Licitación ID: 1063538-10-LP25
RECAMBIO DE PISO DE CERAMICA A VINILICO
Responsable de esta licitación: HOSPITAL BASE OSORNO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 152
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Instalación de mármol, piedra o azulejos 1500 Unidad
Cod: 72102503
044-3034 | Servicio de recambio de pisos cerámicos a vinílicos  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
RECAMBIO DE PISO DE CERAMICA A VINILICO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Hospital Base San José de Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere la adquisición del servicio de recambio de pisos cerámicos a vinílico del Hospital, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquella adquisición mayor a 1.000 e inferior a 5.000 UTM.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.260-1
Dirección:
GUILLERMO BUHLER 1765, OSORNO
Comuna:
Osorno
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-02-2025 17:00:00
Fecha de Publicación: 03-02-2025 12:41:19
Fecha inicio de preguntas: 03-02-2025 13:01:00
Fecha final de preguntas: 10-02-2025 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-02-2025 17:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-02-2025 17:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-02-2025 17:05:00
Fecha de Adjudicación: 15-05-2025 16:41:31
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA 2do PISO DEPTO. OPERACIONES 06-02-2025 9:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes: • Formulario Nº 1: Identificación del proponente. • Formulario Nº 2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública. • Formulario Nº8: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886. • Formulario Nº9: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley Nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Documentos Técnicos
1.- Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas. La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de servicios y prestaciones requeridos, la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación. La Propuesta Técnica deberá ajustarse a lo requerido en el Formulario N°4 de las presentes Bases de Licitación. Además, deberá adjuntar toda documentación, antecedentes y/o certificaciones que se solicite en este formulario. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. REQUISITO EXCLUYENTE. Plazo de entrega contados en días corridos desde el envío de correo electrónico con la solicitud de realizar el servicio por parte del Hospital Post Venta contada desde la entrega de los servicios. Respuesta ante emergencias contados desde el envío de correo electrónico, llamado telefónico o cualquier otro medio de comunicación de parte del Hospital (Formulario N°5). Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. REQUISITO EXCLUYENTE. El proveedor deberá acreditar experiencia por servicios ejecutados desde el año 2020 hasta la fecha de publicación de este proceso, mediante certificados y/o actas de conformidad por trabajos finalizados parcial o completos con firma, timbre y datos de contactos del cliente a quien presto el mismo servicio en sector público (Formulario N°6). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. El oferente deberá indicar, bajo su responsabilidad, el personal profesional acreditado, el cual deberá adjuntar licencias profesionales y certificados de cursos del fabricante. En todos los equipos de modelos solicitados o de mayor capacidad técnica. (Formulario N°7) Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXCLUYENTE.
 
Documentos Económicos
1.- El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl. Deberá ser expresado en pesos chilenos y corresponder al precio neto unitario (sin I.V.A.), incluidos todos los seguros, fletes, impuestos relativos a importaciones, costo de instalación, puesta en marcha, y capacitación para el servicio ofertados, según corresponda. Los oferentes deberán completar el formulario económico dispuesto para aquello (Formulario Nº3) de acuerdo a las instrucciones anteriormente descritas y deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo. Este documento debe ser anexado en antecedentes económicos. (REQUISITO EXCLUYENTE) Errores en la Oferta Económica: En caso de existir diferencia entre el monto de la oferta ingresada al portal www.mercadopublico.cl y el indicado en el formulario Nº3 “oferta económica”, prevalecerá el monto neto ingresado en el portal.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
No hay información de requisitos para persona natural


Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
No hay información de requisitos para persona jurídica

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 50%
2 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Nº REQUISITOS TÉCNICOS CUMPLE (SI: 100 – NO: Inadmisible) 1 Cumple con el 100% de las especificaciones solicitadas en bases técnicas. 100 / inadmisible 2 Calidad de materiales e insumos, oferta incluye ficha técnica de los productos ofertados, como vinílico, adhesivo, juntas, silicona, entre otros. 100 / inadmisible 3 Nómina de personal y profesional del área de construcción a cargo de los trabajos. 100 / inadmisible 4 Oferta incluye anexo itemizado. 100 / inadmisible 15%
3 Servicio Post Venta POST VENTA PUNTAJE Igual o mayor a 18 meses desde la fecha de entrega de los servicios al hospital. 100 De 14 a 17 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al hospital. 80 De 09 a 13 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al hospital. 50 De 5 a 8 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al hospital. 20 Igual o menor de 4 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al hospital. 0 5%
4 Respuesta ante emergencia TIEMPO DE RESPUESTA PARA EMERGENCIA PUNTAJE Hasta 12 horas corridas contadas desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital en el portal de compra 100 De 06 a 11 horas corridas contadas desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital en el portal de compra 50 De 01 a 10 horas corridas contadas desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital en el portal de compra 0 5%
5 Cumplimiento de los requisitos CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES PUNTAJE Oferta presentada no contiene errores u omisiones 100 puntos Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo 50 puntos El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo 0 punto 5%
6 Plazo de Entrega Plazo de entrega PUNTAJE 06 días corridos contados desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital. 100 De 07 a 08 días contados desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital. 80 De 9 a 10 días contados desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital. 50 De 11 a 12 días contados desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital. 20 Más de 13 días contados desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital. 0 10%
7 Experiencia de los Oferentes EXPERIENCIA DEL OFERENTE PUNTAJE Mayor o igual a 15 actas o certificaciones de conformidad 100 De 7 a 14 actas o certificados de conformidad 50 Igual o menor a 6 actas o certificados de conformidad 0 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Jose Luis Cordova
e-mail de responsable de pago: jose.cordova@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Yasna Albarran
e-mail de responsable de contrato: yasna.albarran@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-64-2336033-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO
Fecha de vencimiento: 03-05-2027
Monto: 5 %
Descripción: El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos: • Por cualquiera de las causas que generen termino anticipado del contrato por parte del Hospital, de acuerdo al numeral 18.6 de las bases, con excepción de la indicada en la letra a) de dicho numeral. • Cuando el adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886 • Incumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas o alguna de las obligaciones que impone el contrato y las bases administrativas y técnicas. Estas exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de este centro asistencial. En caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que “el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Glosa: “CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE TODAS LAS OBLIGACIONES LABORALES PARA EL SERVICIO DE RECAMBIO DE PISOS DE CERAMICOS PARA EL HBSJO, ID 1063538-10-LP25”.
Forma y oportunidad de restitución: Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla una vez transcurridos los 90 días posteriores al término del contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería. Antes de solicitar dicha devolución, Control de convenios del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS

BASES ADMINISTRATIVAS

LICITACIÓN PÚBLICA

“SERVICIO DE RECAMBIO DE PISOS CERAMICO A VINILICO”

ID: 1063538-10-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

1°        OBJETIVO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

1.1        Objetivo

El Hospital Base San José de Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere la adquisición del servicio de recambio de pisos cerámicos a vinílico del Hospital, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquella adquisición mayor a 1.000 e inferior a 5.000 UTM.

1.2      Ámbito

Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada para estipular la contratación del servicio de recambio de pisos cerámicos a vinílicos del Hospital Base San José Osorno.

Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del Hospital y publicado en el portal www.mercadopublico.cl.

El precio de referencia para el presente proceso licitatorio será de $300.000.000.- (Trescientos millones de pesos chilenos) I.V.A. incluido. Vigencia 24 meses.

Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra.

2°       BASES DE LICITACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

 

Las presentes Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

2.1      Bases de licitación

  • Bases Administrativas
  • Bases Técnicas
  • Formularios anexos

2.2      Definición de términos

  • Licitación o Propuesta Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual la Administración realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.
  • Ley de Compras: Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
  • Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el Hospital Base San José de Osorno, que describen los bienes o insumos, prestaciones o servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
  • Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras.
  • Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.
  • Oferta: El costo ofrecido por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en ellas.
  • Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.
  • Días corridos: corresponde a todos los días de la semana, incluyendo sábado y domingo, feriados y festivos. Al momento de referirse a la palabra “días” se entenderá como “días corridos”.
  • Cierre de licitación: Fecha límite designada para presentar ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, la oportunidad para ingresar propuestas a través del portal de compras debe ajustarse efectivamente al cronograma del llamado a licitación.
  • Comisión evaluadora: Delegación de funcionarios del hospital Base San José de Osorno quienes estudiaran y evaluaran las ofertas recibidas.
  • Apertura: acto de apertura electrónica por el cual el establecimiento toma conocimiento del contenido de las ofertas presentadas a través del sistema de información de compras y contratación pública, una vez vencido el plazo de presentación fijado para tal efecto.
  • Adjudicación: acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministros o servicios, regido por la Ley 19.886, en adelante, también, la “Ley de compras”.
  • Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
  • Precio de Referencia: Corresponde a una aproximación del precio a pagar por el servicio licitado.
  • Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el Hospital encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles.
  • Garantía: Aquel instrumento que asegure la seriedad o fiel y oportuno cumplimiento de un contrato. Dicho documento asegura su cobro en forma rápida oportuna y efectiva.
  • Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección.
  • Unión Temporal de Proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño (EMT).
  • Empresa de menor tamaño (EMT): Para los efectos del Reglamento de compras públicas, y según lo dispuesto en artículo 47 de la Ley de Compras, se estará a la definición de micro, pequeña y mediana empresa y empresa de menor tamaño del artículo segundo de la ley N° 20.416, que Fija Normas Especiales para las EMT. Dentro de esta clasificación serán consideradas aquellas cooperativas que, de conformidad con el decreto con fuerza de ley N°5 de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, concordado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas, cumplan con los requisitos para ser EMT de acuerdo con la referida ley N° 20.416. No será considerada como una EMT aquella que pertenezca a un grupo empresarial, definido de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de compras públicas, en el que la sociedad controladora no sea una EMT. Lo anterior deberá ser acreditado de conformidad con la información disponible en el Registro de Proveedores, proporcionada mediante declaración jurada.

Para efectos de lo establecido en el párrafo tercero del Capítulo IX de la Ley de Compras, los artículos 71 numeral 6, 86, 87, 89, 97 y 98 del Reglamento de compras públicas, especifican las reglas aplicables para asegurar la adecuada participación de las EMT y proveedores locales en los procedimientos de contratación, especialmente en lo referente a la participación de las EMT a los procedimientos de Contratación Directa con Publicidad, Convenios Marco y Compra Ágil, conforme a lo establecido en la normativa

  • Dispositivo Medico(DM): cualquier instrumento, aparato, aplicación, material o artículo, incluyendo software, usados solos o en combinación y definidos por el fabricante para ser usados directamente en seres humanos, siempre que su acción principal prevista en el cuerpo humano no se alcance por medios farmacológicos, inmunológicos o metabólicos, aunque puedan concurrir tales medios a su función; con el propósito de diagnóstico, prevención, seguimiento, tratamiento, o alivio de una enfermedad, daño o discapacidad; de investigación o de remplazo o modificación de la anatomía o de un proceso fisiológico, o de regulación de la concepción.  
  • HBSJO: Para efectos de esta licitación, hace referencia al Hospital Base San José Osorno.

3°       NORMATIVA Y ORDEN DE PRECEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS.

Sin perjuicio de la normativa legal vigente, el presente llamado a licitación, se regirá por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:

  • Bases Administrativas, Técnicas y sus formularios, Condiciones, Contractuales y Resolución Aprobatoria.
  • Aclaraciones, respuestas y modificaciones de las bases de licitación, si las hubiere.
  • Oferta de él o los proponentes respectivos.
  • Resolución adjudicataria.
  • Resolución aprobatoria de contrato, si corresponde.
  • Orden de compra.

4°        LLAMADO A LICITACIÓN

El llamado a propuestas se publicará a través del portal www.mercadopublico.cl.

El llamado a presentar ofertas deberá publicarse en el Sistema de Información y deberá contener, a lo menos, la siguiente información:

1. Descripción del bien y/o servicio a licitar.

2. Nombre de la Entidad licitante.

3. Fechas para las consultas y aclaraciones a las Bases.

4. Fecha y hora de cierre y apertura de las ofertas.

5. En los casos fundados en que la apertura se efectúe respecto de sobres en soporte papel y se admita la presencia de los oferentes, se deberá indicar el lugar en que se llevará a cabo la apertura.

6. Monto y modalidad de las garantías exigidas cuando corresponda.

5°        REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la declaración jurada requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad.

Podrán participar en esta propuesta pública las personas naturales, jurídicas, chilenas o agencias extranjeras o uniones temporales de proveedores (Empresas de Menor Tamaño), que cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos y acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente, además de cumplir con lo siguiente:

  • No estar afecta a alguna de las causales del artículo 4º de la Ley 19.886 de compras Públicas.
  • En caso de personas jurídicas, no estar afecta a alguna de las inhabilidades de la Ley 20.393.

5.1      IDONEIDAD TÉCNICA Y FINANCIERA DE LOS PROVEEDORES.

La idoneidad técnica y financiera de los proveedores será acreditada con la inscripción de los proveedores en el Registro de Proveedores.

En todo caso, los proveedores que deseen ofertar deberán presentar los antecedentes técnicos y financieros que se requieran en cada licitación y que no se encuentren en poder de la Administración del Estado.

5.2      HABILIDAD EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES

Los proveedores, sean personas naturales o jurídicas, deberán encontrarse inscritos y en estado hábil en el Registro de proveedores del estado para proponer una oferta en cualquier procedimiento de adquisición. Así también, será requisito para gestionar órdenes de compra recibidas.

El servicio del Registro está a cargo de la Dirección ChileCompra y en él se inscribirán las personas naturales y jurídicas, chilenas y extranjeras que no tengan causal de inhabilidad para contratar con los organismos del Estado, siendo las tarifas son diferenciadas según el tamaño de empresa.

5.3      DE LAS INHABILIDADES

Estarán inhabilitados para inscribirse o permanecer inscritos en el Registro de Proveedores, quienes se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias, y que afectan tanto a las personas naturales como a las personas jurídicas:

1.  Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador dentro de los anteriores dos años, según establece la ley.

2.  Condenas por los delitos concursales y tributarios indicados en el artículo 35 septies de la Ley de Compras Públicas.

3. Condenas por delitos de cohecho, financiamiento al terrorismo y lavado de activos y aquellas incluidas en las listas negras de instituciones financieras multilaterales.

4. Condenas por incumplimiento contractual respecto de un contrato con organismos sujetos a la Ley de Compras Públicas.

5. Quienes hayan proporcionado antecedentes maliciosamente falsos, enmendados o tergiversados respecto de sus beneficiarios finales y no hayan subsanado aquello dentro del plazo de 10 días

5.4 CONFLICTOS DE INTERES (Artículo 35 quáter de la Ley de Compras Públicas)

 

Se establece que no podrán suscribirse contratos con personal del Hospital Base San José Osorno, ni con sus cónyuges, convivientes civiles o familiares hasta el 2° de consanguinidad o afinidad, ni con las sociedades en las que las personas señaladas participen o sean beneficiarios finales.

Igualmente, la prohibición para suscribir contratos se aplica respecto de los funcionarios directivos del Hospital Base San José de Osorno hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, así como también respecto de los funcionarios que participen en procedimientos de contratación.

Es decir, la imposibilidad de vender bienes y servicios al Hospital Base San José de Osorno se amplía a todos los funcionarios y funcionarias que allí trabajen, cualquiera que sea su calidad jurídica, y no solo a los Directivos.

 

Esta prohibición, tratándose de directivos y funcionarios que participen en los procesos de compra para suscribir contratos con la misma institución en la que se desempeñan, se extiende mientras ocupen sus cargos, y hasta un año después que hayan cesado en sus funciones en el organismo.

5.5 DEBER DE ABSTENCION (Artículo 35 quinquies de la Ley de Compras Públicas)

 

Se establece que las autoridades y funcionarios del Hospital Base San Jose Osorno deberán restarse de los procedimientos de compra en los que puedan tener interés.

Esto considera, además, si está involucrado en el proceso de contratación su conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguineidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común.

5.6      Unión temporal de proveedores

La Unión temporal de proveedores (UTP) permite a personas y empresas asociarse temporalmente para ofertar en los procesos que se publican en www.mercadopublico.cl, de manera de sumar experiencia y presentar una oferta más completa y atractiva. Para este efecto los oferentes deberán cumplir con los requisitos exigidos de acuerdo a la “Modernización de la Ley de Compras Públicas”.

a. Estará integrada por una o más EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO.

b. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.

c. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.

d. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. REQUISITO EXCLUYENTE

e. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.

5.7      Presentación de las ofertas

El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.

Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta.

Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.

Cada Entidad licitante establecerá para cada Proceso de Compra el formulario de oferta y los antecedentes solicitados a los Oferentes, quienes no podrán, para un mismo proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores.

Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas, salvo el caso que las Bases dispongan la autorización de la presentación de más de una oferta por un mismo Proveedor. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico.

6°        PLAZOS.

 

La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos establecidos en las bases, (ficha del portal mercadopublico.cl).

A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, los domingos y los festivos.

Fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl.

Dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la total tramitación de la resolución que aprueba las presentes bases de licitación.

Fecha inicio preguntas.

A contar de la publicación en el portal de compras públicas.

Fecha final de preguntas.

Hasta las 17:00 hrs. del quinto día (5) corrido a contar de la publicación.

Fecha de publicación de respuestas.

A las 17:00 hrs. del sexto día (6) corrido a contar de la publicación.

Fecha de cierre de recepción de ofertas.

Hasta las 17:00 hrs. del décimo día (10) corrido a contar de la publicación.

Fecha de acto de apertura de ofertas.

La Apertura de ofertas se efectuará a las 17:05 hrs. del décimo día (10) corrido a contar de la publicación.

Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la Comisión de Evaluación.

Dentro del plazo que se señale en el foro aclaración de las ofertas en el portal mercadopublico.cl. al momento de cargar la consulta.

Fecha estimada de adjudicación.

Hasta el sexagésimo (60) día hábil siguiente a la fecha de cierre de evaluación de propuestas.

Fecha para entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Hasta el sétimo día (7) día corrido siguiente a la fecha de notificación por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).

Fecha para firma de contrato

Hasta el décimo (10) día hábil siguiente a la fecha de notificación y envío de documentos por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).

Fecha término de contrato.

24 meses contados desde la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba.

Atendida la naturaleza y por motivos de buen funcionamiento del Hospital Base San José de Osorno, se rebajan los plazos de publicación de veinte a diez días desde la publicación al cierre de recepción de las ofertas.

7°        DOMICILIO Y JURISDICCIÓN.

Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Osorno y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.

8°        CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES.

Los proponentes podrán formular, consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro Electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido.

No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán razonar desconocimiento de las mismas.

Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Hospital podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes.

 

Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopúblico.cl).

 

9°        VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS.

El plazo de validez de las ofertas será de sesenta (60) días corridos contados desde el cierre, salvo que las Bases establezcan algo distinto. Si el Adjudicatario se niega a cumplir con su oferta y a suscribir el correspondiente contrato definitivo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y su reglamento.

Serán rechazadas aquellas propuestas cuyo periodo de validez sea menor que el requerido o sea mal extendido provocando un desmedro para el Hospital.

10°     PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y DE LOS DOCUMENTOS DE ANEXOS

La entrega de las propuestas, deberá efectuarse únicamente a través del Sistema de Información (digital) en el plazo previsto para la presentación de ofertas.

Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases, y considerando las restricciones de UTP.

Excepcionalmente, en los casos establecidos en el artículo 115 de la Ley 21.634, se podrán recibir en soporte papel, en el domicilio de la Entidad licitante y en los plazos que correspondan.

En el caso que la Entidad licitante reciba físicamente documentación de parte de los proveedores, designará a una persona encargada de la custodia de las ofertas, archivos digitales y documentos acompañados, debiendo disponer las medidas que aseguren su inviolabilidad y correcta conservación.

10.1    De los Antecedentes Administrativos.

Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes:

•  Formulario Nº 1: Identificación del proponente.

•  Formulario Nº 2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública.

  • Formulario Nº8: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra    afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886.
  • Formulario Nº9: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley Nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.

10.2    De la Propuesta económica

El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl.

Deberá ser expresado en pesos chilenos y corresponder al precio neto unitario (sin I.V.A.), incluidos todos los seguros, fletes, impuestos relativos a importaciones, costo de instalación, puesta en marcha, y capacitación para el servicio ofertados, según corresponda.

Los oferentes deberán completar el formulario económico dispuesto para aquello (Formulario Nº3) de acuerdo a las instrucciones anteriormente descritas y deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo. Este documento debe ser anexado en antecedentes económicos. (REQUISITO EXCLUYENTE)

Errores en la Oferta Económica: En caso de existir diferencia entre el monto de la oferta ingresada al portal www.mercadopublico.cl y el indicado en el formulario Nº3 “oferta económica”, prevalecerá el monto neto ingresado en el portal.

10.3    De la Propuesta Técnica

Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas.

La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de servicios y prestaciones requeridos, la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación.

La Propuesta Técnica deberá ajustarse a lo requerido en el Formulario N°4 de las presentes Bases de Licitación. Además, deberá adjuntar toda documentación, antecedentes y/o certificaciones que se solicite en este formulario. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. REQUISITO EXCLUYENTE.

Plazo de entrega contados en días corridos desde el envío de correo electrónico con la solicitud de realizar el servicio por parte del Hospital Post Venta contada desde la entrega de los servicios.  Respuesta ante emergencias contados desde el envío de correo electrónico, llamado telefónico o cualquier otro medio de comunicación de parte del Hospital (Formulario N°5). Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. REQUISITO EXCLUYENTE.

El proveedor deberá acreditar experiencia por servicios ejecutados desde el año 2020 hasta la fecha de publicación de este proceso, mediante certificados y/o actas de conformidad por trabajos finalizados parcial o completos con firma, timbre y datos de contactos del cliente a quien presto el mismo servicio en sector público (Formulario N°6). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos.

El oferente deberá indicar, bajo su responsabilidad, el personal profesional acreditado, el cual deberá adjuntar licencias profesionales y certificados de cursos del fabricante. En todos los equipos de modelos solicitados o de mayor capacidad técnica. (Formulario N°7) Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXCLUYENTE.

10.4    Presentación de Antecedentes omitidos

El Hospital podrá permitir la presentación de Formularios que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta en el portal, siempre que dichos formularios omitidos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40 Reglamento Ley Nº 19.886).

En estos casos, el Hospital a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá el plazo que se señale en el foro aclaración de las ofertas en el portal mercadopublico.cl al momento de cargar la consulta para que subsane dichas omisiones.

Lo anterior, con excepción de los formularios N° 3, 4, 5 y 7 que son de carácter excluyente, al igual que los certificados y antecedentes que se solicitan en dichos formularios.

El Hospital se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, errores menores, siempre que éstos no alteren el tratamiento igualitario a todos los oferentes y que no vulneren aspectos esenciales de las presentes bases.

11°     PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a)  El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

b)  El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

c)  El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

d)  El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

e)  El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.

f)   El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

g)  El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

h)  El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

12°     GARANTÍAS

Para el presente llamado a Licitación y dadas las características del proceso solo se requerirá Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

Serán considerados y admitidos como instrumentos de garantía aquellos que para tal efecto se prescriben en la Ley N° 19.886 y su reglamento.

12.1    Garantía de fiel cumplimiento de contrato.

CARACTERISTICAS

Tipo de Garantía

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Exigibilidad

Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la presentación de un instrumento de garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

Estipulaciones del documento

Expresar su monto en pesos chilenos.

Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social.

La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable. Ésta podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar.

No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.68 del Reglamento de Compras Públicas.

Beneficiario

Hospital Base San José de Osorno

Rut: 61.602.260-1

Tomador

El tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo adjudicatario, o un tercero a su nombre.

Monto

5% del monto total adjudicado y se expresará en pesos.

Fecha de vencimiento

La vigencia de la garantía deberá ser por todo el período de vigencia del contrato, aumentada en 60 días hábiles después de terminado el vínculo contractual.

Glosa

“CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE TODAS LAS OBLIGACIONES LABORALES PARA EL SERVICIO DE RECAMBIO DE PISOS DE CERAMICOS PARA EL HBSJO, ID 1063538-10-LP25”.

Causales de cobro

El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos:

  • Por cualquiera de las causas que generen termino anticipado del contrato por parte del Hospital, de acuerdo al numeral 18.6 de las bases, con excepción de la indicada en la letra a) de dicho numeral.
  • Cuando el adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886
  • Incumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas o alguna de las obligaciones que impone el contrato y las bases administrativas y técnicas.

Estas exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de este centro asistencial.

En caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que “el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.

Forma y momento de entrega

Esta garantía deberá entregarse en la oficina de partes del “Hospital”, dentro de los 7 días corridos siguientes a la notificación por parte del hospital (notificación desde Departamento jurídico). Si no se entrega dentro del plazo, el Hospital hará efectiva la garantía seriedad de la oferta (si aplicara), y quedará facultado para readjudicar el proceso, si fuera posible.

Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente. En el primer caso deberá ser escaneada y enviada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl, y en el segundo caso, deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base Osorno.

Si la garantía de cumplimiento no fuere entregada dentro del plazo indicado, la Entidad licitante podrá aplicar las sanciones que correspondan y adjudicar el contrato definitivo al Oferente siguiente mejor evaluado.

Forma y momento de restitución.

Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla una vez transcurridos los 90 días posteriores al término del contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería.

Antes de solicitar dicha devolución, Control de convenios del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato.

Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería.

Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.

En el caso de prorroga o aumento del contrato.

En el caso de prorroga o aumento del contrato el proveedor deberá reemplazar, prorrogar o complementar la garantía de forma proporcional.

12.1.2 Devolución de Garantía

Esta garantía será custodiada por el Departamento de Finanzas del Hospital y será devuelta, si procediere, una vez transcurrido el plazo de vigencia de la misma y certificado el cumplimiento del contrato por “el Hospital”, a solicitud escrita dirigida a la Dirección del Hospital, ya sea del proponente o de su personal autorizado expresamente para estos efectos.

13°     REVISIÓN FORMAL Y APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información, se realizará en una etapa en la fecha prevista en las presentes bases (Ficha del Portal mercadopublico.cl) y estará a cargo de un Ejecutivo Comprador de la Unidad de Abastecimiento del Hospital, el cual podrá rechazar ofertas en el momento de la apertura en el siguiente caso, el cual es un requisito excluyente para este proceso:

  • Proveedor no se presenta a Visita a terreno obligatoria en fecha publicada.

Corresponderá al funcionario, verificar el ingreso de todos los anexos en el portal www.mercadopúblico.cl, y realizar la admisibilidad de las ofertas, según lo señalado en el artículo siguiente.

13.1    Admisibilidad de las ofertas.

Es requisito para participar en el presente llamado a licitación, y para la aceptación de la propuesta, presentar, en la forma y plazos señalados todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases.

 

Conforme con lo anterior se verificará el cumplimiento de cada uno de los siguientes criterios:

  • La propuesta fue entregada conforme a lo exigido en el artículo 10º de las presentes bases, y los antecedentes incluidos en ésta permiten su evaluación y comparación con los demás proveedores.

Sin perjuicio de lo anterior, en la apertura de ofertas el Hospital se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes, o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, y no impida la correcta evaluación de las propuestas.

14°     EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

14.1    Designación de la Comisión Evaluadora

Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora designada por la Dirección del Hospital. La designación se hará a través de un acto administrativo (Resolución) que contenga el ID del proceso de contratación, y señalando las personas que la componen con su nombre y apellido.

Los miembros de la Comisión no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.

La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios del Hospital Base San Jose Osorno:

1. Jefe Subdepartamento de Infraestructura del HBSJO o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue.

2. Jefe de unidad movilización del HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue.

3. Secretaria Subdepartamento de Infraestructura HBSJO o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue.

14.2    Comisión Evaluadora

 

Esta Comisión propondrá sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y que resulten las más convenientes a los intereses de la Institución; la proposición fundada de declarar desierta el llamado de licitación y/o la proposición fundada de adjudicar dicha licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas.

Corresponderá a la Comisión confeccionar un Acta de evaluación, la cual deberá contener la siguiente información:

1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.

2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o Reglamento de compras; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento de compras.

3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante.

4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

6. Identificación de los integrantes de la comisión evaluadora.

7. Firmas y cargos integrantes de la comisión evaluadora.

8. Fecha del Acta.

 De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado.

14.3    Errores u omisiones detectados durante la evaluación.

Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:

1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.

2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,

3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.

14.4    Matriz de evaluación

El detalle de los criterios de evaluación y las respectivas ponderaciones serán los detallados en la siguiente matriz:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

1

Oferta económica (precio)

50%

2

Requisitos Técnicos

15%

3

Plazo de entrega

10%

4

Experiencia del oferente

10%

5

Post Venta

5%

6

Respuesta ante emergencia

5%

7

Cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de la oferta.

5%

TOTAL, PORCENTAJE

100%

14.4.1            Evaluación Económica

Esta evaluación consta de una ponderación del 50% respecto a la evaluación final. El cálculo se efectuará proporcionalmente a la mejor oferta deduciendo el porcentaje de cada oferta presentada en relación a la más económica.

Los montos deben ser ingresados en el (ver Formulario correspondiente) de las bases de licitación.

Fórmula de Cálculo:

Puntaje Obtenido = (Precio mínimo ofertado / Precio Ofertado) *50

14.4.2            Requisitos Técnicos.

Esta evaluación posee una ponderación del 15% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes presentados acordes a las bases técnicas y las ponderaciones de las siguientes tablas de evaluación.

REQUISITOS TÉCNICOS

CUMPLE

(SI: 100 – NO: Inadmisible)

1

Cumple con el 100% de las especificaciones solicitadas en bases técnicas.

100 / inadmisible

2

Calidad de materiales e insumos, oferta incluye ficha técnica de los productos ofertados, como vinílico, adhesivo, juntas, silicona, entre otros.

100 / inadmisible

3

Nómina de personal y profesional del área de construcción a cargo de los trabajos.

100 / inadmisible

4

Oferta incluye anexo itemizado.

100 / inadmisible

Para el presente proceso licitatorio se considerarán admisibles aquellas propuestas que resulten con una Evaluación Técnica mínima de 100%. Las ofertas que resulten con una evaluación inferior resultaran inadmisibles.

14.4.3            Plazo de entrega

Esta evaluación posee una ponderación del 10% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes proporcionados en formulario correspondiente, el oferente deberá informar el plazo para entrega de los servicios que se contabilizara en días corridos desde el momento de envió de correo electrónico solicitando realizar el servicio por parte del Hospital, al contacto indicado en el formulario respectivo. (ver Formulario correspondiente)

Plazo de entrega

PUNTAJE

06 días corridos contados desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital.

100

De 07 a 08 días contados desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital.

80

De 9 a 10 días contados desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital.

50

De 11 a 12 días contados desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital.

20

Más de 13 días contados desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital.

0

14.4.4            EXPERIENCIA DEL OFERENTE

Esta evaluación posee una ponderación del 10% respecto de la evaluación final y en ella se analiza la experiencia por servicios ejecutados desde el año 2020 a la fecha de publicación de este proceso. Esta información otorgada por el oferente tiene relación a la ejecución de obras terminadas, la que será registrada en el formulario correspondiente, el proponente debe indicar: nombre de la obra, mandante, metros cuadrados (m2), año de ejecución, monto adjudicado y datos de contacto.

La acreditación de experiencia se realizará por medio de certificados de conformidad o actas de entrega a entidades públicas por trabajos finalizados de forma parcial o completos, se aceptará solo como experiencia valida a los servicios de características técnicas y económicas equivalentes al servicio licitado, no se aceptarán trabajos referentes a subcontratos de especialidad inmersos en una obra.

La acreditación de proyectos se evaluará en relación a la siguiente documentación:

Certificados de recepción, ya sea definitiva o conforme, certificados de ejecución de obras emitidos por los mandantes que acrediten la ejecución de los trabajos totalmente terminados. No se aceptarán órdenes de compra, facturas o contratos como medio acreditador de experiencia, del mismo modo no se aceptarán certificados que no señalen expresamente los m2 de la obra. La comisión evaluadora se reserva el derecho de consultar a los mandantes nombrados en el formulario corroborando la veracidad de la información otorgada con el objetivo de aceptar o no el certificado.   

 

El oferente deberá adjuntar en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl (ver Formulario correspondiente), garantizando la experiencia del servicio comprometido y requerido por el Hospital.

EXPERIENCIA DEL OFERENTE

PUNTAJE

Mayor o igual a 15 actas o certificaciones de conformidad

100

De 7 a 14 actas o certificados de conformidad

50

Igual o menor a 6 actas o certificados de conformidad

0

14.4.5            Post Venta

Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la evaluación final y en ella se analiza la post venta del oferente a los requerimientos de la institución. La post venta debe cubrir la totalidad de la actividad realizada en la aplicación del actual proceso licitatorio, el cual debe cubrir cualquier falla presente en un periodo comprometido por parte de la empresa ejecutora. El objetivo principal de la post venta es subsanar cualquier falla existente en un periodo determinado comprometido por el contratista en los trabajos solicitados, el cual debe reparar en su totalidad la empresa ejecutora de la obra o trabajo solicitado.

La empresa u oferente deberá adjuntar en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl (ver Formulario correspondiente), garantizando la entrega del servicio comprometido y requerido por el Hospital.

                              POST VENTA

PUNTAJE

Igual o mayor a 18 meses desde la fecha de entrega de los servicios al hospital.

100

De 14 a 17 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al hospital.

80

De 09 a 13 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al hospital.

50

De 5 a 8 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al hospital.

20

Igual o menor de 4 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al   hospital.

0

14.4.6            Tiempo de respuesta para emergencia

Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la evaluación final; oferente deberá informar el tiempo en horas, contadas desde llamado telefónico, correo electrónico o cualquier otro medio de comunicación por parte del Hospital, para contar con personal técnico en el Hospital. Oferente deberá tener presente que el no cumplimiento de este tiempo de respuesta ante emergencia durante la vigencia de la garantía del proceso licitatorio, va asociado a el cobro de multas descritas en las bases.

TIEMPO DE RESPUESTA PARA EMERGENCIA

PUNTAJE

Hasta 12 horas corridas contadas desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital en el portal de compra

100

De 06 a 11 horas corridas contadas desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital en el portal de compra

50

De 01 a 10 horas corridas contadas desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital en el portal de compra

0

14.4.7            Cumplimiento de requisitos formales

Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes proporcionados en formulario correspondiente.

CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES

PUNTAJE

Oferta presentada no contiene errores u omisiones

100 puntos

Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo

50 puntos

El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo

0 punto

El criterio “14.4.7”, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 56º del Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estableciendo que será facultativo para el Hospital, el posibilitar a un oferente salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta. Las certificaciones o antecedentes presentados para salvar errores u omisiones se aceptarán siempre que se hayan producido u obtenido:

a)    Con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas, o

b)    Se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar las ofertas y el periodo de evaluación, debiendo informarse de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas.

Lo anterior solo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas.

De igual modo las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.

Lo anterior, dado que el presente criterio de evaluación guarda armonía con lo preceptuado en el dictamen Nº 045757 del año 2009 de Contraloría General de la República, el cual estatuye que el objeto esencial de las formalidades es otorgar por la vía de la transparencia y de la igualdad de los licitantes, seguridad jurídica, de manera tal que la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia sólo en la medida que se constate que la omisión tipificada cause desmedro de los derechos del Estado, reste transparencia o rompa el principio de igualdad de los licitantes, lo que está en armonía con el principio de no formalización contemplado en el artículo 13º inciso segundo de la ley Nº 19.880, donde conforme al dictamen Nº 15601 del año 2009, los errores intrascendentes o no esenciales no constituyen causal suficiente para rechazar postulaciones en procesos concursales.

La Evaluación Final se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro:

Puntaje final: Puntaje evaluación económica + puntaje requisitos técnicos + Plazo de entrega + Puntaje Experiencia + Puntaje Post Venta + Puntaje respuesta ante emergencias + Puntaje cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de la oferta.

 “La Comisión Evaluadora” recomendará o sugerirá al Director del hospital, en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a los intereses del hospital, aun cuando no sea la de menor precio.

La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este capítulo.

15°     ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA

La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio.

Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Hospital dentro del plazo señalado en el capítulo 6° de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Compras Públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Hospital, no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 24 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 30 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el capítulo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6 del reglamento de la ley Nº 19.886.

15.1    Del derecho a declarar inadmisible las propuestas o desierto el llamado

El Hospital, se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las propuestas por incumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y/o Técnicas, esto en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley N° 19.886 sobre Compras Públicas.

Así también, se declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada.

Los oferentes no tendrán derecho a solicitar indemnizaciones de ninguna especie, por los gastos incurridos para participar en esta propuesta.

15.2    Inadmisibilidad de las ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí.

Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.

En este caso, la Entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo siguiente.

15.3    Ofertas riesgosas o temerarias.

La Entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Adicionalmente, las Entidades podrán establecer en las Bases criterios específicos para determinar que una oferta es riesgosa o temeraria.

Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.

15.4    Mecanismo de resolución de empate

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente.

  • En caso de empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”
  • En caso de continuar el empate, como segundo criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio “Requisitos Técnicos”
  • En caso de persistir el empate, el tercer mecanismo de desempate a aplicar será aquel oferente que presente el mejor puntaje en el criterio “Plazo de entrega”.
  • De persistir el empate se solicitará la opinión conjunta y unánime de toda la comisión que participa en el proceso de evaluación; los que, previo estudio de las ofertas dirimirá la igualdad.

15.5    Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación y fuera de los plazos señalados. Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada.

Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación.

15.6    Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Adjudicada la oferta propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación.

En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a jonathan.salvoc@redsalud.gob.cl, quien entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

16°     FACULTAD DE READJUDICAR

El Hospital podrá readjudicar la licitación en un plazo de 60 días corridos (plazo referencial) contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta (si aplicara), en los siguientes casos, cuya enumeración no es taxativa:

 

a)  Producto/servicio licitado no cumple técnicamente o presenta serios inconvenientes técnicos durante la ejecución del convenio, lo cual genera pérdida de la confianza técnica en el desarrollo del servicio contratado. Esto se avala con informe de la contraparte técnica del Hospital.

b)  Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido.

c)  Si el Contrato no se firma dentro del plazo estipulado, por razones o causas atribuibles al adjudicatario.

d)  Si el adjudicatario desiste de su oferta.

e)  Error en la evaluación de las ofertas, subsanado oportunamente a través del sistema de información.

f)   Las inhabilidades de los artículos 8º y 10º de la Ley Sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo primero de la Ley nº 20.393.

La readjudicación se realizará vía resolución fundada del Hospital, y se comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl

La readjudicación deja sin efecto la adjudicación, asignando los bienes o insumos, prestaciones o servicios al oferente que resultó en segundo lugar del proceso evaluativo.

17°     CONTRATO

Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la formalización de un contrato de prestación de bienes y servicios. En dicho caso se deberá presentar además instrumentos de garantía descritos en numerando 12.1 de las presentes bases de licitación.

Tratándose de licitaciones superiores a 5.000 UTM, la suscripción del contrato se efectuará una vez transcurrido el plazo de diez (10) días hábiles desde la notificación de la resolución de Adjudicación.

El Contrato lo redactará la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital de conformidad a lo que se expresa en las bases de licitación, la oferta adjudicada y demás documentos que integran la relación contractual.

Formarán parte integrante del contrato, las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y la Resolución de Dirección que las aprueba, consultas y aclaraciones si las hubiere, la Resolución de Adjudicación, la oferta adjudicada, y demás normativas y reglamentos que se encuentren vigentes en la Institución.

El proveedor, deberá acreditar al tiempo de celebración del contrato que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, mediante la entrega de un certificado emitido por la Inspección del Trabajo o entidad certificadora de obligaciones laborales y previsionales acreditada de conformidad con la ley Nº 20.123 y su reglamento. En caso de que se constate algún incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales señaladas durante la ejecución del contrato, el pago producto del contrato será destinado al cumplimiento de dichas obligaciones y/o se solicitará al proveedor que proceda a dichos pagos y le presente al Hospital los comprobantes y planillas respectivas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor permitirá al Hospital a dar por terminado el contrato y en caso de llamarse a una nueva licitación éste no podrá participar. Las obligaciones referidas se extenderán a las empresas subcontratadas por el proveedor en caso de que las presentes bases permitan la subcontratación.

Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de Licitación, y/o no remite la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, se desiste de la propuesta; caso en el cual “el Hospital” se reserva el derecho a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, si aplica, y estará facultado para readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, según lo estime pertinente siempre y cuando dicha oferta sea conveniente para los intereses del Hospital.

Para la firma del contrato se solicitará la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, extendida de acuerdo al numeral 12.1 de estas bases.

17.1    Vigencia

El contrato comenzará a regir, a partir de la total tramitación de la Resolución que Aprueba el Contrato y tendrá una vigencia de 24 meses, o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicataria.

17.2    Aumentos y disminuciones de contrato

El contrato podrá ser aumentado o disminuido por iniciativa exclusiva del Hospital, hasta por un 30% si así lo estima conveniente para los intereses de la Institución, y tales variaciones no podrán significar una alteración del valor propuesto en su oferta económica.

Lo anterior, obedece a las características propias de la contratación en la que es parte una entidad de salud, y responde a la necesidad imperiosa que ésta tiene de cubrir sus requerimientos .

El aumento y/o disminución de contrato debe ser solicitado por el Referente técnico del HBSJO.

Para hacer efectivo dicho aumento, el Referente técnico deberá comunicar por correo electrónico al adjudicatario la disposición a aumento o disminución del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento.

El Referente técnico deberá además presentar un INFORME TÉCNICO, en el cual respalde y justifique el requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de aumento o disminución de contrato, sus principales implicancias y alcances.

Finalmente, el Referente técnico deberá solicitar V°B° a la Subdirección Administrativa del HBSJO, adjuntando el V°B° en correo del adjudicatario y el Informe técnico.

El aumento o disminución deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de aumentos, renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12.2 de las presentes bases.

17.3 Prórroga plazo del contrato

De ser necesario aumentar el plazo del contrato, esta prórroga será como máximo hasta 90 días desde terminado el plazo original, o desde agotado el presupuesto, y siempre que dicho acto sea gestionado, coordinado y comunicado al adjudicatario antes del vencimiento del contrato, y fundadamente.

La prórroga de contrato debe ser solicitada por el Referente técnico del HBSJO.

Para hacer efectiva la prórroga, el Referente técnico deberá comunicar por correo electrónico al adjudicatario la disposición a prorrogar o disminuir el plazo del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento.

El Referente técnico deberá además presentar un INFORME TÉCNICO, en el cual respalde y justifique el requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de prórroga o disminución de plazo del contrato, sus principales implicancias y alcances.

Finalmente, el Referente técnico deberá solicitar V°B° a la Subdirección Administrativa del HBSJO, adjuntando el V°B° en correo del adjudicatario y el Informe técnico.

La prórroga o disminución del plazo del contrato deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de prórroga, renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12.2 de las presentes bases.

17.4       Resciliación del Contrato

Las partes podrán poner término al Contrato de común acuerdo en forma anticipada.

17.5    Cesión del contrato y subcontrataciones

El Adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.

Durante la ejecución del contrato, y previa autorización por escrito del Hospital, el adjudicatario sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por la Contraparte Técnica del Hospital. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Hospital.

17.6    Término anticipado de contrato por parte del Hospital.

Los contratos administrativos regulados por la Ley de Compras y este reglamento podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causas:

1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.

4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de compras. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento de compras.

6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

7. Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.

17.6.1            De los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada

Los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo o su modificación deberán ser fundados y publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las veinticuatro horas de dictado; salvo que concurra alguna de las situaciones señaladas en el artículo 97 del reglamento de compras.

17.7    Coordinador técnico

El Hospital Base San José de Osorno supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato, para lo cual se designa como Coordinador del mismo al Jefe de Unidad de Infraestructura (francisco.zunigam@redsalud.gov.cl), o quien lo subrogue o reemplace, o quien designe, quien tendrá entre otras las siguientes funciones:

  • Monitorear y gestionar los plazos establecidos en el contrato;
  • Exigir y fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato en todos sus aspectos técnicos;
  • Exigir informes técnicos a empresa que ejecuta servicios, evaluar cumplimiento por parte del ente técnico del hospital, para su validación y subsanar eventuales observación de conformidad de servicio en términos cuantitativos y cualitativos sobre la ejecución, operación, gestión del contrato, sugerir aplicación de multas cuando procedieran.
  • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

17.8   Contraparte técnica del convenio.

El proveedor adjudicado designará un “Coordinador del convenio” con dedicación permanente que lo representará ante el Hospital para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Ejecutor. (Formulario N° 1).

En el desempeño de su cometido el Coordinador del Convenio deberá:

1. Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del convenio.

2. Emisión y envío de Informes mensuales para mantener ordenados los estados de pagos de facturas.

3. Informar cualquier cambio en la calidad y/o presentación del servicio, en los plazos estipulados en estas bases y a quien corresponda.

4. Coordinar las asesorías que el Hospital requiera.

5. Recepcionar los reclamos y su gestión.

6. Coordinar las urgencias.

7. Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

Todo cambio relativo a la designación del Coordinador deberá ser informado a la Contraparte Técnica del Hospital por el Representante Legal, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio.

17.9    Administrador del contrato

El Hospital Base San José Osorno también supervisará y revisará el cumplimiento de los aspectos administrativos del convenio a través del administrador de contratos del Hospital (yasna.albarran@redsalud.gob.cl) o por medio de quien le subrogue o reemplace, o de aquél en quien se delegue dicha administración. El administrador de contratos tendrá, entre otras, las siguientes funciones:

  • Supervisar la adecuada aplicación de los mecanismos de facturación y pago del servicio objeto del convenio.
  • Gestionar el curse de sanciones o multas por incumplimiento de bases y contrato, adjuntando los antecedentes e informes del Referente técnico que lo justifiquen, actividad coordinada cuando corresponda con asesor jurídico del Hospital.
  • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

17.10             Confidencialidad

El personal que ejecute labores en el Hospital, así como el proveedor adjudicado, quedan obligados a mantener reserva de la información relativa a éste de la cual conozcan en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación.

En especial mantendrán reserva de la información referida a pacientes y usuarios del Hospital.

El Ejecutor y las personas que desarrollen los servicios no podrán difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, información del Hospital o sus usuarios, de la cual haya tomado conocimiento en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación, reservándose el Hospital, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción.

17.11  Precio

El precio de la adquisición corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en el portal www.mercadopublico.cl más los impuestos correspondientes y, en los documentos adjuntados en la licitación en su formulario económico (formulario Nº3).

18°        REPORTE DEL PROVEEDOR

El oferente que resulte adjudicado deberá hacer llegar mensualmente o según corresponda, mediante correo electrónico (dentro de los 10 primeros días del mes) un Reporte en planilla Excel u otro por servicios efectivamente entregados durante el mes, o según corresponda, (mensual, semestral, etc.) indicando la ID y nombre del proceso.

El REPORTE debe indicar íntegramente los servicios prestados y se debe enviar en planilla Excel u otro a los correos electrónicos francisco.zunigam@redsalud.gov.cl y yasna.albarran@redsalud.gob.cl, con copia a danny.contreras@redsalud.gob.cl.

El validador del Reporte será el Jefe del Departamento de Operaciones, quién le subrogue, reemplace, a quien delegue o a quien éste designe para dicha actividad.

Una vez que se recepcione el Reporte vía email, se procederá con su validación técnica y administrativa por los referentes antes mencionados, para luego emitir la orden de compra. Sólo una vez emitida la orden de compra, el adjudicatario podrá facturar.

La validación del REPORTE por parte del HBSJO, será requisito indispensable para proceder al (1) envío de la orden de compra, (2) recepción conforme de los servicios y finalmente (3) la facturación de estos.

19°        EMISIÓN DE LAS ÓRDENES DE COMPRA

Una vez formalizada la total tramitación de la Resolución que aprueba el contrato, el Hospital podrá emitir la primera orden de compra.

Las órdenes de compra serán emitidas después de realizado el servicio mensualmente o según corresponda.

Cuando se emitan las Órdenes de Compra, el adjudicatario deberá aceptar la orden de Compra a través del portal en un plazo no superior a 48 horas, de acuerdo a los precios ofrecidos por el oferente y visados previamente por el Coordinador del Convenio y Administrador de Contratos.

La aceptación de la orden de compra por parte del proveedor será requisito indispensable para la recepción conforme que realizará el Hospital del bien/insumo o producto a través del portal de servicios públicas.

Antes del envío de la orden de compra, el comprador del Departamento de Abastecimiento verificará el cumplimiento del estado de habilidad y/o inscripción vigente del adjudicatario en Registro de Proveedores.

19.1   Entrega y/o ejecución de prestaciones y servicios.

Los servicios deben ser ejecutados, previa solicitud formal y coordinación, con Departamento de Operaciones del HBSJO, ubicado en Avenida Guillermo Bühler Nº 1765 Osorno.

19.2 ENTREGA DE EL O LOS PRODUCTOS (EN CASO DE PROCEDER O APLICAR)

Los insumos o productos, así como el equipamiento en comodato (bonificación), en caso de proceder o aplicar, debe ser entregado previa solicitud formal y coordinación, en Bodega General del hospital; ubicado en Avenida Guillermo Bühler Nº 1765 Osorno.

Además, el proveedor de forma obligatoria debe considerar lo siguiente: El transporte de los productos desde las Bodegas del Proveedor hasta las dependencias del Hospital será de costo y cargo de este. Es decir, debe estar incorporado en el precio ofertado del producto.

Para la gestión de despachos o el envío de los bienes/insumos o productos por parte del proveedor hacia la bodega general del Hospital, este deberá ser imperativamente acompañado por la guía de despacho correspondiente.

Posterior a la entrega de bienes/insumos o la prestación de un servicio (según corresponda); la institución deberá proceder con la validación o recepción conforme de estos. Este proceder resultará imprescindible para la posterior emisión de la factura comercial respectiva.

Para ello, el referente técnico, referente administrativo, funcionario de abastecimiento u otro (según corresponda), deberán confirmar las prestaciones realizadas y emitir un informe respecto del debido cumplimiento del oferente adjudicado de los servicios contratados, particularmente desde un punto de vista sanitario y administrativo, teniendo presente lo establecido en las Bases.

En virtud de lo dispuesto en Norma Técnica N° 226 del Ministerio de Salud, se señala la vigencia y obligación de los prestadores de salud de informar datos mínimos necesarios que permitan la trazabilidad de dispositivos médicos en sus correspondientes documentos de entrega (guía de despacho o factura comercial).

Este, debe indicar al menos:

1. Señalar que el insumo despachado cumple la condición de “dispositivo médico”.

2. Los siguientes datos de trazabilidad:

• Nombre del producto o dispositivo médico.

• Identificación del proveedor.

• N° de guía/factura, según documento de entrega.

• Modelo (sólo cuando corresponda)

• N° de lote/serie

• Fecha de vencimiento

Considerando que la normativa establece que el nombre del dispositivo médico puede obedecer a la denominación asignada al interior del establecimiento de salud, es importante señalar que este puede sufrir modificaciones las que serán informadas oportunamente.

Se adjunta Norma Técnica N°226 y Oficio Circular IP N°8 del 02 de marzo del 2023 que instruye la aplicación de la normativa en los prestadores institucionales de salud.

20°     DE LA FACTURACIÓN Y PAGO

Los pagos a los proveedores por los bienes y/o servicios adquiridos por las Entidades deberán efectuarse por éstas dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, salvo en el caso de las excepciones legales que establezcan un plazo distinto.

Con todo, para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente la respectiva Entidad registre en el Sistema de Información:

a)  La entrega de los bienes o la fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del Proveedor, en el momento en que esto ocurra.

b) La recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos, por la jefatura de la unidad encargada de adquisiciones de la respectiva Entidad, por quien tenga delegada dicha función o por quien haya sido designado administrador del contrato.

Si no hubiese conformidad con los bienes y/o servicios adquiridos, deberá registrarse los hechos en que se funda la disconformidad y acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan.

La factura/boleta deberá emitirse a nombre del “Hospital Base San José de Osorno” y de acuerdo a los siguientes antecedentes.

  NOMBRE

Hospital Base San José De Osorno

RUT

61.602.260-1

DOMICILIO

Guillermo Bühler #1765, Osorno, Provincia De Osorno, Región De Los Lagos.

GIRO

Salud

Si el proveedor emite DTE Factura, debe proceder a lo siguiente para que la factura comercial no sea rechazada:

1.  Enviar archivo xml a casilla electrónica de intercambio dipresrecepcion@custodium.com en un plazo no superior a 48 horas contadas desde su emisión.

Para lo anterior, debe proceder a través de sus softwares de facturación propio o en Servicio de Impuestos Internos. No corresponde el envío por correo electrónico (e-mail).

2.  Debe referenciar el N° de orden de compra en el recuadro especial (campo 801) cuando sea una orden de compra de Mercado Publico. Este ingreso debe ser exacto; ya que, de lo contrario, el software utilizado por el hospital lo rechazara automáticamente

Cuando se trate de una orden de compra “interna” (no de Mercado Público), no debe completar este campo (campo 801). Este debe ser referenciado en un lugar distinto; por ejemplo, cuerpo del documento u observaciones.

3.  Debe coincidir el monto facturado con el monto recepcionado a través de la plataforma Mercado Público.

La forma de pago es mediante Cheque y/o Transferencia Electrónica después de 30 días de la fecha de recepción conforme de la factura/boleta respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno del suministro contratado.

El Hospital podrá reclamar del contenido de la factura dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción (ley 19.983); si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar la fecha de vencimiento para su pago.

20.1    Pago indebido y su restitución.

Se entenderá que existe un pago indebido cuando por error material, aritmético o de hecho se efectúe un desembolso de fondos públicos a favor de un Proveedor que no tiene derecho para recibir dicho pago, o en una cuantía que excede la obligación establecida en el contrato u Orden de Compra respecto de bienes y/o servicios afectos a la Ley de Compras.

El Proveedor que reciba un pago indebido, total o parcial, queda obligado a restituir las cantidades percibidas en exceso.

El Hospital Base San José de Osorno deberá requerir, de oficio, al Proveedor la restitución de los montos correspondientes, dentro de un plazo de treinta días hábiles desde que tomó conocimiento del pago indebido. Este requerimiento podrá efectuarse a través del Sistema de Información. Para estos efectos, los servicios deberán tener en cuenta las instrucciones dictadas por el Ministerio de Hacienda al respecto.

En caso de que el Proveedor no proceda a la restitución en el plazo solicitado, el HBSJO deberá informar dicha situación a la Dirección de Compras, para que inicie un procedimiento de suspensión, de conformidad a los artículos 160, numeral 9, y 161 del Reglamento de Compras

21°     INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS

Antecedentes Generales

Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará al Hospital para aplicar una o más de las sanciones que se indican a continuación, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que posea constituidas el proveedor.

21.1    Infracciones contractuales

Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa de 3 UTM por evento o día de incumplimiento:

  • Difundir, divulgar o comunicar sin la expresa autorización del Hospital todo o parte del informe, documento o servicio contratado. la multa será de 3 UTM.
  • No cumplir con el envío oportuno de información según corresponda al Coordinador del Contrato y/o Administrador de Contratos cuando alguno de estos lo solicitase, especialmente en casos de requerimientos urgentes. La multa será de 3 UTM. Por evento.
  • Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido. Por cada día de atraso la multa será de 3 UTM.

21.2    Del servicio

Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa de 5 UTM:

  • Transgresión u omisión de las indicaciones del Departamento de Operaciones. Multa de 5 UTM por evento.
  • Si se comprobase la ejecución de actividades para fines ajenos al servicio contratado, en equipos y /o en las dependencias de la institución. Multa de 5 UTM por evento.
  • Por incumplimiento en el servicio solicitado de acuerdo a lo requerido en las especificaciones técnicas el monto de la multa será de 5 UTM.
  • Atraso en la entrega de los trabajos. Multa de 5 UTM por cada día de atraso
  • Incumplimiento en el periodo de garantía, la multa será de 5 UTM. Por evento.
  • Incumplimiento en el tiempo de concurrencia al Hospital, en caso de emergencia, se aplicará una multa de 5 UTM por evento.
  • Incumplimiento o la no entrega de documentación solicitada por Unidad de Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional. La multa será de 5 UTM

La reiteración de estas faltas dará derecho a que el Hospital dé término al contrato y al cobro de las garantías comprometidas.

21.3    Del personal

De igual manera estarán afectos a sanciones o multas de 3 UTM

  • Falta de condiciones y capacitación del personal que se presente a efectuar los trabajos. Multa de 3 UTM por cada trabajador.
  • El incumplimiento de las normas de seguridad. Multa de 3 UTM
  • La utilización deficiente o no uso de equipos e implementos indispensables y seguridad para su trabajo. Multa de 3 UTM por cada trabajador.
  • Conducta poco deferente o irrespetuosa del personal del adjudicatario hacia superiores o iguales, pacientes y/o funcionarios del HBSJO. Multa de 3 UTM por cada trabajador, y siempre que el hecho sea comprobado vía reclamo formal (por escrito).

Nota: Para el cobro de las multas se tomará como referencia el valor de la UTM del mes en que ocurrió el evento.

El monto total de las multas no podrá exceder el 20% del monto total adjudicado.

22°      PROCEDIMIENTOS PARA APLICACIÓN DE MULTA

En todos los casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o funcionario responsable, este le informará al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos.

Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que estos se hayan presentado, la entidad dictara la respectiva Resolución Exenta aplicando o no la multa.

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el hospital tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinara mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal.

22.1    Cobro de multas

Todo tipo de sanción o multa será comunicado mediante carta certificada de la Dirección del Hospital -o a través de quien ésta considere pertinente- al domicilio del representante indicado en el registro de proveedores o en el de la propuesta, a elección del Hospital o bien por notificación personal efectuada por quien administre el contrato.

El proveedor dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus descargos. Luego de dicho período, y con los antecedentes que disponga, se dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos y la sanción, si fuere el caso. El proveedor podrá interponer contra dicho acto el recurso de reposición establecido en la Ley 19.880 en los plazos y con los requisitos prescritos en la mencionada norma legal.

En caso que el Hospital resuelva el cobro de multas, el proveedor deberá realizar el pago dentro de quince (15) días hábiles contados desde la notificación mediante Resolución Exenta (que aplica la multa), por algunos de los siguientes medios:

 

  • Depósito o transferencia electrónica a nombre de HOSPITAL BASE OSORNO RUT 61.602.260-1 cuenta corriente N°81509097470 del Banco Estado, con copia del comprobante a los siguientes correos: jose.cordova@redsalud.gov.cl, gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl, yasna.albarran@redsalud.gob.cl,

  • Pago directo en caja de Cobranza, ubicadas en edificio de Acceso Principal del Hospital.

Si el proveedor no efectúa el pago de dicha multa en el plazo otorgado, se hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. El proveedor, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de cobro de la garantía, deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en los mismos términos y condiciones exigidos en estas bases.

La falta de entrega de una nueva garantía será causal de término anticipado del contrato.

En el caso que no exista garantía de fiel cumplimiento de contrato y el proveedor no efectúe pago de multa en el plazo de 15 días hábiles, se dará término anticipado de contrato.

Para todos los casos del presente numeral que establece término anticipado de contrato, se informarán los antecedentes en el portal www.mercadopublico.cl.

El monto total de las multas no podrá exceder el 30% del monto total del contrato.

22.2    Indemnización por daños y perjuicios

Cuando las medidas aplicadas no cubran los daños causados a la Entidad por el incumplimiento del contrato, ésta estará facultada para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios.

22.3    Notificaciones electrónicas

Los Proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales.

Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras.

23°     RESPONSABILIDAD EN EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS

En caso se generarse responsabilidad civil extracontractual deducida en contra este hospital, contenida en el título XXXV del libro cuarto del Código Civil o sobre falta de servicio a que se refieren las normas contenidas en los artículos 4º y 42 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y Título III, de la Ley Nº 19.966, que establece el Régimen de Garantías en Salud ,dará derecho para que el hospital ejerza las acciones de repetición en contra de la entidad licitante, que haya prestado dichos servicios en forma efectiva, para salvaguardar el patrimonio fiscal.

24°     SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del Director del Hospital, previo informe en derecho emitido por el abogado del Hospital o Informe Técnico emitido por la Contraparte Técnica del Hospital, según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.

                                                       


BASES TECNICAS

BASES TÉCNICAS

LICITACIÓN PÚBLICA

“SERVICIO DE RECAMBIO DE PISOS CERAMICO A VINILICO”

ID: 1063538-10-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

Se requiere contratar especialista para reemplazar pisos en diferentes recintos del hospital.

1.- REPARACIONES.

 

1.1.-   Los Trabajos a considerar:

Las presentes especificaciones técnicas guiaran al contratista en la ejecución de materiales, disposición de estos, tipo y calidad como así en los materiales complementarios y accesorios utilizados para llevar a cabo cada partida solicitada.

En caso de duda, diferencia o comentario, estas deberán ser realizadas en la etapa de consultas en el plazo asignado en portal de licitación o en visita técnica, las cuales serán resueltas por el profesional a cargo correspondiente. En caso de no declarar ninguna consulta, diferencia u objeción, se entenderá que el contratista conoce el proyecto y está de acuerdo con la ejecución de sus partidas y deberá realizar el proyecto a cabalidad, incluyendo todas las faenas necesarias para la correcta ejecución de éste.

El oferente deberá ejecutar las obras de acuerdo a las especificaciones técnicas e indicaciones del coordinador de obra dispuesto por el hospital. El coordinador rechazará o hará retirar sí se encontrasen instalados, todos aquellos materiales que no se ajusten a las Especificaciones Técnicas, así como los materiales defectuosos o mal instalados, podrá además solicitar la certificación técnica de los materiales que se empleen. Todos los materiales a utilizar serán de óptima calidad.

El contratista, deberá contar con un supervisor en obra el cual tenga contacto permanente durante toda la ejecución de esta y hacer que los trabajadores, desempeñen su labor con los elementos de seguridad necesarios. El coordinador se reserva el derecho de solicitar inspecciones de los organismos que correspondan para fiscalizar el cumplimiento de Leyes Laborales, de seguridad del trabajo y otras afines. Durante la ejecución de cada partida el contratista deberá mantener permanentemente limpio, aseado el acceso a las dependencias, pasillos o lugar en donde se ejecuten las reparaciones, además de retirar los escombros en forma diaria.

Al finalizar cada trabajo se deberá realizar la entrega de los trabajos, mediante un documento oficial “Acta de recepción final”, en donde ambas partes deberán firmar el traspaso y recepción conforme.

1.2.- Obras provisorias y de seguridad.

El contratista, antes y durante la ejecución de los servicios, deberá cerrar las áreas de trabajo con mangas de polietileno, placas de madera entre otros materiales aceptados por IAAS, a fin de eliminar la propagación del polvo en suspensión y ruido, en especial, cuando se realicen las labores de picado, remoción de escombros, etc. 

 

El contratista deberá disponer de todos los elementos de protección personal (E.P.P.) para sus trabajadores, los que ejecutaran labores especificadas, conforme a la ley y reglamento interno. Este será responsable de su personal y la seguridad de ellos, por lo que deberá tomar todas medidas necesarias para mitigar posibles riesgos inherentes al servicio a entregar.

1.3.- Materiales:

Los materiales de uso transitorio son opcionales del oferente, sin perjuicio de los requisitos de garantía y seguridad de trabajo que deben cumplir, bajo su responsabilidad.

Los materiales que se especifican para las obras definitivas se entienden de primera calidad dentro de su especie conforme a las normas y según indicaciones de fábrica. El coordinador rechazará todo aquel material que a su juicio no corresponda a lo especificado. Además, podrá solicitar al oferente la certificación de calidad de los materiales a utilizar en obra.

En caso que se especifique una marca de fábrica para un determinado material se entiende como una mención referencial, por lo tanto, el oferente podrá proponer el empleo de una marca alternativa, siempre y cuando su calidad técnica sea igual o superior a la especificada; en todo caso, la opción alternativa debe someterse oportunamente a consideración del coordinador técnico por parte del hospital para su aprobación o rechazo.

El material desechado es de responsabilidad del contratista en su disposición final, durante la ejecución de las reparaciones de estos los cuales serán acopiados en lugar dispuesto por el hospital solo hasta el fin de las reparaciones, luego de ello el contratista debe depositar en vertedero o recinto autorizado por la autoridad sanitaria.

1.4.- Inspección Técnica De Obra

Se tomarán las medidas de control y gestión necesarias para un buen desarrollo de la obra.

Esta función recaerá en un profesional designado por el mandante, el cual tendrá plenas atribuciones y facultades para exigir el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas.

Será también función del ITO, autorizar la sustitución y/o reemplazo de materiales previa consulta al jefe de Infraestructuras o jefe del Depto. Operaciones.

1.5.- Calidad de los Materiales.

Los materiales especificados son de primera calidad, debiendo cumplir con la totalidad de las características técnicas ofrecidas por el fabricante, así también deberán cumplir con todas las Normas I.N.N. vigentes en cuanto a calidad de los materiales.

2.- TRABAJOS DE RECAMBIOS DE PAVIMENTO.

Este convenio tiene por objetivo retirar el porcelanato y/o cerámicas de piso, reemplazándolo por piso vinílico en palmetas según sea requerido. Para ello se contemplan 1500 m2 (metros cuadrados). El contratista adjudicado deberá fijar el precio por m2 en su oferta el cual no podrá ser modificado durante el convenio. Este precio debe incluir mano de obra y todos los materiales necesarios para llevar a cabo los trabajos como por ejemplo pegamento, separadores, fragüe, cierre perimetral, entre otros.

Antes de comenzar con los trabajos de reparación de porcelanato, se debe confeccionar un cierre perimetral si el lugar se encuentra en pasillo o áreas abiertas de lo contrario se debe sellar puerta con cinta duct tape XL 72 mm o similiar si los trabajos se ubican en una habitación.

Imagen 1: cinta duct o multipropósito 72 mm de ancho.

Luego de la construcción del cierre perimetral esta debe ser revisado por personal de IAAS (Infecciones Asociadas a la Atención de la Salud), el cual dará su visto bueno para comenzar con los trabajos de reparación si cumplen con las exigencias solicitadas en punto 2.1, de lo contrario se deberán subsanar las observaciones emitidas para dar comienzo con los trabajos.

2.1.- Cierre Hermético Perimetral.                                                                         (m2)

Para evitar la emisión de polvo fuera del área de trabajo, se deberán realizar las siguientes medidas:

Cierre hermético perimetral:

- Se construirá un cierre hermético alrededor del área de trabajo utilizando planchas de OSB de 9,5 mm de espesor.

- La estructura se soportará con piezas de madera de 2” o, en su defecto, con perfil de acero galvanizado, según disponibilidad o preferencia.

- Todas las uniones entre planchas, así como los puntos de encuentro entre el muro, el piso y el cielo, deberán sellarse con cinta americana de 72 mm de ancho para asegurar la estanqueidad.

Control de acceso:

- En el acceso al área de trabajo, se deben tomar medidas adicionales para asegurar el sellado y minimizar la dispersión de polvo.

Parte interior:

- Instalar una capa de nylon de polietileno en todo el contorno.

- Colocar paños húmedos, que deberán mantenerse humedecidos durante la operación, para atrapar partículas de polvo.

Parte exterior:

- Instalar otra capa de nylon de polietileno en el contorno.

- Colocar paños secos, que actuarán como barrera adicional.

Sellado final:

- Antes de iniciar los trabajos, verificar que todo el cierre perimetral y el acceso estén completamente sellados.

- Tanto el nylon de polietileno en la parte interior como en la exterior deberá cubrir todo el contorno del acceso, sin espacios libres, para evitar cualquier fuga de polvo.

Imagen 2: Cierre Perimetral.

2.2.- Retiro porcelanato existente.                                                                        (m2)

Se solicita el retiro de las palmetas de porcelanato en buen estado, en las áreas determinadas del hospital, utilizando herramientas como cúter, palanca de metal y espátulas, asegurando que las palmetas se retiren cuidadosamente para evitar daños. Se clasificará y limpiará cada palmeta antes de almacenarlas en la unidad de infraestructura del hospital, donde quedarán bajo custodia para futuras reparaciones en otras zonas. Se llevará a cabo un inventario detallado de las palmetas retiradas, que serán entregadas al encargado de la unidad para su gestión. El proceso se realizará minimizando el impacto en las operaciones del hospital y asegurando el uso de equipo de protección adecuado para el personal involucrado.

2.3.- Retiro de adhesivo de porcelanato.                                                              (m2)

El retiro del adhesivo de porcelanato se llevará a cabo mediante picado, utilizando herramientas eléctricas o manuales, según los requerimientos del servicio y las características del área de trabajo. Dado que se trata de un entorno hospitalario, el trabajo se realizará con especial atención para minimizar las molestias y garantizar la seguridad de los pacientes y el personal. Se deberá humedecer el suelo durante el proceso para reducir la generación de polvo en suspensión, lo que ayudará a mantener un ambiente limpio y seguro. Además, en aquellas zonas donde el uso de herramientas eléctricas pueda generar niveles de ruido significativos, se deberá coordinar previamente con los responsables de la unidad para realizar el trabajo en horarios adecuados, evitando interferir con las actividades médicas y el descanso de los pacientes. Esta planificación garantizará que el proceso se realice de manera eficiente, controlada y sin afectar el ambiente hospitalario.

2.4.- Retiro de escombros.                                                                                       (m2)

Se solicita que el retiro de escombros se realice utilizando un contenedor cerrado con ruedas, adecuado para espacios hospitalarios y que permita la recolección y transporte seguro de residuos de obra. Una vez completada la limpieza y retirada de escombros, la superficie debe quedar libre de polvo y en condiciones para recibir el siguiente revestimiento. El contratista deberá notificar al encargado correspondiente, quien realizará la inspección correspondiente y dará su aprobación antes de proceder con la siguiente etapa. Este procedimiento cumple con los estándares de higiene y seguridad exigidos en un entorno hospitalario, asegurando que las labores de construcción no interfieran en la operación diaria del hospital.

2.5.- Limpieza de superficie.                                                                                    (m2)

Después de retirar el adhesivo y los escombros, la superficie deberá limpiarse de manera exhaustiva, asegurando que esté completamente libre de polvo, residuos y partículas que puedan afectar los trabajos posteriores. La limpieza debe incluir el uso de una aspiradora para garantizar la eliminación de todo tipo de impurezas, permitiendo una recolección segura y eficiente de polvo sin dispersión en el ambiente. La superficie debe entregarse totalmente seca, sin presencia de humedad, para evitar riesgos de contaminación y respetando los altos estándares de higiene exigidos en el entorno hospitalario. Este procedimiento asegura que el área quede en condiciones óptimas y listas para continuar con las siguientes etapas del proyecto.

2.6.- Correcciones.                                                                                                     (m2)

Una vez retirado el piso anterior y limpia la losa, se deberán realizar las correcciones pertinentes a la losa existente, las cuales pueden ser:

-      Retape:

Sirve para corregir pequeñas imperfecciones de la losa, tapar porosidades y alisar la base, se realiza en toda el área de instalación de piso vinílico.

-      Reparación y pulido:

Se utilizará en caso de que la losa en cuestión presente hoyos, tapar porosidades, afinar y pulir según sea necesario.

-      Auto-nivelación:

Se ocupará en caso de que el nivel sea demasiado pronunciado, en el que no sea posible la reparación (mayor a 3 cm). Este mortero debe proporcionar una terminación fina y garantizar que la superficie nivelada alcance la misma altura de los porcelanatos previamente retirados, logrando así una alineación precisa con puertas, guardapolvos, clósets y otros elementos arquitectónicos existentes.  

Preparación y aplicación del mortero

En un recipiente limpio, preparar la mezcla vertiendo gradualmente una bolsa de 20 kg de polvo sobre 7-8 litros de agua (relación agua/polvo de 0.35-0.40), mezclando con un agitador mecánico de hélice a baja velocidad hasta obtener una mezcla suave y homogénea. Se deberá considerar la aplicación de retape e imprimador. Aplicar la mezcla con una llana o plana metálica sobre la superficie a cubrir.

REF. Autonivelante 250.

2.7.- Instalación de Piso Vinílico.                                                                           (m2)

Se solicita la instalación de piso vinílico en palmetas del tipo durapiso (VTC), facilidad de mantenimiento y, además, las palmetas tienen la ventaja de permitir una instalación más rápida y económica, ya que no es necesario cubrir toda el área con una lámina continua.

El tipo de revestimiento solicitado es el siguiente:

Figura 3: Tipo de piso vinílico.

Tipo de Revestimiento

Palmeta Vinílica

Clasificación EN 685

Comercial:34

Industrial:43

Espesor Total

3,2 mm.

Límite de carga estática

150 psi

Medidas

30,5 x 30,5 cms.

Rendimiento de la caja

4,18 m2

Inflamabilidad

Clase 1>0,45 CRF

Densidad del humo

<450

Proceso de instalación

Preparación de la superficie:

Realizar una correcta limpieza de toda la superficie, dejándola seca y libre de polvo, suciedad, grasa o restos de otros materiales.

Realizar una última revisión de la nivelación de la base si tiene irregularidades. Usar una pasta niveladora o compuesto para asegurar que el área quede completamente nivelada.

Adhesivo:

- Antes de comenzar la instalación, la superficie debe estar limpia, seca y exenta de fisuras o grietas.

- Mezclar el producto y aplicarlo sobre la superficie con una llana dentada de 1,6 – 2,0 mm.

- Cuando se realice instalación con espesores mayores a 2mm con respaldo rugoso o de espuma, utilizar una llana de 3mm. Se recomienda una cantidad promedio entre 300 – 400 g/m2.

- Esperar de 10 – 20 minutos y posterior realizar la instalación del piso presionando manualmente o con rodillo lo suficiente para eliminar las burbujas de aire atrapadas.

- Se recomienda que la temperatura ambiente no sea menor 15°C y humedad relativa menor al 75%.

- Limpiar los excesos de adhesivo y herramientas con agua posterior a su uso.

Se recomienda un tiempo de manipulación máximo de 60 minutos para garantizar la correcta adhesión. REF. 2M20.

Instalación de las Palmetas:

   - Comenzar en el centro: Es recomendable comenzar a colocar las palmetas en el centro del recinto y trabajar hacia las paredes, según instrucciones del fabricante.

- Separación a muro: la palmeta se deja con 5mm de separación a los muros que luego se sella con silicona transparente de alto tráfico y se tapa con el guardapolvo de PVC Sanitario.

   - Presión: Después de colocar cada palmeta, aplicar presión para que el adhesivo se fije correctamente. Esto se puede hacer con un rodillo o simplemente presionando con las manos.

  

Cortes en los Bordes:

   - Cuando se llegue a las paredes u obstáculos (como columnas o muebles), será necesario cortar las palmetas que lleguen al encuentro. Esto se podrá realizar con cúter, asegurándose la medida que deberá llevar el corte. Para cortes más precisos, se deberá usar regla de metal.

Sellado de Juntas:

   - En algunos casos, se recomienda aplicar un sellador o masilla en las juntas entre las palmetas para evitar que el agua se filtre. Esto es especialmente importante en áreas húmedas. REF: Sellador industrial dura Plus.

Secado y Curado:

   - Al usar adhesivo líquido, es importante dejar que el piso cure adecuadamente. Generalmente, se recomienda no utilizar el piso hasta que el adhesivo esté completamente seco. Esto puede variar entre 24 y 48 horas, dependiendo del tipo de adhesivo y las condiciones ambientales.

Consejos Adicionales:

   - Temperatura y Humedad: la zona de aplicación e instalación deberá tener una temperatura adecuada (entre 18°C y 30°C) antes de comenzar la instalación. Evitar instalar el piso en condiciones de alta humedad (sobre 65%).

   - Limpieza final: Se requiere barrer o aspirar una vez instalado el piso y, si es necesario, limpiar con un trapo húmedo y cera industrial. Evitar el uso de productos de limpieza abrasivos. Esto deberá realizarse previo a la entrega del recinto.

2.8.- Encuentro piso-muro.                                                                                       (ml)

En el encuentro entre piso y muro, se requiere la ejecución de una junta con separación de unos 5 mm entre muro y piso nuevo el cual deberá sellarse con silicona transparente de alto tráfico. Este detalle no solo aporta un acabado estético limpio, sino que también facilita la limpieza y el mantenimiento, al eliminar ángulos rectos donde se podría acumular suciedad. El chaflán asegura una transición suave y continua entre el piso y el muro, cumpliendo con los estándares de higiene y funcionalidad necesarios en un entorno hospitalario.

3.- OFERTA ECONOMICA.

En la oferta económica el contratista deberá valorizar el precio por m2 (metro cuadrado), el cual no podrá ser modificado durante el convenio. El supervisor del hospital definirá la cantidad de metros cuadrados para la reparación, se notificará al contacto informado en formulario correspondiente vía telefónica o correo electrónico y este dará respuesta en horas informadas según formulario

para revisar el lugar y verificar los alcances del trabajo, luego de ello se formalizará la solicitud por medio de una orden de trabajo emitida por ITO donde se informará el lugar de trabajo, fecha de notificación, además se informará la cantidad de m2 iniciales del convenio, m2 solicitados para la reparación y m2 disponibles de este. El oferente tendrá el plazo de ejecución comprometido por bases, desde el momento del envió de la orden de trabajo.   

Por otra parte, una vez finalizado los trabajos y entregado el informe de estos al supervisor. Se procederá a solicitar la emisión de órdenes de compra a la unidad de abastecimiento por parte del supervisor. 

4.- GENERALIDADES.

Oferentes deberán considerar los materiales, personal y acciones necesarios para la ejecución correcta de las obras, aunque ellas no estén expresamente indicadas en estas bases, como también aquellas partidas menores que reflejen una buena calidad en remates y terminaciones, que pudieren haberse omitido en las partidas detalladas anteriormente y que a criterio del oferente se requieren incorporar.

El oferente deberá cumplir con el REGLAMENTO ESPECIAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA EMPRESAS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS DEL H.B.S.J.O.

Se dará por concluido el convenio cuando se cumpla la ejecución de los 1500 m2 metros cuadrados adjudicados o se allá acabado el plazo de 24 meses de este.

5.- ASEO Y RETIRO DE EXCEDENTES:

El Contratista deberá realizar la limpieza de toda la zona intervenida en forma diaria a fin de no afectar el normal funcionamiento al interior y exterior del recinto hospitalario. Todo material sobrante será considerado escombro a no ser que el coordinador plantee lo contrario. El material desechado es de responsabilidad del contratista en su disposición final, durante la ejecución de las reparaciones serán acopiados en lugar dispuesto por el hospital, solo hasta el término de las reparaciones, luego de ello el contratista debe depositar en vertedero o recinto autorizado por la autoridad sanitaria.

Oferente tendrá la obligación de entregar las dependencias del establecimiento totalmente limpias. Sin resto de materiales, manchas o similares. Todo esto en zonas existentes y proyectadas.

Considerar aseo en pisos, vidrios y cielo de áreas intervenidas o cercanas que pudieren ser afectadas por las reparaciones realizadas.

6.- De la Garantía de servicios, experiencia, repuestos y equipos

El oferente deberá especificar tiempo de garantía en días corridos desde la entrega de los trabajos. Por otra parte, cualquier desperfecto presente después de la entrega deberá ser reemplazado o reparado según corresponda.

El oferente deberá acreditar experiencia en obras de construcción similares, solo mediante certificados de conformidad, contratos o actas de entrega final con firma de responsable técnico de la obra realizada. No se considera documentos distintos a los indicados.

7.- Respuesta y atención de emergencias

La respuesta por parte del contratista no podrá ser superior a 24hrs, el oferente deberá atender el llamado, efectuar revisión del lugar según los plazos comprometidos según bases con el fin de dar cumplimiento y garantizar el buen funcionamiento de las instalaciones.

8.- VISITA A TERRENO OBLIGATORIA:

Visita Técnica Obligatoria cuya fecha y hora se informará en el Portal día de la publicación. Lugar Oficina Depto. Operaciones del Hospital Base San José, 2° piso Administración.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.