1° OBJETIVO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA
1.1 Objetivo
En atención a que de acuerdo a lo previsto por el Art. 35 de la Ley Nº19.886, Art. 35 bis de la ley 21.634 y en el Artículo 29 del Decreto 661 2024, del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de dicho cuerpo legal, los servicios que se licitan no se encuentran incluidos en el Catálogo de Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública. El Hospital Base San José Osorno, en adelante también “El Hospital”, llama a presentar ofertas mediante licitación pública.
Las presentes Bases Administrativas establecen las disposiciones que regirán la licitación, adjudicación, posterior contrato y procedimiento que celebre el Hospital Base Osorno, para la contratación del CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS PARA TRAUMATOLOGIA HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO.
Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas que tengan capacidad para contratar con la Administración del Estado, y que no registren alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la Ley Nº19.886, Ley de Compras y Contratación Pública.
La forma de la presente licitación pública corresponde a aquella adquisición mayor a 8.000 UTM.
1.2 Ámbito
Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada para estipular la contratación del convenio de CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS PARA TRAUMATOLOGIA HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO, para el Hospital Base San José Osorno.
Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del Hospital y publicado en el portal www.mercadopublico.cl.
El precio de referencia para el presente proceso licitatorio será de $6.000.000.000.- (seis mil millones de pesos chilenos) I.V.A. incluido.
Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra.
2° BASES DE LICITACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
Las presentes Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:
2.1 Bases de licitación
● Bases Administrativas
● Bases Técnicas
● Formularios anexos
2.2 Definición de términos
- Licitación o Propuesta Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual la Administración realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.
- Ley de Compras: Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
- Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el Hospital Base San José de Osorno, que describen los bienes o insumos, prestaciones o servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
- Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras.
- Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.
- Oferta: El costo ofrecido por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en ellas.
- Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.
- Días corridos: corresponde a todos los días de la semana, incluyendo sábado y domingo, feriados y festivos. Al momento de referirse a la palabra “días” se entenderá como “días corridos”.
- Cierre de licitación: Fecha límite designada para presentar ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, la oportunidad para ingresar propuestas a través del portal de compras debe ajustarse efectivamente al cronograma del llamado a licitación.
- Comisión evaluadora: Delegación de funcionarios del hospital Base San José de Osorno designados por su Director(a) con el objeto de asesorarla en la apertura de la propuesta y la evaluación de las ofertas.
- Apertura: acto de apertura electrónica por el cual el establecimiento toma conocimiento del contenido de las ofertas presentadas a través del sistema de información de compras y contratación pública, una vez vencido el plazo de presentación fijado para tal efecto.
- Adjudicación: acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministros o servicios, regido por la Ley 19.886, en adelante, también, la “Ley de compras”.
- Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
- Precio de Referencia: Corresponde a una aproximación del precio a pagar por el servicio licitado.
- Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el Hospital encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles.
- Especificaciones Técnicas: Es aquel conjunto de características técnicas que deberá cumplir como mínimo el servicio en licitación a entregar por el proveedor.
- Garantía: Aquel instrumento que asegure la seriedad o fiel y oportuno cumplimiento de un contrato. Dicho documento asegura su cobro en forma rápida oportuna y efectiva.
- Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección.
- Unión Temporal de Proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño (EMT).
- Empresa de menor tamaño (EMT): Para los efectos del Reglamento de compras públicas, y según lo dispuesto en artículo 47 de la Ley de Compras, se estará a la definición de micro, pequeña y mediana empresa y empresa de menor tamaño del artículo segundo de la ley N° 20.416, que Fija Normas Especiales para las EMT. Dentro de esta clasificación serán consideradas aquellas cooperativas que, de conformidad con el decreto con fuerza de ley N°5 de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, concordado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas, cumplan con los requisitos para ser EMT de acuerdo con la referida ley N° 20.416. No será considerada como una EMT aquella que pertenezca a un grupo empresarial, definido de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de compras públicas, en el que la sociedad controladora no sea una EMT. Lo anterior deberá ser acreditado de conformidad con la información disponible en el Registro de Proveedores, proporcionada mediante declaración jurada.
Para efectos de lo establecido en el párrafo tercero del Capítulo IX de la Ley de Compras, los artículos 71 numeral 6, 86, 87, 89, 97 y 98 del Reglamento de compras públicas, especifican las reglas aplicables para asegurar la adecuada participación de las EMT y proveedores locales en los procedimientos de contratación, especialmente en lo referente a la participación de las EMT a los procedimientos de Contratación Directa con Publicidad, Convenios Marco y Compra Ágil, conforme a lo establecido en la normativa
- HBSJO: Para efectos de esta licitación, hace referencia al Hospital Base San José Osorno.
3° NORMATIVA Y ORDEN DE PRECEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, el presente llamado a licitación, se regirá por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:
● Bases Administrativas, Técnicas y sus formularios, Condiciones Contractuales y Resolución Aprobatoria del Contrato.
● Aclaraciones, consultas y respuestas de las bases de licitación, si las hubiere. Se hace presente que las aclaraciones, consultas y respuestas prevalecen sobre el pliego de condiciones, sin perjuicio de su interpretación armónica (aplica dictamen N°74.094 de 2013).
● Oferta de él o los proponentes respectivos.
● Resolución adjudicataria.
● Resolución aprobatoria de contrato, si corresponde.
● Orden de compra.
3.1 Análisis técnico económico (Artículo 31 del Reglamento de la Ley de Compras)
Se establece que estas bases fueron elaboradas teniendo en cuenta análisis técnico económico previo vía mecanismo de cotización.
Las cotizaciones fueron requeridas con el detalle del servicio asociado, con las características especiales señaladas en las bases técnicas.
4° LLAMADO A LICITACIÓN (Artículo 45º del Reglamento de la Ley de Compras)
El llamado a propuestas se publicará a través del portal www.mercadopublico.cl.
El llamado a presentar ofertas deberá publicarse en el Sistema de Información y deberá contener, a lo menos, la siguiente información:
1. Descripción del bien y/o servicio a licitar.
2. Nombre de la Entidad licitante.
3. Fechas para las consultas y aclaraciones a las Bases.
4. Fecha y hora de cierre y apertura de las ofertas.
5. En los casos fundados en que la apertura se efectúe respecto de sobres en soporte papel y se admita la presencia de los oferentes, se deberá indicar el lugar en que se llevará a cabo la apertura.
6. Monto y modalidad de las garantías exigidas cuando corresponda.
5° REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES (Artículo 4º de la Ley de Compras 19.886)
Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la declaración jurada requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad.
Podrán participar en esta propuesta pública las personas naturales, jurídicas, chilenas o agencias extranjeras o uniones temporales de proveedores (Empresas de Menor Tamaño), que cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos y acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente, además de cumplir con lo siguiente:
- No estar afecta a alguna de las causales del artículo 4º de la Ley 19.886 de compras Públicas. (Formulario N°9).
- En caso de personas jurídicas, no estar afecta a alguna de las inhabilidades de la Ley 20.393. (Formulario N°10).
Los participantes deberán acreditar que no están afectos a las prohibiciones para contratar con los órganos del estado contenidas en los artículos 35 quáter de la ley N° 19.886; 26, letra d), del decreto ley N°211, de 1973 y 33 de la ley N° 21.595.
5.1 IDONEIDAD TÉCNICA Y FINANCIERA DE LOS PROVEEDORES. (Artículo 26 del Reglamento de la Ley de Compras)
La idoneidad técnica y financiera de los proveedores será acreditada con la inscripción de los proveedores en el Registro de Proveedores.
En todo caso, los proveedores que deseen ofertar deberán presentar los antecedentes técnicos y financieros que se requieran en cada licitación y que no se encuentren en poder de la Administración del Estado.
5.2 HABILIDAD EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES (Artículo 16 de la Ley de Compras 19.886)
Los proveedores, sean personas naturales o jurídicas, deberán encontrarse inscritos y en estado hábil en el Registro de proveedores del estado para proponer una oferta en cualquier procedimiento de adquisición. Así también, será requisito para gestionar órdenes de compra recibidas.
El servicio del Registro está a cargo de la Dirección ChileCompra y en él se inscribirán las personas naturales y jurídicas, chilenas y extranjeras que no tengan causal de inhabilidad para contratar con los organismos del Estado, siendo las tarifas son diferenciadas según el tamaño de empresa.
5.3 DE LAS INHABILIDADES (Artículo 35 septies de la Ley de Compras 19.886)
Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
Además, los oferentes deben tener presente las siguientes inhabilidades de acuerdo a la “Modernización de la Ley de Compras Públicas”, y que afectan tanto a las personas naturales como a las personas jurídicas que se encuentren en las siguientes situaciones:
1. Condenas por los delitos concursales y tributarios indicados en el artículo 35 septies de la Ley de Compras Públicas.
2. Condenas por delitos de cohecho, financiamiento al terrorismo y lavado de activos y aquellas incluidas en las listas negras de instituciones financieras multilaterales.
3. Condenas por incumplimiento contractual respecto de un contrato con organismos sujetos a la Ley de Compras Públicas.
4. Quienes hayan proporcionado antecedentes maliciosamente falsos, enmendados o tergiversados respecto de sus beneficiarios finales y no hayan subsanado aquello dentro del plazo de 10 días desde que se requiera la enmienda de la información por parte de ChileCompra.
5.4 CONFLICTOS DE INTERES (Artículo 35 quáter de la Ley de Compras Públicas 19.886)
Se establece que no podrán suscribirse contratos con personal del Hospital Base San José Osorno, ni con sus cónyuges, convivientes civiles o familiares hasta el 2° de consanguinidad o afinidad, ni con las sociedades en las que las personas señaladas participen o sean beneficiarios finales.
Igualmente, la prohibición para suscribir contratos se aplica respecto de los funcionarios directivos del Hospital Base San José de Osorno hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, así como también respecto de los funcionarios que participen en procedimientos de contratación.
Es decir, la imposibilidad de vender bienes y servicios al Hospital Base San José de Osorno se amplía a todos los funcionarios y funcionarias que allí trabajen, cualquiera que sea su calidad jurídica, y no solo a los Directivos.
Esta prohibición, tratándose de directivos y funcionarios que participen en los procesos de compra para suscribir contratos con la misma institución en la que se desempeñan, se extiende mientras ocupen sus cargos, y hasta un año después que hayan cesado en sus funciones en el organismo.
5.5 DEBER DE ABSTENCION (Artículo 35 quinquies de la Ley de Compras Públicas)
Se establece que las autoridades y funcionarios del Hospital Base San Jose Osorno deberán restarse de los procedimientos de compra en los que puedan tener interés.
Esto considera, además, si está involucrado en el proceso de contratación su conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguineidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común.
5.6 Unión temporal de proveedores (Artículo 180 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas)
La Unión temporal de proveedores (UTP) permite a personas y empresas asociarse temporalmente para ofertar en los procesos que se publican en www.mercadopublico.cl, de manera de sumar experiencia y presentar una oferta más completa y atractiva. Para este efecto los oferentes deberán cumplir con los requisitos exigidos de acuerdo a la “Modernización de la Ley de Compras Públicas”.
a. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño.
b. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.
c. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
d. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.
e. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.
5.7 Presentación de las ofertas. (Artículo 181 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas)
El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta.
Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
Cada Entidad licitante establecerá para cada Proceso de Compra el formulario de oferta y los antecedentes solicitados a los Oferentes, quienes no podrán, para un mismo proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores.
Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas, salvo el caso que las Bases dispongan la autorización de la presentación de más de una oferta por un mismo Proveedor. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico.
6° PLAZOS (Artículo 46º del Reglamento de la Ley de Compras)
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos establecidos en las bases, (ficha del portal mercadopublico.cl).
A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, los domingos y los festivos.
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Fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl
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Hasta 30 días corridos desde la total tramitación de la resolución que aprueba las presentes bases de licitación.
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Fecha inicio preguntas
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A contar de la publicación en el portal de compras públicas.
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Fecha final de preguntas
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Hasta las 17:00 hrs. del décimo quinto (15) día corrido a contar de la publicación.
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Fecha de publicación de respuestas
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Hasta las 17:00 hrs. del vigésimo (20) día corrido a contar de la publicación.
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Fecha de cierre de recepción de ofertas
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A las 17:00 hrs. del trigésimo (30) día corrido a contar de la publicación.
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Fecha de acto de apertura de ofertas
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Al trigésimo (30) día corrido desde la publicación de la licitación a las 17:05 hrs.
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Fecha estimada para la evaluación de Ofertas
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Hasta el quinto (10) día hábil siguiente de la Fecha de la Resolución Exenta que designa la comisión evaluadora.
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Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la Comisión de Evaluación
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Hasta 48 horas a partir de la publicación de solicitud de aclaración en portal de www.mercadopublico.cl.
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Fecha estimada de adjudicación
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Hasta el sexagésimo (60) día hábil siguiente a la fecha de cierre de evaluación de propuestas.
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Fecha para entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
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Hasta el sétimo día (7) día corrido siguiente a la fecha de notificación por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).
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Fecha para firma de contrato
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Una vez transcurrido el plazo de diez (10) días hábiles desde la notificación de la resolución de Adjudicación.
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Fecha término de contrato
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24 meses contados desde la fecha de toma de razón donde se aprueba el contrato por parte de contraloría General de la Republica.
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Consideraciones
- La apertura se efectuará en una etapa (Oferta Económica y Técnica aperturados en forma conjunta).
Se establece que el plazo de cierre para la recepción de las ofertas, no podrá vencer en días inhábiles o en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 17:00 horas, conforme al inciso final del artículo 46 del decreto 661 del 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley N° 19.886.
Respecto a la garantía de fiel cumplimiento, se establece que esta caución deberá otorgarse hasta el séptimo día siguiente a la fecha de notificación de la adjudicación de la licitación.
7° DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Osorno y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
8° CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES (Artículo 160° del Reglamento de la Ley de Compras).
Los proponentes podrán formular, consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro Electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido.
No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.
Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Hospital podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes.
Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl).
Atendido a que el presente acto administrativo se encuentra sometido al trámite de Toma de Razón por parte de la contraloría General de la República, toda modificación efectuada a las Bases, deberá estar sujeta a la misma formalidad. (artículo 10, numeral 10.4 de la resolución N°7 de 2022 que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón).
9° VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS (Artículo 117° del Reglamento de la Ley de Compras)
La propuesta deberá tener validez de 90 días corridos contados desde el cierre. Si dentro de dicho plazo no fuese posible efectuar la adjudicación del llamado a licitación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes la prórroga de las propuestas, hasta en 60 días más. Si el Adjudicatario se niega a cumplir con su oferta y a suscribir el correspondiente contrato definitivo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y su reglamento.
Serán rechazadas aquellas propuestas cuyo periodo de validez sea menor que el requerido o sea mal extendido provocando un desmedro para el hospital.
10° PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y DE LOS DOCUMENTOS DE ANEXOS
La entrega de las propuestas, deberá efectuarse únicamente a través del Sistema de Información (digital) en el plazo previsto para la presentación de ofertas.
Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases, y considerando las restricciones de UTP.
Excepcionalmente, en los casos establecidos en el artículo 115 de la Ley 21.634, se podrán recibir en soporte papel, en el domicilio de la Entidad licitante y en los plazos que correspondan.
En el caso que la Entidad licitante reciba físicamente documentación de parte de los proveedores, designará a una persona encargada de la custodia de las ofertas, archivos digitales y documentos acompañados, debiendo disponer las medidas que aseguren su inviolabilidad y correcta conservación.
10.1 De los Antecedentes Administrativos
Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes:
- Formulario Nº 1: Identificación del proponente.
- Formulario Nº 2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública.
- Formulario N°9: Declaración jurada que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, Ley 19.886.
- Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales: Los oferentes no deben registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
- Formulario Nº 10: Declaración jurada que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley Nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
- Formulario Nº 8: aceptación y conocimiento de protocolo de esterilización.
10.2 De la Propuesta económica
El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl.
Deberá ser expresado en pesos chilenos, y corresponder a los valores unitarios netos de cada kit (sin I.V.A.). Dicha oferta no será reajustable durante todo el periodo de vigencia del contrato.
Los oferentes deberán además completar el formulario económico (Formulario Nº3), REQUISITO EXCLUYENTE. el cual deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo.
Diferencias en los valores de la propuesta: En caso de existir discrepancia entre los valores ofertados en la oferta económica del formulario N°3, y la oferta electrónica, prevalecerá el valor unitario ingresado a la ficha de Ingreso de Oferta de la licitación (portal).
Considerar que el precio ofertado debe incluir los tornillos y tapones que se ocupen en una placa o clavo endomedular y la opción de cualquier tamaño de implante.
Considerar que le precio ofertado debe incluir el instrumental quirúrgico consignado para la colocación y/o retiro de los implantes, y equipos en comodato durante la vigencia del contrato.
Asimismo, el oferente deberá detallar el precio unitario de cada producto componente utilizada por cada cirugía, deberá adjuntar en su oferta el detalle de estos, con sus precios unitarios.
10.3 De la Propuesta Técnica
Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas.
La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de bienes e insumos requeridos, la cobertura de estos, sus límites y alcances y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación.
La Propuesta Técnica deberá ajustarse a lo requerido en el Formulario N°4 de las presentes Bases de Licitación. REQUISITO EXCLUYENTE.
Los oferentes deberán detallar los productos que componen cada ítem ofertado, indicado el código y descripción del producto para cada cirugía.
Tiempo de Reposición de componentes contados desde la fecha de envío del correo electrónico del jefe de traumatología o quien subrogue o reemplace o quien designe el Subdirector Médico Formulario N°5. REQUISITO EXCLUYENTE.
El oferente deberá declarar su Oferta de set para realizar cirugías simultaneas (formulario N°5). Este documento debe ser anexado en antecedentes Técnicos. REQUISITO EXCLUYENTE.
Cada oferente deberá indicar profesional que está a cargo en las cirugías en pabellón, este deberá acreditar experiencia (adjuntar certificado de experiencia en cirugías similares), además deberá adjuntar certificados de la superintendencia de Salud de la profesión de las asistencias quirúrgico y certificado de vacunas de hepatitis b. (Formulario N°6). Este documento debe ser anexado en antecedentes Técnicos. REQUISITO EXCLUYENTE.
El oferente deberá acreditar su experiencia mediante contrato donde presta o prestó el mismo servicio en entidades de salud. Se considerará un contrato por cada cliente. (Formulario N°7). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXCLUYENTE.
Mejores condiciones laborales, en donde el proveedor deberá acreditar mediante el pago de leyes sociales y liquidaciones de sueldo de sus asistentes quirúrgicos.
Los formularios técnicos N° 4, 5, 6 y 7 tienen carácter de obligatorio, por lo que su omisión será causal de rechazo de la oferta en el proceso de Apertura.
El oferente deberá indicar, bajo su responsabilidad, el personal profesional y elementos que pondrá a disposición para el desarrollo del servicio y el cumplimiento de los objetivos.
Para el presente proceso licitatorio no se requiere la presentación de muestras de bienes o insumos. Sin embargo, si la comisión evaluadora durante el proceso de revisión y evaluación técnica requiere de muestras para subsanar dudas y obtener mayores detalles, estas serán solicitadas a los oferentes a través del foro inverso del portal de compras, en un plazo máximo de 48 horas, de no cumplir la oferta será declarada inadmisible.
El oferente deberá indicar, bajo su responsabilidad, el personal profesional y elementos que pondrá a disposición para el desarrollo del servicio y el cumplimiento de los objetivos.
10.4 Presentación de Antecedentes omitidos
El Hospital podrá permitir la presentación de Formularios o Antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta en el portal, siempre que éstos no sean excluyentes y dichas certificaciones o antecedentes omitidos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 56 Reglamento Ley Nº19.886).
En estos casos, el hospital a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá un plazo especial de 48 horas para que subsane dichas omisiones a través del Foro Inverso.
Si los documentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con la nota correspondiente, según el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”, señalado en el numeral 14.4.9 de la presente Bases.
Lo anterior, con excepción de los formularios N° 4, 5 ,6 y 7 que son de carácter excluyente, al igual que los certificados y antecedentes que se solicitan en dichos formularios.
El Hospital se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, errores menores, siempre que éstos no alteren el tratamiento igualitario a todos los oferentes y que no vulneren aspectos esenciales de las presentes bases y que no puedan afectar el principio de estricta sujeción a las bases, y se debe informar al resto de los oferentes publicándolo en el sistema de información.
No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación.
Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada.
Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación.
11° PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
12° GARANTÍAS
Para el presente llamado a Licitación y dadas las características del proceso, se requerirá de Garantía Seriedad de la Oferta y Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
En el evento que las garantías de seriedad de la oferta y del fiel cumplimiento de contrato se otorguen de forma electrónica, deberán ajustarse a la ley 19.799, sobre Documentos electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Serán considerados y admitidos como instrumentos de garantía aquellos que para tal efecto se prescriben en la Ley Nº19.886 y su reglamento.
12.1 Garantía de Seriedad de la Oferta (Artículo 31 del Reglamento de la Ley de Compras/ley 19.799).
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CARACTERISTICAS
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Tipo de Garantía
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Garantía de Seriedad de la Oferta.
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Exigibilidad
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Será obligatoria su entrega para todos los oferentes de la licitación. Independiente de la cantidad de propuestas que presente cada oferente, cada oferta debe presentar su propia garantía.
La no entrega en el plazo señalado será causal de rechazo de la oferta.
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Estipulaciones del documento
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Expresar su monto en pesos chilenos.
Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social.
Las garantías deberán ser pagaderas a la vista y tener el carácter de irrevocable y a primer requerimiento. El proveedor podrá otorgar la garantía mediante uno o varios instrumentos financieros, siempre que estos sean de la misma naturaleza.
Al momento de regular la garantía de seriedad, las Bases no podrán establecer restricciones respecto a un instrumento en particular, debiendo aceptar cualquiera que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 52 del Reglamento de Compras Públicas.
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Beneficiario
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Hospital Base San José de Osorno
Rut: 61.602.260-1
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Tomador
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El tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo oferente, o un tercero a su nombre.
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Monto
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$1.000.000.- (un millón de pesos)
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Fecha de vencimiento
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Deberá poseer una vigencia mínima no inferior a noventa días corridos desde la fecha de cierre del plazo para ofertar a la propuesta, fecha portal www.mercadopublico.cl.
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Glosa
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“GARANTIZA LA SERIEDAD DE LA OFERTA PARA EL CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS PARA TRAUMATOLOGIA HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO, ID 1063538-2-LR25”
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Causales de cobro
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El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía si el oferente desiste de su oferta por cualquier causa, en las siguientes instancias:
- El proveedor que resulta adjudicado no remite la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, dentro del plazo establecido en el numerando 6° de las presentes bases.
- El adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de licitación.
- El adjudicatario desiste de participar de la propuesta.
Esta garantía no devengará intereses ni reajustes, y será restituida al adjudicatario una vez que éste suscriba el contrato respectivo y confiera la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
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Forma y momento de entrega
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Deberá entregarse con plazo hasta la fecha y hora de cierre de recepción de las ofertas. Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente.
Garantía Electrónica/Digital: Deberá ser escaneada e informada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl. Además, el archivo deberá ser cargado en portal www.mercadopublico.cl, esto último constituye un REQUISITO EXCLUYENTE.
Garantía Física: Deberá ser entregada en Oficina de Partes del Hospital Base San José de Osorno, en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente. REQUISITO EXCLUYENTE
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Forma y momento de restitución.
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La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. En el caso del oferente adjudicado, la devolución de la boleta Seriedad de la Oferta se hará efectiva luego de entregada la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y firmado el respectivo contrato.
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12.2 Garantía de fiel cumplimiento de contrato (Artículos 70, 71, y 72 del Reglamento de la Ley de Compras)
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CARACTERISTICAS
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Tipo de Garantía
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Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
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Exigibilidad
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Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la presentación de un instrumento de garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Si dicha garantía no es presentada en tiempo y forma, el Hospital Base San José de Osorno se reserva el derecho de hacer uso efectivo de la Garantía de Seriedad de la Oferta, dejando sin efecto administrativamente la adjudicación, sin perjuicio de otros derechos.
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Estipulaciones del documento
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Expresar su monto en pesos chilenos.
Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social.
La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable.
No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.68 del Reglamento de Compras Públicas.
En el evento que las garantías de seriedad de la oferta y del fiel cumplimiento de contrato se otorguen de forma electrónica, deberán ajustarse a la ley 19.799, sobre Documentos electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
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Beneficiario
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Hospital Base San José de Osorno
Rut: 61.602.260-1
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Tomador
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El tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo adjudicatario, o un tercero a su nombre.
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Monto
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5% del monto total adjudicado y se expresará en pesos.
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Fecha de vencimiento
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La vigencia de la garantía deberá ser por todo el período de vigencia del contrato, más 60 días hábiles después de terminado el vínculo contractual
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Glosa
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“CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS PARA TRAUMATOLOGIA HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO, ID 1063538-2-LR25”
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Causales de cobro
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El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos:
- Por cualquiera de las causas que generen termino anticipado del contrato por parte del Hospital, de acuerdo al numeral 17.6 de las bases, con excepción de la indicada en la letra a) de dicho numeral.
- Cuando el adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886
- Incumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas o alguna de las obligaciones que impone el contrato y las bases administrativas y técnicas.
Estas exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de este centro asistencial.
En caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que “el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
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Forma y momento de entrega
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Esta garantía deberá entregarse en la oficina de partes del “Hospital”, dentro de los 7 días corridos siguientes a la notificación por parte del hospital (notificación desde Departamento jurídico). Si no se entrega dentro del plazo, el Hospital hará efectiva la garantía seriedad de la oferta (si aplicara), y quedará facultado para readjudicar el proceso, si fuera posible.
Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente. En el primer caso deberá ser escaneada y enviada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl, y en el segundo caso, deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base Osorno.
Si la garantía de cumplimiento no fuere entregada dentro del plazo indicado, la Entidad licitante podrá aplicar las sanciones que correspondan y adjudicar el contrato definitivo al Oferente siguiente mejor evaluado.
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Forma y momento de restitución.
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Para la devolución del instrumento de garantía, el proveedor adjudicado deberá solicitarla al término del contrato después de 90 días posterior al contrato que toma de Razón de Contraloría General de la República, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería.
Antes de solicitar dicha devolución, el Administrador de Contrato del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato.
Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería.
Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.
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En el caso de prorroga o aumento del contrato.
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En el caso de prórroga o aumento del contrato el proveedor deberá reemplazar, prorrogar o complementar la garantía de forma proporcional.
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12.2.1 Devolución de Garantía
Esta garantía será custodiada por el Departamento de Finanzas del Hospital y será devuelta, si procediere, una vez transcurrido el plazo de vigencia después de 90 días posterior al contrato que Toma Razón de Contraloría General de la Republica y certificado el cumplimiento del contrato por “el Hospital”, a solicitud escrita dirigida a la Dirección del Hospital, ya sea del proponente o de su personal autorizado expresamente para estos efectos.
13° REVISIÓN FORMAL Y APERTURA DE LAS OFERTAS (Artículo 51 del Reglamento de la Ley de Compras)
La apertura electrónica de las propuestas se efectuará (Oferta Económica y Técnica aperturadas en forma conjunta) en una etapa de las cuales son presentadas a través del Sistema de Información, se realizará en la fecha prevista en las presentes bases (Ficha del Portal mercadopublico.cl) y estará a cargo de un Ejecutivo Comprador de la Unidad de Abastecimiento del Hospital.
- Además, la Unidad de Abastecimiento corroborara si el Proveedor no hace ingreso formal al Hospital, ya sea en forma electrónica o presencial, según corresponda de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
Corresponderá al funcionario, verificar el ingreso de todos los anexos en el portal www.mercadopublico.cl, y realizar la admisibilidad de las ofertas, según lo señalado en el artículo siguiente.
13.1 Admisibilidad de las ofertas (Artículo 59 del Reglamento de la Ley de Compras)
Es requisito para participar en el presente llamado a licitación, y para la aceptación de la propuesta, presentar, en la forma y plazos señalados todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases.
Conforme con lo anterior se verificará el cumplimiento de cada uno de los siguientes criterios:
● La propuesta fue entregada conforme a lo exigido en el artículo 10º de las presentes bases, y los antecedentes incluidos en ésta permiten su evaluación y comparación con los demás proveedores.
● El oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y que están reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº19.886
● El oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades a que se refieren los artículos 8 y 10 de la ley N° 20.393
14° EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
14.1 Designación de la Comisión Evaluadora (Artículo 54 del Reglamento de la Ley de Compras)
Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora designada por la Dirección del Hospital. La designación se hará a través de un acto administrativo que contenga el ID del proceso de contratación, e identificando las personas que la componen con su nombre completo y RUT.
Los miembros de la Comisión no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.
La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios del Hospital Base San Jose Osorno:
1. Medico Jefe Servicio de Traumatología, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función.
2. Enfermero Jefe de Esterilización, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función.
3. Enfermero Jefe Piso Quirúrgico, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función.
4. Enfermero Jefe Unidad de Pabellón, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función.
5. Medico traumatología Infantil, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función.
14.2 Comisión Evaluadora (Artículo 54 del Reglamento de la Ley de Compras)
Esta Comisión propondrá sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y que resulten las más convenientes a los intereses de la Institución; la proposición fundada de declarar desierta el llamado de licitación y/o la proposición fundada de adjudicar dicha licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas.
Corresponderá a la Comisión confeccionar un Acta de evaluación, la cual deberá contener la siguiente información:
1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o Reglamento de compras; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento de compras.
3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante.
4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
6. Identificación de los integrantes de la comisión evaluadora.
7. Firmas y cargos integrantes de la comisión evaluadora.
8. Fecha del Acta.
De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado.
14.3 Errores u omisiones detectados durante la evaluación. (Artículo 56 del Decreto 661 de la Ley de Compras)
Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
- Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
- La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
- La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
14.4 Matriz de evaluación (Artículo 55 del Reglamento de la Ley de Compras)
El detalle de los criterios de evaluación y las respectivas ponderaciones serán los detallados en la siguiente matriz:
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N°
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN
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PONDERACIÓN
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1
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Evaluación económica
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50%
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2
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Evaluación técnica
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15%
|
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3
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Experiencia de los oferentes en instituciones publicas
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5%
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4
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Certificados y experiencia asistente quirúrgico
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10%
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5
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Oferta de set para realizar cirugías simultaneas
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5%
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6
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Tiempo de reposición de los componentes
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5%
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7
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Mejores Condiciones Laborales
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5%
|
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8
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Integridad y ética empresarial
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3%
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9
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Cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de la oferta.
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2%
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TOTAL, PORCENTAJE
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100%
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14.4.1 Evaluación Económica
Esta evaluación consta de una ponderación del 50% respecto a la evaluación final. El cálculo se efectuará proporcionalmente a la mejor oferta deduciendo el porcentaje de cada oferta presentada en relación a la más económica.
Los montos deben ser ingresados en el Formulario N°3 de las bases de licitación.
Fórmula de Cálculo:
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Puntaje Obtenido = (Precio mínimo ofertado / Precio Ofertado) *50
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14.4.2 Evaluación Técnica
14.4.2.1 De la evaluación técnica y presentación
Esta evaluación posee una ponderación del 15% respecto de la evaluación final.
Se regirá en base a la revisión de antecedentes presentados acordes a las bases técnicas y las ponderaciones de la siguiente tabla la evaluación.
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Nº
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REQUISITOS TÉCNICOS
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CUMPLE
(SI: 100 – NO: Inadmisible ó 0)
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1
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Especificaciones Técnicas indicadas en el Formulario N°4 Oferta Técnica. Excluyente.
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100/ INADMISIBLE
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2
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Identifica rótulos en idioma español, impresos o adheridos en la parte externa de los envases, y sin contacto con su contenido. Si el bien o insumo no cuenta con rótulo original en idioma local, el oferente deberá proveer de detalles en formato digital y adjuntar a la propuesta entregada.
(No podrán incluir oraciones, frases, expresiones, dibujos, figuras, símbolos, gráficos, ni cualquier otra expresión que induzca al uso equivocado). Excluyente.
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100/ INADMISIBLE
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|
3
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Manual de usos y tratamientos en español. Excluyente
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100/ INADMISIBLE
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4
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Identifica nombre del bien o insumo. Excluyente.
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100/ INADMISIBLE
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5
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Certificado de aleación y certificado de material nuevo. Excluyente.
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100/ INADMISIBLE
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|
6
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Identifica nombre y dirección del fabricante/importador autorizado (según corresponda) y del establecimiento responsable de la distribución del producto.
(Si se hiciese uso de licencia o poder, deberá figurar además el nombre del licenciante). Excluyente.
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100/ INADMISIBLE
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|
7
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Si el bien o insumo es importado (terminado), podrá respaldar productos a través de la certificación internacional que posea (FDA, TUV, CSA, CE, UL, IEC, ISO). Excluyente
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100/ INADMISIBLE
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8
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Protocolo de mantenciones preventivas de instrumental quirúrgico. Excluyente
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100/ INADMISIBLE
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9
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Evaluación referente técnico.
(Calidad de insumo, seguridad paciente/usuario, funcionalidad, etc.) Excluyente
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100/ INADMISIBLE
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Para el presente proceso licitatorio se considerará una parte de requisitos técnicos denominados obligatorios, los que deben ser cumplidos a cabalidad por el oferente.
Aquellas ofertas que no cumplan con el 100% del check list obligatorio (excluyentes) serán consideradas inadmisibles.
Fórmula de Cálculo:
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Puntaje Obtenido = (Puntaje obtenido por la oferta / 100) *15
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14.4.3 Experiencia de los oferentes en Instituciones Publicas
Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la evaluación final.
La experiencia de los oferentes será evaluada por el número de contratos con distintos hospitales públicos, periodo 2019-2022 (considerando 1 contrato por cada institución, similares o igual a las cirugías de la presente licitación), lo cual se debe acreditar por medio de contratos y/o resoluciones de adjudicación según corresponda.
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EXPERIENCIA DEL OFERENTE
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PUNTAJE
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|
Mas de 10 contratos
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100 puntos
|
|
Entre 9 y 5 contratos
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60 puntos
|
|
Entre 1 y 4 Contratos
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30 puntos
|
|
No presenta contratos
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1 puntos
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14.4.4 Certificados y experiencia asistente quirúrgico
Esta evaluación posee una ponderación del 10% respecto de la evaluación final.
Sera evaluado conformes: Presentación de los siguientes certificados Formulario N°6
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CERTIFICADOS Y EXPERIENCIA ASISTENTE QUIRÚRGICO
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PUNTAJE
|
|
Certificados de la superintendencia de Salud de la profesión de las asistencias quirúrgico propuesto para la presentación licitación (si presenta todos los certificados de los asistentes propuestos)
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30 puntos
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|
Certificado de vacuna de hepatitis B (si presenta todos los certificados de los asistentes propuestos)
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30 puntos
|
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Sera evaluado conforme a certificado emitido por el oferente, respecto de la experiencia en cirugías igual o similares de los asistentes quirúrgicos, propuestos para la siguiente licitación (emitido por el representante legal de la empresa)
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40 puntos
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Total
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100 puntos
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14.4.5 Oferta de set para realizar cirugías simultaneas
Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la evaluación final.
Sera evaluado conforme a Proveedor que oferte:
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OFERTA DE SET PARA REALIZAR CIRUGÍAS SIMULTANEAS
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PUNTAJE
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|
3 y más set, de manera simultánea puestos en Pabellón de traumatología
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100 puntos
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|
2 set de manera simultánea puestos en Pabellón de traumatología
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50 puntos
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|
1 set de manera simultánea puestos en Pabellón de traumatología cuando así sea requerido
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0 punto
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14.4.6 Tiempo de reposición de los componentes
Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la evaluación final.
Sera evaluado conforme a:
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TIEMPO DE REPOSICIÓN DE LOS COMPONENTES
|
PUNTAJE
|
|
Entre 1 y 12 horas para la reposición de componentes
|
100 puntos
|
|
Entre 13 y 24 horas para la reposición de componentes
|
50 puntos
|
|
Mas de 25 horas o no presenta información
|
0 punto
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14.4.7. Mejores condiciones Laborales
En esta evaluación posee el 5% el proveedor que posea mejores condiciones de empleo y remuneración de sus asistentes quirúrgicos, para lo cual, se deberá completar Formulario N°7 con la información solicitada:
En donde deberá enviar copia de a lo menos 3 contratos de trabajo vigentes y el respectivo certificado de pago de leyes sociales (solo se considerará para este criterio el asistente quirúrgico).
|
MEJORES CONDICIONES LABORALES
|
PUNTAJE
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|
El nivel de remuneraciones es superior a $1.000.000
|
100 puntos
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|
El nivel de remuneraciones es igual al $1.000.000
|
50 puntos
|
|
No se informa remuneraciones de los trabajadores o adjunta menos de 3 contratos y leyes sociales
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0 punto
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14.4.8 Integridad y ética empresarial
Esta evaluación tiene una ponderación del 3% de la evaluación final y será asignada según se describe en el siguiente cuadro:
|
INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL
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PUNTAJE
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|
Oferente acredita la existencia de programas de integridad y ética empresarial
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100 puntos
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|
El Oferente no acredita la existencia de programas de integridad y ética empresarial
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0 puntos
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14.4.9 Cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de la oferta.
Esta evaluación tiene una ponderación del 2% de la evaluación final y será asignada según se describe en el siguiente cuadro:
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CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES
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PUNTAJE
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Oferta presentada no contiene errores u omisiones
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100 puntos
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|
Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo
|
50 puntos
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El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo
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0 punto
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El criterio “14.4.9”, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 56º del Reglamento de la Ley Nº 661 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estableciendo que será facultativo para el Hospital, el posibilitar a un oferente salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta. Las certificaciones o antecedentes presentados para salvar errores u omisiones se aceptarán siempre que se hayan producido u obtenido:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Lo anterior solo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas.
De igual modo las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Lo anterior, dado que el presente criterio de evaluación guarda armonía con lo preceptuado en el dictamen Nº 045757 del año 2009 de Contraloría General de la República, el cual estatuye que el objeto esencial de las formalidades es otorgar por la vía de la transparencia y de la igualdad de los licitantes, seguridad jurídica, de manera tal que la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia sólo en la medida que se constate que la omisión tipificada cause desmedro de los derechos del Estado, reste transparencia o rompa el principio de igualdad de los licitantes, lo que está en armonía con el principio de no formalización contemplado en el artículo 13º inciso segundo de la ley Nº 19.880, donde conforme al dictamen Nº 15601 del año 2009, los errores intrascendentes o no esenciales no constituyen causal suficiente para rechazar postulaciones en procesos concursales.
La Evaluación Final se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro:
Puntaje final: Puntaje evaluación económica + Evaluación técnica + Experiencia de los oferentes en instituciones públicas + Certificados y experiencia asistente quirúrgico + Oferta de set para realizar cirugías simultaneas + Tiempo de reposición de los componentes + Mejores condiciones Laborales + Integridad y ética empresarial +cumplimiento requisitos formales de la oferta.
“La Comisión Evaluadora” recomendará o sugerirá al Director del Hospital, en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a los intereses del Hospital, aun cuando no sea la de menor precio
La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este capítulo.
15° ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA (Artículo 58 del Reglamento de la Ley de Compras)
Según los criterios de evaluación señalados en estas bases la adjudicación será de carácter simple y se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje, sin tener que ser necesariamente la oferta más económica, y siempre que cumpla técnicamente con lo mínimo establecido en estas bases.
La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio.
Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Hospital dentro del plazo señalado en el capítulo 6° de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Compras Públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Hospital, no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 24 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 30 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el capítulo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6 del reglamento de la ley Nº19.886.
15.1 Del derecho a declarar inadmisible las propuestas o desierto el llamado (Artículo 9° de la Ley de Compras Públicas).
El Hospital, se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las propuestas por incumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y/o Técnicas, esto en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley N° 19.886 sobre Compras Públicas.
Así también, se declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada.
Los oferentes no tendrán derecho a solicitar indemnizaciones de ninguna especie, por los gastos incurridos para participar en esta propuesta.
15.2 Inadmisibilidad de las ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí. (Artículo 60 del Reglamento de la Ley de Compras)
Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.
En este caso, la Entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo siguiente.
15.3 Ofertas riesgosas o temerarias. (Artículo 61 del Reglamento de la Ley de Compras)
La Entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Adicionalmente, las Entidades podrán establecer en las Bases criterios específicos para determinar que una oferta es riesgosa o temeraria.
Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.
15.4 Mecanismo de resolución de empate (Artículo 55 del Reglamento de la Ley de Compras)
Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente.
En caso de que el puntaje final entregue un empate entre 2 o más ofertas, se aplicarán las siguientes cláusulas de desempate, en el mismo orden indicado, hasta obtener un solo ganador; entre los participantes que han empatado.
- En caso de empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”.
- En caso de empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “Evaluación técnica”.
- En caso de persistir el empate, el tercer mecanismo de desempate a aplicar será aquel oferente que presente el mejor puntaje en el criterio “Experiencia asistente quirúrgico”.
De persistir el empate se solicitará la opinión conjunta y consensuada de los integrantes de la comisión evaluadora (previo estudio de las ofertas); quienes dirimirán la igualdad.
15.5 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes (Artículo 56 del Reglamento de la Ley de Compras)
No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación y fuera de los plazos señalados. Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada.
Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación.
15.6 Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación (Artículo 58 del Reglamento de la Ley de Compras)
Adjudicada la oferta propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación.
En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a funcionario de Abastecimiento del Hospital Base San José de Osorno; jonathan.salvoc@redsalud.gob.cl, quien entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.
16° FACULTAD DE READJUDICAR
El Hospital podrá readjudicar la licitación en un plazo de 60 días corridos (plazo referencial) contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta (si aplicara), en los siguientes casos, cuya enumeración no es taxativa:
a) Si el Contrato no se firma dentro del plazo estipulado, por razones o causas atribuibles al adjudicatario.
b) Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido.
c) Si el adjudicatario desiste de su oferta.
d) Error en la evaluación de las ofertas, subsanado oportunamente a través del sistema de información.
e) Las inhabilidades de los artículos 8º y 10º de la Ley Sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.393 indicadas a continuación;
Art. N°8.- Penas. Serán aplicables a la persona jurídica una o más de las siguientes penas:
1. La extinción de la persona jurídica.
2. La inhabilitación para contratar con el Estado.
3. La pérdida de beneficios fiscales y la prohibición de recibirlos.
4. La supervisión de la persona jurídica.
5. La multa.
6. El comiso a que se refiere el inciso tercero del artículo 14.
7. La publicación de un extracto de la sentencia condenatoria.
Art. N°10.- Inhabilitación para contratar con el Estado.
El tribunal podrá imponer a la persona jurídica la inhabilitación para contratar con el Estado, conforme a las reglas del Párrafo 5 del Título II de la Ley de Delitos Económicos.
La inhabilitación perpetua para contratar con el Estado sólo podrá ser impuesta respecto de crímenes, si concurre la circunstancia agravante prevista en el número 1 del artículo 7 o en caso de reiteración delictiva.
La readjudicación se realizará vía resolución fundada del Hospital, y se comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl
La readjudicación deja sin efecto la adjudicación, asignando los bienes o insumos, prestaciones o servicios al oferente que resultó en segundo lugar del proceso evaluativo, y se deberá realizar dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
17° CONTRATO
Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la formalización de un contrato de prestación de bienes y servicios. En dicho caso se deberá presentar además instrumentos de garantía descritos en numerando 12.2 de las presentes bases de licitación.
Tratándose de licitaciones superiores a 5.000 UTM, la suscripción del contrato se efectuará una vez transcurrido el plazo de diez (10) días hábiles desde la notificación de la resolución de Adjudicación.
Para la subscripción del contrato, los proveedores deberán encontrarse habilitados en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras donde además deberán acreditar su situación financiera y técnica.
El proveedor deberá presentar al departamento jurídico, boleta de garantía de acuerdo a lo solicitado vía correo electrónico. El oferente deberá hacer llegar la boleta a oficina de partes después de ello, el contrato lo redactará la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital de conformidad a lo que se expresa en las bases de licitación, la oferta adjudicada y demás documentos que integran la relación contractual.
Junto con lo anterior el proveedor deberá acompañar un documento en que se acredite la personería de quien actúe como representante legal en la suscripción del contrato. En dicho documento deberán constar las facultades o poderes de dicho representante legal para suscribir contratos o convenios como el de la especie.
Formarán parte integrante del contrato, las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y la Resolución de Dirección que las aprueba, consultas, aclaraciones y respuestas si las hubiere, la Resolución de Adjudicación, la oferta adjudicada, y demás normativas y reglamentos que se encuentren vigentes en la Institución.
Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de Licitación, no remite la garantía de fiel y oportuno cumplimiento o desiste de la propuesta; “el Hospital” se reserva el derecho a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y estará facultado para readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, según lo estime pertinente siempre y cuando dicha oferta sea conveniente para los intereses del Hospital.
En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
En razón de lo anterior, el Hospital estará facultado para solicitar en todo momento durante la vigencia del convenio, cualquier tipo de información y documentos referente al cumplimiento del pago de remuneraciones y leyes sociales y previsionales por parte del adjudicatario a sus trabajadores.
Si el adjudicatario no cumple con la firma y envío del contrato dentro del plazo señalado en el numeral 6° de las bases, el Hospital hará efectiva la garantía seriedad de la oferta, y quedará facultado para readjudicar el proceso, si fuera posible.
Para la firma del contrato se solicitará la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, extendida de acuerdo al numeral 12.2 de estas bases.
17.1 Vigencia (Artículo 65 del Reglamento de la Ley de Compras)
El contrato comenzará a regir a partir de la fecha de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República, y tendrá una vigencia de 24 meses, o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicataria.
17.2 Aumento y disminución de contrato
El contrato podrá ser aumentado o disminuido por iniciativa exclusiva del Hospital, hasta por un 30% si así lo estima conveniente para los intereses de la Institución, y tales variaciones no podrán significar una alteración del valor propuesto en su oferta económica.
Lo anterior, obedece a las características propias de la contratación en la que es parte una entidad de salud, y responde a la necesidad imperiosa que ésta tiene de cubrir sus requerimientos.
El aumento y/o disminución de contrato debe ser solicitado por el Referente técnico del HBSJO.
Para hacer efectivo dicho aumento, el Referente técnico deberá comunicar por correo electrónico al adjudicatario la disposición a aumento o disminución del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento.
El Referente técnico deberá además presentar un INFORME TÉCNICO, en el cual respalde y justifique el requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de aumento o disminución de contrato, sus principales implicancias y alcances.
Finalmente, el Referente técnico deberá solicitar V°B° a la Subdirección Administrativa y Subdirección Medica del HBSJO, adjuntando el V°B° en correo del adjudicatario y el Informe técnico.
El aumento o disminución deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de aumentos, renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12.2 de las presentes bases.
El acto administrativo que modifique el contrato, derivado de la licitación de que se trata, está sujeto al trámite de toma de razón.
17.3 Prórroga plazo del contrato
De ser necesario aumentar el plazo del contrato, esta prórroga será como máximo hasta 90 días desde terminado el plazo original, o desde agotado el presupuesto, y siempre que dicho acto sea gestionado, coordinado y comunicado al adjudicatario antes del vencimiento del contrato, y fundadamente, y sólo se permitirá por una vez.
La prórroga de contrato debe ser solicitada por el Referente técnico del HBSJO.
Para hacer efectiva la prórroga, el Referente técnico deberá comunicar por correo electrónico al adjudicatario la disposición a prorrogar o disminuir el plazo del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento.
El Referente técnico deberá además presentar un INFORME TÉCNICO, en el cual respalde y justifique el requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de prórroga o disminución de plazo del contrato, sus principales implicancias y alcances.
Finalmente, el Referente técnico deberá solicitar V°B° a la Subdirección Administrativa y Subdirección Medica del HBSJO, adjuntando el V°B° en correo del adjudicatario y el Informe técnico.
La prórroga o disminución del plazo del contrato deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de prórroga, renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12.2 de las presentes bases.
Todo acto administrativo que modifique el contrato, derivado de la licitación de que se trata, está sujeto al trámite de toma de razón.
17.4 Resciliación del Contrato (Artículo 130 del Reglamento de la Ley de Compras)
Las partes podrán poner término al Contrato de común acuerdo en forma anticipada.
17.5 Cesión del contrato y subcontrataciones
El Adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo.
La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
Durante la ejecución del contrato, y previa autorización por escrito del Hospital, el adjudicatario sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por la Contraparte Técnica del Hospital. Además, el subcontratista deberá encontrarse hábil en el registro de proveedores. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Hospital.
El Hospital cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring en la medida que se notifique oportunamente de dicho contrato al correo jose.cordova@redsalud.gob.cl y gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl.
17.6 Término anticipado del contrato por parte del Hospital (Artículo 130 del Reglamento de la Ley de Compras)
Los contratos administrativos regulados por la Ley de Compras y este reglamento podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causas:
1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.
4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de compras. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento de compras.
6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7. Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
17.7 De los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada. (Artículo 132 del Reglamento de la Ley de Compras)
Los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo o su modificación deberán ser fundados y publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las veinticuatro horas de dictado; salvo que concurra alguna de las situaciones señaladas en el artículo 97 del reglamento de compras.
17.8 Referente o coordinador técnico del convenio
El Hospital Base San José de Osorno supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato, para lo cual se designa como Coordinador del mismo al Médico Jefe Servicio Traumatología del Hospital Base San José de Osorno (pablo.larraguibel@redsalud.gob.cl) o quien lo subrogue o reemplace o a quien el designe, quien tendrá entre otras, las siguientes funciones:
- Monitorear y gestionar los plazos establecidos en el contrato;
- Exigir y fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato en todos sus aspectos técnicos;
- Evaluar informes al Hospital en términos cuantitativos y cualitativos sobre la ejecución, operación, gestión del contrato, y aplicación de multas cuando procedieran.
- Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.
- Reportar al Administrador de Contratos mediante documento o correo electrónico, cuando el adjudicatario incurra en incumplimientos, para que se apliquen las multas que correspondan.
17.9 Administrador del Contrato
El Hospital Base San José Osorno también supervisara y revisará los aspectos administrativos del convenio, a través del administrador de contratos del Hospital (yasna.albarran@redsalud.gob.cl), o por medio de quien le subrogue o reemplace, o de quien se delegue, quien tendrá las siguientes funciones:
- Supervisar la adecuada aplicación de los mecanismos de facturación y pago del servicio objeto del convenio.
- Gestionar el curse de sanciones o multas por incumplimiento de bases y contrato, adjuntando los antecedentes e informes del Referente técnico que lo justifiquen, actividad coordinada cuando corresponda con asesor jurídico del Hospital.
- Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.
17.10 Contraparte técnica de la adjudicataria para el convenio.
El proveedor adjudicado designará un “Coordinador del convenio” con dedicación permanente que lo representará ante el Hospital para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Ejecutor.
En el desempeño de su cometido el Coordinador del Convenio deberá:
- Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del convenio por suministro.
- Emisión y envío de Informes periódicos para mantener ordenados los estados de pagos de facturas.
- Informar cualquier cambio en la calidad y/o presentación del servicio, en los plazos estipulados en estas bases y a quien corresponda.
- Coordinar las asesorías que el Hospital requiera.
- Recepcionar los reclamos y su gestión.
- Coordinar las urgencias.
- Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.
Todo cambio relativo a la designación del Coordinador deberá ser informado a la Contraparte Técnica del Hospital por el Representante Legal, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio.
18° CONFIDENCIALIDAD
El personal que ejecute labores en el Hospital, así como el proveedor adjudicado, quedan obligados a mantener reserva de la información relativa a éste de la cual conozcan en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación.
En especial mantendrán reserva de la información referida a pacientes y usuarios del Hospital.
El Ejecutor y las personas que desarrollen los servicios no podrán difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, información del Hospital o sus usuarios, de la cual haya tomado conocimiento en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación, reservándose el Hospital, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción.
19° PRECIO
El precio de la adquisición corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en el portal www.mercadopublico.cl más los impuestos correspondientes y, en los documentos adjuntados en la licitación en su formulario económico (Formulario N°3). Éste, no será reajustable.
20° EMISIÓN DE LAS ÓRDENES DE COMPRA
Una vez formalizada la total tramitación de la Resolución que aprueba el contrato, el Hospital podrá emitir la primera orden de servicio. Luego, el adjudicatario deberá aceptar la orden de Compra a través del portal en un plazo no superior a 48 horas, de acuerdo a los precios ofrecidos por el oferente y visados previamente por el Coordinador del Convenio y Administrador de Contratos.
La aceptación de la orden de compra por parte del proveedor será requisito indispensable para la RECEPCIÓN CONFORME que realizará el Hospital del servicio a través del portal de compras públicas.
Antes del envío de cada orden de compra, el comprador del Departamento de Abastecimiento verificará el cumplimiento del estado de habilidad y/o inscripción vigente del adjudicatario en Registro de Proveedores.
20.1 Entrega de el o los productos y/o ejecución de prestaciones y servicios (EN CASO DE PROCEDER O APLICAR).
Los insumos o productos, así como el equipamiento en comodato (bonificación) debe ser entregado previa solicitud formal y coordinación, en Bodega General del hospital; ubicado en Avenida Guillermo Bühler Nº 1765 Osorno.
Además, el proveedor de forma obligatoria debe considerar lo siguiente: El transporte de los productos desde las Bodegas del Proveedor hasta las dependencias del Hospital será de costo y cargo de este. Es decir, debe estar incorporado en el precio ofertado del producto.
Para la gestión de despachos o el envío de los bienes/insumos o productos por parte del proveedor hacia la bodega general del Hospital, este deberá ser imperativamente acompañado por la guía de despacho correspondiente.
Los horarios de Bodega del HBSJO son de lunes a jueves de 8:00 a 14:00 hrs y el viernes de 8:00 a 13:00 hrs. Siendo ésta, la única vía de ingreso al HBSJO.
Posterior a la entrega de bienes/insumos o la prestación de un servicio (según corresponda); la institución deberá proceder con la validación o recepción conforme de estos. Este proceder resultará imprescindible para la posterior emisión de la factura comercial respectiva.
Para ello, el referente técnico, referente administrativo, funcionario de abastecimiento u otro (según corresponda), deberán confirmar las prestaciones realizadas y emitir un informe respecto del debido cumplimiento del oferente adjudicado de los servicios contratados, particularmente desde un punto de vista sanitario y administrativo, teniendo presente lo establecido en las Bases.
En virtud de lo dispuesto en Norma Técnica N° 226 del Ministerio de Salud, se señala la vigencia y obligación de los prestadores de salud de informar datos mínimos necesarios que permitan la trazabilidad de dispositivos médicos en sus correspondientes documentos de entrega (guía de despacho o factura comercial).
Este, debe indicar al menos:
1. Señalar que el insumo despachado cumple la condición de “dispositivo médico”.
2. Los siguientes datos de trazabilidad:
• Nombre del producto o dispositivo médico.
• Identificación del proveedor.
• N° de guía/factura, según documento de entrega.
• Modelo (sólo cuando corresponda)
• N° de lote/serie
• Fecha de vencimiento
Considerando que la normativa establece que el nombre del dispositivo médico puede obedecer a la denominación asignada al interior del establecimiento de salud, es importante señalar que este puede sufrir modificaciones las que serán informadas oportunamente.
Se adjunta Norma Técnica N°226 y Oficio Circular IP N°8 del 02 de marzo del 2023 que instruye la aplicación de la normativa en los prestadores institucionales de salud.
21° DE LA FACTURACIÓN Y PAGO (Artículo 133 del Reglamento de la Ley de Compras)
Los pagos a los proveedores por los bienes y/o servicios adquiridos por las Entidades deberán efectuarse por éstas dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, salvo en el caso de las excepciones legales que establezcan un plazo distinto.
Con todo, para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente la respectiva Entidad registre en el Sistema de Información:
a) La entrega de los bienes o la fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del Proveedor, en el momento en que esto ocurra.
b) La recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos, por la jefatura de la unidad encargada de adquisiciones de la respectiva Entidad, por quien tenga delegada dicha función o por quien haya sido designado administrador del contrato.
Si no hubiese conformidad con los bienes y/o servicios adquiridos, deberá registrarse los hechos en que se funda la disconformidad y acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan.
La factura/boleta deberá emitirse a nombre del “Hospital Base San José de Osorno” y de acuerdo a los siguientes antecedentes.
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NOMBRE
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Hospital Base San José De Osorno
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RUT
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61.602.260-1
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DOMICILIO
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Guillermo Bühler #1765, Osorno, Provincia De Osorno, Región De Los Lagos.
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GIRO
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Salud
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Si el proveedor emite DTE Factura, debe proceder a lo siguiente para que la factura comercial no sea rechazada:
- Enviar archivo xml a casilla electrónica de intercambio dipresrecepcion@custodium.com en un plazo no superior a 48 horas contadas desde su emisión.
Para lo anterior, debe proceder a través de sus softwares de facturación propio o en Servicio de Impuestos Internos. No corresponde el envío por correo electrónico (e-mail).
- Debe referenciar el N° de orden de compra en el recuadro especial (campo 801) cuando sea una orden de compra de Mercado Publico.
Cuando se trate de una orden de compra “interna” (no de Mercado Público), no debe completar este campo. Este ingreso debe ser exacto; ya que, de lo contrario, el software utilizado por el hospital lo rechazara automáticamente.
- Debe coincidir el monto facturado con el monto recepcionado a través de la plataforma Mercado Público.
La forma de pago es mediante Cheque y/o Transferencia Electrónica después de 30 días de la fecha de recepción conforme de la factura/boleta respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno del suministro contratado.
El Hospital podrá reclamar del contenido de la factura dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción (ley 19.983); si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar la fecha de vencimiento para su pago.
21.1 Pago indebido y su restitución. (Artículo 134 del Reglamento de la Ley de Compras)
Se entenderá que existe un pago indebido cuando por error material, aritmético o de hecho se efectúe un desembolso de fondos públicos a favor de un Proveedor que no tiene derecho para recibir dicho pago, o en una cuantía que excede la obligación establecida en el contrato u Orden de Compra respecto de bienes y/o servicios afectos a la Ley de Compras.
El Proveedor que reciba un pago indebido, total o parcial, queda obligado a restituir las cantidades percibidas en exceso.
El Hospital Base San José de Osorno deberá requerir, de oficio, al Proveedor la restitución de los montos correspondientes, dentro de un plazo de treinta días hábiles desde que tomó conocimiento del pago indebido. Este requerimiento podrá efectuarse a través del Sistema de Información. Para estos efectos, los servicios deberán tener en cuenta las instrucciones dictadas por el Ministerio de Hacienda al respecto.
En caso de que el Proveedor no proceda a la restitución en el plazo solicitado, el HBSJO deberá informar dicha situación a la Dirección de Compras, para que inicie un procedimiento de suspensión, de conformidad a los artículos 160, numeral 9, y 161 del Reglamento de Compras.
22° INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS (Artículos 135 y siguientes del Reglamento de la Ley de Compras)
Antecedentes Generales
Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará al Hospital para aplicar una o más de las sanciones que se indican a continuación, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que posea constituidas el proveedor.
22.1 Infracciones contractuales
Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa en UTM por cada evento o día de incumplimiento:
● Difundir, divulgar o comunicar sin la expresa autorización del Hospital todo o parte del informe, documento o servicio contratado. Se cobrará una multa de 5 UTM por evento.
● No cumplir con el envío oportuno de información según corresponda al Coordinador del Contrato y/o Administrador de Contratos cuando alguno de estos lo solicitase, especialmente en casos de requerimientos urgentes. Se cobrará una multa de 5 UTM por cada día de atraso.
● Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido. Por cada día de atraso la multa será de 3 UTM.
22.2 Infracciones del servicio
- Por incumplimiento en bienes despachados de acuerdo a lo requerido en las especificaciones técnicas. La multa será de 5 UTM por cada evento.
- No realizar entrega de equipo en comodato requerido en bases de licitación y previamente programado, la multa será de 5 UTM. Por día de atraso.
- Incumplimiento de las características técnicas del suministro vigente: Detección en servicios clínicos del Hospital de alguna deficiencia en la calidad del producto adjudicado originalmente (dañados, defectuosos, adulterados, mal rotulados o doble rotulación (salvo idioma extranjero), o suministro de bienes distintos al inicialmente adjudicado. Esto será constatado mediante informe enviado por servicio clínico que identificó el incumplimiento. La multa será de 5 UTM por cada evento
- Que las cajas de instrumental sean entregadas húmedas o con condensado en su interior en nuestra institución, lo cual obligara al hospital a aplicar una multa de 5 UTM.
- Que las cajas de instrumental se entreguen sucias, con restos de materia orgánica/inorgánica, lo cual obligara al hospital a aplicar una multa de 5 UTM Por cada Evento.
- Que cajas de instrumental e implantes se presenten con paquetes rotos, instrumental o contenedores en el estado u oxidados al momento de la entrega en nuestras dependencias. Se aplicará una multa de 5 UTM Por cada Evento.
- Producto contratado y suministrado a través de la presente licitación que afectase la salud y seguridad de pacientes, constatándose negligencia en los procesos de fabricación, problemas de rotulación y otros directamente asociados a su manufactura y distribución, el proveedor asumirá los costos de recuperación de los afectados, sin perjuicio de los procesos judiciales a que se vea afectado. La multa será de 5 UTM por cada evento.
- Incumplimiento en el periodo de garantía del insumo, la multa será de 5 UTM por evento.
- Por incumplimiento en la entrega del equipo de back up se aplicará una multa de 5 UTM por cada día en que el proveedor no de cumplimiento a obligación de entregar equipo en back up de iguales características, cuando el equipo se encuentre inoperativo por 12 horas corridas. La multa será de 5 UTM por día de atraso.
- No realizar instalación y puesta en marcha de equipo requerida en bases de licitación y previamente programadas, la multa será de 5 UTM. Por día de atraso.
- Si no cumple con la capacitación adecuada al personal requirente y/o instrucciones, la multa será de 5 UTM. Por día de atraso.
- No realizar las mantenciones de equipos requerida en bases de licitación y previamente programadas, la multa será de 5 UTM. Por día de atraso.
- Retraso en la entrega de los insumos la multa será de 5 UTM por cada día de atraso.
- Incumplimiento del proveedor que derive en la suspensión de una cirugía programada, lo cual obligará el hospital a aplicar una multa de 10 UTM por cada evento.
- Por incumplimiento en la entrega de cajas en esterilización sin representante la multa será de 5 UTM por cada evento, el cual será informado por Enfermero (a) jefe de esterilización, al administrador de contratos vía correo electrónico.
- Por incumplimiento del protocolo de esterilización la multa será de 5 UTM por cada evento, el cual será informado por Enfermero (a) jefe de esterilización, al administrador de contratos vía correo electrónico.
- Incumplimiento en la entrega del instrumental en esterilización sin inventario. La multa será de 5 UTM. Por cada evento.
- No atender la demanda de asistencia requerida y en horario establecido en bases de licitación. La multa será de 5 UTM por cada evento.
- Sin disponibilidad de servicio técnico para el diagnóstico de fallas dentro de la jornada laboral y reparación de equipo dentro de las 24 horas, además de reparación y mantención a cargo del adjudicado. La multa será de 5 UTM por cada evento.
- Producto contratado y suministrado a través de esta licitación que afectara a la salud de las personas, constatándose negligencia de los procesos de fabricación, problemas de rotulación y otros directamente asociados a su manufactura y distribución, el proveedor asumirá los costos de recuperación de los afectados, sin perjuicio de los procesos judiciales a que se vea afectado. Se aplicará el 20% del precio neto de los productos detectados en incumplimiento, sin perjuicio de los procesos judiciales en que sea afectado.
Nota: Para el cobro de las multas se tomará como vía de referencia el valor de la UTM del mes en que ocurrió el evento.
22.3 PROCEDIMIENTOS PARA APLICACIÓN DE MULTA (Articulo 140 decreto 661 ley de compras públicas)
En todos los casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o funcionario responsable, este le informará al adjudicatario por correo electrónico informado en formulario N°1, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del envío de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos.
Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que estos se hayan presentado, la entidad dictara la respectiva Resolución Exenta aplicando o no la multa.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el hospital tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose por correo electrónico al adjudicatario o a su representante legal.
Además, la medida aplicada será publicada en el sistema de información www.mercadopublico.cl.
22.4 Cobro de multas
Todo tipo de sanción o multa será comunicado mediante carta certificada de la Dirección del Hospital -o a través de quien ésta considere pertinente- al domicilio del representante indicado en el registro de proveedores o en el de la propuesta, a elección del Hospital o bien por notificación personal efectuada por quien administre el contrato.
Se establece que el acto administrativo que aplique dicha sanción debe revestir el carácter de fundado.
El proveedor dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus descargos. Luego de dicho período, y con los antecedentes que disponga, se dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos y la sanción, si fuere el caso. El proveedor podrá interponer contra dicho acto el recurso de reposición establecido en la Ley 19.880 en los plazos y con los requisitos prescritos en la mencionada norma legal.
En caso que el Hospital resuelva el cobro de multas, el proveedor deberá realizar el pago dentro de quince (15) días hábiles contados desde la notificación mediante Resolución Exenta (que aplica la multa), por algunos de los siguientes medios:
- Depósito o transferencia electrónica a nombre de HOSPITAL BASE OSORNO RUT 61.602.260-1 cuenta corriente N°81509097470 del Banco Estado, con copia del comprobante a los siguientes correos: jose.cordova@redsalud.gov.cl, gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl, yasna.albarran@redsalud.gob.cl.
- Pago directo en caja de Cobranza, ubicadas en edificio de Acceso Principal del Hospital.
Si el proveedor no efectúa el pago de dicha multa en el plazo otorgado, se hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. El proveedor, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de cobro de la garantía, deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en los mismos términos y condiciones exigidos en estas bases.
La falta de entrega de una nueva garantía será causal de término anticipado del contrato.
En el caso que no exista garantía de fiel cumplimiento de contrato y el proveedor no efectúe pago de multa en el plazo de 15 días hábiles, se dará término anticipado de contrato.
Para todos los casos del presente numeral que establece término anticipado de contrato, se informarán los antecedentes en el portal www.mercadopublico.cl.
El monto total de las multas no podrá exceder el 30% del monto total del contrato.
22.5 Indemnización por daños y perjuicios. (Artículo 139 del Reglamento de la Ley de Compras)
Cuando las medidas aplicadas no cubran los daños causados a la Entidad por el incumplimiento del contrato, ésta estará facultada para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios.
22.6 Notificaciones electrónicas. (Artículo 140 del Reglamento de la Ley de Compras)
Los Proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales.
Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras.
23° Entrega de los Insumos o Productos.
Las prótesis e implantes deben ser entregados en Bodega general con guía de despacho e inventario para su recepción formal de Hospital.
Las cajas para revisión deben ser entregadas de acuerdo a protocolo interno de HBSJO “Protocolo de recepción y manejo de instrumental quirúrgico externo” el cual debe ser revisado y ejecutado por proveedor.
- Al entregar las cajas e instrumental al hospital, estas deben venir con inventario actualizado, ordenando y de fácil revisión, indicando el tipo de caja. Deberán ser entregadas dos copias en la central de esterilización.
- La caja deberá ser revisada por el personal del proveedor, en conjunto con la enfermera de esterilización o personal de turno, según sea el caso, revisando pieza por pieza para corroborar que el inventario coincida con el instrumental e implante entregado.
- Para las cajas e instrumental que habitualmente se encuentran en el hospital (cajas estacionadas), deben contar con un inventario estándar según tipo de caja, el cual debe ser revisadas por el asistente quirúrgico del adjudicado con un inventario actualizado, y solo así serán reprocesadas. No se aceptarán inventarios no actualizados, en este caso, la caja y/o instrumental será rechazada y no esterilizada.
- Si la caja y/o instrumental va a empresa externa de esterilización, el inventario debe ser revisado por la asistente de la empresa adjudicada y asistente de empresa de esterilización.
Los contenedores que se entreguen las prótesis, implantes e instrumental deben ser rígidos y con filtro, especialmente para las cajas estacionales.
Una vez finalizado el acto quirúrgico, desde el servicio de pabellón se generará un informe de insumos utilizados, el cual deberá ser validado por el representante de la empresa en forma sincrónica.
Los insumos o productos deben ser entregados en ubicada en Avenida Guillermo Bühler Nº 1765
24° RESPONSABILIDAD EN EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS
En caso se generarse responsabilidad civil extracontractual deducida en contra este hospital, contenida en el título XXXV del libro cuarto del Código Civil o sobre falta de servicio a que se refieren las normas contenidas en los artículos 4º y 42 del Decreto con Fuerza de Ley N°1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y Título III, de la Ley Nº19.966, que establece el Régimen de Garantías en Salud ,dará derecho para que el hospital ejerza las acciones de repetición en contra de la entidad licitante, que haya prestado dichos servicios en forma efectiva, para salvaguardar el patrimonio fiscal.
25° SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del Director del Hospital, previo informe en derecho emitido por el abogado del Hospital o Informe Técnico emitido por la Contraparte Técnica del Hospital, según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
BASES TÉCNICAS
LICITACIÓN PÚBLICA
“CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS PARA TRAUMATOLOGIA HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO”
ID: 1063538-2-LR25
HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO
1° OBJETIVO
El Hospital Base San José de Osorno realiza el llamado a licitación pública para requerir insumos traumatológicos necesarios para abastecer distintas subunidades hospitalarias, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, técnicas y sus anexos. Las cuales fijan los procedimientos, técnicos, requisitos, condiciones y exigencias que regulan el suministro de dispositivos de Uso Médico de Traumatología en consignación.
En términos generales, se entenderá como dispositivos de uso médicos para traumatología, en adelante “LOS PRODUCTOS” a todo aquel material que es entregado por un proveedor, previa solicitud del Jefe del servicio de Traumatología o de quien subrogue o reemplace a quien el designe, a “EL HOSPITAL” para su eventual empleo, sin que exista una orden de compra previa, y que solo una vez que ha sido utilizado en un paciente se procede al trámite formal de su adquisición, facturación y la reposición del stock en consignación.
Las presentes bases técnicas, fijan los estándares mínimos para satisfacer los requerimientos de una serie de bienes e insumos necesarios para abastecer distintas unidades hospitalarias durante un período de 24 meses.
2° DISPOSICIONES GENERALES
Todos los productos ofertados, según corresponda, deben estar registrados en el Instituto de salud publicada de Chile, para lo cual se debe indicar el código otorgado por el ISP y además de toda la información adicional que se solicita en las presentes bases de licitación.
Los oferentes deberán presentar en sus ofertas solo los productos y especificaciones técnicas requeridas. Será de interés del hospital que los oferentes seleccionen como oferta principal, dentro de sus líneas de productos, aquel modelo que represente las especificaciones técnicas establecidas.
Los oferentes adjudicados deberán mantener durante el periodo de vigencia del contrato de disponibilidad de la totalidad de los productos adjudicados en consignación y el equipamiento en comodato.
Los oferentes deberán mantener actualizados los productos por eventuales cambios en las técnicas quirúrgicas según requerimientos de cirujano y el tipo de patología.
La fecha de vencimiento de los productos, requeridos en las bases técnicas, en ningún caso podrá ser inferior a 2 años, aceptándose solamente tiempos menores en aquellos que por su naturaleza y fabricación no tengan vigencia mayor.
Se aceptarán ofertas solamente de los productos quirúrgicos nuevos (certificados) y no discontinuados, según las especificaciones entregadas, en ningún caso se aceptarán ofertas de productos usados. Además, se deberá presentar certificados de aleación de metales.
Si por razones de mercado algunos de los productos se discontinúan, el consignante, deberá presentar a la asesora técnica de pabellón de traumatología del Hospital, una alternativa de características similares a lo adjudicado y esta podrá autorizar este nuevo producto, solo si se considera que cumple con lo estipulado en el contrato.
Los oferentes deberán presentar los certificados vigentes donde se indique que cuenta con las siguientes certificaciones que a continuación se detallan, según corresponda.
Instrumental quirúrgico, contenedores, placas y torillos
- ISO 7153-1
- Certificado de Origen y manufactura
- ISO 13485:2003
Insumos Implantables (prótesis)
Los oferentes deben contar con personal debidamente acreditado, el cual debe dar soporte técnico en la zona y/o brindar apoyo de pabellón cuando sea requerido por El Hospital. El personal debe presentarse como mínimo 30 minutos previos a la cirugía y tendrá como responsabilidad chequear y disponer de todo el material que se necesite en el procedimiento, además de resolver cualquier tipo de emergencia relacionada al requerimiento de material adicional o faltante. Conjuntamente, deberá estar presente en el acto quirúrgico, y una vez finalizado este deberá realizar un informe de consumo el cual deberá validar el enfermero jefe de pabellón. También, deberá actualizar el inventario de la caja previa entrega a la central de esterilización.
El asistente técnico deberá de disponer del tiempo y salud compatible, además deberá velar por la entrega oportuna del material a esterilización (según protocolo) y su disponibilidad para la cirugía programada.
Las cantidades indicadas en las presentes bases técnicas, son solo referenciales dado que dependerá del tipo de intervenciones quirúrgicas que se requieran efectuar durante el año y la vigencia del contrato. Por lo tanto, en ningún caso se adquirirá la totalidad de los productos indicados, sino que solo lo realmente utilizado en cada intervención quirúrgica efectuada pudiendo incluso no llegar a utilizar un producto durante toda la vigencia del contrato.
En aquellos productos solicitados en la presente licitación, que para su funcionamiento se requieren con caja de instrumentos, este deberá ser provisto para el hospital por el consignante sin costo para el hospital.
Ante deterioro o fallas de los productos durante la vigencia del contrato a causa de factores atribuibles al fabricante. Los oferentes deberán reponerlos por uno nuevo sin costo para El Hospital, de la misma forma en caso que algún producto pierda su vigencia.
Los oferentes deberán efectuar mantención al instrumental en forma periódica (a lo menos trimestralmente) a fin de este se encuentre operativo al momento de su utilización, realizando el cambio o reparación de los productos o insumos dañados durante el periodo de vigencia del contrato, sin costo para El Hospital. Estas mantenciones serán en coordinación con el jefe de la central de esterilización.
Todos los productos, que se adjudiquen en la propuesta, deben ser previamente autorizados y validados por el Enfermero Jefe de Pabellón y el Jefe del Servicio de Traumatología o quienes les subrogue o reemplace del hospital por medio de un procedimiento de evaluación Técnica/operativa.
En relación a los productos, Implantes (Prótesis). Los oferentes deberán considerar que estos productos deben utilizar empaques de grado médico que garantice la indemnidad y esterilidad de su contenido, indicando claramente en su interior la fecha de fabricación, vencimiento y el proceso de esterilización al cual fue sometido, la fecha de vencimiento debe ser superior a 2 años.
Todo producto en consignado (no instrumental) y cuya fecha de vencimiento sea inferior a seis (6) meses deberá ser renovado por el consignante, previa coordinación con la asesoría técnica de pabellón y Jefe de Traumatología.
Las cajas con instrumental quirúrgico e implantes sometidas a pruebas de calidad en el servicio de esterilización (3 ciclos) que no superen las pruebas serán rechazadas y todos los componentes que deberían someterse a esta prueba técnica. El criterio de aprobación es de un 100% de éxito en las pruebas que se les realizará y que a continuación se indican:
- Lavado manual
- Irrigación si corresponde
- Lavado Ultrasonido
- Lavado termodesinfector a 129° C
- Esterilización por Autoclave 134°
- Lubricación
Motivos de rechazo
- Deformidad de sus partes
- Manchas
- Perdida de continuidad de sus componentes
- Aparición de fisuras
- Quiebre
- Fallas operativas post proceso de esterilización, si corresponde
- Rugosidad de superficie
- Desgaste prematuro
- Corrosión
- Otras causales que mermen la integridad de los productos o no permitan su reproceso, en este caso se emitirá informe detallado.
El proveedor deberá entregar en calidad de comodato, y durante toda la vigencia del contrato, las cajas de instrumental, necesarias para las cirugías en la se utilicen los insumos.
Clavo cefalomedular x1
Prótesis primaria x2
Tornillos canulados 6.5 x1
Placa radio distal x2
Placa fragmento específico de mano x2
LCP pequeño fragmento x1
Tornillos HCS 2.4 x1
Placa de tibia proximal anterolateral y posteromedial x1
Clavo endomedular de tibia x1
Placa de fémur distal x1
Clavoretrógrado de fémur x1
Placa húmero proximal x1
Placa clavícula x1
Caja manguito rotador x1
Set para disyunción acromioclavicular x1
Placa olecranon x1
Caja tobillo x1
Placas de tibia distal x2
Placas fragmento específico de pie x1
Tornillos canulados 3.5 x1
2.1 PRESENTACIÓN DEL INSTRUMENTAL EN ESTERILIZACIÓN
Llegada del instrumental
Las empresas externas, según solicitud previa, deben enviar material en contenedores, separando el instrumental de los insumos estériles (con rótulo, según corresponda), esto, con la finalidad de que a la Central de Esterilización sólo llegue instrumental que requiera reprocesamiento y, a la Unidad de Pabellón, los insumos estériles a usar en cirugía, según se requiera.
La dirección para efectuar el envío es Guillermo Bühler N°1765 y el horario de recepción es: lunes a jueves de 8:00 a 14:00 horas y viernes de 8:00 a 15:00 horas.
La empresa externa debe dar aviso mediante correo electrónico a Enfermera Jefe de la Central de Esterilización y Jefe de Bodega General, sobre el envío y fecha estimada de recepción, indicando qué y cuánto material se encuentra considerado, además, deberá anexar el inventario real del material contenido en cada caja quirúrgica, verificando que coincida:
- Cantidad de piezas
- Código: de no contar con códigos las piezas, crear folleto que indique nombre de las piezas incluidas.
- Descripción del artículo.
Traslado de Instrumental de Bodega General a Esterilización
Desde la Bodega General se debe dar aviso inmediato a la Central de Esterilización sobre la recepción de instrumental quirúrgico externo, esto, mediante correo electrónico y vía telefónica.
El Auxiliar de Servicio de la Central de Esterilización retirará contenedores que indiquen instrumental quirúrgico y lo trasladará sellado hasta el área de recepción de contenedores, donde se almacenará hasta la apertura por parte del representante externo.
Entrega de material quirúrgico de Representante de empresa externa a Tens/Enfermera de esterilización
El representante retirará las cajas quirúrgicas almacenadas del área delimitada para tal efecto y entregará, revisando junto al TENS de recepción de cajas, el material con su respectivo inventario.
Se rotulará el contenedor con el nombre respectivo y la cantidad de piezas, en caso de no coincidir con el inventario.
El Representante Externo debe firmar libro de entrega de cajas externas perteneciente a la Central de Esterilización. Este registro incluye:
• Fecha con horario de entrega de cajas
• Nombre / identificación de las cajas
• Check list con inventario
• Nombre, apellido y empresa del Representante Externo.
• Nombre y apellido del funcionario de la Central de Esterilización que recepciona.
• Características del set (completo / Incompleto).
Representante de empresa externa debe velar por el orden de contenedores vacíos del área de contenedores de la central de esterilización.
Además, el representante debe considerar la entrega con tiempo de antelación de al menos 48 hrs entrega-uso (representante-funcionario área de lavado). Tiempos menores a este, no garantizan que el instrumental se encuentre listo para ser utilizado.
En el caso excepcional de que la empresa externa no entregue sus cajas con representante, debe avisar previamente a la Central de Esterilización y se podrán recepcionar cajas en horarios establecidos (lunes a viernes de 8:00 a 15:00 hrs.).
En caso de ausencia de Representante Externo que entregue el material, el Hospital Base San José de Osorno no se responsabiliza por pérdida de instrumental, cajas o contenedores.
Traslado de Instrumental Quirúrgico Externo Reprocesado desde la Central de Esterilización hasta la Unidad de Pabellón.
El Representante de la Empresa Externa que facilita las cajas o instrumental quirúrgico reprocesado, no debe realizar el traslado de éste. Su función termina con la entrega del material para reprocesar en la Central de Esterilización. Siendo responsabilidad de la Institución garantizar el proceso y el traslado interno (siempre y cuando se cumpla con los tiempos establecidos).
Los insumos estériles asociados al procedimiento quirúrgico son responsabilidad de la Unidad de Pabellón (esto incluye: recepción y almacenamiento hasta el momento de su uso).
Manejo del Instrumental Quirúrgico Posterior a su Uso
El Representante Externo solicitará al Auxiliar de Servicio de la Central de Esterilización que apoye en el traslado del material sucio desde Pabellón a la Central de Esterilización en carro de traslado de material sucio.
En caso de que el instrumental sea retirado del Hospital, se procederá a realizar la descontaminación, lavado y secado del material para ser entregado a Representante Externo, quien recibirá conforme el material limpio y lo preparará para entregar a Bodega General del Hospital Base San José Osorno y sea retirado por courier respectivo.
En caso de que el material requiera reprocesamiento completo para permanecer en la Institución, el representante de empresa externa debe entregar el instrumental con inventario y se iniciará nuevamente el proceso
La Central de Esterilización no asumirá la responsabilidad de realizar una reprocesamiento unilateral de alguna caja externa utilizada en Pabellón sin representante y dejada en área sucia sin revisión de arsenalero institucional.
Entrega de Instrumental / Material de Reposición para Caja Externa
El Representante entregará en la Central de Esterilización instrumental quirúrgico de reposición, el cual será añadido inmediatamente a la caja quirúrgica. En caso de que ésta se encuentre estéril, deberá ser abierta (en la Central de Esterilización) para añadirlo y esterilizar nuevamente.
Requisitos específicos para la recepción de cajas externas:
1. Instrumental debe ser entregado en la central de esterilización por representante de empresa externa.
2. Cada caja entregada debe encontrarse en contenedor rígido funcional, seguro.
3. Se rechazarán contenedores no rígidos y/o contenedores rígidos en malas condiciones.
4. El instrumental debe encontrarse en condiciones de uso. Es decir, no oxidado, no deteriorado y completamente funcional.
5. Si no es instrumental quirúrgico de acero y requiere de algún tipo de tratamiento especial, debe llegar con especificaciones técnicas. En caso contrario, la central de esterilización no se hará responsable ante cualquier eventualidad con el insumo.
Las cajas con instrumental quirúrgico e implantes sometidas a pruebas de calidad operacional técnica en el servicio de Esterilización que no superen las pruebas serán rechazadas y todos los componentes que deberían someterse a esta prueba técnica que será finalmente validada por el servicio de esterilización. El criterio de aprobación es de un 100% de éxito en las pruebas que se les realizará y que a continuación se indican:
- Apertura y sellado
- Efectividad técnica
- Resistencia pesquisada a través de la deformación de los productos
- Fácil manipulación y colocación de los productos
- Listado detallado del contenido de las cajas para el control de los productos e instrumental antes y después de la cirugía.
Motivos de Rechazo
- Dificultad en su manipulación
- No presentar listado de las cajas detallando el contenido y cantidad de los productos e instrumental para un control en el servicio de pabellón y esterilización
- Dificultad en la apertura, cierre en los envoltorios de los productos
- Falla técnica
- Otras causales que disminuyan la operatividad de los productos, información aportada por el usuario (en este caso se emitirá un informe detallado).
- Que los oferentes no dispongan del instrumental necesario para la colocación o retiro de los productos.
Los oferentes adjudicados deben tener en consideración la implementación, sin costo para el hospital, de muebles de almacenamiento clínico de los productos adjudicados, de acuerdo a las normas establecidas de almacenaje de cajas e insumos estériles. El mueble deberá estar instalado antes de la entrega de los productos/insumos. Lo anterior será verificado por el enfermero jefe de pabellón.
El lugar y espacio para la instalación de este mueble será definido por el Hospital. El diseño del mueble será de mutuo acuerdo, debiéndose tener en consideración que podrá ser de material metálico lavable, melamina lavable, acero térmico laminado pintura electrostática, con ruedas con sistema de freno y cerrado con puertas de vidrio u otra que cumpla con las características para almacenaje de productos de uso clínico.
Todos los oferentes adjudicados deberán contar al momento de la ejecución de la cirugía con un motor por cada procedimiento realizado por el Hospital. Dicho equipo debe ser 100% compatible con el tipo de intervención a realizar.
3° REQUISITOS TECNICOS MINIMOS PARA LA ADQUISICION
Requisitos técnicos mínimos para la adquisición.
Los oferentes deberán especificar en el sistema, en el campo destinado a la descripción de su oferta, por cada línea de producto (Ítem) como mínimo la siguiente información:
- Especificación Técnica completa del producto ofertado, con todas sus características de acuerdo a lo solicitado en las presentes bases.
- Cualquier elemento, dispositivo, accesorio, instrumental o equipo que sea indispensable para el correcto funcionamiento de los productos, aun cuando no se indique explícitamente en estas bases, deberá estar incluido en la oferta.
Al respecto, aparte del instrumental necesario para el uso de los productos, los oferentes deberán considerar en su oferta lo siguiente:
Los oferentes deberán enviar detalles técnicos y ficha técnica de los productos ofertados, donde se deberá especificar:
- La marca, tipo o modelo y el país de procedencia de los productos. Asimismo, deberán ser presentados con máximo detalle de sus especificaciones técnicas, de tal manera que faciliten su evaluación.
- Certificado de aleación de metales.
- Certificado de material nuevo.
- Instructivo o manual de tratamiento del material. (proceso de lavado, secado y agente esterilizante recomendado)
- Formato tipo de inventario.
El material de los productos, instrumental y contenedores deberán ser de la máxima calidad y de grado quirúrgico, lo que será respaldado y verificado a través de las certificaciones que deben presentar los oferentes y por las pruebas que efectuará el Hospital.
4° Del vencimiento de bienes o insumos suministrados
Todos los bienes o insumos requeridos deberán indicar fecha de vencimiento o expiración, y ésta no podrá poseer, al día de su recepción en bodega general, una vigencia inferior a 24 meses.
BIENES E INSUMOS REQUERIDOS
|
ITEM
|
Cirugía
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Descripción de la caja
|
Cantidad para 24 meses (aprox)
|
|
1
|
Fractura Clavícula
|
Placas bloqueadas anatómica de clavícula, bajo perfil, mediales, tercio medio (6 modelos al menos por lado) y tercio lateral, Titanio.
|
200
|
|
2
|
Artropatía manguito rotador
|
Prótesis reversa de hombro con alternativa de offset en glenoides y humeral, vástago convertible, mini y de fractura, con guía de fresado glenoideo. Peg central + tornillos bloqueados de ángulo variable
|
30
|
|
3
|
Reparación Manguito rotador
|
Anclas para manguito rotador y labrum con y sin nudo, Tipo corkscrew, swilock precargadas con sutura y tape. Tornillos de biotenodesis.
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120
|
|
4
|
Inestabilidad Glenohumeral Recidivante
|
Anclas para labrum. Suturas de alta resistencia. Núcleo de polietileno de peso molecular ultra alto de hebras múltiples. Tornillos canulados 3,75mm + aguja guía opara cirugía de latarjet, sierra angulada, fresa pinpollo footprint. Caja de separadores
|
48
|
|
5
|
Luxación Acromio-Clavicular Aguda y Crónica
|
Suturas de alta resistencia. Núcleo de polietileno de peso molecular ultra alto de hebras múltiples. Suturas de alta resistencia en versión cintas o "Tape". Suture lasso y pasadores subcoracoidales.
|
96
|
|
6
|
Fracturas de Húmero proximal con placa
|
Placas bloqueadas de humero proximal, largas y cortas + set de tornillos corticales y bloqueados material titanio. Placa tercio tubo bloqueada. Supersuturas #2
|
50
|
|
7
|
Fracturas de Húmero proximal con clavo
|
Clavos endomedulares de Humero proximal recto, anterogrado, retrogrado, material titanio, largos y cortos, con diametros variables de cada tipo.
|
12
|
|
8
|
Fracturas de Húmero proximal con prótesis
|
Prótesis total reversa de hombro con vástago mini y vástago de fractura
|
20
|
|
9
|
Fracturas de Húmero Diafisarias con palca recta
|
Placas rectas bloqueadas de grandes fragmentos con tornillos 4.5/5.0 y placas rectas bloqueadas de pequeños fragmentos 3.5 con set tornillos de material titanio y/o acero.
|
20
|
|
10
|
Fracturas de Húmero Diafisarias con clavo
|
Clavos endomedulares de Humero proximal largo anterógrado y retrogrado. tornillos proximales, y tornillos distales, material titanio de diámetros variables.
|
12
|
|
11
|
Fracturas de Humero Distal
|
Placas bloqueadas para humero distal articulares 2.7/3.5 y extra articulares 3.5 con tornillos bloqueados y corticales, material titanio
|
15
|
|
12
|
Fractura Olecranon
|
Placas bloqueadas de olecranon de tecnología ángulo variable 2.7/3.5 con tornillos bloqueados y corticales. titanio
|
48
|
|
13
|
Fracturas de Cúpula Radial osteosíntesis
|
Placas bloqueadas de radio proximal de cuello y cabeza radial 2.4, material titanio. Tornillos canulados para cúpula radial titanio
|
20
|
|
14
|
Fracturas de Cúpula Radial artroplastia
|
Prótesis de cúpula radial loose fit, kit desechable
|
20
|
|
15
|
Fracturas de Coronoides
|
Placas de Coronoides anatómica, ángulo con set tornillos bloqueados y corticales titanio.
|
10
|
|
16
|
Fractura Radio y/o Cúbito difisiarias
|
Placas bloqueadas 3.5 rectas, punta biselada, material titanio o acero más tornillos corticales y bloqueados
|
120
|
|
17
|
Fractura cubito distal
|
Placa LCP ára el cubito distal acero o titanio
|
24
|
|
18
|
Fracturas de Radio Distal / Muñeca
|
Placas bloqueadas de radio distal con tecnología ángulo variable, opciones de tornillos corticales y bloqueados 2.4/2.7. Material acero o titanio
|
350
|
|
19
|
Acortamiento cubital
|
Placa de osteotomía cubital con guía de corte en placa, opción de tornillos corticales y/o bloqueados
|
24
|
|
20
|
Fractura o seudoartrosis escafoides
|
Tornillo canulado 2.4 y 3.0 con opción de compresión y posibilidad de esconder la cabeza del tornillo. Tornillo sin cabeza canulado
|
80
|
|
21
|
Fracturas de mano
|
Sistema completo de placas bloqueadas y tornillos para fracturas de la mano de tecnología ángulo variable.
|
250
|
|
22
|
Fractura de falanges no sintetizable
|
fijador externo de falanges con capacidad de realizar distracción y a la vez mantener articulación móvil.
|
48
|
|
23
|
Fracturas metacarpianas
|
Tornillos sin cabeza, canulados, no compresivos de diámetros entre 2.0-4.0
|
224
|
|
24
|
Artrosis dedos
|
Tornillos canulados compresivos sin cabeza diámetros entre 1.8 a 2.4mm
|
224
|
|
25
|
Reconstrucción ligamentaria de mano y muñeca.
|
Tornillos de biotenodesis 3,8
|
30
|
|
26
|
Reparación ligamentaria carpo con anclas
|
anclas 1.3 1.6 y 2.0.
|
56
|
|
27
|
Reparación ligamentaria carpo con suturas
|
sistema de aumentación tipo cinta de alta resistencia para reparación o reconstrucción ligamentaria del carpo y/o muñeca.
|
24
|
|
28
|
Reconstrucción tendones flexores
|
varillas de silicona para reconstrucción. Pasa tendón, sutura loop nylon 3.0 y 4.0
|
48
|
|
29
|
Fracturas complejas radio distal con placas.
|
set de placas que incluya placas de fragmento específico para tornillos corticales y/o bloqueados con ángulo variable.
|
112
|
|
30
|
Fracturas complejas radio distal soporte para artroscopia
|
Torre de tracción y trampas de dedos para distracción
|
112
|
|
31
|
artroscopia de mano y muñeca
|
óptica 2.7 (3 un), shaver 2.7 (3 un), palpador 2.7 y 2.0 (3 un)
|
9
|
|
32
|
Fracturas de radio con conminución articular no sintetizable
|
placa puente de muñeca (placa spanning)
|
24
|
|
33
|
Artrosis de muñeca
|
placa para artrodesis radio carpiana
|
10
|
|
34
|
Artrosis carpiana
|
placa para artrodesis cuatro esquinas
|
10
|
|
35
|
Artroplastia de dedos
|
prótesis de swanson
|
60
|
|
36
|
Artroplastia trapecio metacarpiana
|
prótesis trapecio metacarpiana doble movilidad.
|
24
|
|
37
|
Estabilización temporal de muñeca y antebrazo
|
fijador externo para muñeca
|
80
|
|
38
|
Estabilización temporal de metacarpianos y falanges
|
fijador externo de falanges y metacarpianos
|
24
|
|
39
|
Neurorrafias
|
Sellante tisular de fibrina de 1ml y 3ml.
|
24
|
|
40
|
Reparación de membrana interosea antebrazo
|
Dispositivo de fijación flexible con suturas de alta resistencia
|
12
|
|
41
|
kit de radio distal
|
fracturas de radio distal/muñeca
|
50
|
|
42
|
Fractura de cuello femoral con indicación de osteosíntesis
|
Tornillos canulados con rosca parcial y completa de 6,0 mm
|
12
|
|
43
|
Fractura del cuello femoral inestable con indicación de osteosíntesis
|
Placas tipo DHS , con tornillo dinámico de cadera , con ángulo de 135º
|
8
|
|
44
|
Fractura del cuello femoral con indicación de prótesis en paciente de baja demanda funcional.
|
Prótesis bipolar de cadera con vástago cementado.
|
52
|
|
45
|
Fractura del cuello femoral con indicación de prótesis en paciente de alta demanda funcional
|
Prótesis total de cadera con cotilo el cual se pueda fijar con tornillos, vástago cementado y no cementado, par de fricción liner de polietilieno y cabeza de cerámica y metal con opción de doble movilidad.
|
104
|
|
46
|
Fractura Pertrocantérica
|
Clavo cefalomedular que permita uso de tornillo cefálico y bloqueo distal, en opciones de tamaño corto, mediano y largo, que permita bloqueo de tornillo proximal y variabilidad angular.
|
156
|
|
47
|
Fractura Subtrocantérica
|
Clavo endomedular, que permita configuración recon y múltiples opciones de tamaños, diámetros y opciones de bloqueo. Con técnica de inserción retrógrada y anterógrada.
|
12
|
|
48
|
Fractura de fémur diafisiaria
|
Clavo endomedular, que permita configuración recon y múltiples opciones de tamaños, diámetros y opciones de bloqueo. Que permita técnica de inserción retrógrada y anterógrada.
|
12
|
|
49
|
Fractura periprotésica de la cadera con indicación de osteosíntesis
|
Placas de reconstrucción de gran fragmento. Sistema de cables
|
12
|
|
50
|
Fractura periprotésica de la cadera con indicación de osteosíntesis
|
Placa anatómica con diseño para fractura periprotésica que permita la opción de tornillos bicorticales monocorticales y cables. Sistema de cables
|
10
|
|
51
|
Fractura periprotésica de la cadera con indicación de prótesis
|
Vástago de revisión modular, cónico con múltiples opciones de tamaño y offset.
|
6
|
|
52
|
Fractura de pelvis
|
Sistema de placas de reducción y osteosíntesis de pelvis, que contenga placas anatómicas de bajo perfil, maleables, placas para lámina cuadrilátera, atornilladores canulados para inserción de tornillos, retractores radiolúcidos, pinzas de reducción, tornillos 3,5 y 4,5 mm.
|
24
|
|
53
|
Fractura de Pelvis
|
Tornillos canulados 7,0 que tenga opción de rosca parcial y completa, con largo hasta 180 mm.
|
24
|
|
54
|
Fractura de acetábulo.
|
Sistema de placas de reducción y osteosíntesis de pelvis, que contenga placas anatómicas de bajo perfil, maleables, placas para lámina cuadrilátera, atornilladores canulados para inserción de tornillos, retractores radiolúcidos, pinzas de reducción, tornillos 3,5 y 4,5 mm
|
12
|
|
55
|
Coxartrosis de cadera primaria
|
Prótesis total de cadera con acetabulo el cual se pueda fijar con tornillo, vástago cementado y no cementado, que tenga como par de fricción liner de polietilieno con cabeza de cerámica y metal con opción de doble movilidad.
|
156
|
|
56
|
Coxartrosis de cadera displásica
|
Vástago Cónico primario.
|
16
|
|
57
|
Coxartrosis de cadera con riesgo de inestabilidad
|
Cotilo que permita fijación con tornillo y doble movilidad desde tamaño número 44 mm
|
40
|
|
58
|
Revisión acetabular y cotilos displásicos
|
Cotilo cluster y multihole que permita fijación con tornillos y posibilidad de cuñas y aumentos
|
14
|
|
59
|
Revisión femoral
|
Vástago de revisión modular, cónico con múltiples opciones de tamaño y offset.
|
12
|
|
60
|
Revisión acetabular compleja
|
Cotilo de tantalio cluster y multihole que permita opción de sistema de canastillo intracetabular
|
12
|
|
61
|
Revisión femoral con implante cementado previo
|
Vástago con diseño para realiza implantación de cemento en cemento con mayor offset tipo doble cero
|
12
|
|
62
|
Fractura de fémur diafisiario con placa
|
Placa recta de gran fragmento bloqueada
|
15
|
|
63
|
Fractura de fémur diafisiario con clavo
|
Clavo endomedular de fémur anterógrado y retrógrado
|
30
|
|
64
|
Fractura de fémur distal con placa
|
Placa anatómica de fémur distal lateral, bloqueada, con ángulo variable
|
30
|
|
65
|
Fractura de fémur distal con clavo
|
Clavo retrógrado de fémur distal con al menos 4 bloqueos distales
|
30
|
|
66
|
Fractura de fémur distal con tornillos
|
Tornillos sin cabeza canulados 4.5mm
|
24
|
|
67
|
Fractura periprotésica de rodilla
|
Placa anatómica de fémur distal, bloqueada, con ángulo variable, compatible con sistema de cables. Clavo retrógrado con diferentes angulaciones para paso a través de prótesis de rodilla
|
12
|
|
68
|
Fractura de patela con placa
|
Placa anatómica de patela, bloqueada
|
30
|
|
69
|
Fractura de patela con tornillos
|
Tornillos canulados 3.5 y 4.5mm
|
30
|
|
70
|
Lesiones de aparato extensor de rodilla
|
Suturas y cintas de alta resistencia, con aguja
|
60
|
|
71
|
Fractura de platillos tibiales con placa
|
Placas anatómicas de tibia proximal anteromedial, posteromedial y anterolateral, con ángulo variable
|
50
|
|
72
|
Fractura de platillos tibiales con tornillo
|
Tornillos canulados 6.5mm
|
15
|
|
73
|
Fracturas de tibia diafisiarias con placa
|
Placa recta de gran fragmento bloqueada
|
15
|
|
74
|
Fractura de tibia diafisiaria con clavo
|
Clavo endomedular de tibia anterógrado, con múltiples opciones de bloqueo proximal y distal
|
50
|
|
75
|
Fractura de tibia con alto riesgo de infección
|
Clavo endomedular de tibia anterógrado con cobertura antibiótica
|
12
|
|
76
|
Infecciones en fémur y tibia
|
Sistema de irrigación y aspiración para lavado y/o toma de injerto endomedular de tibia / fémur
|
12
|
|
77
|
Fracturas osteocondrales de rodilla
|
Sistema de fijación para fracturas osteocondrales en superficies articulares de rodilla.
|
12
|
|
78
|
Osteotomías de fémur distal varizante/valguizante
|
Placa de osteotomía medial y lateral de fémur distal
|
12
|
|
79
|
Osteotomías de tibia proximal varizante/valguizante
|
Placa de osteotomía medial y lateral de tibia proximal
|
12
|
|
80
|
Osteotomías de tibia proximal anterior para modificación de slope
|
Grapas de tibia proximal
|
24
|
|
81
|
Prótesis total de rodilla primaria simple
|
Set de artroplastía total de rodilla cementado, PS
|
300
|
|
82
|
Prótesis total de rodilla primaria compleja
|
Set de artroplastía total de rodilla con vástagos tibial / femoral, insertos constreñidos
|
70
|
|
83
|
Revisión de prótesis total de rodilla
|
Sistema de revisión de artroplastía total de rodilla, con vástagos, conos, cuñas, insertos constreñidos, bisagra.
|
20
|
|
84
|
Prótesis unicompartimental medial/lateral de rodilla
|
Sistema de artroplastía unicompartimental medial / lateral de rodilla
|
12
|
|
85
|
Prótesis unicompartimental patelofemoral
|
Sistema de artroplastía unicompartimental patelofemoral de rodilla
|
6
|
|
86
|
Reconstrucción multiligamentarias de rodilla
|
Aloinjertos de tendones (tibial posterior o equivalentes)
|
30
|
|
87
|
Reconstrucción tobillo y pie
|
Sistema vigas más clavo de artrodesis tibio-talo-calcáneo recto
|
40
|
|
88
|
Transporte defecto óseo extremidad inferior
|
Fijación circular hexápodo más sistemas monoplanares de alargamiento grandes y pequeños segmentos.
|
20
|
|
89
|
Fractura maléolo medial
|
Placa gancho maléolo medial
|
60
|
|
90
|
Lesión sindesmal
|
Dispositivos de fijación flexible que puedan ser pasados a través de orificios de placa 1/3 tubo
|
60
|
|
91
|
Lesión de ligamento deltoídeo
|
Ancla 3.5 carga simple y carga doble
|
100
|
|
92
|
Fractura de Lisfranc
|
Caja con set de placas longitudinales y fragmento específico para lesiones de Lisfranc 2,0, 2,5, 2,7mm, con posibilidad de bloqueo variable
|
30
|
|
93
|
Artrodesis pie
|
Grapas nitinol
|
100
|
|
94
|
Artrosis de tobillo con prótesis
|
Prótesis abordaje lateral de tobillo
|
12
|
|
95
|
Artrosis de tobillo con tornillos
|
Set tornillos canulados con cabeza o sin cabeza 4,5mm; 5,5mm;6,5mm; 7,0mm; 7,5mm
|
20
|
|
96
|
Artrosis de tobillo con clavo
|
Clavo de artrodesis Tibio-Talo-Calcáneo
|
20
|
|
97
|
Fractura de pierna distal con placa
|
Placas tibia distal para uso percutáneo con posibilidad de bloqueo multidireccional
|
50
|
|
98
|
Fractura de pierna distal con clavo
|
Clavo de tibia con múltiples bloqueos distales y proximales
|
50
|
|
99
|
Fractura de tobillo simple con tornillos
|
tornillos canulados de 3.0 y 3,5 mm
|
150
|
|
100
|
Fractura de tobillo simple con placa
|
Caja con placas 1/3 tubo o similar de bajo perfil con posibilidad de bloqueo
|
300
|
|
101
|
Fractura de tobillo complejo con placa
|
Caja con placas de tobillo con fragmento específico anatómica para fíbula tanto lateral como con posibilidad de uso lateral distal con gancho, placa para maléolo posterior y placa para maleólo medial, todas con opción de bloqueo.
|
200
|
|
102
|
Fractura de tobillo complejo con tornillos
|
Tornillos canulados 4,5mm con cabeza y/o de rosca completa
|
150
|
|
103
|
Fractura de tobillo en hueso osteopénico tipo 1
|
Clavo de fíbula
|
100
|
|
104
|
Fractura de tobillo en hueso osteopénico tipo 2
|
Clavo Tibio-Talo -Calcáneo
|
50
|
|
105
|
Fractura de tobillo en hueso osteopénico tipo 3
|
Tornillos canulados 4,5mm y 6,5mm
|
60
|
|
106
|
Fractura de pilón tibial con placa
|
Caja con placa medial y anterolateral de tibia distal con posibilidad de bloqueo multidireccional + placas 1/3 tubo o de bajo perfil
|
100
|
|
107
|
Fractura de pilón tibial con clavo
|
Clavo de artrodesis Tibio-talo-calcáneo
|
50
|
|
108
|
Fractura de calcáneo
|
Caja con placa de seno del tarso y para abordaje lateral extendido, que incluya tornillos canulados 3,5mm y 4,5mm.
|
50
|
|
109
|
Fracturas de talo
|
Caja con placas de 2.0mm, 2,5mm y 2,7mm con posibilidad de bloqueo. Tornillos canulados 3,5mm
|
24
|
|
110
|
Fractura de navicular
|
Placas específicas de navicular + tornillos 2,5mm y 3,0mm canulados con y sin cabeza
|
12
|
|
111
|
Fracturas de cuboides
|
Placas específicas de cuboides + tornillos 2,5mm y 3,0mm canulados con y sin cabeza
|
12
|
|
112
|
Artrosis Metatarso falángica de Hallux
|
Placa de artrodesis metatarso-falángica de Hallux con posibilidad de tornillos bloqueados de ángulo variable con fresas cóncavo-convexas. Tornillos canulados 2,4mm a 3,0mm canulados, con cabeza y tipo Herbert.
|
80
|
|
113
|
Hallux valgus abierto, configuración 1
|
Tornillos canulados tipo Herbert o de rosca completa de 2,5mm hasta 3,0mm. Sierra para Hallux valgus. Tornillos 2.0mm con cabeza macizo.
|
80
|
|
114
|
Hallux valgus abierto, configuración 2
|
Placa 2,7mm para artrodesis cuneo-metatarsiana con posibilidad de bloqueo, tornillos canulados 3,5mm con rosca parcial y total, con cabeza.
|
80
|
|
115
|
Hallux valgus mínimamente invasivo
|
Fresa de cirugía MIS tipo Shannon diámetro 2mm. Tornillos canulados para cirugía MIS con cabeza bicelada de 2,5mm o 2,7mm para AKIN. Tornillos de 3,0mm y 4,0mm para osteotomía de 1° metatarsiano
|
80
|
|
116
|
Pie plano/cavo
|
Sierra para Hallux valgus. Fresa de cirugía MIS tipo Shannon 2.0mm. Tornillos canulados 6,5mm, 7,0mm , 5,5mm, 4,5mm con y sin cabeza. Cuñas para osteotomías Cotton y Evans de titanio poroso.
|
50
|
|
117
|
Metatarsalgia/Dedos en garra
|
Fresa de cirugía MIS tipo Shannon 2.0mm. Set Tornillos Tipo "snap off" 2,0mm o tornillos con cabeza 2,0mm. Sierra para Hallux valgus.
|
50
|
|
118
|
Artroscopía de tobillo
|
Barrel Burrs de 3,0mm y 4,0mm. Shaver 3.0mm y 4.0mm
|
50
|
|
119
|
Inestabilidad de tobillo
|
Anclas 3,5mm o similar con carga de sutura simple o doble
|
50
|
|
120
|
Rotura tendón de Aquiles y otros tendones del tobillo y pie
|
Sutura de alta resistencia 2-0
|
900
|
|
121
|
Fractura de clavícula en adolescentes.
|
Sistema completo para placas bloqueadas de clavícula diafisiaria y distal con set de tornillos.
|
24
|
|
122
|
Fractura de clavícula en niños.
|
Sistema completo para clavo endomedular elástico estable.
|
24
|
|
123
|
Fractura de humero diafisiaria infantil
|
Sistema completo para clavo endomedular elástico estable.
|
48
|
|
124
|
Fractura de humero distal intercondilea y cóndilos. Infantil
|
Sistema completo de tornillo canulado con opción de comprensión 3.5 – 4.0
|
24
|
|
125
|
Fractura diafisiaria de radio y cubito. Infantil
|
Sistema completo para clavo endomedular elástico estable.
|
96
|
|
126
|
Fractura supracondílea de humero. Infantil
|
Agujas k 2.0
|
96
|
|
127
|
Fractura 1/3 distal del radio y cubito. Infantil
|
Agujas k 2.0
|
96
|
|
128
|
Fractura de radio y cubito con compromiso articular. Infantil
|
Sistema completo de tornillo canulado 2.4 con opción de comprensión.
|
24
|
|
129
|
Fractura escafoides y seudoartrosis. Infantil
|
Sistema completo de tornillo canulado 2.4 con opción de comprensión y posibilidad de esconder la cabeza del tornillo.
|
24
|
|
130
|
Fractura de muñeca expuesta. Infantil
|
Sistema completo para tutor externo.
|
24
|
|
131
|
Fractura Metacarpiano. Infantil
|
Sistema completo de placa bloqueada para fractura de mano de tecnología ángulo variable, módulo 1.3 bloqueado.
|
24
|
|
132
|
Fractura Falange. Infantil
|
Sistema completo de mini tornillo.
|
48
|
|
133
|
Fractura de pelvis infantil
|
Sistema completo para fijador con tutor externo.
|
24
|
|
134
|
Fractura fémur proximal epifisiolisis de cadera. Infantil
|
Sistema completo de tornillo canulado 6.5-7.0.-
|
24
|
|
135
|
Fractura fémur proximal epifisiolisis de cadera. Infantil
|
Caja de dispositivo de osteosintesis de cuello femoral consistente en placa lateral más bolt, más tornillo bloqueo proximal y distal
|
24
|
|
136
|
Cirugía cadera ortopédica coxa vara/ coxa valgo/ displasia de cadera. Infantil
|
Sistema completo de placa LCP pediátricas para osteotomías femorales valgo – varo y fracturas de fémur diafisiaria y set de tornillos.
|
24
|
|
137
|
Fractura diáfisis fémur niño.
|
Sistema completo de enclavijado endomedular, elástico estable.
|
48
|
|
138
|
Adolescentes.
|
Sistema completo de clavo intramedular lateral pediátrico.
|
24
|
|
139
|
Fracturas expuestas de fémur. Infantil
|
Sistema completo de fijadores externos.
|
24
|
|
140
|
Fractura de fémur distal.
|
Sistema completo para tornillo canulado 4.0 – 6.5 – 7.0
|
24
|
|
141
|
Fractura de rotula. Infantil
|
Aguja k 2.0 y Alambre 2.0
|
24
|
|
142
|
Fractura Espina Tibial. Infantil
|
Sistema completo para tornillo canulado 3.5 – 4.0
|
24
|
|
143
|
Fractura diáfisis Tibial. Infantil
|
Sistema completo de enclavijado endomedular, elástico estable.
|
96
|
|
144
|
Fractura de tobillo. Infantil
|
Sistema completo de LCP para tibia y peroné distal con set de tornillos.
|
96
|
|
145
|
Pie. Infantil
|
Sistema completo de placas modulares para el pie y set de tornillos.
|
24
|
|
146
|
Pie equino y Pie bot. Infantil
|
Sistema completo para fijación – transposición tendinea.
|
24
|
|
147
|
Crecimiento Guiado. Infantil
|
Sistema completo de placa en 8.
|
24
|
|
148
|
Quiste óseo. Infantil
|
Sustituto de injerto óseo
|
24
|
|
149
|
Fractura de mano y fractura de tuberosidad anterior infantil
|
sistema de anclas de todos los tamaños
|
24
|
|
150
|
Pie Branquimetatarsiano infantil
|
tutor externo con carril para alargamiento de metatarsiano
|
24
|
(*) Las cantidades a utilizar son sólo una vía de referencia no comprometiéndose el Hospital a adquirir o requerir una determinada cantidad de insumos/productos, ya que esto se indica para efectos de estimar precios unitarios, calculo global de la propuesta y despachos requeridos.
5° MODO DE UTILIZACION DEL CONTRATO DE SUMINISTRO
Desde la comunicación formal vía correo electrónico de la solicitud de productos, comenzará a correr el plazo de entrega para la recepción de los materiales.
La empresa adjudicada, deberá entregar al Jefe de Pabellón un informe con los insumos/productos ocupados en las cirugías programadas, con esta recepción conforme el adjudicatario deberá enviar su informe para recepción conforme a bodega general.
Al momento de la cirugía, deberá ingresar Asistente Quirúrgico indicando con nombre y apellido en la oferta de la empresa adjudicada, con su credencial a la visita de acuerdo a lo indicado en las bases. Cada adjudicatario deberá indicar a quien enviará en su representación en el mismo correo en que se confirme recepción del requerimiento, dicho representante tendrá que permanecer dentro del pabellón y contar con tarjeta de identificación (Empresa a la que pertenece, nombre y cargo), de acuerdo a lo establecido y a su vez actuará como ministro de fe, para verificar los elementos utilizados en la cirugía
Los oferentes deberán especificar o acompañar a su propuesta técnica el contenido mínimo de instrumental necesario para la realización de las cirugías que contemplen los ítems ofertados.
PLAZO Y ENTREGA DE LOS PRODUCTOS
Una vez firmado el contrato el oferente deber coordinar la entrega de los productos, con la central de esterilización coordinando la llegada en horario establecidos por bodega general del hospital, debiendo entregarlos junto a una guía de entrega indicando en ella el máximo de datos de los productos, y de acuerdo a lo siguiente:
Los productos que deben permanecer El Hospital durante la vigencia del contrato por el oferente, en un plazo no mayor a 10 (10) días corridos, contados de la suscripción del contrato. De no cumplir el plazo indicado anteriormente se hará acreedor de una multa por cada día de atraso, con un tope de máximo de 10 días corridos. -
Si alguno de los productos es utilizado por el hospital, el proveedor deberá reponerlos en un tiempo máximo de 48 hrs, corridas, contadas desde enviado el correo electrónico o llamado telefónico por parte del Jefe Unidad de Pabellón o Jefe de Traumatología al proveedor de su utilización y el hospital cursará la respectiva orden de compra a el proveedor por los productos utilizados.
Los productos que se solicitan al proveedor en procedimientos de urgencia o intervención determinada y que no se encuentran en stock en el Hospital, este los debe proveer según necesidades propias del procedimiento médico a efectuar y deben ser entregados en un tiempo máximo de 48 hrs corridas contadas desde el envío del correo electrónico o llamado telefónico por parte del Hospital.
RECEPCION DE LOS PRODUCTOS
El proveedor contrae la obligación de entregar los productos de acuerdo a los plazos y especificaciones técnicas ofertadas. En el caso que alguno de los productos entregados sea rechazado por el referente técnico del Hospital, por no cumplir con las especificaciones técnicas del producto adjudicado o presentar deterioro al momento de la entrega, el proveedor tendrá un plazo de 10 días corridos para efectuar el cambio, contados desde la fecha de la notificación, asumiendo los costos inherentes al retiro, traslado y entrega de los mismos. De no cumplir el plazo indicado anteriormente se hará acreedor de una multa por cada día de atraso, con un tope máximo de 15 días hábiles.
6° DE LA OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el termino anticipado del contrato.
Los oferentes deben considerar que el instrumental asociado, equipamiento en comodato y set de ropa desechable artroscopia, que se requieren en los respectivos ítem de cirugías, es un requisito esencial para ofertar el ítem correspondiente.
7° TRASLADO DE CAJAS, INSTRUMENTAL Y EQUIPOS.
El Hospital Base San José de Osorno notificará al adjudicatario con la suficiente antelación su intención de efectuar el traslado de las cajas, instrumental y equipos en comodato o parte de este, cubiertos por el presente contrato. Así mismo, podrá presentar objeciones, si las tuviese, justificándolas adecuadamente.
8° CAPACITACION
El personal del Hospital deberá ser capacitado en el uso del equipo que se utilizará con las determinaciones o insumos. Las capacitaciones deberán ser realizadas en Pabellón, o donde el Hospital determine. Estas se deberán realizar en horario funcionario, previa calendarización (coordinación) con Referente técnico con el fin de no interrumpir las laborares propias del servicio. De haber incumplimiento se aplicará la multa respectiva.
La capacitación deberá incluir a todo el personal que el referente técnico determine conveniente para los intereses del establecimiento. En caso de cambio del equipo o actualización de estos, la capacitación se hará en lo que corresponda actualizar.
La capacitación deberá ser realizada por un profesional experto, cuyas competencias se encuentren certificadas por el fabricante del equipo.
La capacitación debe considerar, entre otras cosas, mantenciones preventivas a realizar por el usuario. Dentro de su oferta el proveedor deberá adjuntar una propuesta de capacitación, donde incluya la siguiente información:
a) Listado de contenidos con todos los tópicos necesarios, para que el equipo sea operado correctamente, en las mejores condiciones de seguridad y optimización, tanto de los insumos o determinaciones como de otras áreas de funcionamiento.
b) La cantidad de horas de duración del entrenamiento, que deben garantizar que se cumplan todos los objetivos requeridos, aun cuando se necesite más de una sesión.
Finalizada la capacitación de los usuarios, el adjudicatario deberá entregar una certificación en la cual se indique el nombre del funcionario capacitado, duración de la capacitación, aprobación o reprobación de esta, firma del profesional que realizó la capacitación y el representante de la empresa adjudicada. El plazo máximo para entregar los certificados será de 10 días hábiles desde finalizada la capacitación, siempre en coordinación con referente del Hospital. De haber incumplimiento se aplicará la multa respectiva.
El costo total de las capacitaciones (traslados, alimentación, material impreso, etc.) a entregar a los funcionarios del establecimiento), es de costo del adjudicatario.
____________________________________________________________
V.- ANEXOS
______________________________________________________________
FORMULARIO Nº1
IDENTIFICACION DEL PROPONENTE
“CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS PARA TRAUMATOLOGIA HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO”
ID: 1063538-2-LR25
HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO
|
DATOS DEL PROPONENTE:
|
|
Nombre completo o Razón Social
|
|
|
NºCédula de Identidad o RUT
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Domicilio
|
|
|
Ciudad
|
|
|
Teléfono
|
|
|
Fax
|
|
|
Correo electrónico
|
|
|
|
|
REPRESENTANTE LEGAL: (sólo en caso de persona jurídica)
|
|
Nombre completo
|
|
|
NºCédula de Identidad
|
|
|
Instrumento en que consta su personería (indicar tipo de documento, fecha, notaría, etc.).
|
|
|
COORDINADOR TECNICO*:
|
|
Nombre completo
|
|
|
Cargo o función
|
|
|
Teléfono (Anexo) / Fax
|
|
|
Correo electrónico
|
|
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CONTACTO DEL PROPONENTE:
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|
Nombre completo
|
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|
Cargo o función
|
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|
Teléfono (Anexo) / Fax
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|
Correo electrónico
|
|
El proponente que suscribe establece que el coordinador técnico designado se encuentra facultado(a) para representar y actuar como contraparte de ella ante el Hospital en todo el proceso que implique la presente Licitación, y que conoce sus funciones establecidas en las presentes Bases.
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2025
FORMULARIO Nº2
ACEPTACIÓN DE BASES Y CONOCIMIENTO DE LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
“CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS PARA TRAUMATOLOGIA HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO”
ID: 1063538-2-LR25
HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO
El proponente que suscribe se compromete ante el Hospital Base San José de Osorno a suministrar los bienes o insumos, convenios o prestaciones materia de la presente propuesta, de acuerdo a las Bases Administrativas, Técnicas y anexos que forman parte de la presente licitación.
Asimismo, el proponente que suscribe declara:
Haber recibido, estudiado y aceptado las Bases Administrativas, Técnicas y anexos que conforman la presente propuesta publica del Hospital Base San José de Osorno.
Estar conforme con las condiciones generales del Contrato, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes Bases Administrativas Generales y Técnicas, aceptándolas en todas sus partes.
Que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los últimos dos años.
Estar conforme con las condiciones generales del proyecto, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecido en las bases Administrativas Generales, Especificaciones Técnicas, Aclaraciones y todo otro documento oficial de la Propuesta, en el entendido que dichos antecedentes formarán parte del contrato.
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2025
FORMULARIO Nº3
OFERTA ECONÓMICA
“CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS PARA TRAUMATOLOGIA HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO”
ID: 1063538-2-LR25
HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO
|
ANTECEDENTES
|
|
Nombre completo o Razón Social
|
|
|
NºCédula de Identidad o RUT
|
|
|
ITEM
|
Cirugía
|
VALOR NETO UNITARIO
|
|
1
|
Fractura Clavícula
|
|
|
2
|
Artropatía manguito rotador
|
|
|
3
|
Reparación Manguito rotador
|
|
|
4
|
Inestabilidad Glenohumeral Recidivante
|
|
|
5
|
Luxación Acromio-Clavicular Aguda y Crónica
|
|
|
6
|
Fracturas de Húmero proximal con placa
|
|
|
7
|
Fracturas de Húmero proximal con clavo
|
|
|
8
|
Fracturas de Húmero proximal con prótesis
|
|
|
9
|
Fracturas de Húmero Diafisiarias con palca recta
|
|
|
10
|
Fracturas de Húmero Diafisiarias con clavo
|
|
|
11
|
Fracturas de Humero Distal
|
|
|
12
|
Fractura Olecranon
|
|
|
13
|
Fracturas de Cúpula Radial osteosintesis
|
|
|
14
|
Fracturas de Cúpula Radial artroplastia
|
|
|
15
|
Fracturas de Coronoides
|
|
|
16
|
Fractura Radio y/o Cúbito difisiarias
|
|
|
17
|
Fractura cubito distal
|
|
|
18
|
Fracturas de Radio Distal / Muñeca
|
|
|
19
|
Acortamiento cubital
|
|
|
20
|
Fractura o seudoartrosis escafoides
|
|
|
21
|
Fracturas de mano
|
|
|
22
|
Fractura de falanges no sintetizable
|
|
|
23
|
Fracturas metacarpianas
|
|
|
24
|
Artrosis dedos
|
|
|
25
|
Reconstrucción ligamentaria de mano y muñeca.
|
|
|
26
|
Reparación ligamentaria carpo con anclas
|
|
|
27
|
Reparación ligamentaria carpo con suturas
|
|
|
28
|
Reconstrucción tendones flexores
|
|
|
29
|
Fracturas complejas radio distal con placas.
|
|
|
30
|
Fracturas complejas radio distal soporte para artroscopia
|
|
|
31
|
artroscopia de mano y muñeca
|
|
|
32
|
Fracturas de radio con conminución articular no sintetizable
|
|
|
33
|
Artrosis de muñeca
|
|
|
34
|
Artrosis carpiana
|
|
|
35
|
Artroplastia de dedos
|
|
|
36
|
Artroplastia trapecio metacarpiana
|
|
|
37
|
Estabilización temporal de muñeca y antebrazo
|
|
|
38
|
Estabilización temporal de metacarpianos y falanges
|
|
|
39
|
Neurorrafias
|
|
|
40
|
Reparación de membrana interosea antebrazo
|
|
|
41
|
kit de radio distal
|
|
|
42
|
Fractura de cuello femoral con indicación de osteosíntesis
|
|
|
43
|
Fractura del cuello femoral inestable con indicación de osteosíntesis
|
|
|
44
|
Fractura del cuello femoral con indicación de prótesis en paciente de baja demanda funcional.
|
|
|
45
|
Fractura del cuello femoral con indicación de prótesis en paciente de alta demanda funcional
|
|
|
46
|
Fractura Pertrocantérica
|
|
|
47
|
Fractura Subtrocantérica
|
|
|
48
|
Fractura de fémur diafisiaria
|
|
|
49
|
Fractura periprotésica de la cadera con indicación de osteosíntesis
|
|
|
50
|
Fractura periprotésica de la cadera con indicación de osteosíntesis
|
|
|
51
|
Fractura periprotésica de la cadera con indicación de prótesis
|
|
|
52
|
Fractura de pelvis
|
|
|
53
|
Fractura de Pelvis
|
|
|
54
|
Fractura de acetábulo.
|
|
|
55
|
Coxartrosis de cadera primaria
|
|
|
56
|
Coxartrosis de cadera displásica
|
|
|
57
|
Coxartrosis de cadera con riesgo de inestabilidad
|
|
|
58
|
Revisión acetabular y cotilos displásicos
|
|
|
59
|
Revisión femoral
|
|
|
60
|
Revisión acetabular compleja
|
|
|
61
|
Revisión femoral con implante cementado previo
|
|
|
62
|
Fractura de fémur diafisiario con placa
|
|
|
63
|
Fractura de fémur diafisiario con clavo
|
|
|
64
|
Fractura de fémur distal con placa
|
|
|
65
|
Fractura de fémur distal con clavo
|
|
|
66
|
Fractura de fémur distal con tornillos
|
|
|
67
|
Fractura periprotésica de rodilla
|
|
|
68
|
Fractura de patela con placa
|
|
|
69
|
Fractura de patela con tornillos
|
|
|
70
|
Lesiones de aparato extensor de rodilla
|
|
|
71
|
Fractura de platillos tibiales con placa
|
|
|
72
|
Fractura de platillos tibiales con tornillo
|
|
|
73
|
Fracturas de tibia diafisiarias con placa
|
|
|
74
|
Fractura de tibia diafisiaria con clavo
|
|
|
75
|
Fractura de tibia con alto riesgo de infección
|
|
|
76
|
Infecciones en fémur y tibia
|
|
|
77
|
Fracturas osteocondrales de rodilla
|
|
|
78
|
Osteotomías de fémur distal varizante/valguizante
|
|
|
79
|
Osteotomías de tibia proximal varizante/valguizante
|
|
|
80
|
Osteotomías de tibia proximal anterior para modificación de slope
|
|
|
81
|
Prótesis total de rodilla primaria simple
|
|
|
82
|
Prótesis total de rodilla primaria compleja
|
|
|
83
|
Revisión de prótesis total de rodilla
|
|
|
84
|
Prótesis unicompartimental medial/lateral de rodilla
|
|
|
85
|
Prótesis unicompartimental patelofemoral
|
|
|
86
|
Reconstrucción multiligamentarias de rodilla
|
|
|
87
|
Reconstrucción tobillo y pie
|
|
|
88
|
Transporte defecto óseo extremidad inferior
|
|
|
89
|
Fractura maléolo medial
|
|
|
90
|
Lesión sindesmal
|
|
|
91
|
Lesión de ligamento deltoídeo
|
|
|
92
|
Fractura de Lisfranc
|
|
|
93
|
Artrodesis pie
|
|
|
94
|
Artrosis de tobillo con prótesis
|
|
|
95
|
Artrosis de tobillo con tornillos
|
|
|
96
|
Artrosis de tobillo con clavo
|
|
|
97
|
Fractura de pierna distal con placa
|
|
|
98
|
Fractura de pierna distal con clavo
|
|
|
99
|
Fractura de tobillo simple con tornillos
|
|
|
100
|
Fractura de tobillo simple con placa
|
|
|
101
|
Fractura de tobillo complejo con placa
|
|
|
102
|
Fractura de tobillo complejo con tornillos
|
|
|
103
|
Fractura de tobillo en hueso osteopénico tipo 1
|
|
|
104
|
Fractura de tobillo en hueso osteopénico tipo 2
|
|
|
105
|
Fractura de tobillo en hueso osteopénico tipo 3
|
|
|
106
|
Fractura de pilón tibial con placa
|
|
|
107
|
Fractura de pilón tibial con clavo
|
|
|
108
|
Fractura de calcáneo
|
|
|
109
|
Fracturas de talo
|
|
|
110
|
Fractura de navicular
|
|
|
111
|
Fracturas de cuboides
|
|
|
112
|
Artrosis Metatarso falángica de Hallux
|
|
|
113
|
Hallux valgus abierto, configuración 1
|
|
|
114
|
Hallux valgus abierto, configuración 2
|
|
|
115
|
Hallux valgus mínimamente invasivo
|
|
|
116
|
Pie plano/cavo
|
|
|
117
|
Metatarsalgia/Dedos en garra
|
|
|
118
|
Artroscopía de tobillo
|
|
|
119
|
Inestabilidad de tobillo
|
|
|
120
|
Rotura tendón de Aquiles y otros tendones del tobillo y pie
|
|
|
121
|
Fractura de clavícula en adolescentes.
|
|
|
122
|
Fractura de clavícula en niños.
|
|
|
123
|
Fractura de humero diafisiaria infantil
|
|
|
124
|
Fractura de humero distal intercondilea y cóndilos. Infantil
|
|
|
125
|
Fractura diafisiaria de radio y cubito. Infantil
|
|
|
126
|
Fractura supracondílea de humero. Infantil
|
|
|
127
|
Fractura 1/3 distal del radio y cubito. Infantil
|
|
|
128
|
Fractura de radio y cubito con compromiso articular. Infantil
|
|
|
129
|
Fractura escafoides y seudoartrosis. Infantil
|
|
|
130
|
Fractura de muñeca expuesta. Infantil
|
|
|
131
|
Fractura Metacarpiano. Infantil
|
|
|
132
|
Fractura Falange. Infantil
|
|
|
133
|
Fractura de pelvis infantil
|
|
|
134
|
Fractura fémur proximal epifisiolisis de cadera. Infantil
|
|
|
135
|
Fractura fémur proximal epifisiolisis de cadera. Infantil
|
|
|
136
|
Cirugía cadera ortopédica coxa vara/ coxa valgo/ displasia de cadera. Infantil
|
|
|
137
|
Fractura diáfisis fémur niño.
|
|
|
138
|
Adolescentes.
|
|
|
139
|
Fracturas expuestas de fémur. Infantil
|
|
|
140
|
Fractura de fémur distal.
|
|
|
141
|
Fractura de rotula. Infantil
|
|
|
142
|
Fractura Espina Tibial. Infantil
|
|
|
143
|
Fractura diáfisis Tibial. Infantil
|
|
|
144
|
Fractura de tobillo. Infantil
|
|
|
145
|
Pie. Infantil
|
|
|
146
|
Pie equino y Pie bot. Infantil
|
|
|
147
|
Crecimiento Guiado. Infantil
|
|
|
148
|
Quiste óseo. Infantil
|
|
|
149
|
Fractura de mano y fractura de tuberosidad anterior infantil
|
|
|
150
|
Pie Branquimetatarsiano infantil
|
|
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2025
FORMULARIO Nº4
OFERTA TÉCNICA
“CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS PARA TRAUMATOLOGIA HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO”
ID: 1063538-2-LR25
HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO
|
ANTECEDENTES
|
|
Nombre completo o Razón Social
|
|
|
NºCédula de Identidad o RUT
|
|
|
ITEM
|
Cirugía
|
INDICAR CUMPLIMIENTO (SI/NO)
|
DETALLES DEL PROVEEDOR
|
|
1
|
Fractura Clavícula
|
|
|
|
2
|
Artropatía manguito rotador
|
|
|
|
3
|
Reparación Manguito rotador
|
|
|
|
4
|
Inestabilidad Glenohumeral Recidivante
|
|
|
|
5
|
Luxación Acromio-Clavicular Aguda y Crónica
|
|
|
|
6
|
Fracturas de Húmero proximal con placa
|
|
|
|
7
|
Fracturas de Húmero proximal con clavo
|
|
|
|
8
|
Fracturas de Húmero proximal con prótesis
|
|
|
|
9
|
Fracturas de Húmero Diafisiarias con palca recta
|
|
|
|
10
|
Fracturas de Húmero Diafisiarias con clavo
|
|
|
|
11
|
Fracturas de Humero Distal
|
|
|
|
12
|
Fractura Olecranon
|
|
|
|
13
|
Fracturas de Cúpula Radial osteosintesis
|
|
|
|
14
|
Fracturas de Cúpula Radial artroplastía
|
|
|
|
15
|
Fracturas de Coronoides
|
|
|
|
16
|
Fractura Radio y/o Cúbito difisiarias
|
|
|
|
17
|
Fractura cubito distal
|
|
|
|
18
|
Fracturas de Radio Distal / Muñeca
|
|
|
|
19
|
Acortamiento cubital
|
|
|
|
20
|
Fractura o seudoartrosis escafoides
|
|
|
|
21
|
Fracturas de mano
|
|
|
|
22
|
Fractura de falanges no sintetizable
|
|
|
|
23
|
Fracturas metacarpianas
|
|
|
|
24
|
Artrosis dedos
|
|
|
|
25
|
Reconstrucción ligamentaria de mano y muñeca.
|
|
|
|
26
|
Reparación ligamentaria carpo con anclas
|
|
|
|
27
|
Reparación ligamentaria carpo con suturas
|
|
|
|
28
|
Reconstrucción tendones flexores
|
|
|
|
29
|
Fracturas complejas radio distal con placas.
|
|
|
|
30
|
Fracturas complejas radio distal soporte para artroscopia
|
|
|
|
31
|
artroscopia de mano y muñeca
|
|
|
|
32
|
Fracturas de radio con conminución articular no sintetizable
|
|
|
|
33
|
Artrosis de muñeca
|
|
|
|
34
|
Artrosis carpiana
|
|
|
|
35
|
Artroplastia de dedos
|
|
|
|
36
|
Artroplastia trapecio metacarpiana
|
|
|
|
37
|
Estabilización temporal de muñeca y antebrazo
|
|
|
|
38
|
Estabilización temporal de metacarpianos y falanges
|
|
|
|
39
|
Neurorrafias
|
|
|
|
40
|
Reparación de membrana interosea antebrazo
|
|
|
|
41
|
kit de radio distal
|
|
|
|
42
|
Fractura de cuello femoral con indicación de osteosíntesis
|
|
|
|
43
|
Fractura del cuello femoral inestable con indicación de osteosíntesis
|
|
|
|
44
|
Fractura del cuello femoral con indicación de prótesis en paciente de baja demanda funcional.
|
|
|
|
45
|
Fractura del cuello femoral con indicación de prótesis en paciente de alta demanda funcional
|
|
|
|
46
|
Fractura Pertrocantérica
|
|
|
|
47
|
Fractura Subtrocantérica
|
|
|
|
48
|
Fractura de fémur diafisiaria
|
|
|
|
49
|
Fractura periprotésica de la cadera con indicación de osteosíntesis
|
|
|
|
50
|
Fractura periprotésica de la cadera con indicación de osteosíntesis
|
|
|
|
51
|
Fractura periprotésica de la cadera con indicación de prótesis
|
|
|
|
52
|
Fractura de pelvis
|
|
|
|
53
|
Fractura de Pelvis
|
|
|
|
54
|
Fractura de acetábulo.
|
|
|
|
55
|
Coxartrosis de cadera primaria
|
|
|
|
56
|
Coxartrosis de cadera displásica
|
|
|
|
57
|
Coxartrosis de cadera con riesgo de inestabilidad
|
|
|
|
58
|
Revisión acetabular y cotilos displásicos
|
|
|
|
59
|
Revisión femoral
|
|
|
|
60
|
Revisión acetabular compleja
|
|
|
|
61
|
Revisión femoral con implante cementado previo
|
|
|
|
62
|
Fractura de fémur diafisiario con placa
|
|
|
|
63
|
Fractura de fémur diafisiario con clavo
|
|
|
|
64
|
Fractura de fémur distal con placa
|
|
|
|
65
|
Fractura de fémur distal con clavo
|
|
|
|
66
|
Fractura de fémur distal con tornillos
|
|
|
|
67
|
Fractura periprotésica de rodilla
|
|
|
|
68
|
Fractura de patela con placa
|
|
|
|
69
|
Fractura de patela con tornillos
|
|
|
|
70
|
Lesiones de aparato extensor de rodilla
|
|
|
|
71
|
Fractura de platillos tibiales con placa
|
|
|
|
72
|
Fractura de platillos tibiales con tornillo
|
|
|
|
73
|
Fracturas de tibia diafisiarias con placa
|
|
|
|
74
|
Fractura de tibia diafisiaria con clavo
|
|
|
|
75
|
Fractura de tibia con alto riesgo de infección
|
|
|
|
76
|
Infecciones en fémur y tibia
|
|
|
|
77
|
Fracturas osteocondrales de rodilla
|
|
|
|
78
|
Osteotomías de fémur distal varizante/valguizante
|
|
|
|
79
|
Osteotomías de tibia proximal varizante/valguizante
|
|
|
|
80
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Osteotomías de tibia proximal anterior para modificación de slope
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81
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Prótesis total de rodilla primaria simple
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82
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Prótesis total de rodilla primaria compleja
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83
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Revisión de prótesis total de rodilla
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84
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Prótesis unicompartimental medial/lateral de rodilla
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85
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Prótesis unicompartimental patelofemoral
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86
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Reconstrucción multiligamentarias de rodilla
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87
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Reconstrucción tobillo y pie
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88
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Transporte defecto óseo extremidad inferior
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89
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Fractura maléolo medial
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90
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Lesión sindesmal
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91
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Lesión de ligamento deltoídeo
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92
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Fractura de Lisfranc
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93
|
Artrodesis pie
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94
|
Artrosis de tobillo con prótesis
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95
|
Artrosis de tobillo con tornillos
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96
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Artrosis de tobillo con clavo
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97
|
Fractura de pierna distal con placa
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98
|
Fractura de pierna distal con clavo
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99
|
Fractura de tobillo simple con tornillos
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100
|
Fractura de tobillo simple con placa
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101
|
Fractura de tobillo complejo con placa
|
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|
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102
|
Fractura de tobillo complejo con tornillos
|
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103
|
Fractura de tobillo en hueso osteopénico tipo 1
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104
|
Fractura de tobillo en hueso osteopénico tipo 2
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105
|
Fractura de tobillo en hueso osteopénico tipo 3
|
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106
|
Fractura de pilón tibial con placa
|
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107
|
Fractura de pilón tibial con clavo
|
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108
|
Fractura de calcáneo
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109
|
Fracturas de talo
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110
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Fractura de navicular
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|
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111
|
Fracturas de cuboides
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112
|
Artrosis Metatarso falángica de Hallux
|
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113
|
Hallux valgus abierto, configuración 1
|
|
|
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114
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Hallux valgus abierto, configuración 2
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115
|
Hallux valgus mínimamente invasivo
|
|
|
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116
|
Pie plano/cavo
|
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|
|
117
|
Metatarsalgia/Dedos en garra
|
|
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118
|
Artroscopía de tobillo
|
|
|
|
119
|
Inestabilidad de tobillo
|
|
|
|
120
|
Rotura tendón de aquiles y otros tendones del tobillo y pie
|
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|
|
121
|
Fractura de clavícula en adolescentes.
|
|
|
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122
|
Fractura de clavícula en niños.
|
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|
123
|
Fractura de humero diafisiaria infantil
|
|
|
|
124
|
Fractura de humero distal intercondilea y cóndilos. Infantil
|
|
|
|
125
|
Fractura diafisiaria de radio y cubito. Infantil
|
|
|
|
126
|
Fractura supracondílea de humero. Infantil
|
|
|
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127
|
Fractura 1/3 distal del radio y cubito. Infantil
|
|
|
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128
|
Fractura de radio y cubito con compromiso articular. Infantil
|
|
|
|
129
|
Fractura escafoides y seudoartrosis. Infantil
|
|
|
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130
|
Fractura de muñeca expuesta. Infantil
|
|
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131
|
Fractura Metacarpiano. Infantil
|
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132
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Fractura Falange. Infantil
|
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|
133
|
Fractura de pelvis infantil
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|
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134
|
Fractura fémur proximal epifisiolisis de cadera. Infantil
|
|
|
|
135
|
Fractura fémur proximal epifisiolisis de cadera. Infantil
|
|
|
|
136
|
Cirugía cadera ortopédica coxa vara/ coxa valgo/ displasia de cadera. Infantil
|
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137
|
Fractura diáfisis fémur niño.
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|
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138
|
Adolescentes.
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139
|
Fracturas expuestas de fémur. Infantil
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140
|
Fractura de fémur distal.
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141
|
Fractura de rotula. Infantil
|
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142
|
Fractura Espina Tibial. Infantil
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143
|
Fractura diáfisis Tibial. Infantil
|
|
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144
|
Fractura de tobillo. Infantil
|
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|
145
|
Pie. Infantil
|
|
|
|
146
|
Pie equino y Pie bot. Infantil
|
|
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|
147
|
Crecimiento Guiado. Infantil
|
|
|
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148
|
Quiste óseo. Infantil
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149
|
Fractura de mano y fractura de tuberosidad anterior infantil
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|
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150
|
Pie Branquimetatarsiano infantil
|
|
|
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2025
FORMULARIO Nº5
TIEMPO DE REPOSICION DE COMPONENTES
“CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS PARA TRAUMATOLOGIA HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO”
ID: 1063538-2-LR25
HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO
Mediante el presente Formulario, la empresa__________________________________
_____________________________________ certifica que el plazo para la reposición de los componentes es de _____ horas contadas desde el envío del correo electrónico por parte del Hospital Base San José de Osorno.
La empresa señala contar con _________ set para cirugías simultaneas.
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2025
FORMULARIO Nº6
EXPERIENCIA ASISTENTE QUIRURGICO
“CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS PARA TRAUMATOLOGIA HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO”
ID: 1063538-2-LR25
La empresa…………………………………………………………………………………….participante de la licitación, declara contar con asistente quirúrgico para el CONVENIO SUMINSTRO TRAUMATOLOGIA del HBSJO. Para ello deben completar el siguiente cuadro.
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Nº
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NOMBRE
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PROFESIÓN
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EXPERIENCIA
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1
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2
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3
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…
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N
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DETALLES
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SI/NO
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Certificados de la superintendencia de Salud de la profesión de las asistencias quirúrgico propuesto para la presentación licitación (si presenta todos los certificados de los asistentes propuestos)
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Certificado de vacuna de hepatitis B (si presenta todos los certificados de los asistentes propuestos)
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Sera evaluado conforme a certificado emitido por el oferente, respecto de la experiencia en cirugías igual o similares de los asistentes quirúrgicos, propuestos para la siguiente licitación (emitido por el representante legal de la empresa)
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La empresa cuenta con programas INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL que sean conocidos y aplicados por su personal
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NOTA: Deberá adjunta certificados y/o documentos, según requerimientos. De lo contrario se otorgaran 0 puntos.
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2025
FORMULARIO Nº 7
EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN INSTITUCIONES PÚBLICAS
“CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS PARA TRAUMATOLOGIA HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO”
ID: 1063538-2-LR25
El oferente deberá completar el cuadro señalando sus clientes a quienes ha entregado este servicio. Debe respaldar adjuntando contratos. No se aceptará otro tipo de documento.
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NOMBRE CLIENTE DEL RUBRO (PUBLICO)
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AÑO DEL CONTRATO DESDE-HASTA
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MONTO
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SEÑALE SI ADJUNTA RESPALDO (CONTRATO)
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1.
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2.
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3.
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4.
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5.
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…
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...
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|
N
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Mejores Condiciones Laborales
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DESCRIPCION
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COMPLETE DONDE CORRESPONDA
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Promedio de Remuneraciones de Asistente quirúrgico
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SI___
NO___
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*se debe adjuntar liquidaciones de sueldo y pago de leyes sociales, de lo contrario de evaluará con 0 puntos o si solo adjunta no de los dos también será evaluado con 0 puntos
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2025
FORMULARIO Nº 8
PROTOCOLO DE ESTERILIZACIÓN
“CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS PARA TRAUMATOLOGIA HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO”
ID: 1063538-2-LR25
Mediante el presente Formulario, la empresa__________________________________
_____________________________________ certifica que tomo conocimiento del protocolo interno de esterilización del HBSJO
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TOMA CONOCIMIENTO
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NO TOMA CONOCIMIENTO
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Marque con una X donde corresponda
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2025
FORMULARIO Nº9
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE ARTICULO 4º LEY 19.886
“CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS PARA TRAUMATOLOGIA HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO”
ID: 1063538-2-LR25
HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO
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OFERENTE
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Nombre completo o Razón Social
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Rut
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Yo, ____________________, RUT ___________, en representación de __________, RUT _______________ (sólo en caso de ser persona jurídica) declaro no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores a la firma del presente contrato. De acuerdo a lo estipulado en artículo 4 inciso primero ley 19.886.
Además, declaro cumplir con lo establecido en artículo 4º, ley 19.886, que estipula lo siguiente: “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº18.575, ley orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas forman parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital , ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
No estar afecto a alguna de las inhabilidades previstas en el Articulo 35 quáter de la ley N°19.886; 26, letra d), del decreto ley N°211, de 1973 y 33 de la ley N°21.595.
RAZON SOCIAL EMPRESA: ___________________________________________
DIRECCION: ______________________________________________________
TELEFONO: ______________________
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2025
FORMULARIO N°10
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE LEY Nº20.393 QUE ESTABLECE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS EN LOS DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y DELITOS DE COHECHO.
“CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS PARA TRAUMATOLOGIA HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO”
ID: 1063538-2-LR25
HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO
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OFERENTE
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Nombre completo o Razón Social
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Rut
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El proponente que suscribe, con el sólo hecho de presentar su oferta a esta propuesta declara y acepta explícitamente lo siguiente:
Declaro que la empresa ____________________________________ no se encuentra inhabilitada con alguna condena sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, por la aplicación de los delitos de la Ley Nº20.393, que afecte de manera alguna su calidad de oferente en el proceso licitatorio, dando pleno cumplimiento además a lo estipulado en la Ley Nº19.886 sobre requisitos para contratar con la Administración del Estado.
RAZON SOCIAL EMPRESA: ___________________________________________
DIRECCION: ______________________________________________________
TELEFONO: ______________________
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2025
ANEXO N°1
Declaración jurada de inhabilidad para contratar con el estado por condena del artículo 33 de la ley N°21.595
(Declaración para ofertar)
“CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS PARA TRAUMATOLOGIA HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO”
ID: 1063538-2-LR25
Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , RUT: , del mismo domicilio, para la licitación pública para la contratación del Servicio de _________________, declaro bajo juramento que:
En caso de ser persona natural:
Yo, , cédula de identidad N° con domicilio en , , , declaro que:
(En el espacio en blanco a continuación, favor indicar “Sí” o “No”, según corresponda)
“____ mantengo vigente condena de inhabilitación para contratar con el Estado, conforme lo previsto en el artículo 33 de la ley N°21.595”
O, en caso de ser representante de una persona jurídica:
Yo, , cédula de identidad N° con domicilio en , , en representación de RUT N° , del mismo domicilio, declaro que mi representada:
(En el espacio en blanco a continuación, favor indicar “Sí” o “No”, según corresponda)
“____ mantiene vigente condena de inhabilitación para contratar con el Estado, conforme lo previsto en el artículo 33 de la ley N°21.595.”
“____mantiene entre sus socios, accionistas, miembros o partícipes con poder para influir en la administración a personas naturales condenadas a la medida de inhabilitación para contratar con el estado dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595.”
,
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2025
|
NOTA:
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- Si los oferentes no presentan esta declaración, la oferta será declarada inadmisible.
- En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal.
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ANEXO N°2
Declaración jurada de independencia de la oferta
(Declaración para ofertar)
“CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS PARA TRAUMATOLOGIA HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO”
ID: 1063538-2-LR25
Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , RUT: , del mismo domicilio, para la licitación pública para la contratación del Servicio de ____________________, declaro bajo juramento que:
(En el espacio respectivo marcar con “X” solo una opción de acuerdo con la declaración efectuada)
___ Mi representada no forma parte de un mismo grupo empresarial o está relacionada con personas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas” de la Ley N°18.045 del Mercado de Valores.
___ Mi representada forma parte de un grupo empresarial o está relacionada con personas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas” de la Ley N°18.045 del Mercado de Valores, pero ninguno de los miembros del grupo empresarial o de sus personas relacionadas participa en el presente procedimiento licitatorio ofertando respecto del mismo producto o servicio.
___ Mi representada forma parte de un grupo empresarial o está relacionada con personas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas” de la Ley N°18.045 del Mercado de Valores, participando alguno de los miembros del grupo empresarial o de sus personas relacionadas en el presente procedimiento licitatorio respecto del mismo producto o servicio, declarando que la oferta que presenta mi representada fue preparada con total independencia del miembro del grupo empresarial o de la persona relacionada.
,
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2025
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NOTA:
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- En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal.
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3.- TÓMESE RAZÓN, ANÓTESE, COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACION DE LA ADMINISTRACION DE LA DIRECCION DE COMPRAS PUBLICA, ARCHÍVESE