Licitación ID: 1057967-14-LE23
EQUIPOS DE APOYO PARA PROYECTO ANGIÓGRAFO
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL, Obras Civiles
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Carros de resucitación de emergencia 1 Unidad
Cod: 42192401
Carro de Paro con Monitor Desfibrilador  

2
Aparatos de anestesia con gas 1 Unidad
Cod: 42272501
Máquina Anestesia  

3
Tablas para el movimiento de pacientes o accesorios 2 Unidad
Cod: 42192211
Tabla para Transferencia de Pacientes  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
EQUIPOS DE APOYO PARA PROYECTO ANGIÓGRAFO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Servicio de Salud Metropolitano Central requiere la adquisición de Equipos de Apoyo para Proyecto Angiógrafo del Hospital Clínico San Borja Arriarán.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL
Unidad de compra:
Obras Civiles
R.U.T.:
61.608.600-6
Dirección:
Victoria Subercaseaux N° 381, Santiago
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 11-12-2023 15:01:00
Fecha de Publicación: 04-12-2023 16:59:17
Fecha inicio de preguntas: 04-12-2023 17:00:00
Fecha final de preguntas: 06-12-2023 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-12-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 11-12-2023 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 11-12-2023 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 21-12-2023 17:12:49
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos a incluir en la oferta
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Requisitos Formales de la Oferta (RF) Según punto 2.10 de las base administrativas 1%
2 Características Técnicas (CT) Según punto 2.10 de las base administrativas 24%
3 Plazo de Entrega (PE) Según punto 2.10 de las base administrativas 15%
4 Precio de la Oferta (PO) Según punto 2.10 de las base administrativas 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Presupuesto SSMC
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Ursula Beccher
e-mail de responsable de pago: ursula.beecher@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Felipe Salinas
e-mail de responsable de contrato: felipe.salinasp@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-25746900-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
1.- ANTECEDENTES Y CONDICIONES GENERALES
El Servicio de Salud Metropolitano Central, en adelante “el Servicio”, llama a Propuesta Pública para la “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE APOYO PARA PROYECTO ANGIÓGRAFO HOSPITAL CLÍNICO SAN BORJA ARRIARÁN DE LA RED DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL”, ahora “el Establecimiento”. 1.1.- OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA El Servicio requiere la “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE APOYO PARA PROYECTO ANGIÓGRAFO HOSPITAL CLÍNICO SAN BORJA ARRIARÁN DE LA RED DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL” de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas y sus anexos. La presente Licitación Pública corresponde a una contratación mayor o igual a 100 UTM y menor a 1000 UTM. Las propuestas tendrán una validez de 120 días corridos a contar de la fecha de la apertura. La entidad oferente deberá considerar en ella todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos, costos de garantía y, en general, todo cuanto implique gasto para el cumplimiento del contrato, sea este directo, indirecto o a causa de él. Este llamado se hace a través del portal www.mercadopublico.cl, en adelante “el Portal”. El presente proceso licitatorio público se regirá por lo dispuesto en la ley Nº 19.886 y su reglamento aprobado por decreto supremo Nº 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda y sus posteriores modificaciones, lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas y especificaciones técnicas, sus anexos, las respuestas y aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la resolución respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente.
1.2.- GLOSARIO
HSCBA: Hospital Clínico San Borja Arriarán, Hospital Base de la red del Servicio de Salud Metropolitano Central. MINSAL: Ministerio de Salud. SSMC: Servicio de Salud Metropolitano Central, institución del Sistema Nacional de Servicios de Salud que convoca la presente licitación para la compra o adquisición de equipo y/o equipamiento. En adelante “Servicio” o “el comprador”, responsable técnico de la licitación. Equipo: Corresponde a los bienes listados en el numeral 1.3.- de las presentes Bases.
1.3.- PRESUPUESTO MÁXIMO DISPONIBLE
Para la adquisición del equipo en las condiciones establecidas en las presentes Bases de licitación se cuenta con un presupuesto máximo disponible de $61.910.000.- (sesenta y nueve millones novecientos diez mil pesos), impuestos incluidos, conforme al siguiente detalle: Nombre Producto Total a adquirir $ Monto Máximo Disponible Carro de Paro con Monitor Desfibrilador 1 $14.280.000 Máquina Anestesia 1 $45.030.000 Tabla para Transferencia de Pacientes 2 $ 2.600.000 $61.910.000 Por lo anterior, el gasto que irrogue la adquisición licitada será imputado al ítem correspondiente, del presupuesto de la entidad, aprobado para este fin.
1.4.- NORMAS APLICABLES A LA PRESENTE LICITACIÓN
La presente licitación se norma, sin perjuicio de la normativa legal vigente, acorde a los siguientes documentos en el orden de precedencia que se plantea a continuación.  Ley de Compras Públicas 19.886 y su Reglamento; la Ley 19.880 de Actos Administrativos; la Ley 18.575 de Bases Generales de la Administración; la Ley Nº 20.730 que regula el Lobby; las Directrices de ChileCompra y toda otra normativa legal aplicable a esta licitación.  Bases de Licitación  Aclaraciones y Respuestas sobre aspectos administrativos y técnicos realizados en el Portal.  La oferta del Proponente.  La Adjudicación  La Orden de Compra Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementan, recíprocamente, en forma tal, que se considera parte del contrato cualquiera obligación que se consigna en uno u otro de los documentos señalados, sin perjuicio de la preminencia o primacía de las Bases.
2.1.- PARTICIPANTES
Podrán participar en la licitación todas las personas naturales y jurídicas y Uniones Temporales de Proveedores, de acuerdo a lo prescrito en el art. 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.866, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo siguiente, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas. Aquel oferente que sea adjudicado en esta licitación tendrá la obligación de inscribirse en el Portal www.chileproveedores.cl. El oferente favorecido, en caso de no estar en el Registro de Proveedores, tendrá cinco días hábiles contados desde la fecha en que se le notifique la adjudicación de la propuesta para cumplir con este requisito. Se verificará con el Certificado de Inscripción. Los oferentes podrán asociarse entre sí, formando una Unión Temporal de Proveedores (UTP) con el fin de complementar y fortalecer en términos técnicos sus respectivas ofertas, para lo cual aplican las mismas exigencias indicadas en las bases para ofertar y contratar. En caso de que la adjudicación sea mayor a 1000 UTM, el acuerdo en el que conste la Unión Temporal deberá haberse materializado por Escritura Pública, como documento necesario para la suscripción del contrato, sin que sea necesario constituirse como sociedad. (Art. 67 bis inciso 3° del Reglamento de la Ley 19.886.) a) Las participaciones que se realicen de manera conjunta por varias personas deberán individualizar a cada una de ellas, indicando expresamente que actúan de la forma señalada, y designar a uno de sus integrantes como representante para los efectos de la licitación. b) La Unión Temporal de Proveedores (UTP) comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, se podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza. De igual forma, el pago efectuado por a cualquiera de sus integrantes será válido y extinguirá la deuda con respecto a los otros en la parte en que hubiere sido satisfecha. En atención a lo señalado en el artículo 67 bis inciso 4° del Reglamento de la Ley 19.886, cada proveedor de Unión Temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, para que sea factible la suscripción del contrato. En cuanto a la vigencia de la Unión Temporal de Proveedores, el artículo 67 bis inciso 6° del Reglamento de la Ley 19.886 dispone que: “no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento”. Se deja constancia que los oferentes deben considerar en su oferta económica todos los gastos necesarios para la contratación, de acuerdo a las Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos, y los documentos incluidos en la propuesta. Asimismo se deja establecido, que se entiende que quien participe de este proceso licitatorio, se encuentra conforme con las condiciones generales de la presente licitación, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes Bases administrativas y técnicas, sus anexos y las aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, aceptándolas en todas sus partes y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida. Así también, que lo declarado en el Anexo N°1 de la presente licitación, sobre identificación del proponente, corresponde a los datos reales y fidedignos del oferente.
2.1.1 PROPONENTES QUE NO PUEDEN CONTRATAR EN ESTA LICITACIÓN.
No pueden participar en el proceso aquellos que dentro de los dos años anteriores a la formulación de la oferta hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en el inciso primero del artículo 4º de la ley Nº 19.886 – modificado por los Nos 1) y 2) del artículo 401 de la ley Nº 20.720. Tampoco podrán participar caso de que alguno los miembros de la empresa hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en el marco de lo dispuesto en el artículo 26, letra d) del Decreto Ley N° 2011 del año 1973. Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años. De conformidad al artículo 4° de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, el Servicio no suscribirá contrato con sus funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de Jefe de Departamento, o su equivalente inclusive. El Servicio no suscribirá contrato con el oferente que haya sido sancionado a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado en virtud de lo dispuesto en los artículos 8 y 10 de la ley Nº 20.393; ni estar condenado a las inhabilidades a que se refiere el artículo 33 de la Ley N°21.595, sobre delitos económicos.
2.2.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTA ECONÓMICA Y DE LOS DOCUMENTOS ANEXOS
Las ofertas se presentarán únicamente a través del portal www.mercadopublico.cl adjuntando los documentos indicados a continuación, los cuales deberán ser ingresados en idioma español (con excepción de las certificaciones emitidas en el extranjero), de preferencia archivos en formato EXCEL, en carpetas o archivos. En casos excepcionales de indisponibilidad del portal, se permitirá la presentación de propuestas en soporte papel, acorde a lo indicado en el Artículo 62 del decreto supremo Nº 250, 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley Nº 19.886. 2.2.1.-Propuesta económica El valor de la oferta económica será la que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl y deberá ser expresada en pesos chilenos y corresponder al precio neto total por línea. Se entenderá incluido en este valor el flete del equipamiento, así como la instalación, puesta en marcha y capacitación si procedieran. Además, el proponente deberá completar el Anexo 3 por cada ítem ofertado y adjuntarlo como archivo electrónico en el portal indicado. En caso de existir una discrepancia entre la cifra indicada en el portal y en el Anexo señalado, se entenderá como válido el valor indicado en dicho Anexo para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación. Para ofertas en moneda extranjera, se deberá definir su equivalencia a pesos chilenos al momento de la apertura de las ofertas (para efectos de evaluación), sin perjuicio de calcular el valor de la divisa con posterioridad para pago al proveedor adjudicado. 2.2.2.-Antecedentes administrativos El oferente debe presentar los siguientes documentos y antecedentes escaneados, como archivos adjuntos, a través del portal www.mercadopublico.cl: 2.2.2.1.-Tratándose de personas naturales: a) Anexo 1: Identificación del Proponente b) Anexo 2: Declaración Jurada del Proponente. c) Anexo 3: Oferta Económica, Representación de la Marca, Servicio Técnico, Plazo de Entrega y Garantía. d) Anexo 4: Especificaciones Técnicas. 2.2.2.2.-Tratándose de personas jurídicas: a) Anexo 1: Identificación del Proponente b) Anexo 2: Declaración Jurada del Proponente. c) Anexo 3: Oferta Económica, Representación de la Marca, Servicio Técnico, Plazo de Entrega y Garantía. d) Anexo 4: Especificaciones Técnicas. e) Copia simple de escritura pública de constitución del contratante y de las modificaciones estatutarias posteriores, si las hubiere, con sus respectivos extractos debidamente inscritos en el Registro de Comercio y publicados en el Diario Oficial. f) Copia de certificado de Anotaciones emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la ley N° 20.659. g) Copia de certificado de vigencia de la sociedad, con una antigüedad no mayor a 60 días. h) En caso de no constar la personería del representante legal del contratante en la documentación citada en la letra e) debe adjuntarse copia de escritura pública en que conste su designación. i) Copia de Certificado de Inicio de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. En el caso que alguno de los documentos anteriormente solicitados al proponente se encuentre disponibles en el portal www.mercadopublico.cl, incorporados en su Ficha Electrónica Única en el Registro de Proveedores, no será necesario adjuntarlos. Esta circunstancia deberá indicarse expresamente por el proponente. Los participantes, sean éstos personas naturales o jurídicas, que al momento de la apertura se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores del Estado www.chileproveedores.cl, y figuren en el mismo en estado “hábil” (cumple con los requisitos para contratar con el Estado), podrán exceptuarse de informar en el portal los documentos anteriormente señalados que se encuentren disponibles en el referido portal, circunstancia de la cual se dejará constancia en la respectiva Acta de Apertura de las Ofertas. Sin perjuicio de lo señalado, el Servicio podrá, antes de la celebración del contrato, requerir toda la información legal adicional que sea relevante para la protección de sus intereses. En caso de que el adjudicatario sea una persona jurídica, el Servicio de Salud Metropolitano Central podrá solicitar especialmente los siguientes antecedentes: a) Fotocopia de la inscripción en el Registro de Comercio, con certificación de su vigencia, con fecha no anterior a tres meses contados desde la fecha de su presentación (sólo se exigirá este documento en caso de que al presentar la oferta se hubiera acompañado fotocopia del Certificado de Vigencia, en lugar de copia de la inscripción con anotaciones marginales y certificación de su vigencia). b) Copia de la escritura pública de Constitución o Certificado de Estatuto Actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de personas jurídicas acogidas a la Ley N° 20.659. c) Copia del extracto de constitución (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659). d) Copia de la inscripción del extracto de constitución (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659). e) Copia de la publicación en el Diario Oficial del extracto de constitución (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659). f) En caso de modificaciones efectuadas a la persona jurídica, copia de la o las escrituras públicas de modificación con sus respectivos extractos debidamente inscritos en el Registro de Comercio respectivo y publicados en el Diario Oficial, en el orden en que se efectuaron, si las hubiere (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659). g) Copia con certificado de Vigencia y anotaciones marginales, de fecha reciente, emitido por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, o Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659, y Certificado de Poderes Vigentes del Representante Legal. h) Certificado de Anotaciones emitido por el Registro de Empresas y sociedades en el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659. 2.2.2.3.- Unión Temporal de Proveedores. (UTP) a) Documento en el que conste el acuerdo, el pacto de solidaridad y nombramiento de apoderado o representante con poderes suficientes para participar en todo el proceso de compra, incluyendo la ejecución del contrato, en nombre de la Unión. La vigencia de este acuerdo o pacto de unión temporal no podrá ser inferior al periodo requerido para la contratación. b) Deberán presentar toda la documentación exigida para personas jurídicas o personas naturales según sea el caso del apoderado, sin perjuicio de ello, cada uno de los integrantes de la unión deberá acreditar que no le afectan inhabilidades o prohibiciones para contratar con el estado. c) Anexo 2: Declaración Jurada del Proponente UTP De acuerdo con lo establecido en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley de Compas Públicas, la elección respecto a qué antecedentes presentar para ser evaluados será de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) sin embargo ello no puede significar el ocultamiento de información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, por tanto, en caso que el Servicio constatara la ocurrencia de esta circunstancia, el proceso se encontrará afecto a un vicio que facultará al Servicio para poner término al contrato en cualquier momento.
2.3.- MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN
El Servicio se reserva el derecho de modificar las Bases Administrativas y Bases Técnicas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un Oferente, siempre que el plazo de recepción de ofertas no se encuentre vencido. Estas modificaciones serán informadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por tal circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los participantes y se entenderán como parte integrante de las presentes Bases de Licitación. En el caso de modificaciones, habrá una resolución que la fundamente y la disponga, la que será sometida al trámite administrativo correspondiente. En el caso de aclaraciones, bastará informar de ella a través de la plataforma electrónica. En este caso, se deberá disponer la suspensión del plazo de recepción de las ofertas, hasta la publicación en el portal, de la resolución totalmente tramitada que aprueba y dispone las mencionadas modificaciones o complementaciones. Los oferentes deberán efectuar las modificaciones o complementaciones que sean necesarias, en el plazo que disponga la resolución totalmente tramitada antes señalada. En todo caso, las modificaciones a las Bases solo serán procedentes si se efectúan antes del cierre de presentación de las ofertas, en conformidad al art. 19 del Reglamento.
2.4.- CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES
Las consultas de los Proponentes deberán ser realizadas a través del foro electrónico disponible en el portal www.mercadopublico.cl conectando el ID correspondiente a la presente licitación. Las respuestas serán emitidas por el Servicio en la fecha señalada en el calendario indicado en el numeral 7 de estas Bases. Las aclaraciones se publicarán en el mismo portal y forman parte integrante de las Bases de Licitación, hecho que las partes aceptan, sin perjuicio de su formalización a través de un acto administrativo, cuando corresponda. Se deja constancia que solo se recibirán las consultas formuladas a través de los medios señalados, estando descartado cualquier otro tipo de comunicación entre los Oferentes y el Servicio.
2.5.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS
La apertura electrónica de las propuestas la efectuará el funcionario del Departamento de Operaciones y Logística del Servicio de Salud Metropolitano Central encargado del seguimiento del proceso licitatorio, o en caso de impedimento de aquél, ante la persona que el Jefe del Departamento mencionado designe al efecto, dentro del plazo señalado en el cronograma contenido en el numeral 6 de las presentes Bases. Sólo se procederá a revisar Ofertas Económicas y Técnicas enviadas electrónicamente vía portal www.mercadopublico.cl. Cualquier error u omisión de fondo que se constate en el posterior proceso de revisión de las ofertas invalida aquella oferta que no se ajuste a lo dispuesto en estas Bases. El Servicio de Salud Metropolitano Central solicitará a los oferentes que salven los errores u omisiones de forma detectados en el acto de apertura o en el posterior proceso de revisión de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Asimismo, el Servicio de Salud Metropolitano Central permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación y siempre que no sean requisitos de admisibilidad, en cuyo caso la oferta será declarada inadmisible, y no se confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases, y de igualdad de los oferentes. Para estos efectos, se otorgará un plazo establecido en el calendario respectivo contados desde la publicación de este requerimiento en el Sistema de Información, para que el oferente subsane la omisión de las formalidades requeridas, pero será sancionado en la calificación de su oferta, específicamente en el factor “Presentación Formal de las Propuestas”, según lo estipulado en el numeral 2.10. sobre “Pauta de Evaluación de las propuestas” contenido en estas Bases. Transcurrido el plazo otorgado sin que el participante subsane las omisiones señaladas, se declarará desestimada sin más trámite su oferta o bien se asignará cero puntos, según corresponda. La declaración de oferta desestimada, así como la declaración de desierta de la licitación conforme lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley N° 19886, no dará derecho a indemnización alguna a los proponentes cuyas ofertas hubiesen sido declaradas inadmisibles o desiertas.
2.6.- COMISIÓN EVALUADORA
Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, integrada por los directivos, jefaturas y funcionarios del Servicio o Establecimiento que a continuación se individualizan, o quienes se encuentren subrogando o reemplazando en el cargo al momento de la evaluación. • Sr. Rodrigo Rivera Acevedo, cédula nacional de identidad Nº 16.482.744-5, Profesional de la Unidad de Ingeniería Biomédica del Departamento de Recursos Físicos del Servicio de Salud Metropolitano Central, o por el (la) funcionario(a) público(a) de dicha dependencia que le reemplace o quien para tales efectos sea debidamente designado(a). • Sr. Felipe Salinas Pizarro, cédula nacional de identidad N° 16.482.753-4, Jefe de la Unidad de Ingeniería Biomédica del Departamento de Recursos Físicos del Servicio de Salud Metropolitano Central, o por el (la) funcionario(a) público(a) de dicha dependencia que le reemplace o quien para tales efectos sea debidamente designado(a). • Sra. Sylvia Silva Tapia, cédula nacional de identidad Nº 10.192.874-8, Jefa (s) del Departamento de Recursos Físicos del Servicio de Salud Metropolitano Central, o por el (la) funcionario(a) público(a) de dicha dependencia que le reemplace o quien para tales efectos sea debidamente designado(a). Esta comisión deberá analizar las ofertas y proponer a la Dirección, la adjudicación de la oferta mejor evaluada en los plazos fijados en el acápite 6 de las presentes bases. La Comisión señalada precedentemente asumirá sus funciones en propiedad y estudiará las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos, las más convenientes a los intereses de la institución, levantando un acta en la que se consignará el estudio de lo ofertado, y hará una propuesta de adjudicación a la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central; o bien, propondrá fundadamente declarar desierta o inadmisible la licitación conforme lo establecido en el artículo 9° de la Ley N° 19.886. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas. Los miembros que integran la Comisión de Evaluación no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, debiendo dejar constancia de aquello en el Informe de Evaluación. De conformidad con lo previsto en el artículo 4° N° 7 de la Ley N° 20.730, los integrantes de la comisión evaluadora, se consideran sujetos pasivos de la ley del Lobby, mientras ejerzan sus funciones al interior de la comisión, motivo por el cual cualquier comunicación con los referidos integrantes deberá hacerse en los términos y condiciones establecidos en la referida Ley N° 20.730 y su reglamento, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 27 del Decreto N° 250, que contiene el Reglamento de Compras. La integración de la Comisión de Evaluación se publicará en el Sistema de Información de contratación pública. Corresponderá especialmente a la Comisión de Evaluación: a) Verificar la admisibilidad y resolver si las Ofertas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos y especificaciones establecidos presentes Bases. En caso de que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla. b) Evaluar las Ofertas presentadas. c) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones a los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas. d) Verificar y corroborar la veracidad, consistencia y validez de la información contenida en los documentos aportados por los oferentes por cualquier medio. En caso de duda sobre la legitimidad de uno o más documentos, la Comisión podrá solicitar al oferente afectado una declaración al respecto. Si se verifica que los documentos presentados no se condicen con la realidad, la oferta será declarada inadmisible, sin perjuicio de las acciones legales que la Entidad Licitante pueda iniciar en su contra. e) Confeccionar un Acta de Evaluación en la que dejará constancia, por orden decreciente, de la puntuación obtenida por cada una de las ofertas evaluadas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos; la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando la Comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio de Salud Metropolitano Central; la asignación puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar; y la proposición de adjudicación señalado en orden decreciente, la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas. f) Dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº 20.730 y su reglamento, contenido en el Decreto Supremo Nº 71, del 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. g) Interrumpir la continuidad administrativa del proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previa certificación de indisponibilidad del Portal de la Dirección de Compras Públicas, frente a las situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del portal Mercado Público, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica.
2.7.- CRITERIOS DE ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
Previo a la etapa de evaluación, se verificará la admisibilidad de las ofertas en cuanto a que cuenten con los requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases. De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora, requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones o antecedentes a algún proponente sobre aspectos de su propuesta tendientes a salvar errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. El Servicio podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo y tendrán una ponderación al momento de ser evaluadas, acorde a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de la Ley Nº19.886 del Ministerio de Hacienda. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado. De esta forma se entienden como criterios de admisibilidad la presentación de los siguientes documentos: 1. Anexo 3: Oferta Económica, Representación de la Marca, Servicio Técnico, Plazo de Entrega y Garantía técnica. 2. Anexo 4: Especificaciones Técnicas y un cumplimiento mínimo del 75% de éstas. 3. Que no supere el presupuesto máximo 4. El plazo de entrega no podrá exceder al 26 de diciembre del 2023 El no cumplimiento de un criterio de admisibilidad administrativa y/o técnica que no quede resuelto a través de la solicitud o aclaración de antecedentes, significará que la oferta será declarada inadmisible y no será parte de la evaluación de la licitación.
2.8.- APERTURA ELECTRÓNICA
El acto de apertura de las propuestas se llevará a cabo electrónicamente, de acuerdo a las fechas indicadas en el Calendario de Licitación y publicadas en el Portal, en la hora que se señale en dicho Sistema, esto es, una vez vencido el plazo de presentación de las ofertas, en las dependencias de la Departamento de Operaciones y Logística del Servicio, sin presencia de los oferentes. En el acto de apertura se revisará que todas las propuestas y documentos hayan sido presentadas vía electrónica en tiempo y forma. De no contener la documentación requerida en las presentes Bases, se dejará constancia de este hecho en el acta respectiva, así como de la información relevante que se encuentra incompleta. La propuesta que se encuentre en estas condiciones será considerada inadmisible, no pudiendo continuar en el proceso licitatorio, salvo que se den alguno de los casos de fuerza mayor señalados en las presentes Bases, en cuyo evento el Servicio podrá otorgar el respectivo plazo para subsanar las omisiones que allí se indican. Posteriormente, se efectuará la evaluación de la Oferta Técnica y Oferta Económica de aquellos oferentes que cumplan con la entrega de los antecedentes referidos en los términos descritos precedentemente. La apertura electrónica deberá contener, a lo menos, las siguientes menciones, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 33 del Reglamento de la ley nº19.886 D.S N°250 del Ministerio de Hacienda. • Individualización del oferente. • Descripción básica del bien o servicio ofrecido. • Precio de la oferta. Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la Comisión estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente. No obstante, el Servicio podrá recibir ofertas fuera del sistema en las siguientes situaciones: 1. Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información. 2. Cuando en razón de caso fortuito o fuerza mayor no es posible efectuar los Procesos de Compras a través del Sistema de Información. Una vez concluida la apertura electrónica se procederá a la evaluación de las propuestas, lo que se efectuará internamente, analizando los antecedentes de aquellos proponentes que los presentaron en forma completa, consignándose el valor de la oferta. En el proceso de evaluación, la Comisión de Evaluación podrá requerir el apoyo o la asesoría técnica que estime pertinentes para su adecuado funcionamiento y establecer contacto con los oferentes en los términos descritos en el artículo 39 del Reglamento de la ley nº19.886 D.S N°250 del Ministerio de Hacienda y serán sólo aquellos establecidos en estas Bases, en esta instancia la Comisión Evaluadora designará a uno de sus integrantes para establecer el contacto correspondiente, de lo cual quedara constancia en el acta de evaluación. La distorsión o falsificación de alguno de los antecedentes requeridos por las presentes Bases facultará al Servicio para declarar inadmisible la oferta correspondiente, situación que será consignada en el acta de la Comisión de Evaluación. En caso de existir errores de transcripción que no alteren el valor final de la oferta, la Comisión, si lo estima necesario, podrá solicitar aclaraciones en las mismas condiciones ya señaladas en las presentes Bases.
2.9.- OMISIÓN DE ANTECEDENTES
Si el oferente omitiera algún antecedente al momento de presentar su oferta y siempre que estos hayan sido producidos u obtenidos con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de ofertas, podrá presentarlos, a requerimiento de la Comisión de Evaluación, lo que será evaluado de acuerdo al criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales” siempre que no sean requisitos de admisibilidad, en cuyo caso será declarada inadmisible conforme a lo prevenido en el punto 2.7.
2.10.- PAUTA DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Los criterios de evaluación que utilizará la Comisión Evaluadora y sus ponderaciones son los siguientes: Criterios Ponderaciones (%) Precio de la Oferta (PO) 60 Características Técnicas (CT) 24 Plazo de Entrega (PE) 15 Requisitos Formales de la Oferta (RF) 1 Total 100 2.10.1.- FÓRMULA GENERAL PUNTAJE FINAL = (PO x 0, 60) + (CT x 0,24) + (PE x 0,15) + (RF x 0,01) 2.10.2.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN Los criterios de evaluación serán ponderados de acuerdo con lo detallado a continuación. Precio de la Oferta (60%): Se evaluará según la siguiente fórmula Puntaje Precio =((Oferta Mínima)/(Oferta Evaluada)) x 100 Características Técnicas (24%): El puntaje de este criterio se obtendrá a partir de la siguiente fórmula: Puntaje Características Técnicas =((Puntaje Oferta en Evaluación)/(Puntaje Total del Item Solicitado)) x 100 Donde “Ítem solicitado” corresponde al equipo a adquirir, “Puntaje Oferta en Evaluación” corresponde a la sumatoria del puntaje de las características técnicas cumplidas en la oferta presentada por el ítem solicitado y “Puntaje Total del Ítem Solicitado” corresponde a la sumatoria total del puntaje de las características técnicas del equipo o equipamiento solicitado en el Anexo N°4. Para este criterio se exigirá un cumplimiento mínimo del 75% del puntaje de las características del bien ofertado. Aquellas ofertas que obtengan menor cumplimiento serán declaradas inadmisibles del presente proceso. Plazo de Entrega (15%): Se evaluará el plazo de entrega en días corridos, según la siguiente fórmula. Puntaje Plazo de Entrega =((Oferta con Menor Plazo)/(Oferta Evaluada)) x 100 Este requisito tiene como plazo máximo de entrega el 26 de diciembre de 2023. Toda oferta que supere dicho plazo podrá ser declarada inadmisible. Requisitos Formales de la Oferta (1%): Se evaluarán las ofertas que hayan presentado en tiempo y forma los Anexos N°1 Identificación del Proponente, N° 2 Declaración Jurada Simple del Proponente y N°5 Programas De Integridad y otra información que sea requerida por la Comisión, de acuerdo a lo autorizado en las Bases, por parte de cada uno de los oferentes. Características Puntos La totalidad de los antecedentes son presentados dentro del plazo de recepción de las ofertas 100 Uno o más antecedentes son presentados fuera del plazo de recepción de las ofertas 30 No presenta antecedentes una vez cumplido el plazo otorgado para la corrección de omisiones o errores formales 0 Al término de la evaluación, se confeccionará un cuadro comparativo, que establecerá el orden de prelación entre los oferentes evaluados, el cual estará dado por la nota o puntaje que obtenga cada uno. El Servicio decidirá la adjudicación en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este numeral. La Comisión Evaluadora en su Informe de Evaluación otorgará estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 40 bis del Decreto que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, que se transcribe íntegramente a continuación: “El informe final de la comisión evaluadora, si ésta existiera, deberá referirse a las siguientes materias: 1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. 3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante. 4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.”
2.10.- PAUTA DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Los criterios de evaluación que utilizará la Comisión Evaluadora y sus ponderaciones son los siguientes: Criterios Ponderaciones (%) Precio de la Oferta (PO) 60 Características Técnicas (CT) 24 Plazo de Entrega (PE) 15 Requisitos Formales de la Oferta (RF) 1 Total 100 2.10.1.- FÓRMULA GENERAL PUNTAJE FINAL = (PO x 0, 60) + (CT x 0,24) + (PE x 0,15) + (RF x 0,01) 2.10.2.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN Los criterios de evaluación serán ponderados de acuerdo con lo detallado a continuación. Precio de la Oferta (60%): Se evaluará según la siguiente fórmula Puntaje Precio =((Oferta Mínima)/(Oferta Evaluada)) x 100 Características Técnicas (24%): El puntaje de este criterio se obtendrá a partir de la siguiente fórmula: Puntaje Características Técnicas =((Puntaje Oferta en Evaluación)/(Puntaje Total del Item Solicitado)) x 100 Donde “Ítem solicitado” corresponde al equipo a adquirir, “Puntaje Oferta en Evaluación” corresponde a la sumatoria del puntaje de las características técnicas cumplidas en la oferta presentada por el ítem solicitado y “Puntaje Total del Ítem Solicitado” corresponde a la sumatoria total del puntaje de las características técnicas del equipo o equipamiento solicitado en el Anexo N°4. Para este criterio se exigirá un cumplimiento mínimo del 75% del puntaje de las características del bien ofertado. Aquellas ofertas que obtengan menor cumplimiento serán declaradas inadmisibles del presente proceso. Plazo de Entrega (15%): Se evaluará el plazo de entrega en días corridos, según la siguiente fórmula. Puntaje Plazo de Entrega =((Oferta con Menor Plazo)/(Oferta Evaluada)) x 100 Este requisito tiene como plazo máximo de entrega el 26 de diciembre de 2023. Toda oferta que supere dicho plazo podrá ser declarada inadmisible. Requisitos Formales de la Oferta (1%): Se evaluarán las ofertas que hayan presentado en tiempo y forma los Anexos N°1 Identificación del Proponente, N° 2 Declaración Jurada Simple del Proponente y N°5 Programas De Integridad y otra información que sea requerida por la Comisión, de acuerdo a lo autorizado en las Bases, por parte de cada uno de los oferentes. Características Puntos La totalidad de los antecedentes son presentados dentro del plazo de recepción de las ofertas 100 Uno o más antecedentes son presentados fuera del plazo de recepción de las ofertas 30 No presenta antecedentes una vez cumplido el plazo otorgado para la corrección de omisiones o errores formales 0 Al término de la evaluación, se confeccionará un cuadro comparativo, que establecerá el orden de prelación entre los oferentes evaluados, el cual estará dado por la nota o puntaje que obtenga cada uno. El Servicio decidirá la adjudicación en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este numeral. La Comisión Evaluadora en su Informe de Evaluación otorgará estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 40 bis del Decreto que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, que se transcribe íntegramente a continuación: “El informe final de la comisión evaluadora, si ésta existiera, deberá referirse a las siguientes materias: 1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. 3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante. 4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.”
2.11.- RESOLUCIÓN DE EMPATES
De existir dos o más ofertas calificadas con igual puntaje, se adjudicará la oferta que tenga el puntaje más alto en las características técnicas, de mantener el empate se decidirá en función de la oferta con mejor evaluación económica y así sucesivamente en función de la siguiente tabla. Criterios Orden Jerárquico de Desempate Características Técnicas 1º Plazo de Entrega 2º Precio de la Oferta 3º En caso de que persista el empate, después de haber utilizado los criterios de desempate en el orden antes expuesto, se estará a la oferta que haya sido ingresada primero al Sistema de Información de www.mercadopublico.cl. El Servicio se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación cuando la oferta u ofertas presentadas no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886 sobre Compras Públicas, mediante resolución fundada.
2.12- ADJUDICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La modalidad de la presente licitación es mediante “adjudicación por ítem”. La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada de la Dirección del Servicio, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio, de acuerdo al artículo 6 del Reglamento de la Ley de Compras. La Comisión emitirá una propuesta de adjudicación que recaerá en el o los oferentes que, a su juicio, mejor cumplan con los requisitos administrativos, técnicos y económicos de la licitación, de acuerdo a los criterios de evaluación fijados en estas Bases, para ello, informará a la Dirección del Servicio el resultado de la evaluación en un informe en el que se adjuntarán todos los antecedentes que le permitan resolver sobre la propuesta más conveniente para el Servicio. En este orden, el Servicio se reserva el derecho de aceptar cualquier propuesta, que aplicando los criterios de evaluación, resulte la más conveniente, aunque no sea la de menor precio, o no aceptar ninguna por no corresponder a los intereses del Servicio, sin que los proponentes tengan derecho a indemnización alguna por este concepto. Asimismo, el Servicio podrá declarar desierta la totalidad de la licitación si las ofertas no se ajustaren al presupuesto estimado por este Servicio para este proceso de licitación, como también podrá declarar inadmisibles las ofertas en los casos que proceda, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2° del art. 11 del Reglamento de la Ley de Compras. La decisión del Servicio de declarar desierta la licitación o inadmisibles la totalidad de las ofertas, se hará por Resolución fundada que se publicará en el portal. Cuando la adjudicación no se realice, sea o no por causas imputables al Servicio, dentro del plazo señalado en el calendario de las presentes Bases Administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Servicio no adjudicare en el tiempo indicado, informará de esta circunstancia, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación, modificándose en lo pertinente el calendario de la licitación. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6 del reglamento de la ley Nº 19.886.
2.13.- READJUDICACIONES
El Servicio podrá readjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dejando sin efecto la adjudicación previa, en un plazo de hasta 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, y en general, en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario se desiste de la oferta. b) Si el adjudicatario no suscribe el contrato o no acepta la orden de compra dentro del plazo de 24 hrs. corridas a contar del envío de ésta al proveedor mediante el sistema de compras públicas, según corresponda. c) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo 4º de la Ley de Compras o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar la referida condición. d) Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo señalado en las presentes Bases Administrativas. La re adjudicación será posible sólo si el proveedor a quien se re adjudique mantenga la vigencia de su oferta y siempre que no se haya formalizado el acuerdo de voluntades con el primitivamente adjudicado, conforme al art. 71 del Reglamento de Compras.
3.- GARANTÍAS
3.1 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. De acuerdo a los montos asociados a la presente licitación, no se requerirá presentación de garantía de seriedad de la oferta, en conformidad al artículo 31° del Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras. 3.2 GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO. De acuerdo a los montos asociados a la presente licitación, no se requerirá presentación de garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en conformidad al artículo 68° del Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras.
4.1.- FORMALIZACIÓN Y VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN
La contratación se formalizará mediante la emisión y posterior aceptación de la orden de compra por parte del proveedor, cuestión que deberá gestionarse dentro de las 24 horas desde su recepción, y cuyo envío al proveedor requerirá previamente la total tramitación de la presente resolución. En caso que la orden de compra no fuere aceptada dentro del plazo referido, el Servicio de Salud podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud. Asimismo, su vigencia comenzará a regir a partir de la aceptación de la Orden de Compra dentro de los plazos estipulados e incluirá el plazo de garantía técnica ofrecido por el proveedor adjudicado en el Anexo 3 de las presentes Bases.
4.1.- FORMALIZACIÓN Y VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN
La contratación se formalizará mediante la emisión y posterior aceptación de la orden de compra por parte del proveedor, cuestión que deberá gestionarse dentro de las 24 horas desde su recepción, y cuyo envío al proveedor requerirá previamente la total tramitación de la presente resolución. En caso que la orden de compra no fuere aceptada dentro del plazo referido, el Servicio de Salud podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud. Asimismo, su vigencia comenzará a regir a partir de la aceptación de la Orden de Compra dentro de los plazos estipulados e incluirá el plazo de garantía técnica ofrecido por el proveedor adjudicado en el Anexo 3 de las presentes Bases.
4.2.- PRECIO
El precio de la orden de la contratación corresponderá al efectivamente ofertado por el proponente en los documentos presentados en la licitación (ANEXO N°3), más los impuestos correspondientes. El precio no será reajustable.
4.3.- FORMA DE PAGO
La forma de pago será mediante transferencia electrónica dentro de 30 días de la fecha de recepción de la factura respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno de la entrega del suministro contratado según Acta de Recepción Conforme de la Comisión Receptora. Para esto el Adjudicado deberá enviar vía correo electrónico la cuarta copia de crédito cedible al siguiente correo electrónico virginia.tuya@redsalud.gov.cl junto con los datos bancarios (banco, tipo de cuenta, N° de cuenta, correo electrónico). La factura deberá emitirse a nombre del “Servicio de Salud Metropolitano Central”, RUT 61.608.600-6, domiciliado en calle Victoria Subercaseaux Nº381, comuna y ciudad de Santiago. Al momento de generar el documento tributario electrónico es obligatorio incorporar los campos de orden de compra y casilla de envió de facturas dipresrecepcion@custodium.com. En caso de no contener los antecedentes señalados será motivo de rechazo de la factura vía plataforma del servicio de impuestos internos. Todo documento rechazado deberá incluir por parte del proveedor nota de crédito anulando el documento y volviendo a facturar enmendando el error. El proveedor no podrá facturar hasta que el referente técnico emita recepción conforme de los trabajos efectuados y esta recepción sea ingresada al portal Mercado Público.
4.3.- FORMA DE PAGO
La forma de pago será mediante transferencia electrónica dentro de 30 días de la fecha de recepción de la factura respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno de la entrega del suministro contratado según Acta de Recepción Conforme de la Comisión Receptora. Para esto el Adjudicado deberá enviar vía correo electrónico la cuarta copia de crédito cedible al siguiente correo electrónico virginia.tuya@redsalud.gov.cl junto con los datos bancarios (banco, tipo de cuenta, N° de cuenta, correo electrónico). La factura deberá emitirse a nombre del “Servicio de Salud Metropolitano Central”, RUT 61.608.600-6, domiciliado en calle Victoria Subercaseaux Nº381, comuna y ciudad de Santiago. Al momento de generar el documento tributario electrónico es obligatorio incorporar los campos de orden de compra y casilla de envió de facturas dipresrecepcion@custodium.com. En caso de no contener los antecedentes señalados será motivo de rechazo de la factura vía plataforma del servicio de impuestos internos. Todo documento rechazado deberá incluir por parte del proveedor nota de crédito anulando el documento y volviendo a facturar enmendando el error. El proveedor no podrá facturar hasta que el referente técnico emita recepción conforme de los trabajos efectuados y esta recepción sea ingresada al portal Mercado Público.
4.4.- ENTREGA DEL EQUIPAMIENTO
El plazo de entrega del suministro contratado será aquel ofrecido por el proveedor, contados desde la fecha de emisión de la Orden de Compra. La recepción Física de los equipos se realizará en dependencias del Departamento de Equipos Médicos del Hospital Clínico San Borja Arriarán vía ingreso por calle Amazonas n° 619, siempre con previa coordinación con el referente técnico del Servicio de Salud Metropolitano Central en horario hábil de lunes a jueves de 08:30 a 15:00 horas, viernes de 08:30 a 14:00 horas. En el caso que los equipos no correspondieran a lo solicitado, el Servicio lo hará presente a la empresa, quien retirará el equipamiento y tendrá un plazo de 15 días corridos para efectuar el cambio, desde la comunicación que le realice el Servicio. Si requiere de un plazo mayor al establecido deberá solicitarlo por escrito o e-mail al Departamento de Recursos Físicos del Servicio al correo rodrigo.riveraa@redsalud.gob.cl, el cual podrá aceptar o rechazar la ampliación del plazo velando por los intereses del establecimiento.
4.5.- COMISIÓN RECEPTORA
Para tal efecto, se establece como Comisión Receptora Interna del suministro contratado a los siguientes funcionarios (o quienes los subroguen o reemplacen en el cargo al momento de la recepción): 1. Sr. Hamilton Narbona Cisterna, cédula nacional de identidad N° 13.975.845-5, Coordinador de la Unidad de Imagenología del Hospital Clínico San Borja Arriarán, o por el (la) funcionario(a) público(a) de dicha dependencia que le reemplace o quien para tales efectos sea debidamente designado(a). 2. Sr. Rodrigo Rivera Acevedo, cédula nacional de identidad N° 16.482.744-5, Profesional de la Unidad de Ingeniería Biomédica del Departamento de Recursos Físicos del Servicio de Salud Metropolitano Central, o por el (la) funcionario(a) público(a) de dicha dependencia que le reemplace o quien para tales efectos sea debidamente designado(a). En esta etapa se recepcionarán los bienes adquiridos en la presente licitación y se verificará la presencia de todos los accesorios contemplados en la presente propuesta. Los miembros de la Comisión Receptora suscribirán el Acta de Recepción Conforme.
4.6.- VÍNCULOS DE DEPENDENCIA
Se deja constancia que la contratación corresponde a una Compraventa de Bienes (equipos, equipamiento) y no un Contrato de Trabajo, sin que existan vínculos de subordinación o dependencia alguna entre el Servicio y el personal del “Proveedor” adjudicado. Por lo tanto, para todos los efectos legales, el “Proveedor” tendrá la responsabilidad total y exclusiva de su condición de empleador para con sus trabajadores. No obstante, ello, el oferente y posterior “Proveedor”, deberá sujetarse a lo señalado en la Ley Nº20.238, (que modifica la Ley Nº19.886, asegurando la protección de los trabajadores y la libre competencia en la provisión de bienes y servicios a la administración del Estado), de 19-01-2008, esto es, no podrá el “Proveedor” tener conductas contrarias a los derechos fundamentales del trabajador.
4.7.- GARANTÍA TÉCNICA DE LOS EQUIPOS Y/O EQUIPAMIENTOS
4.7.1.- A partir de la emisión del Acta de Recepción Conforme, será el Departamento de Equipos Médicos del HCSBA, el encargado de verificar el cumplimiento de la Garantía Técnica durante todo el periodo de vigencia del contrato. Dentro de sus funciones, será quien emita Informes Fundados a la Dirección del Servicio para reportar incumplimientos en las condiciones de Garantía Técnica, así como también un Informe de Cumplimiento general al fin del periodo de Garantía Técnica. 4.7.2.- La garantía técnica, el procedimiento para exigirla y el plazo de ésta, se ajustará a lo dispuesto en las presentes Bases, según Anexo Nº3, sin perjuicio que sea establecida en las especificaciones técnicas. El plazo de Garantía Técnica se considerará iniciado desde el Acta de Recepción Conforme del equipo y/o equipamiento. Para efectos de las Garantías indicadas en las presentes Bases se deberá considerar el equipo y/o equipamiento como un todo y no por partes. En los casos que a continuación se señalan, sin perjuicio de la indemnización por los daños ocasionados, el Servicio podrá optar entre la reparación gratuita del bien o, previa restitución, su reposición o la devolución de la cantidad pagada: 4.7.2.1 Cuando los productos sujetos a normas de seguridad o calidad de cumplimiento obligatorio no cumplan con las especificaciones correspondientes. 4.7.2.2 Cuando los materiales, partes, piezas, elementos o sustancias que constituyan o integren los equipos y/o equipamiento no correspondan a las especificaciones que ostenten o las mencionen en su catálogo y/o manuales. 4.7.2.3 Cuando cualquier producto, por deficiencias de fabricación, elaboración, materiales, piezas, partes, elementos, estructura, sustancias, calidad o condiciones sanitarias, en su caso, no sea enteramente apto para el uso que está destinado o al que el “Proveedor” hubiese señalado en su oferta. 4.7.2.4 Cuando el “Proveedor” y el Servicio hubieren convenido que los productos, deban reunir determinadas especificaciones y esto no ocurra. 4.7.2.5 Cuando después de la primera vez de haberse hecho efectiva la garantía y prestado el servicio técnico correspondiente, subsistieren las deficiencias que hagan al equipo y/o equipamiento inapto para el uso. Este derecho subsistirá para el evento de presentarse una deficiencia distinta a la que fue objeto del servicio técnico, o volviere a presentarse la misma. 4.7.2.6 Cuando el equipo y/o equipamiento objeto del contrato, tenga defectos o vicios ocultos que dificulten o imposibiliten el uso al que habitualmente se destine, para lo cual la(s) Jefatura(s) de él/los usuarios(s) del equipo y/o equipamiento, emitirán un informe técnico en conjunto con el Jefe del Departamento de Equipos Médicos del HCSBA, que dé cuenta de estos defectos o vicios ocultos. 4.7.3.- Mantenciones Preventivas y Correctivas Durante todo el periodo de la Garantía Técnica, la mano de obra y repuestos relacionados a la mantención preventiva y correctiva (cuando esta última se deba a problemas de fabricación u otros no atribuibles a uso indebido del bien) será de exclusiva responsabilidad y costo del adjudicado. El adjudicado deberá contar con un Servicio Técnico, de acuerdo a lo indicado en su oferta, el cual debe contemplar la atención oportuna, tanto para mantenciones preventivas como correctivas, según lo indicado en su oferta. 4.7.3.1.- Programa de Mantención Preventiva Una vez realizada la recepción conforme, el proveedor deberá entregar el Programa de Mantención Preventiva de acuerdo a la recomendación de fábrica, para todo el período que cubra la Garantía Técnica de su oferta. Obligatoriamente debe cumplir como mínimo con una (1) mantención preventiva anual. Además, debe incluir los kits de mantenimiento y/o actualizaciones de software según lo indicado en el Anexo 4, en caso que aplique. Las fechas de este programa podrán ser modificadas por el Departamento de Equipos Médicos del HCSBA de ser necesario. 4.7.3.2.- Mantención Correctiva Ante una eventual falla intrínseca (no así por fallas de mal uso) del equipo durante el período de Garantía Técnica, el costo de la mantención correctiva será exclusiva responsabilidad del adjudicado. En tales casos regirá el siguiente procedimiento: a) Atención a los avisos de fallas: El(los) profesional(es) y/o técnico del servicio técnico del proveedor adjudicado, deberá(n) concurrir al Establecimiento de acuerdo al Tiempo de Respuesta indicado en su oferta, dando solución a la falla en un período que no supere los siete (7) días corridos. b) De persistir la falla, de existir una nueva falla producto de la intervención del servicio técnico del proveedor o certificar falla de fabricación de producto (parte, pieza o componente): El proveedor podrá reponer el equipo y/o equipamiento por uno nuevo de iguales o superiores características en un plazo igual o inferior al que haya postulado en la presente licitación, o bien brindar un equipo en back up que cumpla las mismas características, mientras se realiza el reemplazo en un nuevo plazo, si así lo determina la jefatura del Departamento de Equipos Médicos del HCSBA con aprobación del referente técnico de la presente licitación. Si no se cumple alguna de las alternativas propuestas se procederá al cobro de multas según lo establecido en el numeral 5.1.2.- de las presentes Bases, siendo válidas a contar del séptimo día indicado en el punto 4.7.3.2 a) más el plazo considerado en las alternativas antes descritas. Si el equipo y/o equipamiento reparado o reemplazado presentase nuevamente fallas atribuibles a la fabricación de este, el Servicio se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, según lo establecido en el numeral 5.- de las presentes Bases.
5.1.- CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO
El contrato podrá terminarse anticipadamente, sin derecho a indemnización previa resolución fundada de la Dirección del Servicio, por cualquier incumplimiento grave de parte del proveedor respecto de las obligaciones contraídas en virtud del contrato, y especialmente por las siguientes causales: 1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. 3) Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4) Caso fortuito o fuerza mayor sobrevenido durante la mora del deudor. 5) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación. 6) Por multas reiteradas según se indica en el presente capítulo. 7) En caso de muerte del Contratista o socio que implique término de giro del Contratista En cualquiera de los casos señalados anteriormente, el Servicio hará efectivas las garantías y retenciones que obren en su poder, salvo en relación con lo previsto en el numeral anterior, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes. Si el Contratista es una UTP formada por personas naturales y/o jurídicas dedicado a cualquier actividad o giro, para todos los efectos de aplicación de esta cláusula se considerará como Contratista al conjunto y a cada uno de los miembros que integran la UTP. El Servicio informará por escrito al Contratista, mediante carta certificada dirigida al domicilio consignado en el Contrato, con una antelación de a lo menos 10 días hábiles a la fecha en que se desee ponerle término. El contratista dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la comunicación en el domicilio señalado, para formular descargos, los que deberá hacer llegar por escrito, en carta dirigida al Director(a) y que deberá ser entregada en Oficina de Partes de este Servicio de Salud. Con el mérito de ellos, o trascurrido el plazo referido sin que estos se hubiesen formulado, la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central resolverá sobre el particular, de manera fundada y previa ponderación de los antecedentes, mediante la dictación de la resolución exenta respectiva. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880.
5.1.1.- INCUMPLIMIENTO GRAVE DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO
Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al proveedor, entre otras, las siguientes: - Si a juicio del directora(a) del establecimiento, los equipos, equipamiento o accesorios no cumplen con las especificaciones técnicas indicadas en estas Bases, específicamente el Anexo 4. Condición que debe ser refrendada en un informe técnico que indique causales del incumplimiento. - Si el proveedor no da cumplimiento a la entrega del suministro dentro del plazo ofrecido y por dicha demora ha incurrido en el valor máximo de multa establecido en el numeral 6.- Multas. Para estos efectos, se considerará no entregado el suministro, si falta alguna pieza o elemento que impida su uso completo, o sirva imperfectamente. - Si incurre en multas que en su totalidad sobrepasen un 30% del valor total del contrato - Si es declarado en quiebra, solicita su quiebra, o inicia proposiciones de convenio con sus acreedores. - Si el Contratante no puede cumplir con su obligación de entregar el equipamiento, debido a la cancelación de la representación de la marca o de la autorización de la comercialización y/o por cualquier otra circunstancia por la cual ya no pueda comercializar el equipo o no cuente éste. - Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes. - Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores. - Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores. - Si se disuelve y procede a su liquidación. - Si el proveedor o alguno de los socios del proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerentes. - Si existen defectos de calidad en el equipamiento entregado o por no corresponder a las Especificaciones Técnicas. En este caso, estos se consideran como no entregados para todos los efectos legales, incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo. En este caso, el Servicio de Salud Metropolitano Central podrá aplicar y/o solicitar la aplicación de las sanciones y multas contempladas en las presentes Bases y ejercer los derechos que le corresponden para obtener la reparación íntegra oportuna y total de los daños que se causaren. Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causales señaladas precedentemente, se mantendrán las garantías del convenio, las que servirán para responder del pago de las multas que afecten al proveedor o cualquier otro perjuicio que resultare para el Servicio, con motivo de ese incumplimiento.
5.1.2.- PROCEDIMIENTO PARA PROCEDER AL TÉRMINO ANTICIPADO POR INCUMPLIMIENTO
En virtud de lo dispuesto en el artículo 79 ter del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas contenido en el Decreto N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que señala que las Bases deberán contemplar un procedimiento para aplicación de las medidas que se adopten para los casos de incumplimientos que respete los principios de contradictoriedad e impugnabilidad. Se establece el siguiente procedimiento: Frente al incumplimiento del proveedor de cualquiera de las obligaciones que deriven de las Bases de Licitación y demás antecedentes que rigen la contratación, el Referente Técnico, dará cuenta de ello mediante informe fundado al Departamento de Recursos Físicos SSMC, quien lo pondrá en conocimiento de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central del hecho de haber incurrido el contratante en alguna infracción, y propondrá el término anticipado de la contratación. La Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central comunicará por escrito su decisión al contratista de terminar anticipadamente el contrato y los fundamentos de la misma, mediante carta certificada dirigida a su domicilio, con una antelación de a lo menos 10 días hábiles a la fecha en que se desee ponerle término. El contratista dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la comunicación en el domicilio señalado, para formular descargos, los que deberá hacer llegar por escrito, en carta dirigida al Director(a) y que deberá ser entregada en Oficina de Partes de este Servicio de Salud. Con el mérito de ellos, o trascurrido el plazo referido sin que estos se hubiesen formulado, la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central resolverá sobre el particular, de manera fundada y previa ponderación de los antecedentes, mediante la dictación de la resolución exenta respectiva. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880. Puesto término anticipado de la relación contractual por cualquiera de las causales imputables al proveedor, señaladas precedentemente, el Servicio hará efectiva las garantías, sin perjuicio de iniciar las acciones legales que correspondan para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes.
5.2.- CAUSALES DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Son causales habilitantes de modificación de contrato las siguientes: a) Mutuo acuerdo de las partes. b) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. Las modificaciones podrán efectuarse con el fin de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo. En el caso de requerirse una modificación del contrato, se formalizará mediante la Resolución que aprueba dicha modificación. La modificación del contrato regirá a contar de la total tramitación del acto administrativo que la aprueba. El conjunto de modificaciones efectuadas no podrá superar el valor del presupuesto máximo.
6.1.- TIPIFICACIÓN DE MULTAS
6.1.1 Plazo de entrega: Si el adjudicatario no entrega dentro del plazo ofertado, los equipos y/o equipamiento objeto de la licitación; ello, obligará al “Proveedor” a pagar una multa por incumplimiento de los días de atraso en la entrega del bien, calculada sobre el precio del total de ítems atrasados, correspondiente por un 1% del valor total con IVA por cada día de atraso; hasta completar un 30% del valor total del contrato, en cuyo caso se entenderá que hay incumplimiento de las obligaciones del contrato, facultando al Servicio a dar por terminado de modo anticipado el contrato, como se indica en el numeral 5.1.- de estas Bases. 6.1.2 Servicio Técnico: Si el adjudicatario no cumple con el tiempo de respuesta indicado en su oferta, así también cuando procede la mantención correctiva y existen atrasos como indica el numeral 4.7.3.2.- de las presentes Bases, se procederá al cobro de multas por incumplimiento por los días de atraso de conformidad al detalle siguiente, calculado sobre el precio del ítem correspondiente, 1% diario, esto hasta completar un 30% del valor del contrato, en cuyo caso se entenderá que hay incumplimiento de las obligaciones del contrato, facultando al Servicio a dar por terminado de modo anticipado el contrato, como se indica en el numeral 5.1.- de estas Bases. 6.1.3 Capacitaciones: el adjudicatario no entrega las capacitaciones ofrecidas al personal del Establecimiento, acorde con la oferta, se procederá a aplicar una multa equivalente al 1% del precio total con IVA, por cada día corrido, mientras no se subsanen esta situación, hasta completar un 30% del valor del contrato, en cuyo caso se entenderá que hay incumplimiento de las obligaciones del contrato, facultando al Servicio a dar por terminado el contrato de modo anticipado, como se indica en el numeral 5.1.- de estas Bases. 6.1.4 Limitaciones globales: Si el adjudicatario, con motivo de las causales anteriormente citadas, incurren en multas que en su conjunto completan un 30% del valor del contrato, se entenderá que hay incumplimiento de las obligaciones del contrato, facultando al Servicio a dar por terminado el contrato de modo anticipado, como se indica en el numeral 5.1.- de estas Bases. Con todo lo anterior, las multas no podrán exceder un 30% del valor total del contrato. El Servicio se reserva el derecho de anular la Orden de compra cuando el proveedor no cumpla con el despacho de los productos en la fecha solicitada. Cuando esto ocurra se dejará constancia en el portal www.mercadopublico.cl de dicho incumplimiento.
6.2.- MECANISMO DE REPORTE DE MULTAS
En caso de incumplimiento de las obligaciones del proveedor, la Jefatura de Equipos Médicos (o la Jefatura correspondiente) del Establecimiento afectados, dará cuenta mediante Informe fundado al Departamento de Recursos Físicos SSMC, quien pondrá en conocimiento de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central del hecho de haber incurrido el contratista en alguna infracción y propondrá la aplicación de las multas que procedan. La Dirección del Servicio, a la vista del informe, y si estima que el contratista ha incurrido en incumplimiento contractual, comunicará por medio del correspondiente Oficio Ordinario, del hecho de encontrarse en situación de infracción. El proveedor, notificado que sea, tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos ante la Dirección. Posteriormente la Dirección, con los descargos del proveedor a la vista, o en ausencia de ellos, instruirá o no el inicio del proceso de multa en un plazo no mayor a 30 días, mediante la dictación de la respectiva Resolución, que se notificará por medio de carta certificada dirigida al domicilio registrado del proveedor, para efecto que este pueda ejercer los derechos que le concede la Ley 19.880, entre los cuales se establece la posibilidad de presentar Recurso de Reposición. Si el proveedor adjudicado hubiese repuesto de la multa dentro de plazo, la Dirección del Servicio, evaluando los antecedentes, y solicitando los informes que estime pertinentes, resolverá mediante Resolución fundada en un plazo no mayor a 30 días hábiles contados desde la fecha de ingreso de dicha reposición consignada por Oficina de Partes del Servicio, pudiendo la Dirección del Servicio: i) Acoger el reclamo del proveedor, dejando sin efecto la Resolución que exige el pago de la multa; ii) Rebajar la multa al proveedor, no procediendo Recurso alguno en contra de esa Resolución; iii) Rechazar el reclamo del proveedor, no procediendo Recurso alguno en contra de esa Resolución. En los casos en que la Dirección del Servicio haya rebajado la multa al proveedor, o haya rechazado el reclamo de éste, el Servicio de Salud Metropolitano Central, podrá exigir el cobro de ésta mediante los mecanismos establecidos en el numeral 6.3 “Mecanismos de Pago de Multas”, según sea el caso. Se deja constancia que el procedimiento de aplicación de multas y la reclamación de ellas se regirán conforme lo establece la Ley 19.880 de procedimientos administrativos.
6.3.- MECANISMOS DE PAGO DE MULTAS
Cobro directo a Proveedor: la multa podrá ser pagada directamente por el proveedor mediante cheque nominativo extendido a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Central, dentro de un plazo de 15 días corridos, a contar de la fecha en que se notifique la respectiva Resolución que concluya el proceso de multa. Dentro del mismo plazo, la multa podrá ser pagada vía transferencia bancaria a la cuenta del Servicio de Salud Metropolitano Central, con los siguientes datos: tipo de cuenta: Cuenta Corriente N° 9276491, Banco Estado, R.U.T.: 61.608.600-6 (correo electrónico virginia.tuya@redsalud.gov.cl). La transferencia deberá ser acreditada por parte del Departamento de Finanzas del Servicio, previo aviso del Contratista vía correo electrónico, para ser validada. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio podrá ejercer las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal, por los conceptos indicados en este artículo.
6.4.- FUERZA MAYOR O CASOS FORTUITOS
Ante la concurrencia de casos de fuerza mayor o caso fortuito (de acuerdo con el Artículo N° 45 del Código Civil), u otras circunstancias no imputables al “Proveedor”, debidamente acreditados y formulados por el adjudicatario antes del vencimiento del plazo de entrega señalado en su oferta, el Servicio podrá acordar un aumento en el plazo de entrega, cuando ello procediere. Esta circunstancia deberá ser informada al Servicio dentro de los 4 días hábiles siguientes a su acontecimiento o al cese de este. El Servicio en vista de los antecedentes presentados, deberá calificar si el hecho da a lugar a fuerza o caso fortuito. Transcurridos los 4 días hábiles a que se hace referencia, no se aceptará reclamo alguno del proveedor que fundamente fuerza mayor o caso fortuito. En este caso se dará origen al incumplimiento a la Orden de Compra, sometiéndose a las sanciones señaladas en el numeral 6.1.- de las presentes Bases.
7.- CALENDARIO DE LICITACIÓN
A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. El plazo del cierre para la recepción de ofertas no puede vencer en días inhábiles, ni en día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 horas. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente. Cabe destacar que, al ser equipos comunes dentro del área biomédica, revisten de las características de ser simples y objetiva especificación, y que razonablemente conlleve un esfuerzo menor en la preparación de ofertas, por lo que el plazo entre el llamado y cierre de recepción de ofertas fue reducido, de conformidad con lo establecido en el art. 25 del Reglamento de la Ley N°19.886. La fecha de publicación en el referido Portal es el plazo inicial, o día uno del presente proceso licitatorio. A modo de ilustrar adecuadamente a los proponentes, se informan los hitos y plazos relevantes del proceso de licitación, como sigue: Fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl. A contar de la aprobación las presentes Bases de Licitación. Fecha inicio preguntas. A partir de la publicación de las presentes Bases en el portal. Fecha final de preguntas. Al segundo día corrido de la fecha de publicación de las presentes Bases a las 15:00 hrs. Fecha de publicación de respuestas. Hasta el tercer día corrido de la fecha de publicación de las presentes Bases a las 18:00 hrs. Fecha de cierre de recepción de ofertas. Hasta las 15:00 hrs. del quinto día corrido a contar de la publicación de las presentes Bases. Fecha de acto de apertura de ofertas. A las 15:01 hrs. del día de cierre de recepción de propuestas. Fecha publicación de admisibilidad de ofertas. Hasta el tercer día corrido posterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas. Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la Comisión de Evaluación. Hasta 24 hrs. desde realizada la pregunta por el portal. Fecha estimada de evaluación. Hasta el quinto día corrido siguiente al cierre de recepción de propuestas. Fecha estimada de adjudicación. Hasta el quinto día corrido siguiente a la fecha de evaluación de propuestas. Fecha estimada de emisión orden de compra. Desde la publicación de la resolución de adjudicación.
8.- INSPECCIÓN, SUPERVISIÓN Y CONTROL.
El Servicio durante la vigencia del Contrato, en las fechas y formas que estime conveniente, estará facultado para efectuar la inspección, supervisión y control del equipo adquirido y su correcto funcionamiento. El Adjudicatario deberá otorgar todas las facilidades destinadas a la ejecución de dicha supervisión y control. Si el equipamiento no reuniere las condiciones técnicas requeridas en las Especificaciones Técnicas, exigirá su cumplimiento al adjudicatario, sin cobro adicional alguno para el Servicio, sin perjuicio de las facultades de disponer el término del contrato, la aplicación de multas que corresponden al Servicio.
9.- DECLARACIÓN ESENCIAL
Él o los representantes de cada proponente deberán declarar, de conformidad con el Anexo Nº2 de las Bases, lo siguiente: 1. Haber estudiado todos los antecedentes de la propuesta y verificado la concordancia entre ellos. 2. Haber revisado los términos de la presente licitación: Bases Administrativas, Bases Técnicas, Especificaciones técnicas, Anexos y Formularios de presentación de la oferta y reglamentación sobre la materia. 3. Estar legalmente constituido, reconocida y vigente en Chile; y son personeros debidamente investidos en Chile. 4. Estar conforme con las condiciones generales de la propuesta, aceptar y someterse a las condiciones y procedimientos, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecidos en las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas, preguntas, respuestas, aclaraciones y todo otro documento oficial que haya servido de base para el llamado a licitación, en el entendido que formarán parte del contrato que firmen las partes. 5. Pacto de Integridad, los proveedores se comprometen a actuar con transparencia, probidad y veracidad en la información y antecedentes presentados en esta propuesta.
10.- PRÓRROGA DE COMPETENCIA
Cualquier diferencia en la interpretación de los antecedentes que forman parte de estas Bases y del contrato, que no pueda resolverse por las partes, se someterá a la decisión de los Tribunales Ordinarios de Justicia, prorrogándose en este acto competencia en los Juzgados de Letras de Santiago, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República.
11.- SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS.
El Adjudicatario no podrá subcontratar los servicios necesarios para el cumplimiento del Contrato y mantendrá la responsabilidad ante el Servicio de la calidad, contenido y oportunidad tanto del equipo como de los servicios anexos que se adquieren y por los daños directos, previstos, imprevistos o perjuicios de cualquier naturaleza que se causen por el Adjudicatario y sus dependientes. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio será responsable de las obligaciones laborales y previsionales de dar que afecten a los contratistas en favor de los trabajadores de éstos, incluidas las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por término de la relación laboral. Tal responsabilidad estará limitada al tiempo o período durante el cual el o los trabajadores prestaron servicios en régimen de subcontratación para la empresa principal acorde con lo señalado en el Artículo 183-B de la Ley Nº 20.123.
BASES TÉCNICAS
1.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS DE LOS DOCUMENTOS ANEXOS Las ofertas se presentarán únicamente a través del portal www.mercadopublico.cl adjuntando los documentos indicados a continuación, los cuales deberán ser ingresados en idioma español, de preferencia archivos en formato PDF y EXCEL, en carpetas o archivos. 1.1.- Propuesta técnica La Propuesta Técnica deberá indicar al menos lo siguiente: a) Especificaciones Técnicas del producto. (Anexo 4) b) Garantía del equipo (Anexo 3), la cual deberá indicar la información para cada ítem como un todo. En caso de segmentar periodos de garantía en función de sus partes, piezas y/o accesorios, se considerará para la evaluación, el valor más bajo de periodo de garantía ofertados. c) Representación de la Marca e Identificación del Servicio Técnico. (Anexo 3) d) Plazo para entregar capacitación a usuarios y técnicos, en los casos que corresponda y lugar en que se realizará. Este plazo no puede exceder de 7 días hábiles después de realizada a Puesta en Marcha del equipo por causas atribuibles al proveedor. e) Indicación de servicios de post-venta ofrecidos. 1.1.1.- Especificaciones Técnicas (Anexo 4) Corresponde al cumplimiento de las Especificaciones Técnicas del ítem ofertado que deberán completarse en su totalidad, especificando claramente los alcances técnicos en virtud del requerimiento, el cual debe ser presentado en formato Excel. El oferente deberá ofertar las características indicadas en el Anexo 4 respaldadas con documentos oficiales como catálogos, fichas técnicas y certificados de los productos cotizados, en idioma español, para identificar mejor los artículos ofrecidos. Estos deberán subirse al portal www.mercadopublico.cl, como máximo hasta el día y hora de cierre de recepción de ofertas. Deberá incluirse: marca, modelo, procedencia y características relevantes de cada producto. a. En el caso que el oferente indique “SI” o “NO” en el cumplimiento de una característica técnica y esta no pueda ser verificada de acuerdo a los documentos proporcionados a través del portal; la comisión podrá considerar esto como el NO cumplimiento de esta característica para el proceso de evaluación. b. En el caso del NO cumplimiento de una característica obligatoria, la comisión podrá declarar inadmisible la oferta correspondiente al ítem evaluado. c. Los certificados adjuntados, sujetos a un periodo, que no presenten fecha de vencimiento o cuya fecha final no se encuentre vigente al momento de la publicación de esta licitación, se considerará como NO cumplimiento de la característica para el proceso de evaluación. d. Las características técnicas requeridas por parte del fabricante que hayan sido visiblemente adulteradas o se pueda corroborar algún tipo de edición o adulteración que modifique la capacidad real del equipo, se considerará como NO cumplimiento de la característica para el proceso de evaluación y facultará al Servicio de realizar las labores correspondientes al encontrarse con información adulterada en el proceso licitatorio. La Comisión Evaluadora podrá considerar el NO cumplimiento del Anexo 4 si el oferente envía los archivos en formato Excel sin rellenar, declarando inadmisible la oferta de acuerdo al numeral 2.7.- de las presentes Bases Administrativas. 1.2.1.- Garantía Técnica El oferente deberá indicar la Garantía Técnica de cada ítem ofertado, completando el Anexo 3 indicado en las presentes Bases de licitación. El plazo de garantía Técnica se considerará desde la Puesta en Marcha del equipo, la cual se extenderá por el plazo establecido en el contrato y acorde a la oferta entregada por el proveedor. En los casos que a continuación se señalan, sin perjuicio de la indemnización por los daños ocasionados, el Servicio podrá optar entre la reparación gratuita del bien, su reposición o la devolución de la cantidad pagada. a. Cuando los materiales, partes, piezas, elementos o sustancias que constituyan o integren los equipos y/o equipamiento no correspondan a las especificaciones que ostenten o a las menciones en su catálogo y/o manuales. b. Cuando los productos sujetos a normas de seguridad o calidad de cumplimiento obligatorio no cumplan las especificaciones correspondientes. c. Cuando cualquier producto por deficiencia de fabricación, elaboración, materiales, partes, piezas, elementos, sustancias, estructura, calidad o condiciones sanitarias, en su caso, no sea enteramente apto para el uso que está destinado o al que el “Proveedor” hubiese señalado en su oferta. d. Cuando el proveedor y el Servicio hubieren convenido que los productos objeto del contrato deban reunir determinadas especificaciones y esto no ocurra. 1.2.2.- Mantenimiento Durante Garantía El oferente, una vez realizada la recepción conforme, deberá entregar documentos que indiquen los siguientes aspectos en los casos que corresponda: a. Plan de Mantenimiento preventivo programado del equipo durante la Garantía, indicando la periodicidad de actividades y su relación con la recomendada por fábrica. b. Protocolo de mantenimiento preventivo que indique en detalle las actividades de inspección, verificación, calibraciones, pruebas de seguridad reemplazo de piezas o partes, ajustes, limpieza, lubricación, comprobación y las demás que deban efectuarse según lo recomendado por fábrica. c. Personal técnico considerado para las actividades (indicar cantidad y perfil profesional del personal involucrado). d. Descripción de política de mantenimiento correctivo durante garantía: forma de atención de las consultas técnicas, tiempos de respuesta ante llamadas, tiempos de reparación de desperfectos y otros detalles relacionados. Se exigirá un máximo de tiempo de respuesta ante llamados de emergencia de asistencia técnica de 48 horas de forma presencial en horario hábil. Asistencia telefónica debe realizarse como máximo 1 hora desde que se recibe el llamado en horario hábil. e. Descripción de actividades periódicas de Update, comprobación y Upgrade del software incluido en la Oferta. f. Documento que certifique la continuidad de repuestos y accesorios durante toda la vida útil del equipo y que asegure que el reemplazo de las piezas o partes del equipo serán sin costo durante el período de garantía del equipo. 1.2.3.- Servicio Técnico. En caso de que se indique que el oferente cuenta con servicio técnico propio para la marca, debe adjuntar un documento o certificado que avale la acreditación del Servicio Técnico Propio por parte del fabricante del equipo. Debe indicar claramente el año de acreditación y su vigencia. De no hacerlo, facultará a la comisión evaluadora de considerar como no cumplimiento esta característica. En el caso de que un documento de respaldo presente ediciones o alteraciones de su documento original, la comisión podrá declarar inadmisible la oferta correspondiente al ítem evaluado y a la oferta completa del oferente 1.2.4.- Representación de la Marca En caso de que se indique que el oferente cuenta con representación de la marca, se debe incluir documento o certificado de representación de marca extendido por el fabricante, que indique claramente su vigencia, la dirección, teléfono, fax y nombre de la persona que lo representa. En el caso de que un documento de respaldo presente ediciones o alteraciones de su documento original, la comisión podrá declarar inadmisible la oferta correspondiente al ítem evaluado y a la oferta completa del oferente. 1.2.5.- Capacitaciones A través de su oferta, el proveedor se compromete a: a. Que se realizarán las capacitaciones necesarias para todo el personal técnico que manipule el equipo médico en los diferentes servicios clínicos del establecimiento, en frecuencia y requerimientos del personal del establecimiento. b. Entregará el contenido necesario para el funcionamiento y cuidado del equipo, tanto para médicos y usuarios. Las capacitaciones serán efectivas a partir de la Puesta en Marcha del equipo. 1.2.6.- Plazo de entrega a. El oferente deberá indicar el plazo de entrega de cada equipo ofertado, completando el Anexo 3 indicado en las presentes Bases de licitación. b. El plazo de entrega deberá ser en días corridos a contar de la emisión en el portal de la respectiva Orden de Compra. En caso de cumplirse el plazo en un día inhábil, se considerará como fecha para entrega, el día hábil siguiente. Sin embargo, el plazo de entrega no podrá ser superior al 26 de diciembre de 2023. c. Siempre la entrega deberá ser coordinada con la comisión de recepción fijada en las presentes Bases. En caso de que ésta no pueda asistir en la fecha determinada para entrega, podrá establecer una nueva fecha para la entrega, dejando esto indicado en el Acta de recepción. 1.2.7.- Retiro desechos producto de la Puesta en Marcha El proveedor adjudicado debe encargarse de la eliminación de desechos y residuos producidos por el desembalaje, instalación y puesta en marcha de los equipos/equipamiento. Asimismo, deberá dejar limpio y ordenado el (los) recinto(s) donde intervino producto de esta(s) actividad(es). 1.2.8.- Contraparte Técnica El desarrollo de la presente licitación estará bajo la supervisión del Unidad de Ingeniería Biomédica del Depto. de Recursos Físicos de este Servicio de Salud. Las funciones de la contraparte técnica incluirán: a) Supervisar y controlar el desarrollo de la presente licitación, velando por el estricto cumplimiento de las Bases Administrativas, técnicas y sus anexos. b) Velar por el cumplimiento de los plazos ofertados por los proveedores para la entrega de los productos, además de revisar que el equipamiento adjudicado cumpla con ser los productos realmente requeridos y ofertados en la licitación, dar cuenta de la calidad y los estándares solicitados por este Servicio. c) Velar por el envío oportuno al Departamento de Finanzas del Servicio, de la documentación del proceso de compra con las validaciones que le correspondan, para proceder al pago del equipamiento. d) Concurrir e Informar cuando se le requiera, respecto a la procedencia de multas y sanciones que se estipulen en las presentes Bases, emitiendo informe técnico de ello, a la Dirección del Servicio, en caso de incumplimiento por parte del proveedor, según corresponda.