Licitación ID: 1063538-29-LE24
CONVENIO MANTENCION DE INSTRUMENTALES Y OPTICAS
Responsable de esta licitación: HOSPITAL BASE OSORNO, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 36
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Productos o servicios
1
Servicio de reparación de equipo de fabricación 1 Unidad
Cod: 73152102
2206006004 | Mantención correctiva instrumentales y ópticas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO MANTENCION DE INSTRUMENTALES Y OPTICAS
Estado:
Cerrada
Descripción:
El Hospital Base San José de Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere la adquisición del servicio de “convenio mantención correctiva de instrumentales y ópticas” del Hospital, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas adquisiciones entre 100 y 1.000 UTM.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL BASE OSORNO
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.260-1
Dirección:
GUILLERMO BUHLER 1765, OSORNO
Comuna:
Osorno
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-04-2024 17:01:00
Fecha de Publicación: 11-04-2024 12:55:16
Fecha inicio de preguntas: 11-04-2024 13:01:00
Fecha final de preguntas: 12-04-2024 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-04-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-04-2024 17:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-04-2024 17:02:00
Fecha de Adjudicación: 31-07-2024 17:41:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes: • Identificación del proponente. (Formulario Nº 1). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. • Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública (Formulario Nº 2). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. • Formulario Nº7: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley nº 19.886. • Formulario Nº8: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas. • Garantía Seriedad de la Oferta (REQUISITO EXCLUYENTE) Los Oferentes deberán adjuntar, además, la siguiente información en el caso de NO encontrarse vigente en el portal de compras. • Documentación que acredite constitución legal de la empresa, vigencia y poderes de quienes actuarán en representación del proveedor. • Copia autorizada de la escritura pública donde conste el representante legal con facultades suficientes para concurrir a la presente licitación. • Certificado de vigencia con anotaciones vigentes de una data no superior a 30 días, de constitución de la sociedad y personería. • Fotocopia del RUT del oferente y de la Cédula de Identidad de su representante legal.
No hay información de Antecedentes Técnicos
Documentos Económicos
1.- El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl. Deberá ser expresado en pesos chilenos y corresponder al precio neto unitario (sin I.V.A.), incluidos todos los seguros, fletes, impuestos relativos a importaciones, costo de instalación, puesta en marcha, y capacitación para el servicio ofertados, según corresponda. Los oferentes deberán completar el formulario económico dispuesto para aquello (Formulario Nº3) de acuerdo a las instrucciones anteriormente descritas y deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo. Este documento debe ser anexado en antecedentes económicos. Errores en la Oferta Económica: En caso de existir diferencia entre el monto de la oferta ingresada al portal www.mercadopublico.cl y el indicado en el formulario Nº3 “oferta económica”, prevalecerá el monto neto ingresado en el portal.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
No hay información de requisitos para persona natural


Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
No hay información de requisitos para persona jurídica

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos DETALLES PUNTAJE Cumple 100 No cumple 0 5%
2 GARANTIA GARANTIA PUNTAJE Igual o mayor a 6 meses desde la fecha de entrega de los servicios al hospital. 100 Menor 6 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al hospital. 50 10%
3 Plazo de Entrega inicio de trabajos PLAZO DE INICIO DE TRABAJOS PUNTAJE Desde 5 a 12 horas corridas desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio. 100 Desde 13 a 24 horas corridas desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio. 80 Desde 25 a 48 horas corridas desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio. 50 Desde 49 o más horas corridas desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio. 20 Desde 5 a 12 horas corridas desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio. 0 10%
4 Experiencia de los Oferentes DETALLES PUNTAJE Mayor o igual a 10 contratos, certificados acreditados y/o actas de recepción conforme. 100 Entre 9 y 7 contratos o certificados acreditados y/o actas de recepción conforme. 75 Entre 6 y 4 contratos o certificados acreditados y/o actas de recepción conforme. 50 Entre 3 y 1 contratos o certificados acreditados y/o actas de recepción conforme. 25 No presenta contratos o certificados y/o actas de recepción conforme. 0 10%
5 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 50%
6 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Nº REQUISITOS TÉCNICOS CUMPLE (SI: 100 – NO: 0) 1 Cumple con el 100% de las especificaciones solicitadas en bases técnicas. 100 / inadmisible 2 Propuesta de trabajos a realizar en instrumentales y/o ópticas, según corresponda. 100 / inadmisible 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: JOSE LUIS CORDOVA
e-mail de responsable de pago: jose.cordova@redsalud.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Hospital Base San José Osorno Rut: 61.602.260-1
Fecha de vencimiento: 15-04-2024
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: “GARANTIZA LA SERIEDAD DE LA OFERTA PARA EL CONVENIO MANTENCIÓN CORRECTIVA DE INSTRUMENTALES Y OPTICAS DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO, ID 1063538-29-LE24”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. En el caso del oferente adjudicado, la devolución de la boleta Seriedad de la Oferta se hará efectiva luego de entregada la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y firmado el respectivo contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital Base San José de Osorno Rut: 61.602.260-1
Fecha de vencimiento: 31-07-2026
Monto: 8 %
Descripción: No hay información
Glosa: “CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE TODAS LAS OBLIGACIONES LABORALES PARA EL SERVICIO DE MANTENCIÓN CORRECTIVA DE INSTRUMENTALES Y OPTICAS DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO, ID 1063538-29-LE24”.
Forma y oportunidad de restitución: Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla una vez transcurridos los 90 días posteriores al término del contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería. Antes de solicitar dicha devolución, Control de convenios del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
BASES ADMINISTRATIVAS

BASES ADMINISTRATIVAS

LICITACIÓN PÚBLICA

CONVENIO MANTENCIÓN CORRECTIVA DE INSTRUMENTALES Y ÓPTICAS”

ID: 1063538-29-LE24

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

1°        OBJETIVO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

1.1        Objetivo

El Hospital Base San José de Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere la adquisición del servicio de “convenio mantención correctiva de instrumentales y ópticas” del Hospital, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas adquisiciones entre 100 y 1.000 UTM.

1.2      Ámbito

Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada para estipular la contratación del servicio del convenio mantención correctiva de instrumentales y ópticas del Hospital Base San José de Osorno.

Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del Hospital y publicado en el portal www.mercadopublico.cl.

El precio de referencia para el presente proceso licitatorio será de $60.000.000.- (sesenta millones de pesos chilenos) I.V.A. incluido. Vigencia 24 meses.

Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra.

2°       BASES DE LICITACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

 

Las presentes Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

2.1      Bases de licitación

  • Bases Administrativas
  • Bases Técnicas
  • Formularios anexos

2.2      Definición de términos

  • Licitación o Propuesta Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual la Administración realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.
  • Ley de Compras: Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
  • Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el Hospital Base San José de Osorno, que describen los bienes o insumos, prestaciones o servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
  • Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras.
  • Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.
  • Oferta: El costo ofrecido por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en ellas.
  • Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.
  • Días corridos: corresponde a todos los días de la semana, incluyendo sábado y domingo, feriados y festivos. Al momento de referirse a la palabra “días” se entenderá como “días corridos”.
  • Cierre de licitación: Fecha límite designada para presentar ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, la oportunidad para ingresar propuestas a través del portal de compras debe ajustarse efectivamente al cronograma del llamado a licitación.
  • Comisión evaluadora: Delegación de funcionarios del hospital Base San José de Osorno designados por su Director(a) con el objeto de asesorarla en la apertura de la propuesta y la evaluación de las ofertas.
  • Apertura: acto de apertura electrónica por el cual el establecimiento toma conocimiento del contenido de las ofertas presentadas a través del sistema de información de compras y contratación pública, una vez vencido el plazo de presentación fijado para tal efecto.
  • Adjudicación: acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministros o servicios, regido por la Ley 19.886, en adelante, también, la “Ley de compras”. (Artículo 2°, numeral primero del Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda).
  • Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
  • Precio de Referencia: Corresponde a una aproximación del precio a pagar por el servicio licitado.
  • Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el Hospital encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles.
  • Garantía: Aquel instrumento que asegure la seriedad o fiel y oportuno cumplimiento de un contrato. Dicho documento asegura su cobro en forma rápida oportuna y efectiva.
  • Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección.
  • Unión Temporal de Proveedores: asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo.
  • Dispositivo Medico(DM): cualquier instrumento, aparato, aplicación, material o artículo, incluyendo software, usados solos o en combinación y definidos por el fabricante para ser usados directamente en seres humanos, siempre que su acción principal prevista en el cuerpo humano no se alcance por medios farmacológicos, inmunológicos o metabólicos, aunque puedan concurrir tales medios a su función; con el propósito de diagnóstico, prevención, seguimiento, tratamiento, o alivio de una enfermedad, daño o discapacidad; de investigación o de remplazo o modificación de la anatomía o de un proceso fisiológico, o de regulación de la concepción.  

3°       NORMATIVA Y ORDEN DE PRECEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS.

Sin perjuicio de la normativa legal vigente, el presente llamado a licitación, se regirá por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:

  • Bases Administrativas, Técnicas y sus formularios, Condiciones, Contractuales y Resolución Aprobatoria.
  • Aclaraciones, respuestas y modificaciones de las bases de licitación, si las hubiere.
  • Oferta de él o los proponentes respectivos.
  • Resolución adjudicataria.
  • Resolución aprobatoria de contrato, si corresponde.
  • Orden de compra.

4°        LLAMADO A LICITACIÓN

El llamado a propuestas se publicará a través del portal www.mercadopublico.cl.

El presente proceso licitatorio público se regirá por lo dispuesto en la ley Nº 19.886 y su reglamento aprobado por decreto supremo Nº 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda y sus posteriores modificaciones, lo dispuesto en las presentes bases administrativas y técnicas, sus anexos, las preguntas, respuestas y aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la resolución respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente.

5°        REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la declaración jurada requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad.

Podrán participar en esta propuesta pública las personas naturales, jurídicas, chilenas o agencias extranjeras o uniones temporales de proveedores (Artículo 67 bis), que cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos y acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente, además de cumplir con lo siguiente:

  • No estar afecta a alguna de las causales del artículo 4º de la Ley 19.886 de compras Públicas.
  • En caso de personas jurídicas, no estar afecta a alguna de las inhabilidades de la Ley 20.393.

Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.

Al momento de la suscripción del contrato, resultado de la propuesta, el oferente favorecido deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, lo que se comprobará con el respectivo Certificado de Inscripción.

En caso de Uniones Temporales de Proveedores, cumplir con los requisitos exigidos en el art. 67 bis del Decreto 250 que contiene el Reglamento a la Ley de Compras Públicas.

5.1    Unión temporal de proveedores

Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de este Reglamento.

La propuesta deberá ser presentada por un único representante al que se denominará “oferente”, quien actuará en representación del resto de los integrantes de la Unión y será responsable directo de la propuesta ante la entidad licitante, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria e indivisible de quienes la componen, la que deberá constar en el acuerdo en el conste la unión temporal que deberán suscribir de conformidad a lo establecido en el art. 67 bis del D.S.250/2004 Reglamento de Compras.

Debe adjuntar, junto a la propuesta, el acuerdo en el que conste la constitución de la Unión Temporal de Proveedores. La no presentación de este acuerdo al momento de presentar la oferta es causal de rechazo de la misma.

El contenido del acuerdo de la unión temporal de proveedores deberá señalar los siguientes aspectos básicos:

1.-      La responsabilidad solidaria de todos quienes conforman esta unión temporal de proveedores, respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante.

2.-      El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes de administración y representación para actuar por la unión temporal tanto con la entidad licitante, por ejemplo, para contratar la garantía de fiel cumplimiento de contrato entre otras acciones, como frente a terceros con quienes deba interactuar a fin de dar cumplimiento a las obligaciones que forman pare de la presente licitación.

3.-      Serán socios de esta unión temporal sólo quienes hayan concurrido a la presentación de la oferta en la presente licitación, no se permitirá el ingreso de terceros que no hayan sido debidamente ingresados en la presentación de las ofertas. Asimismo, se debe asegurar la presencia de cada uno de los miembros durante la ejecución del contrato.

4.-      La no suscripción del instrumento de constitución de la unión temporal por parte de todos quienes acudieron a la presentación de la oferta, será suficiente para tener por desestimada la oferta y re-adjudicar.

5.-      Definir la forma de facturación de la unión temporal de proveedores.

6.-      Definir quién de los integrantes de la Unión Temporal va a tomar las garantías a nombre del Servicio de Salud de Osorno.

7.-      La Duración de la Unión Temporal será el periodo de ejecución del contrato con la entidad licitante, más la renovación de contrato si procediere.

6°        PLAZOS.

 

La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos establecidos en las bases, (ficha del portal mercadopublico.cl)

A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, los domingos y los festivos.

Fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl.

Dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la total tramitación de la resolución que aprueba las presentes bases de licitación.

Fecha inicio preguntas.

A contar de la publicación en el portal de compras públicas.

Fecha final de preguntas.

Hasta las 17:00 hrs. del tercer día corrido a contar de la publicación.

Fecha de publicación de respuestas.

A las 17:00 hrs. del cuarto día corrido a contar de la publicación.

Fecha de cierre de recepción de ofertas.

Hasta las 17:00 hrs. del quinto día corrido a contar de la publicación.

Fecha de acto de apertura de ofertas.

La Apertura de ofertas se efectuará a las 17:05 hrs. del quinto día corrido a contar de la publicación.

Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la Comisión de Evaluación.

Dentro del plazo que se señale en el foro aclaración de las ofertas en el portal mercadopublico.cl. al momento de cargar la consulta.

Fecha estimada de adjudicación.

Hasta el sexagésimo (60) día corrido siguiente a la fecha de cierre de evaluación de propuestas.

Fecha para entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Hasta el séptimo día (7) día corrido siguiente a la fecha de notificación por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).

Fecha para firma de contrato

Hasta el décimo (10) día hábil siguiente a la fecha de notificación y envío de documentos por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).

Fecha término de contrato.

24 meses contados desde la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba.

Atendida la naturaleza y por motivos de buen funcionamiento del Hospital Base San José de Osorno, se rebajan los plazos de publicación de diez a cinco días desde la publicación al cierre de recepción de las ofertas.

7°        DOMICILIO Y JURISDICCIÓN.

Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Osorno y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.

8°        CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES.

Los proponentes podrán formular, consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro Electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido.

No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán razonar desconocimiento de las mismas.

Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Hospital podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes.

 

Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopúblico.cl).

 

9°        VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS.

La propuesta deberá tener validez de 90 días contados desde la fecha de apertura electrónica. Si dentro de dicho plazo no fuese posible efectuar la adjudicación del llamado a licitación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes la prórroga de las propuestas, hasta en 60 días más.

Serán rechazadas aquellas propuestas cuyo periodo de validez sea menor que el requerido o sea mal extendido provocando un desmedro para el hospital.

 

10°     PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y DE LOS DOCUMENTOS DE ANEXOS.

La entrega de las propuestas, deberá efectuarse únicamente a través del Sistema de Información (digital) en el plazo previsto para la presentación de ofertas.

La única excepción en cuanto a documentos que pueden ser presentados en soporte físico (papel) es la Garantía de Seriedad de la Oferta. En dicho caso, ésta deberá presentarse en sobre cerrado, indicándose en el anverso el nombre de la licitación e ID del portal www.mercadopublico.cl asociado a la propuesta, junto con la identificación del oferente. La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá ser ingresada (si corresponde) a través de la Oficina de Partes del Hospital y el máximo plazo de entrega es la fecha y hora en que expira el plazo de presentación de ofertas. Lo anterior sin perjuicio de lo que al respecto dispone el Artículo 62 del Reglamento de la Ley N°19.886.

En el caso de garantías Seriedad de la oferta que poseen emisión digital o electrónica; éstas, deberán ser ingresadas a través de email oficial de Oficina de partes (oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl), el máximo plazo de entrega es la fecha y hora en que expira el plazo de presentación de ofertas.

La entrega de la Garantía de la seriedad de la oferta es un REQUISITO EXCLUYENTE, por lo que su omisión y la no entrega en tiempo y forma indicada en bases de licitación (ingresada física o digitalmente, según corresponda, a Oficina de Partes del Hospital y la publicación en Portal de compra) será causal de rechazo de la oferta en el acto de Apertura electrónica. Se entiende que, las ofertas deben cumplir con la entrega formal al Hospital y el archivo cargado en portal www.mercadopublico.cl en el momento de ingresar su oferta, La omisión de cualquiera de los pasos anteriores será causal de rechazo de la oferta en el momento de la apertura electrónica en mercadopublico.cl.

Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases.

Si dos o más proveedores se unen para el efecto participar en el presente llamado a Licitación, deberán establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el Hospital y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. El representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Todo lo anterior de conformidad y dando cumplimiento a los demás requisitos prescritos por el Artículo 67 Bis del Reglamento de la Ley 19.886.

10.1    De los Antecedentes Administrativos.

Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes:

•  Identificación del proponente. (Formulario Nº 1). Este documento debe ser anexado

    en antecedentes administrativos.

•  Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública (Formulario Nº 2). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos.

  • Formulario Nº7: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra    afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley nº 19.886.
  • Formulario Nº8: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.

  • Garantía Seriedad de la Oferta (REQUISITO EXCLUYENTE)

Los Oferentes deberán adjuntar, además, la siguiente información en el caso de NO encontrarse vigente en el portal de compras.

  • Documentación que acredite constitución legal de la empresa, vigencia y poderes de quienes actuarán en representación del proveedor.
  • Copia autorizada de la escritura pública donde conste el representante legal con facultades suficientes para concurrir a la presente licitación.
  • Certificado de vigencia con anotaciones vigentes de una data no superior a 30 días, de constitución de la sociedad y personería.
  • Fotocopia del RUT del oferente y de la Cédula de Identidad de su representante legal.

10.2    De la Propuesta económica

El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl.

Deberá ser expresado en pesos chilenos y corresponder al precio neto unitario (sin I.V.A.), incluidos todos los seguros, fletes, impuestos relativos a importaciones, costo de instalación, puesta en marcha, y capacitación para el servicio ofertados, según corresponda.

Los oferentes deberán completar el formulario económico dispuesto para aquello (Formulario Nº3) de acuerdo a las instrucciones anteriormente descritas y deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo. Este documento debe ser anexado en antecedentes económicos.

Errores en la Oferta Económica: En caso de existir diferencia entre el monto de la oferta ingresada al portal www.mercadopublico.cl y el indicado en el formulario Nº3 “oferta económica”, prevalecerá el monto neto ingresado en el portal.

10.3    De la Propuesta Técnica

Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas.

La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de servicios y prestaciones requeridos, la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación.

La Propuesta Técnica deberá ajustarse a lo requerido en el Formulario N°4 de las presentes Bases de Licitación. Además, deberá adjuntar toda documentación, antecedentes y/o certificaciones que se solicite en este formulario. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. REQUISITO EXCLUYENTE.

Tiempo de inicio de los trabajos, este plazo se considerará desde el momento del envío de correo electrónico con la solicitud de realizar el servicio por parte del Hospital. Periodo de garantía contado desde la entrega final del servicio. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. Formulario N°5, REQUISITO EXCLUYENTE.

El proveedor deberá acreditar experiencia desde año 2019 hasta la fecha de publicación de esta licitación, mediante contratos, certificados de conformidad o actas de entrega por trabajos finalizados con firma y timbre del cliente a quien presto este servicio ejecutando la misma asistencia en sector público o privado. La experiencia acreditada por el proveedor debe ser en equipos que contengan las características similares a las líneas a ofertar. (Formulario N°6). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos.

10.4    Presentación de Antecedentes omitidos

El Hospital podrá permitir la presentación de Formularios que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta en el portal, siempre que dichos formularios omitidos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40 Reglamento Ley Nº 19.886).

En estos casos, el Hospital a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá el plazo que se señale en el foro aclaración de las ofertas en el portal mercadopublico.cl al momento de cargar la consulta para que subsane dichas omisiones.

Si los documentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con la nota correspondiente, según el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”, señalado en el numeral 14.2.6 de la presente Bases.

Lo anterior, con excepción de los formularios N° 4 y 5, que son de carácter excluyente, al igual que los certificados y antecedentes que se solicitan en dichos formularios.

El Hospital se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, errores menores, siempre que éstos no alteren el tratamiento igualitario a todos los oferentes y que no vulneren aspectos esenciales de las presentes bases.

No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación.

Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada.

Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación.

11°     PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a)  El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

b)  El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

c)  El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

d)  El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

e)  El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

f)   El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

g)  El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

h)  El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

12°     GARANTÍAS

Para el presente llamado a Licitación y dadas las características del proceso se requerirán Garantía de Seriedad de la Oferta y Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

Serán considerados y admitidos como instrumentos de garantía aquellos que para tal efecto se prescriben en la Ley N° 19.886 y su reglamento.

12.1    Garantía de Seriedad de la Oferta

CARACTERISTICAS

Tipo de Garantía

Garantía de Seriedad de la Oferta.

Exigibilidad

Será obligatoria su entrega para todos los oferentes de la licitación. Independiente de la cantidad de propuestas que presente cada oferente, cada oferta debe presentar su propia garantía.

La no entrega en el plazo señalado será causal de rechazo de la oferta.

Estipulaciones del documento

Expresar su monto en pesos chilenos.

Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social.

La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable.

No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.31 del Reglamento de Compras Públicas.

Beneficiario

Hospital Base San José Osorno

Rut: 61.602.260-1

Tomador

El tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo oferente, o un tercero a su nombre.

Monto

$500.000.- (Quinientos mil pesos)

Fecha de vencimiento

Deberá poseer una vigencia mínima no inferior a noventa días corridos desde la fecha de cierre del plazo para ofertar a la propuesta, fecha portal www.mercadopublico.cl.

Glosa

“GARANTIZA LA SERIEDAD DE LA OFERTA PARA EL CONVENIO MANTENCIÓN CORRECTIVA DE INSTRUMENTALES Y OPTICAS DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO, ID 1063538-29-LE24”.

Causales de cobro

El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía si el oferente desiste de su oferta por cualquier causa, en las siguientes instancias:

  • El proveedor que resulta adjudicado no remite la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, dentro del plazo establecido en el numerando 6° de las presentes bases.
  • El adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de licitación.
  • El adjudicatario desiste de participar de la propuesta.

Esta garantía no devengará intereses ni reajustes, y será restituida al adjudicatario una vez que éste suscriba el contrato respectivo y confiera la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.

Forma y momento de entrega

Deberá entregarse con plazo hasta la fecha y hora de cierre de recepción de las ofertas.

Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente.

En el primer caso (cuando sea con firma electrónica o código de barra) deberá ser escaneada e informada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl. Además, el archivo deberá ser cargado en portal www.mercadopublico.cl junto a los demás documentos que acompañen la oferta respectiva, y en el segundo caso (cuando no tengan cabida en lo mencionado anteriormente) deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base San José de Osorno, hasta la fecha y hora de cierre de recepción de las ofertas, además de ser cargado en portal www.mercadopublico.cl. El cumplimiento de la forma y momento de entrega constituye un requisito EXCLUYENTE.

Forma y momento de restitución.

La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. En el caso del oferente adjudicado, la devolución de la boleta Seriedad de la Oferta se hará efectiva luego de entregada la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y firmado el respectivo contrato.

El ingreso oficial de la Garantía seriedad de la oferta debe ser siempre por Oficina de Partes del HBSJO, con plazo máximo hasta la fecha y hora de cierre del plazo para ofertar. En caso de no cumplir, la oferta no será evaluada y será rechazada en la apertura electrónica. REQUISITO EXCLUYENTE

 

Cuando la Garantía es electrónica o digital:

Debe ser escaneada y enviada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl. Además, debe ser cargada en el portal mercadopublico.cl.

 

Cuando la Garantía es física (boleta bancaria, etc.):

Debe ingresar a Oficina de Partes por mano en sobre cerrado indicando número de la “ID”, nombre de la licitación, nombre, dirección y teléfono del proponente. Además, debe ser cargada en el portal mercadopublico.cl.

12.2    Garantía de fiel cumplimiento de contrato.

CARACTERISTICAS

Tipo de Garantía

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Exigibilidad

Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la presentación de un instrumento de garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

Si dicha garantía no es presentada en tiempo y forma, el Hospital Base San José de Osorno se reserva el derecho de hacer uso efectivo de la Garantía de Seriedad de la Oferta, dejando sin efecto administrativamente la adjudicación, sin perjuicio de otros derechos.

Estipulaciones del documento

Expresar su monto en pesos chilenos.

Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social.

La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable. Ésta podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar.

No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.68 del Reglamento de Compras Públicas.

Beneficiario

Hospital Base San José de Osorno

Rut: 61.602.260-1

Tomador

El tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo adjudicatario, o un tercero a su nombre.

Monto

8% del monto total adjudicado y se expresará en pesos.

Fecha de vencimiento

La vigencia de la garantía deberá ser por todo el período de vigencia del contrato, más 90 días después de terminado el vínculo contractual

Glosa

“CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE TODAS LAS OBLIGACIONES LABORALES PARA EL SERVICIO DE MANTENCIÓN CORRECTIVA DE INSTRUMENTALES Y OPTICAS DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO, ID 1063538-29-LE24”.

Causales de cobro

El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos:

  • Por cualquiera de las causas que generen termino anticipado del contrato por parte del Hospital, de acuerdo al numeral 18.6 de las bases, con excepción de la indicada en la letra a) de dicho numeral.
  • Cuando el adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886
  • Incumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas o alguna de las obligaciones que impone el contrato y las bases administrativas y técnicas.

Estas exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de este centro asistencial.

En caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que “el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.

Forma y momento de entrega

Esta garantía deberá entregarse en la oficina de partes del “Hospital”, dentro de los 7 días corridos siguientes a la notificación por parte del hospital (notificación desde Departamento jurídico). Si no se entrega dentro del plazo, el Hospital hará efectiva la garantía seriedad de la oferta, y quedará facultado para readjudicar el proceso, si fuera posible.

Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente. En el primer caso deberá ser escaneada y enviada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl, y en el segundo caso deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base Osorno.

Forma y momento de restitución.

Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla una vez transcurridos los 90 días posteriores al término del contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería.

Antes de solicitar dicha devolución, Control de convenios del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato.

Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería.

Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.

En el caso de prorroga o aumento del contrato.

En el caso de prorroga o aumento del contrato el proveedor deberá reemplazar, prorrogar o complementar la garantía de forma proporcional.

12.2.1 Devolución de Garantía

Esta garantía será custodiada por el Departamento de Finanzas del Hospital y será devuelta, si procediere, una vez transcurrido el plazo de vigencia de la misma y certificado el cumplimiento del contrato por “el Hospital”, a solicitud escrita dirigida a la Dirección del Hospital, ya sea del proponente o de su personal autorizado expresamente para estos efectos.

13°     REVISIÓN FORMAL Y APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información, se realizará en una etapa en la fecha prevista en las presentes bases (Ficha del Portal mercadopublico.cl) y estará a cargo de un Ejecutivo Comprador de la Unidad de Abastecimiento del Hospital, el cual podrá rechazar ofertas (Si aplica) en el momento de la apertura en los siguientes casos, los cuales son requisitos excluyentes para este proceso:

  • Proveedor no hace ingreso formal al Hospital, ya sea en forma electrónica o presencial, según corresponda de Garantía de Seriedad de la Oferta.
  • en el Portal de Compras.

Corresponderá al funcionario, verificar el ingreso de todos los anexos en el portal www.mercadopúblico.cl, y realizar la admisibilidad de las ofertas, según lo señalado en el artículo siguiente.

13.1    Admisibilidad de las ofertas.

Es requisito para participar en el presente llamado a licitación, y para la aceptación de la propuesta, presentar, en la forma y plazos señalados todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases.

 

Conforme con lo anterior se verificará el cumplimiento de cada uno de los siguientes criterios:

  • La propuesta fue entregada conforme a lo exigido en el artículo 10º de las presentes bases, y los antecedentes incluidos en ésta permiten su evaluación y comparación con los demás proveedores.
  • La oferta debe incluir todos los servicios correspondientes a la línea que postula.

Sin perjuicio de lo anterior, en la apertura de ofertas el Hospital se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes, o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, y no impida la correcta evaluación de las propuestas.

14°     EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

14.1    Designación de la Comisión Evaluadora

Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora designada por la Dirección del Hospital. La designación se hará a través de un acto administrativo que contenga el ID del proceso de contratación, e identificando las personas que la componen con su nombre completo y RUT.

Los miembros de la Comisión no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.

14.2    Comisión Evaluadora

 

Esta Comisión propondrá sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y que resulten las más convenientes a los intereses de la Institución; la proposición fundada de declarar desierta el llamado de licitación y/o la proposición fundada de adjudicar dicha licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas.

Corresponderá al ente técnico confeccionar un informe de evaluación, el cual deberá contener la siguiente información:

      Cotejar la admisibilidad de las propuestas.

      Oferentes aprobados en etapa de Apertura.

      Realizar el proceso de evaluación técnica de las ofertas en base a antecedentes.

      Observaciones finales y las decisiones adoptadas por ente técnico.

      Cuadro Resumen de todas las propuestas por orden de puntaje total obtenido.

      Recomendación de Adjudicación.

      Firmas integrantes de la comisión evaluadora.

      Fecha del Acta.

 

De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado.

Durante la evaluación, la comisión podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto a los demás oferentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha situación al resto de los oferentes a través del sistema

14.3    Matriz de evaluación

El detalle de los criterios de evaluación y las respectivas ponderaciones serán los detallados en la siguiente matriz:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

1

Oferta económica (precio)

50%

2

Requisitos técnicos

15%

3

Plazo de inicio de los trabajos

10%

4

Garantía técnica

10%

5

Experiencia en el rubro

10%

6

Cumplimiento requisitos formales

5%

TOTAL, PORCENTAJE

100%

14.3.1            Evaluación Económica

Esta evaluación consta de una ponderación del 50% respecto a la evaluación final. El cálculo se efectuará proporcionalmente a la mejor oferta deduciendo el porcentaje de cada oferta presentada en relación a la más económica.

Los montos deben ser ingresados en el (ver Formulario correspondiente) de las bases de licitación.

Fórmula de Cálculo:

Puntaje Obtenido = (Precio mínimo ofertado / Precio Ofertado) *50

14.3.2            Requisitos Técnicos.

Esta evaluación posee una ponderación del 15% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes presentados acordes a las bases técnicas y las ponderaciones de las siguientes tablas de evaluación.

REQUISITOS TÉCNICOS

CUMPLE

(SI: 100 – NO: 0)

1

Cumple con el 100% de las especificaciones solicitadas en bases técnicas.

100 / inadmisible

2

Propuesta de trabajos a realizar en instrumentales y/o ópticas, según corresponda.

100 / inadmisible

Para el presente proceso licitatorio se considerarán admisibles aquellas propuestas que resulten con una Evaluación Técnica mínima de 100%. Las ofertas que resulten con una evaluación inferior resultaran inadmisibles.

14.3.3            Plazo de inicio de trabajos

Esta evaluación posee una ponderación del 10% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes proporcionados en formulario correspondiente, el oferente deberá informar el plazo para iniciar los servicios que se contabilizara desde el momento del envió de correo electrónico solicitando realizar el servicio por parte del Hospital, al contacto indicado en el formulario respectivo. (ver Formulario correspondiente)

PLAZO DE INICIO DE TRABAJOS

PUNTAJE

Desde 5 a 12 horas corridas desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio.

100

Desde 13 a 24 horas corridas desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio.

80

Desde 25 a 48 horas corridas desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio.

50

Desde 49 o más horas corridas desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio.

20

Desde 5 a 12 horas corridas desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio.

0

14.3.4            Garantía técnica

Esta evaluación posee una ponderación del 10% respecto de la evaluación final y en ella se analiza la garantía del oferente a los requerimientos de la institución. La garantía debe cubrir la totalidad de la actividad realizada en la aplicación del presente proceso licitatorio.

La empresa u oferente deberá adjuntar en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl (ver Formulario correspondiente), garantizando la entrega del servicio comprometido y requerido por el Hospital.

GARANTIA

PUNTAJE

Igual o mayor a 6 meses desde la fecha de entrega de los servicios al hospital.

100

Menor a 6 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al hospital.

50

14.3.5            Experiencia en el rubro

Esta evaluación posee una ponderación del 10% respecto de la evaluación final y en ella se analiza la experiencia del oferente desde el año 2019 hasta la fecha de publicación de esta licitación. Para acreditar experiencia debe entregar contratos, certificados de conformidad o actas de entrega por trabajos finalizados con firma, timbre del cliente y datos de contacto a quien presto este servicio ejecutando el mismo servicio en sector público o privado. El oferente deberá adjuntar en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl, garantizando la experiencia del servicio comprometido y requerido por el Hospital

Experiencia en el rubro

PUNTAJE

Mayor o igual a 10 contratos, certificados acreditados y/o actas de recepción conforme.

100

De 7 a 9 contratos o certificados acreditados y/o actas de recepción conforme.

75

De 4 a 6 contratos o certificados acreditados y/o actas de recepción conforme.

50

De 1 a 3 contratos o certificados acreditados y/o actas de recepción conforme.

25

No presenta contratos o certificados y/o actas de recepción conforme.

0

14.3.6            Cumplimiento de requisitos formales

Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes proporcionados en formulario correspondiente.

Cumplimiento de requisitos formales

PUNTAJE

Cumple

100

No cumple

0

El criterio “14.3.6”, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 40º inciso segundo del D.S. Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estableciendo que será facultativo para el Hospital, el posibilitar a un oferente:

Presentar certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido: i) con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas, o ii) se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar las ofertas y el periodo de evaluación, debiendo informarse de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas.

Lo anterior solo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, la igualdad de los oferentes, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas. Lo anterior, dado que el presente criterio de evaluación guarda armonía con lo preceptuado en el dictamen Nº 045757 del año 2009 de Contraloría General de la República, el cual estatuye que el objeto esencial de las formalidades es otorgar por la vía de la transparencia y de la igualdad de los licitantes, seguridad jurídica, de manera tal que la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia sólo en la medida que se constate que la omisión tipificada cause desmedro de los derechos del Estado, reste transparencia o rompa el principio de igualdad de los licitantes, lo que está en armonía con el principio de no formalización contemplado en el artículo 13º inciso segundo de la ley Nº 19.880, donde conforme al dictamen Nº 15601 del año 2009, los errores intrascendentes o no esenciales no constituyen causal suficiente para rechazar postulaciones en procesos concursales.

La Evaluación Final se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro:

Puntaje final: Puntaje evaluación económica + puntaje requisitos técnicos + Plazo de inicio del trabajo + puntaje garantía + puntaje Experiencia + cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de la oferta.

 “La Comisión Evaluadora” recomendara o sugerirá al Director del hospital, en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a los intereses del hospital, aun cuando no sea la de menor precio.

La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este capítulo.

15°     ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA

De acuerdo a los criterios de evaluación señalados en estas bases, se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje, sin tener que ser necesariamente la oferta más económica.

La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio.

Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Hospital dentro del plazo señalado en el capítulo 6° de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Compras Públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Hospital, no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 24 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 30 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el capítulo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6 del reglamento de la ley Nº 19.886.

15.1    Del derecho a declarar inadmisible las propuestas o desierto el llamado

El Hospital, se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las propuestas por incumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y/o Técnicas, esto en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley N° 19.886 sobre Compras Públicas. Así también, se declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada.

Los oferentes no tendrán derecho a solicitar indemnizaciones de ninguna especie, por los gastos incurridos para participar en esta propuesta.

15.2    Mecanismo de resolución de empate

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente.

  • En caso de empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”
  • En caso de continuar el empate, como segundo criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio “Evaluación técnica”
  • En caso de persistir el empate, el tercer mecanismo de desempate a aplicar será aquel oferente que presente el mejor puntaje en el criterio “Plazo de inicio de los trabajos”.
  • De persistir el empate se solicitará la opinión conjunta y unánime de toda la comisión que participa en el proceso de evaluación; los que, previo estudio de las ofertas dirimirá la igualdad.

15.3    Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación y fuera de los plazos señalados. Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada.

Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación.

15.4    Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Adjudicada la oferta propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación.

En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a jonathan.salvoc@redsalud.gob.cl, quien entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

16°     FACULTAD DE READJUDICAR

El Hospital podrá readjudicar la licitación en un plazo de 60 días hábiles (plazo referencial) contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en los siguientes casos, cuya enumeración no es taxativa:

 

a)  Producto/servicio licitado no cumple técnicamente o presenta serios inconvenientes técnicos durante la ejecución del convenio, lo cual genera pérdida de la confianza técnica en el desarrollo del servicio contratado. Esto se avala con informe de la contraparte técnica del Hospital.

b)  Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido.

c)  Si el Contrato no se firma dentro del plazo estipulado, por razones o causas atribuibles al adjudicatario.

d)  Si el adjudicatario desiste de su oferta.

e)  Error en la evaluación de las ofertas, subsanado oportunamente a través del sistema de información.

f)   No modificación de inscripción no vigente en chileproveedores, que impida la emisión de la orden de compra (como contrato) o contrato, en un plazo superior a 10 días hábiles desde la adjudicación.

g)  Las inhabilidades de los artículos 8º y 10º de la Ley Sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo primero de la Ley nº 20.393.

La readjudicación se realizará vía resolución fundada del Hospital, y se comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl

La readjudicación deja sin efecto la adjudicación, asignando los bienes o insumos, prestaciones o servicios al oferente que resultó en segundo lugar del proceso evaluativo, y se deberá realizar dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.

17°    REQUERIMIENTOS DE LA UNIDAD DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Antes de comenzar con los trabajos el oferente que resulte adjudicado deberá tener en cuenta y cumplir a cabalidad los siguientes requerimientos de la Unidad de Prevención de Riesgos del Hospital, para todo personal externo que desarrolle faenas de mantenimiento, reparación y obras dentro del recinto hospitalario. Si el adjudicatario no da cumplimiento a lo requerido, el Hospital se reserva el derecho de dar término anticipado y unilateralmente al servicio, o de readjudicar a la oferta que haya resultado en segundo lugar de la evaluación, si la hubiere.

Los documentos que debe presentar el adjudicatario antes de comenzar con el trabajo son los siguientes:

1.    Hojas de entrega elementos de protección personal.

2.    Registros entrega DAS e Inducción Seguridad.

3.    Registros entrega Reglamento Interno.

4.    Reglamento interno de su empresa.

5.    Registro de entrega del reglamento interno a:

      Mutualidad, Inspección del Trabajo y Autoridad Sanitaria.

6.    Certificado de adhesión a Mutualidad.

7.    Certificado de siniestralidad y accidentabilidad (período 1 año).

Además de la presentación de documentación indicada en el Reglamento Subcontrataciones (Adjunto) y solicitada por Unidad de Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional.

Este documento debe ser obligatoriamente cumplido en un 100%.

Según corresponda lo exija ley y corresponda a características de la empresa.

Una vez formalizada la adjudicación el proveedor deberá presentar en un sobre cerrado los documentos en la Unidad Prevención de Riesgos del Hospital. El sobre debe ser dirigido al Jefe de la Unidad Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional del Hospital o a quién él designe. El sobre debe señalar, además:

·     Nombre o Razón Social del proveedor

·     Nombre de la licitación

·     N° ID de la licitación

El oferente adjudicado tendrá la responsabilidad de todas las actividades realizadas por su personal en las dependencias asignadas dentro del Hospital, por lo tanto, deberá mantener una supervisión permanente sobre la forma en que se están prestando los servicios contratados.

 

El oferente adjudicado y su personal respetarán las reglas, procedimientos y disposiciones especiales de orden interno dictadas por el Hospital, tales como áreas restringidas, condiciones de ingreso a los distintos lugares y oficinas, precauciones de seguridad y otras que el Hospital determine. Para ello deberán coordinar en forma permanente los trabajos a efectuar con el Supervisor o Jefe de la Unidad a cargo de los equipos.

 

Se autorizará el ingreso al Establecimiento sólo a los trabajadores prestadores de servicio, que se encuentren en la nómina entregada por el oferente adjudicado, quienes no podrán ingresar elementos que no correspondan al servicio que deben realizar.

La empresa adjudicada proveerá a sus trabajadores de una credencial de identificación con su nombre, fotografía y membrete o logo de la empresa en la que presta servicios, a su vez proporcionará los implementos de seguridad industrial y ropa de trabajo.

18°     CONTRATO

Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la formalización de un contrato de prestación de bienes y servicios. En dicho caso se deberá presentar además instrumentos de garantía descritos en numerando 12.2 de las presentes bases de licitación.

El Contrato lo redactará la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital de conformidad a lo que se expresa en las bases de licitación, la oferta adjudicada y demás documentos que integran la relación contractual.

Formarán parte integrante del contrato, las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y la Resolución de Dirección que las aprueba, consultas y aclaraciones si las hubiere, la Resolución de Adjudicación, la oferta adjudicada, y demás normativas y reglamentos que se encuentren vigentes en la Institución.

El proveedor, deberá acreditar al tiempo de celebración del contrato que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, mediante la entrega de un certificado emitido por la Inspección del Trabajo o entidad certificadora de obligaciones laborales y previsionales acreditada de conformidad con la ley Nº 20.123 y su reglamento. En caso de que se constate algún incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales señaladas durante la ejecución del contrato, el pago producto del contrato será destinado al cumplimiento de dichas obligaciones y/o se solicitará al proveedor que proceda a dichos pagos y le presente al Hospital los comprobantes y planillas respectivas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor permitirá al Hospital a dar por terminado el contrato y en caso de llamarse a una nueva licitación éste no podrá participar. Las obligaciones referidas se extenderán a las empresas subcontratadas por el proveedor en caso de que las presentes bases permitan la subcontratación.

Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de Licitación, y/o no remite la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, se desiste de la propuesta; caso en el cual “el Hospital” se reserva el derecho a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y estará facultado para readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, según lo estime pertinente siempre y cuando dicha oferta sea conveniente para los intereses del Hospital.

18.1    Vigencia

El contrato comenzará a regir, a partir de la total tramitación de la Resolución que Aprueba el Contrato y tendrá una vigencia de 24 meses, o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicataria.

18.2    Aumentos y disminuciones de contrato

El contrato podrá ser aumentado o disminuido por iniciativa exclusiva del Hospital, hasta por un 30% si así lo estima conveniente para los intereses de la Institución, y tales variaciones no podrán significar una alteración del valor propuesto en su oferta económica.

Lo anterior, obedece a las características propias de la contratación en la que es parte una entidad de salud, y responde a la necesidad imperiosa que ésta tiene de cubrir sus requerimientos. El aumento y/o disminución de contrato debe ser solicitado por el coordinador técnico del HBSJO.

Para hacer efectiva dicho aumento, “el Hospital” (coordinador técnico) deberá comunicar por escrito a su contratante la disposición a aumento o disminución del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento. El aumento deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12° de las presentes bases.

Será requisito exigible la presentación de un informe por parte de la Unidad requirente o coordinador del contrato, el cual se respalde dicho requerimiento.

En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de aumento o disminución de contrato, sus principales implicancias y alcances.

18.3 Prórroga plazo del contrato

De ser necesario aumentar el plazo del contrato, esta prórroga será como máximo hasta 90 días corridos desde terminado el plazo original, o desde agotado el presupuesto, y siempre que dicho acto sea gestionado, coordinado y comunicado al adjudicatario antes del vencimiento del contrato, fundadamente, y sólo se permitirá por una vez. La prórroga debe contar con V°B° de la Subdirección Administrativa o Medica del HBSJO según corresponda, y debe ser solicitada por el referente técnico del HBSJO.

Para hacer efectiva dicha prorroga, “el Hospital” deberá comunicar por escrito a su contratante la disposición a prorrogar o disminuir el plazo del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento.

Será requisito exigible la presentación de un informe por parte de la Unidad requirente o coordinador del contrato, el cual se respalde dicho requerimiento.

En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la prórroga de contrato, sus principales implicancias y alcances.

18.4       Resciliación del Contrato

Las partes podrán poner término al Contrato de común acuerdo en forma anticipada.

18.5    Cesión del contrato y subcontrataciones

El Adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.

Durante la ejecución del contrato, y previa autorización por escrito del Hospital, el adjudicatario sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por la Contraparte Técnica del Hospital. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Hospital.

18.6    Término anticipado de contrato por parte del Hospital.

El Hospital se reserva el derecho de poner término al contrato anticipadamente si procede alguna de las siguientes causales:

a)     Por razones de Ley, actos de autoridad, caso fortuito, fuerza mayor, si lo exigiera el interés público o la seguridad nacional; el Hospital se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, y sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado.

b)     Si el Ejecutor es declarado en quiebra, o le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo. (Informe Registro de Proveedores).

c)     Si el Ejecutor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

d)     Cuando el Hospital posea evidencias fundadas que el oferente ha incumplido en forma reiterativa (multas superan en 20% del total del contrato) compromisos establecidos en las bases y el contrato, por causas imputables al oferente.

e)     En caso de término de giro, liquidación, o disolución de la sociedad ejecutora. En tales eventos la entidad ejecutora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al Hospital, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.

f)      Cuando el prestador proporcione antecedentes falsos en relación a las exigencias de las presentes Bases Administrativas y Técnicas.

g)     Cuando el prestador durante el periodo de vigencia del contrato, sea sancionado por la Autoridad Sanitaria o la Superintendencia de Salud.

h)     Que con la ocasión de la realización de una auditoría técnica y / o administrativa se concluya “graves incumplimientos a las normas técnicas de las especialidades o de las presentes bases técnicas y administrativas”.

i)      La realización de donaciones de bienes y/o servicios de todo tipo por parte del oferente adjudicado a los usuarios del Contrato o funcionarios públicos pertenecientes al Hospital.

j)      Inhabilidad del proveedor en sistema de Registro de Proveedores, no subsanada en un plazo de 15 días hábiles desde que el Hospital comunica dicho incumplimiento. (la comunicación se realizará vía correo electrónico al coordinador del convenio de la empresa adjudicada).

k)     Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

l)      Falta de reposición y/o entrega de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato en plazos estipulados y en los mismos términos y condiciones originales.

m)   Si se excede el monto máximo previsto para la aplicación de multas. Esto es que las multas superan el 20% del total del contrato.

n)     De existir renovación total de equipos que anexen garantía por motivo de compra de los mismos, y que den lugar a la baja definitiva de los equipos objetivo de este convenio.

El término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de la indicada en la letra a), dará derecho al Hospital para cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza y sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al Hospital en contra del contratante.

El término anticipado del contrato, previo a su ejecución deberá ser informado al proveedor contratado mediante oficio remitido al proveedor, a través del correo electrónico informado en la oferta , argumentando el motivo de su término, adjuntando los antecedentes que respalden dicha decisión. El adjudicado contará con un plazo máximo de 5 días hábiles para impugnar dicha decisión y presentar sus descargos al Director del hospital Base San José de Osorno, quien, en conjunto con el Departamento Jurídico resolverán con todos los antecedentes si se acoge o no el término anticipado del contrato.

En el caso de ser acogido el término anticipado del contrato se formalizará mediante Resolución Fundada y publicada en el sistema de información a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, salvo que concurran alguna de las situaciones señaladas en el artículo N°62 del reglamento N°250 de la ley 19.886.

Lo anteriormente indicado guarda relación con lo dispuesto en el artículo N°79 TER del reglamento N°250 de la ley 19.886.

18.7    Coordinador técnico

El Hospital Base San José de Osorno supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato, para lo cual se designa como Coordinador del mismo al Jefe de Subdepartamento de Ingeniería Clínica (janeth.laines.r@redsalud.gob.cl) o quien lo subrogue o reemplace, quien tendrá entre otras, las siguientes funciones:

  • Monitorear y gestionar los plazos establecidos en el contrato;
  • Exigir y fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato en todos sus aspectos técnicos;
  • Exigir informes técnicos a empresa que ejecuta servicios, evaluar cumplimiento por parte del ente técnico del hospital, para su validación y subsanar eventuales observación de conformidad de servicio en términos cuantitativos y cualitativos sobre la ejecución, operación, gestión del contrato, sugerir aplicación de multas cuando procedieran.
  • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

18.8   Contraparte técnica del convenio.

El proveedor adjudicado designará un “Coordinador del convenio” con dedicación permanente que lo representará ante el Hospital para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Ejecutor. (Formulario N° 1).

En el desempeño de su cometido el Coordinador del Convenio deberá:

1. Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del convenio.

2. Emisión y envío de Informes mensuales para mantener ordenados los estados de pagos de facturas.

3. Informar cualquier cambio en la calidad y/o presentación del servicio, en los plazos estipulados en estas bases y a quien corresponda.

4. Coordinar las asesorías que el Hospital requiera.

5. Recepcionar los reclamos y su gestión.

6. Coordinar las urgencias.

7. Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

Todo cambio relativo a la designación del Coordinador deberá ser informado a la Contraparte Técnica del Hospital por el Representante Legal, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio.

18.9    Administrador del contrato

El Hospital Base San José Osorno también supervisara y revisará los aspectos administrativos del convenio, a través del administrador de contratos del Hospital (yasna.albarran@redsalud.gob.cl), o quien subrogue o reemplace, o en quien se delegue, quien tendrá las siguientes funciones:

  • Supervisar la adecuada aplicación de los mecanismos de facturación y pago del servicio objeto del convenio.
  • Gestionar el curse de sanciones o multas por incumplimiento de bases y contrato, adjuntando los antecedentes e informes del Referente técnico que lo justifiquen, actividad coordinada cuando corresponda con asesor jurídico del Hospital.
  • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

18.10             Confidencialidad

El personal que ejecute labores en el Hospital, así como el proveedor adjudicado, quedan obligados a mantener reserva de la información relativa a éste de la cual conozcan en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación.

En especial mantendrán reserva de la información referida a pacientes y usuarios del Hospital.

El Ejecutor y las personas que desarrollen los servicios no podrán difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, información del Hospital o sus usuarios, de la cual haya tomado conocimiento en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación, reservándose el Hospital, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción.

18.11  Precio

El precio de la adquisición corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en el portal www.mercadopublico.cl más los impuestos correspondientes y, en los documentos adjuntados en la licitación en su formulario económico (formulario Nº3).

19°      REPORTE DEL PROVEEDOR (mantenciones correctivas)

El oferente que resulte adjudicado deberá hacer llegar mensualmente o según corresponda, mediante correo electrónico (dentro de los 10 primeros días del mes) un Reporte en planilla Excel u otro, del servicio efectivamente entregado durante el mes, o según corresponda, (mensual, semestral, etc.) indicando la ID y nombre del proceso. Aplica para mantenciones correctivas.

El REPORTE debe indicar íntegramente los servicios prestados y se debe enviar en planilla Excel u otro a los correos electrónicos janeth.laines.r@redsalud.gob.cl y yasna.albarran@redsalud.gob.cl, con copia a danny.contreras@redsalud.gob.cl.

El validador del Reporte será el Jefe del Departamento de Operaciones, quién le subrogue o reemplace, o a quien éste designe para dicha actividad.

Una vez que se recepcione el Reporte vía email, se procederá con su validación técnica y administrativa por el Referente antes mencionado, para luego emitir la orden de compra. Sólo una vez emitida la orden de compra, el adjudicatario podrá facturar.

La validación del REPORTE por parte del HBSJO, será requisito indispensable para proceder al (1) envío de la orden de compra, (2) recepción conforme de los servicios y finalmente (3) la facturación de estos.

20°        EMISIÓN DE LAS ÓRDENES DE COMPRA

Una vez formalizada la total tramitación de la Resolución que aprueba el contrato, el Hospital podrá emitir la primera orden de compra.

La orden de compra será emitida después de realizado el servicio en el caso de mantenciones correctivas.

Cuando se emitan las Órdenes de Compra, el adjudicatario deberá aceptar la orden de Compra a través del portal en un plazo no superior a 48 horas, de acuerdo a los precios ofrecidos por el oferente y visados previamente por el Coordinador del Convenio.

La aceptación de la orden de compra por parte del proveedor será requisito indispensable para la recepción conforme que realizará el Hospital del bien/insumo o producto a través del portal de servicios públicas.

Antes del envío de cada orden de compra, el comprador del Departamento de Abastecimiento verificará el cumplimiento del estado de habilidad y/o inscripción vigente del adjudicatario en Registro de Proveedores.

20.1   Entrega y/o ejecución de prestaciones y servicios.

Los servicios deben ser ejecutados, previa solicitud formal y coordinación, con Departamento de Operaciones del HBSJO, ubicado en Avenida Guillermo Bühler Nº 1765 Osorno.

20.2 ENTREGA DEL O LOS PRODUCTOS (EN CASO DE PROCEDER O APLICAR)

Los insumos o productos, así como el equipamiento en comodato (bonificación), en caso de proceder o aplicar, debe ser entregado previa solicitud formal y coordinación, en Bodega General del hospital; ubicado en Avenida Guillermo Bühler Nº 1765 Osorno.

Además, el proveedor de forma obligatoria debe considerar lo siguiente: El transporte de los productos desde las Bodegas del Proveedor hasta las dependencias del Hospital será de costo y cargo de este. Es decir, debe estar incorporado en el precio ofertado del producto.

Para la gestión de despachos o el envío de los bienes/insumos o productos por parte del proveedor hacia la bodega general del Hospital, este deberá ser imperativamente acompañado por la guía de despacho correspondiente.

Posterior a la entrega de bienes/insumos o la prestación de un servicio (según corresponda); la institución deberá proceder con la validación o recepción conforme de estos. Este proceder resultará imprescindible para la posterior emisión de la factura comercial respectiva.

Para ello, el referente técnico, referente administrativo, funcionario de abastecimiento u otro (según corresponda), deberán confirmar las prestaciones realizadas y emitir un informe respecto del debido cumplimiento del oferente adjudicado de los servicios contratados, particularmente desde un punto de vista sanitario y administrativo, teniendo presente lo establecido en las Bases.

En virtud de lo dispuesto en Norma Técnica N° 226 del Ministerio de Salud, se señala la vigencia y obligación de los prestadores de salud de informar datos mínimos necesarios que permitan la trazabilidad de dispositivos médicos en sus correspondientes documentos de entrega (guía de despacho o factura comercial).

Este, debe indicar al menos:

1. Señalar que el insumo despachado cumple la condición de “dispositivo médico”.

2. Los siguientes datos de trazabilidad:

• Nombre del producto o dispositivo médico.

• Identificación del proveedor.

• N° de guía/factura, según documento de entrega.

• Modelo (sólo cuando corresponda)

• N° de lote/serie

• Fecha de vencimiento

Considerando que la normativa establece que el nombre del dispositivo médico puede obedecer a la denominación asignada al interior del establecimiento de salud, es importante señalar que este puede sufrir modificaciones las que serán informadas oportunamente.

Se adjunta Norma Técnica N°226 y Oficio Circular IP N°8 del 02 de marzo del 2023 que instruye la aplicación de la normativa en los prestadores institucionales de salud.

21°     DE LA FACTURACIÓN Y PAGO

El pago de bienes/insumos o servicio se efectuará contra la prestación requerida y ejecutada, desde el Subdpto. de Ingeniería Clínica se realizará el acopio de instrumental y/o ópticas en mal estado para ser enviadas a proveedor y este realizar las acciones necesarias para contar nuevamente con lo enviado de manera operativa; además del proceder antes descrito: (1) aceptación de la Orden de compra a través de la plataforma Mercado público y (2) la validación o recepción conforme de los bienes/insumos o servicios requeridos.

Para ello, el referente técnico, referente administrativo, funcionario de abastecimiento u otro (según corresponda), deberán confirmar las prestaciones realizadas y emitir un informe respecto del debido cumplimiento del oferente adjudicado de los servicios contratados, particularmente desde un punto de vista sanitario y administrativo, teniendo presente lo establecido en las Bases.

La factura/boleta deberá emitirse a nombre del “Hospital Base San José de Osorno” y de acuerdo a los siguientes antecedentes.

  NOMBRE

Hospital Base San José De Osorno

RUT

61.602.260-1

DOMICILIO

Guillermo Bühler #1765, Osorno, Provincia De Osorno, Región De Los Lagos.

GIRO

Salud

Si el proveedor emite DTE Factura, debe proceder a lo siguiente para que la factura comercial no sea rechazada:

1.  Enviar archivo xml a casilla electrónica de intercambio dipresrecepcion@custodium.com en un plazo no superior a 48 horas contadas desde su emisión.

Para lo anterior, debe proceder a través de sus softwares de facturación propio o en Servicio de Impuestos Internos. No corresponde el envío por correo electrónico (e-mail).

2.  Debe referenciar el N° de orden de compra en el recuadro especial (campo 801) cuando sea una orden de compra de Mercado Publico. Este ingreso debe ser exacto; ya que, de lo contrario, el software utilizado por el hospital lo rechazara automáticamente

Cuando se trate de una orden de compra “interna” (no de Mercado Público), no debe completar este campo (campo 801). Este debe ser referenciado en un lugar distinto; por ejemplo, cuerpo del documento u observaciones.

3.  Debe coincidir el monto facturado con el monto recepcionado a través de la plataforma Mercado Público.

La forma de pago es mediante Cheque y/o Transferencia Electrónica después de 30 días de la fecha de recepción conforme de la factura/boleta respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno del suministro contratado.

El Hospital podrá reclamar del contenido de la factura dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción (ley 19.983); si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar la fecha de vencimiento para su pago.

22°     INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS

Antecedentes Generales

Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará al Hospital para aplicar una o más de las sanciones que se indican a continuación, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que posea constituidas el proveedor.

22.1    Infracciones Contractuales

Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa de 3 UTM por evento o día de incumplimiento:

  • Difundir, divulgar o comunicar sin la expresa autorización del Hospital todo o parte del informe, documento o servicio contratado. la multa será de 3 UTM.
  • No cumplir con el envío oportuno de información según corresponda al Coordinador del Contrato y/o Administrador de Contratos cuando alguno de estos lo solicitase, especialmente en casos de requerimientos urgentes. La multa será de 3 UTM. Por evento.

22.2    Del servicio

Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa de 5 UTM:

  • Incumplimiento en el tiempo de inicios de los trabajos, se aplicará una multa de 5 UTM por día o horas de atraso según corresponda.
  • Transgresión u omisión de las indicaciones del Departamento de Operaciones. Multa de 5 UTM por evento.
  • Si se comprobase la ejecución de actividades para fines ajenos al servicio contratado, en equipos y /o en las dependencias de la institución. Multa de 5 UTM por evento.
  • Por incumplimiento en el servicio solicitado de acuerdo a lo requerido en las especificaciones técnicas el monto de la multa será de 5 UTM.
  • Incumplimiento en el periodo de garantía, la multa será de 5 UTM por evento.
  • Incumplimiento o la no entrega de documentación solicitada por Unidad de Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional. La multa será de 5 UTM.

22.3    Del personal

De igual manera estarán afectos a sanciones o multas de 3 UTM:

  • Falta de condiciones y capacitación del personal que se presente a efectuar los trabajos. Multa de 3 UTM por cada trabajador.
  • El incumplimiento de las normas de seguridad. Multa de 3 UTM
  • La utilización deficiente o no uso de equipos e implementos indispensables y seguridad para su trabajo. Multa de 3 UTM por cada trabajador.
  • Conducta poco deferente o irrespetuosa del personal del adjudicatario hacia superiores o iguales, pacientes y/o funcionarios del HBSJO. Multa de 3 UTM por cada trabajador, y siempre que el hecho sea comprobado vía reclamo formal (por escrito).

Nota: Para el cobro de las multas se tomará como referencia el valor de la UTM del mes en que ocurrió el evento.

El monto total de las multas no podrá exceder el 20% del monto total adjudicado del proceso licitatorio.

23°      PROCEDIMIENTOS PARA APLICACIÓN DE MULTA

En todos los casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o funcionario responsable, este le informara al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos.

Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que estos se hayan presentado, la entidad dictara la respectiva Resolución Exenta aplicando o no la multa.

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el hospital tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinara mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal.

23.1    Cobro de multas

Todo tipo de sanción o multa será comunicado mediante carta certificada de la Dirección del Hospital -o a través de quien ésta considere pertinente- al domicilio del representante indicado en el registro de proveedores o en el de la propuesta, a elección del Hospital o bien por notificación personal efectuada por quien administre el contrato.

El proveedor dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus descargos. Luego de dicho período, y con los antecedentes que disponga, se dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos y la sanción, si fuere el caso. El proveedor podrá interponer contra dicho acto el recurso de reposición establecido en la Ley 19.880 en los plazos y con los requisitos prescritos en la mencionada norma legal.

En caso que el Hospital resuelva el cobro de multas, el proveedor deberá realizar el pago dentro de quince (15) días hábiles contados desde la notificación mediante Resolución Exenta (que aplica la multa), por algunos de los siguientes medios:

 

  • Depósito o transferencia electrónica a nombre de HOSPITAL BASE OSORNO RUT 61.602.260-1 cuenta corriente N°81509097470 del Banco Estado, con copia del comprobante a los siguientes correos: jose.cordova@redsalud.gov.cl, gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl, yasna.albarran@redsalud.gob.cl,

  • Pago directo en caja de Cobranza, ubicadas en edificio de Acceso Principal del Hospital.

 

Si el proveedor no efectúa el pago de dicha multa en el plazo otorgado, se hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. El proveedor, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de cobro de la garantía, deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en los mismos términos y condiciones exigidos en estas bases.

La falta de entrega de una nueva garantía será causal de término anticipado del contrato.

En el caso que no exista garantía de fiel cumplimiento de contrato y el proveedor no efectúe pago de multa en el plazo de 15 días hábiles, se dará término anticipado de contrato.

Para todos los casos del presente numeral que establece término anticipado de contrato, se informarán los antecedentes en el portal www.mercadopublico.cl.

 

El monto total de las multas no podrá exceder el 20% del monto total del proceso licitatorio.

24°     RESPONSABILIDAD EN EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS

En caso se generarse responsabilidad civil extra-contractual deducida en contra este hospital, contenida en el título XXXV del libro cuarto del Código Civil o sobre falta de servicio a que se refieren las normas contenidas en los artículos 4º y 42 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y Título III, de la Ley Nº 19.966, que establece el Régimen de Garantías en Salud ,dará derecho para que el hospital ejerza las acciones de repetición en contra de la entidad licitante, que haya prestado dichos servicios en forma efectiva, para salvaguardar el patrimonio fiscal.

25°     SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del Director del Hospital, previo informe en derecho emitido por el abogado del Hospital o Informe Técnico emitido por la Contraparte Técnica del Hospital, según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.


BASES TECNICAS

                                                     BASES TÉCNICAS

LICITACIÓN PÚBLICA

“CONVENIO MANTENCIÓN CORRECTIVA DE INSTRUMENTALES Y ÓPTICAS”

ID: 1063538-29-LE24

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

1.  ANTECEDENTES GENERALES

El objetivo de este convenio es contratar el servicio de mantención correctiva para instrumentales y ópticas indicados en el “Anexo Nº 1” de las presentes Bases, por un período de 24 meses.

Para lo cual se hace necesario cumplir con el Punto N° 2 - Mantención Correctiva, detallado a continuación.

El Mantenimiento Correctivo se debe ejecutar todos a los instrumentales y ópticas pertenecientes al Hospital que presenten fallas o requieran reparaciones, motivo del presente convenio, el cual tiene como objetivo asegurar la continuidad de su funcionamiento, conservación y óptimo estado de operación, considerando en todo momento la mano de obra necesaria para la ejecución del Mantenimiento Correctivo, modificaciones y reparaciones necesarias.

El Adjudicado deberá considerar los siguientes puntos:

  • Considerar como mínimo la reparación de los instrumentales y ópticas detallados en Punto N°2 de las presentes bases, y cualquier otro instrumento y/o óptica perteneciente al Hospital que tenga características similares a los mencionados en “Anexo N°1°.
  • Será responsable de todos los daños o pérdidas que se ocasionen a los instrumentales y/o ópticas, elementos, repuestos, piezas que le sean imputados, con motivo de las mantenciones correctivas ejecutadas; o por mala ejecución de los trabajos encomendados. Esta responsabilidad se hará efectiva durante el período de vigencia del contrato hasta la fecha de vencimiento.

  1. MANTENIMIENTO CORRECTIVO

Tiene como objetivo la reparación de los instrumentales y ópticas del Hospital que producto de una falla que no pudo ser prevista o corregida. Su finalidad consiste en reparar y devolver a un estado funcional y óptimo a los instrumentales y ópticas, mediante la realización de todas las tareas y procedimientos pertinentes.

Descripción: El mantenimiento correctivo comprende la totalidad de las acciones que se deban realizar, de tal manera de recuperar lo más pronto posible los instrumentales y/o ópticas que presenten fallas y que signifique reparación y/o recambio de piezas. Las maniobras correctivas van dirigidas de forma específica a una reparación que implique trabajos de corrección para eliminar fallas y a la reposición del instrumental y/o óptica, considerando componentes y piezas necesarias para volver a su estado operativo.

El Acto de Mantención correctiva comprenderá la revisión, inspección, reparación, lubricación, calibración, limpieza, ajustes, cambio de piezas y componentes afectados, de manera de volver a los equipos en estado operativo. Además, según sea ofertado comprenderá el reemplazo de cualquier otro accesorio o repuesto.

Se debe considerar como mínimo los siguientes trabajos para las piezas de instrumental:

  • Hooks: Teflonado, reparaciones generales y ajustes.
  • Cliperas: Reparación de articulaciones, alineado, ajustes y pulido.
  • Agujas de veres: Alineado, ajustes, desabolladura y pulido de tubos.
  • Biotomos: Reparaciones generales, fabricación de tornillos y tuercas necesarias, pulido y ajustes.
  • Pinzas y punzones: Reparación de articulaciones y piezas de anclaje, alineado, ajustes, afilado y pulido.
  • Especulos: Fabricación de piezas necesarias, reparaciones, ajustes, alineado y pulido.
  • Tijeras: Reparaciones generales y de articulaciones, ajustes, alineado y pulido.
  • Camisas Cistoscopio: Reparaciones de llaves de paso, ajustes, alineado, desabolladuras y pulido.
  • Tubo exterior aislado: Reparación de anclaje, fabricación de piezas y ajustes.
  • Otro instrumental del Hospital con características similares a los ya mencionados: reparaciones y ajustes generales, fabricación de piezas (si fuese necesario), pulido y afilado.

Para las ópticas, cables de fibras y/o fibras de luz asociadas a estas, se deben realizar como mínimo los siguientes trabajos:

  • Cistoscopios: Cambio de lentes, alineado, cambio de objetivos, cambio de poste de luz, cambio de ocular, rectificado de fibra, sellado hermético, cambio de fibras, cambio de piezas de ojo y cambios de ventana. Se deben considerar todos los Cistoscopio del Hospital (0°, 30°, entre otros) o equipos con características similares.
  • Laparoscopios: Cambio de lentes, cambio piezas de ojo, cambio de tubos, cambio de fibras, rectificaciones de fibra, cambio de poste de luz, alineado, cambio de ventanas, cambio de objetivo y sellado hermético. Se deben considerar todos los Laparoscopios del Hospital (0°, 30°, entre otros) o equipos con características similares.
  • Nefroscopios: Cambio de lentes, cambio de ventanas, cambio de objetivos, cambio de prismas, cambio de poste de luz, rectificado de fibra, cambio de fibra, alineamiento y sellado hermético. Se deben considerar todos los Nefroscopios del Hospital o equipos con características similares.
  • Cables de fibra: Reposición total del cable, cambio de fibras, cambio de siliconas, cambio de resortes, cambio de conectores, pulido y rectificado de conectores, reparaciones de fibra de luz y sellado de silicona. Se deben considerar todos los tipos de cables de fibra que posea el Hospital.
  • Fronto luz: Reparación de fibras de luz, pulido de terminales de conexión, pulido dista, cambio de piezas y siliconas. Se deben considerar todo tipo de Fronto Luces que posea el Hospital.
  • Otras ópticas o fibras asociadas a estas que se encuentren en el Hospital: cambio de lentes, cambio de objetivos, alineado, cambios de oculares, rectificado de fibras, sellado hermético, pulidos de conexiones y terminales, cambio de ventanas y cambio de postes de luz.

El diagnóstico y cotización correspondiente debe incluir: mano de obra, trabajos realizados, traslado y lo necesario para la correcta ejecución del Mantenimiento Correctivo. Siendo esto coordinado por el Subdepartamento de Ingeniería Clínica y/o Unidad de Equipos Médicos, ya sea a través de correo electrónico o vía telefónica, para informar despacho de instrumental u ópticas que requieran del servicio correctivo.

El oferente debe revisar lo enviado y efectuar diagnóstico necesario, emitiendo un informe técnico que debe ser entregado al Subdepartamento de Ingeniería Clínica y/o Unidad de Equipos Médicos, en conjunto con una cotización, la que debe incluir la reparación integral del instrumental u ópticas, dejándolas completamente funcionales y operativas.

Recibida la cotización de reparación y cuando esta sea concordante con el informe técnico de las fallas, donde se debe indicar las causas del problema, las actividades que se realizarán para repararlo y lo necesario para su reparación. Posteriormente, se procederá a solicitar Visto Bueno de la Subdirección Administrativa (si correspondiese) para luego emitir la Orden de Compra correspondiente a la Mantención Correctiva cotizada.

En caso de falla de los instrumentales y/o ópticas, la reparación de estos no podrá tardar más de 30 días fuera de uso por no contar con stock de repuestos, en caso de no cumplir en lo estipulado se informará al respecto a Administrador de Contratos para que se realicen las acciones correspondientes.

Todo trabajo realizado deberá ser garantizado por el servicio técnico, por un período no inferior a seis meses, el que deberá indicarse en la respectiva Orden de Servicio de la empresa y en la factura.

Las actividades reparativas serán efectuadas en servicio técnico de proveedor adjudicado, donde los costos de envío de instrumental y/o ópticas reparadas deben ser asumidos por este mismo. Todo esto autorizado por el Subdepartamento de Ingeniería Clínica o Unidad de Equipos Médicos del Hospital.

Del precio de referencia informado para la presente licitación, se declara que el presupuesto para mantenimiento correctivo es de $60.000.000 I.V.A. incluido (sesenta millones de pesos chilenos), para efectuar dichos trabajos. Monto el cual será utilizado según la cantidad de eventos correctivos que puedan ocurrir para instrumentales y/o ópticas dentro del período de duración del presente convenio.

Se debe estimar un aproximado de 30 reparaciones de instrumental y 2 ópticas de forma mensual durante la vigencia del contrato. Esta cantidad puede variar, ya que estos trabajos van a ser requeridos según las necesidades de los distintos servicios clínicos del Hospital que trabajen con instrumental quirúrgico y/o ópticas.

Cantidades son referenciales por lo que el Hospital se reserva el derecho de poder aumentar o disminuir las cantidades.

  1. DE LOS REPUESTOS

Todos repuestos utilizados deberán ser compatibles con los instrumentales y/o ópticas objetivo de las presentes bases y cada vez que sea necesario realizar algún cambio en algún instrumento y/o óptica para el óptimo funcionamiento, deberá informarse previamente con el Subdepartamento de Ingeniería Clínica o con la Unidad de Equipos Médicos.

Todos los repuestos que se instalen deben dejar funcionales los instrumentales y/o ópticas y deben tener una garantía de a lo menos 6 meses, a menos que se especifique lo contrario.

Los repuestos incluidos en el presente convenio de mantenimiento correctivo corresponden a todos los necesarios para dejar operativo los instrumentales y/o ópticas.

Estos serán aportados por el proveedor adjudicado, cuando sean solicitados en un mantenimiento correctivo, en el tiempo establecido en la oferta y no generarán costo adicional para el Hospital.

Cuando se requiera cambio de repuestos que estén fuera de convenio empresa deberá realizar informe indicando la necesidad de estos. El Hospital estará en libertad de adquirir estos repuestos que cumplan con las características técnicas solicitadas, por medio de los canales correspondientes de compra sea compra por trato directo, licitación al portal, convenio marco, etc. Para luego ser entregado a empresa con la cual se posee contrato y contar con el instrumental y/o ópticas operativas en el menor tiempo posible.

En caso de requerir cambio de repuesto, estos deberán ser compatibles con los instrumentales y/o ópticas, si estos no estén considerados en la propuesta, deberá cotizarse previamente y su instalación deberá ser autorizada por el Subdepartamento de Ingeniería Clínica o por la Unidad de Equipos Médicos. Se debe entregar un informe técnico de parte del oferente que indique la necesidad e importancia de el o los repuestos a instalar, siendo esto necesario para el correcto y continuo funcionamiento del instrumental y/o ópticas incluidos en el convenio.

4.  ACTO DE ENTREGA DE INSTRUMENTAL EN MANTENCIÓN

La entrega del instrumental y/o ópticas luego de su mantención correctiva, deberá ser a personal del Subdepartamento de Ingeniería Clínica o Unidad de Equipos Médicos para luego entregar a usuarios en forma completa, funcionando y calibrado acorde a las especificaciones del mismo.

La entrega de los instrumentales y/o ópticas es un acto donde se verifica la existencia y el buen estado de todos los componentes que forman parte del mismo, conjuntamente con la documentación necesaria para su funcionamiento, mantención y registro.

  1. REQUERIMIENTOS INCLUIDOS EN EL CONVENIO

Mano de obra técnica: Toda la mano de obra utilizada para la ejecución de la mantención correctiva del instrumental y/o ópticas y el cumplimiento de los protocolos estipulados por el fabricante.

Consultas ilimitadas sin costo. Se incluyen consultas telefónicas, correos y las llamadas que generen órdenes de trabajo a lugar para la revisión y reparación de los equipos.

El adjudicado deberá entregar una Orden de Trabajo o Informe Técnico, cada vez que intervenga a alguno de los instrumentales y/o ópticas, ya sea de manera preventiva o correctiva. Siendo esta recibida y firmada por el Jefe del Subdepartamento de Ingeniería Clínica o Jefe Unidad de Equipos Médicos o profesional a cargo del servicio.

  1. INSPECCIÓN Y PRUEBAS.

El proveedor deberá entregar al Hospital un Informe Técnico, para los instrumentales y/o ópticas a los cuales se realizó mantención correctiva.

Lo anterior no será impedimento para que el proveedor sugiera al Hospital cualquier tipo de mejora de este modelo que busque el desarrollo de un mejor trabajo.

El oferente debe utilizar la pauta de mantención correctiva recomendada por el fabricante.

Los insumos, equipos de prueba, accesorios, herramientas, etc., necesarios para la realización de la mantención deberán ser proporcionados por el proveedor y este deberá entregar un listado completo de todo el instrumental que será utilizado para las mantenciones, junto con los certificados de calibración de dicho instrumental.

El Hospital tendrá el derecho a inspeccionar y/o probar los instrumentales y/o ópticas a fin de verificar el correcto funcionamiento, desempeño y el cumplimiento de las especificaciones técnicas y normativa de trabajo de los mismos. Las inspecciones o prueba deberán realizarse en el lugar de destino una vez realizada las correspondientes mantenciones correctivas.

Si los instrumentales y/o ópticas inspeccionados o probados no funcionan correctamente o no se ajustan a las especificaciones y/o normativas, el Hospital podrá rechazarlos y el proveedor deberá, sin cargo extra para el convenio, corregirlos en la medida necesaria para cumplir con las especificaciones y para que los equipos funcionen correctamente dentro de sus rangos de operación normal de diseño.

  1. PERIODOS DE MANTENCIÓN.

Para mantenimiento correctivo, se debe cumplir con el fin de poder realizar todos los trabajos necesarios para poder contar con el instrumental y/o ópticas operativas. No superando el tiempo límite para la reparación antes mencionado.

  1.  INCORPORACIÓN Y/O ELIMINACIÓN DE EQUIPOS

El Hospital tendrá derecho a incorporar, excluir o remplazar del Convenio los instrumentales y/o ópticas que estime, siempre y cuando pertenezcan a la familia de características técnicas de los incluidos en Convenio. Esto con acuerdo de la empresa adjudicada.

El Hospital comunicará al Servicio Técnico la incorporación, exclusión o reemplazo de instrumentales y/o ópticas mediante un documento escrito.

Para el reemplazo de instrumentales y/o ópticas de condiciones técnicas similares, se conservarán las condiciones y costos originales para cada uno de los mencionados.

El Hospital comunicará por escrito al Servicio Técnico la eliminación de alguno de los instrumentales y/o ópticas incluidos en el Convenio, lo que dará origen a rebajar el costo correspondiente del total del Convenio.

Para aquellos instrumentales y/o ópticas de la misma familia, pero con características técnicas diferentes, el costo de su incorporación al Convenio será determinado en cada caso particular.

  1.  CONSIDERACIONES.

Las mantenciones correctivas de instrumentales y/o ópticas deben incluir el chequeo de todas las partes y componentes que estos posean y será obligación del oferente indicar y gestionar el cambio de cada una de estas cuando corresponda.

El oferente deberá entregar un listado de la tenencia en stock en todos los insumos y repuestos que los instrumentales y/o ópticas necesiten y en caso de no poseerlos definir los tiempos de entrega de estos, estén estos o no incluidos en el convenio.

El personal de servicio técnico deberá disponer de todas las herramientas, equipos e instrumental necesario para hacer las mantenciones correctivas.

El adjudicado deberá garantizar el suministro de los repuestos, accesorios e insumos apropiados para mantener funcional los instrumentales y/o ópticas de este contrato, siendo estos compatibles con instrumentales y/o ópticas del presente convenio, en el menor tiempo posible.

El Hospital no permitirá la intervención técnica de terceros que no correspondan al personal propio de la empresa adjudicada.

LISTADO DE EQUIPOS A CONVENIR

El listado de los instrumentales y/o ópticas a convenir se encuentra agrupado según tipo, los cuales se detallan el Anexo Nº1.

ANEXOS

Anexo Nº 1     Listado de los instrumentales y/o ópticas incluidos en contrato de mantención.

Anexo Nº2    Listado mínimo de repuesto incluidos y revisiones incluidas en mantención correctiva.

Anexo Nº 3    Hoja de chequeo propuesta por empresa.