Licitación ID: 1063538-193-LE22
CONV. MANT. EQUIPO LASER
Responsable de esta licitación: HOSPITAL BASE OSORNO, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 40
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Productos o servicios
1
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 1 Unidad
Cod: 73152101
044-3601 | Conv. Mantención Equipo Laser quirúrgico  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONV. MANT. EQUIPO LASER
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Hospital Base San José de Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere la adquisición del Convenio de mantención de equipo laser del Hospital, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquella adquisición mayor o igual entre 100 y 1000 UTM.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL BASE OSORNO
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.260-1
Dirección:
GUILLERMO BUHLER 1765, OSORNO
Comuna:
Osorno
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-08-2022 17:00:00
Fecha de Publicación: 23-08-2022 11:37:56
Fecha inicio de preguntas: 23-08-2022 12:01:00
Fecha final de preguntas: 25-08-2022 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-08-2022 17:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 30-08-2022 8:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 30-08-2022 8:00:00
Fecha de Adjudicación: 22-09-2022 11:51:01
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los oferentes deberán adjuntar a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes: • Formulario Nº1: Identificación del proponente. REQUISITO EXIGIDO. • Formulario Nº2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública. REQUISITO EXIGIDO. • Formulario Nº10: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley nº 19.886. REQUISITO EXIGIDO. • Formulario Nº 11: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas. REQUISITO EXIGIDO. Los Oferentes deberán adjuntar, además, la siguiente información en el caso de NO encontrarse vigente en el portal de compras. • Documentación que acredite constitución legal de la empresa, vigencia y poderes de quienes actuarán en representación del proveedor. • Copia simple de la escritura pública donde conste el representante legal con facultades suficientes para concurrir a la presente licitación y suscribir el contrato correspondiente. • Certificado de vigencia con anotaciones vigentes de una data no superior a 30 días, de constitución de la sociedad y personería. • Fotocopia del RUT del oferente y de la Cédula de Identidad de su representante legal Para la firma del contrato se solicitará la siguiente garantía: • Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato extendida de acuerdo al numeral 12.2 de estas Bases.
Documentos Técnicos
1.- Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas. La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de servicios y prestaciones requeridos, la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación. La Propuesta Técnica deberá ajustarse a lo requerido en el Formulario N°4 de las presentes Bases de Licitación. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. REQUISITO EXCLUYENTE. Periodo de garantía contado desde la entrega final del servicio. Tiempo de respuesta en caso de emergencia contada desde la fecha de envío al proveedor del correo electrónico, llamado telefónico u otro medio de comunicación por parte del Hospital. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. Formulario N°5 REQUISITO EXCLUYENTE. El proveedor para acreditar experiencia debe entregar contratos, certificados de conformidad o actas de entrega por trabajos finalizados con firma y timbre del cliente a quien presto este servicio ejecutando la misma asistencia en sector público o privado (Formulario N°6). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXIGIDO. El oferente deberá acreditar contar con representatividad de la marca. Formulario N° 7. REQUISITO EXCLUYENTE. El oferente deberá indicar, bajo su responsabilidad, el personal profesional acreditado, el cual deberá adjuntar licencias profesionales y certificados de cursos del fabricante. En todos los equipos de modelos solicitados o de mayor capacidad técnica. (Formulario N°8) Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXCLUYENTE. El oferente deberá adjuntar listado de herramientas y o elementos que pondrá a disposición para el desarrollo del servicio que utilizará para realizar los servicios. (Formulario n°9). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXIGIDO.
 
Documentos Económicos
1.- Los oferentes deben completar y enviar en forma electrónica su oferta a través del portal mercadopublico.cl. Los precios ofertados deberán registrarse en valores unitarios netos (sin IVA), en pesos chilenos y sin decimales. Los oferentes deben completar, además, el FORMULARIO ECONÓMICO N°3 de los anexos. REQUISITO EXCLUYENTE. Diferencias en los valores de la propuesta: En caso de existir discrepancia entre los valores ofertados en la oferta económica del formulario n°3, y la oferta electrónica, prevalecerá el valor unitario ingresado a la ficha de Ingreso de Oferta de la licitación (portal). La oferta económica no será reajustable durante todo el periodo de vigencia del contrato.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
No hay información de requisitos para persona natural


Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
No hay información de requisitos para persona jurídica

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 50%
2 Requisitos técnicos Nº REQUISITOS TÉCNICOS CUMPLE (SI: 100 – NO: inadmisible) 1 Cumple con el 100% de las especificaciones solicitadas en bases técnicas. 100 / inadmisible 2 Representación de la marca 100 / inadmisible 3 Nómina de personal capacitado (adjuntar certificado de capacitación) 100 / inadmisible 4 Listado de herramientas 100 / inadmisible 5%
3 Garantia Puntaje Obtenido = (garantía ofertada/mayor garantía) *10 10%
4 Respuesta ante emergencias Puntaje Obtenido = (Puntaje obtenido por la oferta / 100) *25 25%
5 Experiencia de los Oferentes DETALLES PUNTAJE Mayor o igual a 10 contratos, certificados acreditados y/o actas 100 Entre 9 y 7 contratos o certificados acreditados y/o actas 75 Entre 6 y 4 contratos o certificados acreditados y/o actas 50 Entre 3 y 1 contratos o certificados acreditados y/o actas 25 No entrega información. 0 5%
6 Cumplimiento de los requisitos DETALLES PUNTAJE Cumple 100 No cumple 0 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Claudia Sandoval
e-mail de responsable de pago: gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO
e-mail de responsable de contrato: evelyn.flandez@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-64-2336033-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Hospital Base San Jose Osorno
Fecha de vencimiento: 30-11-2022
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía si el oferente desiste de su oferta por cualquier causa, en las siguientes instancias: • El proveedor que resulta adjudicado no remite la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, dentro del plazo establecido en el numerando 6° de las presentes bases. • El adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de licitación. • El adjudicatario desiste de participar de la propuesta. Esta garantía no devengará intereses ni reajustes, y será restituida al adjudicatario una vez que éste suscriba el contrato respectivo y confiera la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
Glosa: “GARANTIZA LA SERIEDAD DE LA OFERTA PARA EL CONVENIO MANTENCION EQUIPO LASER DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO, ID 1063538-193-LE22”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. En el caso del oferente adjudicado, la devolución de la boleta Seriedad de la Oferta se hará efectiva luego de entregada la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y firmado el respectivo contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital Base San Jose Osorno
Fecha de vencimiento: 29-11-2024
Monto: 8 %
Descripción: El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos: • Por cualquiera de las causas que generen termino anticipado del contrato por parte del Hospital, de acuerdo al numeral 18.4.3 de las bases, con excepción de la indicada en la letra a) de dicho numeral. • Cuando el adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886 • Incumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas o alguna de las obligaciones que impone el contrato y las bases administrativas y técnicas. Estas exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de este centro asistencial. En caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que “el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Glosa: “CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE TODAS LAS OBLIGACIONES LABORALES PARA EL CONVENIO MANTENCION EQUIPO LASER DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO, ID 1063538-193-LE22.
Forma y oportunidad de restitución: Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla al término de los 90 días posterior al contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Contabilidad. Antes de solicitar dicha devolución, el Administrador de Contrato del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Contabilidad. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS
BASES ADMINISTRATIVAS LICITACIÓN PÚBLICA “CONVENIO MANTENCION EQUIPO LASER” ID: 1063538-193-LE22 HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO 1° OBJETIVO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA 1.1 Objetivo El Hospital Base San José de Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere la adquisición del Convenio de mantención de equipo laser del Hospital, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquella adquisición mayor o igual entre 100 y 1000 UTM. 1.2 Ámbito Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada para estipular la contratación del Convenio de mantención de equipo laser del Hospital Base San José de Osorno. Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del Hospital y publicado en el portal www.mercadopublico.cl. El precio de referencia para el presente proceso licitatorio será de $12.000.000.- (Doce millones de pesos chilenos) I.V.A. incluido. Vigencia 24 meses. Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra. 2° BASES DE LICITACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS Las presentes Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos: 2.1 Bases de licitación • Bases Administrativas • Bases Técnicas • Formularios anexos 2.2 Definición de términos • Licitación o Propuesta Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual la Administración realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente. • Ley de Compras: Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. • Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el Hospital Base San José de Osorno, que describen los bienes o insumos, prestaciones o servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas. • Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras. • Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar. • Oferta: El costo ofrecido por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en ellas. • Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización. • Días corridos: corresponde a todos los días de la semana, incluyendo sábado y domingo, feriados y festivos. Al momento de referirse a la palabra “días” se entenderá como “días corridos”. • Cierre de licitación: Fecha límite designada para presentar ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, la oportunidad para ingresar propuestas a través del portal de compras debe ajustarse efectivamente al cronograma del llamado a licitación. • Comisión evaluadora: Delegación de funcionarios del hospital Base San José de Osorno designados por su Director(a) con el objeto de asesorarla en la apertura de la propuesta y la evaluación de las ofertas. • Apertura: acto de apertura electrónica por el cual el establecimiento toma conocimiento del contenido de las ofertas presentadas a través del sistema de información de compras y contratación pública, una vez vencido el plazo de presentación fijado para tal efecto. • Adjudicación: acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministros o servicios, regido por la Ley 19.886, en adelante, también, la “Ley de compras”. (Artículo 2°, numeral primero del Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda). • Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo. • Precio de Referencia: Corresponde a una aproximación del precio a pagar por el servicio licitado. • Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el Hospital encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. • Garantía: Aquel instrumento que asegure la seriedad o fiel y oportuno cumplimiento de un contrato. Dicho documento asegura su cobro en forma rápida oportuna y efectiva. • Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección. • Unión Temporal de Proveedores: asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo. • HBSJO: Para efectos de esta licitación, hace referencia al Hospital Base San Jose Osorno. 3° NORMATIVA Y ORDEN DE PRECEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS Sin perjuicio de la normativa legal vigente, el presente llamado a licitación, se regirá por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica: • Bases Administrativas, Técnicas y sus formularios, Condiciones, Contractuales y Resolución Aprobatoria. • Aclaraciones, respuestas y modificaciones de las bases de licitación, si las hubiere. • Oferta de él o los proponentes respectivos. • Resolución adjudicataria. • Resolución aprobatoria de contrato, si corresponde. • Orden de compra. 4° LLAMADO A LICITACIÓN El llamado a propuestas se publicará a través del portal www.mercadopublico.cl. El presente proceso licitatorio público se regirá por lo dispuesto en la ley Nº 19.886 y su reglamento aprobado por decreto supremo Nº 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda y sus posteriores modificaciones, lo dispuesto en las presentes bases administrativas y técnicas, sus anexos, las preguntas, respuestas y aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la resolución respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente. 5° REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la declaración jurada requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad. Podrán participar en esta propuesta pública las personas naturales, jurídicas, chilenas o agencias extranjeras o uniones temporales de proveedores (Artículo 67 bis), que cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos y acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente, además de cumplir con lo siguiente: • No estar afecta a alguna de las causales del artículo 4º de la Ley 19.886 de compras Públicas. • En caso de personas jurídicas, no estar afecta a alguna de las inhabilidades de la Ley 20.393. Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años. Al momento de la suscripción del contrato, resultado de la propuesta, el oferente favorecido deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, lo que se comprobará con el respectivo Certificado de Inscripción. En caso de Uniones Temporales de Proveedores, cumplir con los requisitos exigidos en el art. 67 bis del Decreto 250 que contiene el Reglamento a la Ley de Compras Públicas. 5.1 Unión temporal de proveedores Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado. La propuesta deberá ser presentada por un único representante al que se denominará “oferente”, quien actuará en representación del resto de los integrantes de la Unión y será responsable directo de la propuesta ante la entidad licitante, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria e indivisible de quienes la componen, la que deberá constar en el acuerdo en el conste la unión temporal que deberán suscribir de conformidad a lo establecido en el art. 67 bis del D.S.250/2004 Reglamento de Compras. Debe adjuntar, junto a la propuesta, el acuerdo en el que conste la constitución de la Unión Temporal de Proveedores. La no presentación de este acuerdo al momento de presentar la oferta es causal de rechazo de la misma. El contenido del acuerdo de la unión temporal de proveedores deberá señalar los siguientes aspectos básicos: 1.- La responsabilidad solidaria de todos quienes conforman esta unión temporal de proveedores, respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante. 2.- El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes de administración y representación para actuar por la unión temporal tanto con la entidad licitante, por ejemplo, para contratar la garantía de fiel cumplimiento de contrato entre otras acciones, como frente a terceros con quienes deba interactuar a fin de dar cumplimiento a las obligaciones que forman pare de la presente licitación. 3.- Serán socios de esta unión temporal sólo quienes hayan concurrido a la presentación de la oferta en la presente licitación, no se permitirá el ingreso de terceros que no hayan sido debidamente ingresados en la presentación de las ofertas. Asimismo, se debe asegurar la presencia de cada uno de los miembros durante la ejecución del contrato. 4.- La no suscripción del instrumento de constitución de la unión temporal por parte de todos quienes acudieron a la presentación de la oferta, será suficiente para tener por desestimada la oferta y re-adjudicar. 5.- Definir la forma de facturación de la unión temporal de proveedores. 6.- Definir quién de los integrantes de la Unión Temporal va a tomar las garantías a nombre del Servicio de Salud de Osorno. 7.- La Duración de la Unión Temporal será el periodo de ejecución del contrato con la entidad licitante, más la renovación de contrato si procediere. 6° PLAZOS. La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos establecidos en las bases, (ficha del portal mercadopublico.cl) A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, los domingos y los festivos. Fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl. Dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la total tramitación de la resolución que aprueba las presentes bases de licitación. Fecha inicio preguntas. A contar de la publicación en el portal de compras públicas. Fecha final de preguntas. Hasta las 17:00 hrs. del tercer día corrido a contar de la publicación. Fecha de publicación de respuestas. A las 17:00 hrs. del cuarto día corrido a contar de la publicación. Fecha de cierre de recepción de ofertas. Hasta las 17:00 hrs. del quinto día corrido a contar de la publicación. Fecha de acto de apertura de ofertas. La Apertura de ofertas se efectuará el día siguiente del cierre de la recepción de las ofertas a las 08:00 hrs. Fecha estimada para la evaluación de Ofertas Hasta el quinto (5) día hábil siguiente de la Fecha de la resolución exenta que designa la comisión evaluadora. Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la Comisión de Evaluación. Hasta las 48 horas a partir de la publicación de solicitud de aclaración en portal de www.mercadopublico.cl Fecha estimada de adjudicación. Hasta el sexagésimo día corrido siguiente a la fecha de cierre de evaluación de propuestas. Fecha para entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato Hasta el séptimo día (7) día corrido siguiente a la fecha de notificación por parte del Hospital (Dpto. Jurídico). Fecha para firma de contrato Hasta el décimo (10) día hábil siguiente a la fecha de notificación y envío de documentos por parte del Hospital (Dpto. Jurídico). Fecha término de contrato. 24 meses contados desde la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba. Atendida la naturaleza y por motivos de buen funcionamiento del Hospital Base San José de Osorno, se rebajan los plazos de publicación de diez a cinco días desde la publicación al cierre de recepción de las ofertas. 7° DOMICILIO Y JURISDICCIÓN. Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Osorno y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. 8° CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES. Los proponentes podrán formular, consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro Electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado. Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán razonar desconocimiento de las mismas. Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Hospital podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes. Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopúblico.cl). 9° VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS. La propuesta deberá tener validez de 90 días contados desde la fecha de apertura electrónica. Si dentro de dicho plazo no fuese posible efectuar la adjudicación del llamado a licitación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes la prórroga de las propuestas, hasta en 60 días más. Serán rechazadas aquellas propuestas cuyo periodo de validez sea menor que el requerido o sea mal extendido provocando un desmedro para el hospital. 10° PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y DE LOS DOCUMENTOS DE ANEXOS. La entrega de las propuestas, deberá efectuarse únicamente a través del Sistema de Información (digital) en el plazo previsto para la presentación de ofertas. La única excepción en cuanto a documentos que pueden ser presentados en soporte físico (papel) es la Garantía de Seriedad de la Oferta. En dicho caso, ésta deberá presentarse en sobre cerrado, indicándose en el anverso el nombre de la licitación e ID del portal www.mercadopublico.cl asociado a la propuesta, junto con la identificación del oferente. La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá ser ingresada (si corresponde) a través de la Oficina de Partes del Hospital y el máximo plazo de entrega es la fecha y hora en que expira el plazo de presentación de ofertas. Lo anterior sin perjuicio de lo que al respecto dispone el Artículo 62 del Reglamento de la Ley N°19.886. En el caso de garantías Seriedad de la oferta que poseen emisión digital o electrónica; éstas, deberán ser ingresadas a través de email oficial de Oficina de partes (oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl), el máximo plazo de entrega es la fecha y hora en que expira el plazo de presentación de ofertas. REQUISITO EXCLUYENTE, por lo que su omisión será causal de rechazo de la oferta en el acto de Apertura. Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases. Si dos o más proveedores se unen para el efecto participar en el presente llamado a Licitación, deberán establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el Hospital y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. El representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Todo lo anterior de conformidad y dando cumplimiento a los demás requisitos prescritos por el Artículo 67 Bis del Reglamento de la Ley 19.886. 10.1 De los Antecedentes Administrativos. Los oferentes deberán adjuntar a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes: • Formulario Nº1: Identificación del proponente. REQUISITO EXIGIDO. • Formulario Nº2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública. REQUISITO EXIGIDO. • Formulario Nº10: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley nº 19.886. REQUISITO EXIGIDO. • Formulario Nº 11: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas. REQUISITO EXIGIDO. Los Oferentes deberán adjuntar, además, la siguiente información en el caso de NO encontrarse vigente en el portal de compras. • Documentación que acredite constitución legal de la empresa, vigencia y poderes de quienes actuarán en representación del proveedor. • Copia simple de la escritura pública donde conste el representante legal con facultades suficientes para concurrir a la presente licitación y suscribir el contrato correspondiente. • Certificado de vigencia con anotaciones vigentes de una data no superior a 30 días, de constitución de la sociedad y personería. • Fotocopia del RUT del oferente y de la Cédula de Identidad de su representante legal Para la firma del contrato se solicitará la siguiente garantía: • Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato extendida de acuerdo al numeral 12.2 de estas Bases. 10.2 De la Propuesta económica Los oferentes deben completar y enviar en forma electrónica su oferta a través del portal mercadopublico.cl. Los precios ofertados deberán registrarse en valores unitarios netos (sin IVA), en pesos chilenos y sin decimales. Los oferentes deben completar, además, el FORMULARIO ECONÓMICO N°3 de los anexos. REQUISITO EXCLUYENTE. Diferencias en los valores de la propuesta: En caso de existir discrepancia entre los valores ofertados en la oferta económica del formulario n°3, y la oferta electrónica, prevalecerá el valor unitario ingresado a la ficha de Ingreso de Oferta de la licitación (portal). La oferta económica no será reajustable durante todo el periodo de vigencia del contrato. 10.3 De la Propuesta Técnica Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas. La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de servicios y prestaciones requeridos, la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación. La Propuesta Técnica deberá ajustarse a lo requerido en el Formulario N°4 de las presentes Bases de Licitación. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. REQUISITO EXCLUYENTE. Periodo de garantía contado desde la entrega final del servicio. Tiempo de respuesta en caso de emergencia contada desde la fecha de envío al proveedor del correo electrónico, llamado telefónico u otro medio de comunicación por parte del Hospital. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. Formulario N°5 REQUISITO EXCLUYENTE. El proveedor para acreditar experiencia debe entregar contratos, certificados de conformidad o actas de entrega por trabajos finalizados con firma y timbre del cliente a quien presto este servicio ejecutando la misma asistencia en sector público o privado (Formulario N°6). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXIGIDO. El oferente deberá acreditar contar con representatividad de la marca. Formulario N° 7. REQUISITO EXCLUYENTE. El oferente deberá indicar, bajo su responsabilidad, el personal profesional acreditado, el cual deberá adjuntar licencias profesionales y certificados de cursos del fabricante. En todos los equipos de modelos solicitados o de mayor capacidad técnica. (Formulario N°8) Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXCLUYENTE. El oferente deberá adjuntar listado de herramientas y o elementos que pondrá a disposición para el desarrollo del servicio que utilizará para realizar los servicios. (Formulario n°9). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXIGIDO. 10.4 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes El Hospital podrá permitir la presentación de Formularios o Antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta en el portal; con excepción del formulario N°3, 4, 5, 7, 8 y 9 ; siempre que dichas certificaciones o antecedentes omitidos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40 Reglamento Ley Nº 19.886). En estos casos, el hospital a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá un plazo especial de 48 horas para que subsane dichas omisiones a través del Foro Inverso. Si los documentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con la nota correspondiente, según el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”, señalado en el numeral 14.2.6 de la presente Bases. El Hospital se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, errores menores, siempre que éstos no alteren el tratamiento igualitario a todos los oferentes y que no vulneren aspectos esenciales de las presentes bases. No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación. Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada. Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación. 11° PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: • El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. • El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. • El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. • El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. • El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. • El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. • El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. • El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 12° GARANTÍAS Para el presente llamado a Licitación y dadas las características del proceso se requerirán Garantía de Seriedad de la Oferta y Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Serán considerados y admitidos como instrumentos de garantía aquellos que para tal efecto se prescriben en la Ley N° 19.886 y su reglamento. 12.1 Garantía de Seriedad de la Oferta CARACTERISTICAS Tipo de Garantía Garantía de Seriedad de la Oferta. Exigibilidad Será obligatoria su entrega para todos los oferentes de la licitación. Independiente de la cantidad de propuestas que presente cada oferente, cada oferta debe presentar su propia garantía. La no entrega en el plazo señalado será causal de rechazo de la oferta. Estipulaciones del documento Expresar su monto en pesos chilenos. Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social. La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable. No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.31 del Reglamento de Compras Públicas. Beneficiario Hospital Base San José Osorno Rut: 61.602.260-1 Tomador El tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo oferente, o un tercero a su nombre. Monto $500.000.- (Quinientos mil pesos) Fecha de vencimiento Deberá poseer una vigencia mínima no inferior a noventa días corridos desde la fecha de cierre del plazo para ofertar a la propuesta, fecha portal www.mercadopublico.cl. Glosa “GARANTIZA LA SERIEDAD DE LA OFERTA PARA EL CONVENIO MANTENCION EQUIPO LASER DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO, ID 1063538-193-LE22”. Causales de cobro El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía si el oferente desiste de su oferta por cualquier causa, en las siguientes instancias: • El proveedor que resulta adjudicado no remite la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, dentro del plazo establecido en el numerando 6° de las presentes bases. • El adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de licitación. • El adjudicatario desiste de participar de la propuesta. Esta garantía no devengará intereses ni reajustes, y será restituida al adjudicatario una vez que éste suscriba el contrato respectivo y confiera la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. Forma y momento de entrega Deberá entregarse con plazo hasta la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente. En el primer caso deberá ser escaneada y cargada al portal de compras, para posteriormente ser ingresada en forma física (papel) a través de Oficina de Partes del Hospital, y en el segundo caso deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base San José de Osorno. Forma y momento de restitución. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. En el caso del oferente adjudicado, la devolución de la boleta Seriedad de la Oferta se hará efectiva luego de entregada la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y firmado el respectivo contrato. 12.2 Garantía de fiel cumplimiento de contrato. CARACTERISTICAS Tipo de Garantía Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato Exigibilidad Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la presentación de un instrumento de garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Si dicha garantía no es presentada en tiempo y forma, el Hospital Base San José de Osorno se reserva el derecho de hacer uso efectivo de la Garantía de Seriedad de la Oferta, dejando sin efecto administrativamente la adjudicación, sin perjuicio de otros derechos. Estipulaciones del documento Expresar su monto en pesos chilenos. Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social. La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable. No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.68 del Reglamento de Compras Públicas. Beneficiario Hospital Base San José de Osorno Rut: 61.602.260-1 Tomador El tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo adjudicatario, o un tercero a su nombre. Monto 8% del monto total adjudicado y se expresará en pesos. Fecha de vencimiento La vigencia de la garantía deberá ser por todo el período de vigencia del contrato, aumentada en 90 días corridos después de terminado el vínculo contractual. Glosa “CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE TODAS LAS OBLIGACIONES LABORALES PARA EL CONVENIO MANTENCION EQUIPO LASER DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO, ID 1063538-193-LE22. Causales de cobro El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos: • Por cualquiera de las causas que generen termino anticipado del contrato por parte del Hospital, de acuerdo al numeral 18.4.3 de las bases, con excepción de la indicada en la letra a) de dicho numeral. • Cuando el adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886 • Incumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas o alguna de las obligaciones que impone el contrato y las bases administrativas y técnicas. Estas exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de este centro asistencial. En caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que “el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Forma y momento de entrega Esta garantía deberá entregarse en la oficina de partes del “Hospital”, dentro de los 7 días corridos siguientes a la notificación por parte del hospital (notificación desde Departamento jurídico). Si no se entrega dentro del plazo, el Hospital hará efectiva la garantía seriedad de la oferta, y quedará facultado para readjudicar el proceso, si fuera posible. Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente. En el primer caso deberá ser escaneada y enviada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl, y en el segundo caso deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base Osorno. Forma y momento de restitución. Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla al término de los 90 días posterior al contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Contabilidad. Antes de solicitar dicha devolución, el Administrador de Contrato del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Contabilidad. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución. En el caso de prorroga o aumento del contrato. En el caso de prorroga o aumento del contrato el proveedor deberá reemplazar, prorrogar o complementar la garantía de forma proporcional. 12.2.1 Devolución de Garantía Esta garantía será custodiada por el Departamento de Finanzas del Hospital y será devuelta, si procediere, una vez transcurrido el plazo de vigencia de la misma y certificado el cumplimiento del contrato por “el Hospital”, a solicitud escrita dirigida a la Dirección del Hospital, ya sea del proponente o de su personal autorizado expresamente para estos efectos. 13° REVISIÓN FORMAL Y APERTURA DE LAS OFERTAS La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información, se realizará en una etapa en la fecha prevista en las presentes bases (Ficha del Portal mercadopublico.cl) y estará a cargo de un Ejecutivo Comprador de la Unidad de Abastecimiento del Hospital. Corresponderá al funcionario, verificar el ingreso de todos los anexos en el portal www.mercadopúblico.cl, y realizar la admisibilidad de las ofertas, según lo señalado en el artículo siguiente. 13.1 Admisibilidad de las ofertas. Es requisito para participar en el presente llamado a licitación, y para la aceptación de la propuesta, presentar, en la forma y plazos señalados todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases. Conforme con lo anterior se verificará el cumplimiento de cada uno de los siguientes criterios: • La propuesta fue entregada conforme a lo exigido en el artículo 10º de las presentes bases, y los antecedentes incluidos en ésta permiten su evaluación y comparación con los demás proveedores. • La oferta debe incluir todos los servicios correspondientes a la línea que postula. Sin perjuicio de lo anterior, en la apertura de ofertas el Hospital se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes, o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, y no impida la correcta evaluación de las propuestas. 14° EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 14.1 Comisión Evaluadora Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, designada por la Dirección del Hospital, o quienes se encuentren subrogando o desempeñando el cargo o función al momento de la evaluación: Esta Comisión propondrá sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y que resulten las más convenientes a los intereses de la Institución; la proposición fundada de declarar desierta el llamado de licitación y/o la proposición fundada de adjudicar dicha licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas. Corresponderá al ente técnico confeccionar un informe de evaluación, el cual deberá contener la siguiente información: • Cotejar la admisibilidad de las propuestas. • Identificación del ente técnico evaluador. • Oferentes aprobados en etapa de Apertura. • Realizar el proceso de evaluación técnica de las ofertas en base a antecedentes. • Observaciones finales y las decisiones adoptadas por ente técnico. • Cuadro Resumen de todas las propuestas por orden de puntaje total obtenido. • Recomendación de Adjudicación. • Firmas integrantes de la comisión evaluadora. • Fecha del Informe. De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora, requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado. 14.2 Matriz de evaluación El detalle de los criterios de evaluación y las respectivas ponderaciones serán los detallados en la siguiente matriz: N° CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN 1 Oferta económica (precio) 50% 2 Requisitos técnicos 5% 3 Garantía 10% 4 Respuesta ante emergencia 25% 5 Experiencia 5% 6 Cumplimiento requisitos formales 5% TOTAL PORCENTAJE 100% 14.2.1 Evaluación Económica Esta evaluación consta de una ponderación del 50% respecto a la evaluación final. El cálculo se efectuará proporcionalmente a la mejor oferta deduciendo el porcentaje de cada oferta presentada en relación a la más económica. Los montos deben ser ingresados en el (ver Formulario correspondiente) de las bases de licitación. Fórmula de Cálculo: Puntaje Obtenido = (Precio mínimo ofertado / Precio Ofertado) *50 14.2.2 Requisitos Técnicos. Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes presentados acordes a las bases técnicas y las ponderaciones de la siguiente tabla la evaluación. Nº REQUISITOS TÉCNICOS CUMPLE (SI: 100 – NO: inadmisible) 1 Cumple con el 100% de las especificaciones solicitadas en bases técnicas. 100 / inadmisible 2 Representación de la marca 100 / inadmisible 3 Nómina de personal capacitado (adjuntar certificado de capacitación) 100 / inadmisible 4 Listado de herramientas 100 / inadmisible Para el presente proceso licitatorio se considerarán admisibles aquellas propuestas que resulten con una Evaluación Técnica mínima de 100%. Las ofertas que resulten con una evaluación inferior, resultaran inadmisibles. 14.2.3 Garantía Esta evaluación posee una ponderación del 10% respecto de la evaluación final y en ella se analiza la garantía del oferente a los requerimientos de la institución. La garantía debe cubrir la totalidad de la actividad realizada en la aplicación del presente contrato. La empresa u oferente deberá adjuntar en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl (ver Formulario N°5), garantizando la entrega del servicio comprometido y requerido por el Hospital. Fórmula de Cálculo: Puntaje Obtenido = (garantía ofertada/mayor garantía) *10 14.2.4 Tiempo de respuesta para emergencia Esta evaluación posee una ponderación del 25% respecto de la evaluación final; oferente deberá informar el tiempo en horas, para contar con personal técnico en el Hospital. Oferente deberá tener presente que el no cumplimiento de este tiempo de respuesta ante emergencia durante la vigencia del contrato será causal de término anticipado de contrato, sumado a las sanciones que establece la normativa de compras públicas, y las multas contenidas en el cuerpo de esta licitación. Todo ello se regirá en base a la revisión de antecedentes proporcionados en formulario correspondiente. Fórmula de Cálculo: Puntaje Obtenido = (Puntaje obtenido por la oferta / 100) *25 14.3.5 Experiencia Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la evaluación final y en ella se analiza la experiencia del oferente desde el año 2017 a la fecha. para acreditar experiencia debe entregar contratos, certificados de conformidad o actas de entrega por trabajos finalizados con firma y timbre del cliente a quien presto este servicio ejecutando el mismo servicio en sector público o privado. El oferente deberá adjuntar en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl, garantizando la experiencia del servicio comprometido y requerido por el Hospital. Fórmula de Cálculo: DETALLES PUNTAJE Mayor o igual a 10 contratos, certificados acreditados y/o actas 100 Entre 9 y 7 contratos o certificados acreditados y/o actas 75 Entre 6 y 4 contratos o certificados acreditados y/o actas 50 Entre 3 y 1 contratos o certificados acreditados y/o actas 25 No entrega información. 0 14.3.6 Cumplimiento de requisitos formales Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes proporcionados en formulario correspondiente. “presentas todos los formularios considerados en las bases, con la información solicitada en el respectivo formulario, no se evaluarán o considerar formularios presentados sin información de la oferta o ausencia de estos” DETALLES PUNTAJE Cumple 100 No cumple 0 La Evaluación Final se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro: Puntaje final: Puntaje evaluación económica + puntaje especificaciones técnicas + Puntaje de garantía + Puntaje de respuesta ante emergencias +Puntaje Experiencia + cumplimiento requisitos formales de la oferta. “La Comisión Evaluadora” recomendara o sugerirá al Director del hospital, en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a los intereses del hospital, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este capítulo. 15° ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA La modalidad de la presente licitación es mediante “adjudicación simple”, con emisión de orden de compra de acuerdo con las necesidades de la institución. De acuerdo a los criterios de evaluación señalados en estas bases, se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje, sin tener que ser necesariamente la oferta más económica. La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio. Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Hospital dentro del plazo señalado en el capítulo 6° de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Compras Públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Hospital, no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 24 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 30 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el capítulo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6 del reglamento de la ley Nº 19.886. 15.1 Del derecho a declarar inadmisible las propuestas o desierto el llamado El Hospital, se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las propuestas por incumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y/o Técnicas, esto en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley N° 19.886 sobre Compras Públicas. Así también, se declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada. Los oferentes no tendrán derecho a solicitar indemnizaciones de ninguna especie, por los gastos incurridos para participar en esta propuesta. 15.2 Mecanismo de resolución de empate Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. • En caso de empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica” • En caso de continuar el empate, como segundo criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio “Especificaciones técnicas” • En caso de persistir el empate, el tercer mecanismo de desempate a aplicar será aquel oferente que presente el mejor puntaje en el criterio “Garantía” De persistir el empate se solicitará la opinión conjunta y unánime de toda la comisión que participa en el proceso de evaluación; los que, previo estudio de las ofertas dirimirá la igualdad. 15.3 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación y fuera de los plazos señalados. Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada. Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación. 15.4 Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación Adjudicada la oferta propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación. En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a jonathan.salvoc@redsalud.gob.cl, quien entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta. 16° FACULTAD DE READJUDICAR El Hospital podrá readjudicar la licitación en un plazo de 60 días hábiles (plazo referencial) contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en los siguientes casos, cuya enumeración no es taxativa: • Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido. • Si el Contrato no se firma dentro del plazo estipulado, por razones o causas atribuibles al adjudicatario. • Si el adjudicatario desiste de su oferta. • Error en la evaluación de las ofertas, subsanado oportunamente a través del sistema de información. • No modificación de inscripción no vigente en chileproveedores, que impida la emisión de la orden de compra (como contrato) o contrato, en un plazo superior a 10 días hábiles desde la adjudicación. • Las inhabilidades de los artículos 8º y 10º de la Ley Sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo primero de la Ley nº 20.393. La readjudicación se realizará vía resolución fundada del Hospital, y se comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl La readjudicación deja sin efecto la adjudicación, asignando los bienes o insumos, prestaciones o servicios al oferente que resultó en segundo lugar del proceso evaluativo. 17° REQUERIMIENTOS DE LA UNIDAD DE PREVENCIÓN DE RIESGOS. Antes de comenzar con los trabajos el oferente que resulte adjudicado deberá tener en cuenta y cumplir a cabalidad los siguientes requerimientos de la Unidad de Prevención de Riesgos del Hospital, para todo personal externo que desarrolle faenas de mantenimiento, reparación y obras dentro del recinto hospitalario. Si el adjudicatario no da cumplimiento a lo requerido, el Hospital se reserva el derecho de dar término anticipado y unilateralmente al servicio, o de readjudicar a la oferta que haya resultado en segundo lugar de la evaluación, si la hubiere. Los documentos que debe presentar el adjudicatario antes de comenzar con el trabajo son los siguientes: 1. Hojas de entrega elementos de protección personal. 2. Registros entrega DAS e Inducción Seguridad. 3. Registros entrega Reglamento Interno. 4. Reglamento interno de su empresa. 5. Registro de entrega del reglamento interno a: Mutualidad, Inspección del Trabajo y Autoridad Sanitaria. 6. Certificado de adhesión a Mutualidad. 7. Certificado de siniestralidad y accidentabilidad (período 1 año). Según corresponda lo exija ley y corresponda a características de la empresa. Una vez formalizada la adjudicación el proveedor deberá presentar en un sobre cerrado los documentos en la Unidad Prevención de Riesgos del Hospital. El sobre debe ser dirigido al Jefe de la Unidad Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional del Hospital o a quién él designe. El sobre debe señalar, además: · Nombre o Razón Social del proveedor · Nombre de la licitación · N° ID de la licitación El oferente adjudicado tendrá la responsabilidad de todas las actividades realizadas por su personal en las dependencias asignadas dentro del Hospital, por lo tanto, deberá mantener una supervisión permanente sobre la forma en que se están prestando los servicios contratados. El oferente adjudicado y su personal respetarán las reglas, procedimientos y disposiciones especiales de orden interno dictadas por el Hospital, tales como áreas restringidas, condiciones de ingreso a los distintos lugares y oficinas, precauciones de seguridad y otras que el Hospital determine. Para ello deberán coordinar en forma permanente los trabajos a efectuar con el Supervisor o Jefe de la Unidad a cargo de los equipos. Se autorizará el ingreso al Establecimiento sólo a los trabajadores prestadores de servicio, que se encuentren en la nómina entregada por el oferente adjudicado, quienes no podrán ingresar elementos que no correspondan al servicio que deben realizar. La empresa adjudicada proveerá a sus trabajadores de una credencial de identificación con su nombre, fotografía y membrete o logo de la empresa en la que presta servicios, a su vez proporcionará los implementos de seguridad industrial y ropa de trabajo. 18° CONTRATO Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la formalización de un contrato de prestación de bienes y servicios. En dicho caso se deberá presentar además instrumentos de garantía descritos en numerando 12.2 de las presentes bases de licitación. El contrato lo redactará la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital de conformidad a lo que se expresa en las bases de licitación, la oferta adjudicada y demás documentos que integran la relación contractual. Formarán parte integrante del contrato, las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y la Resolución de Dirección que las aprueba, consultas y aclaraciones si las hubiere, la Resolución de Adjudicación, la oferta adjudicada, y demás normativas y reglamentos que se encuentren vigentes en la Institución. Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de Licitación, no remitiendo la garantía de fiel y oportuno cumplimiento o desistiéndose de la propuesta; caso en el cual “el Hospital” se reserva el derecho a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y estará facultado para readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, según lo estime pertinente siempre y cuando dicha oferta sea conveniente para los intereses del Hospital. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. En razón de lo anterior, el HBSJO estará facultado para solicitar en todo momento durante la vigencia del convenio, cualquier tipo de información y documentos referente al cumplimiento del pago de remuneraciones y leyes sociales y previsionales por parte del adjudicatario a sus trabajadores. Si el adjudicatario no cumple con la firma y envío del contrato dentro del plazo señalado en el numeral 6° de las bases, el Hospital hará efectiva la garantía seriedad de la oferta, y quedará facultado para readjudicar el proceso, si fuera posible. 18.1 Vigencia El contrato comenzará a regir, a partir de la total tramitación de la Resolución que Aprueba el Contrato y tendrá una vigencia de 24 meses, o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicataria. 18.2 Aumentos y disminuciones de contrato El contrato podrá ser aumentado o disminuido por iniciativa exclusiva del Hospital, hasta por un 30% si así lo estima conveniente para los intereses de la Institución, y tales variaciones no podrán significar una alteración del valor propuesto en su oferta económica. Lo anterior, obedece a las características propias de la contratación y el carácter necesario que significa para una entidad de salud, permitiendo cubrir los requerimientos. Para hacer efectiva dicho aumento, “el Hospital” deberá comunicar por escrito a su contratante la disposición a aumento o disminución del contrato, con a lo menos 5 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento. El aumento deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12° de las presentes bases. Será requisito exigible la presentación de un informe por parte de la Unidad requirente o coordinador del contrato, el cual se respalde dicho requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de aumento o disminución de contrato, sus principales implicancias y alcances. Informe de respaldo debe acompañar y ser parte de la tramitación desde un inicio, por ende, debe ser presentado en tiempo y forma. Dando cumplimiento a plazos estipulados en bases de licitación. 18.3 Prórroga del contrato De ser necesario aumentar el plazo del contrato, esta prórroga será como máximo hasta 90 días desde terminado el plazo original, o desde agotado el presupuesto, y siempre que dicho acto sea gestionado, coordinado y comunicado al adjudicatario antes del vencimiento del contrato, fundadamente, y sólo se permitirá por una vez. La prórroga debe contar con V°B° de la Subdirección Administrativa o Medica del HBSJO según corresponda, y debe ser solicitada por el referente técnico del HBSJO. Será requisito exigible la presentación de un informe por parte de la Unidad requirente o coordinador del contrato, el cual se respalde dicho requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la prórroga de contrato, sus principales implicancias y alcances. Informe de respaldo debe acompañar y ser parte de la tramitación desde un inicio, por ende, debe ser presentado en tiempo y forma. Dando cumplimiento a plazos estipulados en bases de licitación. 18.4 Término anticipado del Contrato. Previa calificación de las circunstancias y por resolución fundada el Hospital podrá poner término al contrato en forma anticipada e inmediata como consecuencia de un incumplimiento, sin perjuicio de ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnización por perjuicios causados. 18.4.1 Resciliación del Contrato Las partes podrán poner término al Contrato de común acuerdo en forma anticipada. 18.4.2 Cesión del contrato y subcontrataciones El Adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato. Durante la ejecución del contrato, y previa autorización por escrito del Hospital, el adjudicatario sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por la Contraparte Técnica del Hospital. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Hospital. 18.4.3 Término anticipado de contrato por parte del Hospital. El Hospital se reserva el derecho de poner término al contrato anticipadamente si procede alguna de las siguientes causales: a) Por razones de Ley, actos de autoridad, caso fortuito, fuerza mayor, si lo exigiera el interés público o la seguridad nacional; el Hospital se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, y sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado. b) Si el Ejecutor es declarado en quiebra, o le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo. (Informe Registro de Proveedores). c) Si el Ejecutor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d) Cuando el Hospital posea evidencias fundadas que el oferente ha incumplido en forma reiterativa (multas superan en 20% del total del contrato) compromisos establecidos en las bases y el contrato, por causas imputables al oferente. e) En caso de término de giro, liquidación, o disolución de la sociedad ejecutora. En tales eventos la entidad ejecutora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al Hospital, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo. f) Cuando el prestador proporcione antecedentes falsos en relación a las exigencias de las presentes Bases Administrativas y Técnicas. g) Cuando el prestador durante el periodo de vigencia del contrato, sea sancionado por la Autoridad Sanitaria o la Superintendencia de Salud. h) Que con la ocasión de la realización de una auditoría técnica y / o administrativa se concluya “graves incumplimientos a las normas técnicas de las especialidades o de las presentes bases técnicas y administrativas”. i) La realización de donaciones de bienes y/o servicios de todo tipo por parte del oferente adjudicado a los usuarios del Contrato o funcionarios públicos pertenecientes al Hospital. j) Inhabilidad del proveedor en sistema de Registro de Proveedores, no subsanada en un plazo de 15 días hábiles desde que el Hospital comunica dicho incumplimiento. (la comunicación se realizará vía correo electrónico al coordinador del convenio de la empresa adjudicada). k) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. l) Falta de reposición y/o entrega de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato en plazos estipulados y en los mismos términos y condiciones originales. m) Si se excede el monto máximo previsto para la aplicación de multas. Esto es que las multas superan el 20% del total del contrato. n) De existir renovación total de equipos que anexen garantía por motivo de compra de los mismos, y que den lugar a la baja definitiva de los equipos objetivo de este convenio. El término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de la indicada en la letra a), dará derecho al Hospital para cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza y sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al Hospital en contra del contratante. El término anticipado del contrato, previo a su ejecución deberá ser informado al proveedor contratado mediante correo electrónico, argumentando el motivo de su término, adjuntando los antecedentes que respalden dicha decisión. El adjudicado contará con un plazo máximo de 5 días hábiles para impugnar dicha decisión y presentar sus descargos al Director del hospital Base San José de Osorno, quien, en conjunto con el Departamento Jurídico resolverán con todos los antecedentes si se acoge o no el término anticipado del contrato. En el caso de ser acogido el término anticipado del contrato se formalizará mediante Resolución Fundada y publicada en el sistema de información a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, salvo que concurran alguna de las situaciones señaladas en el artículo N°62 del reglamento N°250 de la ley 19.886. Lo anteriormente indicado guarda relación con lo dispuesto en el artículo N°79 TER del reglamento N°250 de la ley 19.886. 18.5 Coordinador técnico El Hospital Base San José de Osorno supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato, para lo cual se designa como Coordinador del mismo al Jefe de Subdepartamento de Ingeniería Clínica (j.laines@redsalud.gob.cl)) o quien lo subrogue o reemplace, quien tendrá entre otras, las siguientes funciones: • Monitorear y gestionar los plazos establecidos en el contrato; • Exigir y fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato en todos sus aspectos técnicos; • Exigir informes técnicos a empresa que ejecuta servicios, evaluar cumplimiento por parte del ente técnico del hospital, para su validación y subsanar eventuales observación de conformidad de servicio en términos cuantitativos y cualitativos sobre la ejecución, operación, gestión del contrato, sugerir aplicación de multas cuando procedieran. • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio. 18.6 Administrador del Contrato Para el cumplimiento de los aspectos administrativos del contrato se designa al Administrador de Contratos del HBSJO (yasna.albarran@redsalud.gob.cl), o quien lo subrogue o reemplace, quien tendrá las siguientes funciones: 1. Validar administrativamente el Reporte del adjudicatario, para la posterior emisión de la orden de compra, y luego facturación por parte del proveedor. 2. Supervisar la adecuada aplicación de los mecanismos de facturación y pago del servicio objeto del convenio. 3. Gestionar el curse de sanciones o multas por incumplimiento de bases y contrato, adjuntando los antecedentes e informes del Referente técnico que lo justifiquen, actividad coordinada cuando corresponda con asesor jurídico del Hospital. 4. Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio. 18.7 Contraparte técnica del convenio. El proveedor adjudicado designará un “Coordinador del convenio” con dedicación permanente que lo representará ante el Hospital para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Ejecutor. (Formulario N° 2). En el desempeño de su cometido el Coordinador del Convenio deberá: 1. Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del convenio. 2. Emisión y envío de Informes mensuales para mantener ordenados los estados de pagos de facturas. 3. Informar cualquier cambio en la calidad y/o presentación del servicio, en los plazos estipulados en estas bases y a quien corresponda. 4. Coordinar las asesorías que el Hospital requiera. 5. Recepcionar los reclamos y su gestión. 6. Coordinar las urgencias. 7. Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio. Todo cambio relativo a la designación del Coordinador deberá ser informado a la Contraparte Técnica del Hospital por el Representante Legal, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio. 18.8 Confidencialidad El personal que ejecute labores en el Hospital, así como el proveedor adjudicado, quedan obligados a mantener reserva de la información relativa a éste de la cual conozcan en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación. En especial mantendrán reserva de la información referida a pacientes y usuarios del Hospital. El Ejecutor y las personas que desarrollen los servicios no podrán difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, información del Hospital o sus usuarios, de la cual haya tomado conocimiento en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación, reservándose el Hospital, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción. 18.9 Precio El precio de la adquisición corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en el portal www.mercadopublico.cl más los impuestos correspondientes y, en los documentos adjuntados en la licitación en su formulario económico (formulario Nº3). Éste, no será reajustable. 19° EMISIÓN DE LAS ÓRDENES DE COMPRA Una vez formalizada la total tramitación de la Resolución que aprueba el contrato, el Hospital podrá emitir la primera orden de compra. Luego, el adjudicatario deberá aceptar la orden de Compra a través del portal en un plazo no superior a 48 horas, de acuerdo a los precios ofrecidos por el oferente y visados previamente por el Coordinador del Convenio y Administrador de Contratos. La aceptación de la orden de servicio por parte del proveedor será requisito indispensable para la recepción conforme que realizará el Hospital del bien/insumo o producto a través del portal de servicios públicas. Antes del envío de cada orden de servicio, el servicio del Departamento de Abastecimiento verificará el cumplimiento del estado de habilidad y/o inscripción vigente del adjudicatario en chileproveedores. 19.1 Entrega del o los productos y/o ejecución de prestaciones y servicios. Los servicios deben ser ejecutados, previa solicitud formal y coordinación, con Departamento de Operaciones del HBSJO, ubicado en Avenida Guillermo Bühler Nº 1765 Osorno. 20° DE LA FACTURACIÓN Y PAGO El pago de bienes/insumos o servicio se efectuará contra la prestación requerida y ejecutada; además del proceder antes descrito: (1) aceptación de la Orden de servicio a través de la plataforma Mercado público y (2) la validación o recepción conforme de los bienes/insumos o servicios requeridos. Para ello, el referente técnico, referente administrativo, funcionario de abastecimiento u otro (según corresponda), deberán confirmar las prestaciones realizadas y emitir un informe respecto del debido cumplimiento del oferente adjudicado de los servicios contratados, particularmente desde un punto de vista sanitario y administrativo, teniendo presente lo establecido en las Bases. La factura/boleta deberá emitirse a nombre del “Hospital Base San José de Osorno” y de acuerdo a los siguientes antecedentes. NOMBRE NOMBRE Hospital Base San José De Osorno RUT 61.602.260-1 DOMICILIO Guillermo Bühler #1765, Osorno, Provincia De Osorno, Región De Los Lagos. GIRO Salud Si el proveedor emite DTE Factura, debe proceder a lo siguiente para que la factura comercial no sea rechazada: • Enviar archivo xml a casilla electrónica de intercambio dipresrecepcion@custodium.com en un plazo no superior a 48 horas contadas desde su emisión. Para lo anterior, debe proceder a través de sus softwares de facturación propio o en Servicio de Impuestos Internos. No corresponde el envío por correo electrónico (e-mail). • Debe referenciar el N° de orden de compra en el recuadro especial (campo 801) cuando sea una orden de compra de Mercado Publico. Este ingreso debe ser exacto; ya que, de lo contrario, el software utilizado por el hospital lo rechazara automáticamente Cuando se trate de una orden de compra “interna” (no de Mercado Público), no debe completar este campo (campo 801). Este debe ser referenciado en un lugar distinto; por ejemplo, cuerpo del documento u observaciones. • Debe coincidir el monto facturado con el monto recepcionado a través de la plataforma Mercado Público. El período de pago corresponde a las disposiciones establecidas en Circular N° 34 del Ministerio de Hacienda donde instruye el pago de 30 días para el sector salud. La forma de pago es mediante Cheque y/o Transferencia Electrónica después de 30 días de la fecha de recepción conforme de la factura/boleta respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno del suministro contratado. El Hospital podrá reclamar del contenido de la factura dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción (ley 19.983); si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar la fecha de vencimiento para su pago. 21° INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS Antecedentes Generales Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará al Hospital para aplicar una o más de las sanciones que se indican a continuación, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que posea constituidas el proveedor. 21.1 Infracciones Contractuales Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa de 3 UTM por evento o día de incumplimiento: • Difundir, divulgar o comunicar sin la expresa autorización del Hospital todo o parte del informe, documento o servicio contratado. la multa será de 3 UTM. Por evento. • No cumplir con el envío oportuno de información según corresponda al Coordinador del Contrato y/o Administrador de Contratos cuando alguno de estos lo solicitase, especialmente en casos de requerimientos urgentes. La multa será de 3 UTM. Por evento. Del Servicio: Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa de 5 UTM: • Transgresión u omisión de las indicaciones de Unidad del Departamento de Operaciones. Multa de 5 UTM por evento. • Si se comprobase la ejecución de actividades para fines ajenos al servicio contratado, en equipos y /o en las dependencias de la institución. Multa de 5 UTM por evento. • Por incumplimiento en el servicio solicitado de acuerdo a lo requerido en las especificaciones técnicas. Multa será de 5 UTM. • Incumplimiento en el periodo de garantía, la multa será de 5 UTM por evento. • Incumplimiento en el tiempo de concurrencia al Hospital, en caso de emergencia, se aplicará una multa de 5 UTM por cada evento. • Incumplimiento en la cantidad de visitas comprometidas la multa será de 5 UTM. Por evento. Del personal De igual manera estarán afectos a sanciones o multas de 3 UTM • Falta de condiciones y capacitación del personal que se presente a efectuar los trabajos. Multa de 3 UTM por cada trabajador. • El incumplimiento de las normas de seguridad. Multa de 3 UTM • La utilización deficiente o no uso de equipos e implementos indispensables y seguridad para su trabajo. Multa de 3 UTM por cada trabajador. • Conducta poco deferente o irrespetuosa del personal del adjudicatario hacia superiores o iguales, pacientes y/o funcionarios del HBSJO. Multa de 3 UTM por cada trabajador, y siempre que el hecho sea comprobado vía reclamo formal (por escrito). La reiteración de estas faltas dará derecho a que el Hospital dé término al contrato y al cobro de las garantías comprometidas. La reiteración de “incumplimientos de servicio” facultará al HBSJO para dar término anticipado al contrato, y al cobro de las garantías comprometidas. Esto es si sobrepasa en total las 5 multas. Para todo evento se tomará como referencia el valor de la UTM del día en que se cursa la multa. 21.2 Procedimientos para aplicación de multa En todos los casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o funcionario responsable, este le informara al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos. Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que estos se hayan presentado, la entidad dictara la respectiva Resolución Exenta aplicando o no la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el hospital tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinara mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal. Se hace presente que las notificaciones se realizaran al domicilio que le proveedor haya informado en la licitación o, en su defecto, el que tenga registrado en mercado público. En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor trascurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos. 21.3 Cobro de multas Todo tipo de sanción o multa será comunicado mediante carta certificada de la Dirección del Hospital -o a través de quien ésta considere pertinente- al domicilio del representante indicado en el registro de proveedores o en el de la propuesta, a elección del Hospital o bien por notificación personal efectuada por quien administre el contrato. El proveedor dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus descargos. Luego de dicho período, y con los antecedentes que disponga, se dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos y la sanción, si fuere el caso. El proveedor podrá interponer contra dicho acto el recurso de reposición establecido en la Ley 19.880 en los plazos y con los requisitos prescritos en la mencionada norma legal. En caso que el Hospital resuelva el cobro de multas, el proveedor deberá realizar el pago dentro de quince (15) días hábiles contados desde la notificación mediante Resolución Exenta (que aplica la multa), por algunos de los siguientes medios: 1. Depósito o transferencia electrónica a nombre de HOSPITAL BASE OSORNO RUT 61.602.260-1 cuenta corriente N°81509097470 del Banco Estado, con copia del comprobante a los siguientes correos: jose.cordova@redsalud.gov.cl, gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl, yasna.albarran@redsalud.gob.cl, 2. Pago directo en caja de Cobranza, ubicadas en edificio de Acceso Principal del Hospital. Si el proveedor no efectúa el pago de dicha multa en el plazo otorgado, se hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. El proveedor, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de cobro de la garantía, deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en los mismos términos y condiciones exigidos en estas bases. La falta de entrega de una nueva garantía será causal de término anticipado del contrato. En el caso que no exista garantía de fiel cumplimiento de contrato y el proveedor no efectúe pago de multa en el plazo de 15 días hábiles, se dará término anticipado de contrato. Para todos los casos del presente numeral que establece término anticipado de contrato, se informarán los antecedentes en el portal www.mercadopublico.cl. El monto total de las multas no podrá exceder el 20% del monto total del proceso licitatorio. 22° RESPONSABILIDAD EN EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS En caso se generarse responsabilidad civil extra-contractual deducida en contra este hospital, contenida en el título XXXV del libro cuarto del Código Civil o sobre falta de servicio a que se refieren las normas contenidas en los artículos 4º y 42 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y Título III, de la Ley Nº 19.966, que establece el Régimen de Garantías en Salud ,dará derecho para que el hospital ejerza las acciones de repetición en contra de la entidad licitante, que haya prestado dichos servicios en forma efectiva, para salvaguardar el patrimonio fiscal. 23° SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del Director del Hospital, previo informe en derecho emitido por el abogado del Hospital o Informe Técnico emitido por la Contraparte Técnica del Hospital, según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
BASES TECNICAS
BASES TÉCNICAS LICITACIÓN PÚBLICA “CONVENIO MANTENCION EQUIPO LASER” ID: 1063538-193-LE22 HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO ANTECEDENTES GENERALES Se necesita contratar el servicio de mantención preventiva y correctiva del equipo indicado en el Anexo Nº 1 de las presentes Bases, para lo cual el oferente deberá considerar un número de mantenciones preventivas anuales, se debe considerar a lo mínimo 02 visitas y deberá garantizar el buen funcionamiento del equipamiento en todo el periodo. La acción de mantenimiento se debe realizar al equipo individualizado y tendrá como objetivo asegurar la continuidad de su funcionamiento, conservación y óptimo estado de operación, considerando en todo momento la mano de obra necesaria para realizar el mantenimiento, modificaciones y reparaciones necesarias. Además, se debe considerar capacitación y asesoría continua a los usuarios, acerca de la correcta utilización del equipo, procedimientos de limpieza y mantención básica que garantice un correcto estado de operación, durante las visitas preventivas o correctivas. Así como también capacitación y asesoría a personal técnico, para en caso de fallas servir de soporte técnico como respuesta inmediata por vía telefónica. El Adjudicado deberá entregar programas de mantención (diaria, semanal, mensual, anual) según corresponda, mantener un sistema de las órdenes de trabajo del equipo, que indiquen registros de actividades de mantenciones, tiempos de respuesta y duración de trabajos, repuestos utilizados y sus costos, e informes técnicos. El Adjudicado será responsable de todos los daños o pérdidas que se ocasionen al equipo, elementos, repuestos, piezas, infraestructura, muebles, artículos e instalaciones que le sean imputados, con motivo de las mantenciones y reparaciones realizadas; o por mala ejecución de los trabajos encomendados. Dicha responsabilidad se hará efectiva durante el periodo de vigencia del contrato, hasta la fecha de vencimiento. Todo repuesto original que sea necesario utilizar para el óptimo funcionamiento del equipo, que no estén considerados en la propuesta, deberá cotizarse previamente y su instalación deberá ser autorizada. En caso de fallas imprevistas, el Subdepartamento de Ingeniería Clínica gestionará la coordinación con la empresa correspondiente, para efectuar la visita y reparación del equipo con desperfectos técnicos. Esta visita en terreno no podrá exceder de 72 Horas corridas. Para lo anterior se considerarán ilimitadas visitas extras, incluidas en la oferta económica, fuera de las programadas y sin costo de ningún tipo para el Hospital, como parte del mantenimiento correctivo, incluidas en el costo anual del convenio. OBJETIVOS DEL SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA – CORRECTIVA. Mantener operativo el equipamiento en convenio a fin de que éstos funcionen sin interrupciones, permitiendo la continuidad y asegurando la calidad y seguridad del uso del equipo. Garantizar el correcto funcionamiento del equipo a través de la ejecución de las revisiones programadas y estipuladas por protocolos diseñados de fábrica con equipos calibrados y personal debidamente capacitado y avalado por el fabricante, así como también el correcto funcionamiento y disponibilidad del equipo por medio de reparaciones, cuando sea necesario, en un tiempo de respuesta acorde a las necesidades del Hospital. Establecer una vida útil adecuada, reduciendo los costos operativos mediante el cambio preventivo de piezas y partes que estadísticamente han demostrado mantener funcional el equipo. Mantener informado al Hospital de las últimas actualizaciones del equipo y los avances de la tecnología para una asesoría permanente en el área de la tecnología biomédica. MANTENCIÓN PREVENTIVA Se entenderá por Servicio de Mantenimiento Preventivo, el servicio que tiene por objeto prever desperfectos mecánicos, electrónicos u otros; de acuerdo a la rutina de revisiones indicadas y en los respectivos manuales de fábrica. Dichas revisiones se efectuarán de acuerdo a la periodicidad descrita en la propuesta técnica del oferente, este periodo debe considerar los tiempos recomendados por el fabricante y las horas de trabajo del equipo. Descripción: Las operaciones de mantenimiento preventivo están sujetas a un programa establecido (Anexo Nº 2) y a una planificación de acciones sistemáticas, que deberá incluir como mínimo las siguientes actividades para mantener el equipo operativo en todo momento: 1. Inspección visual del estado del equipo. 2. Revisión y chequeo. 3. Pruebas de funcionamiento general. 4. Pruebas de funcionamiento específico. 5. Calibraciones. 6. Desarme de piezas en caso que se requiriera. 7. Limpieza interna y externa del equipo. 8. Lubricación de partes. 9. Ajustes y control de parámetros. 10. Verificación de funcionamiento óptimo. 11. Reemplazo de componentes con vida útil limitada. 12. Reemplazo de elementos electrónicos, mecánicos, hidráulicos y eléctricos comunes dentro de la circuitería general del equipo. 13. Reemplazo de Kits de mantenciones preventivas especificadas por fábrica según horas de funcionamiento del equipo, los cuales se detectasen como potenciales fallas futuras, de acuerdo a las especificaciones del fabricante. 14. Pruebas de seguridad eléctrica. 15. Limpieza microfiltro. 16. Cambio agua refrigeración. 17. Limpieza intercambiador de calor. 18. Limpiezas ópticas. 19. Verificación lámpara destellos. 20. Verificación alineación ópticas. 21. Inspección visual fibras en uso. La programación de las mantenciones, serán coordinadas entre el oferente y el jefe del Subdepartamento de Ingeniería Clínica, siendo avisadas previamente cada una de las visitas. Todas las actividades de mantenimiento preventivo deben ser efectuadas en terreno. Los procedimientos de Mantención Preventiva deben tener una garantía no menor a seis meses. En los casos en que las revisiones preventivas arrojen como resultado la necesidad de reemplazar elementos, repuestos u otros, la empresa deberá indicar a la brevedad al Subdepartamento de Ingeniería Clínica la necesidad de cambiarlos. La mantención preventiva del equipo médico (Anexo Nº 1) se realizará de acuerdo a la propuesta del oferente, siempre y cuando la frecuencia de mantenimiento no sea inferior a 02 veces al año. La ejecución del mantenimiento se realizará en base al programa de mantenimiento preventivo ofertado, en el mes indicado, la fecha exacta se coordinará con el Subdepartamento de Ingeniería Clínica. En caso de cambio de fecha, ésta deberá ser comunicada con a lo menos 48 horas de anticipación. Las mantenciones se realizarán según calendario de mantención previamente programado con el Subdepartamento de Ingeniería Clínica, el cual se deberá cumplir según corresponda a meses indicados para el equipo. DE LA MANTENCIÓN CORRECTIVA Corresponde a la reparación de los equipos producto de una falla que no pudo ser prevista o corregida por medio del mantenimiento preventivo. Su finalidad es reparar y devolver el estado de operativo y funcionamiento óptimo al equipo, mediante la realización de todas las tareas y procedimientos pertinentes. A solicitud del Hospital, el oferente deberá revisar el equipo solicitado y efectuar los trabajos necesarios, emitiendo un informe técnico que será entregado al Subdepartamento de Ingeniería Clínica. Descripción: El mantenimiento correctivo comprende la totalidad de las acciones que se deban realizar, de tal manera de recuperar lo más pronto posible el equipo que haya presentado fallas y que signifiquen reparación y/o cambio de repuestos. Las maniobras correctivas van dirigidas en forma específica a una reparación que implique trabajos de corrección para eliminar fallas y a la reposición de componentes del equipo, que por indicación del fabricante así lo aconseje y esto signifique una paralización momentánea del equipo. En caso de que el equipo presente fallas, esta situación será comunicada por el Subdepartamento de Ingeniería Clínica a la empresa adjudicada, mediante correo electrónico o por teléfono, debiendo este último presentarse en el Hospital dentro del tiempo de respuesta estipulado. Cuando al equipo sea necesario efectuarle mantención correctiva, el Servicio Técnico deberá entregar un Informe técnico detallado, indicando las causas que motivaron esta mantención, el problema que presentaba el equipo, las actividades que se realizaron para repararlo, las condiciones en que quedo el equipo y las recomendaciones para prevenir futuras fallas e inconvenientes. En el caso que sea necesario efectuar cambios de repuesto, piezas o adaptaciones de componentes para la recuperación del equipo, deberá informarse previamente al Subdepartamento de Ingeniería Clínica para su aprobación e instalación. En caso de falla del equipo la reparación de este no podrá tardar más de 30 días fuera de uso por no contar con stock de repuestos, en caso de no cumplir en lo estipulado se informará al respecto a Administrador de Contratos para que se realicen las acciones correspondientes. Todo trabajo realizado deberá ser garantizado por el servicio técnico, por un período no inferior a seis meses, el que deberá indicarse en la respectiva Orden de Servicio de la empresa y en la factura mensual. Las actividades reparativas serán efectuadas en terreno, pudiendo en caso necesario trasladar tarjetas o componentes del equipo al propio taller del servicio técnico, los costos de envío serán asumidos por el adjudicado dentro del valor del convenio. El Acto de Mantención correctiva comprenderá la revisión, inspección, reparación, lubricación, calibración, limpiezas, ajustes, control de parámetros específicos del equipo en cuestión, de manera de volver al equipo en estado operativo. Además, según sea ofertado comprenderá el reemplazo de elementos electrónicos, mecánicos, hidráulicos y eléctricos comunes dentro del circuito general del equipo o cualquier otro accesorio o repuesto. Las visitas por mantenciones correctivas deberán ser ilimitadas, y el oferente deberá considerar esto en su propuesta, no debiendo realizar cobro por el concepto de visita, mano de obra, traslado. Los llamados realizados con el fin de informar de una anomalía del equipo incluido en el convenio no generarán Orden de Compra, solo la generará la compra de repuestos no incluidos en el convenio. DE LOS REPUESTOS Todos los repuestos que se instalen deberán ser originales, para garantizar el óptimo funcionamiento del equipo. Todos los repuestos que se instalen deben dejar funcional el equipamiento y deben tener una garantía de a lo menos 6 meses, a menos que se especifique lo contrario. Los repuestos incluidos en el convenio de mantenimiento corresponden a los indicados en el (Anexo Nº2) “Repuestos y accesorios incluidos en convenio sin costo adicional”. Estos serán aportados por el proveedor adjudicado, cuando sean solicitados en un mantenimiento preventivo o correctivo, en el tiempo establecido en la oferta y no generarán costo adicional para el Hospital. Cuando se requiera cambio de repuestos que estén fuera de convenio el oferente deberá realizar informe indicando la necesidad de estos. El hospital estará en libertad de adquirir estos repuestos que cumplan con las características técnicas solicitadas, por medio de los canales correspondientes de compra sea compra por trato directo, licitación al portal, convenio marco, etc. Para luego ser entregado a empresa con la cual se posee contrato y contar con los equipos operativos en el menor tiempo posible. En caso de requerir cambio de repuesto, estos deberán ser original para el óptimo funcionamiento del equipo, si estos no estén considerados en la propuesta, deberá cotizarse previamente y su instalación deberá ser autorizada. Todos los repuestos que sean cambiados deben ser entregados al Subdepartamento de Ingeniería Clínica del Hospital Base Osorno. ACTO DE ENTREGA DE EQUIPOS EN MANTENCIÓN La entrega del equipo luego de mantención, deberá ser a personal del Subdepartamento de Ingeniería Clínica para luego entregar a usuarios en forma completa, instalado, funcionando y calibrado acorde a las especificaciones de los mismos. La entrega del equipo es un acto donde se verifica la existencia y el buen estado de todos los componentes que forman parte del mismo, conjuntamente con la documentación necesaria para su funcionamiento, mantención y registro. En cada visita de mantención preventiva se realizarán los siguientes procedimientos: Consulta a usuarios sobre funcionamiento del equipo detectando posibles fallas, lista de verificación y revisión, pruebas de seguridad y funcionamiento del equipo, control y limpieza de aquellos elementos que por su diseño, uso y función lo requieran, sustitución de los elementos de desgaste señalados por el fabricante con la periodicidad que éste indica, comprobación funcional y ajuste de parámetros a sus valores nominales según protocolo de revisión del fabricante. Cada visita de mantención correctiva incluye la aplicación de dos protocolos de revisión: 1. Revisión de los equipos propuesto por oferente. (Anexo Nº 3). 2. Reparación y/o cambio de repuestos. REQUERIMIENTOS INCLUIDOS EN EL CONVENIO Mano de obra técnica: Toda la mano de obra utilizada para la ejecución de la mantención preventiva y correctiva del equipo y el cumplimiento de los protocolos estipulados por el fabricante, así como el cambio oportuno de los elementos programados y con carácter preventivo y de los elementos no programados. Elementos de cambio programado con carácter preventivo: Piezas y partes que el fabricante recomienda cambiar periódicamente durante el tiempo de vida útil del equipo y durante un mantenimiento preventivo; dichos elementos son determinados con base en estadísticas de falla y desgaste. Consultas ilimitadas sin costo. Se incluyen consultas telefónicas, correos y las llamadas que generen órdenes de trabajo a lugar para la revisión y reparación del equipo. Actualización de software, se incluyen las actualizaciones de software a lugar de acuerdo a la última versión disponible para el equipo y las recomendaciones de fábrica para mantener en óptimo funcionamiento el equipo contemplado por el contrato de mantención, sin costo adicional para el convenio. Se debe entregar capacitación continua e ilimitada a los usuarios clínicos del equipo y al personal técnico de mantenimiento del Subdepartamento de Ingeniería Clínica del Hospital. El adjudicado deberá rotular el equipo cada vez que se realice una visita de mantención preventiva. La etiqueta identificadora debe señalar a lo menos; nombre de la empresa con su logo si tiene, Nº de serie del equipo, Nº de inventario, fecha del servicio, fecha de la próxima mantención, técnico responsable del trabajo y número telefónico de contacto del servicio técnico. El adjudicado deberá entregar una Orden de Trabajo o Informe Técnico, cada vez que intervenga al equipo, ya sea de manera preventiva o correctiva. Siendo esta recibida y firmada por el Jefe del Subdepartamento de Ingeniería Clínica o profesional a cargo del servicio. INSPECCIÓN Y PRUEBAS. El proveedor deberá entregar al Hospital un Informe Técnico, para el equipo al cual se realizó mantención preventiva o correctivamente. Para mantenimiento preventivo el informe debe incluir pruebas cuantitativas y cualitativas de desempeño, calidad de funcionamiento, calibración y seguridad eléctrica. Lo anterior no será impedimento para que el proveedor sugiera al Hospital cualquier tipo de mejora de este modelo que busque el desarrollo de un mejor trabajo. El oferente debe utilizar la pauta de mantención preventiva y correctiva recomendada por el fabricante. Los insumos, equipos de prueba, accesorios, herramientas, etc., necesarios para la realización de la mantención deberán ser proporcionados por el proveedor y este deberá entregar un listado completo de todo el instrumental que será utilizado para las mantenciones, junto con los certificados de calibración de dicho instrumental. El Hospital tendrá el derecho a inspeccionar y/o probar los equipos a fin de verificar el correcto funcionamiento, desempeño y el cumplimiento de las especificaciones técnicas y normativa de trabajo de los mismos. Las inspecciones o prueba deberán realizarse en el lugar de destino una vez realizada las correspondientes mantenciones. Si el equipo inspeccionado o probado no funciona correctamente o no se ajusta a las especificaciones y/o normativas, el Hospital podrá rechazarlos y el proveedor deberá, sin cargo extra para el convenio, corregirlos en la medida necesaria para cumplir con las especificaciones y para que el equipo funcione correctamente dentro de sus rangos de operación normal de diseño. PERIODOS DE MANTENCIÓN. La mantención del equipo, será realizada según la propuesta del proveedor, con un mínimo de 2 visitas al año para mantenimiento preventivo. Está programación será coordinada con el Jefe del Subdepartamento de Ingeniería Clínica y el supervisor nombrado por la empresa para tales efectos. El oferente se obliga a prestar los servicios de mantenimiento preventivo programado y correctivo en el horario de 08:00 a 17:00 horas de lunes a viernes en días hábiles. Para los llamados de emergencia, el oferente deberá disponer de un servicio que asista en terreno a resolver el problema entre 8 y 72 horas corridas a partir del llamado telefónico o vía mail. Para lo cual el oferente deberá consignar un contacto y número de teléfono fijo y/o móvil para estos llamados. PERSONAL DEL ADJUDICADO. El oferente deberá entregar una nómina y currículum de los integrantes de su servicio técnico, que tendrán participación directa en la ejecución de las acciones de mantenimiento (Formulario 8). Así como también, deberá entregar un completo listado de herramientas, equipos e instrumental disponibles para la prestación del servicio en terreno. El oferente debe indicar el personal en relación directa a quién efectuará las mantenciones al equipo, y demostrar que cuenta con personal técnico altamente calificado, con capacitación en cada tipo de marca y modelo del equipo a ofertar. Por medio de certificados título o diplomas de cursos y currículum que indique sus años de experiencia técnica. El oferente debe indicar y demostrar que su servicio técnico cuenta con las herramientas y equipos para las inspecciones y evaluaciones indicadas en los protocolos técnicos. Además de poseer los manuales de usuario y servicio técnico del equipo. El personal Técnico que realiza las mantenciones deberá presentarse ante el Jefe del Subdepartamento de Ingeniería Clínica, antes de iniciar el servicio y al finalizar éste, con el fin de entregar un informe de mantenimiento, donde se indique claramente los trabajos realizados, repuestos utilizados (si los hubiese), identificación y ubicación del equipo, fecha de visita y si hubiere alguna sugerencia de reparación posterior. En el caso de las mantenciones preventivas, junto al Informe de mantenimiento debe adjuntar la hoja de chequeo, solicitada en la propuesta, con la descripción de todas las pruebas realizadas (Anexo Nº3). El personal del Adjudicado tendrá la responsabilidad de: 1. Realizar las labores de mantención y reparación con eficiencia, responsabilidad y discreción. 2. No entorpecer el trabajo de los funcionarios. 3. Informar al Jefe del Subdepartamento de Ingeniería Clínica sobre la ejecución de los trabajos e indicar malas prácticas en el uso del equipo, en caso de ocurrir, así como de recomendaciones o susceptibles de fallas. 4. Mantener el orden del lugar de trabajo y dejarlo limpio una vez finalizada la actividad. 5. No generar ruidos molestos que afecten la tranquilidad del lugar. 6. Responder con respeto, amabilidad y seriedad, posibles consultas de los funcionarios y personal técnico del hospital. 7. Asistir con buena presentación personal, elementos de seguridad necesarios para la realización de su trabajo e identificación como personal autorizado por la empresa adjudicada. 8. Traer sus propias herramientas de trabajo según la especialidad y en buen estado de manera que no representen un riesgo para los técnicos y usuarios. SUPERVISOR DEL ADJUDICADO. El oferente deberá designar un supervisor, quien lo representará ante el Hospital y será el interlocutor válido para las autoridades del mismo, con las siguientes funciones y obligaciones: 1. Guardar reserva absoluta respecto de la información y/o hechos relativos al Hospital de que tomare conocimiento en virtud de sus funciones y deberes. 2. Supervisar y verificar el efectivo cumplimiento de las obligaciones por parte de su personal. 3. Elaborar informes técnicos de las actividades realizadas, y entregarlas al Jefe del Subdepartamento de Ingeniería Clínica. 4. Sugerir mejoras técnicas para el equipo o instalaciones anexas. 5. Administrar la programación anual de los trabajos a realizar para el mantenimiento preventivo e informar mensualmente al Jefe del Subdepartamento de Ingeniería Clínica, la programación exacta del día y horas en que se desarrollarán los trabajos. DEL TIEMPO DE RESPUESTA. El Servicio Técnico deberá prestar un Tiempo de respuesta ante un llamado de emergencia, el que será entregado previo aviso del Hospital, ya sea por medio telefónico o vía mail, comprometiéndose el servicio técnico, a tener un tiempo de respuesta de máximo 8 horas telefónicamente y entre 8 y 72 horas corridas para visita en terreno. INCORPORACIÓN Y/O ELIMINACIÓN DE EQUIPOS El Hospital tendrá derecho a incorporar, excluir o remplazar del Convenio los equipos que estime, siempre y cuando pertenezcan a la familia de características técnicas del equipo en Convenio. Esto con acuerdo de la empresa adjudicada. El Hospital comunicará al Servicio Técnico la incorporación, exclusión o reemplazo del equipo mediante un documento escrito. Para el reemplazo del equipo de condiciones técnicas similares, se conservarán las condiciones y costos originales para cada equipo. El Hospital comunicará por escrito al Servicio Técnico la eliminación del equipo incluido en el Convenio, lo que dará origen a rebajar el costo correspondiente del total del Convenio. Para aquellos equipos de la misma familia, pero con características técnicas diferentes, el costo de su incorporación al Convenio será determinado en cada caso particular. CONSIDERACIONES. Las mantenciones preventivas del equipo deben incluir el chequeo de todas las partes y componentes que el equipo posea y será obligación del oferente indicar y gestionar el cambio de cada una de estas cuando corresponda. El oferente deberá entregar un listado de la tenencia en stock en todos los insumos y repuestos que el equipo necesite y en caso de no poseerlos definir los tiempos de entrega de estos, estén estos o no incluidos en el convenio. El personal de servicio técnico deberá disponer de todas las herramientas, equipos e instrumental necesario para hacer las mantenciones. El adjudicado deberá garantizar el suministro de los repuestos, accesorios e insumos apropiados para mantener funcional el equipo objeto de este contrato, siendo estos originales y de uso autorizado por el fabricante del equipo, en el menor tiempo posible. El número de visitas preventivas solicitadas para el equipo se ha definido con base en la documentación técnica del fabricante; en caso de que el oferente tenga alguna observación, deberá justificarla con documentación original y actualizada de fábrica para la revisión de las bases y su consideración por parte del Hospital. Se solicitará al adjudicado, la programación y ejecución de actividades enfocadas a garantizar el buen uso de la tecnología del equipo del presente contrato, mediante charlas con enfoque clínico que velen por el uso eficiente de las funciones disponibles para el equipo en el servicio correspondiente donde este se ubique. El Hospital no permitirá la intervención técnica de terceros que no correspondan al personal propio de la empresa adjudicada. ÍTEM SERVICIO CANTIDAD 1 044-3601 CONVENIO MATENCIÓN LASER QUIRÚRGICO 1 LISTADO DE EQUIPOS A CONVENIR El equipo a convenir se encuentra agrupado según tipo, marca y modelo, los cuales se detallan el Anexo Nº1 ANEXOS Anexo Nº 1 Listado de equipos incluidos en contrato de mantención. Anexo Nº2 Listado mínimo de repuesto incluidos y revisiones incluidas en mantención preventiva. Anexo Nº 3 Hoja de chequeo propuesta por empresa y detalle de repuestos básicos ofrecidos. Anexo Nº1 Nombre Equipo Nº Serie Marca Modelo Ubicación Año Láser quirúrgico LHT 1848-1120 Quanta System Litho Evo Pabellón 2020 Anexo Nº2 Dentro de la realización de mantención correspondiente, se deben realizar como mínimo las siguientes acciones: 1. Inspección visual del estado del equipo. 2. Revisión y chequeo. 3. Pruebas de funcionamiento general. 4. Pruebas de funcionamiento específico. 5. Calibraciones. 6. Desarme de piezas en caso que se requiriera. 7. Limpieza interna y externa del equipo. 8. Lubricación de partes. 9. Ajustes y control de parámetros. 10. Verificación de funcionamiento óptimo. 11. Reemplazo de componentes con vida útil limitada. 12. Reemplazo de elementos electrónicos, mecánicos, hidráulicos y eléctricos comunes dentro de la circuitería general del equipo. 13. Reemplazo de Kits de mantenciones preventivas especificadas por fábrica según horas de funcionamiento equipos, los cuales se detectasen como potenciales fallas futuras, de acuerdo a las especificaciones del fabricante. 14. Pruebas de seguridad eléctrica. 15. Limpieza microfiltro. 16. Cambio agua refrigeración. 17. Limpieza intercambiador de calor. 18. Limpiezas ópticas. 19. Verificación lámpara destellos. 20. Verificación alineación ópticas. 21. Inspección visual fibras en uso. Se debe considerar Kit de mantenimiento que incluya repuestos e insumos básicos para cumplir con las mininas acciones a realizar antes descritas del mantenimiento preventivo. • Debe Adjunta Hoja de chequeo de empresa.