Licitación ID: 1057891-11-LE24
CONVENIO ADQUISICION DE PIMOMETRO DIGITAL
Responsable de esta licitación: COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 408
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Accesorios para el equipo de acondicionamiento de entornos 1 Unidad
Cod: 41103414
40-002-530-260-00 PIMOMETRO DIGITAL SOLO PARA MEDICION DE DIFERENCIAL DE PRESION  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO ADQUISICION DE PIMOMETRO DIGITAL
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
DAR CONTINUIDAD A LA ATENCION DE PACIENTES
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Activos Fijos
R.U.T.:
61.608.502-6
Dirección:
Avenida Melchor Concha y Toro 3459, Puente Alto
Comuna:
Puente Alto
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 21-08-2024 18:00:00
Fecha de Publicación: 05-08-2024 16:21:00
Fecha inicio de preguntas: 05-08-2024 16:40:00
Fecha final de preguntas: 08-08-2024 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-08-2024 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-08-2024 18:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 21-08-2024 18:01:00
Fecha de Adjudicación: 06-09-2024 13:40:38
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1
2.- ANEXO N°2
3.- ANEXO N°5
4.- Bases de licitacion
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°3
 
2.- ANEXO N°4
 
3.- ANEXO 7
 
4.- ANEXO 6 PAUTA DE EVALUACION
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRECIO (Precio mínimo ofertado/precio oferente *0.60) *100 60%
2 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios La evaluación de este requerimiento se hará de acuerdo a lo presentado por el oferente: • Ficha Técnica: La presentación de forma íntegra y legible de la ficha técnica del Producto será ponderada con 50 puntos. • Certificado de calidad: El certificado de calidad firmado y timbrado tendrá una ponderación de 50 puntos. 30%
3 Plazo de entrega La evaluación de este requerimiento se hará de acuerdo a lo declarado por cada interesado en el Anexo N°2, desde la emisión de orden de compra. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones para dar continuidad a procedimientos de las distintas unidades del Complejo Asistencial
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: RAMON VARAS
e-mail de responsable de pago: GREYES@SSMSO.CL
Nombre de responsable de contrato: GONZALO RIVEROS
e-mail de responsable de contrato: GONZALO.RIVEROS@SOTERO.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25762696-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
SOLO SE PERMITE EL TRASLADO DE MATERIAL
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río, Rut: 61.608.502- 6
Fecha de vencimiento: 05-02-2024
Monto: 10 %
Descripción: Esta garantía, asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes. Asimismo, con cargo a esta garantía podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas. En este evento, el adjudicatario deberá entregar una nueva garantía, en los mismos términos y condiciones que los señalados en estas Bases Administrativas, dentro del término de 10 días hábiles contados desde que se hizo efectiva la anterior garantía.
Glosa: “Para Garantizar el Fiel y oportuno Cumplimiento de Contrato de la Oferta de la Licitación Pública ID: 1057891-11-LE24 “CONVENIO ADQUISICION DE PIMOMETRO DIGITAL”.
Forma y oportunidad de restitución: a) Los oferentes que hayan quedado fuera del proceso de evaluación de ofertas y aquellos que no hayan obtenidos alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación, podrán retirar su garantía de seriedad dentro de un plazo de 10 días contados desde la publicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública del acto administrativo que resuelve el proceso licitatorio. b) Los oferentes que hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares del proceso de evaluación podrán retirar su garantía de seriedad dentro del plazo de 5 días siguientes a la firma del contrato por parte del adjudicatario. Tanto la segunda y tercer mejor oferta, sus documentos de garantías serán retenidos en los plazos señalados anteriormente, por si la primera mejor oferta (el adjudicatario) se desistiese de su adjudicación. Lo anterior será notificado en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. c) En el caso de que la oferta pública sea declarada desierta, se devolverá los documentos de garantía por seriedad de la oferta a los oferentes dentro de diez (10) siguientes a la publicación en el sistema de información de compras y contratación pública de la resolución que declara desierta la licitación.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
CRITERIO DE INADMISIBILIDAD

Criterios de inadmisibilidad. Serán motivos de inadmisibilidad de la oferta:

Artículo 9º.- de la ley N° 19886: El órgano contratante declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases. Declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada.

-       Las ofertas con precios que contengan decimales. Sin perjuicio de la facultad para declarar inadmisible la oferta en caso de presentar el precio del producto con decimales, si en la licitación se presenta un único oferente, en cualquier línea de producto, que haya ofertado el precio con decimales, la entidad licitante tendrá facultad para declarar inadmisible la oferta o aceptarla sin considerar los decimales para todos los efectos legales. En consecuencia, en este último caso, no se realizará aproximación del valor en ningún caso.

-       Cualquier oferta del proveedor que por cualquier motivo tenga bloqueados los despachos de productos de adjudicaciones anteriores.

-       La no presentación de la Pauta de Evaluación de los productos, donde se indique que el producto fue probado y aceptado por encargado de evaluación de cada producto (Incorporado en Anexo N°5).

CRITERIO DE EVALUACION

En resumen, se evaluarán las ofertas según los criterios indicados en la siguiente tabla:

Ítem

Observaciones

Ponderación

Precio

(Precio mínimo ofertado/precio oferente *0.60) *100

60%

Calidad Técnica de los Bienes o Servicios

La evaluación de este requerimiento se hará de acuerdo a lo presentado por el oferente:

  • Ficha Técnica: La presentación de forma íntegra y legible de la ficha técnica del Producto será ponderada con 50 puntos.
  • Certificado de calidad: El certificado de calidad firmado y timbrado tendrá una ponderación de 50 puntos.

30%

Plazo de entrega

La evaluación de este requerimiento se hará de acuerdo a lo declarado por cada interesado en el Anexo N°2, desde la emisión de orden de compra.

10%

8.1    Metodología de Evaluación

La evaluación se hará asignando puntuación según los porcentajes establecidos, donde se considerará:

  1. Precio: se asignará puntaje conforme a la aplicación de la siguiente formula:

(Precio mínimo ofertado/precio oferente *0.60) *100

  1. Calidad Técnica de los Bienes o Servicios:  se asignará puntaje al cumplimiento de adjuntar lo requerido (Ficha Técnica y Certificado de cada producto donde se le asignará el 30%

  • Sobre la pauta de evaluación, Anexo N°3

Para realizar la evaluación de los productos, deberá descargar Anexo N°3, que contiene la Pauta de Evaluación. 

Se debe adjuntar Pauta de Evaluación por producto ofertado.  Los proveedores que presenten pautas firmadas por otra persona que no sea el evaluador asignado (o quien subrogue) sus ofertas no serán consideradas.

En relación a la referida pauta, esta tiene como objeto ser presentada acompañada de muestra (1 por línea) de producto propuesto por la empresa dentro de su oferta.

Para lo anterior, deberá descargar el “Anexo N°3; Pauta de Evaluación” y solicitar reunión con referente indicado para este efecto. El plazo máximo para efectuar este proceso es de 3 días antes del cierre de licitación, por consiguiente, el interesado deberá tomar en consideración este plazo, a fin de cumplir con este requerimiento en tiempo y forma.

  • Aspectos a cumplir anexo N°3.

-          Para una correcta evaluación del producto, es necesario que el proveedor coordine la entrega de 1 muestra por línea licitada más la Pauta de evaluación, será obligación del proveedor llenar con letra legible punto 1 y 2 de dicha pauta y entregar junto a la muestra a evaluar.

-          Será motivo de inadmisibilidad aquellas pautas de evaluación cuando:

ü  Sea firmada por médico y unidad distintos a lo establecido en las presentes bases.

ü  No venir timbrada por la unidad correspondiente

ü  La pauta subida tenga un formato distinto al Anexo N°3 que se ingresa junto a las bases

Aquella Pauta de evaluación que resulte “rechazada” por motivos de calidad, por parte del evaluador, no quedará sujeta a posterior evaluación de oferta, declarándose la propuesta INADMISIBLE, toda vez que, este rechazo se fundaría en aspectos de calidad, relevantes y determinantes para el uso en procedimientos clínicos en pacientes beneficiarios del CASR

. Será de exclusiva responsabilidad del oferente el llenado del anexo N°3 “pauta de evaluación”, completado en su totalidad, marcando claramente la información en caso de no estar clara la información del anexo, el CASR podrá declarar inadmisible la oferta.

*Considerar que la Pauta de Evaluación se debe presentar firmada y timbrada por la Unidad Referente, la que no cumple con este requisito su oferta quedara inadmisible

Ponderación Calidad Técnica de los Bienes o Servicios

  • Ficha Técnica: La presentación de forma íntegra y legible de la ficha técnica del Producto será ponderada con 50 puntos.
  • Certificado de calidad: El certificado de calidad firmado y timbrado tendrá una ponderación de 50 puntos.


DE LAS MULTAS Y PROCEDIMIENTO DE COBRO

A continuación, se describen las multas que podrá aplicar el CASR, cuando se constituya alguna de las siguientes causales, sin perjuicio de las causas que puedan presentarse en lo relativo a despacho de insumo requerido, que se expresan en Bases Técnicas, el tope de estas multas será hasta un 30% del monto total del contrato.

Ítem

Monto Multa

Causal

Plazos para subsanar incumplimientos

a

5%

Cada vez que se despachen productos de menor calidad a la ofrecida, evidenciada por reclamos u observaciones desde servicio clínico.

El reemplazo de los productos debe ser realizado dentro del plazo de 2 días corridos. Se aplicará multa de 5% del valor total del producto, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo establecido en el punto 39.

Cada vez que no se realice el reemplazo de los productos que posean una vigencia menor a 12 meses y que hayan sido recibidos en CASR.

El reemplazo de los productos debe ser realizado dentro del plazo de 3 días corridos, contados desde la notificación por parte del CASR. Se aplicará la multa de 5% del valor total del producto, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo establecido en el punto 39.

b

5%

Cada vez que se registre atraso en la entrega de los productos.

La empresa adjudicada tendrá un plazo de hasta 24 horas para despachar los productos, contados desde la notificación por parte del CASR. Se considerará el plazo de entrega de 24 adicionales a lo informado por la empresa en su oferta. Se aplicará la multa de 5% del valor total del producto, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 3 días corridos, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo establecido en el punto 39.

Cada vez que se realicen despacho de menor cantidad de productos.

La empresa adjudicada tendrá un plazo de hasta 3 días corridos para completar la entrega total de los productos. Se aplicará la multa de 5% del valor total del producto, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 3 días corridos, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo establecido en el punto 39.

c

10%

Cada vez que se registre la falta de despacho por falta de stock.

La empresa adjudicada se obliga a entregar al CASR los insumos adjudicados, adquiriéndolos a otras instituciones y/o empresas según sea necesario. La empresa adjudicada tendrá un plazo de hasta 2 días corridos para entregar los productos, desde el reclamo de la OC por parte del CASR. Se aplicará la multa de 10% del valor total del producto, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 5 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo establecido en el punto 39.

En la eventualidad que, por cualquier causa, el adjudicatario deba adquirir los productos ofertados a otra empresa, para cumplir con el contrato, éste será responsable del posible sobrepago originado, costo que no podrá ser trasladado bajo ninguna circunstancia al CASR.

*Como aclaración las multas y sus porcentajes serán emitidas según su naturaleza pudiendo sumarse entre sí, esto en relación a cada Orden de Compra (OC) emitida por el CASR y no al total de la Licitación.

21. 

22. 

23. 

23.1.  PROCEDIMIENTO APLICACIÓN MULTAS.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, a través del encargado del área de Gestión de Contratos, se le informará al adjudicatario indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del momento de despachada la notificación, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes al mail: gestiondemultasCASR@ssmso.cl

Vencido el plazo sin presentar descargos por parte del adjudicatario, el director del CASR dictará la respectiva resolución, de aplicación de multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante el acto administrativo correspondiente. El resultado del análisis de los descargos presentados será notificado al afectado.

Se informará al adjudicado, particularmente al correo electrónico indicado en anexo N° 1.  Se entenderá que el proveedor ha sido notificado a contar de tres días hábiles posteriores al envío de comunicación enviad por CASR, fijando esa fecha como el día de inicio de la notificación y el plazo correspondiente.

Tramitada la resolución que establece la multa, el adjudicatario se encontrará obligado al pago de ella dentro de 15 días hábiles siguientes a la comunicación de la resolución de multa, la que será enviada vía correo electrónico.

“El monto de las multas será ingresado directamente en Tesorería del CASR presentando la “Resolución de Multa”. Una vez pagada dicha multa, el adjudicatario debe presentar el comprobante de caja en la Unidad Técnica encargada del contrato, esto de conformidad a la implementación de pago centralizado (DIPRES/Sistema acepta)”.

El no pago de la multa, obliga al Complejo Asistencial para proceder a la ejecución de la Garantía por Fiel Cumplimiento (si correspondiera la solicitud de esta garantía).

En el evento que se haga efectivo el cobro de la garantía por fiel cumplimiento del contrato debido a los incumplimientos del proveedor, será responsabilidad de este último restituir esta caución en un plazo de 10 días hábiles antes de que se concrete el cobro de la garantía primitiva, en las mismas condiciones inicialmente establecidas y por el período restante del contrato.

Se deja expresa constancia que el hecho de realizar el cobro de dicha garantía no importa por parte del CASR renuncia o limitación de su facultad de hacer efectiva y/o solicitar la aplicación de las demás sanciones y multas contempladas en las Bases, ejerciendo los derechos que pudieran corresponderle para obtener la reparación íntegra, oportuna y total de los daños que se le causaren. No obstante, al cobro y posterior pago de la multa, el proveedor está obligado a subsanar la causal que originó la penalización.

HORARIO DE ATENCION DE BODEGAS

El horario de atención de las bodegas del CASR para recibir y recepcionar este tipo de productos es de lunes a jueves de 08:30 a 16:00 hrs., viernes de 08:30 a 15:00.-

DE LA FURZA MAYOR

Si durante la ejecución del contrato, se presentaran eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que no le sean imputables al proveedor adjudicado y que entorpecieran o generaran atrasos parciales en la entrega de los productos, el proveedor adjudicado deberá comunicar de esa circunstancia al CASR, dentro del plazo de 01 día hábil corrido siguiente a su acontecimiento, acreditando el hecho y causa del atraso o entorpecimiento y solicitar la ampliación del plazo respectivo. El CASR resolverá si procede aceptar o rechazar la presentación hecha por el proveedor. Transcurrido dicho plazo a que se hace referencia, no se aceptará reclamo alguno del proveedor aludiendo razones de caso fortuito o fuerza mayor.

Se entenderá por Fuerza mayor o caso fortuito lo establecido en el Código Civil y que dice: “se llama fuerza mayor el imprevisto a que no es posible resistir.”. De esta manera, el caso fortuito o fuerza mayor debe ser inimputable, vale decir, que provenga de una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes; imprevisible, esto es, que no se haya podido prever dentro de los cálculos ordinarios y corrientes; e irresistible, es decir, que no se haya podido evitar, ni aun en el evento de oponerse las defensas idóneas para lograr tal objetivo.

INGRESO DE FACTURA

Con el objeto de colaborar en el cumplimiento a la ley 20.727, artículo 54, las facturas originales (cedibles y en formato PDF) deben ser ingresadas a la casilla de intercambio en SII en correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com El mecanismo antes señalado, será el único medio de recepción de este documento. El DTE que no se encuentre direccionado a dicha casilla de “Intercambio SII” será reclamado de forma automática transcurridos 48 hrs desde la recepción en SII. El no cumplimiento de esta disposición por parte del adjudicado afectará directamente en las gestiones posteriores destinadas al pago a las que la empresa tenga lugar, toda vez que el no contar con la totalidad de la documentación requerida para la tramitación administrativa de los pagos, no permitirá considerar dentro del presupuesto los montos pendientes de las facturas no ingresadas al correo electrónico señalado. Además, se debe firmar el anexo 11 "CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE ENTREGA DE FACTURA ELECTRÓNICA".

VARIACION DE LA CANTIDAD ADJUDICADA

En la eventualidad de que sea necesario, se podrá efectuar aumento del total adjudicado. De conformidad con el articulo N° 77 del Reglamento de Compras Públicas, el aumento no podrá superar el 30% del monto originalmente pactado. Dicha modificación debe ser aprobada por acto administrativo totalmente tramitado.



DEL CONTRATO

El oferente adjudicado estará obligado a firmar el contrato a más tardar dentro de los 10 días corridos contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, se firmarán cuatro copias del mismo tenor. La comunicación se realizará a través de www.mercadopublico.cl, mediante la adjudicación en el sistema. No obstante, lo anterior y si el Complejo lo estimase conveniente, también podrá enviarse una comunicación al correo electrónico indicado por el oferente en el Anexo Nº1. El adjudicatario contará con 10 días (corridos), contados desde el momento de la publicación de la Resolución de adjudicación en el portal, para acreditar su inscripción en www.chileproveedores.cl y habilidad para contratar con los organismos del estado, requisito indispensable para la firma del contrato.






DURACION DEL CONVENIO

Esta licitación tendrá una adjudicación inmediata, por una sola vez esto a partir de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato



GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE LA OFERTA

Al momento de la suscripción del Contrato, el adjudicatario deberá estar hábil en el portal www.chileproveedores.cl y entregará cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, como, por ejemplo: Boleta Bancaria, Vale Vista, Certificado de Fianza, Póliza de Seguro o Depósito a plazo, etc. La caución o garantía deberá ser pagadera a la Vista y tener el carácter de Irrevocable, a nombre de Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río Rut N° 61.608.502-6 por un monto equivalente al 5% del valor total del Contrato, en pesos chilenos, que deberá tener una vigencia al menos de 120 (ciento veinte) días corridos posteriores a la fecha de término del contrato, con la finalidad de Garantizar el Fiel y oportuno Cumplimiento del Contrato que se genere de esta Licitación Pública, la que quedará en poder del CASR mientras dure el periodo de vigencia. Será devuelta por el CASR con posterioridad al término del Contrato y una vez vencida su vigencia. Dicha caución será entregada en el área de Gestión de Contratos de Abastecimiento, indicando el número de ID y nombre de licitación o bien de manera electrónica al correo documentosdegarantia@ssmso.cl. Es obligatoria la presentación de caución solicitada acompañada de certificado de autenticidad, emitido por la misma entidad que genere documento garante. 

 

En la garantía debe quedar establecida claramente la siguiente glosa:

Para Garantizar el Fiel y oportuno Cumplimiento de Contrato de la Oferta de la Licitación Pública ID: 1057891-1-LE24 “ADQUISICION DE PIMOMETRO DIGITAL”.

 

Esta garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, no devengará intereses ni reajuste alguno y se hará efectiva en caso de incumplimiento del proveedor de cualquier obligación emanada del contrato. 

 

Esta garantía, asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes. Asimismo, con cargo a esta garantía podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas. En este evento, el adjudicatario deberá entregar una nueva garantía, en los mismos términos y condiciones que los señalados en estas Bases Administrativas, dentro del término de 10 días hábiles contados desde que se hizo efectiva la anterior garantía.

 

Luego de recibida la garantía será enviada previo chequeo a custodia a Unidad de Tesorería del CASR, mientras dure el periodo de vigencia. Podrá ser devuelta por la mencionada Unidad, a contar del primer día de termino de vigencia de garantía, previa solicitud directa del proveedor.

 

El CASR podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en los siguientes casos:

  • En caso de incurrir el adjudicatario en incumplimiento a las obligaciones derivadas del Contrato.
  • El cambio de las condiciones materia de la Oferta, durante la vigencia del Contrato, sin la aceptación previa por parte del CASR. 
  • La quiebra o el estado de notoria insolvencia del proveedor.
  • Si el contratista o alguno de los socios del contratista fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.
  • El oferente no cumpla con los requerimientos técnicos solicitados en las presentes bases de licitación o según lo indicado en su oferta técnica. 
  •  

35. La devolución de esta garantía se efectuará conforme a lo siguiente:

a)        Los oferentes que hayan quedado fuera del proceso de evaluación de ofertas y aquellos que no hayan obtenidos alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación, podrán retirar su garantía de seriedad dentro de un plazo de 10 días contados desde la publicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública del acto administrativo que resuelve el proceso licitatorio.

b)       Los oferentes que hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares del proceso de evaluación podrán retirar su garantía de seriedad dentro del plazo de 5 días siguientes a la firma del contrato por parte del adjudicatario. Tanto la segunda y tercer mejor oferta, sus documentos de garantías serán retenidos en los plazos señalados anteriormente, por si la primera mejor oferta (el adjudicatario) se desistiese de su adjudicación. Lo anterior será notificado en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.

c)        En el caso de que la oferta pública sea declarada desierta, se devolverá los documentos de garantía por seriedad de la oferta a los oferentes dentro de diez (10) siguientes a la publicación en el sistema de información de compras y contratación pública de la resolución que declara desierta la licitación.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.