Licitación ID: 1057891-33-LE23
ADQUISICION MARMITA PARA EL CASR
Responsable de esta licitación: COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO, Activos Fijos
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 404
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Intercambiadores de marmita 1 Unidad
Cod: 40101816
30-006-354-140-00 Marmita De 100 A 120 Lts En Acero Inox. Aisi 304 Vapor Indirecto Tapa De Acero Inox.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICION MARMITA PARA EL CASR
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La necesidad de adquirir accesorios, para dar continuidad a procedimientos de las distintas unidades del Complejo Asistencial.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO
Unidad de compra:
Activos Fijos
R.U.T.:
61.608.502-6
Dirección:
Avda. Melchor Concha y Toro 3459
Comuna:
Puente Alto
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 28-12-2023 16:15:00
Fecha de Publicación: 22-12-2023 11:09:18
Fecha inicio de preguntas: 22-12-2023 13:46:00
Fecha final de preguntas: 26-12-2023 13:46:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-12-2023 18:46:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-01-2024 16:16:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-01-2024 16:16:00
Fecha de Adjudicación: 06-02-2024 8:35:47
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO1
2.- ANEXO 2
3.- ANEXO 5
Documentos Técnicos
1.- ANEXO 3
 
2.- ANEXO 4
 
3.- ANEXO 6
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO 7
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo
- Certificado de Antecedentes del Registro Civil.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Copia Legalizada de Escritura de Constitución Social y Estatuto.
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República.
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo.
- Certificado de quiebras de la Superintendencia de Quiebras..
Inscritos en Chileproveedores En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva
En relación a la Inscripción en ChileProveedores
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CALIDAD TECNICA DE LOS BIENES La evaluación de este requerimiento se hará de acuerdo a lo declarado por cada interesado en el anexo N° 3; equivalente al 30% del porcentaje de ponderación del presente ítem, de acuerdo al puntaje que se obtenga en el referido documento. (Puntaje Obtenido * 0.3) 30%
2 PRECIO SEGUN FORMULA: (Precio mínimo ofertado/precio ofertado *0.45) *100 45%
3 PLAZO DE ENTREGA ADJUNTAR ANEXO N°2 (Plazo mínimo ofertado/Plazo ofertado *0.1) *100 10%
4 GARANTIAS DEL MOBILIARIO (Tiempo de Garantía Ofertado/ Tiempo de Garantía mayor ofertado*0.15) *100 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Gabriela Reyes
e-mail de responsable de pago: greyes@ssmso.cl
Nombre de responsable de contrato: Marcos Chavez
e-mail de responsable de contrato: marcos.chavez@sotero.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25762181-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
BASES DE LICITACION
LAS BASES DE LICITACIÓN SE ENCUENTRAN ADJUNTAS COMO ANEXO EN EL CONVENIO
CRITERIO DE EVALUACION

CRITERIOS DE EVALUACION.

                  Metodología de Evaluación

La evaluación se hará asignando puntuación según los porcentajes establecidos, donde se considerará:

-          En lo Económico: aplicación de fórmula descrita en el siguiente recuadro.

-          En lo Técnico: medición del cumplimiento de lo requerido en anexo N° 3 y N° 4, de acuerdo a cláusula precedente.

-          Plazo de entrega de los Bienes: evaluación en virtud de lo declarado por cada interesado en su propuesta Anexo N°2. 

-          Garantías del Equipamiento: evaluación de garantía con mayor plazo.

 

 Las ofertas que logren mayores ponderaciones (primer y segundo lugar), serán propuestos para adjudicación. 

Se evaluarán las ofertas, de acuerdo a los criterios indicados en la tabla siguiente:

 Criterio de evaluación

Porcentaje de Ponderación

Mecanismo de Evaluación

Precio

45%

(Precio mínimo ofertado/precio ofertado *0.45) *100

Calidad Técnica de los Bienes

30%

La evaluación de este requerimiento se hará de acuerdo a lo declarado por cada interesado en el anexo N° 3; equivalente al 30% del porcentaje de ponderación del presente ítem, de acuerdo al puntaje que se obtenga en el referido documento.

(Puntaje Obtenido * 0.3)

Plazo de entrega de los Bienes

10%

(Plazo mínimo ofertado/Plazo ofertado *0.1) *100

Garantías del Equipamiento

15%

(Tiempo de Garantía Ofertado/ Tiempo de Garantía mayor ofertado*0.15) *100

8.1          Precio


Se evaluará el precio ofertado por cada oferente contra el precio mínimo, resultado ponderando porcentualmente de acuerdo a la siguiente formula: 



                                                                                                 

8.2          Calidad Técnica de los Bienes

Se evaluará según lo informado en Anexo N°3

                                                                             ( Puntaje Obtenido * 0.3 )

8.3               Plazo de entrega de los Bienes





Se evaluará el plazo de entrega del requerimiento solicitado, los días serán considerados en días corridos, una vez emitida la OC.






8.4
              Garantías del Equipamiento

La garantía de cada producto deberá ser presentada en meses, (en caso de no indicar tiempo de garantía obtendrá 0 puntos) la formula a aplicar será:

 

 

Ingresar documentación solicitada, de no ingresar obtendrá 0 en puntuación.

Documento válido sólo con firma del Representante Legal.

 Las ofertas que logren mayores ponderaciones (primer), serán propuestos para adjudicación.




DE LAS MULTAS Y PROCEDIMIENTO DE COBRO

DE LAS MULTAS

A continuación, se describen las multas que podrá aplicar el CASR, cuando se constituya alguna de las siguientes causales, sin perjuicio de las causas que puedan presentarse en lo relativo a despacho de insumo requerido, que se expresan en Bases Técnicas, el tope de estas multas será hasta un 30% del monto total del contrato

Ítem

Monto Multa

Causal

Plazos para subsanar incumplimientos

a

3%

Cada vez que se despachen productos de menor calidad a la ofrecida, evidenciada por reclamos u observaciones desde servicio clínico.

El reemplazo de los productos debe ser realizado dentro del plazo de 2 días corridos. Se aplicará multa de 3% del valor total del producto, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo establecido en el punto 29.

Cada vez que no se realice el reemplazo de los productos que posean una vigencia menor a 12 meses y que hayan sido recibidos en CASR.

El reemplazo de los productos debe ser realizado dentro del plazo de 3 días corridos, contados desde la notificación por parte del CASR. Se aplicará la multa de 3% del valor total del producto, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo establecido en el punto 29.

b

3%

Cada vez que se registre atraso en la entrega de los productos.

La empresa adjudicada tendrá un plazo de hasta 24 horas para despachar los productos, contados desde la notificación por parte del CASR. Se considerará el plazo de entrega de 24 adicionales a lo informado por la empresa en su oferta. Se aplicará la multa de 3% del valor total del producto, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 3 días corridos, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo establecido en el punto 29.

Cada vez que se realicen despacho de menor cantidad de productos.

La empresa adjudicada tendrá un plazo de hasta 3 días corridos para completar la entrega total de los productos. Se aplicará la multa de 3% del valor total del producto, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 3 días corridos, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo establecido en el punto 29.

c

5%

Cada vez que se registre la falta de despacho por falta de stock.

La empresa adjudicada se obliga a entregar al CASR los insumos adjudicados, adquiriéndolos a otras instituciones y/o empresas según sea necesario. La empresa adjudicada tendrá un plazo de hasta 2 días corridos para entregar los productos, desde el reclamo de la OC por parte del CASR. Se aplicará la multa de 5% del valor total del producto, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 5 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo establecido en el punto 29.

En la eventualidad que, por cualquier causa, el adjudicatario deba adquirir los productos ofertados a otra empresa, para cumplir con el contrato, éste será responsable del posible sobrepago originado, costo que no podrá ser trasladado bajo ninguna circunstancia al CASR.

*Como aclaración las multas y sus porcentajes serán emitidas según su naturaleza pudiendo sumarse entre sí, esto en relación a cada Orden de Compra (OC) emitida por el CASR y no al total de la Licitación.

9.1. Procedimiento para la Aplicación de la Multa: Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte del Supervisor del Convenio o funcionario responsable designado para esta función, este le informará al adjudicatario, individualizado en el Anexo N°1, a través de correo electrónicogestiondemultascasr@ssmso.cl, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del momento de despachada la notificación, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, al correo, gestiondemultascasr@ssmso.clacompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos por parte del adjudicatario, el director del CASR dictará la respectiva resolución, de aplicación de multa.

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante el acto administrativo correspondiente. El resultado del análisis de los descargos presentados será notificado al afectado, enviado a través de comunicación a través de correo electrónico al coordinador del convenio. Procederán los recursos de la Ley N°19.880 en contra del citado acto

9.2. Mecanismo de notificación relativa a aplicación de Multa.

Se informará al adjudicado, particularmente al domicilio informado en Anexo N°1 de las presentes bases.

Las comunicaciones serán enviadas a través de correo electrónicogestiondemultascasr@ssmso.cl.

9.3. Cobro de la Multa

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, a través del encargado del área de Gestión de Contratos, se le informará al adjudicatario indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del momento de despachada la notificación, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes al mail: gestiondemultascasr@ssmso.cl

Vencido el plazo sin presentar descargos por parte del adjudicatario, el director del CASR dictará la respectiva resolución, de aplicación de multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante el acto administrativo correspondiente. El resultado del análisis de los descargos presentados será notificado al afectado.

Se informará al adjudicado, particularmente al correo electrónico indicado en Anexo N° 1.  Se entenderá que el proveedor ha sido notificado a contar de tres días hábiles posteriores al envío de comunicación enviad por CASR, fijando esa fecha como el día de inicio de la notificación y el plazo correspondiente.

Tramitada la resolución que establece la multa, el adjudicatario se encontrará obligado al pago de ella dentro de 15 días hábiles siguientes a la comunicación de la resolución de multa, la que será enviada vía correo electrónico.

“El monto de las multas será ingresado directamente en Tesorería del CASR presentando la “Resolución de Multa”. Una vez pagada dicha multa, el adjudicatario debe presentar el comprobante de caja en la Unidad Técnica encargada del contrato, esto de conformidad a la implementación de pago centralizado (DIPRES/Sistema acepta)”.

El no pago de la multa, obliga al Complejo Asistencial para proceder a la ejecución de la Garantía por Fiel Cumplimiento (si correspondiera la solicitud de esta garantía).




DE LA FURZA MAYOR

Si durante la ejecución del contrato, se presentaran eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que no le sean imputables al proveedor adjudicado y que entorpecieran o generaran atrasos parciales en la entrega de los productos, el proveedor adjudicado deberá comunicar de esa circunstancia al CASR, dentro del plazo de 01 día hábil corrido siguiente a su acontecimiento, acreditando el hecho y causa del atraso o entorpecimiento y solicitar la ampliación del plazo respectivo. El CASR resolverá si procede aceptar o rechazar la presentación hecha por el proveedor. Transcurrido dicho plazo a que se hace referencia, no se aceptará reclamo alguno del proveedor aludiendo razones de caso fortuito o fuerza mayor.

Se entenderá por Fuerza mayor o caso fortuito lo establecido en el Código Civil y que dice: “se llama fuerza mayor el imprevisto a que no es posible resistir.”. De esta manera, el caso fortuito o fuerza mayor debe ser inimputable, vale decir, que provenga de una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes; imprevisible, esto es, que no se haya podido prever dentro de los cálculos ordinarios y corrientes; e irresistible, es decir, que no se haya podido evitar, ni aun en el evento de oponerse las defensas idóneas para lograr tal objetivo.

ENTREGA DE FACTURA
Con el objeto de colaborar en el cumplimiento a la ley 20.727, artículo 54, las facturas originales (cedibles y en formato PDF) deben ser ingresadas a la casilla de intercambio en SII en correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com El mecanismo antes señalado, será el único medio de recepción de este documento. El DTE que no se encuentre direccionado a dicha casilla de “Intercambio SII” será reclamado de forma automática transcurridos 48 hrs desde la recepción en SII. El no cumplimiento de esta disposición por parte del adjudicado afectará directamente en las gestiones posteriores destinadas al pago a las que la empresa tenga lugar, toda vez que el no contar con la totalidad de la documentación requerida para la tramitación administrativa de los pagos, no permitirá considerar dentro del presupuesto los montos pendientes de las facturas no ingresadas al correo electrónico señalado
VARIACION DE LA CANTIDAD ADJUDICADA

En la eventualidad de que sea necesario, se podrá efectuar aumento del total adjudicado. De conformidad con el articulo N° 77 del Reglamento de Compras Públicas, el aumento no podrá superar el 30% del monto originalmente pactado. Dicha modificación debe ser aprobada por acto administrativo totalmente tramitado.

PLAZO DE ENTREGA

PLAZO DE ENTREGA 10%

(debe señalar el plazo en días corridos).

 

     

PLAZO TOTAL DE ENTREGA (10%)

Días Corridos desde la adjudicación de la licitación

Plazo total de entrega

 

EL CASR podrá declarar inadmisible si los plazos de entrega no se ajustan a las necesidades del CASR.

  • Ingresar documentación solicitada, de no ingresar obtendrá 0 en puntuación.
  • Documento válido sólo con firma del Representante Legal.

Plazo total de entrega (Ponderación 10%)

 

El plazo total de entrega que se evaluará corresponde al plazo de entrega.

Se evaluará el plazo de entrega de acuerdo a la fórmula que se indica a continuación:

Plazo Entrega

 Donde: el menor plazo de entrega equivale a calificación de 100 puntos. Los demás puntajes resultarán de la aplicación de la fórmula antes indicada y su calificación será proporcional en una escala descendente.