Bases |
1
REF.:
1 APRUÉBANSE BASES ADMINISTRATIVAS, BASES
TÉCNICAS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DEMÁS
ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA PÚBLICA
DENOMINADA: “ADQUISICIÓN DE SILLONES DE
ACOMPAÑAMIENTO LEY MILA PARA EL COMPLEJO
ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RIOS RUIZ” DE LOS
ÁNGELES” ID N°1057804-3-LE23.
2 PROCÉDASE A EFECTUAR EL INGRESO AL PORTAL
WWW.MERCADOPUBLICO.CL PARA SU LICITACIÓN
RESPECTIVA.
3 NÓMBRESE COMISIÓN DE APERTURA, EVALUACIÓN
TÉCNICA, ADJUDICACIÓN Y RECEPCIÓN DE LA
PROPUESTA PÚBLICA DENOMINADA: “ADQUISICIÓN
DE SILLONES DE ACOMPAÑAMIENTO LEY MILA PARA
EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RIOS RUIZ”
DE LOS ÁNGELES” ID N°1057804-3-LE23.
4 INFÓRMESE EN LA PLATAFORMA DE LA LEY DEL
LOBBY COMISIÓN DE APERTURA, EVALUACIÓN
TÉCNICA, ADJUDICACIÓN Y RECEPCIÓN DE LA
PROPUESTA PÚBLICA.
RESOLUCION EXENTA N° RESS2462
LOS ÁNGELES, 10 de Abril 2023
VISTOS: estos antecedentes; la Ley 19.886 sobre Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación
de Servicios; la Resolución Exenta N°01392 de fecha 19.08.2003, del Director del Servicio de Salud Biobío que
dispone la Incorporación al Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas a través del portal
www.chilecompra.cl; La Ley Nº 21.516 sobre presupuesto del sector Público para el año 2023; el D.S. N°1.312 del
22.09.99, el D.S. N°826 del 10.10.2002, la Circular N°4 del 20.01.03 y el D.S. N°1.023 de febrero del 2003, todos
del Ministerio de Hacienda; lo dispuesto en la Resolución Nº6 Y Nº7 de 2019 y Nº14 de 2023 de la Contraloría
General de la República; los arts. 20, 21, 22 y 23 del D.L. Nº2763 de 1979 cuyo texto refundido, coordinado y
sistematizado fue fijado por el DFL Nº01/2005 del Ministerio de Salud; los art. 8 y 9 del D.S. Nº140 del 2004 del
Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; el art. 81 de la Ley Nº18834, que aprueba el
Estatuto Administrativo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº29 del 16 de Junio
del 2004, del Ministerio de Hacienda; el Decreto Exento Nº62 del 15 de Septiembre de 2021, del Ministerio de
Salud, que determinó nuevo orden de subrogancia en el cargo de Director de este Servicio de Salud, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Servicio de Salud 1. Biobío se encuentra ejecutando el proyecto denominado “ACOMPAÑAMIENTO EN LA
ATENCION DE USUARIOS/AS – LEY N°21.372 “LEY MILA”,
2. Que, no existe equipo en Catálogo Electrónico Chilecompra Express, en Convenio Marco para este producto.
3. Que, el presupuesto disponible para la adquisición de estos bienes es de $55.260.000.- (Impuestos
incluidos).
4. Que, considerando el presupuesto disponible para esta adquisición correspondería Ingresarla al Portal
Electrónico www.mercadopublico.cl, enmarcada como Licitación Pública mayor o igual a UTM 100 y Menor a
UTM 1.000.
5. Que, para la presente licitación, cuyo monto estimado de contratación es superior a 100 UTM e inferior a las
1.000 UTM, se ha estimado procedente rebajar los plazos ordinarios para la presentación de las ofertas, de
acuerdo a lo permitido en el artículo 25 del Reglamento de Compras, puesto que dado que existe un tiempo
limitado atendido que en la especie se trata de servicios de simple y objetiva especificación, y que
2
razonablemente la preparación de las ofertas conlleva un esfuerzo menor, puesto que se trata
fundamentalmente de completar los formularios de presentación de las ofertas que se encuentran ya
definidos en las mismas bases y que se pondrán a disposición de los oferentes a través del portal Mercado
Público.
RESUELVO:
1. APRUÉBANSE, las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas y demás antecedentes de
la Licitación Pública denominada “ADQUISICIÓN DE SILLONES DE ACOMPAÑAMIENTO LEY MILA PARA EL
COMPLEJO ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RIOS RUIZ” DE LOS ÁNGELES” ID N°1057804-3-LE23 Quedando las
Bases Administrativas, Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas y demás antecedentes en el siguiente tenor:
BASES ADMINISTRATIVAS
“ADQUISICIÓN DE SILLONES DE ACOMPAÑAMIENTO LEY MILA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR.
VÍCTOR RIOS RUIZ” DE LOS ÁNGELES” ID N°1057804-3-LE23
1. IDENTIFICACIÓN Y ANTECEDENTES DE LA LICITACIÓN
Las presentes Bases Administrativas y todas las normas y mecanismos estipulados por la Ley N°19.886 y sus
modificaciones, Reglamento de compras públicas regirán la siguiente Propuesta Pública “ADQUISICIÓN DE
SILLONES DE ACOMPAÑAMIENTO LEY MILA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RIOS RUIZ”
DE LOS ÁNGELES” ID N°1057804-3-LE23 que tiene por objeto la adquisición, entrega y adiestramiento (de
acuerdo a requerimiento) en el uso de los equipos y/o equipamiento detallado en las Especificaciones Técnicas.
El llamado a la presente licitación se efectuará mediante la publicación de las Bases Administrativas, Bases
Técnicas, Especificaciones Técnicas y demás antecedentes en el sistema de información y contratación pública que
opera a través del portal www.mercadopublico.cl, por este sólo hecho se consideran conocidas por los proveedores
y formarán parte integrante del contrato junto con sus ofertas y aclaraciones, si es que las hubiere.
UNIDAD TÉCNICA Depto. Recursos Físicos - Servicio de Salud Biobío.
RUT UNIDAD TÉCNICA 61.607.300-1.
DIRECCIÓN Avenida Ricardo Vicuña Nº 147 interior, Edificio Estacionamiento, Piso
4º, Los Ángeles.
MANDANTE Servicio de Salud Biobío
RUT MANDANTE 61.607.300-1.
DIRECCIÓN Avenida Ricardo Vicuña Nº 147 interior, Edificio Estacionamiento, Piso
4, Los Ángeles.
FINANCIAMIENTO Fondos Sectoriales de Inversión.
MODALIDAD LICITACIÓN Precio proporcionado por el oferente.
TIPO DE LICITACIÓN Propuesta Pública a través del Portal www.mercadopublico.cl
PRESUPUESTO DISPONIBLE: El presupuesto destinado es de $55.260.000.- impuesto incluido.
2. GENERALIDADES
2.1 REQUISITOS PARA CONTRATAR
2.1.1 Podrán participar en la presente licitación, Personas Naturales y Jurídicas (sociedades) que cumplan con
los requisitos establecidos en las presentes Bases, sin perjuicio que para Contratar deberán cumplir con
3
encontrarse inscritas en el Registro de Contratistas de la Dirección de Compras y Contratación Pública: portal
electrónico www.mercadopublico.cl como proveedores. Además, podrán participar en esta Licitación la Unión
Temporal de Proveedores, al tenor de lo establecido en el artículo 67 Bis del Decreto 250 del Ministerio de
Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios. Entendiéndose por tal, la unión de dos o más proveedores con la finalidad de participar en
un proceso de compra, debiendo formalizar la unión con el documento, que a lo menos establezca la solidaridad
entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un
Representante o apoderado común con poder suficiente.
Cuando la Unión Temporal de Proveedores trate de Adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la
Unión Temporal deberá adjuntar al momento de la Oferta, el documento público o privado que da cuenta del
acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado menores a 10.000 UTM, y sin perjuicio del resto de las
disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la Unión Temporal deberá
materializarse por Escritura Pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una
Sociedad.
Se deja de manifiesto que el Servicio de Salud Biobío exige la Inscripción en el Registro de Proveedores para
suscribir el Contrato por lo que deberán inscribirse (punto 2.1.3) en el plazo de 15 días. Para el caso de la Unión
Temporal de proveedores, cada Proveedor de dicha Unión Temporal deberá inscribirse individualmente.
2.1.2 Los Proveedores inscritos y no inscritos en el sitio www.chileproveedores.cl para acreditar que no se
encuentran afectos a ninguna causal de inhabilidad para contratar con el Estado (artículo 92 del reglamento de la
Ley 19.886) deberán adjuntar como anexo a su oferta, una declaración jurada simple donde indique expresamente
no encontrarse en ninguno de los siguientes casos, y en caso de ser una Unión Temporal de Proveedores cada socio
de la unión deberá adjuntarla:
o No haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro
Segundo del Código Penal.
o Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a
200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En
caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se
encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
o No registra deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se
acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
o La no presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por
sentencia judicial ejecutoriada.
o No Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
o No Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución
fundada de la Dirección de Compras.
o No Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del
trabajador.
o Proveedores inhabilitados por condenas por delitos concursales, según la nueva ley de quiebras (art. 401, ley
20.720), dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el
4
contrato. Fuente: Tribunales de Justicia.
o No Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del
trabajador. Proveedores inhabilitados por infracción a los derechos fundamentales del trabajador. Fuente: Dirección
del Trabajo. Se aplica a proveedores condenados por infringir derechos fundamentales de los trabajadores, dentro
de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el contrato (art.4,
ley 19.886).
o No registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
2.1.3 El proveedor no Inscrito en chile proveedores, tendrá 15 días corridos para regularizar su situación si resulta
adjudicado en este proceso, período que no se relaciona o superpone con los plazos comprometidos para la entrega
del producto o servicio licitado. Ante esto, se retendrá la factura y no se cursará el pago.
2.2 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
El Proyecto consiste en la adquisición de sillones de acompañamiento del menor de acuerdo a la ley MILA para el
Complejo Asistencial Dr. Víctor Ríos Ruiz de Los Ángeles. En la presente propuesta se incluyen las respectivas
características o especificaciones técnicas, las que se adjuntan a las presentes Bases Administrativas y Bases
Técnicas en el anexo llamado "Especificaciones Técnicas” del equipo.
Resumen de los bienes a adquirir:
Cantidad TÉRMINOS DE REFERENCIA DESCRIPCIÓN DE EQUIPO PRESUPUESTO
DISPONIBLE
36
SILLONES DE ACOMPAÑAMIENTO
Adquisición de sillones de acompañamiento del menor de acuerdo a
la ley MILA para el Complejo Asistencial Dr. Víctor Ríos Ruiz de Los
Ángeles $55.260.000.-
* Según Especificaciones Técnicas anexas.
2.3 OTRAS
Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas, Anexos y todo otro documento que
emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la adquisición del equipo y/o
equipamientos, para el Complejo Asistencial Dr. Víctor Ríos Ruiz de Los Ángeles.
La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, seguidamente el Contrato y Orden de Compra, que
tendrá la calidad de suma alzada y en moneda nacional; siempre y cuando el monto de la contratación supere las
1.000 UTM, en caso que sea menor a 1.000 UTM se emitirán sólo Resolución de Adjudicación y Orden de Compra.
Sin perjuicio de lo cual, y en conformidad al art, 63 del Decreto 250 reglamento de la Ley de Compras “Para
formalizar las adquisiciones de bienes y servicios regidas por la ley Nº 19.886, se requerirá la suscripción de un
contrato”, en los casos que así lo exija este Servicio de Salud,
3. DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual que se celebre para efectos de la
adquisición del instrumental y/o Equipos que se requieren, estarán integrados e informados, además de la
normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes.
5
1. Ley de Compras y su reglamento, Ley 19.880 de Actos Administrativos, Ley 18.575 de Bases Generales de la
Administración, Ley Nº 20.730 que regula el Lobby, Directrices de Chilecompra y toda otra normativa legal aplicable
a esta licitación.
2. Aclaraciones y Respuestas sobre aspectos administrativos y técnicos realizados en el Portal.
3. Bases Administrativas.
4. Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas y Anexos.
5. La oferta de la entidad oferente.
6. El Contrato.
7. Todo otro documento que emane del Servicio de Salud Biobío.
El oferente deberá examinar todas las instrucciones, anexos, formularios, condiciones y especificaciones que
figuren en los documentos de la Licitación. Si el licitante omite suministrar toda la información requerida o presenta
una oferta que no se ajuste sustancialmente y en todos sus aspectos a esos documentos, su oferta podrá ser
rechazada, situación que evaluará y decidirá el Servicio de Salud Biobío en conformidad a las Bases.
No obstante, los oferentes podrán presentar ofertas alternativas, que superen la configuración requerida, las
que podrán ser estudiadas por el Servicio de Salud Biobío, si así lo estima conveniente y necesario.
4. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS Y CONCEPTOS
En las presentes Bases y demás documentos que componen la licitación, los siguientes términos serán
interpretados de la manera que se indica a continuación:
4.1 ADJUDICACIÓN: Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o
más oferentes para la suscripción de un Contrato de suministro, bienes o servicios, regido por la Ley 19.886
(Artículo Nº2, numeral primero del Decreto Supremo Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
4.2 ANEXOS: Formato o documentos elaborados por el Servicio, los cuales deberán ser completados por las
entidades interesadas en efectuar un proceso de compras, a través del Sistema de Información y de otros medios
para la contratación electrónica.
4.3 BASES: Son el conjunto de normas y disposiciones que regulan el proceso de adquisición y a las cuales queda
sometida la relación del Servicio de Salud Biobío y el proveedor. Comprenden las Bases Administrativas, las Bases
Técnicas, Especificaciones Técnicas, Anexos y cualquier otro documento que forme parte de la licitación.
4.4 CONTRATO: Es aquella convención suscrita entre el comprador y el proveedor por el cual se generan
derechos y obligaciones recíprocas y que está integrado además por anexos, formularios, apéndices y todos
aquellos documentos incorporados a éste por referencia.
4.5 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: Es aquel conjunto de características técnicas que deberá cumplir como
mínimo el equipo y/o Equipos en licitación a entregar por el proveedor.
4.6 OFERTA O PROPUESTA: Es aquel conjunto de proposiciones técnico-económicas presentadas por el
oferente referidas al bien incluidas en ellas la instalación, mantenciones preventivas y correctivas presentadas por
el oferente en el portal Mercado Público.
6
4.7 DE LOS PLAZOS: Si no se establece expresamente, cuando se habla de “días”, en los documentos de la
propuesta, se refiere a “días corridos”. Si estuvieren expresados en días hábiles administrativos o corridos, y el
plazo terminare en un día inhábil administrativo, el plazo se entiende que termina, el día hábil administrativo
siguiente más próximo.
4.8 OFERENTE, PROPONENTE O LICITANTE: Persona natural o jurídica, que participa en la Licitación y realiza
la oferta. (Se incluye la Unión Temporal de Proveedores al tenor del Artículo 67 Bis del Decreto 250 del Ministerio de
Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios)
4.9 PROVEEDOR O ADJUDICADO: Es la empresa fabricante o intermediaria, que, una vez adjudicada la
propuesta, adquiere el compromiso de suministrar el Instrumental y/o Equipos en las condiciones establecidas en el
correspondiente Contrato de Compraventa.
4.10 SERVICIO DE SALUD BIOBÍO: Institución del Sistema Nacional de Servicios de Salud que convoca la
presente licitación para la compra o adquisición del Instrumental y/o Equipos. En adelante el Servicio o el
Comprador.
4.11 UNIDAD TÉCNICA: Servicio Público que convoca la presente licitación para la adquisición del Instrumental
y/o Equipos, quien, además, adjudica y controla la ejecución del proyecto hasta su recepción final. En este caso, es
el Servicio de Salud Biobío, a través de su Depto. de Recursos Físicos.
4.12 FABRICANTE: Persona natural o jurídica, cuya actividad es la fabricación del equipo que se licita.
4.13 FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO: Cualquier acontecimiento imprevisible e irresistible, exterior a la
voluntad de las partes que haga imposible el cumplimiento de las obligaciones del contrato. Frente a cualquier
duda respecto a este punto, referirse al Código Civil Artículo 45, en todo caso será calificado por el mandante.
4.14 GARANTÍAS: Se refieren al documento financiero denominado Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista o
Póliza de Seguro emitido por un Banco o Sociedad de Garantía Recíproca y Fogaje con oficina en Los Ángeles y/o
Concepción que tienen por objeto asegurar la Seriedad de la Oferta o el Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato y
Obligaciones Laborales; y Anticipo de acuerdo a Art. 31 y 68 respectivamente del decreto 250 actualizado
10/05/2015. Tratándose de las Garantías, éstas deberán ser pagaderas a la Vista y tener el carácter de
irrevocables, pagaderas al primer requerimiento; y al momento de regularlas, las Bases no podrán establecer
restricciones respecto a un Instrumento en particular, debiendo aceptar cualquiera que asegure el cobro de la
misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo en el artículo
31 inc. 4º del Reglamento de la ley 19.886.
4.15 LICITACIÓN: Es el proceso destinado a la adquisición de Instrumental y/o Equipos, que se inicia con el
llamado a Licitación y finaliza con la emisión del acta de recepción definitiva.
4.16 REGISTRO DE PROVEEDORES: Registro oficial de información de los Proveedores del Sistema Nacional de
Servicios de Salud, administrado por Chilecompra.
4.17 MANDANTE: La entidad que tendrá a su cargo el control financiero del proyecto a ejecutar y que efectuará
los pagos que corresponda. En este caso, el Servicio de Salud Biobío.
4.18 SERVICIO TÉCNICO: Organización técnica capacitada profesionalmente para la realización del
mantenimiento preventivo y correctivo del Instrumental y/o Equipos, como también del soporte técnico en las
instalaciones y puesta en marcha. Puede ser autónomo o una división en la organización del proveedor.
4.19 MONEDA: Para todos los efectos de la presente licitación, regirá como moneda el peso chileno. No se
7
admitirá ofertas en otras monedas. Se exceptúan las garantías que podrán estar expresadas en UF.
4.20 UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES: Según lo señala el artículo 67 bis del reglamento de la ley 19.886,
define lo siguiente; Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra,
deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de
todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común
con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores
deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar
de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y
reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por
escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha
unión temporal deberá inscribirse.
4.21 EXCLUYENTE: Que excluye, deja fuera o rechaza. En el caso de la licitación, las propuestas que no cumplan
con lo solicitado y marcado como excluyente su propuesta será declarada inadmisible. Todo lo anterior sin perjuicio
de lo establecido en el decreto Nº 250 que contiene el reglamento de la ley 19.886.
4.22 ACTA DE RECEPCIÓN DE BIENES: Acta de recepción que involucra la recepción física de la adquisición y
Debe ser firmada por la Comisión de Apertura, Evaluación Técnica, Adjudicación y Recepción de la Propuesta
Pública o en caso de impedimento quienes los Subroguen, Reemplacen o Representen.
4.23 ACTA DE RECEPCIÓN DE PUESTA EN MARCHA CONFORME: Acta de recepción que corresponde luego de
la instalación (según corresponda) y capacitación (de acuerdo a requerimiento) y es el punto de partida a la
Garantía Técnica del equipo. Puede ser firmada por al menos dos (2) integrantes de la Comisión de Apertura,
Evaluación Técnica, Adjudicación y Recepción de la Propuesta Pública más un Referente Técnico que también
puede estar conformando parte de dicha Comisión.
4.24 ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA: Corresponde al proceso en el cual estando vigente la garantía técnica, y
en el plazo de 60 días corridos anteriores al término de su vigencia, se procede a realizar la recepción definitiva por
la Contraparte Técnica, mediante la respectiva acta, con lo cual se podrá liberar el Documento de Garantía de Fiel y
Oportuno Cumplimiento de Contrato de acuerdo al punto 10.2 de estas Bases.
La recepción definitiva deberá ser solicitada por escrito e ingresada en Oficina de Partes del Servicio de Salud
Biobío, por el proveedor adjudicado, mediante comunicación al director del Servicio de Salud Biobío, con atención al
profesional a cargo de la presente licitación.
4.25 GARANTÍA TÉCNICA: Periodo en el cual el equipo/equipamiento/instrumental ofertado cuenta con
mantenciones preventivas y correctivas que son responsabilidad del proveedor adjudicado.
4.26 ACTA RECEPCIÓN DEL DOCUMENTO DE GARANTÍA POR ANTICIPO: Acta que involucra la recepción de
garantía equivalente en monto al 100% de los bienes y que permite el pago anticipado. Puede ser firmado por al
menos tres (3) integrantes de la Comisión de Apertura, Evaluación Técnica, Adjudicación.
8
5. DE LOS PROPONENTES
Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas o unión temporal de
proveedores que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases, sin perjuicio que para Contratar
deberán cumplir con encontrarse inscritas en el Registro de Contratistas de la Dirección de Compras y
Contratación Pública: portal electrónico www.mercadopublico.cl como proveedores en el plazo máximo de
15 días corridos a contar de la notificación de la adjudicación.
El idioma Castellano regirá para todo el proceso de adquisición, para todos los documentos asociados y aquellos
que posteriormente originen la realización de la adquisición.
El proveedor y/o su representante deberá constituir domicilio en la República de Chile.
Todos los plazos son de días corridos, salvo las excepciones contempladas en estas bases.
La Comunicación se efectuará Exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl .
Etapas Licitación Pública: Una (Apertura de Oferta Técnica y Económica en un solo Acto), que se efectuará a
través del sistema de información www.mercadopublico.cl .
Soporte de Documentos: Soporte digital, excepcionalmente se podrá utilizar soporte papel en los casos
expresamente permitidos por estas bases o por la ley de compras y su reglamento.
Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin
derecho a ningún tipo de reembolso por parte del Servicio de Salud Biobío.
6. CALENDARIO DE LICITACIÓN
6.1. Convocatoria a Propuesta: Se efectuará mediante la publicación de las bases Administrativas y demás
documentos en el Sistema de Información y Contratación Pública que opera a través del Portal
www.mercadopublico.cl, en el período señalado en el Portal www.mercadopublico.cl (Calendario de la
Licitación) hasta la fecha y hora de cierre para el ingreso de las ofertas a este Portal. Las Bases se encontrarán
publicadas en dicho portal.
6.2. Entrega de antecedentes para postulación: Las Bases y antecedentes se encontrarán disponibles en los
días indicados en el calendario de licitación, en el Portal www.mercadopublico.cl.
6.3. Recepción de consultas: Los proponentes pueden solicitar aclaraciones o hacer consultas sobre los
documentos de licitación o los aspectos que les merezcan dudas, las que deberán ingresarse al portal
www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido para ello en el Portal (Calendario de Licitación).
6.4. Respuesta a Consultas: La respuesta a las consultas y/o aclaraciones, serán publicadas en el portal
www.mercadopublico.cl en el plazo que se señala en el Calendario de Licitación y se entenderá, que forman
parte integrante de las Bases Administrativas. Será de responsabilidad de los oferentes el conocimiento de éstas y
no podrán alegar desconocimiento de ellas para cualquier efecto.
6.5. Ingreso de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl: Las ofertas deben ser publicadas en el portal
electrónico www.mercadopublico.cl dentro del plazo y hora estipulado en el Calendario de la Licitación.
6.6. Recepción Física de las Propuestas: En caso de indisponibilidad del Portal, excepcionalmente se recibirán
los antecedentes físicos obligatorios (como boletas de garantía, vale vista) y opcionales que se soliciten en la
9
propuesta, los que se recepcionarán en la Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío, ubicada en Avenida
Ricardo Vicuña Nº 147 interior, Edificio Estacionamiento, Piso 4º, Los Ángeles, hasta el día y hora señalados en el
Calendario de Licitación como fecha de Cierre del Ingreso de Ofertas en el Portal.
6.7. Apertura de las Propuestas: La apertura de las propuestas se realizará en forma electrónica a través del
Portal www.mercadopublico.cl, el día y hora señalados en el Calendario de Licitación conjuntamente con la
verificación de la entrega de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
6.8. Fecha de adjudicación: Corresponde a la fecha en la cual estará resuelta la adjudicación por parte de la
comisión de evaluación de la Propuesta, de acuerdo al Calendario de Licitación. La cual podrá ser prorrogable con
motivo justificado, situación que se indicará expresamente en el Portal www.mercadopublico.cl.
7. DE LAS MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
La Unidad Técnica, en este caso el Servicio de Salud Biobío, podrá por cualquier causa y en cualquier momento,
antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante
enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. La cual será
publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
El Servicio tendrá la facultad discrecional de prorrogar el plazo para la presentación de la propuesta a fin de dar un
tiempo razonable para la preparación de los antecedentes, considerando lo estipulado en el párrafo anterior.
Cualquier comunicación que deba realizar el Servicio con los proponentes, será publicada a través del portal
www.mercadopublico.cl en la licitación correspondiente.
8. DE LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Las ofertas deberán enviarse a través del sistema de información de compras y contrataciones de los organismos
públicos, en adelante Portal www.mercadopublico.cl.
El Servicio no podrá adjudicar ninguna oferta que no se presente en la forma señalada en el inciso precedente.
La sola presentación de la oferta implicará el conocimiento y la aceptación cabal del proponente de
todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes Bases de licitación, sin necesidad de
declaración expresa en tal sentido.
8.1 DE LOS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA OFERTA
Los proveedores deben ingresar en el Portal www.mercadopublico.cl, los siguientes documentos o Formularios.
8.1.1 Formulario N°1 “Identificación del Oferente”, firmado por el representante legal de la empresa,
publicado conjuntamente con las Bases Administrativas de la presente licitación.
8.1.2 Formulario N°2 “Declaración Jurada de Aceptación de Condiciones”, respecto de la habilidad para
contratar con el estado, firmado por el representante legal de la empresa.
8.1.3 Formulario Nº3 “Listado de Inclusión”, deberá ser acreditado con el certificado del Servicio de Registro
Civil e Identificación o la Credencial de Discapacidad emitida por SENADIS y para el caso de no ser el oferente,
además deberá adjuntar el respectivo contrato de trabajo con al menos dos meses de antigüedad que lo vincula
con la empresa oferente, anexándolos a la oferta generada a través del portal www.mercadopublico.cl, y para el
caso de Pueblos Originarios deberá ser acreditado con el certificado de calidad indígena emitido por CONADI y para
el caso de no ser el oferente, además deberá adjuntar el respectivo contrato de trabajo con al menos dos meses de
10
antigüedad que lo vincula con la empresa oferente, anexándolos a la oferta generada a través del portal
www.mercadopublico.cl.
8.2 DE LA OFERTA TÉCNICA (DOCUMENTOS OBLIGATORIOS)
Los proveedores deben ingresar en el apartado Anexos Técnicos (de preferencia) del Portal
www.mercadopublico.cl, los siguientes documentos correspondientes a (Formulario N°4):
8.2.1 Formulario N°4 “Especificaciones Técnicas”: Corresponde al cumplimiento de las especificaciones
técnicas de Equipos y/o Equipamiento en licitación. Las especificaciones consignadas en dicho formulario serán
reflejo del precio ofertado a través del Portal. Será de presentación obligatoria y por tanto excluyente, completar
cada línea de las especificaciones según lo solicitado (marcado con “*”), indicando la ubicación de dicha
característica en el catálogo y/o manual presentado, pues de lo contrario será causal de inadmisibilidad de la
oferta.
En caso de encontrar discrepancias entre los declarado y detallado en manual, catálogo u oferta técnica
presentado, será la comisión de evaluación la que debidamente fundada evaluará en caso de haberla y tomará la
decisión de aceptar o rechazarla una especificación técnica específica, de acuerdo a criterios técnicos.
8.2.2 Certificado con años de representación del equipo ofertado. EXTENDIDO POR EL FABRICANTE
DEL EQUIPO, el cual debe estar vigente al momento de ofertar.
El no cumplimiento de los requisitos consignados en los puntos 8.2.1., 8.2.2., configurará causal de
inadmisibilidad de la oferta respectiva.
Los formularios requeridos, se encontrarán disponibles en el mismo portal y se publicarán conjuntamente con las
Bases Administrativas y Bases Técnicas de la presente licitación.
8.3 DE LA OFERTA ECONÓMICA (DOCUMENTO OBLIGATORIO)
Junto a la oferta económica ingresada al portal de acuerdo a los requerimientos del sistema, los proveedores deben
ingresar en el apartado Anexos Económicos (de preferencia) del Portal www.mercadopublico.cl los siguientes
documentos correspondientes al Formulario N°7 “Oferta Económica”:
8.3.1 Formulario N°7 Oferta Económica en el cual se debe consignar los antecedentes de cada alternativa
ofertada. El valor de las ofertas, ingresados al portal www.mercadopublico.cl por los proveedores y el Formulario de
oferta adjunto a estas bases, deben ser plenamente coincidentes. La única diferencia debe corresponder al valor
del IVA; ya que el precio de la oferta que se debe ingresar en el portal corresponde a precios netos.
Se deberá ofertar en valor neto (pesos chilenos), por la totalidad de los bienes requeridos, el cual deberá ser igual
al valor declarado en la ficha electrónica, de lo contrario se rechazará la oferta.
La no presentación en formato digital de la documentación indicada, que conforman los Anexos
Económicos (punto 8.3.1), configurará causal de inadmisibilidad de la oferta respectiva.
Las condiciones de la oferta económica deberán tener vigencia mínima de 90 días corridos a partir de la
fecha de apertura de la propuesta, plazo que deberá consignarse en el Formulario de Oferta Económica.
Si el Servicio de Salud no pudiere efectuar la adjudicación dentro de este plazo, solicitará a los proponentes la
revalidación de sus ofertas. En estas circunstancias, los proponentes no estarán obligados a continuar participando
en la licitación. Tanto la revalidación de las ofertas, como la decisión de no seguir participando, deberán
manifestarse al Director del Servicio, en forma expresa y por escrito y sólo podrán plantearse frente a la situación
señalada.
11
9. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
El plazo de presentación de las ofertas y demás documentos de la propuesta vence el día y hora señalado en el
Calendario de Licitación del Portal www.mercadopublico.cl.
Efectuado el envío de las ofertas, a través del portal, los proveedores deberán cerciorarse de que tal operación se
efectuó exitosamente, para cuyo fin, deberán obtener e imprimir el comprobante de envío que aquél permite
generar. Será obligación de los proveedores, verificar, el efectivo y oportuno envío de sus ofertas, para cuyo efecto,
deberán imprimir el comprobante que permite generar dicho sistema, y conservar éste en su poder. Frente a un
eventual conflicto o discrepancia que surja en torno a tales hechos, será condición esencial acompañar dicho
documento, en respaldo de la presentación o reclamo que al efecto se haga ante el Servicio. No se aceptarán
reclamos en que no se adjunte tal documento.
9.1 PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES COMPLEMENTARIOS QUE SE LE REQUIERAN A LOS OFERENTES
Se permitirá anexar documentación requerida para complementar las ofertas a través del Foro Inverso del
www.mercadopublico.cl. Se deja claro que esta documentación no corresponde a los formularios solicitados en los
Pts. 8.2 y 8.3 de las presentes Bases. Y que es información sólo complementaria, que ayude a resolver dudas
sobre los bienes o servicios, que se desean adquirir a través de la presente licitación. Así, la Entidad Licitante podrá
solicitar a cualquier oferente que subsane errores o aclare documentos presentados, siempre y cuando las
rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de
los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad
de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
10. DE LAS GARANTÍAS
Conforme lo establecido en el artículo 31 del decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba
Reglamento de la ley N°19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios,
modificado por el decreto Nº 1.410, de 2014, de esa misma Cartera de Estado, vigente a partir del 10 de agosto del
2015, conforme al dictamen No 63.232, de 2015.
Los documentos de garantía consistirán en una Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguro, emitido por un
Banco, la GARANTÍA deberá ser IRREVOCABLE, A PRIMER REQUERIMIENTO Y PAGADERA A VISTA. Además,
se puede enviar como garantía un Certificado de Fianza emitido por alguna Sociedad de Garantía Recíproca y
Fogaje, creada en base a la Ley N°20.179, otros de acuerdo al Art. 31 del decreto 250 actualizado 10/05/2015.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente, en las presentes Bases. En los casos en que se
otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma
Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Requerimiento de Garantías:
Rango (en UTM) Tipo Licitación Garantía Seriedad de la
Oferta
Obligatoriedad de Garantía Fiel
Cumplimiento de Contrato
= 100 Y =1000 Y =2000 Y =5000 LR SI SI
Para el caso que el documento de Garantía esté expresado en UF se deberá agregar la siguiente mención:
a) Para el caso de ser la Garantía de Seriedad de la Oferta:
“La presente póliza (Certificado de Fianza), garantiza hasta el monto asegurado, los daños patrimoniales que el
Asegurado sufra como consecuencia de la renuncia, retiro, desistimiento o incumplimiento en el periodo de
presentación de la oferta o consolidación del contrato, que equivale a $200.000.- (doscientos mil pesos). En ningún
caso se pagará menos que el valor indicado en pesos”.
b) Para el caso de ser la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones
Laborales; o el Pago Anticipado:
“La presente póliza (Certificado de Fianza), garantiza hasta el monto asegurado, los daños patrimoniales que el
Asegurado sufra como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones contraídas por el Afianzado, que
equivale a $_____________________(Cantidad en letras - pesos). En ningún caso se pagará menos que el valor indicado
en pesos”.
Se tomarán por los montos, períodos de vigencia y condiciones indicadas en las Bases Administrativas y
deberán indicar la propuesta y la naturaleza del compromiso que garantizan, esto es:
10.1. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Para el caso de Licitaciones iguales o mayores a 2.000 UTM se exige para la licitación Garantía de Seriedad de
la Oferta.
EXIGENCIA Sólo se requerirá este instrumento cuando el valor de la totalidad de los ítems ofertados por el
proponente sea igual o superior a 2.000 UTM
BENEFICIARIO SERVICIO DE SALUD BIOBÍO, RUT: 61.607.300-1.
MONTO $200.000 expresado en pesos chilenos.
VIGENCIA 90 DÍAS.
ACEPTACIÓN Tratándose de Garantía de Seriedad de la Oferta, ésta deberá ser pagadera a la Vista y tener el
carácter de irrevocable a primer requerimiento, y al momento de regularla, las Bases no podrán
establecer restricciones respecto a un Instrumento en particular, debiendo aceptar cualquiera
que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las
condiciones dispuestas en el artículo 31 inc. 4 º del Reglamento de la Ley 19.886. Dicha
Garantía deberá otorgarse física o electrónicamente debiendo en este último caso ajustarse a la
ley N°19.799.-
13
GLOSA Para garantizar la “Seriedad de la Oferta” de la licitación, “XX”
PAGADERA A la vista.
CARÁCTER Irrevocable.
COBRO Al primer requerimiento.
LUGAR DE ENTREGA En Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío, Avenida Ricardo Vicuña Nº 147 interior,
Edificio Estacionamiento, Piso 4º, Los Ángeles; hasta las 14:00 horas del día de cierre de la
licitación.
Para el caso de ser electrónica deberá ser enviada al correo electrónico gerar.pena@ssbiobio.cl,
con copia a yarka.zapata@ssbiobio.cl e ivonne.villablanca@ssbiobio.cl; hasta las 14:00 horas del
día de cierre de licitación
DEVOLUCIÓN A todos los oferentes no adjudicados, a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas
inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del Plazo de 10 días hábiles administrativos,
contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la admisibilidad, de la
preselección de los oferentes o de la Adjudicación, en la forma que se señale en las Bases de
Licitación. Sin embargo, este plazo podrá extenderse cuando en las Bases se haya contemplado
la facultad de adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor
calificación, para el caso que éste último desistiera de celebrar el respectivo contrato.
Devolución que se materializa mediante carta certificada dirigida al domicilio consignado en el
formulario Nº1.
· Conjuntamente con la garantía y para el caso que el documento no admitiere glosa, el oferente deberá
entregar un documento en el cual esté contenida la siguiente información:
DATOS DEL OFERENTE QUE ENTREGA LA GARANTÍA
Licitación ID Nombre o Razón Social:
Garantía de Seriedad Oferta N° y entidad emisora Domicilio:
Rut: Ciudad:
Comuna: Región:
Datos Encargado Proceso de Licitación
Nombre completo: Cédula de identidad:
Cargo: Fono:
Correo Electrónico: Fax:
10.2. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y OBLIGACIONES LABORALES
Para garantizar el fiel, íntegro, total y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas, el adjudicatario, previo
a la suscripción del contrato, entregará esta garantía de acuerdo a las siguientes características:
14
EXIGENCIA Sólo se requerirá este instrumento cuando el valor de la totalidad de los ítems
ofertados por el proponente sea igual o mayor a 1.000 UTM.
BENEFICIARIO SERVICIO DE SALUD BIOBÍO, RUT: 61.607.300-1.
MONTO Equivalente al 10% del valor total adjudicado, IVA incluido; a nombre de “SERVICIO DE
SALUD BIOBÍO”. Expresado en pesos chilenos.
VIGENCIA 730 días (dos años) o en caso de que la GARANTÍA TÉCNICA OFERTADA sea superior se
debe considerar la vigencia de mayor cuantía en años.
El comprador podrá exigir la renovación de la garantía, con el propósito de que se
encuentre vigente hasta los 90 días corridos siguientes de efectuada la recepción final
de todos los Equipos, momento en que ésta será devuelta en el plazo máximo de 30 días
corridos
ACEPTACIÓN Tratándose de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones
laborales, ésta deberá ser pagadera a la Vista, al primer requerimiento y tener el
carácter de irrevocable, y al momento de regularla, las Bases no podrán establecer
restricciones respecto a un Instrumento en particular, debiendo aceptar cualquiera que
asegure el cobro de la misma manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las
condiciones dispuestas en el Artículo 68 del Reglamento de Compras Públicas, Decreto
Supremo N° 250 del Ministerio de Hacienda. Dicha Garantía deberá otorgarse física o
electrónicamente debiendo en este último caso ajustarse a la ley N°19.799.-
GLOSA Para garantizar el “Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales”
de la licitación, “XX”
PAGADERA A la vista.
CARÁCTER Irrevocable.
COBRO Al primer requerimiento.
LUGAR DE ENTREGA En Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío, Avenida Ricardo Vicuña Nº 147
interior, Edificio Estacionamiento, Piso 4º, Los Ángeles.
Para el caso de ser electrónica deberá ser enviada al correo electrónico
gerar.pena@ssbiobio.cl, con copia a yarka.zapata@ssbiobio.cl e
ivonne.villablanca@ssbiobio.cl.
ENTREGA Fecha de entrega ocho (8) hábiles administrativos a contar de la fecha de notificación de
la adjudicación, a través de Portal Mercado Público, para el caso de Certificados de
Fianza, podrá subir una copia electrónica al portal Mercado Público. Si no fuere
entregada en dicho plazo, se entiende que se desiste, y puede hacerse efectivo el
documento de seriedad de la oferta (si existiere) y readjudicar al siguiente oferente
mejor evaluado, o declararla desierta.
DEVOLUCIÓN A todos los oferentes adjudicados, una vez realizada la recepción definitiva, de acuerdo a
lo establecido en las presentes bases para los efectos de las recepciones definidas. La
cual será efectiva mediante carta certificada dirigida al domicilio consignado en el
Formulario N º 1.
La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales se hará efectiva en
15
los siguientes eventos, entre otros consignados en estas bases:
A. Si el licitante adjudicado desistiera de la firma del contrato o no lo firmare dentro del plazo estipulado, no
cumpliese con sus obligaciones contractuales, constituirá causa suficiente para hacer efectivo el documento de
Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales sin perjuicio de la acción
indemnizatoria de perjuicios.
B. Cancelar la Orden de Compra posterior a la firma del contrato.
B.1. Si, a juicio del Servicio de Salud Biobío, previo informe técnico, se considera que los bienes suministrados no
se ajustan a lo exigido en las especificaciones técnicas y antecedentes que componen la Propuesta. Frente a esta
eventualidad, el Director del Servicio de Salud Biobío, se reserva el derecho de rescindir la compra.
B.2. Si, la Empresa no da cumplimiento al plazo estipulado de entrega de los bienes adquiridos, presentando un
retraso superior a los siguientes porcentajes de acuerdo a intervalo de plazo ofertado:
Plazo ofertado Porcentaje de retraso de acuerdo a días
ofertados
Menor o igual a 60 días corridos 40%
Mayor a 60 y menor o igual a 90 días corridos 30%
Mayor a 90 y menor o igual a 120 días corridos 20%
Mayor a 120 días corridos 10%
B.3. Si el equipo se recibiese dañado o no funcionase adecuadamente y no se hubiese cumplido con las
exigencias, especificaciones técnicas y los plazos establecidos en las Bases Técnicas y Administrativas, con especial
énfasis en el punto 8.2.1 Formulario N°4 “Especificaciones Técnicas” de estas Bases.
Letras B1, B2 y B3, el incumplimiento de cualquiera de esta dará como resultado la aplicación de cualquiera de las
sanciones contenidas en el punto 23. SANCIONES Y MULTAS de estas Bases.
10.3. ERRORES EN LOS DOCUMENTOS DE GARANTÍA
Si los documentos de garantía presentasen errores en el nombre de la propuesta, en el nombre del mandante u
otro, el oferente podrá presentar en el plazo de 72 horas de notificado un nuevo documento correctamente emitido.
Sobre otro tipo de errores o incumplimiento de plazo, el Servicio de Salud Biobío, se reserva el derecho de rechazar
o no la oferta. Artículo 79 ter del decreto 250 actualizado 10/05/2005.
10.4. DE LA CERTIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE GARANTÍA
En caso de ser necesario, la Unidad Técnica solicitará al proveedor la certificación de autenticidad del documento
de garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato y Obligaciones Laborales ante la institución emisora,
correspondiente.
La certificación de autenticidad, deberá ser a través de un documento emitido por la sucursal financiera que señale
expresamente que la Garantía es verdadera y ha sido emitida por esa institución. Además, deberá venir firmada por
el agente de la sucursal emisora.
16
11. DE LA APERTURA ELECTRÓNICA DE LAS PROPUESTAS
Acto por el cual la Unidad Técnica a la fecha del cierre de la propuesta, toma conocimiento de las ofertas enviadas
a través del portal www.mercadopublico.cl, procediendo a revisar la documentación adjunta en el apartado Anexos
Administrativos, Técnicos y Económicos y los documentos exigidos en el punto N°8 de las presentes
Bases Administrativas. En el evento de no cumplir con lo requerido no se validará la oferta en el Portal
www.mercadopublico.cl.
El Servicio se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores
menores evidentes o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea
no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes y
no impida la correcta evaluación de las propuestas y se reserva la facultad para solicitar a los proveedores mayores
antecedentes de sus ofertas una vez cerrada la licitación, lo que deberá realizar mediante el portal.
12. DE LA EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas serán evaluadas y calificadas por una comisión de apertura, evaluación técnica, adjudicación y
recepción de la propuesta pública o en caso de impedimento quienes los subroguen, reemplacen o representen,
designada para estos efectos por el Director del Servicio Salud Biobío. La comisión podrá proponer la adjudicación
total o parcial de la propuesta, como también aumentar o disminuir las cantidades a adjudicar de una o más líneas,
adquiriendo los bienes que estime convenientes, sobre la base de los valores unitarios de la oferta. Para una mejor
evaluación de las ofertas el Servicio de Salud Biobío podrá solicitar demostraciones de los Equipos en la ciudad de
Los Ángeles, en dependencias del Complejo Asistencial Dr. Víctor Ríos Ruiz o en dependencias del Servicio de Salud
Biobío.
La referida comisión estudiará y evaluará los antecedentes de la propuesta y elaborará un informe comparativo y
evaluativo (Informe Final de la comisión de Evaluación) de las ofertas, considerando en su análisis todos los
antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros. El Servicio de Salud
se reserva el derecho de aceptar cualquier oferta de las seleccionadas, o rechazarlas conforme a criterios de
mérito, oportunidad y conveniencia en conformidad a las bases, en relación al artículo 40 bis del decreto 250 que
aprueba el reglamento de Compras Públicas que señala que el informe contendrá las siguientes menciones:
1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases,
debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando
la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad
Licitante.
4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos
puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
La comisión evaluadora hasta antes de la adjudicación, podrá solicitar a los oferentes, que salven errores u
omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos
oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecte el principio
de igualdad de los oferentes, con estricta sujeción a las bases y se informe de dicha solicitud al resto de los
oferentes a través del sistema de información.
17
Los resultados matemáticos de la presente evaluación serán expresados en entero con dos decimales (0,00).
13. CRITERIOS EVALUACIÓN
La ponderación y los factores de evaluación para cada ítem licitado será la siguiente:
Criterio Puntaje %
Precio de la Oferta 25
Especificaciones Técnicas 25
Plazo de Entrega 20
Experiencia 10
Criterio de inclusión 8
Soporte Técnico 7
Cumplimiento de Requisitos de Presentación 5
TOTAL 100
1. Precio de la Oferta (25%): Se evaluará en virtud de la siguiente fórmula matemática (Formulario N°4 y
N°7):
Ptje(i)=100 × [ precio oferta menor ÷ precio oferta (i) ],
para toda oferta: i = 1,2,3,4…n.
Donde,
Puntaje : puntaje a asignar a la propuesta “i”.
Precio oferta menor : precio de la oferta más baja.
Precio oferta : precio de la oferta “i”.
Para todas aquellas ofertas que cumplan con las especificaciones técnicas mínimas solicitados.
2. Especificaciones Técnicas (25%): El factor de “Especificaciones Técnicas” considera las Especificaciones
Técnicas entregadas en la presente licitación como requerimiento genérico y las Características Técnicas propias de
los bienes licitados, y que resultan relevantes para su adquisición.
Será de presentación obligatoria completar cada línea de las especificaciones según lo solicitado, indicando la
ubicación de dicha característica en el catálogo, manual u oferta técnica presentado (se indica con asterisco [*]
línea obligatoria a completar), de no ser así será causal de inadmisibilidad de la oferta.
Para efectos de evaluación de las ofertas técnicas, se asignará puntaje por el debido respaldo de cada una de las
18
especificaciones técnicas, la cual puede provenir de información de catálogos o documentos técnicos del fabricante
entregado en la licitación, la ubicación del contenido debe expresarse de manera precisa en las
Especificaciones Técnicas en la columna con “N° de página (catálogo) y observaciones,” (*), pues de no ser así
será causal de inadmisibilidad de la oferta.
Todas las ofertas presentadas por los oferentes deben cumplir con todas y cada una de las especificaciones
técnicas detalladas en Formulario de Especificaciones Técnicas. En caso de discrepancias, será la comisión de
evaluación la que debidamente fundada evaluará en caso de haberla y tomará la decisión de aceptar o rechazarla
una especificación técnica específica, de acuerdo a criterios técnicos.
Las características técnicas indicadas como “EXCLUYENTE” son consideradas obligatorias, el hecho de
no considerar o no ofertar cualquiera de ellas, hará que sea considerada inadmisible la oferta.
Para el caso de las Características técnicas con puntuación, si esta cumple se le asignará el puntaje que
corresponde según Listado de Especificaciones Técnicas, si no cumple se le asignará 0 puntos, o lo indicado en
Listado de Especificaciones técnicas.
Ptje. Especificaciones Técnicas = [ Ptje. De Oferta Evaluada ÷ Ptje. Total ] × 100
3 Plazo de Entrega (20%): Se evaluará según la siguiente tabla, el plazo ofertado por el proveedor es el
entregado por el proveedor en el Formulario Nº5:
Plazo de Entrega (días Corridos) Puntaje
Entre 0 y 20 días 100
Entre 21 y 50 días 80
Entre 51 y 89 días 50
Ofertas iguales o superiores a 90 días, oferta que señale tiempo de entrega inmediata, no informa
u otra situación. 0
4. Experiencia (10%): Se evaluará en función de la cantidad de años de representación del equipamiento
ofertado, adjuntando el CERTIFICADO DE REPRESENTACIÓN DEL MODELO Y MARCA DEL EQUIPAMIENTO
EXTENDIDO POR EL FABRICANTE, el cual debe estar vigente al momento de ofertar.
Se calificará de acuerdo al siguiente cuadro:
Años de representación de la marca ofertada: Puntaje
Mayor o igual a 6 años 100
Mayor o igual a 3 años y menor a 6 años. 80
Mayor o igual a 1 y menor a 3 años 50
19
Menor a 1 años / no presenta certificado/no se especifican años. 10
5. Criterio de Inclusión (8%): Se evaluará según el cumplimiento de los siguientes sub-criterios:
Criterios de evaluación inclusivos relativos a personas con discapacidad mental, sensorial o física, o bien, indígenas
(minoría étnica), Formulario N°4:
· Subcriterio Personas con discapacidad física, sensorial (visión y audición) o mental (Intelectual o
Psíquica).........50%.
La empresa presenta personal (trabajadores) con discapacidad física, sensorial (visión y audición) o mental
(Intelectual o Psíquica).
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Puntos
Acredita Contar con al menos un trabajador con discapacidad 100
No acredita 0
· Deberá ser acreditado con un Certificado de Discapacidad emitido por el Servicio de Registro Civil e
Identificación o la Credencial de Discapacidad emitida SENADIS, en el que consten los hechos y anotaciones que
aparecen en el Registro Nacional de Discapacidad, que tenga una vigencia no mayor a 180 días corridos; y para el
caso de no ser el Oferente, además deberá adjuntar copia del respectivo contrato de trabajo con al menos 2 (dos)
meses de antigüedad, vigente, que acredite la relación de subordinación que lo vincula con la empresa oferente,
anexándolo a la oferta generada a través del portal www.mercadopublico.cl.
· Se debe adjuntar Certificado con pago de cotizaciones actualizadas.
· Esta condición deberá perdurar todo el tiempo de la Ejecución del Contrato.
· El Servicio de Salud Biobío podrá solicitar en cualquier momento durante toda la vigencia del contrato la
documentación que respalde o acredite el criterio de Inclusión Evaluado.
· Subcriterio Pueblos Originarios (minoría étnica)...50%.
La empresa cuenta con personal (trabajadores) que cumpla con el requisito de pertenecer a Pueblos Originarios
(minoría étnica), Formulario N°4:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Puntos
Acredita condición de indígena de algunos de sus trabajadores 100
No acredita 0
· Deberá ser acreditado con el Certificado de calidad Indígena emitido por CONADI, y para el caso de no ser el
Oferente, además deberá adjuntar copia del respectivo contrato de trabajo con al menos 2 (dos) meses de
20
antigüedad, vigente, que acredite la relación de subordinación y dependencia que lo vincula con la empresa
oferente, anexándolos a la oferta generada a través del portal www.mercadopublico.cl.
· Se debe adjuntar Certificado con pago de cotizaciones actualizadas.
· Esta Condición deberá perdurar todo el tiempo de la ejecución del contrato de Adquisición.
· El Servicio de Salud Biobío podrá solicitar en cualquier momento, durante toda la vigencia del contrato, la
documentación que respalde o acredite el criterio de Inclusión Evaluado.
6. Soporte Técnico (7%): Para el cumplimiento de este criterio, las empresas deberán subir los documentos
para acreditar lo solicitado según corresponda:
a. Puntaje duración Garantía Extendida Se evaluará en virtud de la siguiente tabla, considerando que este
concepto es adicional a la garantía mínima exigida en las especificaciones técnicas y con las mismas
condiciones de mantención preventiva y correctiva de la garantía obligatoria descrita en las Bases de la Licitación y
como se señala, se evaluará en años.
Años adicionales de garantía Puntos
1 año de Garantía Extendida 100
Menor a 1 años de garantía / No oferta
garantía extendida.
0
7. Cumplimiento de Requisitos Formales (5%)
Criterios de evaluación que califica el cumplimiento de entrega de los formularios y certificados solicitados en las
bases de la presente licitación:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Puntos
Cumple con Requisitos Formales 100
No cumple con Requisitos Formales 0
Formulario N° Descripción Documento Considerado Formal
Formulario N°1 “Identificación del Oferente” SI
21
Formulario N°2 “Declaración Jurada de Aceptación de
Condiciones” SI
Formulario N°3 “Inclusión Laboral” SI
Al término de la evaluación, se confeccionará un cuadro comparativo, que establecerá el orden de prelación entre
los oferentes evaluados, el cual estará dado por la nota o puntaje que obtenga cada uno. El Servicio decidirá la
adjudicación en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en
definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses en conformidad a las bases, aun cuando no sea
la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los
criterios de evaluación contemplados en este numeral.
13.1. RESOLUCIÓN EN CASO DE IGUALDAD EN PUNTAJE
De existir dos o más ofertas calificadas con igual puntaje, se adjudicará la oferta que tenga el puntaje más alto en
las características Técnicas, de mantener el empate se decidirá en función de la oferta con mejor plazo de entrega
y así sucesivamente en función de la siguiente tabla.
Criterios Orden Jerárquico de Desempate
1.
1. Especificaciones Técnicas
1°
1.
2. Especificaciones Técnicas
2º
1.
3. Precio de la Oferta
3°
1.
4. Plazo de entrega
4°
1.
5. Experiencia Oferente
5°
1.
6. Soporte Técnico
6°
1.
7. Criterios de Inclusión
7°
En caso de persistir el empate, se procederá a adjudicar al que haya ingresado su oferta primero, según el
comprobante de ingreso de oferta del portal www.mercadopublico.cl.
El Servicio se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación cuando la oferta u ofertas presentadas
no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.886 sobre
Compras Públicas, mediante resolución fundada.
14. INADMISIBILIDAD DE OFERTAS.
La declaración de inadmisibilidad podrá ser hecha, en cualquier tiempo durante el proceso de licitación, incluso, en
el acto mediante el cual éste se decide.
Se considerarán siempre inadmisibles:
22
· Las ofertas extemporáneas.
· Las ofertas que no den cumplimiento a las exigencias que establecen las Bases.
Requisitos administrativos establecidos en el punto N°8.2 y N°8.3 de estas Bases, los oferentes que no envíen antes
del cierre de las ofertas la garantía de seriedad de la oferta (en caso de corresponder) y/o no adjunten los
documentos obligatorios.
· Las ofertas que superen el presupuesto disponible estipulado en el punto 2.2 “DESCRIPCIÓN DEL
PROYECTO” de las presentes Bases.
· Las ofertas que modifiquen algún formulario administrativo o técnico que no sea permitido por estas bases
de licitación.
La declaración de inadmisibilidad se traducirá en el rechazo de la oferta, que se efectúa con motivo del proceso de
validación técnica y/o administrativa a través del portal www.mercadopublico.cl.
15. DE LA ADJUDICACIÓN
15.1. DE LA ADJUDICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La Unidad Técnica, del Servicio de Salud Biobío, se reserva el derecho de rechazar una o más ofertas con los
fundamentos de cada caso sin indemnización alguna al (los) oferente(s).
15.2. MODIFICACIÓN DE LA CANTIDAD ADJUDICADA
El Servicio de Salud Biobío podrá aumentar o disminuir la cantidad adjudicada hasta un 30% de lo solicitado
fundadamente por lo cual el proveedor deberá respetar la oferta económica adjudicada sin variar el presupuesto,
conforme a los intereses del Servicio de Salud Biobío y presupuesto disponible, sin alterar el principio de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. En caso de aumento se podrá generar una nueva OC
complementaria; y si el aumento ocurre antes de la adjudicación, esta modificación se ingresará al momento de
generar la OC respectiva.
Fórmula: cantidad requerida por Ítem x 0.3 del total de cantidades por Ítem.
15.3. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO DE LA ADJUDICACIÓN
El oferente deberá emitir un correo electrónico dentro de un plazo de 10 días corridos contados desde la fecha de
adjudicación (notificación realizada en el portal www.mercadopublico.cl) al correo electrónico
consultaschilecompra@ssbiobio.cl, después de esta fecha el Servicio de Salud Biobío se reserva el derecho de no
responder las consultas realizadas.
15.4. MODIFICACIÓN DE LA FECHA DE ADJUDICACIÓN
La fecha aproximada de adjudicación será el día indicado en el portal y de acuerdo a lo que establece el art. 41 de
la del Reglamento de la ley 19.886, las razones de un eventual incumplimiento del plazo de adjudicación
inicialmente establecido pueden ser las siguientes:
- No se logró conformar la comisión evaluadora dentro de la fecha correspondiente.
- Retraso en la firma de la Resolución de adjudicación, por compromisos del Director y sus Subrogantes.
23
- Por ausencia involuntaria del encargado del proceso.
- Por motivos de fuerza mayor, emergencia y otros imprevistos.
- Por Reasignación del ítem o del presupuesto asignado.
- Impedimentos por actos administrativos pendientes.
En caso que se produjese una prórroga ésta será realizada en el icono respectivo del portal www.mercadopublico.cl
“mostrar Fechas” de la Licitación, incluyendo las razones del incumplimiento del plazo de adjudicación inicial, por
Resolución fundada.
15.5. RE-ADJUDICACIÓN
El Servicio de Salud se reserva el derecho de readjudicar la Licitación Pública cuando las condiciones en las cuales
fue adjudicada la propuesta hayan cambiado antes o durante el transcurso del contrato y si el proveedor desiste
por motivos de fuerza mayor o caso fortuito de su oferta, previamente calificados por el Servicio de Salud Biobío.
En caso de que la Orden de Compra ya hubiese sido aceptada por el proveedor a través del portal
www.mercadopublico.cl, éste deberá cancelar la Orden de Compra, atendiendo a la declaración jurada simple de
aceptación de condiciones (Formulario N°2), previa notificación por parte del Servicio Salud Biobío, dentro del plazo
de 5 días hábiles.
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la
Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato Y Obligaciones Laborales, Garantía por Anticipo, no firma el
contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad
licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación original y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la
evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la
publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente
declarar desierta la licitación.
La declaración de Re-adjudicación será hecha a través del portal www.mercadopublico.cl y el nuevo adjudicado será
el proveedor que ocupe el 2° lugar en la evaluación original del proceso en los términos estipulados en estas bases
de licitación.
Si no hay más ofertas y no se puede proceder a la re adjudicación, se podrá realizar un segundo llamado de
Licitación o confección de Trato Directo, sin perjuicio de otras facultades otorgadas en virtud de la ley de Compras
Públicas, Ley 19.886.-
16. RESERVA DE LA INSTITUCIÓN
El Servicio de Salud Biobío, podrá dejar sin efecto la licitación, declarándola desierta, y/o podrá Revocar en caso
que no se pueda seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación.
El Servicio de Salud Biobío, se reservará las siguientes facultades, en conformidad al artículo 9 de la ley 19886 y
Artículo 61 de la ley 19.880.
16.1. DESERCIÓN artículo 9 de la Ley 19.886.
El Servicio de Salud Biobío declarará inadmisible la o las ofertas cuando estas no cumplan con los requisitos
establecidos en las presentes Bases. Declarará a si mismo desierta la presente Licitación cuando no se presenten
ofertas o interesados, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de este Servicio en
24
conformidad a las Bases. En ambos casos la declaración deberá ser por Resolución fundada.
En el evento de rechazarse todas las propuestas se procederá a declarar desierto o nulo el proceso, según proceda,
notificando de ello a los participantes, mediante Resolución fundada firmada por el Director del Servicio de Salud
Biobío y publicada en el sitio http://www.mercadopublico.cl, para conocimiento de todos los participantes de la
licitación.
16.2. REVOCACIÓN artículo 61 de la ley 19.880.
Se podrá otorgar el estado de “Revocada” en aquellas situaciones donde la Licitación ya está publicada y, en base
a una decisión debidamente justificada, se desiste, no pudiendo seguir el flujo normal que conduce a la
adjudicación. Este estado es similar al estado “Inadmisible” pero con la salvedad que, aun existiendo ofertas, se
detiene el proceso irrevocablemente por no ser convenientes a sus intereses en conformidad a las Bases. Este
estado puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante con la resolución fundada que así lo autorice
y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento.
17. DE LOS PRECIOS
Los precios de los Equipos deberán cotizarse en pesos chilenos. El precio final de la oferta será con IVA incluido
unitario y definitivo de cada uno de los Equipos cotizados. Además, este precio deberá incluir los gastos y costos de
traslado, instalación, capacitación, mantenciones preventivas, visitas técnicas y puesta en marcha, en el lugar de
entrega que se indique, hasta la total conformidad del establecimiento usuario (ver punto 8.3 de la oferta
económica).
18. DE LA NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN
Determinado el adjudicatario dentro del plazo previsto en estas Bases, el Servicio notificará conforme a lo
establecido en el artículo 6º del Decreto Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, así la notificación de la
Resolución de adjudicación al oferente favorecido y a todos los proponentes, debe entenderse realizada luego de
transcurridas 24 horas, desde que se publique en el sistema de Información (Portal www.mercadopublico.cl) dicho
acto administrativo.
El licitante seleccionado, una vez que reciba la notificación de adjudicación a través del portal, deberá comunicarse
al Fono 432336920 o con el Encargado de la Licitación y remitir las Garantías de acuerdo al punto 10 y siguiente.
19. DEL PLAZO DE ENTREGA
Se entiende por plazo de entrega el total de días corridos que los proponentes ofertan para la entrega de los
Equipos en el establecimiento de destino. El plazo de entrega será aquel que proponga la empresa adjudicataria,
consignado en el Formulario de Especificaciones Técnicas.
La definición del conteo del plazo de entrega para efectos de controlar su cumplimiento y aplicación de multas será:
Para Ofertas inferiores a 1.000 UTM, el plazo de entrega se entenderá que comienza a correr a partir de
fecha de envío de la Orden de Compra generada en el Portal www.mercadopublico.cl.
Para Ofertas mayores a 1.000 UTM en que corresponde firma de contrato, el plazo de entrega se
entenderá y comienza a correr a partir de la fecha de envió de la Orden de Compra, transcurridas 24 horas.
Excepción: El Servicio de Salud Biobío podrá solicitar al proveedor el cambio en el plazo de entrega de los bienes
para una fecha posterior a lo estipulado en el contrato y este aumento de plazo no será superior a 60 días corridos,
este aumento de plazos no importará ningún tipo de gastos para el Servicio de Salud Biobío; como tampoco
25
sanciones al proveedor por atraso en la entrega de los bienes, de acuerdo a las fechas estipuladas.
No obstante lo anterior, el oferente podrá solicitar aumento del plazo de entrega, estipulado en la cláusula 23.6 de
estas bases.
Para estos casos de aumento de plazo, el oferente deberá renovar las garantías por el mismo plazo y aumentado en
las mismas condiciones de las bases.
Se deja expresamente consignado que se entiende asimismo por incumplimiento grave en las presentes Bases de
Licitación, el hecho o circunstancia de no entregar los bienes o servicios dentro del plazo estipulado por el
Proveedor en el Formulario de Especificaciones Técnicas.
En caso de que el plazo de entrega coincida con un día sábado, domingo o feriado se considerará el siguiente día
hábil administrativo más próximo.
20. PRESENTACIÓN DE LA FACTURA Y FORMA DE PAGO
El proveedor podrá cursar el pago de la siguiente manera:
- Contra entrega de los bienes a través de un Acta de Recepción de Bienes.
Los Instrumentos y/o Equipos correspondientes a la presente licitación y singularizados en las especificaciones
técnicas, serán pagados por la DIPRES con cargo al presupuesto del Servicio de Salud Biobío o sus modificaciones,
por lo tanto, la empresa deberá facturar a nombre de SERVICIO DE SALUD BIOBÍO, RUT: 61.607.300-1, dirección
Avenida Ricardo Vicuña Nº147 Interior, Edificio Estacionamiento, Piso 4º, Los Ángeles.
Una vez que el proveedor emita la factura, posterior a los puntos a o b, este en un plazo no mayor a 48 horas
deberá ingresarla al sistema ACEPTA-SII (según directiva 23 de fecha 08.05.2019 de la Dirección de Chilecompra).
Casilla de intercambio: dipresrecepcion@custodium.com
Formato: XML
Campo Referencia 801: Número de ID orden de compra válido.
En caso de que no sea ingresado dentro del plazo, la factura será automáticamente rechazada por la plataforma.
Por otro lado, en caso que el proveedor emita la factura con antelación a la recepción conforme, ésta podrá ser
rechazada por el Servicio dentro de los 8 días corridos a través de la página web www.sii.cl y
https://dte.dipres.gob.cl/. Por lo tanto, los bienes deben ser despachados con Guía de despacho.
Una vez aceptada la factura por el Servicio de Salud Biobío se podrá gestionar el pago el que será realizado al
contado, mediante transferencia electrónica, dentro de los 30 días siguientes, contados desde la fecha de recepción
conforme de dicha factura en Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío y Vº Bº de conformidad de la Unidad
Técnica.
Sin perjuicio de lo anterior para los pagos cuyas facturas sean tramitadas a partir del 01 de junio de 2021 el pago a
las empresas de menor tamaño deberá realizarse dentro de los 30 días siguientes, contados desde la aceptación de
la factura en conformidad a la ley N°21.131 que ESTABLECE PAGO A TREINTA DÍAS y sus modificaciones que difirió
la entrada en vigencia de esta ley para los Servicios de Salud entre otros organismos.
No obstante, para cursar el pago correspondiente, el contrato deberá estar tramitado en su totalidad, es decir,
habiéndose dictado la resolución que lo aprueba.
26
PARA PAGAR ESTE BIEN SE HAN CONSIDERADO LAS SIGUIENTES MODALIDADES DE PAGO:
a) Financiamiento por Factoring:
En caso que el oferente adjudicado, se acoja al sistema de Financiamiento por Factoring, deberá NOTIFICAR
OPORTUNAMENTE al Mandante de dicho contrato según lo establecido en el Reglamento de Compras Públicas y
solicitar expresamente, la firma de la copia cedible toda vez que el proceso de adquisición se encuentre finiquitado
de acuerdo a las presentes Bases Administrativas y Técnicas. Para este caso los bienes deben estar recepcionados
en el establecimiento.
No obstante lo anterior, el oferente que se acoja a esta modalidad previo a optarla deberá considerar los estipulado
en Artículo N° 10.2, de estas Bases Administrativas.
b) Contra entrega de bienes:
Si el proveedor se acoge al sistema de pago contra la entrega de los bienes, estos se cancelarán cuando estén
entregados en un 100%; todo según corresponda a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas (no incluye
instalación, capacitación ni puesta en marcha).
Este proceso será canalizado mediante un Acta de Recepción de Bienes, la cual se enviará junto con la factura y
guía de despacho correspondiente a contabilidad para el pago correspondiente.
Si los bienes no fueron entregados según se señala en el punto 10.2 o 10.3 y no habiendo optado a lo estipulado en
el Punto 23.6 (aumento de plazo), se procederá al cobro de los documentos de Garantía de Fiel y Oportuno
Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales según procedimientos de incumplimiento del Servicio de Salud
para estos casos.
21. DEL CONTRATO SU FIRMA Y LOS GASTOS NOTARIALES
Para montos superiores a 1.000 UTM, una vez adjudicada la propuesta, el proveedor deberá firmar ante Notario
Público o Firma Electrónica Avanzada (FEA) los contratos que procedan. El proveedor tendrá el plazo de 15 días
corridos contados desde que se entiende notificada la Resolución que aprueba la adjudicación (24 horas después de
publicada), para realizar todos los trámites necesarios e imprescindibles para la confección del contrato, tales como
inscribirse en Chileproveedores, constituir la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones
Laborales, y acompañar los certificados que sean procedentes para contratar, los que debe remitir en ese plazo al
Servicio de Salud Biobío para la confección del contrato.
Emitido el contrato se hará llegar este al proveedor mediante correo electrónico, enviado al email consignado en el
Formulario N°1, quien tendrá en plazo de 7 días hábiles administrativos, contados desde la emisión del correo, para
enviar (2) dos copias del Contrato debidamente firmadas por el representante legal, de acuerdo a lo estipulado en
este punto a la oficina de partes del Servicio de Salud Biobío, los gastos que demande este trámite, serán de cargo
exclusivo del oferente, quién deberá además consignar la suma de los Gastos Notariales que irrogue la firma del
director/a del Servicio de Salud Biobío, en el caso de elegir la Firma Electrónica Avanzada (FEA) deberá enviarla al
correo electrónico direccionssbb@ssbiobio.cl.-
22. DE LAS CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO A SUSCRIBIR
22.1. DE LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO
a. Individualización del proveedor.
27
b. Características del bien contratado.
c. Precio.
d. Plazo de duración.
e. Plazo de entrega.
f. Garantías.
g. Condiciones de Servicio Técnico.
h. Multas, causales y procedimiento.
i. Causales de término anticipado.
j. Fijación de domicilio convencional de las partes en la comuna y ciudad de Los Ángeles para prorrogar la
competencia ante sus Tribunales Ordinarios.
k. Declaración que indique los antecedentes que forman parte integrante del contrato, esto es; las Bases
Administrativas y Especificaciones Técnicas y sus anexos, las consultas, aclaraciones y respuestas, las
modificaciones a las Bases si las hubiere, la oferta respectiva, además de todo otro antecedente que expresamente
se contemple para su debida ejecución.
l. Declaración que todos los gastos e impuestos que se puedan generar a causa o con ocasión de la celebración
del contrato, serán de cargo exclusivo del proveedor.
m. Declaración en el sentido que el contrato suscrito no significará impedimento para que el Servicio pueda
celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio exclusivo fuere necesario para el
mejor desarrollo de las funciones que le competen.
n. Declaración que el proveedor será el único responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la
propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en
cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, como asimismo respecto de terceras personas
subcontratistas que circunstancialmente estén trabajando para ese proveedor a propósito del convenio.
o. Declaración que entre el Servicio y el personal dependiente, contratado o subcontratado del proveedor no
existe ningún tipo de vínculo, ni legal, ni laboral ni funcionario.
22.2. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y OBLIGACIONES LABORALES
Si la contratación es mayor a 1.000 UTM requiere Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato y
Obligaciones Laborales, de acuerdo al Artículo 22 y 63 de la Ley 19886 y el artículo 68 del Reglamento Decreto 250,
actualizado 10/05/2015), en conformidad al punto 10.2 de estas Bases.
22.3. CERTIFICADO DE PAGO COTIZACIONES PREVISIONALES
Certificado Inspección del Trabajo (Formulario F-30), el que será exigible al momento de formalizar la adjudicación
mediante la firma de contrato, en el que conste que no existen reclamos de ningún tipo en contra de la empresa
oferente adjudicada y su representante legal, cuya emisión no podrá ser superior a noventa (90) días corridos
anteriores a la fecha de publicación de la propuesta.
28
22.4. INICIO DEL CONTRATO
El inicio del contrato será a partir de la dictación de la resolución de adjudicación de la licitación,
transcurridas que sean 24 horas de su publicación en el portal mercado público, remitiendo en dicha
oportunidad la Orden de Compra (que tendrá la calidad de suma alzada y en moneda nacional), con la salvedad que
los servicios prestados serán pagados una vez aprobado el contrato, lo cual quedará reflejado en el mismo, el que
se enviara por correo electrónico (indicado por oferente en Formulario N°1 de las bases de la licitación) y tendrán
un plazo de 7 días hábiles administrativos para hacerlo llegar firmado al Servicio de Salud Biobío.
22.5. DURACIÓN DEL CONTRATO
Este contrato tendrá como plazo de duración el tiempo que demore la entrega de los Bienes y la garantía ofrecida,
sin embargo, el contrato se extingue solamente al momento que se extingue la garantía técnica, con la Recepción
Definitiva de los equipos, equipamiento y los accesorios que contemple la Licitación.
22.6. OTRAS DISPOSICIONES
El contrato contendrá la siguiente estipulación expresa con el nombre de “Otras Disposiciones”: La
Empresa no podrá subcontratar los servicios necesarios para el cumplimiento del Contrato tales como
transporte e instalación que no podrá correr por cuenta de terceros ajenos al contrato y mantendrá la
responsabilidad ante el Servicio de la calidad, contenido y oportunidad tanto del equipo como de los
servicios anexos que se adquieren y por los daños directos, previstos, imprevistos o perjuicios de
cualquier naturaleza que se causen por el Adjudicatario y/o sus dependientes. En caso de contravenir
esta mención expresa, constituirá incumplimiento grave de las obligaciones del contrato. Salvo en el
caso del Servicio Técnico Externalizado, lo que no exime de responsabilidad al Proveedor. Se deja
expresa constancia que el Servicio no tendrá vínculo contractual con el personal de la Empresa, ni
relación laboral con sus respectivos empleados, atendido lo cual el Servicio queda liberado de
cualquier responsabilidad que diga relación con los derechos y obligaciones que imponen las leyes
laborales y previsionales.
22.7. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
El Administrador de este contrato será el ejecutivo de compra de la Licitación hasta el momento en que sea
traspasado al Hospital de Los Ángeles, para lo cual toda adjudicación de bienes deberá ser informada al Hospital,
para que, en el lapso de 5 días hábiles administrativos, informe quién será el administrador del contrato.
Funciones y responsabilidad del administrador del contrato:
1.- Velar por el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas por parte del proveedor y actuará como interlocutor
entre las partes.
2.- Informar en caso de incumplimiento del proveedor de las obligaciones detalladas en el punto N°22 de las
presentes bases.
3.- Contactar personalmente, telefónicamente y/o vía email al proveedor adjudicado, para coordinaciones que
involucren la instalación de los equipos y equipamiento.
4.- Recibir quejas y/o reclamos por parte de los usuarios del servicio y contacto con la empresa para subsanar y/o
mejorar dichas situaciones en un plazo inmediato.
29
22.8. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Una vez que se traspasen los bienes será el Encargado de Equipos Médicos del Complejo Asistencial Dr. Víctor Ríos
Ruiz o quien se asigne, el responsable de Administrar el Contrato. Durante la ejecución del contrato el proveedor
adjudicado deberá dar cabal cumplimiento a las condiciones estipuladas en las presentes bases.
El canal válido de comunicación será mediante publicación en el Portal mercadopublico.cl, el que
constituirá su domicilio para efecto de toda notificación, que por cualquier concepto deba hacérsele.
Salvo excepciones al correo electrónico señalado en el Formulario N°1, artículo 6 del Decreto Nº250,
de 2004, del Ministerio de Hacienda. Y se entenderán notificadas, transcurridas que sean 24 horas
desde que la Entidad publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de
la notificación.
Para el caso de coordinación, garantía, mantenciones y servicio técnico general; el canal de
comunicación será vía correo electrónico de acuerdo a lo señalado en el Formulario N° 1 de las Bases
de la Licitación.
23. SANCIONES Y MULTAS
23.1. DEL MONTO
Se aplicarán multas ante el no cumplimiento de la fecha de entrega del proveedor adjudicado, a través del
Anexo (FORMULARIO) N°4, anexado en las presentes bases de licitación y en caso de envío del producto en mal
estado, inferior a la calidad presentada en el portal o con vencimiento inferior al especificado, y en todo otro caso
de incumplimiento descrito en las presentes Bases de Licitación.
Tipificación de Multas:
1 Plazo de entrega: Si el/los adjudicatario(s) no dentro de la fecha establecida, los equipos y/o equipamiento
objeto de la licitación; ello, obligará al “Proveedor” a pagar una multa por incumplimiento de los días corridos de
atraso en la entrega del bien, calculada sobre el precio del total de ítems atrasados, correspondiente a un 0,5% del
valor total neto por cada día corrido de atraso; hasta completar un 10% del valor total neto del contrato o 5 días de
atraso, si el atraso sobrepasare el 10% del valor total neto del contrato, se entenderá que hay incumplimiento
grave de las obligaciones del contrato, facultando al Servicio a dar por terminado de modo anticipado el contrato,
como se indica en el numeral 27 de estas Bases, y se podrá readjudicar al segundo mejor evaluado o desertar la
línea o líneas adjudicadas. Para tales efectos, el proveedor deberá aceptar la orden de compra dentro de un plazo
no superior a 24 horas desde su publicación en el portal, si transcurrido este periodo aún no es aceptada la orden
de compra, se entenderá que el silencio constituye aceptación.
2 Servicio Técnico: Si el/los adjudicatario(s) no cumple(n) con condiciones presentadas en su oferta, como por
ejemplo: el tiempo de respuesta indicado, así también cuando procede la mantención correctiva y preventiva y/o
entrega de Backup, si existen atrasos como indica el numeral 27 (Incumplimiento Grave de las Obligaciones del
contrato) - de las presentes Bases, se procederá al cobro de multas por incumplimiento por los días de
atraso de conformidad al detalle siguiente, calculado sobre el precio del monto total neto contratado
aplicando un 0,5% diario, esto hasta completar un 10% del valor total neto del contrato, si el atraso
sobrepasaré el 10% del valor total neto del contrato se entenderá que hay incumplimiento grave de las
obligaciones del contrato, facultando al Servicio a dar por terminado de modo anticipado el contrato, como se
indica en el numeral 27.- de estas Bases.
3 Limitaciones globales: Si el/los adjudicatario(s), con motivo de las causales anteriormente citadas, incurren en
multas que en su conjunto superan el 10% del valor total neto del contrato, se entenderá que hay incumplimiento
30
grave de las obligaciones del contrato, facultando al Servicio a dar por terminado el contrato de modo anticipado,
como se indica en el numeral 27. - de estas Bases.
4 Funcionamiento del Equipo: Si, a juicio del Servicio de Salud Biobío y previo informe técnico, se considera
que los bienes suministrados no se ajustan a lo exigido en las especificaciones técnicas y antecedentes que
componen la Propuesta, o bien se recibiese dañado o no funcionase adecuadamente se procederá al cobro de una
multa por incumplimiento del 5% del valor total contratado (neto) y el proveedor deberá subsanar esta falta en un
plazo no superior a 5 días hábiles administrativos de lo contrario, se volverá a aplicar una multa del 5% del monto
total neto contratado y se procederá a hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, lo cual no
eximirá al proveedor de pago directo o de cambiar el equipo el que se deberá adecuar a las especificaciones
técnicas declaradas en el formulario N°4.
Con todo lo anterior, todas las multas o acumulación de multas en su conjunto y de cualquier naturaleza que estas
sean, no podrán exceder un 10% del valor neto total del contrato.
El Servicio se reserva el derecho de cancelar la Orden de compra y disponer el término anticipado del contrato:
cuando el proveedor no cumpla con el plazo de entrega de los productos en la fecha solicitada. Cuando esto ocurra
se dejará constancia en el portal www.mercadopublico.cl de dicho incumplimiento, art. 63 del Reglamento de la Ley
de Compras Públicas.
23.2. PROCEDIMIENTO PARA INCUMPLIMIENTOS Y APLICACIÓN DE MULTAS
Detectada una situación de incumplimiento o que amerite la aplicación de multas por parte del Servicio de Salud
Biobío, se procederá a informar mediante publicación en el portal mercadopublico.cl, indicando la infracción
cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. La que se entiende notificada transcurrida que
sean 24 horas desde su publicación, el proveedor adjudicado tendrá un plazo de cinco días hábiles administrativos,
para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin
presentar descargos, el Servicio de Salud Biobío dictara la respectiva Resolución Exenta aplicando la multa,
cobrando directamente al proveedor la multa, haciendo efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del
Contrato y Obligaciones Laborales, Garantía por Anticipo, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras
medidas que se determinen, según sea el caso. Si el proveedor adjudicado hubiera presentado descargos en
tiempo y forma, el Servicio de Salud Biobío tendrá un plazo de diez días hábiles administrativos a contar de la
recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante
Resolución Exenta, publicada en el portal.
23.3. COBRO DE LA MULTA
Quedará ejecutoriada la multa, con la notificación de dicha resolución sin haberse opuesto a ella o notificada que
sea la que resuelve los descargos rechazándolos. Desde ese momento el proveedor adjudicado se encontrará
obligado al pago de la multa. El monto de las multas deberá ser cancelado directamente por el proveedor al
SERVICIO SALUD BIOBÍO, RUT. 61.607.300-1, a la cuenta corriente del Banco Estado, número 55109079463, correo
electrónico, teresa.espinoza@ssbiobio.cl, en un plazo no superior a 20 días hábiles administrativos, si el proveedor
no pagare la multa dentro del plazo establecido, faculta al Servicio de Salud Biobío, para hacer efectivo el cobro de
la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales o la Garantía de Anticipo. Los
montos recaudados por dicho concepto, serán ingresados al presupuesto del Servicio de Salud Biobío. Salvo el caso
del número 4 del acápite 23.1 de estas bases en que es posible hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del
contrato y de igual forma dichos montos serán ingresados al presupuesto del Servicio de Salud Biobío.
Después de transcurrido el plazo máximo de tope de atraso, que no podrá ser superior al 30% del plazo ofertado o
acumulación de multas que alcancen el tope del 10% del monto total neto contratado, el Servicio de Salud Biobío
se encuentra facultado para cobrar directamente la multa, hacer efectivo el documento de Garantía de Fiel y
Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales o Garantía por Anticipo y a su vez cancelará la Orden
31
de Compra, y procederá a readjudicar al Oferente que le seguía en puntaje, o llamar a licitación privada o
realizar trato directo según sea el caso, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la fecha de cancelación
de la Orden de Compra. Sin perjuicio de lo estipulado en la Ley de Compras Públicas.
Será Obligación del proveedor Adjudicado, renovar el documento que Garantiza el Fiel y Oportuno Cumplimiento del
Contrato y Obligaciones Laborales, por el monto y vigencia originalmente establecido en las respectivas bases, toda
vez que se incumpla cualquiera obligación del contrato, especialmente aquellas en que se apliquen multas por
atraso en la entrega y deba hacerse efectiva la garantía. La renovación deberá considerar el plazo de atraso
completo, el que deberá estar incorporado en la garantía
23.4. RECURSOS
En contra de la resolución exenta que se pronuncia sobre el o los incumplimientos, la aplicación de multas, cobro de
la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales, término anticipado del contrato
o la adopción de otras medidas; procederán los recursos dispuestos en la Ley N ° 19.880, sobre Procedimientos
Administrativos.
23.5. PROCEDIMIENTO DE REPOSICIÓN
El Adjudicatario dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, a contar de la fecha de notificación de la Resolución que
impone la Multa, para Reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la Reposición.
Artículo 25, 30 y 59 de Ley N°19.880, sobre Procedimientos Administrativos.
El jefe superior del Servicio de Salud Biobío o quien lo subrogue o reemplaza resolverá dentro de los 30 días hábiles
siguientes acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición.
Dicho acto administrativo se notificará mediante publicación en el portal. Se hace presente, que contra la
Resolución que se pronuncia respecto de la Reposición, no procede recurso alguno por disposición del artículo 59
inciso 4° de la Ley 19880 sobre procedimientos administrativos.
23.6. AUMENTO DE PLAZO
La solicitud de aumento de plazo, sólo será aceptada si existe causal de fuerza mayor o caso fortuito, el cual, será
indicado y justificado claramente y con documentación por parte de la empresa. La Unidad Técnica estudiará la
solicitud y emitirá informe que permitirá resolver al Director de Servicio. En todo caso, la solicitud de aumento
de plazo, presentada por el proveedor adjudicado, dicha solicitud no podrá exceder el 30% respecto del
plazo originalmente ofertado; de ser aceptada la solicitud de aumento de plazo, se aplicarán las multas
administrativas correspondientes, en caso de excederlo en conformidad al 23.1 número 1 de estas bases.
Los plazos a ofertar para la entrega del Equipo y/o Equipos deberán ser estudiados y adecuados previamente por el
oferente, ya que no será considerada como Fuerza Mayor o Caso Fortuito, el retraso en los trámites de
importación y sus traslados o mayores plazos de fabricación.
La solicitud de aumento de plazo deberá ingresarse por Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío, hasta el
último día del vencimiento del plazo contractual, debidamente fundamentada y respaldada. Solicitudes
recibidas con posterioridad se rechazarán de plano y no serán consideradas, ni evaluadas y se aplicará las
sanciones por retraso en la entrega de los Equipos, señaladas en las presentes Bases de Licitación.
32
24. DE LAS RECEPCIONES
La recepción del Equipo y/o Equipos la realizará la Unidad Técnica, a través de la comisión designada para ello:
Recepción de Bienes: Acta de recepción que involucra la recepción física de la adquisición y debe ser firmada por
la Comisión de Apertura, Evaluación Técnica, Adjudicación y Recepción de la Propuesta Pública o en caso de
impedimento quienes los Subroguen, Reemplacen o Representen. Este documento dará origen al estado de pago
para el proveedor.
Recepción de Puesta en Marcha Conforme: recepción que corresponde luego de la instalación (según
corresponda) y capacitación (de acuerdo a requerimiento) y es el punto de partida a la Garantía Técnica del equipo.
Puede ser firmada por al menos dos (2) integrantes de la Comisión de Apertura, Evaluación Técnica, Adjudicación y
Recepción de la Propuesta Pública, más un Referente Técnico que también puede estar conformando parte de dicha
Comisión.
Recepción Definitiva: Corresponde al proceso en el cual estando vigente la garantía técnica, y en el plazo de 60
días anteriores al término de su vigencia, se procede a realizar la recepción definitiva por la Contraparte Técnica,
mediante la respectiva acta, con lo cual se podrá liberar el Documento de Garantía de Fiel y Oportuno
Cumplimiento de Contrato de acuerdo al punto 10.2 de estas Bases.
La recepción definitiva deberá ser solicitada por escrito e ingresada en Oficina de Partes del Servicio
de Salud Biobío, por el proveedor adjudicado, mediante comunicación al director del Servicio de Salud
Biobío, con atención al profesional a cargo de la presente licitación.
24.1. DE LA INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA
Todos los trabajos relacionados con las instalaciones y puesta en marcha de los equipos, se ajustarán estrictamente
a los plazos máximos señalados por la Empresa adjudicada y entregado en la propuesta de acuerdo al Formulario
N°4 “Especificaciones Técnicas”.
24.1.1 Instalación: Será de exclusiva responsabilidad del Proveedor, debiendo este último coordinarse con la
Unidad Técnica y el Establecimiento destinatario de los productos, para verificar los trabajos de preinstalación, con
la debida anticipación.
El requerimiento de instalación será notificado vía correo electrónico, en conformidad a lo señalado en
el Formulario N°1 y el proveedor tendrá un plazo de máximo de 5 días hábiles administrativos para
comenzar con el proceso.
El proveedor, de estimarlo conveniente, inspeccionará y probará las instalaciones a lo menos 10 días hábiles
administrativos previos a instalar sus productos para asegurarse que cumplan las especificaciones técnicas
solicitadas y no existan problemas con la instalación propiamente tal. La Unidad Técnica registrará las fechas de
visita previa en un acta firmada por las partes. Cualquier problema que se produjese por el incumplimiento de esta
exigencia será de exclusiva responsabilidad del proveedor.
La instalación deberá incluir:
A. Todos los elementos, accesorios e insumos necesarios para la puesta en marcha del equipamiento.
B. Los gastos en que se incurran por concepto de Mano de Obra, pasajes, viáticos, honorarios, fletes, etc., que
involucre dicha instalación y puesta en marcha.
D. Cualquier elemento, dispositivo o accesorio que sea indispensable para el funcionamiento de los sillones, aun
33
cuando no se haya indicado explícitamente en la oferta.
E. El retiro de embalaje y/o escombros posteriores a la instalación.
La Empresa será responsable del óptimo funcionamiento de los productos al momento de la entrega para recepción
de la Unidad Técnica.
24.1.3 Mantenciones preventivas: el proveedor adjudicado, en conformidad al periodo de Garantía Técnica
(incluye garantía obligatoria y extendida) ofertada deberá cumplir con la periodicidad de mantenciones según
corresponda en el Formulario N°4 de Especificaciones Técnicas.
24.1.4 Mantenciones correctivas: el proveedor, en conformidad a lo declarado en la presente licitación, deberá
dar fiel cumplimiento a las condiciones ofertadas cada vez que se presente una falla y sea en conformidad a la
garantía (incluye garantía obligatoria y extendida) del equipo.
24.1.5 Capacitación: en caso de ser necesaria, el proveedor deberá realizar jornada de capacitación para
usuario y servicio técnico según corresponda. Podrá ser solicitado junto con la instalación o posteriormente vía
correo electrónico y con coordinación entre las partes, de acuerdo a su conveniencia.
25. OBLIGACIONES CONTRACTUALES DEL PROVEEDOR
a. Dar Cumplimiento a todas y cada una de aquellas obligaciones señaladas en las bases que dan origen a este
contrato de suministro de bienes muebles.
b. Está Obligado a Instalar el o los equipos, dar capacitación, hacer del uso de ella a los usuarios o usuario del
equipo o equipos, entregar en tiempo y forma los bienes adjudicados, firmar en tiempo y forma los contratos que se
originen, aceptar en tiempo y forma la Orden de Compra o efectuar su rechazo, a realizar las mantenciones
preventivas convenidas a renovar las garantías que suscriban, al pago de las Multas que se les apliquen.
c. Dar cumplimiento a todas las condiciones ofertadas, tanto en el tiempo y forma de entrega, instalación,
capacitaciones, mantenciones, puesta en marcha, garantías y productos y accesorios ofrecidos.
d. Está prohibido realizar cambios del producto adjudicado, incluso aquellos que se interpreten como iguales a la
marca originalmente adjudicada o contratada, a pretexto de haber cambiado de fabricante ya sea por enajenación,
venta, fusión u otra causa cualquiera.
e. Estará prohibida la facultad de Subcontratar.
f. Se encuentra prohibida la comunicación con el Comprador por otro medio que no sea por los medios oficiales
para ello.
g. Se encontrará obligado el proveedor a respetar todos y cada uno de los puntos de las presentes Bases de
Licitación, incluso a respetar, mantener, promover y velar por el Principio de Probidad en todo el proceso de
Contratación.
h. A mantener actualizado e informar por carta certificada al Comprador de toda modificación o muda en los
antecedentes del oferente, especialmente aquellos descritos en el Formulario N° 1 “IDENTIFICACIÓN DEL
OFERENTE”.
i. A otorgar y renovar, en su caso, las Garantías de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones
Laborales; y Garantía por Anticipo.
34
j. A emitir y enviar por correo electrónico, en su caso, en tiempo y forma las Facturas de los bienes adjudicados,
detallando completamente las partidas despachadas, haciendo mención expresa de la o las Órdenes de Compra, de
las cuales procedan.
k. El Proveedor Adjudicado tendrá un plazo máximo de 15 días corridos para hacer llegar al Depto. Recursos
Físicos del Servicio el Documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones
Laborales a efectos de proceder a la redacción del Contrato por el Depto. de Asesoría Jurídica, si así se solicita.
l. Los Proveedores no inscritos en Chileproveedores, tendrán un plazo fatal de 15 días corridos para regularizar
su situación si resultaren adjudicados en este Proceso de Compra.
m. El Proveedor Adjudicado estará obligado a entregar las Garantías en tiempo y forma.
26. DE LAS SANCIONES
Cualquier incumplimiento de las Bases, facultará al Servicio para aplicar una o varias de las siguientes sanciones:
Revocar unilateralmente y a su arbitrio a. el contrato sin necesidad de notificación judicial, ni requerimiento de
ninguna especie.
b. Hacer efectiva las garantías en los montos que corresponda. Especialmente la Garantía de Fiel y Oportuno
Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales; y Garantía por Anticipo.
c. Cobrar multas por concepto de atraso, señaladas en el punto 22 de las presentes Bases Administrativas en
relación con el 23 y siguientes.
d. Solicitar la suspensión del proveedor del Registro de Proveedores por el tiempo que se determine.
e. Solicitar la eliminación del Proveedor del Registro de Proveedores por incumplimiento.
f. Comunicar lo dispuesto en las letras d y e precedentes por escrito, a todos los Servicios de Salud del país u
otros servicios que estime procedente.
27. DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios
acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para
todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán
perfeccionarse de mutuo acuerdo por las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las
modificaciones no podrán exceder lo señalado en el punto 15.2 de estas bases.
De acuerdo a lo previsto en el artículo 13 de la Ley Nº19.886, el contrato podrá ser modificado o terminarse
anticipadamente por las siguientes causales.
§ Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Agregar o eliminar un servicio anexo relativo a la instalación, mantenciones, capacitaciones y garantía. A
modo de ejemplo se pueden nombrar las siguientes modificaciones:
§ Ampliar rango de capacitaciones
§ Modificar protocolos de mantenimiento preventivo.
- En caso de que el Servicio solicite algún traslado e instalación del equipo o parte de él a un lugar diferente de
su emplazamiento original, dentro de las dependencias del Hospital de Los Ángeles.
35
§ Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, hecho que deberá certificar el
administrador del contrato, tales como:
- Incumplimiento en el plazo de entrega cuya multa o acumulación de multas exceda del 10% del monto total
neto del contrato.
- Incumplimiento de los requerimientos técnicos cuya multa exceda del 10% del monto total neto del contrato.
- Si a juicio del Director del o los establecimientos, los equipos, equipamiento o accesorios no cumplen con las
Especificaciones Técnicas indicadas en estas Bases, específicamente el Formulario N°4, condición que debe ser
refrendada en un informe técnico que indique causales del incumplimiento.
- Cuando los productos sujetos a normas de seguridad o calidad de cumplimiento obligatorio no cumplan las
Especificaciones correspondientes.
- Si existen defectos de calidad en el equipamiento entregado o por no corresponder a las Especificaciones
Técnicas que ostenten o a las menciones en su catálogo y/o manuales. En este caso, estos se consideran como no
entregados para todos los efectos legales, incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo.
- Cuando cualquier producto por deficiencia de fabricación, elaboración, materiales, partes, piezas, elementos,
sustancias, estructura, calidad o condiciones sanitarias, en su caso, no sea enteramente apto para el uso que está
destinado o al que el “Proveedor” hubiese señalado en su oferta.
- Cuando el proveedor y el Servicio hubieren convenido que los productos objeto del contrato deban reunir
determinadas Especificaciones y esto no ocurra.
- Si el proveedor no da cumplimiento a la entrega del bien dentro del plazo ofrecido en conformidad a las bases y
por dicha demora ha incurrido en el valor máximo de multa establecido en el numeral 23.- Sanciones y Multas. Para
estos efectos, se considerará no entregado el suministro, si falta alguna pieza o elemento que impida su uso
completo, o sirva imperfectamente.
- Si contraviene la prohibición expresa de subcontratar los servicios necesarios para el cumplimiento del
Contrato tales como transporte e instalación, que no podrá correr por cuenta de terceros ajenos al contrato, salvo la
excepción legal, referente al servicio técnico externalizado.
Se entiende como incumplimiento grave, el Incumplimiento de las exigencias técnicas del servicio requerido, según
lo estipulado en las Bases; Incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, especialmente
los puntos 19 y 23 de las presentes Bases de Licitación.
§ Quiebra o estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las
existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato, tales como:
- Por la incapacidad de la empresa adjudicataria para seguir adelante con la entrega encomendada, derivada
de problemas internos, huelga de trabajadores, entre otros.
- Si es declarado en quiebra, solicita su quiebra, o inicia proposiciones de convenio con sus acreedores.
- Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.
- Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores.
- Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
36
- Si se disuelve y procede a su liquidación.
- Si el proveedor o alguno de los socios del proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva,
o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.
§ Término o liquidación anticipada de la empresa por causa distinta a la quiebra.
§ Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
· Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del
contrato, con un máximo de seis meses.
§ Manifestación de voluntad de uno de los contratantes, formalizada mediante notificación enviada al domicilio del
Servicio de Salud Biobío o al portal, según corresponda con una anticipación máxima de un 30% del plazo
contractual a la fecha de término deseada.
En el periodo que transcurra entre la notificación del término anticipado del contrato y la nueva adjudicación del
servicio, el proveedor estará obligado a prestar el servicio adjudicado en el contrato, y el Servicio de Salud Biobío
por su parte, podrá hacer cobro de la boleta de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, debiendo
pagar al proveedor hasta el último día en que efectivamente realizó el servicio para el que fue contratado.
En caso de terminar anticipadamente el contrato, el Servicio de Salud Biobío se reserva el derecho de aplicar lo
dispuesto en el artículo 8 letra b, de la Ley 19886, en concordancia con el artículo 10 numeral 2 del reglamento de
la citada ley, o llamar a nueva licitación pública para proveer el servicio.
El término anticipado del contrato no posibilitará ningún tipo de indemnización para el proveedor, además de
facultar al Servicio de Salud Biobío para readjudicar al segundo proveedor mejor evaluado y en caso que no exista
se procederá a una nueva licitación o trato directo, de acuerdo a la normativa vigente.
27.1. PROCEDIMIENTO
Las notificaciones se efectuarán vía publicación en el portal, publicándose, copia íntegra del Ordinario; dicha
notificación se entenderá realizada transcurridas que sean 24 horas desde que la Entidad publique en el Sistema de
Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
Notificada la proposición de término anticipado del contrato, el proveedor dispondrá de 5 días hábiles para
presentar sus descargos por escrito, el que comenzará a regir a transcurridas que sean 24 horas desde la
publicación, al día hábil siguiente al de la notificación. Dichos descargos deberán presentarse en Oficina de Partes
del Servicio de Salud Biobío, ubicada en Avda. Ricardo Vicuña 147, Interior, Edificio Estacionamiento, 4° piso, Los
Ángeles, en horario de oficina de lunes a jueves de 08:00 a 17:00 horas y viernes de 08:00 a 16:00hrs, los que
deberán ser dirigidos al Departamento de Recursos Físicos. El documento donde consten los descargos deberá
indicar expresamente como referencia el número de ordinario del Servicio de Salud Biobío que informa el término
anticipado del contrato.
Transcurrido este plazo y con los antecedentes que el Servicio de Salud disponga y/o el proveedor haya aportado,
se dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre término anticipado del contrato, a través de resolución
fundada, la que será debidamente notificada al proveedor a través de publicación en el portal y susceptible de los
recursos administrativos correspondientes dentro de los plazos establecidos por la ley.
Una vez que el acto administrativo correspondiente esté firme, el Servicio de Salud Biobío notificará al proveedor
sobre el término anticipado y podrá cobrar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones
37
Laborales, para los casos en que lo amerite y la de pago anticipado si correspondiere.
Recursos: Contra dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la ley Nº19.880.
28. DE LA FUERZA MAYOR.
Se entenderá como Fuerza Mayor, los hechos imprevisibles que no dependen de la voluntad de las Partes, que
afecten o incidan directamente en sus respectivas capacidades para cumplir con las obligaciones contraídas en
virtud del Contrato u Orden de Compra, las que son entre otras, el sabotaje, catástrofes naturales, guerra
declarada, rebelión o revolución, actos de gobierno. Artículo 45 del Código Civil. La que, en caso de ser usada como
defensa para solicitudes de aumento de plazo para la entrega, deberá ser debidamente respaldada mediante
documentos que sustenten tal petición.
29. DE LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier dificultad o conflicto que se produjere durante el proceso de adjudicación o en la interpretación,
aplicación y ejecución de las Bases Generales o especificaciones técnicas de este proceso de licitación, será
resuelta, por el Director del Servicio de Salud Biobío. Sin perjuicio de los recursos procedentes en contra de la
Resolución de Adjudicación de la Licitación.
30. DEBERES Y PROHIBICIONES DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS, ENCARGADOS DE LA
ADMINISTRACIÓN DE LA LICITACIÓN.
Queda estrictamente prohibido 1. aceptar en beneficio del Servicio cualquier donación que, por sus
características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, que pueda estar asociado a alguna
negociación con el donante.
2. Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en
razón de la función pública que se desempeña.
3. Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir
un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero.
4. Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o
privilegios de cualquier naturaleza.
5. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.
6. Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando
un gasto innecesario a la institución.
31. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente
pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin
prejuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes de la misma.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada
necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes
compromisos:
31.1 El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas, o pagos, cualquiera
fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de
licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a
ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio,
38
en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
31.2 El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto
específico y especialmente aquellos acuerdos, negociaciones, actos de conductas de tipo o naturaleza colusiva, en
cualquiera de sus tipos o formas.
31.3 El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión, y vigilancia de la misma.
31.4 El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
31.5 El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.
31.6 El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicadas a la misma.
31.7 El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con
información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de
cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
31.8 El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores
agentes y en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o
como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin prejuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o
fuesen por los organismos correspondientes.
32. BASES TÉCNICAS Y TÉRMINOS DE REFERENCIAS
32.1 DEL OBJETIVO
Las presentes Bases Técnicas generadas por el Servicio de Salud Biobío, fijan los procedimientos, términos y
exigencias para la adquisición de equipos y/o equipamientos que se describen en las Bases Administrativas, bajo
ID: 1057804-3-LE23.
32.1.1 En la presentación de sus ofertas, los Oferentes deberán seleccionar todos los instrumentos descritos en
las Especificaciones Técnicas y exigencias de funcionalidad y diseño que se detallan en las presentes bases, lo cual
debe ser indicado expresamente en los antecedentes de la oferta que entregue.
32.2 CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LOS BIENES, PRODUCTO, O SERVICIO.
DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO CANTIDAD
SILLONES DE ACOMPAÑAMIENTO 36
Los productos tienen que cumplir con las Especificaciones detalladas en el Formulario N°4.
39
32.3 DEL SERVICIO TÉCNICO
El Proveedor deberá contar con Servicio Técnico establecido en Chile autorizado por el fabricante de los
instrumentales y/o equipos, facultado para proceder a la instalación de los instrumentales o los equipos y entregar
servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, además del soporte operacional, de acuerdo a las condiciones
establecidas en las Bases para mantenimiento.
32.3.1 Tiempo de respuesta: El Tiempo de respuesta no podrá ser superior a lo estipulado en el Formulario N°4
de Especificaciones Técnicas, contados a partir de la fecha de emisión de la orden de compra o llamado telefónico
y/o correo electrónico.
32.3.2 Informe técnico en caso de falla de los equipamientos entregados: La empresa debe entregar informe
técnico al Encargado de Equipos Médicos de la Unidad de Mantención del Hospital de Los Ángeles, sobre el tipo de
falla que presenta. Este informe se debe remitir en un periodo máximo de tres días hábiles.
32.3.3. El proveedor deberá ejecutar las mantenciones preventivas de acuerdo a lo estipulado por el fabricante
respecto a las labores a realizar y la frecuencia de acuerdo a los establecidos, en las bases de licitación. Si
existiesen diferencias respecto a la periodicidad de la mantención recomendada por el fabricante y las solicitadas
en bases, prevalecerá la de mayor frecuencia. Además, deberá incluir todo los repuestos, kits, insumos necesarios y
mano de obra para cumplir con las mantenciones correspondientes y no significaran costos adicionales para el
Complejo Asistencial Dr. Víctor Ríos Ruiz durante todo el periodo de garantía ofertado en Bases de Licitación y/o
Formularios.
32.4 SERVICIO POST VENTA
32.4.1 GARANTÍA
El proveedor del equipo ofertado, deberá garantizar la Garantía Técnica ofrecida en la presente Licitación, en donde
toda falla y/o defecto del equipo quede cubierto en dicha garantía. Además, durante este periodo los servicios de
mantención preventiva y correctiva serán parte de la garantía, por ende, no se realizará cobro al Complejo
Asistencial Dr. Víctor Ríos Ruiz, por este concepto.
El proveedor y/u oferente adjudicado deberá responder por la garantía del equipo, sin delegar esta responsabilidad
a un tercero.
32.5 CONTINUIDAD DE SERVICIO Y REPUESTOS
El equipo ofertado deberá cumplir con una continuidad de servicio técnico y repuesto, es decir, que no se
interrumpa en un periodo de tiempo los criterios mencionados anteriormente. Se exige que el equipo cuente con a
lo menos 8 años de continuidad de servicio (comercial y técnico) y repuestos (disponibilidad), lo cual será de
responsabilidad del oferente adjudicado cumplir.
32.6 DEL STOCK DE REPUESTOS E INSUMOS
32.6.1 El Proveedor, tendrá la obligación de mantener en el país, un stock de repuestos de uso corriente. Así
mismo tendrá la obligación de traer al país, en un plazo no mayor de 30 días corridos los repuestos que no sean de
uso corriente, contados desde la fecha en que fueron solicitados, los repuestos necesarios para efectuar cualquier
mantención reparativa o preventiva del equipo o equipamiento.
32.6.2 El o los Oferentes adjudicados deberán proporcionar toda la información que se relacione con el
funcionamiento del equipo, tanto accesorios como insumos y los precios correspondientes a cada uno de ellos.
40
32.7 DE LAS RECEPCIONES
La recepción del equipo y/o equipamiento la realizará el Servicio de Salud Biobío, a través de la comisión designada
para ello y de acuerdo a lo señalado en el punto 24 de las presentes Bases de Licitación.
32.8 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Las Especificaciones Técnicas de la presente Licitación son abordadas en el Formulario N° 4.
41
33 FORMULARIOS
33.1 FORMULARIO N°1 “IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE”:
“ADQUISICIÓN DE SILLONES DE ACOMPAÑAMIENTO LEY MILA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR.
VÍCTOR RIOS RUIZ” DE LOS ÁNGELES” ID N°1057804-3-LE23.
* En caso de ser Unión Temporal de proveedores deberán presentar este formulario cada proveedor
que conforme la unión temporal de proveedores (uno por cada uno).
NOMBRE LICITACIÓN:
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL OFERENTE RUT EMPRESA
NOMBRE DE FANTASÍA (SI LO TUVIERE)
DIRECCIÓN COMERCIAL
Calle N° Depto. N° Ciudad País
Teléfono(s) Fax E-mail
REPRESENTANTE LEGAL DEL OFERENTE
Nombre Rut Cargo:
Dirección: Teléfono Red Fija
Teléfono Celular e-mail
DATOS DE BANCO Y CUENTA PARA PAGO POR TRANSFERENCIA: (para el caso que le sea adjudicado)
N° Cuenta Nombre de la Institución Bancaria
COORDINADOR DURANTE EL PERIODO DE LICITACIÓN
Nombre Cargo
Teléfono(s) Fax E-mail
REPRESENTANTE DE VENTAS QUE INTERACTUARÁ CON EL SERVICIO EN LA COMPRA Y PUESTA EN MARCHA
Nombre Cargo
Teléfono(s) E-mail
COORDINADOR DE SERVICIO TECNICO DURANTE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Nombre Cargo
Teléfono (s) E-mail
PAGINA WEB EMPRESA
FIRMA REPRESENTANTE LEGAL:
EMPRESA
FECHA
42
33.2 FORMULARIO N° 2: “DECLARACIÓN JURADA DE ACEPTACIÓN DE CONDICIONES”
“ADQUISICIÓN DE SILLONES DE ACOMPAÑAMIENTO LEY MILA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR.
VÍCTOR RIOS RUIZ” DE LOS ÁNGELES” ID N°1057804-3-LE23
· En caso de ser Unión Temporal de proveedores deberán presentar este formulario cada proveedor que
conforme la unión temporal de proveedores (uno por cada uno).
· El oferente que cuente con Servicio Técnico Externalizado deberá acompañar a su oferta un Formulario N° 2
firmado por el representante legal del Servicio Técnico con el fin de acreditar que dicho Servicio Técnico no está
inhabilitado, conforme al art. 4° de la Ley 19886 de Compras Públicas, para contratar con el estado en los términos
de este formulario.
El proponente que suscribe, declara lo siguiente:
Condiciones para Ofertar:
a) Haber estudiado las Bases Administrativas y Técnicas, sus anexos y todos los antecedentes relativos a la
presente licitación, verificado la concordancia entre los mismos.
b) Haber considerado en la oferta económica todos los gastos necesarios para la contratación, de acuerdo a las
Bases Administrativas y Técnicas, sus anexos, y los documentos incluidos en la propuesta.
c) Estar conforme con las condiciones generales de la presente licitación, y renuncia expresamente a alegar
desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y sus anexos,
aceptándolas en todas sus partes. Asimismo, que lo declarado en el Anexo 1 de la presente licitación, sobre
identificación del proponente, corresponde a los datos reales y fidedignos del oferente.
d) No haber sido condenado por prácticas antisindicales o por infracción a los derechos fundamentales del
trabajador, o haber sido condenado por delitos concursales de los indicados en los artículos 463 y siguientes del
Código Penal, dentro de los dos años anteriores.
Condiciones que serán exigidas y verificadas al tiempo de contratar:
e) No encontrarse afecto a las prohibiciones e inhabilidades establecidas en el inciso sexto del artículo 4° de la
ley Nº 19.886.
f) No haber sido sancionada, en caso que sea procedente, a la pena de prohibición temporal o perpetua de
celebrar actos y contratos con los organismos del Estado en virtud de lo dispuesto en los artículos 8 y 10 de la ley
Nº 20.393.
g) No haber incurrido en ninguna de las “conductas previstas en la letra a) del artículo 3°, podrá imponer,
además, la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o
descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en
los que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de
adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la
sentencia definitiva quede ejecutoriada”; Decreto 211, artículo 26 letra d), que Fija normas para defensa de la libre
competencia.
43
DATOS DEL PROPONENTE:
Nombre completo o Razón Social
Nº Cédula de Identidad o RUT
Domicilio
REPRESENTANTE LEGAL: (solo en caso de persona jurídica)
Nombre completo
Nº Cédula de Identidad
FIRMA Y TIMBRE OFERENTE O SU REPRESENTANTE LEGAL
Ciudad y fecha ___________________________________
44
33.3 FORMULARIO Nº3: “ADQUISICIÓN DE SILLONES DE ACOMPAÑAMIENTO LEY MILA PARA EL
COMPLEJO ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RIOS RUIZ” DE LOS ÁNGELES” ID N°1057804-3-LE23
SUBCRITERIO PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA, SENSORIAL (VISIÓN Y AUDICIÓN) O MENTAL
(INTELECTUAL O PSÍQUICA) ..........50%
Nombre Rut
· Deberá ser acreditado con un Certificado de Discapacidad emitido por el Servicio de Registro Civil e
Identificación o la Credencial de Discapacidad emitida por SENADIS en el que consten los hechos y anotaciones que
aparecen en el Registro Nacional de Discapacidad, que tenga una vigencia no mayor a 180 días corridos; y para el
caso de no ser el Oferente, además deberá adjuntar copia del respectivo contrato de trabajo con al menos dos
meses de antigüedad, vigente que acredite la relación de subordinación que lo vincula con la empresa oferente,
anexándolo a la oferta generada a través del portal www.mercadopublico.cl.
· Se deberá adjuntar certificado con pago de cotización actualizado.
· Estas condiciones deberán perdurar todo el tiempo de la Ejecución del contrato de adquisición.
· El Servicio de Salud Biobío podrá solicitar en cualquier momento, durante toda la vigencia del contrato, la
documentación que respalde o acredite el criterio de Inclusión Evaluado.
SUBCRITERIO PUEBLOS ORIGINARIOS (MINORÍA ÉTNICA)..........50%
Nombre Rut
· Deberá ser acreditado con el Certificado de calidad Indígena emitido por CONADI, y para el caso de no ser
el Oferente, además deberá adjuntar copia del respectivo contrato de trabajo con al menos dos meses de
antigüedad, vigente que acredite la relación de subordinación y dependencia que lo vincula con la empresa
oferente, anexándolos a la oferta generada a través del portal www.mercadopublico.cl.
· Se deberá adjuntar certificado con pago de cotización actualizado.
· Estas condiciones deberán perdurar todo el tiempo de la ejecución del contrato de Adquisición.
· El Servicio de salud Biobío podrá solicitar en cualquier momento, durante toda la vigencia del contrato, la
documentación que respalde o acredite el criterio de Inclusión Evaluado
_______________________________________________
45
NOMBRE Y FIRMA OFERENTE O REPRESENTANTE LEGAL
Ciudad y fecha: ___________________________
46
33.4 FORMULARIO N°4 y N°7: “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS” y “OFERTA ECONÓMICA”:
“ADQUISICIÓN DE SILLONES DE ACOMPAÑAMIENTO LEY MILA PARA EL COMPLEJO ASISTENCIAL “DR.
VÍCTOR RIOS RUIZ” DE LOS ÁNGELES” ID N°1057804-3-LE23
El o los Oferentes deben indicar con un “SI” o “NO” en los presentes formularios de acuerdo a los Equipos que
postulen si “CUMPLE” o “NO CUMPLE” con los requisitos establecidos en las Especificaciones Técnicas (EETT) e
Indicar el número de página del catálogo donde se encuentran las especificaciones técnicas solicitadas.
Las celdas que contengan (*) son de declaración obligatoria y su ausencia implica causal de
inadmisibilidad de la oferta.
SILLONES DE ACOMPAÑAMIENTO
NOMBRE DE LA EMPRESA :
MARCA :
MODELO:
PROCEDENCIA:
PLAZO DE ENTREGA (DIAS CORRIDOS):
GARANTÍA EXTENDIDA (indicar en años):
TIEMPO DE RESPUESTA TELEFÓNICO:
TIEMPO DE RESPUESTA EN TERRENO EN HORAS:
CANTIDAD: 36
VALOR UNITARIO (NETO):
TOTAL PROPUESTA (IVA INCLUIDO):
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Puntaje
Cumple N° página (catalogo) y
observaciones,
obligatorio en presencia
(Sí / No) de (*).
A CARACTERISTÍCAS SILLÓN DE ACOMPAÑAMIENTO
A.1 Estructura metálica robusta con acabado epoxi Excluyente *
A.2 Componentes móviles de zinc y acero inoxidable Excluyente *
A.3 Tapiz antibacteriano, antifúngico, impermeable y con tratamiento
ignifugo Excluyente *
A.4 Acolchado de espuma con densidad mínima de 30 KG/m3 y 100 mm
mínimo de grosor 2
A.5 Reposacabezas ajustable en altura Excluyente *
A.6 Barra de empuje en la parte posterior del respaldo 2 *
A.7 Asiento desmontable para su limpieza Excluyente *
A.8 Movimientos independientes el uno del otro del respaldo y reposa
piernas Excluyente *
A.9 Palanca de comando de movimiento de respaldo y asiento 2 *
A.10 Palanca de comando de movimiento de reposa piernas 2 *
A.11 Los apoyabrazos deben colapsar a la altura del asiento, para la
comodidad de personas grandes Excluyente *
A.12 Deslizamiento independiente de los apoyabrazos Excluyente *
A.13 Ajuste mecánico de altura de apoyabrazos Excluyente *
A.14 4 ruedas de ABS Excluyente *
A.15 Mínimo 2 ruedas con frenos Excluyente *
A.16 Sillón debe soportar hasta 180 kg. 2 *
A.17 Inclinación hacia atrás de 135º (± 5º) 2 *
A.18 Inclinación de la pierna de 160º (± 5º) 2 *
47
A.19 Dimensiones: 1200 X 690 x 770 mm (± 10 mm) 2 *
B Certificaciones
B.1 CE Excluyente *
B.2 ISO 9001 Excluyente *
B.3 ISO 13485 Excluyente *
C Otros
C.1
Incluir manual usuario y catálogo en español, o su traducción
correspondiente. En Formato digital y físico (este último en la
entrega del equipo).
Excluyente *
C.2
El sillón debe venir con todos los accesorios y/o componentes que lo
hagan funcional (y en las cantidades adecuadas), independiente de
si estas se encuentran o no descritas en la presente especificación
técnica. De requerir algún equipo complementario que permita su
óptimo funcionamiento y que no se encuentre especificado, se
solicita indicarlo e incluirlo en su oferta. ADJUNTAR CARTA DE
COMPROMISO.
Excluyente *
C.3 Tiempo de garantía mínimo de 12 meses Excluyente *
C.4
El lugar de entrega de los sillones será a convenir entre el Servicio
de Salud Biobío y el Oferente. ADJUNTAR CARTA DE
COMPROMISO.
Excluyente *
TOTAL PUNTOS 16
Observaciones: Si la oferta presentada no cumple el 75% de las características mínimas solicitada en estas Especificaciones Técnicas,
quedará fuera del proceso de evaluación, declarándose su oferta inadmisible según el artículo Nº9 de la ley 19.886, ley de bases sobre
contratos administrativos de suministros y prestación de servicios. La columna (N° página (catalogo)/observaciones) es referencial y su
llenado ayuda a la evaluación del bien que se está adquiriendo. Además será responsabilidad del proveedor todo accesorio, cable, conector,
base porta equipo, etc., no considerado en estas EETT y que no haya sido declarado en las preguntas y respuestas de esta licitación en el
portal, toda esto para el buen funcionamiento de este equipo.
_________________________________________________
NOMBRE Y FIRMA OFERENTE O REPRESENTANTE LEGAL
48
2. PROCÉDASE, a efectuar el ingreso al portal www.mercadopublico.cl para su licitación respectiva.
3. NÓMBRESE, Comisión de ADQUISICIÓN DE SILLONES DE ACOMPAÑAMIENTO LEY MILA PARA EL
COMPLEJO ASISTENCIAL “DR. VÍCTOR RIOS RUIZ” DE LOS ÁNGELES” ID N°1057804-3-LE23 a los
siguientes Profesionales y/o Funcionarios dependientes del Servicio de Salud Biobío y Complejo Asistencial
Dr. Víctor Ríos Ruiz, o en caso de impedimento quienes los Subroguen, Reemplacen o Representen.
Comisión:
Nombre Rut Cargo
Angelina Barrientos Mieres 14.032.478-7
Profesional Unidad de Equipamiento y Mantención,
SSBB.
Nicole Muñoz Montoya 14.223.118-2
Enfermera Supervisora del C.C. Indiferenciado del
niño y niña y C.C. Cirugía y Traumatología Infantil,
CAVRR.
Jury Hernández Canales 10.378.139-6 Médico Jefe del C.C. Indiferenciado del niño y niña,
CAVRR.
Graciela Osses Gómez 16.863.246-0 Profesional Unidad de Equipamiento y Mantención,
SSBB.
4. INFÓRMESE, los miembros integrantes de la Comisión de Apertura, Evaluación Técnica, Adjudicación y
Recepción de la Propuesta en la plataforma de la Ley del Lobby; www.leylobby.gob.cl. Quienes mantendrán
la calidad de sujetos pasivos hasta la fecha de adjudicación indicada en las Bases o Portal mercadopublico.cl,
En caso que sus funciones deban extenderse más allá de dicha fecha, deberá actualizarse la fecha de
término de la Comisión en el referido Portal.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE COMPRA Y
CONTRATACIONES PÚBLICAS
Firmado digitalmente por
SR. MANUEL HERBAGE ESCALONA
________F_e_c_h_a__ 2_0_2_3__.0_4_._1_0_ _1_1_:_3_0_:_4_5________
Director (S) Servicio de Salud Biobío
Visadores:
X ANGELINA BARRIENTOS MIERES
X JAIME VIDAL MEDINA
X CAROLINA GALLARDO ALVAREZ
Codigo de verificacion : da210db002cf23f0284f2efa5c75a5fa 49
Distribución:
• Subdirección Recursos Físicos Y Financieros
• Depto. Asesoría Jurídica
• Depto. Recursos Físicos
• Oficina De Partes
• Srta. Sandra Bravo Encargada Lobby Ss.Bb.
• Sra. Angelina Barrientos Profesional Depto. Recursos Físicos
|
|
|