Licitación ID: 1063538-273-LP19
CONVENIO 50 INTERV.QUIRURG.ENDOPROTESIS DE RODILLA
Responsable de esta licitación: HOSPITAL BASE OSORNO, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 36
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Productos o servicios
1
Servicios quirúrgicos 1 Unidad
Cod: 85121609
INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA ENDOPROTESIS DE RODILLA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO 50 INTERV.QUIRURG.ENDOPROTESIS DE RODILLA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Hospital Base San José Osorno requiere generar un convenio que permita contratar un servicio de 50 intervenciones quirúrgicas Endoprótesis de rodilla para sus pacientes beneficiarios, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL BASE OSORNO
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.260-1
Dirección:
GUILLERMO BUHLER 1765, OSORNO
Comuna:
Osorno
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-11-2019 17:00:00
Fecha de Publicación: 05-11-2019 16:12:04
Fecha inicio de preguntas: 05-11-2019 16:16:00
Fecha final de preguntas: 11-11-2019 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-11-2019 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-11-2019 17:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-11-2019 17:01:00
Fecha de Adjudicación: 28-11-2019 17:34:34
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- 10° PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y DE LOS DOCUMENTOS DE ANEXOS La entrega de las propuestas, deberá efectuarse únicamente a través del Sistema de Información (digital) en el plazo previsto para la presentación de ofertas. Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases. 10.1 De los Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes: • Los profesionales prestadores deben tener la calidad de titular o contrata en el Sistema Público de Salud con a lo menos 22 horas. Debe acreditar adjuntando la Resolución de Contrato o Documento de Relación de Servicio, el cual es emitido por la Subdirección de Recursos Humanos u Oficina de Personal, o quien haga la vez de esta. Los profesionales prestadores deberán justificar en cumplimiento de contrato antes descrito mediante un certificado de marcaje (asistencia regular a jornada laboral) del último mes calendario (mes inmediatamente anterior al llamado de licitación); el cual podrá ser provisto por la Subdirección de RRHH u oficina de personal, o quien haga la vez de esta, del Servicio Público que se trate (HBSJO u otro). De acuerdo a lo anterior, los oferentes deben adjuntar en su oferta los siguientes documentos: 1) Resolución de Contrato o Documento de Relación de Servicio (HBSJO u otro) 2) Certificado de marcaje de asistencia (HBSJO u otro) El Hospital Bases San Jose Osorno, en relación a la Glosa N°2, letra E, “Contratación de servicios con Sociedades de Profesionales”, se reserva el derecho de contratar preferentemente a profesionales con la calidad de titular o contrata en el Sistema Público de Salud. • Formulario Nº 1: Identificación del proponente. • Formulario Nº 2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública. • Formulario Nº 6: Declaración jurada que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley nº 19.886. • Garantía Seriedad de la Oferta (REQUISITO EXCLUYENTE) Los oferentes deberán adjuntar, además, la siguiente información en el caso de NO encontrarse vigente en el portal de compras. • Documentación que acredite constitución legal de la empresa, vigencia y poderes de quienes actuarán en representación del proveedor. • Copia autorizada de la escritura pública donde conste el representante legal con facultades suficientes para concurrir a la presente licitación y suscribir el contrato correspondiente. • Certificado de vigencia con anotaciones vigentes de una data no superior a 30 días, de constitución de la sociedad y personería. • Fotocopia del RUT del oferente y de la Cédula de Identidad de su representante legal. Para la firma del contrato se solicitará la siguiente documentación: • Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato extendida de acuerdo al punto nº 12.2 de estas Bases. • Formulario Nº 7: Declaración jurada que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en la Ley nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Documentos Técnicos
1.- 10.3 De la Propuesta Técnica Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas. Para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas. La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de prestación de servicios requeridos y la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación. Formulario N°4: Experiencia del oferente. Debe señalar la cantidad de intervenciones Endoprótesis de rodilla realizadas los años 2017 y 2018. Debe acreditar adjuntando certificado del órgano público o privado en que la haya adquirido, o bien órdenes de compra, o contratos. Formulario N°5: Cercanía del oferente, y cantidad de cirujanos traumatólogos para este convenio. Debe acreditar con certificado del órgano público o privado. El Equipo Médico: Lo deben integrar los siguientes profesionales, quienes deben adjuntar Certificado de Registro de Prestador Individual de Salud extendido por la Superintendencia de Salud. Este documento debe estar vigente al momento de ofertar, o máximo 2 meses de vencido: o Cirujano Traumatólogo o Cirujano Ayudante o Medico Anestesiólogo + Técnico en Anestesia o Pabellonero o Arsenalero o Auxiliar de Servicio (de ser requerido) Nómina de profesionales: Debe adjuntar Nómina de profesionales médicos y de todo el equipo clínico con que cuenta para este convenio, individualizando además al “cirujano traumatólogo de reemplazo”, el cual debe estar disponible en caso de urgencias. Competencia: Los Cirujanos traumatólogos deben acreditar competencia en cirugía de Endoprótesis de rodilla como Primer cirujano traumatólogo. Debe acreditar con certificado del órgano público o privado. Pabellones externos: El oferente deberá adjuntar según corresponda:  Resolución de Autorización Sanitaria vigente para su funcionamiento  Resolución de Acreditación de la Superintendencia de Salud En caso de contar con Autorización Sanitaria Vigente deberá adjuntar documento “copia fiel del documento original”, al momento de presentar su oferta.
 
Documentos Económicos
1.- 10.2 De la Propuesta Económica El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl. Deberá ser expresado en pesos chilenos, y corresponder al valor unitario de la intervención quirúrgica Endoprotesis de Rodilla. Valor referencial unitario I.Q. Endoprótesis de rodilla: $1.500.000. - SE ESTABLECE QUE EL HBSJO PROVEERÁ DE LAS PRÓTESIS. Los oferentes deberán además completar el formulario económico (Formulario Nº3), el cual deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo. La oferta presentada no será reajustable durante todo el periodo de vigencia del contrato. 10.2.1 Traslado del paciente En el caso que el oferente que resulte adjudicado se encuentre fuera de la ciudad de Osorno, este deberá costear el traslado del paciente al momento de las evaluaciones preoperatorias e intervención, ida y regreso (Formulario N°3). La oferta que no cumpla con este requerimiento resultará inadmisible, y no será evaluada. REQUISITO EXCLUYENTE Errores en la Oferta Económica: En caso de existir diferencia entre el monto de la oferta ingresada al portal www.mercadopublico.cl y el indicado en el formulario Nº3 “oferta económica”, prevalecerá el monto neto ingresado en el portal.
2.- 10.2 De la Propuesta Económica El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl. Deberá ser expresado en pesos chilenos, y corresponder al valor unitario de la intervención quirúrgica Endoprotesis de Rodilla. Valor referencial unitario I.Q. Endoprótesis de rodilla: $1.500.000. - SE ESTABLECE QUE EL HBSJO PROVEERÁ DE LAS PRÓTESIS. Los oferentes deberán además completar el formulario económico (Formulario Nº3), el cual deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo. La oferta presentada no será reajustable durante todo el periodo de vigencia del contrato. 10.2.1 Traslado del paciente En el caso que el oferente que resulte adjudicado se encuentre fuera de la ciudad de Osorno, este deberá costear el traslado del paciente al momento de las evaluaciones preoperatorias e intervención, ida y regreso (Formulario N°3). La oferta que no cumpla con este requerimiento resultará inadmisible, y no será evaluada. REQUISITO EXCLUYENTE Errores en la Oferta Económica: En caso de existir diferencia entre el monto de la oferta ingresada al portal www.mercadopublico.cl y el indicado en el formulario Nº3 “oferta económica”, prevalecerá el monto neto ingresado en el portal.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cantidad de cirujanos traumatólogos para este conv >=3 cirujanos 100 puntos 2 cirujanos 70 puntos 1 cirujano 20 puntos 20%
2 Cumplimiento de los requisitos Cumplimiento de requisitos formales Oferta presentada no contiene errores u omisiones. 100 puntos Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo. 50 puntos El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo. 0 punto 5%
3 Experiencia de los Oferentes >=60 100 puntos De 31 a 59 70 puntos De 15 a 30 40 puntos <15 0 punto 25%
4 Precio Menor precio 100 puntos Segundo menor precio y siguientes Puntaje: (menor precio/precio en evaluación) X100 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días Se pagará de acuerdo a normativa legal vigente según indica Ley de presupuesto 20.481 del año 2011 para los Servicios de Salud, esto es dentro de los 45 días corridos siguientes, contados desde la recepción conforme de la Factura, y según disponibilidad.
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: CLAUDIA SANDOVAL SAN MARTIN
e-mail de responsable de pago: gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: YASNA ALBARRAN SOTO
e-mail de responsable de contrato: yasna.albarran@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-64-2567074-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
17.6 Cesión del contrato y subcontrataciones El Adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecido
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO
Fecha de vencimiento: 17-02-2020
Monto: 300000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: “GARANTIZA LA SERIEDAD DE LA OFERTA PARA EL CONVENIO DE 50 I.Q. ENDOPROTESIS DE RODILLA PARA PACIENTES DEL HBSJO, ID 1063538-273-LP19”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. En el caso del oferente adjudicado, la devolución de la boleta Seriedad de la Oferta se hará efectiva luego de entregada la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y firmado el respectivo contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO
Fecha de vencimiento: 02-04-2020
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: “CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO PARA EL CONVENIO DE 50 I.Q. ENDOPROTESIS DE RODILLA PARA PACIENTES DEL HBSJO, ID 1063538-273-LP19”.
Forma y oportunidad de restitución: Para la devolución del instrumento de garantía, el proveedor adjudicado deberá solicitarla al término de los 90 días posterior al contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Contabilidad. Antes de solicitar dicha devolución, el Administrador de Contrato del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Contabilidad. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
I. BASES ADMINISTRATIVAS
1° OBJETIVO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA 1.1 Objetivo El Hospital Base San José Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere generar un convenio que permita contratar un servicio de 50 intervenciones quirúrgicas Endoprótesis de rodilla para sus pacientes beneficiarios, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquella adquisición mayor o igual a 1.000 e inferior a 2.000 UTM. 1.2 Ámbito Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada para estipular la contratación del servicio convenio intervenciones quirúrgicas Endoprótesis de rodilla para el Hospital Base San José Osorno. Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del Hospital y publicado en el portal www.mercadopublico.cl. El precio de referencia para el presente proceso licitatorio será de $75.000.000.- (setenta y cinco millones de pesos chilenos) exento de impuesto. Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra. 2° BASES DE LICITACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS Las presentes Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos: 2.1 Bases de licitación • Bases Administrativas • Bases Técnicas • Formularios anexos 2.2 Definición de términos • Licitación o Propuesta Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual la Administración realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente. • Ley de Compras: Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. • Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el Hospital Base San José de Osorno, que describen los bienes o insumos, prestaciones o servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas. • Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras. • Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar. • Oferta: El costo ofrecido por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en ellas. • Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización. • Días corridos: corresponde a todos los días de la semana, incluyendo sábado y domingo, feriados y festivos. Al momento de referirse a la palabra “días” se entenderá como “días corridos”. • Cierre de licitación: Fecha límite designada para presentar ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, la oportunidad para ingresar propuestas a través del portal de compras debe ajustarse efectivamente al cronograma del llamado a licitación. • Comisión evaluadora: Delegación de funcionarios del hospital Base San José de Osorno designados por su Director(a) con el objeto de asesorarla en la apertura de la propuesta y la evaluación de las ofertas. • Apertura: acto de apertura electrónica por el cual el establecimiento toma conocimiento del contenido de las ofertas presentadas a través del sistema de información de compras y contratación pública, una vez vencido el plazo de presentación fijado para tal efecto. • Adjudicación: acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministros o servicios, regido por la Ley 19.886, en adelante, también, la “Ley de compras”. (Artículo 2°, numeral primero del Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda). • Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo. • Precio de Referencia: Corresponde a una aproximación del precio a pagar por el servicio licitado. • Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el Hospital encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. • Especificaciones Técnicas: Es aquel conjunto de características técnicas que deberá cumplir como mínimo el servicio en licitación a entregar por el proveedor. • Garantía: Aquel instrumento que asegure la seriedad o fiel y oportuno cumplimiento de un contrato. Dicho documento asegura su cobro en forma rápida oportuna y efectiva. • Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección. • Unión Temporal de Proveedores: asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo. • HBSJO: Para efectos de esta licitación, hace referencia al Hospital Base San Jose Osorno. 3° NORMATIVA Y ORDEN DE PRECEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS Sin perjuicio de la normativa legal vigente, el presente llamado a licitación, se regirá por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica: • Bases Administrativas, Técnicas y sus formularios, Condiciones, Contractuales y Resolución Aprobatoria. • Aclaraciones, respuestas y modificaciones de las bases de licitación, si las hubiere. • Oferta de él o los proponentes respectivos. • Resolución adjudicataria. • Resolución aprobatoria de contrato, si corresponde. • Orden de compra. 4° LLAMADO A LICITACIÓN El llamado a propuestas se publicará a través del portal www.mercadopublico.cl. El presente proceso licitatorio público se regirá por lo dispuesto en la ley Nº 19.886 y su reglamento aprobado por decreto supremo Nº 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda y sus posteriores modificaciones, lo dispuesto en las presentes bases administrativas y técnicas, sus anexos, las preguntas, respuestas y aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la resolución respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente. Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que el Hospital publique en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl el documento, acto, o resolución objeto de la notificación. 5° REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la declaración jurada requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad. Podrán participar en esta propuesta pública las personas naturales, jurídicas, chilenas o agencias extranjeras o uniones temporales de proveedores (Artículo 67 bis), que cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos y acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente, además de cumplir con lo siguiente: • No estar afecta a alguna de las causales del artículo 4º de la Ley 19.886 de compras Públicas. (Formulario N°6). • En caso de personas jurídicas, no estar afecta a alguna de las inhabilidades de la Ley 20.393. (Formulario N°7). Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años. Al momento de la suscripción del contrato, resultado de la propuesta, el oferente favorecido deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, lo que se comprobará con el respectivo Certificado de Inscripción. En caso de Uniones Temporales de Proveedores, cumplir con los requisitos exigidos en el art. 67 bis del Decreto 250 que contiene el Reglamento a la Ley de Compras Públicas. 5.1 Unión temporal de proveedores Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de este Reglamento. 6° PLAZOS La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos establecidos en las bases, (ficha del portal mercadopublico.cl) A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, los domingos y los festivos. Fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl. Dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la total tramitación de la resolución que aprueba las presentes bases de licitación. Fecha inicio preguntas. A contar de la publicación en el portal de compras públicas. Fecha final de preguntas. A las 15:00 hrs. del quinto (5) día corrido a contar de la publicación. Fecha de publicación de respuestas. A más tardar a las 15:00 hrs. del sexto (6) día corrido a contar de la publicación. Fecha de cierre de recepción de ofertas. A las 15:00 hrs. del décimo (10) día corrido a contar de la publicación. Fecha de acto de apertura de ofertas. A más tardar al día siguiente del cierre de la recepción de las ofertas a las 09:00 hrs. Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la Comisión de Evaluación. Hasta 48 horas a partir de la publicación de solicitud de aclaración en portal de www.mercadopublico.cl. Fecha estimada de adjudicación. Hasta el trigésimo (30) día hábil siguiente a la fecha de cierre de evaluación de propuestas. Fecha para firma de contrato Hasta el décimo quinto (15) día hábil siguiente a la fecha de cierre adjudicación de la oferta. Atendida la naturaleza y por motivos de buen funcionamiento del Hospital Base San José de Osorno, se rebajan los plazos de publicación de veinte a diez días corridos desde la publicación al cierre de recepción de las ofertas. 7° DOMICILIO Y JURISDICCIÓN Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Osorno y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. 8° CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES Los proponentes podrán formular, consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro Electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado. Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán razonar desconocimiento de las mismas. Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Hospital podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes. Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl). 9° VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS La propuesta deberá tener validez de 90 días contados desde la fecha de apertura electrónica. Si dentro de dicho plazo no fuese posible efectuar la adjudicación del llamado a licitación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes la prórroga de las propuestas, hasta en 60 días más. Serán rechazadas aquellas propuestas cuyo periodo de validez sea menor que el requerido o sea mal extendido provocando un desmedro para el hospital.
I. BASES ADMINISTRATIVAS
10° PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y DE LOS DOCUMENTOS DE ANEXOS La entrega de las propuestas, deberá efectuarse únicamente a través del Sistema de Información (digital) en el plazo previsto para la presentación de ofertas. Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases. 10.1 De los Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes: • Los profesionales prestadores deben tener la calidad de titular o contrata en el Sistema Público de Salud con a lo menos 22 horas. Debe acreditar adjuntando la Resolución de Contrato o Documento de Relación de Servicio, el cual es emitido por la Subdirección de Recursos Humanos u Oficina de Personal, o quien haga la vez de esta. Los profesionales prestadores deberán justificar en cumplimiento de contrato antes descrito mediante un certificado de marcaje (asistencia regular a jornada laboral) del último mes calendario (mes inmediatamente anterior al llamado de licitación); el cual podrá ser provisto por la Subdirección de RRHH u oficina de personal, o quien haga la vez de esta, del Servicio Público que se trate (HBSJO u otro). De acuerdo a lo anterior, los oferentes deben adjuntar en su oferta los siguientes documentos: 1) Resolución de Contrato o Documento de Relación de Servicio (HBSJO u otro) 2) Certificado de marcaje de asistencia (HBSJO u otro) El Hospital Bases San Jose Osorno, en relación a la Glosa N°2, letra E, “Contratación de servicios con Sociedades de Profesionales”, se reserva el derecho de contratar preferentemente a profesionales con la calidad de titular o contrata en el Sistema Público de Salud. • Formulario Nº 1: Identificación del proponente. • Formulario Nº 2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública. • Formulario Nº 6: Declaración jurada que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley nº 19.886. • Garantía Seriedad de la Oferta (REQUISITO EXCLUYENTE) Los oferentes deberán adjuntar, además, la siguiente información en el caso de NO encontrarse vigente en el portal de compras. • Documentación que acredite constitución legal de la empresa, vigencia y poderes de quienes actuarán en representación del proveedor. • Copia autorizada de la escritura pública donde conste el representante legal con facultades suficientes para concurrir a la presente licitación y suscribir el contrato correspondiente. • Certificado de vigencia con anotaciones vigentes de una data no superior a 30 días, de constitución de la sociedad y personería. • Fotocopia del RUT del oferente y de la Cédula de Identidad de su representante legal. Para la firma del contrato se solicitará la siguiente documentación: • Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato extendida de acuerdo al punto nº 12.2 de estas Bases. • Formulario Nº 7: Declaración jurada que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en la Ley nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas. 10.2 De la Propuesta Económica El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl. Deberá ser expresado en pesos chilenos, y corresponder al valor unitario de la intervención quirúrgica Endoprotesis de Rodilla. Valor referencial unitario I.Q. Endoprótesis de rodilla: $1.500.000. - SE ESTABLECE QUE EL HBSJO PROVEERÁ DE LAS PRÓTESIS. Los oferentes deberán además completar el formulario económico (Formulario Nº3), el cual deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo. La oferta presentada no será reajustable durante todo el periodo de vigencia del contrato. 10.2.1 Traslado del paciente En el caso que el oferente que resulte adjudicado se encuentre fuera de la ciudad de Osorno, este deberá costear el traslado del paciente al momento de las evaluaciones preoperatorias e intervención, ida y regreso (Formulario N°3). La oferta que no cumpla con este requerimiento resultará inadmisible, y no será evaluada. REQUISITO EXCLUYENTE Errores en la Oferta Económica: En caso de existir diferencia entre el monto de la oferta ingresada al portal www.mercadopublico.cl y el indicado en el formulario Nº3 “oferta económica”, prevalecerá el monto neto ingresado en el portal. 10.3 De la Propuesta Técnica Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas. Para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas. La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de prestación de servicios requeridos y la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación. Formulario N°4: Experiencia del oferente. Debe señalar la cantidad de intervenciones Endoprótesis de rodilla realizadas los años 2017 y 2018. Debe acreditar adjuntando certificado del órgano público o privado en que la haya adquirido, o bien órdenes de compra, o contratos. Formulario N°5: Cercanía del oferente, y cantidad de cirujanos traumatólogos para este convenio. Debe acreditar con certificado del órgano público o privado. El Equipo Médico: Lo deben integrar los siguientes profesionales, quienes deben adjuntar Certificado de Registro de Prestador Individual de Salud extendido por la Superintendencia de Salud. Este documento debe estar vigente al momento de ofertar, o máximo 2 meses de vencido: o Cirujano Traumatólogo o Cirujano Ayudante o Medico Anestesiólogo + Técnico en Anestesia o Pabellonero o Arsenalero o Auxiliar de Servicio (de ser requerido) Nómina de profesionales: Debe adjuntar Nómina de profesionales médicos y de todo el equipo clínico con que cuenta para este convenio, individualizando además al “cirujano traumatólogo de reemplazo”, el cual debe estar disponible en caso de urgencias. Competencia: Los Cirujanos traumatólogos deben acreditar competencia en cirugía de Endoprótesis de rodilla como Primer cirujano traumatólogo. Debe acreditar con certificado del órgano público o privado. Pabellones externos: El oferente deberá adjuntar según corresponda:  Resolución de Autorización Sanitaria vigente para su funcionamiento  Resolución de Acreditación de la Superintendencia de Salud En caso de contar con Autorización Sanitaria Vigente deberá adjuntar documento “copia fiel del documento original”, al momento de presentar su oferta.
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11° PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase. f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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12° GARANTÍAS Para el presente llamado a licitación y dadas las características del proceso, se requerirá Garantía Seriedad de la Oferta y Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Serán considerados y admitidos como instrumentos de garantía aquellos que para tal efecto se prescriben en la Ley N° 19.886 y su Reglamento.
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CARACTERISTICAS Tipo de Garantía Garantía de Seriedad de la Oferta. Exigibilidad Será obligatoria su entrega para todos los oferentes de la licitación. Independiente de la cantidad de propuestas que presente cada oferente, cada oferta debe presentar su propia garantía. La no entrega en el plazo señalado será causal de rechazo de la oferta. Estipulaciones del documento Expresar su monto en pesos chilenos. Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social. La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable. No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.31 del Reglamento de Compras Públicas. Beneficiario Hospital Base San José Osorno Rut: 61.602.260-1 Tomador El tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo oferente, o un tercero a su nombre. Monto $300.000.- (Trecientos mil pesos) Fecha de vencimiento Deberá poseer una vigencia mínima no inferior a noventa días corridos desde la fecha de cierre del plazo para ofertar a la propuesta, fecha portal www.mercadopublico.cl. Glosa “GARANTIZA LA SERIEDAD DE LA OFERTA PARA EL CONVENIO DE 50 I.Q. ENDOPROTESIS DE RODILLA PARA PACIENTES DEL HBSJO, ID 1063538-273-LP19”. Causales de cobro El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía si el oferente desiste por cualquier causa de su oferta, en las siguientes instancias: • Antes de la adjudicación • Durante el proceso de adjudicación • Después de la adjudicación (No firma el contrato dentro del plazo señalado en el numeral 6° de las bases) • Incumplimiento de toda obligación que impone al proponente su condición de tal Esta garantía no devengará intereses ni reajustes, y será restituida al adjudicatario una vez que éste suscriba el contrato respectivo y confiera la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. Forma y momento de entrega Deberá entregarse con plazo hasta la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente. En el primer caso deberá ser escaneada y cargada al portal de compras, para posteriormente ser ingresada en forma física (papel) a través de Oficina de Partes del Hospital, y en el segundo caso deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base San José de Osorno. Forma y momento de restitución. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. En el caso del oferente adjudicado, la devolución de la boleta Seriedad de la Oferta se hará efectiva luego de entregada la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y firmado el respectivo contrato.
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CARACTERÍSTICAS Tipo de Garantía Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato Exigibilidad Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la presentación de un instrumento de garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Si dicha garantía no es presentada en tiempo y forma, el Hospital Base San José de Osorno se reserva el derecho de hacer uso efectivo de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si aplicara esta garantía), dejando sin efecto administrativamente la adjudicación, sin perjuicio de otros derechos. Estipulaciones del documento Expresar su monto en pesos chilenos. Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social. La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable. No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.68 del Reglamento de Compras Públicas. Beneficiario Hospital Base San José de Osorno Rut: 61.602.260-1 Tomador El tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo adjudicatario, o un tercero a su nombre. Monto 5% del monto total adjudicado y se expresará en pesos. Plazo de vigencia La vigencia de la garantía deberá ser por todo el período de vigencia del contrato, aumentada en 90 días después de terminado el vínculo contractual. Glosa “CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO PARA EL CONVENIO DE 50 I.Q. ENDOPROTESIS DE RODILLA PARA PACIENTES DEL HBSJO, ID 1063538-273-LP19”. Causales de cobro El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos: • Incumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas las obligaciones que impone el contrato y las bases administrativas y técnicas. • El adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886. Estas exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de este centro asistencial. En caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que “el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Forma y momento de entrega Esta garantía deberá entregarse en la oficina de partes del “Hospital”, dentro de los 5 días siguientes a la publicación de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl. Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente. En el primer caso deberá ser escaneada y enviada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl, y en el segundo caso deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base Osorno. Forma y momento de restitución. Para la devolución del instrumento de garantía, el proveedor adjudicado deberá solicitarla al término de los 90 días posterior al contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Contabilidad. Antes de solicitar dicha devolución, el Administrador de Contrato del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Contabilidad. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución. En el caso de prórroga o aumento del contrato. En el caso de prórroga o aumento del contrato el proveedor deberá reemplazar, prorrogar o complementar la garantía de forma proporcional.
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13° REVISIÓN FORMAL Y APERTURA DE LAS OFERTAS La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información, se realizará en la fecha prevista en las presentes bases (Ficha del Portal mercadopublico.cl) y estará a cargo de un Ejecutivo Comprador de la Unidad de Abastecimiento del Hospital. Corresponderá al funcionario, verificar el ingreso de todos los anexos en el portal www.mercadopúblico.cl, y realizar la admisibilidad de las ofertas, según lo señalado en el artículo siguiente. 13.1 Admisibilidad de las ofertas Es requisito para participar en el presente llamado a licitación, y para la aceptación de la propuesta, presentar, en la forma y plazos señalados todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases. Conforme con lo anterior se verificará el cumplimiento de cada uno de los siguientes criterios: • La propuesta fue entregada conforme a lo exigido en el artículo 10º de las presentes bases, y los antecedentes incluidos en ésta permiten su evaluación y comparación con los demás proveedores. • El oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y que están reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886. Sin perjuicio de lo anterior, en la apertura de ofertas el Hospital se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes, o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, y no impida la correcta evaluación de las propuestas. 14° EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 14.1 Designación de la Comisión Evaluadora Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora designada por la Dirección del Hospital. La designación se hará a través de un acto administrativo que contenga el ID del proceso de contratación, y señalando las personas que la componen con su nombre y apellido. Los miembros de la Comisión no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. 14.2 Funciones de la Comisión Esta Comisión propondrá sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y que resulten las más convenientes a los intereses de la Institución; la proposición fundada de declarar desierta el llamado de licitación y/o la proposición fundada de adjudicar dicha licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas. Corresponderá a la Comisión confeccionar un Acta de evaluación, la cual deberá contener la siguiente información: • Cotejar la admisibilidad de las propuestas. • Oferentes aprobados en etapa de Apertura. • Realizar el proceso de evaluación técnica de las ofertas en base a antecedentes. • Observaciones finales y las decisiones adoptadas por ente técnico. • Cuadro Resumen de todas las propuestas por orden de puntaje total obtenido. • Recomendación de Adjudicación. • Firmas integrantes de la comisión evaluadora. • Fecha del Acta. De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado. 14.2 Matriz de evaluación El detalle de los criterios de evaluación y las respectivas ponderaciones serán los detallados en la siguiente matriz: N° CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN A Oferta económica 50% B Experiencia 25% C Cantidad de cirujanos traumatólogos 20% D Cumplimiento de requisitos formales 5% TOTAL PORCENTAJE 100% A. Evaluación Económica (Formulario N°3) El cálculo se efectuará proporcionalmente a la mejor oferta deduciendo el porcentaje de cada oferta presentada en relación a la más económica. Fórmula de Cálculo: A.- Precio Menor precio 100 puntos Segundo menor precio y siguientes Puntaje: (menor precio/precio en evaluación) X100 Ponderación: Puntaje obtenido x 50% B. Experiencia: Cantidad de cirugías endoprótesis de rodilla realizadas los años 2017 y 2018 (Formulario N°4) Fórmula de Cálculo: Cantidad de cirugías 2017-2018 Puntaje >=60 100 puntos De 31 a 59 70 puntos De 15 a 30 40 puntos =3 cirujanos 100 puntos 2 cirujanos 70 puntos 1 cirujano 20 puntos Ponderación: Puntaje obtenido x 20% D. Cumplimiento de requisitos formales Fórmula de Cálculo: Cumplimiento de requisitos formales Oferta presentada no contiene errores u omisiones. 100 puntos Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo. 50 puntos El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo. 0 punto Ponderación: Puntaje obtenido x 5% El criterio “D”, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 40º inciso segundo del D.S. Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estableciendo que será facultativo para el Hospital, el posibilitar a un oferente: Presentar certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido: i) con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas, o ii) se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar las ofertas y el periodo de evaluación, debiendo informarse de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas. Lo anterior solo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, la igualdad de los oferentes, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas. Lo anterior, dado que el presente criterio de evaluación guarda armonía con lo preceptuado en el dictamen Nº 045757 del año 2009 de Contraloría General de la República, el cual estatuye que el objeto esencial de las formalidades es otorgar por la vía de la transparencia y de la igualdad de los licitantes, seguridad jurídica, de manera tal que la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia sólo en la medida que se constate que la omisión tipificada cause desmedro de los derechos del Estado, reste transparencia o rompa el principio de igualdad de los licitantes, lo que está en armonía con el principio de no formalización contemplado en el artículo 13º inciso segundo de la ley Nº 19.880, donde conforme al dictamen Nº 15601 del año 2009, los errores intrascendentes o no esenciales no constituyen causal suficiente para rechazar postulaciones en procesos concursales.
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15° ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA Según los criterios de evaluación señalados en estas bases se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje, sin tener que ser necesariamente la oferta más económica, y siempre que cumpla técnicamente con lo mínimo establecido en estas bases. La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio. Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Hospital dentro del plazo señalado en el capítulo 6° de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Compras Públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Hospital, no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 24 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 30 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el capítulo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6 del reglamento de la ley Nº 19.886. 15.1 Del derecho a declarar inadmisible las propuestas o desierto el llamado El Hospital, se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las propuestas por incumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y/o Técnicas, esto en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.886 sobre Compras Públicas. Del mismo modo, de no presentarse propuestas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la institución, se declarará desierto el llamado a licitación. En ambos casos se dictará una resolución fundada. Los oferentes no tendrán derecho a solicitar indemnizaciones de ninguna especie, por los gastos incurridos para participar en esta propuesta. 15.2 Mecanismo de resolución de empate Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. • En caso de empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación “oferta económica”. • En caso de continuar el empate, como segundo criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mayor puntaje en la “experiencia”. • En caso de continuar el empate, como tercer criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mayor puntaje en la “cantidad de cirujanos”. • De persistir el empate se solicitará la opinión de la comisión evaluadora, quienes en conjunto y previo estudio de las ofertas dirimirá la igualdad. 15.3 Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación Adjudicada la oferta propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación. En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a jonathan.salvoc@redsalud.gob.cl, quien entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta. 16° FACULTAD DE READJUDICAR El Hospital podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en los siguientes casos, cuya enumeración no es taxativa: a) Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido. b) Si el adjudicatario desiste de su oferta. c) Error en la evaluación de las ofertas, subsanado oportunamente a través del sistema de información. d) Las inhabilidades de los artículos 8º y 10º de la Ley Sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo primero de la Ley nº 20.393. La readjudicación se realizará vía resolución fundada del Hospital, y se comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl La readjudicación deja sin efecto la adjudicación, asignando los bienes o insumos, prestaciones o servicios al oferente que resultó en segundo lugar del proceso evaluativo.
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17° CONTRATO Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la formalización de un contrato de prestación de bienes y servicios. En dicho caso se deberá presentar además instrumentos de garantía descritos en numerando 12.2 de las presentes bases de licitación. El contrato lo redactará la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital de conformidad a lo que se expresa en las bases de licitación, la oferta adjudicada y demás documentos que integran la relación contractual. Formarán parte integrante del contrato, las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y la Resolución de Dirección que las aprueba, consultas y aclaraciones si las hubiere, la Resolución de Adjudicación, la oferta adjudicada, y demás normativas y reglamentos que se encuentren vigentes en la Institución. Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de Licitación, no remitiendo la garantía de fiel y oportuno cumplimiento o desistiéndose de la propuesta; caso en el cual “el Hospital” se reserva el derecho a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y estará facultado para readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, según lo estime pertinente siempre y cuando dicha oferta sea conveniente para los intereses del Hospital. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. 17.1 Vigencia El contrato comenzará a regir, a partir de la total tramitación de la Resolución que Aprueba el Contrato, y tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre 2019, o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicatoria. 17.2 Aumento y disminución de contrato El contrato podrá ser aumentado o disminuido por iniciativa exclusiva del Hospital, por única vez hasta por un 30% si así lo estima conveniente para los intereses de la Institución y tales variaciones no podrán significar una alteración del valor propuesto en su oferta económica. Lo anterior, obedece a las características propias de la contratación y el carácter necesario que significa para una entidad de salud, permitiendo cubrir los requerimientos. Para hacer efectivo dicho aumento, “el Hospital” deberá comunicar por escrito a su contratante la disposición a aumento o disminución del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento. El aumento o disminución deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de aumentos, renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el numerando 12.2 de las presentes bases. 17.3 Prórroga del contrato De ser necesario aumentar el plazo del contrato, esta prórroga será como máximo hasta 90 días desde terminado el plazo original, o desde agotado el presupuesto de acuerdo al numeral 17.1, y siempre que dicho acto sea gestionado, coordinado y comunicado al adjudicatario antes del vencimiento del contrato, fundadamente, y sólo se permitirá por una vez. La prórroga debe ser solicitada por el coordinador técnico del HBSJO. 17.4 Término anticipado del contrato Previa calificación de las circunstancias y por resolución fundada, el Hospital podrá poner término al contrato en forma anticipada e inmediata como consecuencia de un incumplimiento, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y de ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnización por perjuicios causados. 17.5 Resciliación del contrato Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo en forma anticipada. 17.6 Cesión del contrato y subcontrataciones El Adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato. Durante la ejecución del contrato, y previa autorización por escrito del Hospital, el adjudicatario sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por la Contraparte Técnica del Hospital. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Hospital. 17.7 Término anticipado del contrato por parte del Hospital El Hospital se reserva el derecho de poner término al contrato anticipadamente si procede alguna de las siguientes causales: a) Por razones de Ley, actos de autoridad, caso fortuito, fuerza mayor o la seguridad nacional; el Hospital se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, y sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado. b) Si el Ejecutor es declarado en quiebra, o le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo. (Informe Chileproveedores). c) Si el Ejecutor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d) Pérdida de la confianza técnica en el desarrollo de los servicios contratados, lo que será avalado con informe técnico confeccionado por la contraparte técnica designada para el presente convenio. e) En caso de término de giro, liquidación, o disolución de la sociedad ejecutora. En tales eventos la entidad ejecutora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al Hospital, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo. f) Cuando el Hospital posea evidencias fundadas que el oferente ha incumplido en forma reiterativa (multas superan en 20% del total del contrato) compromisos establecidos en las bases y el contrato, por causas imputables al oferente. g) Cuando el prestador proporcione antecedentes falsos en relación a las exigencias de las presentes Bases Administrativas y Técnicas. h) Cuando el prestador durante el periodo de vigencia del contrato, sea sancionado por la Autoridad Sanitaria o la Superintendencia de Salud. i) Que con la ocasión de la realización de una auditoría técnica y / o administrativa se concluya “graves incumplimientos a las normas técnicas de las especialidades o de las presentes bases técnicas y administrativas”. j) La realización de donaciones de bienes y/o servicios de todo tipo por parte del oferente adjudicado a los usuarios del Contrato o funcionarios públicos pertenecientes al Hospital. k) Inhabilidad del proveedor en sistema de chileproveedores, no subsanada en un plazo de 15 días hábiles desde que el Hospital comunica dicho incumplimiento. (la comunicación se realizará vía correo electrónico al coordinador del convenio de la empresa adjudicada). l) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional. m) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de la indicada en la letra a), dará derecho al Hospital para cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza y sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al Hospital en contra del contratante. El término anticipado del contrato, previo a su ejecución deberá ser informado al proveedor contratado mediante correo electrónico, argumentando el motivo de su término, adjuntando los antecedentes que respalden dicha decisión. El adjudicado contará con un plazo máximo de 5 días hábiles para impugnar dicha decisión y presentar sus descargos al Director del hospital Base San José de Osorno, quien, en conjunto con el Departamento Jurídico resolverán con todo los antecedentes si se acoge o no el termino anticipado del contrato. En el caso de ser acogido el término anticipado del contrato se formalizará mediante Resolución Fundada y publicada en el sistema de información a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, salvo que concurran alguna de las situaciones señaladas en el artículo N°62 del reglamento N°250 de la ley 19.886. Lo anteriormente indicado guarda relación con lo dispuesto en el artículo N°79 TER del reglamento N°250 de la ley 19.886. 17.8 Referente técnico del convenio El Hospital Base San José Osorno supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato, para lo cual se designa como Referente o coordinador técnico al Médico Jefe del Servicio de Traumatología del HBSJO (patricio.dietz@redsalud.gob.cl), o quien subrogue o reemplace, o en quien se delegue, quien tendrá las siguientes funciones: • Coordinar las acciones que sean pertinentes entre el Hospital y el adjudicatario. • Fiscalizar el estricto cumplimiento del convenio en todos sus aspectos técnicos. • Reportar al Administrador de Contratos mediante documento o correo electrónico cuando el adjudicatario incurra en incumplimientos, para que se apliquen las multas que correspondan. • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio. 17.9 Administrador del contrato El Hospital Base San José Osorno también supervisara y revisará los aspectos administrativos del convenio, a través del administrador de contratos del Hospital (yasna.albarran@redsalud.gob.cl), o quien subrogue o reemplace, o en quien se delegue, quien tendrá las siguientes funciones: ● Validar administrativamente el reporte enviado por el adjudicatario de las intervenciones efectivamente realizadas en el mes, para la posterior emisión de la orden de compra, y luego facturación por parte del ● Controlar el plazo de vigencia del contrato y los pagos respectivos, en relación al presupuesto de la licitación. ● Informar con anticipación a la contraparte técnica y al jefe de Abastecimiento del Hospital el término de la licitación, ya sea en plazo, presupuesto, o cantidad. ● Supervisar la adecuada aplicación de los mecanismos de facturación y pago del servicio objeto del convenio. ● Solicitar al Director del Hospital curse las sanciones por incumplimiento del convenio, adjuntando los antecedentes e informes que lo justifiquen, actividad coordinada cuando corresponda con asesor jurídico del Hospital. ● Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.
I. BASES ADMINISTRATIVAS
18° CONFIDENCIALIDAD El personal que ejecute labores en el Hospital, así como el proveedor adjudicado, quedan obligados a mantener reserva de la información relativa a éste de la cual conozcan en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación. En especial mantendrán reserva de la información referida a pacientes y usuarios del Hospital. El Ejecutor y las personas que desarrollen los servicios no podrán difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, información del Hospital o sus usuarios, de la cual haya tomado conocimiento en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación, reservándose el Hospital, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción. 19° PRECIO El precio unitario de cada insumo corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en el portal www.mercadopublico.cl, y en los documentos adjuntados en la licitación en su formulario económico (formulario Nº3). Éste, no será reajustable. 20° EMISIÓN DE LAS ÓRDENES DE COMPRA Una vez formalizada la total tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato, y enviado el Reporte de cirugías al Hospital (numeral 21), se podrá emitir la orden de compra. El adjudicatario deberá aceptar las órdenes de compra a través del portal en un plazo máximo de 48 horas. Antes del envío de cada orden de compra, el comprador de la Unidad de Abastecimiento verificará el cumplimiento del estado de habilidad y/o inscripción vigente del adjudicatario en chileproveedores.
I. BASES ADMINISTRATIVAS
21° REPORTE DEL PROVEEDOR El oferente que resulte adjudicado deberá hacer llegar mensualmente mediante correo electrónico (dentro de los 10 primeros días del mes) un Reporte en planilla Excel, según modelo señalado a continuación, de las intervenciones efectivamente realizadas en el mes. REPORTE MENSUAL CONVENIO 50 IQ ENDOPROTESIS DE RODILLA 1063538-273-LP19 Rut paciente Nombre paciente fecha intervención hora inicio cx Hora termino cx diagnóstico código intervención anestesista técnico en anestesia 1°cirujano 2°cirujano arsenalera pabellonero complicaciones intrapabellón si / no Nombre cirugía El validador del Reporte será la Enfermera de Apoyo para Procesos de licitaciones Médico-Quirúrgicas, orieta.garcia@redsalud.gov.cl. En simultáneo al envío del Reporte, el adjudicatario deberá enviar por correo certificado a Oficina de Partes del HBSJO (dirigido a enfermera Sra. Orieta García), los siguientes documentos: • Protocolo por paciente • Consentimiento informado por paciente • Hoja de anestesia e indicaciones médicas por paciente Con la recepción del Reporte vía email y los antecedentes físicos, se procederá con la validación y posterior emisión de Orden de Compra. Es importante presentar la totalidad de información detallada anteriormente, en caso contrario, los servicios no serán validados. El REPORTE en planilla Excel se debe enviar a los correos electrónicos orieta.garcia@redsalud.gov.cl y yasna.albarran@redsalud.gob.cl, con copia a los correos claudia.saavedra@redsalud.gov.cl, y sdm.hbsjo@redsalud.gob.cl. Este reporte será validado técnica y administrativamente por el Hospital, para luego emitir la orden de compra correspondiente al proveedor para que éste facture.
I. BASES ADMINISTRATIVAS
22° DE LA FACTURACIÓN Y PAGO El período de pago corresponde a las disposiciones establecidas en Circular N° 34 del Ministerio de Hacienda donde instruye el pago de 45 días para el sector salud. La forma de pago es mediante Cheque y/o Transferencia Electrónica después de 45 días de la fecha de recepción conforme de la factura/boleta respectiva, y previo cumplimiento íntegro y oportuno de las prestaciones contratadas. Para los efectos del pago la factura/boleta deberá enviarse al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl del Hospital Base San José Osorno, y de acuerdo a los siguientes antecedentes. NOMBRE Hospital Base San José de Osorno RUT 61.602.260-1 DOMICILIO Guillermo Bühler #1765, Osorno, Provincia de Osorno, Región de Los Lagos. GIRO Salud La documentación a enviar es la siguiente: • La factura, en duplicado, correspondiente al monto a pagar, la cual deberá indicar, además de las menciones tributarias, el número ID de la correspondiente orden de compra, y el numero ID de la licitación. • La orden de compra respectiva El Hospital podrá reclamar del contenido de la factura dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción (ley 19.983); si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar la fecha de vencimiento para su pago. 23° INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS Antecedentes Generales Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará al Hospital para aplicar una o más de las sanciones que se indican a continuación, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que posea constituidas el proveedor. 23.1 Infracciones Contractuales Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa de 3 UTM por evento o día de incumplimiento: • Difundir, divulgar o comunicar sin la expresa autorización del Hospital todo o parte del informe, documento o servicio contratado. • No cumplir con el envío oportuno de información según corresponda al Coordinador del Contrato y/o Administrador de Contratos cuando alguno de estos lo solicitase, especialmente en casos de requerimientos urgentes. 23.2 Del servicio Suspensión de la intervención. No informar a la contraparte técnica del Hospital mediante correo electrónico, de la suspensión de una intervención con al menos 2 días corridos de anticipación a la fecha programada, siempre que fuera por causas atribuibles al adjudicatario. Multa: 10 UTM por cada cirugía suspendida. 23.3 Cobro de multas Todo tipo de sanción o multa será comunicado mediante carta certificada de la Dirección del Hospital -o a través de quien ésta considere pertinente- al domicilio del representante indicado en el registro de proveedores o en el de la propuesta, a elección del Hospital o bien por notificación personal efectuada por quien administre el contrato. El proveedor dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus descargos. Luego de dicho período, y con los antecedentes que disponga, se dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos y la sanción, si fuere el caso. El proveedor podrá interponer contra dicho acto el recurso de reposición establecido en la Ley 19.880 en los plazos y con los requisitos prescritos en la mencionada norma legal. El Hospital Base San José de Osorno podrá cobrar las multas que aplique a los proveedores, descontando y reteniendo su importe de las sumas facturadas por concepto del contrato. Esto sin perjuicio de tomar todas las medidas conducentes al cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento, si correspondiere. El monto total de las multas no podrá exceder el 20% del monto total del contrato.
I. BASES ADMINISTRATIVAS
24° RESPONSABILIDAD EN EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS En caso se generarse responsabilidad civil extra-contractual deducida en contra este hospital, contenida en el título XXXV del libro cuarto del Código Civil o sobre falta de servicio a que se refieren las normas contenidas en los artículos 4º y 42 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y Título III, de la Ley Nº 19.966, que establece el Régimen de Garantías en Salud ,dará derecho para que el hospital ejerza las acciones de repetición en contra de la entidad licitante, que haya prestado dichos servicios en forma efectiva, para salvaguardar el patrimonio fiscal. 25° SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del Director del Hospital, previo informe en derecho emitido por el abogado del Hospital o Informe Técnico emitido por la Contraparte Técnica del Hospital, según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
II.- BASES TECNICAS
26° OBJETIVO El Hospital Base San José Osorno requiere contratar bajo convenio el servicio de 50 intervenciones quirúrgicas Endoprótesis de rodilla para sus pacientes beneficiarios, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases técnicas y sus anexos. Se establece que la cantidad señalada es referencial, por lo tanto, el Hospital no se obliga a adquirirlas en su totalidad, dando así flexibilidad a los requerimientos.
II.- BASES TECNICAS
27° CERCANIA DEL PACIENTE La seguridad del paciente es un principio fundamental de la atención sanitaria. Existe un cierto grado de peligrosidad inherente a cada paso del proceso de atención de salud. Por tanto, por consideraciones de bienestar y seguridad del paciente, se establece un radio máximo de 120 km desde Osorno hacia el sur y hacia el norte para el desplazamiento del paciente hasta las dependencias del adjudicatario. La oferta que supere este radio resultara inadmisible. REQUISITO EXCLUYENTE El oferente debe indicar su cercanía con la ciudad de Osorno, Formulario N°5. 28° TRASLADO DEL PACIENTE Si el prestador adjudicado no es de Osorno, debe asumir el costo de los pasajes del paciente al momento de las evaluaciones preoperatorias e intervención. REQUISITO EXCLUYENTE
II.- BASES TECNICAS
29° LUGAR DE ENTREGA DE LOS SERVICIOS Se establece que para este convenio NO está autorizado el uso de los pabellones del HBSJO para la resolución de las intervenciones. De tal modo, las intervenciones solo se podrán realizar en Pabellones Externos debidamente acreditados, y siempre dentro de un radio máximo de 120 km desde Osorno. Para los pabellones externos debe adjuntar según corresponda:  Resolución de Autorización Sanitaria vigente para su funcionamiento  Resolución de Acreditación de la Superintendencia de Salud En caso de contar con Autorización Sanitaria Vigente deberá adjuntar documento “copia fiel del documento original”, al momento de presentar su oferta.
II.- BASES TECNICAS
30° CRONOGRAMA REFERENCIAL DE LAS INTERVENCIONES Idealmente el adjudicatario deberá resolver las intervenciones de acuerdo al siguiente cronograma referencial. nov-19 dic-19 total 10 40 50
II.- BASES TECNICAS
31° SESIONES DE KINESIOLOGIA El adjudicatario deberá cumplir con sesiones de kinesiología para todos los pacientes intervenidos de endoprótesis de rodilla. TOTAL 6 SESIONES POR PACIENTE, QUE SE DEBEN RESOLVER TRES (3) VECES POR SEMANA. Si el adjudicatario es de Osorno, las sesiones de kine se resolverán en sus dependencias. Si el adjudicatario NO es de Osorno, las sesiones de kine se resolverán en el HBSJO, haciendo el Hospital el descuento respectivo: $47.340 por paciente.
II.- BASES TECNICAS
32° DE LOS INSUMOS Y MEDICAMENTOS Se establece que todos los insumos y medicamentos que utilice el adjudicatario en este convenio, deben contar con registro sanitario otorgado por el Instituto de Salud Pública de Chile, especialmente en lo referido a eficacia, calidad y seguridad. SE ESTABLECE QUE PARA ESTE CONVENIO EL HBSJO PROVEERÁ DE LA PRÓTESIS.
II.- BASES TECNICAS
33° REQUERIMIENTOS QUE DEBE CUMPLIR EL ADJUDICATARIO 1. En caso fortuito o fuerza mayor que el proveedor adjudicado, no pudiese realizar las intervenciones quirúrgicas con los profesionales ofertados originalmente en el formulario respectivo, el proveedor deberá presentar por vía formal una solicitud fundada a la Subdirección Medica del HBSJO, justificando el caso particular. El Hospital se reservará el derecho de autorizar esta petición. 2. Por consideraciones de bienestar y seguridad del paciente, el adjudicatario deberá prestar sus servicios en un radio máximo de 120 km desde la ciudad de Osorno. El adjudicatario NO podrá ocupar los pabellones del HBSJO. 3. El adjudicatario deberá remitirse al listado rutificado de pacientes, y en estricto orden de secuencia para el desarrollo de las intervenciones. El Hospital en su momento pondrá a disposición del adjudicatario dicho listado. 4. Los servicios contratados deberán efectuarse según priorización establecida por el Hospital Base San José Osorno. Para esto el Hospital verificará la lista quirúrgica del Sistema Phoenix que se encuentren vigentes. 5. Los Médicos Cirujanos deben acreditar competencia en cirugía endoprótesis de rodilla, como Primer cirujano, cuya certificación será acreditada con certificado del órgano público o privado. 6. El adjudicatario debe cumplir con una (1) o dos (2) evaluaciones preoperatorias por paciente. Dependerá de cada caso si es 1 o son 2. 7. Los cirujanos traumatólogos que participan en la intervención quirúrgica deben realizar visita diaria al paciente mientras dure la hospitalización. Esto debe ser registrado en la ficha clínica. 8. En etapa post quirúrgica el Traumatólogo realizará en total 3 controles. Uno en la segunda semana, el siguiente en la sexta semana posterior a la cirugía, y el tercero será al alta, el que debe ser realizado al tercer mes de operado. Los controles post-alta que efectúe el adjudicatario deberán ser realizados en la ciudad de Osorno, según norma establecida por la Unidad Médica del Hospital, hasta el alta médica definitiva del paciente por parte del Hospital Base Osorno. El adjudicatario además deberá enviar a SOME quincenalmente programación de controles de los pacientes. 9. Las complicaciones inherentes a la técnica quirúrgica utilizada, no así a la condición médica del paciente, que se puedan generar posterior al procedimiento, serán de exclusiva responsabilidad y resolución del adjudicatario, asumiendo éste los costos de los servicios médicos profesionales hasta el alta definitiva que el HBSJO le dé al paciente, por su complicación quirúrgica. 10. Ante cualquier urgencia derivada de la intervención quirúrgica, el adjudicatario debe tener profesionales médicos disponibles las 24 horas del día. Estas atenciones de urgencia se deben resolver en el Hospital Base San Jose Osorno. 11. El profesional médico deberá registrar en la Ficha Clínica del paciente lo siguiente: copia del protocolo operatorio del Sistema Phoenix con nombre y firma del profesional que realizó la intervención, evolución médica e indicaciones, consentimiento informado, hoja de anestesia, fecha y registro de controles según corresponda para todos los pacientes. Todo lo anterior debe estar escrito en computador, y en ningún caso en forma manual. 12. El adjudicatario deberá mantener un estado de avance de sus servicios, dando continuidad de manera progresiva y constante a las intervenciones materia de este contrato. 13. El adjudicatario debe enviar por correo electrónico un reporte semanal (todos los martes) a la Unidad P.P.V. del Hospital. Este reporte debe señalar Nómina de los pacientes intervenidos con todos sus datos. La nómina debe ser enviada en planilla Excel. 14. Sin perjuicio de lo anterior el Hospital podrá poner término anticipado al convenio por incumplimiento de Bases técnicas, administrativas, y económicas por parte del adjudicatario. 15. Cualquier acto que se pueda caracterizar como negligencia, evento adverso, o mala praxis en el proceso quirúrgico, será de exclusiva responsabilidad jurídica y administrativa de la adjudicada, y de mayor costo también. Se entenderá como evento adverso la lesión o complicación no intencional que tiene por resultado la discapacidad del paciente al momento del alta, muerte, o aumento de días de hospitalización provocada por el manejo en la atención de salud, más que por enfermedades subyacentes.