Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Resolución de Empates |
En el evento de que una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más
proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de
resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio Formación del/la profesional.
En caso de mantenerse el empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el
criterio Experiencia del/la profesional.
De persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio Precio.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en
www.mercadopublico.cl
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Readjudicación |
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las
demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de
los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original,
adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del
plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación |
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos ocondiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a
los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes
bases.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando
éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán
derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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Efectos derivados de incumplimientos del proveedor |
El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, objeto de la presente licitación. Las multas por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones, se aplicarán por cada día hábil de atraso y se calcularán como un 3% del valor neto de los bienes o servicios objeto de la entrega, con un tope de 5 días hábiles. Las multas no podrán sobrepasar el 20 % del valor total del contrato. El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento, si la hubiere. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
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Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos |
Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
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Término Anticipado |
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1)Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
2)Si se disuelve la empresa adjudicada.
3)Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
4)Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
5)En caso que el atraso en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios supere los 5 días hábiles.
6)En caso que las multas cursadas por atrasos sobrepasen el 20 % del valor total contratado.
7)Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases.
8)Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
En estos casos de término anticipado se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo
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Elaboración de informes |
El oferente deberá elaborar informe en formato físico y digitalizado (diagnóstico pecuario comunal) completo que incorpore los siguientes antecedentes:
a) Documento con diagnóstico pecuario comunal generado de las visitas realizadas a cada usuario atendido.
b) Manifold de atención y recomendaciones sanitarias pecuarias a usuarios; todo lo anterior, y toda labor que realice debe contar con respaldo de fotografías.
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Montos asignados a la Contratación |
Para la contratación pertinente a este proceso licitatorio se ha dispuesto un monto máximo total de $4.500.000-. (Cuatro millones quinientos mil pesos) con impuestos incluidos. El pago corresponde a horas de trabajo, presenciales y de gabinete, materiales, insumos farmacéuticos de trabajo, traslados, registro y sistematización (alimentación y alojamiento si fuese necesario).
Esta contratación no dará otros derechos que los aquí estipulados, es decir, no se pagará viático, pasajes, traslados, alimentación, etc., todo lo cual está incluido en el monto total disponible y quedará dentro del monto adjudicado. Bajo ninguna circunstancia, la Ilustre Municipalidad de Huara asumirá o se responsabilizará por gastos adicionales del adjudicado. Independiente de la oferta económica presentada en la línea de postulación, el oferente deberá adjuntar el Anexo N° 01 (formulario N°3), en el cual deberá incluir el valor neto de la oferta, el valor del impuesto y el valor total de la oferta, incluido el impuesto.
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Mínimo de ponderación formación del/la oferente y Experiencia del oferente |
Para efectos de la evaluación de las propuestas, deberá tenerse presente que para la adjudicación del servicio se deberá haber obtenido, como mínimo, un ponderación de 60 puntos en los ítems Formación del/la oferente y Experiencia del oferente, toda vez que una calificación inferior implica riesgos en la ejecución del servicio. Además, la Ilustre Municipalidad de Huara se reserva el derecho a rechazar fundadamente todas las propuestas sin que ello signifique indemnización alguna a los proponentes por los gastos incurridos en la presentación de su propuesta. Asimismo, se reserva el derecho a declarar desierta la licitación según la conveniencia o inconveniencia de las ofertas que se presenten.
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Contrato |
El contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra por el comprador y aceptación por
parte del proveedor, de conformidad con lo establecido en el art. 63 del reglamento de la ley 19.886.
En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, la Municipalidad de Huara podrán solicitar su cancelación de la orden de compra, entendiéndose definitivamente que una vez transcurridas 24 horas desde la fecha de emisión.
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Fecha de Adjudicación |
En caso de no cumplir con la fecha indicada de adjudicación de las presente bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, información allí las razones del atraso
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Mayor puntaje |
La oferta que logre el mayor puntaje en la evaluación, será considerada como la más conveniente al interés fiscal, pudiendo no corresponder al menor precio ofertado
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