Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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BASES TÉCNICAS |
BASES TÉCNICAS
“LICITACIÓN PÚBLICA
ADQUISICIÓN DE VIDEOCOLPOSCOPIO
PARA HOSPITAL EL CARMEN DR. LUIS VALENTÍN FERRADA”
ID: 1057862-6-LE23
1. DISPOSICIONES GENERALES
Las presentes bases técnicas, forman parte de los antecedentes necesarios para la licitación pública de la ADQUISICIÓN DE VIDEOCOLPOSCOPIO para el Hospital El Carmen Dr. Luis Valentín Ferrada.
1.1. OBJETIVO DE LA LICITACIÓN
El Hospital Clínico El Carmen Dr. Luis Valentín Ferrada, requiere la ADQUISICIÓN DE VIDEOCOLPOSCOPIO para el establecimiento, de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, técnicas y sus Anexos.
Debe incluir el mantenimiento al equipo médico, con el fin de preservar su estado óptimo de funcionamiento garantizando su confiabilidad, seguridad y la eliminación de tiempos muertos, de manera que se prevengan riesgos hacia los pacientes, usuarios e incremente la productividad y calidad del servicio de atención a la salud que se brinda.
Al hablar de mantenimiento de equipos médicos se considerarán tres aspectos:
- Técnico, para mantener un funcionamiento adecuado del equipamiento médico.
- Económico, para que se realice dentro de los límites de costo estimados.
- Legal, para cubrir a la Unidad Médica de responsabilidades relacionadas con accidentes o mal funcionamiento de la tecnología.
En el aspecto técnico, se evaluará la oferta que cumpla con los requisitos señalados en las bases, la idoneidad y calidad técnica del oferente, de acuerdo con los criterios de evaluación propuestos, con la intención de asegurar que el adjudicatario se ajuste a los requisitos que el “Hospital El Carmen Dr. Luis Valentín Ferrada” ha especificado para la ejecución del contrato licitado.
En el aspecto económico se espera recibir ofertas ventajosas dentro de los precios de mercado, factor que también será evaluado.
1.2. DEMOSTRACIÓN DE EQUIPO OFERTADO
Durante la etapa de evaluación de las ofertas, el Hospital podrá solicitar a través de foro inverso una demostración del equipo ofertado (misma marca y modelo), para verificar el correcto cumplimiento de las especificaciones técnicas solicitadas. De acuerdo con lo anterior se podrán solicitar vídeos explicativos, folletos complementarios o visitas a lugares donde esté instalada la tecnología con el fin de corroborar aspectos técnicos y/o funcionales que se requiera validar durante esta etapa.
2. DESCRIPCIÓN DE LOS EQUIPOS
ÍTEM EQUIPO CANTIDAD
1 VIDEOCOLPOSCOPIO 1
El detalle de especificaciones se encuentra en Anexo N°4.
2.2. SERVICIO TÉCNICO
Para que el equipo contemplado en este proceso de licitación funcione de manera regular y continua, se requiere contar con atención de parte de la empresa de servicio técnico capacitado, en forma presencial o terreno y atención remota o telefónica, según sea el caso particular del requerimiento. Para ello, el oferente deberá establecer sus plazos de atención a estos requisitos, en Anexo N°5.
2.3. FORMA DE TRABAJO
La forma de trabajo será previa comunicación y coordinación con la Unidad de Ingeniería Biomédica del Hospital. Toda coordinación quedará respaldada mediante un acta de reunión, la cual detallará los puntos tratados sin contradecir lo estipulado en las presentes Bases de Licitación.
Todo trabajo será realizado de preferencia en horario hábil, salvo aquellas actividades que de mutuo acuerdo se coordinen en horario inhábil o que por su premura o urgencia deban ser ejecutados en este horario.
2.4. INSTALACIÓN DEL EQUIPAMIENTO
La entrega, instalación y puesta en marcha de los equipos será de exclusiva responsabilidad del proveedor adjudicado, corroborando este último que todos los aparatos se encuentren correctamente instalados, comunicados y funcionando en perfectas condiciones.
La instalación deberá incluir:
a) El montaje, regulación, calibración y puesta en marcha de los equipos adjudicados.
b) Todos los elementos y accesorios necesarios para la puesta en marcha del equipo serán de responsabilidad de la empresa adjudicada.
c) Cualquier elemento, licenciamiento de software, dispositivo, o accesorio que sea indispensable para el funcionamiento de los equipos, aun cuando no se haya especificado explícitamente en la oferta, de igual modo, deberán ser aportados por la Empresa.
3. IMPLEMENTACIÓN DEL EQUIPO OFERTADO
3.1. RECEPCIÓN
El equipo deberá ser entregado, previa coordinación con el administrador de contrato, en Bodega Central del Hospital El Carmen Dr. Luis Valentín ferrada, ubicada en Av. Camino a Rinconada N°1201, comuna de Maipú.
3.2. ENTREGA Y REVISIÓN
El proveedor deberá emitir una guía de despacho a nombre del Hospital, donde se dejará constancia de la recepción de los bultos entregados. La guía de despacho deberá contener además de las menciones tributarias, el número y fecha de la orden de compra.
Al momento de la entrega se procederá a una revisión general, en presencia del represente del proveedor y la Contraparte Técnica. Esta revisión consistirá en verificar las características generales del equipo, por análisis visual, utilizando los manuales, catálogos y especificaciones técnicas.
El Hospital se reserva el derecho de rechazar el equipo si no cumple con las especificaciones técnicas requeridas y ofertadas, se encuentra incompleto o defectuoso, caso en el cual el equipamiento se considerará como no entregado.
Será de cargo y responsabilidad del proveedor el costo del transporte del equipamiento desde sus bodegas hasta las dependencias del Hospital y el retiro de cajas y otros provenientes de los bultos.
Una vez realizada la revisión por parte del Hospital, se procederá a la firma del Acta de Recepción de Bienes (provisoria) por parte de los mismos integrantes de la comisión evaluadora.
Posterior a la recepción provisoria, el mandante estará facultado para realizar la solicitud de Facturación correspondiente.
3.3. PUESTA EN FUNCIONAMIENTO
Una vez efectuada la etapa de recepción, el proveedor deberá proceder con la instalación del equipo.
La instalación será de cargo y responsabilidad del proveedor y deberá incluir cualquier elemento, dispositivo/accesorio, montaje, regulación, calibración y puesta en funcionamiento que sean indispensables para que el equipamiento quede funcionando a entera satisfacción del Hospital, aun cuando no se haya puesto de manera explícita en la oferta.
Una vez realizada la instalación se deberán realizar las pruebas de puesta en funcionamiento correspondiente en presencia del personal del Hospital.
3.4. CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO
Una vez instalado el equipamiento y realizada la puesta en funcionamiento, el proveedor deberá capacitar y entrenar a los usuarios y personal técnico que el Hospital determine, para la operación del equipamiento, así como también en las tareas de mantenimiento básico del mismo.
La capacitación y entrenamiento será realizada por personal técnico calificado en el equipamiento, para garantizar el correcto uso y manipulación y deberá realizarse a:
a- Usuarios: En la operación y en la orientación para prevenir e identificar las fallas simples más comunes de este.
b- Personal de mantenimiento: En la operación, mantenimiento básico del equipamiento (limpieza, cuidado y precaución) y en la orientación para prevenir, identificar y solucionar las fallas simples más comunes de este.
El cumplimiento de la capacitación será acreditado, mediante Acta que deberá ser firmada por el personal que ha sido capacitado y por el representante de la empresa que imparta la capacitación.
Todos los gastos de capacitación serán de cargo exclusivo del proveedor.
3.5. RECEPCIÓN CONFORME (DEFINITIVA)
Una vez que se hayan efectuado todas las actividades de instalación, puesta en funcionamiento, capacitación y adiestramiento necesario para efectuar el inicio de la etapa de operación del equipamiento, el Hospital firmará el Acta de Recepción Conforme (definitiva) correspondiente. Para los efectos de inspección técnica y recepción, el Hospital, designará a los mismos integrantes de la comisión evaluadora, quienes, en representación de este, podrán realizar las observaciones que sean necesarias para el cumplimiento de las especificaciones establecidas.
En caso de haber observaciones se dejará estipulado en dicho documento y se otorgará un plazo razonable para subsanarlas. Se verificará que el equipamiento esté instalado y funcionando de acuerdo con las Especificaciones Técnicas y a la oferta contratada. Si de la revisión resulta:
- Que existen observaciones menores entonces se dará al oferente un plazo máximo de 2 días corridos para solucionarlas, vencido dicho plazo y aun persistiendo las observaciones sin resolver en este nuevo plazo, se otorgará un nuevo plazo no mayor a 2 días corridos, este nuevo plazo estará sujeto a multa.
- Que existen trabajos sin terminar o falta componentes importantes del equipamiento, se le dará un plazo máximo de 5 días corridos afecto a multa por atraso. Vencido el plazo si aún persisten observaciones o trabajos sin terminar El Hospital procederá al cobro del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
Una vez subsanadas todas las observaciones el Hospital otorgará la Recepción Conforme.
3.6. PROGRAMA DE MANTENIMIENTO
a) Mantenimiento Preventivo de acuerdo con recomendaciones del fabricante.
b) Toda mano de obra necesaria para mantenimientos preventivos y correctivos, sin costos adicionales.
c) Incluye todos los gastos de viaje del personal técnico.
d) Incluye Update y/o cambios mandatorios de fábrica sugeridos por fábrica.
e) Los mantenimientos preventivos deben finalizar con la generación de un Informe Técnico que indique los datos del equipamiento, la fecha de la mantención, hora de comienzo y termino, observaciones, check list, indicar equipo operativo/no operativo, nombre y firma de técnico que realizó la mantención, y firma de la Unidad de Ingeniería Biomédica. Además, deberá pegarse al equipamiento un adhesivo propio del proveedor (con su logo) que indique la fecha de la mantención, próxima mantención y nombre del técnico que la realizó. Este informe deberá ser entregado el mismo día en que se ejecuta el mantenimiento. No se podrá informar visitas realizadas en distintas fechas en un mismo documento
f) Completar y firmar un protocolo institucional, cuando corresponda, el cual establece las actividades obligatorias realizadas al equipo. Este protocolo es firmado por técnico/ingeniero que efectuó el mantenimiento preventivo y la Unidad de Ingeniería Biomédica.
g) En caso de no poder efectuarse la actividad preventiva en el día acordado por la no disponibilidad del equipo, la Unidad de Ingeniería Biomédica coordinará con el proveedor una nueva fecha, la cual deberá ser dentro del mismo mes agendado previamente, de acuerdo con la disponibilidad del Servicio Clínico. Además, la visita debe ser registrada, a través de un reporte, el cual debe indicar que el mantenimiento preventivo no pudo ser realizado debido a la no disponibilidad del equipo. Sólo se aceptarán reprogramaciones en casos tales como: equipo en reparación a espera de repuesto o equipo conectado a paciente. Este reporte debe ser firmado por la Unidad de Ingeniería Biomédica.
h) En caso de que el proveedor no cumpla con las fechas de mantenimiento preventivo y/o no justifique la reprogramación, serán aplicadas las multas correspondientes.
i) Cada mantenimiento deberá finalizar con las pruebas de funcionamiento correspondientes para así asegurar la calidad y el funcionamiento del equipo del Hospital, las cuales deben ser explicitadas en el informe de mantenimiento.
j) Las mantenciones correctivas, se realizarán todas las veces que se estime necesario, esto es, cuando el equipamiento presente alguna falla la cual no pueda ser resuelta con asesoría telefónica y deberá incluir todos los repuestos, piezas y accesorios que sean necesarios, durante todo el periodo de vigencia del contrato.
k) Los mantenimientos correctivos deben finalizar con la generación de un Informe Técnico en el cual se indique los datos del equipamiento, la fecha de la visita, observaciones, check list, nombre y firma de técnico que realizó la visita, y firma de la Unidad de Ingeniería Biomédica.
l) En el caso de las mantenciones correctivas que deriven de mal uso del equipo y que estén debidamente justificadas mediante una inspección técnica, se podrán contratar mediante órdenes de compra adicionales al contrato previa aprobación del Administrador del contrato (Unidad de Ingeniería Biomédica) y el jefe del Departamento de Logística y Abastecimiento.
3.7. CONDICIONES DE SUMINISTROS E INFRAESTRUCTURA
a) El proveedor deberá considerar realizar levantamiento y monitoreo permanente de las condiciones de suministros e infraestructura, con el fin de evitar daños y perjuicios al equipamiento.
b) El proveedor deberá considerar que el Hospital El Carmen Dr. Valentín Ferrada es un Hospital cuya infraestructura y servicios no médicos se encuentran concesionados, por lo cual queda estrictamente prohibido realizar modificaciones sin la previa coordinación, a través del Mandante con Concesionaria San José – Tecnocontrol.
c) El proveedor será responsable de los daños que este o sus dependientes, provocaren a los bienes del Hospital o a sus funcionarios o personas que trabajen para estos últimos a cualquier título y que se deriven de incumplimientos de las obligaciones del proveedor contraídas debido a la presente contratación, en los términos dispuestos en el Artículo N°1558 del Código Civil.
d) Todo hallazgo o evento que condicione o ponga en riesgo el correcto funcionamiento del equipamiento, deberá ser notificado de manera formal, a través del Coordinador del contrato a la Unidad de Ingeniería Biomédica. Dicha Unidad, entendiendo las razones expuestas, solicitará informe técnico al contratista para la tramitación formal a la Sociedad Concesionaria.
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