula Especializada Líquida Diabética 1.5 Kcal 1000 ml  

9
Servicios de elaboración de leche 1 Unidad
Cod: 73131801
Fórmula Especializada Líquida Diabética 1.5 Kcal 500 ml  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTRATO DE SUMINISTRO DE NUTRICIONES ENTERALES LÍQUIDAS PARA EL HOSPITAL CARLOS VAN BUREN
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La necesidad del Hospital Carlos Van Buren de contar con el suministro continuo de nutriciones enterales líquidas para los pacientes.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO NACIONAL DE SALUD HOSPITAL CARLOS VAN BUREN
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.054-4
Dirección:
Bienes y Servicios
Comuna:
Valparaíso
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-08-2020 16:00:00
Fecha de Publicación: 28-07-2020 12:16:15
Fecha inicio de preguntas: 28-07-2020 15:01:00
Fecha final de preguntas: 10-08-2020 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-08-2020 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-08-2020 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-08-2020 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 03-11-2020 17:30:56
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- -Formulario N° 1.1 y 1.2: Identificacióin del oferente -Formulario N°2:Declaración simple del oferente
Documentos Técnicos
1.- -Formulario N°3. Oferta técnica
 
Documentos Económicos
1.- -Formulario N°4: Oferta económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica Se clasificarán los precios ofrecidos por los oferentes de menor a mayor, obteniendo la nota 10 el precio más bajo y porcentualmente se disminuirá la nota en la misma proporción que el aumento del precio. Cabe recordar que es el valor unitario neto 60%
2 Oferta Técnica Se considerará en este factor de evaluación la calificación dada por el personal clínico o referente técnico a través de la Pauta de Evaluación de insumos, en el que se considerarán tanto los catálogos y fichas técnicas de los insumos ofertados por los oferentes, como según lo informado en el formulario Nº 3 “Oferta Técnica”, después de la apertura electrónica y administrativa de la licitación. El envío de muestras de los insumos indicados en el Artículo N°5 de las bases técnicas tendrán carácter de obligatorio por lo que se deja expresa constancia que aquel Oferente que no cumpla con este requisito en la línea respectiva, será declarado fuera de la Evaluación Técnica-Económica y no podrá seguir participando de la propuesta pública que trata el presente instrumento. El puntaje obtenido será el promedio de cada una de las notas obtenidas en la pauta de evaluación de los insumos. Los productos y criterios que se evaluarán se encuentran indicados en las pautas de evaluación de insumos 25%
3 Cumplimiento de presentación de documentación Se evaluará según el cumplimiento del envío oportuno (antes del cierre del presente proceso licitatorio) de toda la documentación solicitada en el Art. Nº 12.2.2 y 12.2.3, en las Bases Administrativas. Los oferentes que cumplan con la presentación oportuna de todos los documentos obtendrán nota diez (10) y los oferentes a los cuales sea necesario solicitar los antecedentes en los términos establecidos en el artículo 12.2 de las Bases, a través del Foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl obtendrán nota uno (01) como se observa en la siguiente tabla. Sin perjuicio de lo antes dicho, las ofertas que no acompañen los antecedentes descritos en el Art. 12.2.3 letras a y b, y del Articulo 12.2.4 letra a, quedaran excluidas del proceso de evaluación de oferta, ya que su cumplimiento constituye una exigencia obligatoria para la admisibilidad de las ofertas. 5%
4 Plazo efectivo de entrega Se considerará en este factor el plazo efectivo de la entrega de los insumos presentado conforme a lo estipulado en el Formulario Nº3 Oferta Técnica 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Hospital Carlos Van Buren
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días Por ley nro. 19.937 para establecimientos autogestionados en red
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Javier Olea Torres
e-mail de responsable de pago: javier.oleatorres@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Valeria Iturra Munoz
e-mail de responsable de contrato: admincontratos.hcvb@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-32-2364099-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Hospital Carlos Van Buren
Fecha de vencimiento: 24-11-2020
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Cualquier Instrumento Financiero, a la vista, irrevocable y de liquidez inmediata. Se constituirá por garantía de carácter irrevocable, por Seriedad de la Oferta.
Glosa: “Para garantizar la Seriedad de la Oferta de “CONTRATO DE SUMINISTRO DE NUTRICIONES ENTERALES LÍQUIDAS PARA EL HOSPITAL CARLOS VAN BUREN”, Licitación ID 1057554-30-LR20.”
Forma y oportunidad de restitución: Para solicitar la devolución de dicho documento, es necesario contactar al correo de la Administradora de Contratos (admincontratos.hcvb@redsalud.gov.cl) con los siguientes datos: Licitación, Banco, N° de Documento de Garantía, RUT Proveedor, Nombre Proveedor, Dirección Proveedor, Nombre del Contacto que retira el Documento y N° Teléfono del Contacto. La devolución del Instrumento Financiero se llevará a efecto, si se ha confirmado la entrega del Documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, 5 días hábiles posteriores a la confirmación del retiro vía e-mail (recepción de correo que indique que el documento está listo para retiro) en la Sección Caja de la Unidad de Contabilidad, ubicada en el 3º piso del Edificio Otorrino-Oftalmología del Hospital Carlos Van Buren.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital Carlos Van Buren
Fecha de vencimiento: 03-03-2023
Monto: 5 %
Descripción: Instrumento Financiero que garantice el Fiel y oportuno Cumplimiento del Contrato. Cualquier Instrumento Financiero, a la vista, irrevocable y de liquidez inmediata.
Glosa: “Para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del “CONTRATO DE SUMINISTRO DE NUTRICIONES ENTERALES LÍQUIDAS PARA EL HOSPITAL CARLOS VAN BUREN, Licitación Pública ID 1057554-30-LR20”
Forma y oportunidad de restitución: Una vez finalizado el contrato y previa recepción conforme de los insumos y/o servicios solicitados en la Propuesta Pública de Licitación, en la que se levantará un acta de recepción definitiva por la Unidad Técnica respectiva, será responsabilidad de la Empresa el retiro del documento de garantía. Para solicitar la devolución de dicho documento, es necesario contactar al correo de la Administradora de Contratos (admincontratos.hcvb@redsalud.gov.cl) con los siguientes datos: Licitación, Banco, N° de Documento de Garantía, RUT Proveedor, Nombre Proveedor, Dirección Proveedor, Nombre del Contacto que retira el Documento y N° Teléfono del Contacto. La devolución del Instrumento Financiero se llevará a efecto, 5 días hábiles posteriores a la confirmación vía e-mail del retiro (recepción de correo que indique que el documento está listo para retiro) en la Sección Caja de la Unidad de Contabilidad, ubicada en el 3º piso del Edificio Otorrino-Oftalmología del Hospital Carlos Van Buren.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Resciliación
Corresponderá resciliar el contrato cuando el Mandante y el Oferente contratado decidan ponerle término y liquidar anticipadamente el Contrato. Con tal objeto, la parte interesada en resciliarlo deberá formular una presentación por escrito a la otra parte y ésta aceptarlo. Se perfeccionará esta resciliación mediante la formalización del acuerdo respectivo.
Resolución de Contrato
Sin perjuicio de las causales generales consagradas en el Derecho Común, el contrato se resuelve ipso iure o por el sólo ministerio de la ley en lo indicado en el Artículo N° 77 del decreto Nº 250 de 2004 y el Artículo N° 79ter, en los siguientes casos: a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por la Empresa. c) Estado de notoria insolvencia de la Empresa, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. f) Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. g) Si la Empresa no concurre a la firma del Contrato dentro del plazo estipulado en las Bases para tales efectos. h) Si habiendo firmado el contrato, la Empresa no hace entrega del Instrumento Financiero de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del mismo. i) Por traspaso, a cualquier título, del contrato de la materia de encargo. j) Por no cumplimiento de alguno de los puntos estipulados en el Contrato. k) Si la Empresa es declarada, procesada o condenada por delito que merezca pena aflictiva. l) Por quiebra, cesión de bienes o notoria insolvencia de la Empresa. m) Si hay orden de ejecución y embargo de todo o parte de los bienes de la Empresa. n) Si la Empresa suspende la entrega mensual de los productos materia de encargo solicitado a suministrar por más de 10 días, salvo justificación aceptada por la Referencia Técnica y/o el Hospital. o) Si la Empresa suspende la entrega de los productos materia de encargo solicitado a suministrar por quiebre o falta de stock y/o no busca una alternativa de abastecimiento de iguales o mejores características. p) Por evidente desistimiento en la entrega de la materia de encargo del contrato. q) Si la Empresa no acata las órdenes e instrucciones que imparte la Referencia Técnica. r) Por modificación o alteración de la materia de encargo sin la debida autorización. s) En general, si la Empresa no ha dado cumplimiento a las cláusulas del presente contrato. Sin perjuicio de las causales establecidas en esta causal, existe la posibilidad de modificar el contrato que se debe aprobar por Resolución Exenta y publicado en el Portal Mercado Público. En tal caso, no se puede alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de las empresas, así como tampoco se puede aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado. La medida a aplicar se debe formalizar a través de una Resolución Exenta, la que se debe pronunciar sobre los descargos presentados, si es que existen, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución proceden los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. En cualquiera de los eventos expuestos anteriormente, la empresa pierde como sanción, tan pronto como se ponga término anticipado al contrato, las garantías que avalan el cumplimento de éste, a excepción cuando se debe a una causa no imputable a la empresa.
Alianza de proveedores
Los oferentes que deseen presentar una oferta en común, deberán adjuntar documento formal en los anexos administrativos de la licitación que dé cuenta de dicho acuerdo. Cabe mencionar que la vigencia de esta alianza no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando prórroga del contrato, de acuerdo a lo indicado en el Artículo Nº 67 bis del decreto Nº 250, de 2004.