Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
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Fecha de vencimiento:
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16-08-2023
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Monto:
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100000
Peso Chileno
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Descripción:
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Para garantizar la seriedad de sus ofertas, todos los proponentes deberán entregar una garantía por un
monto de $100.000 (cien mil pesos), la cual deberá ser extendida a nombre de la Junta Nacional de
Jardines Infantiles, RUT N° 70.072.600-2, pagadera a la vista, nominativo, no endosable, irrevocable,
expresarse en pesos chilenos, con una vigencia mínima de 60 (sesenta) días hábiles posteriores a la
fecha de cierre de presentación de las ofertas publicadas en el sistema de información de la dirección
de compras y contratación pública www.mercadopublico.cl. El proveedor o contratista deberá
adjuntar el certificado de validez del documento por caución presentado.
En caso de tratarse de una póliza de seguro, deberá ser emitida a favor de organismos públicos, de
ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula de arbitraje, por una compañía aseguradora inscrita en
la superintendencia de valores y seguros de Chile.
Dada la contingencia nacional por COVID-19, se recomienda que la entrega del documento se efectúe,
enviando al correo electrónico a oficina_partesXVI@junjired.cl, además de recomienda que están sean,
certificados de fianza electrónicos, boletas de garantía electrónicos, vale vista electrónicos, Póliza de
Seguro electrónicos, que deberán ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma
Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, se faculta a la JUNJI para obtener de oficio,
según sea el caso, la validez del documento en garantía y que se encuentran ajustados por la Ley N°
19.799.
La entrega de los instrumentos no electrónicos deberá otorgarse de manera física en la oficina de
partes de la dirección regional de Ñuble de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ubicada en calle
Bulnes N°1033, comuna de Chillán, ciudad de Chillán, en el caso de instrumentos electrónicos deberá
entregarse al correo electrónico oficina_partesXVI@junjired.cl, con copia a lvalenzuela@junji.cl. En el
caso que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre documentos
electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación. No se considerará entregada la garantía
enviada a través de formatos y/o medios digitales cuando el proponente haya elegido emitirla a través
de instrumentos no electrónicos.
El plazo para la recepción de este documento se extenderá hasta el día de la fecha de cierre de
recepción de ofertas, de acuerdo con el cronograma de esta licitación, en el siguiente horario:
Lunes a jueves : De 08:30 hasta las 17:30 hrs.
Viernes : De 08:30 hasta las 16:30 hrs.
La regla precedente no rige respecto de la póliza de seguro electrónica, la cual se remitirá directamente
a través del sistema de información de la dirección de compras y contratación pública
www.mercadopublico.cl.
En los casos que se otorgue de manera electrónica, esta deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre
documentos electrónicos firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de las ofertas y de todas las obligaciones que se
imponen al oferente, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la Junta
Nacional de Jardines Infantiles, sin forma de juicio, en los siguientes casos:
Si se desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, durante el período de vigencia de esta.
Si presentare una oferta falsa, manifiestamente errónea o inductiva a error.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo respectivo o no se inscribe en el
registro electrónico oficial de proveedores del Estado (ChileProveedores) previo al plazo de
suscripción del contrato.
Si el contratista no entrega en forma oportuna la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del
contrato y de pago de obligaciones laborales y sociales.
Si el adjudicatario no entrega la documentación solicitada para la suscripción del contrato.
La resolución que disponga el cobro de esa garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada.
La garantía deberá indicar en su texto o glosa:
“EN GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA DE LA LICITACIÓN PÚBLICA POR LA CONTRACIÓN
DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR EN EL JARDIN INFANTIL CRECER JUGANDO CODIGO
16102010 DE JUNJI REGIÓN DE ÑUBLE ID 1059082-8-LE23”.
Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada
a tal instrumento, según formato tipo en el Anexo N° 4-D.
Toda propuesta que no esté acompañada de la garantía de seriedad será declarada inadmisible por la
Junta Nacional de Jardines Infantiles por no ajustarse a los términos de las presentes bases.
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Glosa:
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EN GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA DE LA LICITACIÓN PÚBLICA POR LA CONTRACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR EN EL JARDIN INFANTIL CRECER JUGANDO CODIGO
16102010 DE JUNJI REGIÓN DE ÑUBLE ID 1059082-8-LE23
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Forma y oportunidad de restitución:
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La devolución de las garantías de seriedad de la oferta a aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido
declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados desde la
notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas,
se efectuará dentro de diez (10) días hábiles siguientes, contados desde la total tramitación de la
resolución que aprueba el contrato suscrito con el respectivo proveedor adjudicado, previa solicitud
mediante correo electrónico a la persona encargado del proceso de licitación.
La Garantía por seriedad de la oferta será devuelta al adjudicatario, una vez que suscriba el contrato
correspondiente y se efectúe la entrega de la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato a
que se refiere el punto N° 19 y 21 de las presentes Bases.
La devolución de garantías debe solicitarse mediante correo electrónico a la persona encargado del
proceso de licitación, para coordinar su retiro y liberación.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
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Fecha de vencimiento:
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09-07-2024
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de obligaciones laborales y
sociales, el proveedor contratado deberá presentar una garantía por un valor equivalente al 5% del
valor total adjudicado (con IVA), la cual deberá ser extendida a nombre de la Junta Nacional de
Jardines Infantiles, Rut N° 70.072.600-2, pagadera a la vista, irrevocable, expresarse en pesos
chilenos y tomada por el propio oferente, con una vigencia mínima a la del contrato aumentada en
90 días hábiles administrativos.
Será aceptado como garantía de fiel cumplimiento de contrato, pago de obligaciones laborales y
sociales, y eventuales multas, cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera
rápida y efectiva, en conformidad al artículo 68 del Reglamento.
En caso de tratarse de una póliza de seguro, deberá ser de ejecución inmediata, sin liquidador, ni
cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la superintendencia de
valores y seguros de Chile, extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y que
deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de
incumplimientos a estas bases de licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas
la exclusión de dichos importes. en este caso, previo a su entrega, el prestador del servicio deberá
acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la póliza
respectiva.
(El envío) la emisión del documento podrá realizarse de manera física entregándolo en la oficina de
partes de la dirección regional del Ñuble, Calle Bulnes N° 1033, Chillán o electrónicamente
enviando por correo electrónico oficina_partesXVI@junjired.cl. En el caso que se otorgue de manera
electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y
servicios de certificación, dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles desde la notificación de la
resolución de adjudicación, en el siguiente horario:
Lunes a jueves: De 08:30 hasta las 17:30 hrs.
Día viernes : De 08:30 hasta las 16:30 hrs.
En caso de tratarse de documentos electrónicos, deberán enviarse al correo electrónico
oficina_partesXVI@junjired.cl, con copia a lvalenzuela@junji.cl. Los que deberán ajustarse a la Ley
N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha
firma, se faculta a la JUNJI para obtener de oficio, según sea el caso, la validez del documento en
garantía y que se encuentran ajustados por la Ley N° 19.799.
La Garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “EN GARANTÍA DEL FIEL Y OPORTUNO
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, EL PAGO DE OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES Y
MULTAS, POR LA CONTRACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR EN EL JARDIN
INFANTIL CRECER JUGANDO CODIGO 16102010 DE JUNJI REGIÓN DE ÑUBLE ID 1059082-8-
LE23”.
Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple
acompañada a tal instrumento, según formato tipo en el Anexo N°4-D.
La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva la facultad de solicitar la subsanación de
cualquier error u omisión formal que se presente en el instrumento de garantía presentado, dentro
del plazo previsto para su presentación. si esta se requiere el último día de ese término, se
concederán 3 (tres) días hábiles para la corrección del documento de garantía.
En caso de cobro de la garantía, el proveedor deberá reponer la caución por igual monto y por el
mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes,
contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a
indemnización alguna.
Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento
del contrato, hasta 90 (noventa) días hábiles, posteriores a la culminación del respectivo contrato.
La resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar
debidamente fundada.
Luego de la suscripción y protocolización de la liquidación del contrato, se le devolverá la boleta de
garantía por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato correspondiente.
Su restitución será realizada 90 (noventa) días hábiles posteriores al término del contrato y su
devolución la efectuará la oficina de partes JUNJI ÑUBLE ubicada en Bulnes N° 1033, Chillán, región
de Ñuble, previo visto bueno de la subdirección de administración y finanzas de la dirección
regional de Ñuble de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
La garantía podrá hacerse inmediatamente efectiva sin necesidad de requerimiento, ni acción
judicial, ni arbitral alguna, en los siguientes casos: i) cuando incurra en alguna de las causales de
término anticipado de contrato imputables al adjudicatario; ii) cuando el proveedor incurra en
alguna de las causales de incumplimiento grave, en los términos definidos en las presentes bases
sobre término anticipado de contrato; y iii) cuando la multa cursada, o la suma de ellas, alcancen el
10% del valor total del contrato; en ambos casos implica además el término anticipado del contrato.
Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo precedente, la JUNJI estará facultada para hacer efectiva la
garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción
judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le
impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de
las obligaciones del adjudicatario. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la JUNJI pueda
ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos
casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la garantía será compatible
con esta última.
La Resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar
debidamente fundada.
En caso de renovación/modificación/aumento de plazo del contrato, y cuando la boleta tenga una
fecha de vencimiento anterior al término de dicha renovación, el contratado deberá reemplazarla,
por otra de iguales características, que cumpla con el nuevo plazo de vigencia referido, so pena del
término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna. Mientras se encuentre
vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del
proveedor.
En caso de aumento de plazo el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía de fiel
cumplimiento, que vendrá a reemplazar a la anterior, la que tendrá una vigencia que considere el
período del aumento del plazo, aumentado en 90 días hábiles y en caso de trabajos extraordinarios
deberá presentar una nueva garantía de fiel cumplimiento, que vendrá a reemplazar a la anterior,
cuyo monto deberá considerar el 5% de la totalidad del nuevo monto del contrato.
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Glosa:
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EN GARANTÍA DEL FIEL Y OPORTUNO
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, EL PAGO DE OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES Y
MULTAS, POR LA CONTRACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR EN EL JARDIN INFANTIL CRECER JUGANDO CODIGO 16102010 DE JUNJI REGIÓN DE ÑUBLE ID 1059082-8-
LE23
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Forma y oportunidad de restitución:
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Su restitución será realizada 90 (noventa) días hábiles posteriores al término del contrato y su
devolución la efectuará la oficina de partes JUNJI ÑUBLE ubicada en Bulnes N° 1033, Chillán, región
de Ñuble, previo visto bueno de la subdirección de administración y finanzas de la dirección
regional de Ñuble de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
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