Licitación ID: 1057804-30-LE21
2do. LLAMADO ADQUISICIÓN DE BOMBA DE ISQUEMIA CON TRES MANGOS PARA CMA
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD BIO BIO, Activos Fijos
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Equipo de bomba de irrigación quirúrgico o lavado pulsado o accesorios con o sin succión 1 Unidad
Cod: 42295118
BOMBA DE ISQUEMIA CON KIT DE 3 MANGOS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
2do. LLAMADO ADQUISICIÓN DE BOMBA DE ISQUEMIA CON TRES MANGOS PARA CMA
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
2DO. LLAMADO ADQUISICIÓN DE BOMBA DE ISQUEMIA CON TRES MANGOS PARA PROYECTO HABILITACIÓN PABELLÓN CMA.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD BIO BIO
Unidad de compra:
Activos Fijos
R.U.T.:
61.607.300-1
Dirección:
Av.Ricardo Vicuña 147 Int.Edif.Estacionamiento 4to
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-10-2021 15:00:00
Fecha de Publicación: 14-10-2021 11:56:41
Fecha inicio de preguntas: 14-10-2021 12:01:00
Fecha final de preguntas: 15-10-2021 12:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-10-2021 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-10-2021 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-10-2021 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 03-11-2021 10:14:43
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- SEGUN BASES ADMINISTRATIVAS, BASES TÉCNICAS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DEMÁS ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA PÚBLICA DENOMINADA: “2DO. LLAMADO ADQUISICIÓN DE BOMBA DE ISQUEMIA CON TRES MANGOS PARA CMA ID: 1057804-30-LE21".
Documentos Técnicos
1.- SEGUN BASES ADMINISTRATIVAS, BASES TÉCNICAS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DEMÁS ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA PÚBLICA DENOMINADA: “2DO. LLAMADO ADQUISICIÓN DE BOMBA DE ISQUEMIA CON TRES MANGOS PARA CMA ID: 1057804-30-LE21".
 
Documentos Económicos
1.- SEGUN BASES ADMINISTRATIVAS, BASES TÉCNICAS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DEMÁS ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA PÚBLICA DENOMINADA: “2DO. LLAMADO ADQUISICIÓN DE BOMBA DE ISQUEMIA CON TRES MANGOS PARA CMA ID: 1057804-30-LE21".
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios SEGUN BASES ADMINISTRATIVAS, BASES TÉCNICAS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DEMÁS ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA PÚBLICA DENOMINADA: “2DO. LLAMADO ADQUISICIÓN DE BOMBA DE ISQUEMIA CON TRES MANGOS PARA CMA ID: 1057804-30-LE21". 25%
2 Cumplimiento de los requisitos SEGUN BASES ADMINISTRATIVAS, BASES TÉCNICAS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DEMÁS ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA PÚBLICA DENOMINADA: “2DO. LLAMADO ADQUISICIÓN DE BOMBA DE ISQUEMIA CON TRES MANGOS PARA CMA ID: 1057804-30-LE21". 5%
3 Plazo de Entrega SEGUN BASES ADMINISTRATIVAS, BASES TÉCNICAS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DEMÁS ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA PÚBLICA DENOMINADA: “2DO. LLAMADO ADQUISICIÓN DE BOMBA DE ISQUEMIA CON TRES MANGOS PARA CMA ID: 1057804-30-LE21". 10%
4 CRITERIO INCLUSION SEGUN BASES ADMINISTRATIVAS, BASES TÉCNICAS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DEMÁS ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA PÚBLICA DENOMINADA: “2DO. LLAMADO ADQUISICIÓN DE BOMBA DE ISQUEMIA CON TRES MANGOS PARA CMA ID: 1057804-30-LE21". 10%
5 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 30%
6 Servicio o Asistencia Técnica SEGUN BASES ADMINISTRATIVAS, BASES TÉCNICAS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DEMÁS ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA PÚBLICA DENOMINADA: “2DO. LLAMADO ADQUISICIÓN DE BOMBA DE ISQUEMIA CON TRES MANGOS PARA CMA ID: 1057804-30-LE21". 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días Dictamen N°7561 del 19 de marzo de 2018 de la Contraloría General de la Republica y Articulo 8 de la Ley N°21.125 de Presupuesto de Sector Publico para el año 2019.
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Teresa Espinoza
e-mail de responsable de pago: teresa.espinoza@ssbiobio.cl
Nombre de responsable de contrato: Graciela Osses
e-mail de responsable de contrato: graciela.osses@ssbiobio.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2336920-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

De existir dos o más ofertas calificadas con igual puntaje, se adjudicará la oferta que tenga el puntaje más alto en las características Técnicas, de mantener el empate se decidirá en función de la oferta con mejor evaluación económica y así sucesivamente en función de la siguiente tabla.

Criterios

Orden Jerárquico de Desempate

Precio de la Oferta

Especificaciones Técnicas

Soporte Técnico

Plazo de Entrega

Criterio de inclusión

Cumplimiento de Requisitos de Presentación

 

En caso de persistir el empate, se procederá a adjudicar al que haya ingresado su oferta primero, según el comprobante de ingreso de oferta del portal www.mercadopublico.cl.

El Servicio se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación cuando la oferta u ofertas presentadas no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.886 sobre Compras Públicas, mediante resolución fundada.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

El oferente deberá emitir un correo electrónico dentro de un plazo de 10 días corridos contados desde la fecha de adjudicación (notificación realizada en el portal www.mercadopublico.cl) al correo electrónico consultaschilecompra@ssbiobio.cl, después de esta fecha el Servicio de Salud Biobío se reserva el derecho de no responder las consultas realizadas.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse de mutuo acuerdo por las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán exceder lo señalado en el punto 15.2 de estas bases.

De acuerdo a lo previsto en el artículo 13 de la Ley Nº19.886, el contrato podrá ser modificado o terminarse anticipadamente por las siguientes causales.

§   Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

-       Agregar o eliminar un servicio anexo relativo a la instalación, mantenciones, capacitaciones y garantía. A modo de ejemplo se pueden nombrar las siguientes modificaciones:

§  Ampliar rango de capacitaciones

§  Modificar protocolos de mantenimiento preventivo.

-       En caso de que el Servicio solicite algún traslado e instalación del equipo o parte de él a un lugar diferente de su emplazamiento original, dentro de las dependencias del Complejo Asistencial.

§   Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, hecho que deberá certificar el administrador del contrato, tales como:

-       Incumplimiento en el plazo de entrega cuya multa o acumulación de multas exceda del 10% del monto total neto del contrato.

-       Incumplimiento de los requerimientos técnicos cuya multa exceda del 10% del monto total neto del contrato.

-       Si a juicio del Director del o los establecimientos, los equipos, equipamiento o accesorios no cumplen con las Especificaciones Técnicas indicadas en estas Bases, específicamente el Formulario N°5, condición que debe ser refrendada en un informe técnico que indique causales del incumplimiento.

-       Cuando los productos sujetos a normas de seguridad o calidad de cumplimiento obligatorio no cumplan las Especificaciones correspondientes.

-       Si existen defectos de calidad en el equipamiento entregado o por no corresponder a las Especificaciones Técnicas que ostenten o a las menciones en su catálogo y/o manuales. En este caso, estos se consideran como no entregados para todos los efectos legales, incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo.

-       Cuando cualquier producto por deficiencia de fabricación, elaboración, materiales, partes, piezas, elementos, sustancias, estructura, calidad o condiciones sanitarias, en su caso, no sea enteramente apto para el uso que está destinado o al que el “Proveedor” hubiese señalado en su oferta.

-     Cuando el proveedor y el Servicio hubieren convenido que los productos objeto del contrato deban reunir determinadas Especificaciones y esto no ocurra.

-     Si el proveedor no da cumplimiento a la entrega del bien dentro del plazo ofrecido en conformidad a las bases y por dicha demora ha incurrido en el valor máximo de multa establecido en el numeral 23.- Sanciones y Multas. Para estos efectos, se considerará no entregado el suministro, si falta alguna pieza o elemento que impida su uso completo, o sirva imperfectamente.

-        Si contraviene la prohibición expresa de subcontratar los servicios necesarios para el cumplimiento del Contrato tales como transporte e instalación, que no podrá correr por cuenta de terceros ajenos al contrato, salvo la excepción legal, referente al servicio técnico externalizado.

Se entiende como incumplimiento grave, el Incumplimiento de las exigencias técnicas del servicio requerido, según lo estipulado en las Bases; Incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, especialmente los puntos 19 y 23 de las presentes Bases de Licitación.

§   Quiebra o estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato, tales como:

-        Por la incapacidad de la empresa adjudicataria para seguir adelante con la entrega encomendada, derivada de problemas internos, huelga de trabajadores, entre otros.

-        Si es declarado en quiebra, solicita su quiebra, o inicia proposiciones de convenio con sus acreedores.

-         Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.

-        Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores.

-      Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.

-        Si se disuelve y procede a su liquidación.

-        Si el proveedor o alguno de los socios del proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.

§   Término o liquidación anticipada de la empresa por causa distinta a la quiebra.

§   Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

·           Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

§   Manifestación de voluntad de uno de los contratantes, formalizada mediante notificación enviada al domicilio del Servicio de Salud Bío Bío o al portal, según corresponda con una anticipación máxima de un 30% del plazo contractual a la fecha de término deseada. 

En el periodo que transcurra entre la notificación del termino anticipado del contrato y la nueva adjudicación del servicio, el proveedor estará obligado a prestar el servicio adjudicado en el contrato, y el Servicio de Salud Biobío por su parte, podrá hacer cobro de la boleta de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, debiendo pagar al proveedor hasta el último día en que efectivamente realizo el servicio para el que fue contratado.

En caso de terminar anticipadamente el contrato, el Servicio de Salud Biobío se reserva el derecho de aplicar lo dispuesto en el artículo 8 letra b, de la Ley 19886, en concordancia con el artículo 10 numeral 2 del reglamento de la citada ley, o llamar a nueva licitación pública para proveer el servicio.

El término anticipado del contrato no posibilitará ningún tipo de indemnización para el proveedor, además de facultar al Servicio de Salud Biobío para readjudicar al segundo proveedor mejor evaluado y en caso que no exista se procederá a una nueva licitación o trato directo, de acuerdo a la normativa vigente.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Se permitirá anexar documentación requerida para complementar las ofertas a través del Foro Inverso del www.mercadopublico.cl. Se deja claro que esta documentación no corresponde a los formularios solicitados en los Pts. 8.2 y 8.3 de las presentes Bases. Y que es información sólo complementaria, que ayude a resolver dudas sobre los bienes o servicios, que se desean adquirir a través de la presente licitación. Así, la Entidad Licitante podrá solicitar a cualquier oferente que subsane errores o aclare documentos presentados, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones  contenidas en el mismo, sin prejuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes de la misma.

Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

31.1      El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, sobornos, regalos, premios, dadivas, o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

31.2      El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y especialmente aquellos acuerdos, negociaciones, actos de conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

31.3      El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión, y vigilancia de la misma.

31.4      El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral,  buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

31.5      El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetara las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.

31.6      El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicadas a la misma.

31.7      El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

31.8      El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores agentes y en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin prejuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen por los organismos correspondientes.