Licitación ID: 1058095-27-LE21
CONVENIO RECETARIO MAGISTRAL (1) 2021 - Readjudicada en Id 1058095-27-R121
Responsable de esta licitación: COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO, Fármarcos
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 401
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Preparados tópicos de alquitrán de hulla 1 Frasco
Cod: 51241207
50-215-100-030-00 DINITROCLOROBENCENO 0.01% FC 30 ML  

2
Preparados tópicos de alquitrán de hulla 1 Frasco
Cod: 51241207
50-215-100-019-00 DINITROCLOROBENCENO 1% FC 30ML  

3
Preparados tópicos de alquitrán de hulla 1 Frasco
Cod: 51241207
50-215-100-020-00 DINITROCLOROBENCENO 2% FC 30ML  

4
Sulfonato de poliestireno sódico 1 Frasco
Cod: 51211610
50-214-900-006-00 POLIESTIRENO SULFONATO CALCICO FCX 400 GR  

5
Antisépticos de ácido acético 1 Litro
Cod: 51102706
50-215-100-011-00 ACIDO ACÉTICO GLACIAL USP  

6
Ácido bórico 1 kilogramo
Cod: 51241204
50-215-100-010-00 ACIDO BORICO  

7
Antiácidos de bicarbonato de sodio 1 Cápsula
Cod: 51171504
50-214-900-012-00 BICARBONATO SODIO 250MG CP  

8
Carbonato de calcio 1 Cápsula
Cod: 51171501
50-214-900-020-00 CARBONATO CALCIO 250MG FCOX100CP  

9
Lactulosa 1 kilogramo
Cod: 51171605
50-215-100-007-00 LACTOSA REFINADA USP  

10
Preparados tópicos de alquitrán de hulla 1 Cápsula
Cod: 51241207
50-214-700-016-00 METHOXALENO 10MG EQUIVALENTE A OXSORALEN  

11
Acetato de Zinc 1 kilogramo
Cod: 51241303
50-215-100-008-00 OXIDO DE ZINC USP  

12
Bicarbonato potásico 1 Unidad
Cod: 51191801
50-215-100-040-00 PAPELILLOS DE BICARBONATO SODIO X 1GR  

13
Carbonato de calcio 1 Unidad
Cod: 51171501
50-215-100-042-00 PAPELILLOS DE CARBONATO DE CALCIO 1 GR  

14
Cloruro de calcio 1 Unidad
Cod: 51182401
50-215-100-041-00 PAPELILLOS DE CLORURO DE POTASIO X 5GR  

15
Aceite mineral 1 Caja
Cod: 51171630
50-217-600-038-00 VASELINA SOLIDA X 20 GRS  

16
Hidrato de cloral 1 Gramo
Cod: 51141803
50-212-100-012-00 HIDRATO DE CLORAL GRAMO  

17
Dapsona 1 Cápsula
Cod: 51102102
50-213-100-082-00 DAPSONA 100 MG  

18
Antiácidos de bicarbonato de sodio 1 kilogramo
Cod: 51171504
50-215-100-002-00 BICARBONATO DE SODIO USP  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO RECETARIO MAGISTRAL (1) 2021 - Readjudicada en Id 1058095-27-R121
Estado:
Readjudicada
Descripción:
COTIZAR: PRECIOS UNITARIOS NETOS, SOLO COTIZAR PRODUCTOS CON STOCK PARA DESPACHO INMEDIATO, Y CON VENCIMIENTO MAYOR A 12 MESES, INDICAR FACTOR EMPAQUE EN CADA LÍNEA COTIZADA E INDICAR EL NOMBRE DE LA MARCA OFERTADA.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO
Unidad de compra:
Fármarcos
R.U.T.:
61.608.502-6
Dirección:
CONCHA Y TORO 3459
Comuna:
Puente Alto
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 31-05-2021 15:01:00
Fecha de Publicación: 25-05-2021 9:56:13
Fecha inicio de preguntas: 25-05-2021 10:01:00
Fecha final de preguntas: 27-05-2021 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-05-2021 10:10:00
Fecha de acto de apertura técnica: 31-05-2021 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 31-05-2021 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 17-06-2021 9:41:27
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR DE LA LICITACIÓN 2
Aceptación de Las Bases: cada participante de la licitación debe aceptar las condiciones establecidas por las bases que rigen esta licitación, y los requisitos establecidos en el artículo 4° de la Ley 19.886.
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- No haber sido condenado por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los anteriores 2 años.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- -Completar Anexos N°2 Y 3
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- No haber sido condenado por  los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Inscritos en Chileproveedores En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de entrega Se evaluara segun la siguente tabla: - Hasta 24 horas: 100 - Entre 25 horas y 48 horas: 60 - Entre 49 horas y 72 horas: 40 - Mayor a 72 h o no adjunta Anexo N°4: 0. 10%
2 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 60%
3 Criterio de evaluacion tecnico Este criterio se evaluara según cumplimiento o no de los requisitos solicitados segun tabla de criterios tecnicos con puntaje asignado. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Ramón Varas R.
e-mail de responsable de pago: ravaras@ssmso.cl
Nombre de responsable de contrato: Daniela Correa L.
e-mail de responsable de contrato: dcorrea@ssmso.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-25762442-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
solo se acepta en el traslado de los productos
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
De las Ofertas Económicas

Solo se aceptaran las ofertas económicas que sean ingresadas válidamente en el portal Mercadopublico.cl.  

Los oferentes deberán realizar sus ofertas sin decimales, de o
tro modo su propuesta se declarará inadmisible.

Sin perjuicio de la facultad para declarar inadmisible la oferta en caso de presentar el precio del producto con decimales, si  en la licitación se presenta un único oferente, en cualquier línea de producto, que haya ofertado el precio con decimales, la entidad licitante tendrá facultad para declarar inadmisible la oferta o aceptarla sin considerar los decimales para todos los efectos legales. En consecuencia, en este último caso, no se realizará aproximación del valor en ningún caso.


Cada oferta debe ser válidamente ingresada en el portal Mercado público y de acuerdo a las disposiciones establecidas para cada criterio, esto es, carácter administrativo, técnico y económico; por tanto, cada propuesta para ser considerada en las evaluaciones respectivas, deberá justarse íntegramente a lo solicitado por el Complejo Asistencial.  

No se aceptarán ofertas económicas por otras vías ya sean en soporte papel u otro medio que no sea el portal mercado público salvo las indicadas en el Artículo N° 62 del reglamento. 
El oferente ingresara en cada línea el valor en pesos neto (sin IVA), sin reajuste de precios. El valor ingresado será de exclusiva responsabilidad del oferente.
 

Para mayor ilustración, los anexos administrativos, técnicos y económico, que el interesado presente debe ser subido y concordante con lo requerido en las presentes bases y plenamente identificados, estos es, si se solicita “Certificación de ISP” dentro de anexos técnicos, el oferente debe subir el anexo técnico con el nombre respectivo.

El no cumplimiento de lo anterior, afectará directamente la oferta presentada en el proceso de evaluación de las propuestas, ya que pese a que pueda contar con los antecedentes requeridos, estos no fueron presentados por el oferente en su forma, lo que contravendría con las disposiciones establecidas en las bases de licitación.


Criterios de Evaluación

Se evaluaran las ofertas según los criterios indicados en la tabla siguiente:


      Criterio

  Porcentaje de      Ponderación

                   Detalle

Precio

         60%

X= Precio mínimo ofertado *100 / precio oferta x

Plazo entrega

        10%

Hasta 24 horas 100 puntos.

Entre 25 horas y 48 horas 60 puntos.

Entre 49 horas y 72 horas 40 puntos.

Mayor a 72 horas o no adjunta Anexo N°4: 0 puntos.

Técnico

        30%

Este criterio se evaluara según ponderación obtenida en la tabla de criterios técnicos.

En el caso de tener comportamiento contractual anterior deficiente (bloqueos, no despacho, atrasos, quiebres de stock, entre otros), por haber sido objeto de terminación anticipada de contrato o sujeto de multas en contratos anteriores, será descontado el 40% del puntaje total obtenido (sumatoria puntaje administrativo, técnico y económico).

* CRITERIO EVALUACIÓN: PRECIO

Se evaluaran las ofertas válidamente presentadas según la siguiente fórmula:

Puntaje precio (oferente x) = (precio (mínimo entre los oferentes)*100) / (precio (oferente x))



Este criterio tendrá una ponderación del 60%.


*CRITERIO EVALUACIÓN: TÉCNICO

ANTECEDENTES TÉCNICOS: solo se aceptaran las ofertas Técnicas que sean ingresadas válidamente en el portal de Mercadopublico. No se aceptaran ofertas técnicas por otras vías ya sean en soporte papel u otro medio que no sea el portal mercado público con excepción de lo que se indica en el Artículo N° 62 del Reglamento.

Este criterio tendrá una ponderación de 30% . Será  evaluado con la tabla de evaluación del anexo N°6 y según los antecedentes incluidos por el proveedor en su oferta.

*CRITERIO EVALUACIÓN: PLAZO DESPACHO 

Este criterio tiene una ponderación de 10% que será evaluado de acuerdo a la tabla adjunta en el anexo N° 4.
Resolución de Empates

En el caso de producirse un empate en la puntuación entre dos o más oferentes, la comisión considerará para dirimir tal situación, la calificación más alta obtenida en el ítem de criterios técnicos. En el evento de mantenerse el empate, pese a la aplicación del criterio ya señalado, se aplicará para dirimir el empate la mayor calificación del ítem precio. Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal http://www.mercadopublico.cl/

Fuerza Mayor

Si durante el desarrollo del proceso, se presentasen eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que entorpecieran o generaran atrasos parciales en la entrega de los productos, el proveedor adjudicado deberá comunicar esa circunstancia al Complejo, dentro 01 días corridos siguientes a su acontecimiento, acreditando el hecho y como éste ha provocado el atraso o entorpecimiento y solicitar la ampliación del plazo respectivo. El complejo resolverá si procede aceptar o rechazar la presentación del proveedor. Transcurrido el plazo de 01 días al que se hace referencia, no se aceptará reclamo alguno del proveedor fundamentándose en razones de caso fortuito o fuerza mayor.

Se entenderá por Fuerza mayor o caso fortuito lo establecido en el Código Civil y que dice: “se llama fuerza mayor el imprevisto a que no es posible resistir”. De esta manera, el caso fortuito o fuerza mayor debe ser inimputable, vale decir, que provenga de una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes; imprevisible, esto es, que no se haya podido prever dentro de los cálculos ordinarios y corrientes; e irresistible, es decir, que no se haya podido evitar, ni aun en el evento de oponerse las defensas idóneas para lograr tal objetivo.

De las Multas

Se aplicará una multa de un 10%  del valor total del producto no despachado, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato. También procederá dicha multa en caso de envío de productos de distinta calidad a la ofrecida, sin perjuicio del reemplazo de los mismos dentro del plazo de cinco días, dichas multas no podrán superar el 30% del total del contrato

En la eventualidad que, por cualquier causa, el adjudicatario deba adquirir los productos ofertados a otra empresa, para cumplir con el contrato, éste será responsable del posible sobrepago originado, costo que jamás podrá ser trasladado al Complejo. Ante la eventualidad de que el adjudicatario no asegure el cumplimiento del stock convenido, se considerará un incumplimiento del contrato que será sancionado con una multa del 30% del total de la OC no despachada. En la eventualidad que esta falta sea reiterada, a la tercera vez deberá ser considerada esta situación como causal de término anticipado del contrato.

- PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA MULTA Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte del Supervisor del Convenio o funcionario responsable designado para esta función,  éste le informará al adjudicatario, a través de correo electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del momento de recibida la notificación, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.Vencido el plazo sin presentar descargos por parte del adjudicatario, el Director de la Entidad dictará la respectiva resolución, aplicando la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante el acto administrativo correspondiente,  enviado a través de  comunicación a través de correo electrónico al coordinador del convenio.Procederán los recursos de la Ley N°19.880 en contra del citado acto administrativo.

- COBRO DE LA MULTA

Tramitada la resolución que establece la multa, el adjudicatario se encontrará obligado al pago de ella dentro de los 15 días hábiles siguientes a la comunicación de la resolución de multa, la que le será enviada vía correo electrónico.
El monto de las multas será ingresado directamente en Tesorería del Complejo,  presentando la “Resolución de Multa”.  Una vez pagada dicha multa, el adjudicatario debe presentar el comprobante de Caja en la Unidad de Técnica encargada del contrato. De no realizarse este pago, se descontará el monto correspondiente a la multa en el pago más próximo.


El no pago de la multa, obliga al Complejo Asistencial para proceder a la ejecución de la Garantía por Fiel Cumplimiento.
DE LA ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA
Las órdenes de compra se emitirán una vez realizada la tramitación del contrato. Las órdenes deben encontrarse en estado aceptadas en el portal para que sean recepcionadas en bodega.


Se emitirán órdenes de compra con despacho parcializado, según las necesidades de stock del CASR, lo que podría implicar bajo monto en las ordenes de compras. Esto considerado al momento de adjudicar.
MODIFICACIÓN DE CANTIDADES
El Complejo podrá modificar la adjudicación aumentando o disminuyendo la cantidad de productos de las presentes bases de licitación, de acuerdo a los requerimientos de los usuarios clínicos (Anexo N°1). Dicha modificación debe ser aprobada por acto administrativo totalmente tramitado.


De conformidad con el articulo Nº 77 del Reglamento de Compras Públicas, el aumento no podrá superar el 30% del monto originalmente pactado”. El complejo adquirirá los productos licitados siempre y cuando no sean despachados de la Central de Abastecimiento o no se encuentren en catalogo Chilecompra express.
BASES
Las bases que rigen en esta licitación podrán ser modificadas por el complejo según sea necesario.
DESERCIÓN DE LA LICITACIÓN
El Complejo declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumpliesen los requisitos establecidos en las bases. Declarará desierta la licitación sino se presentaran ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses del Complejo, declarando mediante resolución fundada de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.886.






DE LA ADJUDICACION y READJUDICACION

El Complejo evaluará y adjudicara la presente licitación por línea de producto. En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal, informando las razones del retraso. 


Se realizará la adjudicación parcial de los productos licitados, en el caso que por razones presupuestarias no sea posible adjudicar todas las líneas de productos comprometidas inicialmente, lo que deberá constar en resolución fundada para tal efecto.

El Complejo Asistencial podrá proceder a la readjudicación de la presente licitación, cuando se constituya alguna de las siguientes causales:


- Error en la evaluación.

- Si la adjudicación no fuese conveniente a los intereses del Complejo Asistencial.

-Negativa por parte del adjudicatario de aceptar la Orden de compra y realizar su posterior despacho.

- Despacho de productos fuera de los plazos ofertados.

- Envío de productos distintos a los ofertados.

- Sí el oferente desiste de su oferta.

- Sea inhábil para contratar con la Institución, de acuerdo a lo establecido a los términos de la Ley y su Reglamento.

-Falta de stock.

-Bloqueos por facturas impagas.

En el caso que el proveedor adjudicado se rehúse a firmar el contrato, desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo a los términos de la ley y el reglamento, se readjudicará la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente.

MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Las consultas acerca de la adjudicación deben realizarse al correo dcorrea@ssmso.cl
PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
En el caso que sea necesario presentar antecedentes administrativos omitidos por los oferentes, podrá enviarlos hasta 24 h posterior a la apertura de las ofertas según criterio de evaluación a través de la aclaración de las ofertas.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Cuando no indique alguno de los criterios o especificaciones requeridas, la oferta será evaluada con 0% en ese criterio.
PERIODO RECLAMACION DESDE LA ADJUDICACION
Se considerará como plazo para la reclamación de errores detectados en la adjudicación, que permitan la readjudicación un plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de adjudicación.
ADJUDICACIÓN PARCIAL
Se realizará adjudicación parcial de los productos licitados en el caso que por razones presupuestarias no sea posible adjudicar la cantidad y/o la Línea de productos comprometida inicialmente.
CAMBIO Y/O CANJE DE PRODUCTOS
Los productos defectuosos o dañados o que no cumplan con las especificaciones dadas en la licitación deberán ser canjeados por el proveedor. El proveedor adjudicado deberá cambiar o canjear los productos si despacha:


• Productos con fecha de vencimiento inferior a 45 días o 12 meses, según corresponda (para productos de recetario magistral o con registro ISP respectivamente).

• Productos con empaques dañados y defectuosos.

• Productos adulterados o mal rotulados.

• Producto de distinta procedencia y/o marca a la adjudicada.

• Producto con problemas de calidad (cambio de fabricación, tipo de material).


Para llevar a cabo el canje o cambio de producto la persona encargada de bodega de medicamentos se comunicará con la persona encargada del proveedor o el representante para solicitar el cambio o canje. Este procedimiento no deberá demorar más de 5 días hábiles desde que se notifica al Proveedor que debe realizar el cambio sino se harán efectivas multas por retraso en la entrega del producto.


Los productos deben ser retirados en las dependencias de CASR y ser reemplazados por medicamentos que cumplan con los requisitos solicitados.

**El cargo por retiro y reposición deberá ser costeado completamente por el proveedor**


CARTA DE CANJE
Los productos deben contar con fecha de vencimiento de 45 días o mayor a 12 meses (para productos de recetario magistral o con registro ISP respectivamente) a partir de la fecha de recepción de los productos en bodega o en su defecto deberá enviar una Carta de compromiso de Canje, no se aceptarán productos que no lo cumplan o contemplen.
ENVIO ORDENES DE COMPRA
La cantidad publicada y posteriormente adjudicada es referencial, ya que se enviarán órdenes de compra con las cantidades dependiendo de los requerimientos mensuales de los servicios y que variarán de acuerdo a esto, en forma mensual y por el tiempo que dure la licitación.
CONVENIO
Esta licitación corresponde a un convenio según artículo 63 del reglamento de la ley de compras públicas, el contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra: “Los contratos menores a 100 UTM se formalizarán mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor. De la misma forma podrán formalizarse los contratos superiores a ese monto e inferiores a 1000 UTM, cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas bases de licitación”
PRECIO DEL PRODUCTO
Los precios no admiten reajuste de ninguna especie e incluye todos los costos, remuneraciones, utilidades, fletes, gastos generales e impuestos, de cualquier naturaleza en que debe incurrir el proveedor para el fiel y oportuno cumplimiento del convenio.
DURACIÓN DEL CONVENIO
Este convenio tendrá una duración de 12 meses a partir del envío de la primera orden de compra o el término por gasto de las 1.000 UTM (lo que se cumpla primero) indicadas en esta licitación.
CONTRATO
Este contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor, por tratarse de un bien estándar de simple y objetiva especificación.
Responsabilidad del adjudicatario
Será de entera responsabilidad del proveedor adjudicado, dar cumplimiento a lo establecido en las presentes bases de licitación, teniendo especial énfasis en lo relativo al cumplimiento del suministro de los productos adjudicados, esto es, será obligación de la empresa adjudicada despachar en tiempo y forma los productos que le sean adjudicados. Si la empresa se encontrara en un estado de quiebre de stock o algún otro motivo que no le permita contar con el medicamento requerido por el Complejo Asistencial y la empresa deba adquirirlo a un tercero, por ejemplo, a fin de dar continuidad al suministro, los gastos que esta situación genere deberán ser completamente asumidos por el adjudicado, toda vez que el Complejo Asistencial no tendrá ningún tipo de relación en el aprovisionamiento en el que deba incurrir el adjudicado. De lo anterior, el proveedor no podrá argumentar motivos de fuerza mayor, por tanto, quedará sujeto si se presentara este escenario, al término anticipado del contrato, a la ejecución inmediata del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato y a las acciones legales a las que el Complejo Asistencial tenga lugar, a fin de subsanar los perjuicios que el incumplimiento del adjudicado le puedan generar a la Institución.
BOLETÍN DE ANÁLISIS QUÍMICO
Se exigirá que al momento de recepción de los productos, estos sean entregados con los respectivos análisis químico según lote y la infomación de estabilidad del producto en solución a la temperatura de almacenamiento y en caso de pérdida de la cadena de frío.
HORARIO DE ATENCION
Horario de atención de Bodega es de lunes a jueves de 08:30 a 16:00 horas y viernes hasta las 15:00 horas, para recibir y recepcionar productos.
REDUCCIÓN PLAZO DE PUBLICACIÓN
Se requiere reducir a 6 días el plazo de cierre de la licitación, debido a la necesidad de contar lo antes posible con los medicamentos publicados. **La licitación se encontrara publicada 6 días en el portal mercadopublico.cl**
ANTECEDENTES PARA PAGO
Los pagos se realizarán mediante transferencia electrónica para lo que el oferente debe indicar los siguientes antecedentes en su oferta, adjuntos en el anexo N°2.
ENTREGA DE FACTURA, GESTIÓN DE PAGO Y COBRANZA
Con el objeto de dar cumplimiento a la ley 20.727, las facturas originales deben ser ingresadas a casilla de intercambio en SII dipresrecepcion@custodium.com, el DTE que no se encuentre direccionado a dicha casilla de “Intercambio en SII” será Reclamado de forma automática transcurridos 48 h desde la recepción en SII. El mecanismo antes señalado, será el único medio de recepción de este documento. El no cumplimiento de esta disposición por parte del adjudicado afectará directamente en las gestiones posteriores destinadas al pago de las prestaciones realizadas. El plazo para ingresar los documentos mencionados, será de 5 días corridos de emitidos. La factura debe mencionar la orden de compra a la cual pertenece, si no cuenta con esta información ninguna de nuestras bodegas recibirá el despacho. Todos los productos deben pasar por nuestras bodegas, si se entregan directo al servicio y no se coordina con nuestros supervisores de bodega, el CASR no realizará el pago de las facturas. El CASR se compromete a realizar pagos mensuales (30 días corridos) una vez aceptada y recepcionada completa la o las Órdenes de compra mensual y recibidos conformes los productos y la factura correspondiente, en el caso de no existir multas. El pago de las facturas se realizará previa revisión y cumplimiento de los despachos. La empresa será responsable de designar a un representante que tendrá bajo su responsabilidad tener contacto directo con la persona encargada en finanzas del CASR al menos en forma mensual, para que las partes estén contestes de la gestión de los pagos de las órdenes de compra generadas y para consultar sus estados de pago deberá ingresar a www.hospitalsoterodelrio.cl/pago_proveedores.
AMPLIACIÓN DE CONVENIO
De conformidad con el articulo Nº 77 del Reglamento de Compras Públicas, el aumento no podrá superar el 30% del monto originalmente pactado”. El complejo adquirirá los productos licitados siempre y cuando no sean despachados de la Central de Abastecimiento o no se encuentren en catalogo Chilecompra express.
PRORROGA CONTRATO O CONTRATACIÓN DE SERVICIOS CONEXOS
Se procederá con trato directo por prorroga de contrato cuando se considere indispensable para las necesidades de la entidad y siempre que dicha prórroga o servicio conexo no supere las 1000 UTM y sólo por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de compras.