El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
1. APRUÉBENSE, las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas y demás antecedentes de la Licitación Pública denominada “ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN, ADIESTRAMIENTO, MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE EQUIPO RAYOS X TELECOMANDADO CON FLUOROSCOPIA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RÍOS RUIZ” LOS ÁNGELES” Quedando las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas y demás antecedentes en el siguiente tenor:
BASES ADMINISTRATIVAS
“ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN, ADIESTRAMIENTO, MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE EQUIPO RAYOS X TELECOMANDADO CON FLUOROSCOPIA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RÍOS RUIZ” LOS ÁNGELES” ID N°1057804-20-LR19.
Las presentes Bases Administrativas y todas las normas y mecanismos estipulados por la ley 19.886 y sus modificaciones, Reglamento de compras públicas regirán la siguiente Propuesta Pública “APRUÉBESE BASES ADMINISTRATIVAS, BASES TÉCNICAS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DEMÁS ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA PÚBLICA DENOMINADA: “ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN, ADIESTRAMIENTO, MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE EQUIPO RAYOS X TELECOMANDADO CON FLUOROSCOPIA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RÍOS RUIZ” LOS ÁNGELES” ID N°1057804-20-LR19.
Que tiene por objeto la adquisición, entrega, instalación, adiestramiento en el uso del Equipo de RX Telecomandado con Fluoroscopía detallados en las Especificaciones Técnicas, además de la mantenciones preventivas y correctivas si es que fuese necesario.
El llamado a la presente licitación se efectuará mediante la publicación de las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas y demás antecedentes en el sistema de información y contratación pública que opera a través del portal www.mercadopublico.cl, por este sólo hecho se consideran conocidas por los proveedores y formarán parte integrante del contrato junto con sus ofertas y aclaraciones, si es que las hubiere.
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UNIDAD TÉCNICA
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Depto. Recursos Físicos - Servicio de Salud Biobío.
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RUT UNIDAD TÉCNICA
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61.607.300-1.
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DIRECCIÓN
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Avenida Ricardo Vicuña Nº 147 interior, Edificio Estacionamiento, Piso 4º, Los Ángeles.
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MANDANTE
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Servicio de Salud Biobío
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RUT MANDANTE
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61.607.300-1.
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DIRECCIÓN
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Avenida Ricardo Vicuña Nº 147 interior, Edificio Estacionamiento, Piso 4, Los Ángeles.
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FINANCIAMIENTO
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Fondos Sectoriales de Inversión.
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MODALIDAD LICITACIÓN
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Precio proporcionado por el oferente.
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TIPO DE LICITACIÓN
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Propuesta Pública a través del Portal www.mercadopublico.cl
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PRESUPUESTO DISPONIBLE:
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El presupuesto destinado es de $ 308.133.000- bruto.
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2.1.1 Podrán participar en la presente licitación, Personas Naturales y Jurídicas (sociedades) que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases, sin perjuicio que para Contratar deberán cumplir con encontrarse inscritas en el Registro de Contratistas de la Dirección de Compras y Contratación Pública: portal electrónico www.mercadopublico.cl como proveedores. Además podrán participar en esta Licitación la Unión Temporal de Proveedores, al tenor de lo establecido en el artículo 67 Bis del Decreto 250 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Entendiéndose por tal, la unión de dos o más proveedores con la finalidad de participar en un proceso de compra, debiendo formalizar la unión con el documento, que a lo menos establezca la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un Representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando la Unión Temporal de Proveedores trate de Adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la Unión Temporal deberá adjuntar al momento de la Oferta, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado menores a UTM10.000, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la Unión Temporal deberá materializarse por Escritura Pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una Sociedad.
Se deja de manifiesto que el Servicio de Salud Biobío exige la Inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el Contrato por lo que deberán inscribirse (punto 2.1.3) en el plazo de 15 días. Para el caso de la Unión Temporal de proveedores, cada Proveedor de dicha Unión Temporal deberá inscribirse individualmente.
2.1.2 Los Proveedores inscritos y no inscritos en el sitio www.chileproveedores.cl para acreditar que no se encuentran afectos a ninguna causal de inhabilidad para contratar con el Estado (artículo 92 del reglamento de la Ley 19.886) deberán adjuntar como anexo a su oferta, una declaración jurada simple donde indique expresamente no encontrarse en ninguno de los siguientes casos, y en caso de ser una Unión Temporal de Proveedores cada socio de la unión deberá adjuntarla:
- No Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
- No registra deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
- La no presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
- No Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
- No Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
- No Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
- Proveedores inhabilitados por condenas por delitos concursales, según la nueva ley de quiebras (art. 401, ley 20.720), dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el contrato. Fuente: Tribunales de Justicia.
- No Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. Proveedores inhabilitados por infracción a los derechos fundamentales del trabajador. Fuente: Dirección del Trabajo. Se aplica a proveedores condenados por infringir derechos fundamentales de los trabajadores, dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el contrato (art.4, ley 19.886).
- No Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
2.1.3 El proveedor no Inscrito en chile proveedores, tendrá 15 días corridos para regularizar su situación si resulta adjudicado en este proceso, período que no se relaciona o superpone con los plazos comprometidos para la entrega del producto o servicio licitado. Ante esto, se retendrá la factura y no se cursara el pago.
El Proyecto consiste en la “ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN, ADIESTRAMIENTO, MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE EQUIPO RAYOS X TELECOMANDADO CON FLUOROSCOPIA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RÍOS RUIZ” LOS ÁNGELES”. del Servicio de salud Bío Bío. En la presente propuesta se incluyen las respectivas características o especificaciones técnicas, se adjuntan a las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas en el anexo llamado "Especificaciones Técnicas” del equipo.
Resumen de los bienes a adquirir:
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Cantidad
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TÉRMINOS DE REFERENCIA DESCRIPCIÓN DE EQUIPO
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1
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“ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN, ADIESTRAMIENTO, MANTENCION PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE EQUIPO RX TELECOMANDADO CON FLUOROSCOPIA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RÍOS RUIZ” LOS ÁNGELES”
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- Según Especificaciones Técnicas anexas.
Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas, Anexos y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la adquisición del Equipo RAYOS X TELECOMANDADO CON FLUOROSPOCIA, para el Complejo Asistencial Dr. ”Víctor Ríos Ruiz” de Los Ángeles.
La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, seguidamente el Contrato y Orden de Compra, que tendrá la calidad de suma alzada y en moneda nacional; siempre y cuando el monto de la contratación supere las 1.000 UTM, en caso que sea menor a 1.000 UTM) se emitirán sólo Resolución de Adjudicación y Orden de Compra.
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual que se celebre para efectos de la adquisición del instrumental y/o Equipos que se requieren, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes.
La Licitación y posterior adquisición se ceñirán a la legislación chilena y se regirán además por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que se indica a continuación:
- Ley de Compras y su reglamento, Ley 19.880 de Actos Administrativos, Ley 18.575 de Bases Generales de la Administración, Ley Nº 20.730 que regula el Lobby, Directrices de Chilecompra y toda otra normativa legal aplicable a esta licitación.
- Aclaraciones y Respuestas sobre aspectos administrativos y técnicos realizados en el Portal.
- Bases Administrativas.
- Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas y Anexos.
- La oferta de la entidad oferente.
- El Contrato.
- Todo otro documento que emane del Servicio de Salud Bío Bío.
El oferente deberá examinar todas las instrucciones, anexos, formularios, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. Si el licitante omite suministrar toda la información requerida o presenta una oferta que no se ajuste sustancialmente y en todos sus aspectos a esos documentos, su oferta podrá ser rechazada, situación que evaluará y decidirá el Servicio de Salud Biobío en conformidad a las Bases.
No obstante los oferentes podrán presentar ofertas alternativas, que superen la configuración requerida, las que podrán ser estudiadas por el Servicio de Salud Biobío, si así lo estima conveniente y necesario.
En las presentes Bases y demás documentos que componen la licitación, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación:
4.1 ADJUDICACIÓN: Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un Contrato de suministro, bienes o servicios, regido por la Ley 19.886 (Artículo Nº2, numeral primero del Decreto Supremo Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
4.2 ANEXOS: Formato o documentos elaborados por el Servicio, los cuales deberán ser completados por las entidades interesadas en efectuar un proceso de compras, a través del Sistema de Información y de otros medios para la contratación electrónica.
4.3 BASES: Son el conjunto de normas y disposiciones que regulan el proceso de adquisición y a las cuales queda sometida la relación del Servicio de Salud Biobío y el proveedor. Comprenden las Bases Administrativas, las Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas, Anexos y cualquier otro documento que forme parte de la licitación.
4.4 CONTRATO: Es aquella convención suscrita entre el comprador y el proveedor por el cual se generan derechos y obligaciones recíprocas y que está integrado además por anexos, formularios, apéndices y todos aquellos documentos incorporados a éste por referencia.
4.5 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: Es aquel conjunto de características técnicas que deberá cumplir como mínimo el equipo y/o Equipos en licitación a entregar por el proveedor.
4.6 OFERTA O PROPUESTA: Es aquel conjunto de proposiciones técnico-económicas presentadas por el oferente referidas al bien incluidas en ellas la instalación, mantenciones preventivas y correctivas presentadas por el oferente en el portal Mercado Público.
4.7 DE LOS PLAZOS: Si no se establece expresamente, cuando se habla de “días“, en los documentos de la propuesta, se refiere a “días hábiles”.
4.8 OFERENTE, PROPONENTE O LICITANTE: Persona natural o jurídica, que participa en la Licitación y realiza la oferta. (Se incluye la Unión Temporal de Proveedores al tenor del Artículo 67 Bis del Decreto 250 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios)
4.9 PROVEEDOR O ADJUDICADO: Es la empresa fabricante o intermediaria, que una vez adjudicada la propuesta, adquiere el compromiso de suministrar el Instrumental y/o Equipos en las condiciones establecidas en el correspondiente Contrato de Compraventa.
4.10 SERVICIO DE SALUD BIOBÍO: Institución del Sistema Nacional de Servicios de Salud que convoca la presente licitación para la compra o adquisición del Instrumental y/o Equipos. En adelante el Servicio o el Comprador.
4.11 UNIDAD TÉCNICA: Servicio Público que convoca la presente licitación para la adquisición del Instrumental y/o Equipos, quien además, adjudica y controla la ejecución del proyecto hasta su recepción final. En este caso, es el Servicio de Salud Biobío, a través de su Depto. de Recursos Físicos.
4.12 FABRICANTE: Persona natural o jurídica, cuya actividad es la fabricación del equipo que se licita.
4.13 FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO: Cualquier acontecimiento imprevisible e irresistible, exterior a la voluntad de las partes que haga imposible el cumplimiento de las obligaciones del contrato. Frente a cualquier duda respecto a este punto, referirse al Código Civil Artículo 45, en todo caso será calificado por el mandante.
4.14 GARANTÍAS: Se refieren al documento bancario denominado Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista o Póliza de Seguro emitido por un Banco o Sociedad de Garantía Recíproca y Fogape con oficina en Los Ángeles y/o Concepción que tienen por objeto asegurar la Seriedad de la Oferta o el Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato y Obligaciones Laborales; y Anticipo de acuerdo a Art. 31 y 68 respectivamente del decreto 250 actualizado 10/05/2015. Tratándose de las Garantías, éstas deberán ser pagaderas a la Vista y tener el carácter de irrevocables, pagaderas al primer requerimiento; y al momento de regularlas, las Bases no podrán establecer restricciones respecto a un Instrumento en particular, debiendo aceptar cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo en el artículo 31 inc. 4º del Reglamento de la ley 19.886.
4.15 LICITACIÓN: Es el proceso destinado a la adquisición de Instrumental y/o Equipos, que se inicia con el llamado a Licitación y finaliza con la emisión del acta de recepción definitiva.
4.16 REGISTRO DE PROVEEDORES: Registro oficial de información de los Proveedores del Sistema Nacional de Servicios de Salud, administrado por Chilecompra.
4.17 MANDANTE: La entidad que tendrá a su cargo el control financiero del proyecto a ejecutar y que efectuará los pagos que corresponda. En este caso, el Servicio de Salud Biobío.
4.18 SERVICIO TÉCNICO: Organización técnica capacitada profesionalmente para la realización del mantenimiento preventivo y correctivo del Instrumental y/o Equipos, como también del soporte técnico en las instalaciones y puesta en marcha. Puede ser autónomo o una división en la organización del proveedor.
4.19 MONEDA: Para todos los efectos de la presente licitación, regirá como moneda el peso chileno. No se admitirá ofertas en otras monedas. Se exceptúan las garantías que podrán estar expresadas en UF.
4.20 UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES: Según lo señala el artículo 67 bis del reglamento de la ley 19.886, define lo siguiente; Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse.
4.21 EXCLUYENTE: Que excluye, deja fuera o rechaza. En el caso de la licitación, las propuestas que no cumplan con lo solicitado y marcado como excluyente su propuesta será declarada inadmisible. Todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el decreto Nº 250 que contiene el reglamento de la ley 19.886.
Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas o unión temporal de proveedores que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases, sin perjuicio que para Contratar deberán cumplir con encontrarse inscritas en el Registro de Contratistas de la Dirección de Compras y Contratación Pública: portal electrónico www.mercadopublico.cl como proveedores en el plazo máximo de 15 días a contar de la notificación de la adjudicación.
El idioma Castellano regirá para todo el proceso de adquisición, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de la adquisición.
El proveedor y/o su representante deberá constituir domicilio en la República de Chile.
Todos los plazos son de días corridos, salvo las excepciones contempladas en estas bases.
La Comunicación se efectuará Exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl
Etapas Licitación Pública: Una (Apertura de Oferta Técnica y Económica en un solo Acto), que se efectuará a través del sistema de información www.mercadopublico.cl
Soporte de Documentos: Soporte digital, excepcionalmente se podrá utilizar soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas bases o por la ley de compras y su reglamento.
Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte del Servicio de Salud Biobío.
6.1. Convocatoria a Propuesta: Se efectuará mediante la publicación de las bases Administrativas y demás documentos en el Sistema de Información y Contratación Pública que opera a través del Portal www.mercadopublico.cl, en el período señalado en el Portal www.mercadopublico.cl (Calendario de la Licitación) hasta la fecha y hora de cierre para el ingreso de las ofertas a este Portal. Las Bases se encontrarán publicadas en dicho portal.
6.2. Entrega de antecedentes para postulación: Las Bases y antecedentes se encontrarán disponibles en los días indicados en el calendario de licitación, en el Portal www.mercadopublico.cl.
6.3. Recepción de consultas: Los proponentes pueden solicitar aclaraciones o hacer consultas sobre los documentos de licitación o los aspectos que les merezcan dudas, las que deberán ingresarse al portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido para ello en el Portal (Calendario de Licitación).
6.4. Respuesta a Consultas: La respuesta a las consultas y/o aclaraciones, serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl en el plazo que se señala en el Calendario de Licitación y se entenderán, forman parte integrante de las Bases Administrativas. Será de responsabilidad de los oferentes el conocimiento de éstas y no podrán alegar desconocimiento de ellas para cualquier efecto.
6.5. Ingreso de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl: Las ofertas deben ser publicadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl dentro del plazo y hora estipulado en el Calendario de la Licitación.
6.6. Recepción Física de las Propuestas: Caso de indisponibilidad del Portal y excepcionalmente se recibirán los antecedentes físicos obligatorios (como boletas de garantía, vale vista) y opcionales que se soliciten en la propuesta, los que se recepcionarán en la Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío, ubicada en Avenida Ricardo Vicuña Nº 147 interior, Edificio Estacionamiento, Piso 4º, Los Ángeles, hasta el día y hora señalados en el Calendario de Licitación como fecha de Cierre del Ingreso de Ofertas en el Portal.
6.7. Apertura de las Propuestas: La apertura de las propuestas se realizará en forma electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl, el día y hora señalados en el Calendario de Licitación conjuntamente con la verificación de la entrega de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
6.8. Fecha de adjudicación: Corresponde a la fecha en la cual estará resuelta la adjudicación por parte de la comisión de evaluación de la Propuesta, de acuerdo al Calendario de Licitación. La cual podrá ser prorrogable con motivo justificado, situación que se indicará expresamente en el Portal www.mercadopublico.cl.
La Unidad Técnica, en este caso el Servicio de Salud Biobío, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. La cual será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
El Servicio tendrá la facultad discrecional de prorrogar el plazo para la presentación de la propuesta a fin de dar un tiempo razonable para la preparación de los antecedentes, considerando lo estipulado en el párrafo anterior.
Cualquier comunicación que deba realizar el Servicio con los proponentes, será publicada a través del portal www.mercadopublico.cl en la licitación correspondiente.
Las ofertas deberán enviarse a través del sistema de información de compras y contrataciones de los organismos públicos, en adelante Portal www.mercadopublico.cl.
El Servicio no podrá adjudicar ninguna oferta que no se presente en la forma señalada en el inciso precedente.
La sola presentación de la oferta implicará el conocimiento y la aceptación cabal del proponente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes Bases de licitación, sin necesidad de declaración expresa en tal sentido.
Los proveedores deben ingresar en el Portal www.mercadopublico.cl, los siguientes documentos o Formularios.
8.1.1 Formulario N°1 “Identificación del Oferente”, firmado por el representante legal de la empresa, publicado conjuntamente con las Bases Administrativas de la presente licitación.
8.1.2 Formulario N°2 “Declaración Jurada de Aceptación de Condiciones”, respecto de la habilidad para contratar con el estado, firmado por el representante legal de la empresa.
8.1.3 Formulario N°3 “Declaración Jurada Simple Sobre Habilidades Para Contratar”. firmado por el representante legal de la empresa.
8.1.4 Formulario N°4 “Lista de Verificación de Documentos .
8.1.5 Formulario Nº6 “Listado de Inclusión”
8.1.6 Certificado de pago Cotizaciones Previsionales, Certificado Inspección del Trabajo, en el que conste que no existen reclamos de ningún tipo en contra de la empresa oferente y su representante legal, noventas días anteriores a la fecha de publicación de la propuesta.
Los proveedores deben ingresar en el apartado Anexos Técnicos (de preferencia) del Portal www.mercadopublico.cl, los siguientes documentos correspondientes a (Formulario N° 5 y N° 8):
8.2.1 Formulario N°5 “Especificaciones Técnicas”: Corresponde al cumplimiento de las especificaciones técnicas del Instrumentos y/o Equipos en licitación. Las especificaciones consignadas en dicho formulario serán reflejo del precio ofertado a través del Portal. Será de presentación obligatoria completar cada línea de las especificaciones según lo solicitado (marcado con “*”), indicando la ubicación de dicha característica en el catálogo, manual u oferta técnica presentado, pues de lo contrario será causal de inadmisibilidad de la oferta.
En caso de encontrar discrepancias entre los declarado y detallado en manual, catálogo u oferta técnica presentado, será la comisión de evaluación la que debidamente fundada evaluará en caso de haberla y tomará la decisión de aceptar o rechazarla una especificación técnica específica, de acuerdo a criterios Técnicos.
8.2.2 Formulario N°7 “Experiencia del Oferente”, se debe adjuntar con o sin experiencia y no se podrá solicitar luego del cierre de la licitación (excluyente).
8.2.3 Certificado de Representación de la marca, para los Equipos y Equipamiento, extendido por el fabricante, en original o en su defecto fotocopia autorizada ante Notario, en el cual se haga referencia a los Equipos que se ofrece.
8.2.4 Catálogos que contengan fotos y/o vistas, descripción, características y especificaciones técnicas de los productos ofertados para ser cotejados con los datos ingresados en Formulario Nº 5 y 8
8.2.5 Plan de capacitación y adiestramiento dirigido a usuarios, que indique actividades y tiempos requeridos, sólo en el caso de Equipos médicos. Para instrumental quirúrgico no es exigible.
- Usuarios: En materia de operación y mantenimiento básico como asimismo la identificación de las fallas más frecuentes que pudiera presentar el equipo y entregar alternativas de solución. Esta deberá considerar al menos a dos profesionales o usuarios a cargo de esas tareas y realizarse, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la instalación y puesta en funcionamiento de los Equipos.
- Personal de Mantención: Se deberá realizar adiestramiento al personal de mantención del Servicio Salud Bío Bío o a quien sea designado.
8.2.6 Formulario N°9 “Certificado Dirección Servicio Técnico”, certificado que indica la ubicación comercial del servicio técnico, no se podrá solicitar luego del cierre de la licitación.
8.2.7 Formulario N°10 “Certificado Garantía Extendida”, certificado que solicita comprometer la garantía extendida, posterior la garantía mínima exigida, en las especificaciones técnicas no se podrá solicitar luego del cierre de la licitación.
8.2.8 Formulario N°11 “Costo Convenio Posterior al Término de la Garantía Técnica del Equipo”, Formulario que estipula el monto de las mantenciones del equipo posterior a la garantía comprometida por el proveedor, no se podrá solicitar luego del cierre de la licitación.
El no cumplimiento de los requisito consignados en los puntos 8.2.1., 8.2.2, 8.2.3 y 8.2.4, configurará causal de inadmisibilidad de la oferta respectiva.
Los formularios requeridos, se encontrarán disponibles en el mismo portal y se publicarán conjuntamente con las Bases Administrativas y Bases Técnicas de la presente licitación.
Junto a la oferta económica ingresada al portal de acuerdo a los requerimientos del sistema, los proveedores deben ingresar en el apartado Anexos Económicos (de preferencia) del Portal www.mercadopublico.cl los siguientes documentos correspondientes al Formulario N°8 “Oferta Económica”:
8.3.1 Formulario N°8 Oferta Económica (fusionado con Formulario N°5), en el cual se debe consignar los antecedentes de cada alternativa ofertada. El valor de las ofertas, ingresados al portal www.mercadopublico.cl por los proveedores y el Formulario de oferta adjunto a estas bases, deben ser plenamente coincidentes. La única diferencia debe corresponder al valor del IVA; ya que el precio de la oferta que se debe ingresar en el portal corresponde a precios netos. Con todo, y ante cualquier discrepancia, prevalecerá el valor neto ingresado al portal www.mercadopublico.cl por ser este el valor que genera la Orden de Compra.
La no presentación en formato digital de la documentación indicada, que conforman los Anexos Económicos (punto. 8.3, 8.3.1), configurará causal de inadmisibilidad de la oferta respectiva.
Las condiciones de la oferta económica deberán tener vigencia mínima de 90 días corridos a partir de la fecha de apertura de la propuesta plazo que deberá consignarse en el Formulario de Oferta Económica.
Si el Servicio de Salud no pudiere efectuar la adjudicación dentro de este plazo, solicitará a los proponentes la revalidación de sus ofertas. En estas circunstancias, los proponentes no estarán obligados a continuar participando en la licitación. Tanto la revalidación de las ofertas, como la decisión de no seguir participando, deberán manifestarse al Director del Servicio, en forma expresa y por escrito y sólo podrán plantearse frente a la situación señalada.
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Formulario N°
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Descripción
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DOCUMENTO CONSIDERADO FORMAL
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DOCUMENTO CONSIDERADOS OBLIGATORIO
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Formulario N°1
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“Identificación del Oferente”
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SI
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Formulario N°2
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“Declaración Jurada de Aceptación de Condiciones”
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SI
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Formulario N°3
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“Declaración Jurada Simple Sobre Habilidades Para Contratar”
|
SI
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Formulario N°4
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“Lista de verificación documentos”
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SI
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Formulario N°5
|
“Especificaciones Técnicas”
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|
SI
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Formulario N°6
|
“Inclusión Laboral”
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SI
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Formulario N°8
|
"Oferta Económica"
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|
SI
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Formulario N°9
|
“Certificado Dirección Servicio Técnico”
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|
SI
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Formulario N°10
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“Certificado Garantía Extendida”
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SI
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Formulario N°11
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“Costo Convenio Posterior al Término de la Garantía Técnica del Equipo”
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SI
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Certificado
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Representación Marca según Articulo N° 8.2.3
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SI
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Catálogos
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Catálogos que contengan fotos y/o vistas, descripción, características y especificaciones técnicas de los productos ofertados
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SI
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Plan de capacitación o Adiestramiento
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Plan de capacitación y adiestramiento dirigido a usuarios, que indique actividades y tiempos requeridos.
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SI
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El plazo de presentación de las ofertas y demás documentos de la propuesta vence el día y hora señalado en el Calendario de Licitación del Portal www.mercadopublico.cl.
Efectuado el envío de las ofertas, a través del portal, los proveedores deberán cerciorarse de que tal operación se efectuó exitosamente, para cuyo fin, deberán obtener e imprimir el comprobante de envío que aquél permite generar. Será obligación de los proveedores, verificar, el efectivo y oportuno envío de sus ofertas, para cuyo efecto, deberán imprimir el comprobante que permite generar dicho sistema, y conservar éste en su poder. Frente a un eventual conflicto o discrepancia que surja en torno a tales hechos, será condición esencial acompañar dicho documento, en respaldo de la presentación o reclamo que al efecto se haga ante el Servicio. No se aceptarán reclamos en que no se adjunte tal documento.
9.1 PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES COMPLEMENTARIOS QUE SE LE REQUIERAN A LOS OFERENTES.
Se permitirá anexar documentación requerida para complementar las ofertas a través del Foro Inverso del www.mercadopublico.cl. Se deja claro que esta documentación no corresponde a los formularios solicitados en los Ptos. 8.2 y 8.3 de las presentes Bases. Y que es información sólo complementaria, que ayude a resolver dudas sobre los bienes o servicios, que se desean adquirir a través de la presente licitación. Así, la Entidad Licitante podrá solicitar a cualquier oferente que subsane errores o aclare documentos presentados, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Conforme lo establecido en el artículo 31 del decreto No 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba Reglamento de la ley N° 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, modificado por el decreto No 1.41O, de 2014, de esa misma Cartera de Estado, vigente a partir del 10 de agosto del 2015, conforme al dictamen No 63.232, de 2015.
Los documentos de garantía consistirán en una Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguro, emitido por un Banco, la GARANTÍA deberá ser IRREVOCABLE, A PRIMER REQUERIMIENTO Y PAGADERA A VISTA. Además se puede enviar como garantía un Certificado de Fianza emitido por alguna Sociedad de Garantía Recíproca y Fogape, creada en base a la Ley N° 20.179, otros de acuerdo al Art. 31 del decreto 250 actualizado 10/05/2015.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente, en las presentes Bases. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Para el caso que el documento de Garantía este expresado en UF se deberá agregar la siguiente mención:
a) Para el caso de ser la Garantía de Seriedad de la Oferta:
“La presente póliza (Certificado de Fianza), garantiza hasta el monto asegurado, los daños patrimoniales que el Asegurado sufra como consecuencia de la renuncia, retiro, desistimiento o incumplimiento en el periodo de presentación de la oferta o consolidación del contrato, que equivale a $200.000.- (doscientos mil pesos). En ningún caso se pagará menos que el valor indicado en pesos”.
b) Para el caso de ser la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales; o el Pago Anticipado:
“La presente póliza (Certificado de Fianza), garantiza hasta el monto asegurado, los daños patrimoniales que el Asegurado sufra como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones contraídas por el Afianzado, que equivale a $_____________________ pesos. En ningún caso se pagará menos que el valor indicado en pesos”.
Se tomarán por los montos, períodos de vigencia y condiciones indicadas en las Bases Administrativas y deberán indicar la propuesta y la naturaleza del compromiso que garantizan, esto es:
Para el caso de Licitaciones iguales o mayores a 2.000 UTM, se exige para la licitación Garantía de Seriedad de la Oferta.
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EXIGENCIA
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Sólo se requerirá este instrumento cuando el valor de la totalidad de los ítems ofertados por el proponente sea igual o superior a 2.000 UTM.
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BENEFICIARIO
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SERVICIO DE SALUD BIOBÍO, RUT:61.607.300-1.
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MONTO
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$200.000 expresado en pesos chilenos.
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VIGENCIA
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90 DIAS.
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ACEPTACIÓN
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Tratándose de Garantía de Seriedad de la Oferta, ésta deberá ser pagadera a la Vista y tener el carácter de irrevocable a primer requerimiento, y al momento de regularla, las Bases no podrán establecer restricciones respecto a un Instrumento en particular, debiendo aceptar cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 31 inc. 4 º del Reglamento de la Ley 19.886.
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GLOSA
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Para garantizar la “Seriedad de la Oferta” de la licitación, “ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN, ADIESTRAMIENTO, MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE EQUIPO RAYOS X TELECOMANDADO CON FLUOROSCOPIA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RÍOS RUIZ” LOS ÁNGELES” ID N°1057804-20-LR19.
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PAGADERA
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A la vista.
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CARÁCTER
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Irrevocable.
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COBRO
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Al primer requerimiento.
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LUGAR DE ENTREGA
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En Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío, Avenida Ricardo Vicuña Nº 147 interior, Edificio Estacionamiento, Piso 4º, Los Ángeles.
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DEVOLUCIÓN
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A todos los oferentes no adjudicados, a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del Plazo de 10 días contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la admisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la Adjudicación, en la forma que se señale en las Bases de Licitación. Sin embargo este plazo podrá extenderse cuando en las Bases se haya contemplado la facultad de adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que éste último se desistiera de celebrar el respectivo contrato. Devolución que se materializara mediante carta certificada dirigida al domicilio consignado en el formulario Nº 1.
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- Conjuntamente con la garantía y para el caso que el documento no admitiere glosa, el oferente deberá entregar un documento en el cual esté contenida la siguiente información:
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DATOS DEL OFERENTE QUE ENTREGA LA GARANTÍA
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Licitación ID
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Nombre o Razón Social:
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Garantía de Seriedad Oferta N° y entidad emisora
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Domicilio:
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Rut:
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Ciudad:
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Comuna:
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Región:
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Datos Encargado Proceso de Licitación
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Nombre completo:
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Cédula de identidad:
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Cargo:
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Fono:
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Correo Electrónico:
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Fax:
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Para garantizar el fiel, integro, total y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas, el adjudicatario, previo a la suscripción del contrato, entregará esta garantía de acuerdo a las siguientes características:
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EXIGENCIA
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Sólo se requerirá este instrumento cuando el valor de la totalidad de los ítems ofertados por el proponente sea igual o mayor a 1.000 UTM.
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BENEFICIARIO
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SERVICIO DE SALUD BIOBÍO, RUT: 61.607.300-1.
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MONTO
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Equivalente al 10% del valor total adjudicado, IVA incluido ; a nombre de “SERVICIO DE SALUD BIOBÍO”. Expresado en pesos chilenos.
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VIGENCIA
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1215 días (3 años 4 meses) como mínimo o que cubra la oferta técnica a partir de la firma del contrato. El comprador podrá exigir la renovación de la boleta, con el propósito de que se encuentre vigente hasta los 90 días siguientes de ejecutada la recepción final de todos los Equipos, momento en que ésta será devuelta en el plazo máximo de 30 días
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ACEPTACIÓN
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Tratándose de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones laborales, ésta deberá ser pagadera a la Vista, al primer requerimiento y tener el carácter de irrevocable, y al momento de regularla, las Bases no podrán establecer restricciones respecto a un Instrumento en particular, debiendo aceptar cualquiera que asegure el cobro de la misma manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el Artículo 68 del Reglamento de Compras Públicas, Decreto Supremo N° 250 del Ministerio de Hacienda.
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GLOSA
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Para garantizar el “Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales” de la licitación, “ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN, ADIESTRAMIENTO, MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE EQUIPO RAYOS X TELECOMANDADO CON FLUOROSCOPIA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RÍOS RUIZ” LOS ÁNGELES” ID N°1057804-20-LR19.
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PAGADERA
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A la vista.
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CARÁCTER
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Irrevocable.
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COBRO
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Al primer requerimiento.
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LUGAR DE ENTREGA
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En Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío, Avenida Ricardo Vicuña Nº 147 interior, Edificio Estacionamiento, Piso 4º, Los Ángeles.
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ENTREGA
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Fecha de entrega ocho (8) hábiles a contar de la fecha de notificación de la adjudicación, a través de Portal Mercado Publico, para el caso de Certificados de Fianza, podrá subir una copia electrónica al portal Mercado Público.
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DEVOLUCIÓN
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A todos los oferentes adjudicados, una vez realizada la recepción definitiva, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases para los efectos de las recepciones definidas. La cual será efectiva mediante carta certificada dirigida al domicilio consignado en el Formulario Nº 1.
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Una vez adjudicada la propuesta, el proveedor será notificado por medio del portal www.mercadopublico.cl, desde ese momento el Proveedor Adjudicado tendrá un plazo máximo de ocho (8) días hábiles para hacer llegar al Depto. de Gestión de Inversiones del Servicio esta garantía, a efectos de proceder a la redacción del Contrato por el Depto. de Asesoría Jurídica, si correspondiere:
La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales se hará efectiva en los siguientes eventos, entre otros consignados en estas bases:
- Si el licitante adjudicado desistiera de la firma del contrato o no lo firmare dentro del plazo estipulado, no cumpliese con sus obligaciones contractuales, constituirá causa suficiente para hacer efectivo el documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales sin perjuicio de la acción indemnizatoria de perjuicios.
- Cancelar la Orden de Compra posterior a la firma del contrato.
B.1. Si, a juicio del Servicio de Salud Biobío, previo informe técnico, se considera que los bienes suministrados no se ajustan a lo exigido en las especificaciones técnicas y antecedentes que componen la Propuesta. Frente a esta eventualidad, el Director del Servicio de Salud Biobío, se reserva el derecho de rescindir la compra, acogiéndose a lo estipulado en el numeral 23 Sanciones y Multas de estas Bases.
B.2. Si, la Empresa no da cumplimiento al plazo estipulado de entrega de los bienes adquiridos, presentando un retraso superior al 10% del tiempo ofertado. Además se considerará no entregado si faltase alguna pieza, instrumento o parte de un equipo, que impida su uso completo, vale decir para todas las funciones que está definido, tal como está indicado en el numeral 23 Sanciones y Multas de estas Bases.
B.3. Si el equipo se recibiese dañado o no funcionase adecuadamente y no se hubiese cumplido con las exigencias, especificaciones técnicas y los plazos establecidos en las Bases Técnicas y Administrativas, con especial énfasis en el punto 8.2.1 Formulario N°5 “Especificaciones Técnicas”: de estas Bases, se aplicaran las sanciones correspondientes según lo estipulado en el numeral 23 Sanciones y Multas de estas Bases.
Si el proveedor oferta la entrega del equipamiento o equipo para una fecha posterior al del Ejercicio Presupuestario 2019 -después del 15 de diciembre-, éste deberá garantizar el pago del equipamiento o equipo adjudicado, presentando un documento de garantía al momento de la entrega de la factura respectiva, en el Servicio de Salud Biobío.
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GLOSA
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“Garantiza la entrega diferida de equipamiento o equipo adquirido por licitación “ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN, ADIESTRAMIENTO, MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE EQUIPO RAYOS X TELECOMANDADO CON FLUOROSCOPIA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RÍOS RUIZ” LOS ÁNGELES” ID N°1057804-20-LR19.
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BENEFICIARIO
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SERVICIO DE SALUD BIOBÍO, RUT: 61.607.300-1.
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MONTO
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Equivalente al 100% del valor total adjudicado en pesos chilenos (moneda nacional), IVA incluido.
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VIGENCIA
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El plazo de entrega del equipamiento o equipo instalado y funcionando (el ofertado en el portal Mercado Público), más 90 días.
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PAGADERA
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A la vista.
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CARÁCTER
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Irrevocable.
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COBRO
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Al primer requerimiento.
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LUGAR DE ENTREGA
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En Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío, Avenida Ricardo Vicuña Nº 147 interior, Edificio Estacionamiento, Piso 4º, Los Ángeles.
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FECHA DE ENTREGA
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5 Días hábiles a contar fecha notificación de la adjudicación de acuerdo a la Ley 19.886 (Art. 71 del decreto 250 actualizado 10/05/2015).
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DEVOLUCIÓN
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Dentro de los 10 días hábiles, contados desde la recepción conforme, sin observaciones, por parte del Servicio de Salud Biobío, de los bienes o servicios que el Proveedor haya suministrado con cargo al respectivo anticipo, mediante carta certificada dirigida al domicilio ingresado en el Formulario Nº 1.
Esta garantía no será exigida en caso de entrega de la totalidad del equipamiento dentro del Ejercicio Presupuestario 2019. (antes del 15 de diciembre).
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Si los documentos de garantía presentasen errores en el nombre de la propuesta, en el nombre del mandante u otro, el oferente podrá presentar en el plazo de 72 horas de notificado un nuevo documento correctamente emitido.
Sobre otro tipo de errores o incumplimiento de plazo, el Servicio de Salud Biobío, se reserva el derecho de rechazar o no la oferta. Artículo 79 ter del decreto 250 actualizado 10/05/2005.
En caso de ser necesario, la Unidad Técnica solicitará al proveedor la certificación de autenticidad de los documentos de garantías ante la institución emisora, correspondiente según la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato y Obligaciones Laborales y Garantía por Anticipo.
La certificación de autenticidad, deberá ser a través de un documento emitido por la sucursal bancaria que señale expresamente que la Garantía es verdadera y ha sido emitida por esa institución. Además deberá venir firmada por el agente de la sucursal emisora.
Acto por el cual la Unidad Técnica a la fecha del cierre de la propuesta, toma conocimiento de las ofertas enviadas a través del portal www.mercadopublico.cl, procediendo a revisar la documentación adjunta en el apartado Anexos Administrativos, Técnicos y Económicos y los documentos exigidos en el punto 8 de las presentes Bases Administrativas. En el evento de no cumplir con lo requerido no se validará la oferta en el Portal www.mercadopublico.cl.
El Servicio se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes y no impida la correcta evaluación de las propuestas y se reserva la facultad para solicitar a los proveedores mayores antecedentes de sus ofertas una vez cerrada la licitación, lo que deberá realizar mediante el portal.
Las propuestas serán evaluadas y calificadas por una comisión designada para estos efectos por el Director del Servicio Salud Biobío, la cual podrá funcionar válidamente con tres de sus miembros. La comisión podrá proponer la adjudicación total o parcial de la propuesta, como también aumentar o disminuir las cantidades a adjudicar de una o más líneas, adquiriendo los bienes que estime convenientes, sobre la base de los valores unitarios de la oferta. Para una mejor evaluación de las ofertas el Servicio de Salud Biobío podrá solicitar demostraciones de los Equipos en la ciudad de Los Ángeles, en dependencias el Complejo Asistencial Dr. Víctor Ríos Ruiz o del Servicio de Salud Biobío.
La referida comisión estudiará y evaluará los antecedentes de la propuesta y elaborará un informe comparativo y evaluativo (Informe Final de la comisión de Evaluación) de las ofertas, considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros. El Servicio de Salud se reserva el derecho de aceptar cualquier oferta de las seleccionadas, o rechazarlas conforme a criterios de mérito, oportunidad y conveniencia en conformidad a las bases, en relación al artículo 40 bis del decreto 250 que aprueba el reglamento de Compras Públicas que señala que el informe contendrá las siguientes menciones:
1.- Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
3.- La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.
4.- La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
5.- La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
La comisión evaluadora hasta antes de la adjudicación, podrá solicitar a los oferentes, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecte el principio de igualdad de los oferentes, con estricta sujeción a las bases y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Los resultados matemáticos de la presente evaluación serán expresados en dos decimales (0.00).
La ponderación y los factores de evaluación para cada ítem licitado será la siguiente:
La ponderación y los factores de evaluación para cada ítem licitado será la siguiente:
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Criterio
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Puntaje
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Oferta Económica
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20
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Especificaciones Técnicas
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20
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Plazo de Entrega
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15
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Soporte Técnico
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17
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Experiencia del Oferente
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15
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Criterio de inclusión
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8
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Cumplimiento de Requisitos de Presentación
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5
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Total
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100
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Puntaje Final = (PO x 0.00) + (CT x 0, 00) + (ST x 0, 00) + (PE x 0, 00) + (EO x0 .00)+ + (CI x 0.00)
Para los cálculos y resultados, se aplicará la regla de dos decimales (0.00), después de la parte entera.
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- Precio (20%): Se evaluará en virtud de la siguiente fórmula matemática:
para toda oferta: i = 1,2,3,4…n.
Donde,
Puntaje : puntaje a asignar a la propuesta “i”.
Precio oferta menor : precio de la oferta más baja.
Precio oferta : precio de la oferta “i”.
Para todas aquellas ofertas que cumplan con los requerimientos técnicos mínimos solicitados.
- Especificaciones Técnicas (20%): El factor de “Especificaciones Técnicas” considera las Especificaciones Técnicas entregadas en la presente licitación como requerimiento genérico y las Características Técnicas propias de los bienes licitados, y que resultan relevantes para su adquisición.
Será de presentación obligatoria completar cada línea de las especificaciones según lo solicitado, indicando la ubicación de dicha característica en el catálogo, manual u oferta técnica presentado (se indica con asterisco [*] línea obligatoria a completar), de no ser así será causal de inadmisibilidad de la oferta.
Para efectos de evaluación de las ofertas técnicas, se asignará puntaje por el debido respaldo de cada una de las especificaciones técnicas, la cual puede provenir de información de catálogos o documentos técnicos del fabricante entregado en la licitación u oferta técnica, la ubicación del contenido debe expresarse de manera precisa en las Especificaciones Técnicas, columna “verificación de especificaciones”.
Todas las ofertas presentadas por los oferentes deben cumplir con todas y cada una de las especificaciones técnicas detalladas en Formulario de Especificaciones Técnicas. En caso de discrepancias, será la comisión de evaluación la que debidamente fundada evaluará en caso de haberla y tomará la decisión de aceptar o rechazarla una especificación técnica específica, de acuerdo a criterios Técnicos.
La oferta presentada que no se ajuste al 95% como mínimo de las Especificaciones Técnicas o modifique o borre alguna de las características solicitadas, será evaluada con cero puntos en este criterio de evaluación, situación que además dejará la oferta fuera de competencia por no ajustarse a las características específicas de los bienes que se solicita sea ofertado.
- Las características técnicas indicadas como “EXCLUYENTE” son consideradas obligatorias, el hecho de no considerar u ofertar cualquiera de ellas hará que sea considerada inadmisible la oferta.
- Las Características técnicas con puntuación, si esta cumple se le asignará el puntaje que corresponde según Listado de Especificaciones Técnicas, si no cumple se le asignará 0 puntos, o lo indicado en Listado de Especificaciones técnicas.
Puntaje Características Técnicas
- Plazo de Entrega de los Equipos (15%): Se evaluará según la siguiente tabla, el plazo ofertado por el proveedor es el entregado por el proveedor en el Formulario N° 5 y 8
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PLAZO DE ENTREGA (Días corridos)
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PUNTAJE X 15%
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120 días corridos o menos
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100
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Entre 121 y 150 días corridos
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80
|
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Entre 151 y más días
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60
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Se entiende por plazo de entrega el total de días corridos que los proponentes ofertan para la entrega de los Equipos en el establecimiento de destino. El plazo de entrega será aquel que proponga la empresa adjudicataria, consignado en el Formulario de Oferta Económica. Los plazos comienzan a correr de acuerdo a lo estipulado en el punto 19. DEL PLAZO DE ENTREGA.
- Soporte Técnico (17%): Para el cumplimiento de este criterio, las empresas deberán subir los documentos para acreditar lo solicitado según corresponda :
- Puntaje Ubicación Servicio Técnico (40%): Corresponde al domicilio comercial donde se ubica el servicio técnico.
Se comprueba mediante: FORMULARIO N° 9: CERTIFICADO DIRECCIÓN SERVICIO TÉCNICO
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Lugar Geográfico Servicio Técnico
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Puntaje
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|
En la Octava Región del Biobío
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100
|
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Decimosexta Región -XVI (Ñuble) y/o Novena Región
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80
|
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Fueras de esta regiones
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10
|
|
No tiene
|
0
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- Puntaje duración garantía extendida (60%): Se evaluará en virtud de la siguiente tabla, considerando que este concepto es adicional a la garantía mínima exigida en las especificaciones técnicas de la licitación y como se señala, se evaluará en años y se deberá informar en el Formulario N°10.
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Años adicionales de garantía
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Puntos
|
|
3 años
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100
|
|
2 años
|
80
|
|
1 año
|
60
|
|
Menos de 1 año
|
0
|
El resultado total para la evaluación de este criterio será determinado por la ponderación de los resultados obtenidos mediante la siguiente formula:
Puntaje total = (“Puntaje Ubicación Servicio Técnico”*0,4)+(Puntaje “Duración Garantía Extendida”*0,6),
- Experiencia Oferente (15%):
Se evaluará los años de representación de la Marca según formulario N°7, más certificado de representación de la marca.
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Años de Representación
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Puntaje
|
|
Superior a 30 años
|
100
|
|
Entre 29 a 20
|
70
|
|
Entre 19 a 10
|
50
|
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Entre 1 a 9 años
|
20
|
|
No informa
|
0
|
- Criterio de Inclusión (8%): Se evaluará según el cumplimiento de los siguientes sub-criterios:
Criterios de evaluación inclusivos relativos a personas con discapacidad mental, sensorial o física, o bien, indígenas (minoría étnica):
- Subcriterio Personas con discapacidad física, sensorial (visión y audición) o mental (Intelectual o Psíquica).........50%.
La empresa presenta personal (trabajadores) con discapacidad física, sensorial (visión y audición) o mental (Intelectual o Psíquica)
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN
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Puntos
|
|
Acredita Contar con al menos un trabajador con discapacidad
|
100
|
|
No acredita
|
0
|
- Deberá ser acreditado con un Certificado de Discapacidad emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación en el que consten los hechos y anotaciones que aparecen en el Registro Nacional de Discapacidad, que tenga una vigencia no mayor a 180 días; y para el caso de no ser el Oferente, además deberá adjuntar copia del respectivo contrato de trabajo vigente que acredite la relación de subordinación que lo vincula con la empresa oferente, anexándolo a la oferta generada a través del portal www.mercadopublico.cl.
- Esta condición deberá Perdurar todo el tiempo de la Ejecución del Contrato.
- El Servicio de Salud Biobío podrá solicitar en cualquier momento durante toda la vigencia del contrato la documentación que respalde o acredite el criterio de Inclusión Evaluado.
- Subcriterio Pueblos Originarios (minoría étnica)...50%.
La empresa cuenta con personal (trabajadores) que cumpla con el requisito de pertenecer a Pueblos Originarios (minoría étnica):
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN
|
Puntos
|
|
Acredita condición de indígena de algunos de sus trabajadores
|
100
|
|
No acredita
|
0
|
- Deberá ser acreditado con el Certificado de calidad Indígena emitido por CONADI, y para el caso de no ser el Oferente, además deberá adjuntar copia del respectivo contrato de trabajo vigente que acredite la relación de subordinación y dependencia que lo vincula con la empresa oferente, anexándolos a la oferta generada a través del portal www.mercadopublico.cl.
- Esta Condición deberá perdurar todo el tiempo de la ejecución del contrato de Adquisición.
- El Servicio de Salud Biobío podrá solicitar en cualquier momento, durante toda la vigencia del contrato, la documentación que respalde o acredite el criterio de Inclusión Evaluado.
- CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (5%)
Criterios de evaluación que califica el cumplimiento de entrega de los formularios y certificados solicitados en las bases de la presente licitación:
|
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
|
Puntos
|
|
Cumple con Requisitos Formales
|
100
|
|
No cumple con Requisitos Formales
|
0
|
|
Formulario N°
|
Descripción
|
DOCUMENTO CONSIDERADO FORMAL
|
DOCUMENTO CONSIDERADOS OBLIGATORIO
|
|
Formulario N°1
|
“Identificación del Oferente
|
SI
|
|
|
Formulario N°2
|
“Declaración Jurada de Aceptación de Condiciones
|
SI
|
|
|
Formulario N°3
|
“Declaración Jurada Simple Sobre Habilidades Para Contratar
|
SI
|
|
|
Formulario N°4
|
Lista de verificación documentos
|
SI
|
|
|
Formulario N°6
|
“Inclusión Laboral”
|
SI
|
|
|
Certificado
|
Representación Marca según Articulo N° 8.2.3
|
SI
|
|
Al término de la evaluación, se confeccionará un cuadro comparativo, que establecerá el orden de prelación entre los oferentes evaluados, el cual estará dado por la nota o puntaje que obtenga cada uno. El Servicio decidirá la adjudicación en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses en conformidad a las bases, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este numeral.
1.1. RESOLUCIÓN DE EMPATES
De existir dos o más ofertas calificadas con igual puntaje, se adjudicará la oferta que tenga el puntaje más alto en las características Técnicas, de mantener el empate se decidirá en función de la oferta con mejor evaluación económica y así sucesivamente en función de la siguiente tabla.
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Criterios
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Orden Jerárquico de Desempate
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a. Características Técnicas (CT)
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1°
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b. Precio de la Oferta (PO)
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2°
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c. Soporte Técnico (ST)
|
3°
|
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d. Plazo de Entrega (PE)
|
4°
|
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e. Experiencia Oferente (EO)
|
5°
|
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f. Criterios de Inclusión (CI)
|
6°
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En caso de persistir el empate, se procederá a adjudicar al que haya ingresado su oferta primero, según el comprobante de ingreso de oferta del portal www.mercadopublico.cl.
El Servicio se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación cuando la oferta u ofertas presentadas no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.886 sobre Compras Públicas, mediante resolución fundada.
La declaración de inadmisibilidad podrá ser hecha, en cualquier tiempo durante el proceso de licitación, incluso, en el acto mediante el cual éste se decide.
Se considerarán siempre inadmisibles:
- Las ofertas extemporáneas.
- Las ofertas que no den cumplimiento a las exigencias que establecen las Bases.
- Cuando el proveedor no suba o adjunte en el portal www.mercadopublico.cl la documentación exigida en los apartados formularios, anexos administrativos, técnicos y económicos o bien cuando los suban erróneamente.
- Las ofertas temerarias, entendiéndose así aquellas ofertas que sean un 50% más bajas que la oferta que le sigue. Dificultando o haciendo imposible evaluar al resto de los oferentes en igualdad de condiciones.
La declaración de inadmisibilidad se traducirá en el rechazo de la oferta, que se efectúa con motivo del proceso de validación técnica y/o administrativa a través del portal www.mercadopublico.cl.
La Unidad Técnica, del Servicio de Salud Biobío, se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente, aquella oferta que fundadamente sea más conveniente para el cumplimiento del proyecto y para el resguardo del patrimonio fiscal. Igualmente, se reserva el derecho de rechazar una o más ofertas con los fundamentos de cada caso sin indemnización alguna al (los) oferente (s). Como así, podrá adjudicar una línea de equipo a más de un proveedor en lo que se denomina: “adjudicación múltiple” en el portal www.mercadopublico.cl; de acuerdo a lo que sea más conveniente para el servicio clínico de destino.
El Servicio de Salud Biobío, se reserva el derecho de modificar las cantidades a adjudicar aumentando o disminuyendo las partidas, según lo publicado originalmente, para enmarcarse dentro del presupuesto disponible establecido para cada línea, en razón de mérito, oportunidad y conveniencia.
El Servicio de Salud Biobío podrá aumentar o disminuir la cantidad adjudicada hasta un 30% de lo solicitado fundadamente por lo cual el proveedor deberá respetar la oferta económica adjudicada sin variar el presupuesto, conforme a los intereses del Servicio de Salud Bío Bío y presupuesto disponible, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. En caso de aumento se podrá generar una nueva OC complementaria; y si el aumento ocurre antes de la adjudicación, esta modificación se ingresará al momento de generar la OC respectiva.
Formula: cantidad requerida por Item x 0.3 del total de cantidades por Ítem.
El oferente deberá emitir un correo electrónico dentro de un plazo de 10 días corridos contados desde la fecha de adjudicación (notificación realizada en el portal www.mercadopublico.cl) al correo electrónico consultaschilecompra@ssbiobio.cl, después de esta fecha el Servicio de Salud Biobío se reserva el derecho de no responder las consultas realizadas.
La fecha aproximada de adjudicación será el día indicado en el portal y de acuerdo a lo que establece el art. 41 de la del Reglamento de la ley 19.886, las razones de un eventual incumplimiento del plazo de adjudicación inicialmente establecido pueden ser las siguientes:
- No se logró conformar la comisión evaluadora dentro de la fecha correspondiente.
- Retraso en la firma de la Resolución de adjudicación, por compromisos del Director y sus Subrogantes.
- Por ausencia involuntaria del encargado del proceso.
- Por motivos de fuerza mayor, emergencia y otros imprevistos.
- Por Reasignación del ítem o del presupuesto asignado.
- Impedimentos por actos administrativos pendientes.
En caso que se produjese una prórroga esta será realizada en el icono respectivo del portal www.mercadopublico.cl “mostrar Fechas” de la Licitación, incluyendo las razones del incumplimiento del plazo de adjudicación inicial, por Resolución fundada.
El Servicio de Salud se reserva el derecho de readjudicar la Licitación Pública cuando las condiciones en las cuales fue adjudicada la propuesta hayan cambiado antes o durante el transcurso del contrato y si el proveedor desiste por motivos de fuerza mayor o caso fortuito de su oferta, previamente calificados por el Servicio de Salud Biobío.
En caso de que la Orden de Compra ya hubiese sido aceptada por el proveedor a través del portal www.mercadopublico.cl, éste deberá cancelar la Orden de Compra, atendiendo a la declaración jurada simple de aceptación de condiciones (Formulario N° 2), previa notificación por parte del Servicio Salud Biobío, dentro del plazo de 5 días hábiles.
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato Y Obligaciones Laborales, Garantía por Anticipo, no firma el contrato o no se inscribe en Chile proveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación original y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
La declaración de Re-adjudicación será hecha a través del portal www.mercadopublico.cl y el nuevo adjudicado será el proveedor que ocupe el 2° lugar en la evaluación original del proceso en los términos estipulados en estas bases de licitación.
Sin perjuicio de lo anterior, el proveedor deberá aceptar la orden de compra dentro de un plazo no superior a 24 horas, si en este plazo no se ha realizado la aceptación respectiva, el Servicio de Salud Biobío dará aviso vía correo electrónico y se extenderá el plazo a 24 horas más, si transcurrido este nuevo período, aún no es aceptada la Orden de Compra, se entenderá como no aceptada y se procederá a re adjudicar dicha (s) línea (s) al siguiente proveedor mejor evaluado.
Si no hay más ofertas y no se puede proceder a la re adjudicación, se podrá realizar un segundo llamado de Licitación, sin perjuicio de otras facultades otorgadas en virtud de la ley de Compras Públicas, Ley 19.886.-
El Servicio de Salud Biobío, podrá dejar sin efecto la licitación, declarándola desierta, y/o podrá Revocar en caso que no se pueda seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación.
El Servicio de Salud Biobío, se reservara las siguientes facultades, en conformidad al artículo 9 de la ley 19.886 Y Articulo 61 de la ley 19.880.
16.1.DESERCIÓN artículo 9 de la Ley 19.886.
El Servicio de Salud Biobío declarará inadmisible la o las ofertas cuando estas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará a si mismo desierta la presente Licitación cuando no se presenten ofertas o interesados, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de éste Servicio en conformidad a las Bases. En ambos casos la declaración deberá ser por Resolución fundada.
En el evento de rechazarse todas las propuestas se procederá a declarar desierto o nulo el proceso, según proceda, notificando de ello a los participantes, mediante Resolución fundada firmada por el Director del Servicio de Salud Biobío y publicada en el sitio http://www.mercadopublico.cl, para conocimiento de todos los participantes de la licitación.
16.2.REVOCACIÓN artículo 61 de la ley 19.880.
Se podrá otorgar el estado de “Revocada” en aquellas situaciones donde la Licitación ya está publicada y, en base a una decisión debidamente justificada, se desiste, no pudiéndose seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. Este estado es similar al estado “Inadmisible” pero con la salvedad que, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente por no ser convenientes a sus intereses en conformidad a las Bases. Este estado puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante con la resolución fundada que así lo autorice y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento.
Los precios de los Equipos deberán cotizarse en pesos chilenos. El precio final de la oferta será con IVA incluido unitario y definitivo de cada uno de los Equipos cotizados. Además, este precio deberá incluir los gastos y costos de traslado, instalación, capacitación, mantenciones preventivas, visitas técnicas y puesta en marcha, en el lugar de entrega que se indique, hasta la total conformidad del establecimiento usuario (ver punto 8.3 de la oferta económica).
Determinado el adjudicatario dentro del plazo previsto en estas Bases, el Servicio notificará conforme a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, así la notificación de la Resolución de adjudicación al oferente favorecido y a todos los proponentes, debe entenderse realizada luego de transcurridas 24 horas, desde que se publique en el sistema de Información (Portal www.mercadopublico.cl) dicho acto administrativo.
El licitante seleccionado, una vez que reciba la notificación de adjudicación a través del portal, deberá comunicarse al Fono (43) - 2336923 o con el Encargado de la Licitación y remitir la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales, dentro de los días 8 hábiles siguientes, y/o Garantía por Anticipo dentro de los 5 días hábiles siguientes, en conformidad al punto 10.2 o 10.3 (según corresponda) de estas bases. Si no cumpliere con esta obligación, el Servicio de Salud Biobío se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación. En este caso, el Servicio podrá efectuar una re adjudicación en base a las ofertas validas de la licitación en curso o llamar nuevamente a licitación.
Se entiende por plazo de entrega el total de días corridos que los proponentes ofertan para la entrega de los Equipos en el establecimiento de destino. El plazo de entrega será aquel que proponga la empresa adjudicataria, consignado en el Formulario N°5 y 8 “Especificaciones Técnicas y Oferta Económica”.
La definición del conteo del plazo de entrega para efectos de controlar su cumplimiento y aplicación de multas será:
- Para Ofertas inferiores a 1.000 UTM, el plazo de entrega se entenderá que comienza a correr a partir de fecha de emisión de la Orden de Compra generada en el Portal www.mercadopublico.cl.
- Para Ofertas mayores a 1.000 UTM en que corresponde firma de contrato, el plazo de entrega se entenderá y comienza a correr a partir de la fecha de envió de la Orden de Compra, transcurridas 24 horas.
Excepción: El Servicio de Salud Biobío podrá solicitar al proveedor el cambio en el plazo de entrega de los bienes para una fecha posterior a lo estipulado en el contrato y este aumento de plazo no será superior a 60 días corridos, este aumento de plazos no importara ningún tipo de gastos para el Servicio de Salud Biobío; como tampoco sanciones al proveedor por atraso en la entrega de los bienes, de acuerdo a las fechas estipuladas.
No obstante lo anterior, el oferente podrá solicitar aumento del plazo de entrega, estipulado en la cláusula 23.6 de estas bases.
Para estos casos de aumento de plazo, el oferente deberá renovar las garantías por el mismo plazo y aumentado en las mismas condiciones de las bases.
Se deja expresamente consignado que se entiende asimismo por incumplimiento grave en las presentes Bases de Licitación, el hecho o circunstancia de no entregar los bienes o servicios dentro del plazo estipulado por el Proveedor en el Formulario de Oferta Económica.
El proveedor solo podrá cursar el pago, una vez que cuente con los siguientes documentos:
- Acta de Recepción provisoria sin Observaciones, debidamente firmada por la contraparte técnica y los antecedentes que a continuación se señalan.
a) Certificados de la inspección del Trabajo, que acrediten que el Adjudicado no tiene reclamos pendientes por parte del personal que labora en la empresa ni adeuda suma alguna por este concepto, sólo si procediere.
b) Certificados, catálogos, y cualquier otra información técnica pertinente a los equipos instalados y/o información requerida por la contraparte técnica, toda en español, incluido el listado de proveedores, si procediere.
c) Requerimiento de mantención de todos los equipos instalados, si procediere.
Los Instrumentos y/o Equipos correspondientes a la presente licitación y singularizados en las especificaciones técnicas, serán pagados por el Servicio de Salud Biobío, por lo tanto, la empresa deberá facturar a nombre de SERVICIO DE SALUD BIOBÍO, RUT: 61.607.300-1, dirección Avenida Ricardo Vicuña Nº147 Interior, Edificio Estacionamiento, Piso 4º, Los Ángeles.
Una vez aceptada la factura por el Servicio de Salud Bío Bío se podrá gestionar el pago el que será realizado al contado, mediante transferencia electrónica, dentro de los 45 días siguientes (Dictamen N°7561 del 19 de marzo de 2018 de la Contraloría General de la Republica y Articulo 8 de la Ley 21125 de Presupuesto de Sector Publico para el año 2019), contados desde la fecha de recepción conforme de dicha factura en Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío y Vº Bº de conformidad de la Unidad Técnica.
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En caso de que el plazo de entrega sea fuera del año presupuestario 2019 (a más tardar 15 de diciembre), al proveedor se le pagará anticipadamente, para lo cual deberá entregar junto con la factura una garantía por un monto equivalente al 100% de lo adjudicado (GARANTÍA POR ANTICIPO).
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Para cancelar este bien se ha considerado las siguientes modalidades de pago:
a) Financiamiento por Factoring:
En caso que el oferente adjudicado, se acoja al sistema de Financiamiento por Factoring, deberá NOTIFICAR OPORTUNAMENTE al Mandante de dicho contrato según lo establecido en el Reglamento de Compras Públicas y solicitar expresamente, la firma de la copia cedible toda vez que el proceso de adquisición se encuentre finiquitado de acuerdo a las presentes Bases Administrativas y Técnicas. Para este caso los bienes deben estar recepcionado en el establecimiento.
No obstante lo anterior el oferente que se acoja a esta modalidad previo a optarla deberá considerar los estipulado en Artículo N° 10.2, de estas Bases Administrativas.
b) Contra entrega de bienes:
Si el proveedor se acoge al sistema de pago contra la entrega de los bienes, estos se cancelarán cuando estén entregados el 100 % de los bienes, considerando la entrega, instalación, capacitación y puesta en marcha; todo según corresponda a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas.
Este proceso será canalizado mediante un Acta de Recepción Conforme, sin Observaciones, la cual se enviará junto con la factura correspondiente a contabilidad para el pago correspondiente.
c) Presentación de Factura y Documento de Garantía por Anticipo, asegurando el cien por ciento (100%) de los recursos anticipados:
Si el proveedor oferta la entrega del equipamiento o equipo para una fecha posterior al del Ejercicio Presupuestario 2019, y como fecha tope al 15 de diciembre de 2019, este deberá garantizar el pago del 100% del equipamiento o equipo adjudicado, presentando un documento de garantía esto contra presentación de Factura y Garantía de Anticipo por un monto igual al 100% del valor anticipado de la orden de Compra.
La Garantía debe tener una vigencia equivalente al plazo de entrega ofertado por el proveedor estipulado en el contrato, más noventa (90) días corridos.
En este caso se emitirá un Acta de Recepción del documento de Garantía por Anticipo por el cien por ciento (100%), la cual junto a la factura se enviara a Contabilidad para el pago correspondiente.
Transcurridos 30 días desde el plazo de entrega y sí lo bienes no fueron entregados y no habiendo optado a lo estipulado en el Punto 23.6 (aumento de plazo), se procederá al cobro de los documentos de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales como de la Garantía por Anticipo, según los procedimientos de incumplimiento del Servicio de Salud para estos casos.
La Garantía por Anticipo (Documento por Entrega Diferida del Equipamiento) será devuelta al proveedor adjudicado una vez realizada la Recepción Conforme, Sin Observaciones del Equipamiento o bienes por la unidad técnica. Esta garantía tiene por objeto caucionar el pago anticipado al Proveedor, por lo tanto, no remplaza a ninguna otra garantía.
Para montos superiores a 1.000 UTM, una vez adjudicada la propuesta, el proveedor deberá firmar ante Notario Público los contratos que procedan. El proveedor tendrá el plazo de 20 días corridos contados desde que se entiende notificada la Resolución que aprueba la adjudicación (24 horas después de publicada), para realizar todos los trámites necesarios e imprescindibles para la confección del contrato, tales como inscribirse en Chileproveedores, constituir la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales, y acompañar los certificados que sean procedentes para contratar, los que debe remitir en ese plazo al Servicio de Salud Bío Bío para la confección del contrato.
Emitido el contrato se hará llegar este al proveedor mediante correo electrónico, enviado al email consignado en el formulario N°1, quien tendrá en plazo de 7 días, contados desde la emisión del correo, para enviar 4) cuatros copias del Contrato debidamente firmadas por el representante legal en cada una de sus hojas, de acuerdo a lo estipulado en el punto 22.1 a la oficina de partes del Servicio de Salud Bío Bío, los gastos que demande este trámite, serán de cargo exclusivo del oferente, quién deberá además consignar la suma de los Gastos Notariales que irrogue la firma del director/a del Servicio de Salud Biobío.
- Individualización del proveedor.
- Características del bien contratado.
- Precio.
- Plazo de duración.
- Plazo de entrega.
- Garantías.
- Multas, causales y procedimiento.
- Causales de término anticipado.
- Fijación de domicilio convencional de las partes en la comuna y ciudad de Los Ángeles para prorrogar la competencia ante sus Tribunales Ordinarios.
- Declaración que indique los antecedentes que forman parte integrante del contrato, esto es; las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas y sus anexos, las consultas, aclaraciones y respuestas, las modificaciones a las Bases si las hubiere, la oferta respectiva, además de todo otro antecedente que expresamente se contemple para su debida ejecución.
- Declaración que todos los gastos e impuestos que se puedan generar a causa o con ocasión de la celebración del contrato, serán de cargo exclusivo del proveedor.
- Declaración en el sentido que el contrato suscrito no significará impedimento para que el Servicio pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio exclusivo fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen.
m. Declaración que el proveedor será el único responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, como asimismo respecto de terceras personas subcontratistas que circunstancialmente estén trabajando para ese proveedor a propósito del convenio.
- Declaración que entre el Servicio y el personal dependiente, contratado o subcontratado del proveedor no existe ningún tipo de vínculo, ni legal, ni laboral ni funcionario.
Si la contratación es mayor a 1.000 UTM requiere Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato y Obligaciones Laborales, de acuerdo al Artículo 22 y 63 de la Ley 19886 y el artículo 68 del Reglamento Decreto 250, actualizado 10/05/2015), en conformidad al punto 10.2 de estas Bases.
El inicio del contrato se establecerá a contar de la aceptación de orden de compra emitida por el portal www.mercadopublico.cl, para las contrataciones menores a 1000 UTM.
Si el monto de la contratación supera las 1.000 UTM, originará la correspondiente Resolución de Adjudicación, seguida del Contrato y Orden de Compra, que tendrá la calidad de suma alzada y en moneda nacional, se deberá confeccionar el respectivo contrato el que se enviara por correo electrónico (indicado por oferente en Formulario N°1 de las bases de la licitación) y tendrán un plazo de 7 días hábiles para hacerlo llegar firmado al Servicio de Salud Biobío, con todo el contrato se iniciara a partir de la notificación de la emisión de la Orden de Compra, transcurridas que sean 24 horas.
Este contrato tendrá como plazo de duración el tiempo que demore la entrega de los Bienes y la garantía ofrecida, sin embargo el contrato se extingue solamente al momento que se extingue la garantía, con la recepción Conforme de los equipos, equipamiento y los accesorios que contemple la Licitación.
El Administrador de este contrato será el Referente Técnico de la presente Licitación, que se encargará de velar por el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas por parte del proveedor y actuará como interlocutor entre las partes.
Funciones y responsabilidad del administrador del contrato:
1.- Informar en caso de incumplimiento del proveedor de las obligaciones detallados en el punto N° 22 de las presentes bases.
2.- Contactar personalmente, telefónicamente y/o vía email al proveedor adjudicado, para coordinaciones que involucren la instalación de los equipos y equipamiento.
3.- Recibir quejas y/o reclamos por parte de los usuarios del servicio y contacto con la empresa para subsanar y/o mejorar dichas situaciones en un plazo inmediato.
Durante la ejecución el contrato el proveedor adjudicado deberá dar cabal cumplimiento a las condiciones estipuladas en las presentes bases, por parte del Servicio de Salud Biobío actuará como administrador del contrato el funcionario delegado por el Jefe del Departamento de Recursos Físicos del Servicio de Salud Biobío, quien le subrogue o a quien él le delegue la facultad por escrito. Por ende este último será el encargado de velar por el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas por parte del proveedor y actuar como interlocutor entre las partes.
El canal válido de comunicación será mediante publicación en el Portal mercadopublico.cl, el que constituirá su domicilio para efecto de toda notificación, que por cualquier concepto deba hacérsele. Salvo excepciones al correo electrónico señalado en el Formulario N°1, articulo 6 del Decreto Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Y se entenderán notificadas, luego de las 24 horas transcurridas desde que la Entidad publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
Se aplicarán multas ante el no cumplimiento de los plazos de entrega indicado en la oferta de proveedor adjudicado, a través del Anexo (FORMULARIO) N° 5 y N° 8, anexado en las presentes bases de licitación y en caso de envío del producto en mal estado, inferior a la calidad presentada en el portal o con vencimiento inferior al especificado, y en todo otro caso de incumplimiento descrito en las presentes Bases de Licitación.
Tipificación de Multas
1 Plazo de entrega: Si el/los adjudicatario(s) no entregan dentro del plazo ofertado, los equipos y/o equipamiento objeto de la licitación; ello, obligará al “Proveedor” a pagar una multa por incumplimiento de los días de atraso en la entrega del bien, calculada sobre el precio del total de ítems atrasados, correspondiente a un 0.5% del valor total con IVA por cada día de atraso; hasta completar un 10% del valor total del contrato, en cuyo caso se entenderá que hay incumplimiento de las obligaciones del contrato, facultando al Servicio a dar por terminado de modo anticipado el contrato, como se indica en el numeral 27 de estas Bases, y se podrá readjudicar al segundo mejor evaluado o desertar la línea o líneas adjudicadas. Para tales efectos, el proveedor deberá aceptar la orden de compra dentro de un plazo no superior a 24 horas, si en este plazo no se ha realizado la aceptación respectiva, el Servicio de Salud Biobío dará aviso vía portal mercadopublico.cl y se extenderá el plazo a 24 horas más, si transcurrido este periodo aún no es aceptada la orden de compra, se entenderá por aceptada.
2 Servicio Técnico: Si el/los adjudicatario(s) no cumple(n) con el tiempo de respuesta indicado en su oferta, así también cuando procede la mantención correctiva y preventiva y/o entrega de Backup, si existen atrasos como indica el numeral 27 (Incumplimiento Grave de las Obligaciones del contrato) - de las presentes Bases, se procederá al cobro de multas por incumplimiento por los días de atraso de conformidad al detalle siguiente, calculado sobre el precio del monto total del equipo, (O MONTO TOTAL O DEL EQUIPO) 0.5% diario, esto hasta completar un 10% del valor del contrato, en cuyo caso se entenderá que hay incumplimiento de las obligaciones del contrato, facultando al Servicio a dar por terminado de modo anticipado el contrato, como se indica en el numeral 27.- de estas Bases.
3 Limitaciones globales: Si el/los adjudicatario(s), con motivo de las causales anteriormente citadas, incurren en multas que en su conjunto completan un 10% del valor del contrato, se entenderá que hay incumplimiento de las obligaciones del contrato, facultando al Servicio a dar por terminado el contrato de modo anticipado, como se indica en el numeral 27 de estas Bases.
Con todo lo anterior, las multas no podrán exceder un 10% del valor total del contrato.
El Servicio se reserva el derecho de cancelar la Orden de compra y disponer el término anticipado del contrato: cuando el proveedor no cumpla con el plazo de entrega de los productos en la fecha solicitada. Cuando esto ocurra se dejará constancia en el portal www.mercadopublico.cl de dicho incumplimiento, art. 63 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
Detectada una situación de incumplimiento o que amerite la aplicación de multas por parte del Servicio de Salud Biobío, se procederá a informar mediante publicación en el portal mercadopublico.cl, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. La que se entiende notificada transcurrida que sean 24 horas desde de publicación, el proveedor adjudicado tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos, el Servicio de Salud Biobío dictara la respectiva Resolución Exenta aplicando la multa, cobrando la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales, Garantía por Anticipo, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas que se determinen, según sea el caso. Si el proveedor adjudicado hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Servicio de Salud Biobío tendrá un plazo de diez días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante Resolución Exenta, publicada en el portal.
Quedará ejecutoriada la multa, con la notificación de dicha resolución sin haberse opuesto a ella o notificada que sea la que resuelve los descargos rechazándolos. Desde ese momento el proveedor adjudicado se encontrará obligado al pago de la multa. El monto de las multas será rebajado del pago que el Servicio de Salud Biobío deba efectuar al proveedor adjudicado en la factura única correspondiente a la orden de compra y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se les cobrara directamente. El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta al Servicio de Salud Biobío, para hacer efectivo el cobro de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales, los montos serán ingresados al presupuesto del Servicio de Salud Biobío.
Después de transcurrido el plazo máximo de tope de atraso no podrá ser superior al 30% del plazo ofertado o acumulación de multas que alcance el tope del 10% del monto total contratado, el Servicio de Salud Biobío se encuentra facultado para hacer efectiva el cobro de la boleta de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales y a su vez cancelara la Orden de Compra, y procederá a readjudicar al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la fecha de cancelación de la Orden de Compra. Sin perjuicio de lo estipulado en la Ley de Compras Públicas.
Sera Obligación del proveedor Adjudicado, renovar la el documento que Garantiza el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales, por el monto y vigencia originalmente establecido en las respectivas bases, toda vez que se incumpla cualquiera obligación del contrato, especialmente aquellas en que se apliquen multas por atraso en la entrega.
En contra de la resolución exenta que se pronuncia sobre el o los incumplimientos, la aplicación de multas, cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales, termino anticipado del contrato o la adopción de otras medidas; procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880, sobre Procedimientos Administrativos.
El Adjudicatario dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, a contar de la fecha de notificación de la Resolución que impone la Multa, para Reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la Reposición. Artículo 25, 30 y 59 de Ley N° 19.880, sobre Procedimientos Administrativos.
El jefe superior del Servicio de Salud Biobío o quien lo subrogue o reemplaza resolverá dentro de los 30 días hábiles siguientes acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición.
Dicho acto administrativo se notificará mediante publicación en el portal.
La solicitud de aumento de plazo, sólo será aceptada si existe causal de fuerza mayor o caso fortuito, el cual, será indicado y justificado claramente y con documentación por parte de la empresa. La Unidad Técnica estudiará la solicitud y emitirá informe que permitirá resolver al Director de Servicio. En todo caso, la solicitud de aumento de plazo no podrá exceder un 30% respecto del plazo originalmente ofertado por el proveedor adjudicado; de ser aceptada la solicitud de aumento de plazo después de cumplirse éste, se aplicarían las multas administrativas correspondientes en caso de excederlo.
Los plazos a ofertar para la entrega del Equipo y/o Equipos deberán ser estudiados adecuada y previamente por el oferente, ya que no será considerada como Fuerza Mayor o Caso Fortuito, el retraso en los trámites de importación y sus traslados o mayores plazos de fabricación.
La solicitud de aumento de plazo deberá ingresarse por Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío, hasta el último día del vencimiento del plazo contractual. Solicitudes recibidas con posterioridad no serán consideradas ni evaluadas y se aplicará las sanciones por retraso en la entrega de los Equipos, señaladas en las presentes Bases de Licitación.
La recepción del Equipo y/o Equipos la realizará la Unidad Técnica, a través de la comisión designada para ello, en dos instancias:
Recepción Provisoria Sin Observaciones: Se entenderán conformes Sin Observaciones cuando la Comisión Receptora Interna y el representante de la empresa suscriban la correspondiente Acta de Recepción Conforme que al efecto deberá ser emitida por la comisión, todo lo cual se realizara en un solo acto, constituyéndose en el lugar durante la entrega para verificar tanto la entrega del bien, como su instalación, funcionamiento, capacitación, entrega de manuales y cumplimiento de lo indicado en las Especificaciones Técnicas, información necesaria para emitir el acta, que se levantará al efecto a más tardar dentro de 15 días subsiguientes a la entrega.
Recepción Definitiva: Estando vigente la garantía técnica, y en el plazo de 60 días anteriores al término de su vigencia, se procederá a realizar la recepción definitiva por la Contraparte Técnica, mediante la respectiva acta, con lo cual se podrá liberar el Documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato y Obligaciones Laborales de acuerdo al punto 10.2 de estas Bases.
La recepción definitiva deberá ser solicitada por escrito e ingresada en Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío, por el proveedor adjudicado, mediante comunicación al director del Servicio de Salud Biobío, con atención al profesional a cargo de la presente licitación.
De existir observaciones respecto al funcionamiento del equipo y/o Equipos, formuladas a través de informe de los usuarios, una Comisión Técnica formada por Resolución del Director del Servicio de Salud Biobío, calificará la gravedad de las observaciones y decidirá acerca del procedimiento que corresponde, que irá desde la reparación al reemplazo total del Equipo y/o Equipos sin derecho a reclamo por parte de la Empresa y sin costo para el Servicio de Salud Biobío; y en casos fundados debidamente justificados, se procederá a la devolución de éstos. Se entenderá por reemplazo, cuando corresponda a la entrega de un Equipo y/o Equipos de las mismas características de aquel adjudicado, que sea nuevo y no refaccionado, acreditándolo el Proveedor con la documentación respectiva.
Si el equipo y/o Equipos estuvieran destinados al soporte de la vida o al uso en unidades críticas, el Servicio de Salud Biobío no admitirá fallas derivadas de:
- Capacitación no entregada a usuarios directos, de acuerdo a los procedimientos descritos en el punto 8.2.5 de las Bases.
- Fallas técnicas que impliquen salida o retiro del equipo y/o Equipos por no funcionamiento de éste en forma adecuada. En este evento el Servicio hará devolución del equipo y/o Equipos sin derecho a posterior reclamo por parte del proveedor.
El proveedor deberá asegurarse del buen funcionamiento del equipo y/o Equipos, previo a la entrega a los usuarios, haciendo las pruebas y calibraciones necesarias.
El equipo y/o Equipos, objeto de la presente licitación, se recepcionarán provisoriamente en el establecimiento correspondiente, en la fecha indicada por la Empresa de acuerdo a los plazos consignados en el Formulario de Oferta Económica o lo solicitado por el mandante.
La Empresa avisará por escrito a la Unidad Técnica (opcionalmente vía correo electrónico en forma previa, a lo menos tres (3) días hábiles anunciando el día en que entregará el Equipo y/o Equipos, solicitando su recepción. El objetivo de lo antes indicado es la coordinación de la entrega con la recepción respectiva, a fin de que no existan desfases importantes que pudiesen exponer a los bienes adquiridos a algún tipo de daño, previo a la recepción por parte de la Unidad Técnica.
En todo caso de no darse cumplimiento a la comunicación indicada en el párrafo precedente, será de absoluta responsabilidad de la Empresa si ocurriese algún tipo de deterioro previo a la recepción, debiendo subsanarlo a su costa.
Por tanto, se deja expresamente consignado que estos hechos y circunstancias constituyen especialmente, incumplimientos graves de las presentes Bases de Licitación.
Todos los trabajos relacionados con las instalaciones y puesta en marcha de los equipos, se ajustarán estrictamente a los plazos máximos señalados por la Empresa adjudicada y entregado en la propuesta de acuerdo al Formulario N°5 y 8 – Formulario de Oferta Económica y Formulario Especificaciones Técnicas.
Además antes de iniciar los trabajos relacionados con las instalaciones y puesta en marcha de los equipos, se deberá visar el plano final de la instalación por la unidad técnica.
24.1.1 Trabajos de pre-instalación: Será de responsabilidad del Establecimiento destinatario del o los productos. Esto considera realizar las adecuaciones de la planta física y las instalaciones requeridos para el montaje de los productos. Esta actividad, será ejecutada por el Establecimiento de acuerdo a especificaciones y planos que deberá entregar el Proveedor, a más tardar 20 días después de la firma del contrato. Estas instalaciones consideran todo aquello necesario y no especificado en las Especificaciones Técnicas, preguntas y respuestas del portal y otro acuerdo contractual.
24.1.2 Instalación: Será de exclusiva responsabilidad del Proveedor, debiendo este último coordinarse con la Unidad Técnica y el Establecimiento destinatario de los productos, para verificar los trabajos de preinstalación, con la debida anticipación.
El proveedor, de estimarlo conveniente, inspeccionará y probará las instalaciones a lo menos 10 días previos a instalar sus productos para asegurarse que cumplan las especificaciones técnicas solicitadas y no existan problemas con la instalación propiamente tal. La Unidad Técnica registrará las fechas de visita previa en un acta firmada por las partes. Cualquier problema que se produjese por el no cumplimiento de esta exigencia será de exclusiva responsabilidad del proveedor.
La instalación deberá incluir:
- El montaje, regulación, calibración y puesta en marcha de los productos adjudicados. Este deberá iniciarse y terminarse dentro del plazo ofertado, una vez que dicho montaje haya sido solicitado o comunicado por la Empresa a la Unidad Técnica, por escrito. Las operaciones mencionadas se efectuarán en los lugares de destino hasta que los equipos y máquinas queden funcionando a entera satisfacción del respectivo establecimiento.
La empresa deberá entregar los antecedentes de la Calibración de los equipos al momento de la instalación.
- Todos los elementos, accesorios e insumos necesarios para la puesta en marcha del o los equipos.
- Los gastos en que se incurran por concepto de Mano de Obra, pasajes, viáticos, honorarios, fletes, etc., que involucre dicha instalación y puesta en marcha.
D. Cualquier elemento, dispositivo o accesorio que sea indispensable para el funcionamiento del equipo, aun cuando no se haya indicado explícitamente en la oferta. Como tableros de fuerza adicionales, tendidos eléctricos, líneas de red, indicadores luminosos, cableados, canaletas eléctricas, rejillas, bases porta equipos, licencias de softwares, y otros propios de la tecnología del equipo.
La Empresa será responsable del óptimo funcionamiento de los productos al momento de la entrega para recepción de la Unidad Técnica.
24.1.3 Mantenciones preventivas: el proveedor adjudicado, en conformidad al plazo de la garantía extendida deberá cumplir con un mínimo de tres mantenciones preventivas por año del equipo o Equipamiento mientras dure la garantía o según corresponda a lo solicitada en Especificaciones Técnicas. (Formulario N° 5 y 8).
- Dar Cumplimiento a todas y cada una de aquellas obligaciones señaladas en las bases que dan origen a este contrato de suministro de bienes muebles.
- Está Obligado a Instalar el o los equipos, dar capacitación, hacer del uso de ella a los usuarios o usuario del equipo o equipos, entregar en tiempo y forma los bienes adjudicados, firmar en tiempo y forma los contratos que se originen, aceptar en tiempo y forma la Orden de Compra o efectuar su rechazo, a realizar a lo menos dos mantenciones preventivas al año, a renovar las garantías que suscriban, al pago de las Multas que se les apliquen.
- Dar cumplimiento a todas las condiciones ofertadas, tanto en el tiempo y forma de entrega, instalación, capacitaciones, mantenciones, puesta en marcha, garantías y productos y accesorios ofrecidos.
- Está prohibido realizar cambios del producto adjudicado, incluso aquellos que se interpreten como iguales a la marca originalmente adjudicada o contratada, a pretexto de haber cambiado de fabricante ya sea por enajenación, venta, fusión u otra causa cualquiera.
- Estará prohibida la facultad de Subcontratar.
- Se encuentra prohibida la comunicación con el Comprador por otro medio que no sea por los medios oficiales para ello.
- Se encontrará obligado el proveedor a respetar todas y cada una de las Clausulas de las presentes Bases de Licitación, incluso a respetar, mantener, promover y velar por el Principio de Probidad en todo el proceso de Contratación.
- A mantener actualizado e informar por carta certificada al Comprador de toda modificación o muda en los antecedentes del oferente, especialmente aquellos descritos en el Formulario N° 1 “IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE”.
- A otorgar y renovar, en su caso, las Garantías de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales; y Garantía por Anticipo.
- A emitir y enviar por correo electrónico, en su caso, en tiempo y forma las Facturas de los bienes adjudicados, detallando completamente las partidas despachadas, haciendo mención expresa de la o las Órdenes de Compra, de las cuales procedan.
- El Proveedor Adjudicado tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer llegar al Depto. Recursos Físicos del Servicio el Documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales a efectos de proceder a la redacción del Contrato por el Depto. de Asesoría Jurídica, si correspondiere.
- Los Proveedores no inscritos en Chileproveedores, tendrán un plazo fatal de 15 días corridos para regularizar su situación si resultaren adjudicados en este Proceso de Compra.
- Será obligación esencial para el Proveedor Adjudicado el cumplimiento de entrega de Equipos o Equipamientos nuevos, sin uso, no refaccionados, del año 2015 de fabricación o superior.
- El Proveedor Adjudicado estará obligado a entregar las Garantías en tiempo y forma.
Cualquier incumplimiento de las Bases, facultará al Servicio para aplicar una o varias de las siguientes sanciones:
- Revocar unilateralmente y a su arbitrio el contrato sin necesidad de notificación judicial, ni requerimiento de ninguna especie.
- Hacer efectiva las garantías en los montos que corresponda. Especialmente la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales; y Garantía por Anticipo.
- Cobrar multas por concepto de atraso, señaladas en el punto 22 de las presentes Bases Administrativas.
- Solicitar la suspensión del proveedor del Registro de Proveedores por el tiempo que se determine.
- Solicitar la eliminación del Proveedor del Registro de Proveedores por incumplimiento.
- Comunicarlo por escrito a todos los Servicios de Salud del país u otros servicios que estime procedente.
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporaran en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formaran parte integrante de dicho contrato. Al respecto , los señalados anexos deberán perfeccionarse de mutuo acuerdo por las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo, que estará afecto al trámite de toma de razón por la Contraloría. Las modificaciones no podrán exceder lo señalado en el punto 15.2 de estas bases.
De acuerdo a lo previsto en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886, el contrato podrá ser modificado o terminarse anticipadamente por las siguientes causales.
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Agregar o eliminar un servicio anexo relativo a la instalación, mantenciones, capacitaciones y garantía. A modo de ejemplo se pueden nombrar las siguientes modificaciones:
- Ampliar rango de capacitaciones
- Modificar protocolos de mantenimiento preventivo.
- En caso de que el Servicio solicite algún traslado e instalación del equipo o parte de él a un lugar diferente de su emplazamiento original, dentro de las dependencias del Complejo Asistencial
- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, hecho que deberá certificar el administrador del contrato, tales como:
- Incumplimiento en el plazo de entrega cuya multa exceda del 10% del monto total del contrato.
- Incumplimiento de los requerimientos técnicos cuya multa exceda del 10% del monto total del contrato.
- Si a juicio del Director del o los establecimientos, los equipos, equipamiento o accesorios no cumplen con las Especificaciones Técnicas indicadas en estas Bases, específicamente el Anexo 5 y 8 Condición que debe ser refrendada en un informe técnico que indique causales del incumplimiento.
- Cuando los productos sujetos a normas de seguridad o calidad de cumplimiento obligatorio no cumplan las Especificaciones correspondientes.
- Si existen defectos de calidad en el equipamiento entregado o por no corresponder a las Especificaciones Técnicas que ostenten o a las menciones en su catálogo y/o manuales. En este caso, estos se consideran como no entregados para todos los efectos legales, incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo.
- Cuando cualquier producto por deficiencia de fabricación, elaboración, materiales, partes, piezas, elementos, sustancias, estructura, calidad o condiciones sanitarias, en su caso, no sea enteramente apto para el uso que está destinado o al que el “Proveedor” hubiese señalado en su oferta.
- Cuando el proveedor y el Servicio hubieren convenido que los productos objeto del contrato deban reunir determinadas Especificaciones y esto no ocurra.
- Si el proveedor no da cumplimiento a la entrega del bien dentro del plazo ofrecido y por dicha demora ha incurrido en el valor máximo de multa establecido en el numeral 23.- sanciones y Multas. Para estos efectos, se considerará no entregado el suministro, si falta alguna pieza o elemento que impida su uso completo, o sirva imperfectamente.
- Si contraviene la prohibición expresa de subcontratar los servicios necesarios para el cumplimiento del Contrato tales como transporte e instalación, que no podrá correr por cuenta de terceros ajenos al contrato, salvo la excepción legal contenida en el punto 10 de las Bases, referente al servicio técnico externalizado.
Se entiende como incumplimiento grave, el Incumplimiento de las exigencias técnicas del servicio requerido, según lo estipulado en las Bases; Incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, especialmente los puntos 18 y 23 de las presentes Bases de Licitación.
- Quiebra o estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato, tales como:
- Por la incapacidad de la empresa adjudicataria para seguir adelante con la entrega encomendada, derivada de problemas internos, huelga de trabajadores, entre otros.
- Si es declarado en quiebra, solicita su quiebra, o inicia proposiciones de convenio con sus acreedores.
- Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.
- Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores.
- Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
- Si se disuelve y procede a su liquidación.
- Si el proveedor o alguno de los socios del proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.
- Término o liquidación anticipada de la empresa por causa distinta a la quiebra.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
- Manifestación de voluntad de uno de los contratantes, formalizada mediante notificación enviada al domicilio del Servicio de Salud Bío Bío o al portal, según corresponda con una anticipación máxima de un 30% del plazo contractual a la fecha de término deseada.
En el periodo que transcurra entre la notificación del termino anticipado del contrato y la nueva adjudicación del servicio, el proveedor estará obligado a prestar el servicio adjudicado en el contrato, y el Servicio de Salud Biobío por su parte, podrá hacer cobro de la boleta de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, debiendo pagar al proveedor hasta el último día en que efectivamente realizo el servicio para el que fue contratado.
En caso de terminar anticipadamente el contrato, el Servicio de Salud Biobío se reserva el derecho de aplicar lo dispuesto en el artículo 8 letra b, de la Ley 19.886, en concordancia con el artículo 10 numeral 2 del reglamento de la citada ley, o llamar a nueva licitación pública para proveer el servicio.
El término anticipado del contrato no posibilitara ningún tipo de indemnización para el proveedor, además de facultar al Servicio de Salud Biobío para readjudicar al segundo proveedor evaluado.
Las notificaciones se efectuarán vía publicación en el portal, publicándose copia íntegra del Ordinario; dicha notificación se entenderá realizada transcurridas que sean 24 horas desde que la Entidad publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
Notificada la proposición de término anticipado del contrato, el proveedor dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus descargos por escrito, el que comenzara a regir a transcurridas que sean 24 horas desde la publicación al día hábil siguiente al de la notificación. Dichos descargos deberán presentarse en Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío, ubicada en Ricardo vicuña 147, Interior, Edificio Estacionamiento, 4° piso, Los Ángeles, en horario de oficina de Lunes a Jueves de 08:00 a 17:00hrs y viernes de 08:00 a 16:00hrs, los que deberán ser dirigidos al Departamento de Recursos Físicos. El documento donde consten los descargos deberá indicar expresamente como referencia el número de ordinario del Servicio de Salud Biobío que informa el término anticipado del contrato.
Transcurrido este plazo y con los antecedentes que el Servicio de Salud disponga y/o el proveedor haya aportado, se dictara el acto administrativo que se pronunciara sobre termino anticipado del contrato, a través de resolución fundada, la que será debidamente notificada al proveedor a través de publicación en el portal y susceptible de los recurso administrativos correspondientes dentro de los plazos establecidos por la ley.
Una vez que el acto administrativo correspondiente esté firme, el Servicio de Salud Biobío notificara al proveedor sobre el termino anticipado y podrá cobrar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales, para los caso en que lo amerite.
Recursos: Contra dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la ley Nº19.880.
Se entenderá como Fuerza Mayor, los hechos imprevisibles que no dependen de la voluntad de las Partes, que afecten o incidan directamente en sus respectivas capacidades para cumplir con las obligaciones contraídas en virtud del Contrato u Orden de Compra, las que son entre otras, el sabotaje, catástrofes naturales, guerra declarada, rebelión o revolución, actos de gobierno. Artículo 45 del Código Civil.
Cualquier dificultad o conflicto que se produjere durante el proceso de adjudicación o en la interpretación, aplicación y ejecución de las Bases Generales o especificaciones técnicas de este proceso de licitación, será resuelta, por el Director del Servicio de Salud Biobío. Sin perjuicio de los recursos procedentes en contra de la Resolución de Adjudicación de la Licitación.
- Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio cualquier donación que por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante.
- Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña.
- Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero.
- Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza.
- Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.
- Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la institución.
En función de los requerimientos especiales de instalación que el equipo y/o equipamiento a adquirir, se agendará una visita a terreno de carácter obligatorio para la admisibilidad de las ofertas de los ítem que así se señalen en el Anexo 5 y 8 de Especificaciones Técnicas.
La visita a terreno del lugar físico donde se prestará el suministro, se efectuará el día indicado en el Portal para tal efecto (Hasta 24 hrs. antes del cierre de preguntas en el portal).
Los oferentes deberán presentarse en las dependencias del Servicio, ubicada en Avenida Ricardo Vicuña 147 Interior, Torre de Estacionamientos, Cuarto Piso, Los Ángeles.
Solo podrán concurrir a la visita, los proponentes, previa identificación a través de cédula de identidad vigente o copia simple del RUT de la persona jurídica participante y copia simple de la cédula de identidad de su representante legal según corresponda, lo cual constará en el acta que se levantará al efecto.
La visita a terreno constituye un requisito fundamental para participar en la licitación en el equipo y/o equipamiento que así se señale en el Anexo 5 y 8. Por lo anterior, las propuestas de los oferentes que no cumplan tal requisito, serán declarados inadmisibles de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº19.886.
La visita a terreno tendrá un acta de asistencia como lo consigna el Anexo nº12.
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas en el mismo, sin prejuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes de la misma.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
32.1 El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, sobornos, regalos, premios, dadivas, o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
32.2 El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y especialmente aquellos acuerdos, negociaciones, actos de conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
32.3 El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión, y vigilancia de la misma.
32.4 El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
32.5 El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetara las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.
32.6 El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicadas a la misma.
32.7 El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
32.8 El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores agentes y en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin prejuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen por los organismos correspondientes.
“ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN, ADIESTRAMIENTO, MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE EQUIPO RAYOS X TELECOMANDADO CON FLUOROSCOPIA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RÍOS RUIZ” LOS ÁNGELES”ID N° 1057804-20-LR19”
Las presentes Bases Técnicas generadas por el Servicio de Salud Biobío, fijan los procedimientos, términos y exigencias para la adquisición de EQUIPO RAYOS X TELECOMANDADO CON FLUOROSCOPIA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RÍOS RUIZ” LOS ÁNGELES”, además de considerar su instalación, adiestramiento del personal, mantenciones preventivas y correctivas que se describe en las Bases Administrativas, bajo ID 1057804-20-LR19.
32.1.1 En la presentación de sus ofertas, los Oferentes deberán seleccionar todos los instrumentos descritos en las Especificaciones Técnicas y exigencias de funcionalidad y diseño que se detallan en las presentes bases, lo cual debe ser indicado expresamente en los antecedentes de la oferta que entregue.
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DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO
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“ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN, ADIESTRAMIENTO, MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE EQUIPO RAYOS X TELECOMANDADO CON FLUOROSCOPIA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RÍOS RUIZ” LOS ÁNGELES”
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Además la oferta debe incluir un Servidor debidamente especificado en el Formulario N° 5 “Especificaciones Técnicas”.
Se adjuntara un plano referencial, del lugar Físico donde se deberán instalar los equipos.
Los productos tienen que ser según las especificaciones del Formulario N°5 “Especificaciones Técnicas y oferta Económica”, en donde están debidamente detalladas las características técnicas del EQUIPO RAYOS X TELECOMANDADO CON FLUOROSCOPIA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RÍOS RUIZ” LOS ÁNGELES” requerido.
32.2.1 El valor final de los equipos, deberá incluir todo el software y accesorios, cable, conector, base porta equipo, etc. necesarios para su óptimo funcionamiento, de faltar algún componente, será de costo del oferente adjudicado hacer entrega de dicho componente
32.2.2 La garantía y/o responsabilidad no podrá ser delegada a otras empresas, deberá ser responsable directamente la empresa adjudicada, aun cuando subcontrate o delegue el cumplimiento de ésta.
32.2.3 Estado del equipamiento y/o equipos: Los instrumentos y/o equipos deben ser nuevos, del año, sin uso previo, ni haber estado de muestra dentro del Complejo Asistencial u otra institución.
32.2.4 Todos los productos deberán ser de diseño probado, no se aceptará prototipos, sistemas, y a los cuales se asegure la fabricación del mismo equipo a los menos durante 5 años, que sus partes, piezas, repuestos e insumos, sean comercializadas a los menos durante 6 años posteriores del cese de fabricación del equipo.
32.2.5 El oferente deberá garantizar los equipos y/o equipamiento, mínimo 3 años.
32.2.6 Cualquier daño ocasionado a las estructuras de los equipos del Hospital o complejo asistencial “ Dr. Víctor Rio Ruiz ” de Los Ángeles del Servicio de Salud Bío Bío por parte del personal de la empresa será deducido del pago del equipamiento.
32.2.7 Una vez recibido los equipos y/o productos se procederá a la revisión de estos por parte del referente técnico del Complejo Asistencial, en caso de presentar fallas o que los bienes no cumplan la totalidad de lo requerido, el proveedor deberá entregar nuevamente lo solicitado en las dependencias del Complejo Asistencial en un plazo no mayor 10 días corridos.
32.2.8 El adjudicado deberá incluir en su oferta capacitaciones para el correcto uso de los instrumentales, las cuales serán coordinadas con el referente técnico respecto a sus contenidos, personal al cual va dirigido y fechas en las cuales serán realizadas.
32.2.9 El adjudicatario deberá entregar:
1 Manual de operaciones en español.
2 Las Fichas Técnicas de datos para los diversos equipos nuevos que serán suministrados.
3 Catálogos y planos con potencia eléctrica en caso que corresponda, pesos, dimensiones generales, espacios de servicio, conexiones de equipos nuevos a instalar, etc.
4 Información o recomendación del fabricante.
5 Hoja datos de seguridad (HDS) de cada equipamiento.
32.2.10 El traslado, descarga, transporte y otras actividades asociados a la instalación de los equipos en dependencias en las cuales será utilizados, serán de costo del oferente, debiendo ceñirse a los reglamentos que regulan seguridad en las dependencias del Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz” Los Ángeles.
32.2.11 Incluir instalación y obras civiles. Los equipos deberán quedar instalados, operativos y funcionando en el Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz” de Los Ángeles.
32.2.12 El oferente deberá contar con Certificación ISO 9001:2008, el cual tiene como objetivo asegurar de que la empresa adjudicada disponga de un buen sistema de gestión de calidad (SGC).
32.3.1 El proveedor embalará los equipos en la forma adecuada y suficiente para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el Contrato. El embalaje deberá ser suficiente para soportar la manipulación brusca y descuidada durante el tránsito y la exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones durante el tránsito o almacenamiento en espacios abiertos. En el peso y las medidas de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando proceda, la lejanía del lugar de destino final de los instrumentales y la carencia de equipo pesado de estiba y desestiba (grúas, cargadores etc.) en todos los puntos del tránsito hasta el lugar de destino final.
32.3.2 El embalaje, las marcas y los documentos en el exterior y en el interior de los bultos cumplirán estrictamente los requisitos y normas establecidas para estos efectos por la Organización Internacional de Normalización (ISO) vigentes a la fecha de embarque o envío de los instrumentales; como a disposición de los organismos nacionales pertinentes (SAG), responsabilidad del proveedor.
32.3.3 La estiba y desestiba, cualquier maquinaria que sea necesaria para dejar el equipamiento en su lugar de uso final será de responsabilidad de la empresa adjudicada.
Cualquier daño producido en el transporte, traslado y desembalaje hasta la instalación final de los equipos será de responsabilidad del proveedor.
El proveedor deberá considerar la capacitación en la operación del sistema para los usuarios del Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz” de Los Ángeles. Esta capacitación se impartirá a las personas designadas por el Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz” de Los Ángeles, quién certificará su conformidad con la capacitación entregada por la empresa a través del Certificado de Capacitación entregado por el oferente, el cual debe venir firmado por ambas partes.
Para facilitar la transmisión de conocimientos, se debe contar con recursos humanos capaces de atender, canalizar solicitudes y dar solución a problemas. Se requiere establecer distintos niveles de usuario, los cuales deberán recibir capacitación diferenciada de parte del proveedor de acuerdo a las competencias y nivel de resolución que de cada uno de ellos se espera.
El Proveedor deberá contar con Servicio Técnico establecido en Chile autorizado por el fabricante de los instrumentales y/o equipos, facultado para proceder a la instalación de los instrumentales o los equipos y entregar servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, además del soporte operacional, de acuerdo a las condiciones establecidas en las Bases para mantenimiento.
32.5.1 Tiempo de respuesta: El Tiempo de respuesta no podrá ser superior a lo estipulado en el Formulario Especificaciones Técnicas, contados a partir de la fecha de emisión de la orden de compra o llamado telefónico y/o correo electrónico.
32.5.2 Informe técnico en caso de falla de los equipamientos entregados: La empresa debe entregar informe técnico al Encargado de Equipos Médicos de la Unidad de Mantención del Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz”, sobre el tipo de falla que presenta. Este informe se debe remitir en un periodo máximo de tres días hábiles.
32.5.3. El proveedor deberá ejecutar las mantenciones preventivas de acuerdo a lo estipulado por el fabricante respecto a las labores a realizar y la frecuencia de acuerdo a los establecidos, en las en las bases de licitación. Si existiesen diferencias respecto a la periodicidad de la mantención recomendada por el fabricante y las solicitadas en bases, prevalecerá la de mayor frecuencia. Además deberá incluir todo los repuestos, kits, insumos necesarios y mano de obra para cumplir con las mantenciones correspondientes y no significaran costos adicionales para el Complejo Asistencial durante todo el periodo de garantía ofertado en Bases de Licitación y/o Formularios.
32.6.1 El Proveedor, tendrá la obligación de mantener en el país, un stock de repuestos de uso corriente. Así mismo tendrá la obligación de traer al país, en un plazo no mayor de 30 días corridos, contados desde la fecha en que fueron solicitados, los repuestos necesarios para efectuar cualquier mantención reparativa o preventiva del equipo equipamiento.
32.6.2 El o los Oferentes adjudicados deberán proporcionar toda la información que se relacione con el funcionamiento del equipo, tanto accesorios como insumos y los precios correspondientes a cada uno de ellos.
32.7.1. Todas las ofertas deberán ser acompañadas de catálogos ilustrativos de los instrumentales y/o equipos ofrecidos, en idioma español. Si los catálogos se remiten en otro idioma se deberá traducir al español aquellos aspectos más relevantes, tales como:
- Identificación de la empresa fabricante.
- Modelo y/o Código de Identificación del instrumental y/o equipo ofrecido y de todos los accesorios (obligatorios y opcionales) incorporados en la oferta. Según corresponda.
- Modelo Especificaciones Técnicas y características de operación del equipo y sus accesorios e insumos que utiliza, si procede. Esta información deberá permitir verificar el cumplimiento de las especificaciones de funcionalidad y diseño incorporadas en las presentes bases.
D. En caso de discrepancia entre lo señalado en el Formulario N° 5 y 8 de Especificaciones Técnicas y lo expresado en el catálogo correspondiente u oferta técnica, el Servicio de Salud Biobío no podrá solicitar aclaración, debiendo indicar NO CUMPLE en el formulario N° 5 y 8, según corresponda, y asignar puntaje cero (0) o lo indicado en Pauta de evaluación.
32.7.2. Conforme a la tecnología de cada equipo, el proveedor deberá entregar, al momento de la instalación y puesta en marcha, la siguiente documentación técnica:
- Manual de Operación original del fabricante en idioma español de estar en otro idioma, el proveedor deberá proporcionar además, una copia del original traducida al español.
B. Manuales Técnicos del equipo, originales del fabricante en idioma español. De estar en otro idioma, el proveedor deberá proporcionar además, una copia traducida al español. Estos manuales deberán incluir información sobre:
Mantenimiento: Calendario y rutinas de mantenimiento preventivo programado, mantenimiento correctivo, pautas de pruebas y diagnóstico.
Evaluación de Errores: Señalar expresamente errores más frecuentes con su posible causa y solución.
GARANTÍA
El equipo ofertado deberá mantener una garantía técnica por un periodo mínimo de 36 meses, en donde toda falla y/o defecto del equipo quede cubierto en dicha garantía. Además, durante este periodo los servicios de mantención preventiva y correctiva serán parte de la garantía, por ende, no se realizaran cobro al Complejo Asistencial.
El proveedor y/o oferente adjudicado deberé responder por la garantía del equipo, sin delegar esta responsabilidad a un tercero.
MANTENCIÓN PREVENTIVA
Cada Equipo tendrá como mínimo 3 mantenciones preventivas al año. El Oferente deberá adjuntar en la oferta, calendario de mantenciones preventivas, las cuales serán coordinadas a través de la Unidad de Equipos Médicos. Las mantenciones preventivas se realizaran de acuerdo a lo indicado por el fabricante, y el oferente deberá ejecutar de acuerdo a estas indicaciones, contemplando piezas y repuestos a cambiar de acuerdo frecuencia de cambio establecido. El oferente, una vez ejecutada la mantención preventiva, deberá entregar entrega de un reporte verbal y escrito a la Unidad de equipos Médicos. El reporte escrito deberá ser a través de una guía de servicio y el protocolo de mantención realizado (recomendación fabricante). El horario de ejecución del servicio de mantención preventivo será en horario hábil de lunes a jueves de 8:00 am a 17:00 pm y los viernes de 8:00 am a 16:00 pm.
MANTENCIÓN CORRECTIVA
El oferente, por concepto de servicios mantención correctiva, es decir, cada vez que el equipo mantenga interrupción del servicio y/o funcionamiento a causa de falla y/o problema técnico, deberá realizar el servicio de mantención correctiva correspondiente para restablecer el óptimo funcionamiento del equipo. Se contempla dentro del servicio de mantención correcta:
- El servicio de mantención correctiva no tendrá costo para el complejo Asistencial, además las visitas serán ilimitadas.
- Se deberá proporcionar contacto telefónico donde se pueda llamar en caso de emergencia, La asistencia telefónica deberá llevarse a cabo en menos de 2 horas.
- El servicio de mantención correctiva deberá presentarse en terreno en menos de 72 horas, desde la notificación de la falla y/o problema técnico.
- Si el equipo a consecuencia de una mantención correctiva y/o falla estuviera más de 15 días corridos sin prestar servicio óptimo, el proveedor será sometido a la multa correspondiente enunciada en el punto 23 de las presentes bases.
- Las mantenciones llevadas a cabo fuera de las instalaciones del Complejo Asistencial, será de mutuo acuerdo con la Unidad de Equipos Médicos. El equipo será acompañado de una guía de salida, la cual será elaborada por la Unidad de Equipos Médicos.
CONTINUIDAD DE SERVICIOS
El equipo ofertado deberá cumplir con una continuidad de servicio técnico y repuesto, es decir, que no se interrumpa en un periodo de tiempos los criterios mencionados anteriormente. Se exige que el equipo cuente con a lo menos 6 años de continuidad de servicio (comercial y técnico) y repuestos (disponibilidad), lo cual será de responsabilidad del oferente adjudicado cumplir.
La recepción del EQUIPO DE RAYOS X TELECOMANDADO CON FLUOROSCOPIA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIA “DR.VÍCTOR RÍOS RUIZ” LOS ÁNGELES la realizará el Servicio de Saludo Biobío, a través de la comisión designada para ello, en dos instancias:
Recepción Provisoria Sin Observaciones: Se entenderán conformes Sin Observaciones cuando la Comisión Receptora Interna y el representante de la empresa suscriban la correspondiente Acta de Recepción Conforme que al efecto deberá ser emitida por la comisión, todo lo cual se realizara en un solo acto, constituyéndose en el lugar durante la entrega para verificar tanto la entrega del bien, como su instalación, funcionamiento, capacitación, entrega de manuales y cumplimiento de lo indicado en las Especificaciones Técnicas, información necesaria para emitir el acta, que se levantará al efecto a más tardar dentro de 15 días subsiguientes a la entrega.
Recepción Definitiva: Estando vigente la garantía técnica, y en el plazo de 60 días anteriores al término de su vigencia, se procederá a realizar la recepción definitiva por la Contraparte Técnica (Unidad de Equipos Médicos), mediante la respectiva acta, con lo cual se podrá liberar el Documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato y Obligaciones Laborales de acuerdo al punto 10.2 de estas Bases.
De existir observaciones respecto al funcionamiento del EQUIPO RAYOS X TELECOMANDADO CON FLUOROSCOPIA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RÍOS RUIZ” LOS ÁNGELES”, formuladas a través de informe de los usuarios, una Comisión Técnica, calificará la gravedad de las observaciones y decidirá acerca del procedimiento que corresponde, que irá desde la reparación al reemplazo total del EQUIPO RAYOS X TELECOMANDADO CON FLUOROSCOPIA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RÍOS RUIZ” LOS ÁNGELES” sin derecho a reclamo por parte de la Empresa y sin costo para el Complejo asistencial; y en casos extremos debidamente justificados a la devolución de éstos. Se entenderá por reemplazo, cuando corresponda a la entrega de un EQUIPO RAYOS X TELECOMANDADO CON FLUOROSCOPIA de las mismas características de aquel adjudicado, que sea nuevo y no refaccionado, acreditándolo con la documentación respectiva.
El oferente adjudicado avisará por escrito a la Unidad de Equipos médicos (opcionalmente vía correo electrónico), en forma previa, el día en que entregará el EQUIPO RAYOS X TELECOMANDADO CON FLUOROSCOPIA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RÍOS RUIZ” LOS ÁNGELES”, solicitando su recepción. El objetivo de lo antes indicado es la coordinación de la entrega con la recepción respectiva, a fin de que no existan desfases importantes que pudiesen exponer a los bienes adquiridos a algún tipo de daño, previo a la recepción por parte de la Unidad de Equipos médicos.
En todo caso de no darse cumplimiento a la comunicación indicada en el párrafo precedente, será de absoluta responsabilidad de la Empresa si ocurriese algún tipo de deterioro previo a la recepción, debiendo subsanarlo a su costa.