Licitación ID: 1063538-293-LE22
CONVENIO ARRIENDO EQUIPO LITOTRIPSIA CON OPERADOR
Responsable de esta licitación: HOSPITAL BASE OSORNO, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 36
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Productos o servicios
1
Litotriptores de ultrasonido 1 Unidad
Cod: 42202801
009-0127 | ARRIENDO DE EQUIPO LITOTRIPTOR EXTRACORPOREO CON OPERADOR  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO ARRIENDO EQUIPO LITOTRIPSIA CON OPERADOR
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Hospital Base San José Osorno requiere generar un convenio que permita contratar el arriendo de un 1 equipo litotriptor extracorpóreo con operador, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL BASE OSORNO
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.260-1
Dirección:
GUILLERMO BUHLER 1765, OSORNO
Comuna:
Osorno
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-12-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 05-12-2022 17:19:19
Fecha inicio de preguntas: 05-12-2022 17:35:00
Fecha final de preguntas: 12-12-2022 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-12-2022 9:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-12-2022 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-12-2022 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 17-01-2023 17:04:51
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- FORMULARIOS N°1,2,6 Y 7
2.- BASES, RESOLUCION APROBATORIA Y CERTIFICADO
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIOS N°4 Y 5
 
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO N°3
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Oferta presentada no contiene errores u omisiones. 100 puntos Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo. 50 puntos El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo. 0 punto 5%
2 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 50 50%
3 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Especificaciones técnicas de los equipos y procedimientos Puntaje Cumple 100% con todas las especificaciones técnicas 100 puntos Cumple parcialmente o no cumple inadmisible 15%
4 Experiencia de los Oferentes >= 200 procedimientos 100 puntos De 150 a 199 70 puntos De 100 a 149 50 puntos De 70 a 99 30 puntos <70 0 punto 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO HBSJO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: JOSE LUIS CORDOVA
e-mail de responsable de pago: gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: YASNA ALBARRAN SOTO
e-mail de responsable de contrato: yasna.albarran@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-64-2567094-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO
Fecha de vencimiento: 08-05-2024
Monto: 8 %
Descripción: No hay información
Glosa: “CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO PARA EL CONVENIO ARRIENDO EQUIPO LITOTRIPSIA EXTRACORPOREA C/OPERADOR PARA PACIENTES DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO, ID 1063538-293-LE22”.
Forma y oportunidad de restitución: Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla al término de los 90 días posterior al contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería. Antes de solicitar dicha devolución, Control de convenios del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADM Y TECN

BASES ADMINISTRATIVAS

LICITACIÓN PÚBLICA

 

CONVENIO ARRIENDO EQUIPO LITOTRIPSIA EXTRACORPOREA CON OPERADOR PARA PACIENTES DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO

ID: 1063538-293-LE22

1°        OBJETIVO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

1.1        Objetivo

El Hospital Base San José Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere generar un convenio que permita contratar el arriendo de un (1) equipo litotriptor extracorpóreo con operador, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquella adquisición mayor o igual a 100 e inferior a 1.000 UTM.

1.2      Ámbito

Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada para estipular la contratación del convenio arriendo de equipo litotriptor extracorpóreo con operador para pacientes del Hospital Base San José.

Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del Hospital y publicado en el portal www.mercadopublico.cl.

El precio de referencia para el presente proceso licitatorio será de $7.000.000.- (Siete millones de pesos chilenos) iva incluido.

Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra.

2°       BASES DE LICITACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

 

Las presentes Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

2.1      Bases de licitación

  • Bases Administrativas
  • Bases Técnicas
  • Formularios anexos

2.2      Definición de términos

  • Licitación o Propuesta Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual la Administración realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.
  • Ley de Compras: Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
  • Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el Hospital Base San José de Osorno, que describen los bienes o insumos, prestaciones o servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
  • Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras.
  • Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.
  • Oferta: El costo ofrecido por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en ellas.
  • Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.
  • Días corridos: corresponde a todos los días de la semana, incluyendo sábado y domingo, feriados y festivos. Al momento de referirse a la palabra “días” se entenderá como “días corridos”.
  • Cierre de licitación: Fecha límite designada para presentar ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, la oportunidad para ingresar propuestas a través del portal de compras debe ajustarse efectivamente al cronograma del llamado a licitación.
  • Comisión evaluadora: Delegación de funcionarios del hospital Base San José de Osorno designados por su Director(a) con el objeto de asesorarla en la apertura de la propuesta y la evaluación de las ofertas.
  • Apertura: acto de apertura electrónica por el cual el establecimiento toma conocimiento del contenido de las ofertas presentadas a través del sistema de información de compras y contratación pública, una vez vencido el plazo de presentación fijado para tal efecto.
  • Adjudicación: acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministros o servicios, regido por la Ley 19.886, en adelante, también, la “Ley de compras”. (Artículo 2°, numeral primero del Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda).
  • Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
  • Precio de Referencia: Corresponde a una aproximación del precio a pagar por el servicio licitado.
  • Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el Hospital encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles.
  • Especificaciones Técnicas: Es aquel conjunto de características técnicas que deberá cumplir como mínimo el servicio en licitación a entregar por el proveedor.
  • Garantía: Aquel instrumento que asegure la seriedad o fiel y oportuno cumplimiento de un contrato. Dicho documento asegura su cobro en forma rápida oportuna y efectiva.
  • Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección.
  • Unión Temporal de Proveedores: asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo.
  • HBSJO: Para efectos de esta licitación, hace referencia al Hospital Base San Jose Osorno.

3°       NORMATIVA Y ORDEN DE PRECEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS

Sin perjuicio de la normativa legal vigente, el presente llamado a licitación, se regirá por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:

  • Bases Administrativas, Técnicas y sus formularios, Condiciones, Contractuales y Resolución Aprobatoria.
  • Aclaraciones, respuestas y modificaciones de las bases de licitación, si las hubiere.
  • Oferta de él o los proponentes respectivos.
  • Resolución adjudicataria.
  • Resolución aprobatoria de contrato, si corresponde.
  • Orden de compra.

4°        LLAMADO A LICITACIÓN

El llamado a propuestas se publicará a través del portal www.mercadopublico.cl.

El presente proceso licitatorio público se regirá por lo dispuesto en la ley Nº 19.886 y su reglamento aprobado por decreto supremo Nº 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda y sus posteriores modificaciones, lo dispuesto en las presentes bases administrativas y técnicas, sus anexos, las preguntas, respuestas y aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la resolución respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente.

Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que el Hospital publique en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl el documento, acto, o resolución objeto de la notificación.

5°     REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la declaración jurada requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad.

Podrán participar en esta propuesta pública las personas naturales, jurídicas, chilenas o agencias extranjeras o uniones temporales de proveedores (Artículo 67 bis), que cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos y acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente, además de cumplir con lo siguiente:

  • No estar afecta a alguna de las causales del artículo 4º de la Ley 19.886 de compras Públicas.
  • En caso de personas jurídicas, no estar afecta a alguna de las inhabilidades de la Ley 20.393.

Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.

Al momento de la suscripción del contrato, resultado de la propuesta, el oferente favorecido deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, lo que se comprobará con el respectivo Certificado de Inscripción.

En caso de Uniones Temporales de Proveedores, cumplir con los requisitos exigidos en el art. 67 bis del Decreto 250 que contiene el Reglamento a la Ley de Compras Públicas.

 

5.1    Unión temporal de proveedores

Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.

Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.

En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de este Reglamento.

La propuesta deberá ser presentada por un único representante al que se denominará “oferente”, quien actuará en representación del resto de los integrantes de la Unión y será responsable directo de la propuesta ante la entidad licitante, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria e indivisible de quienes la componen, la que deberá constar en el acuerdo en el conste la unión temporal que deberán suscribir de conformidad a lo establecido en el art. 67 bis del D.S.250/2004 Reglamento de Compras.

Debe adjuntar, junto a la propuesta, el acuerdo en el que conste la constitución de la Unión Temporal de Proveedores. La no presentación de este acuerdo al momento de presentar la oferta es causal de rechazo de la misma.

El contenido del acuerdo de la unión temporal de proveedores deberá señalar los siguientes aspectos básicos:

1.-    La responsabilidad solidaria de todos quienes conforman esta unión temporal de proveedores, respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante.

2.-    El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes de administración y representación para actuar por la unión temporal tanto con la entidad licitante, por ejemplo, para contratar la garantía de fiel cumplimiento de contrato entre otras acciones, como frente a terceros con quienes deba interactuar a fin de dar cumplimiento a las obligaciones que forman pare de la presente licitación.

3.-    Serán socios de esta unión temporal sólo quienes hayan concurrido a la presentación de la oferta en la presente licitación, no se permitirá el ingreso de terceros que no hayan sido debidamente ingresados en la presentación de las ofertas. Asimismo, se debe asegurar la presencia de cada uno de los miembros durante la ejecución del contrato.

4.-    La no suscripción del instrumento de constitución de la unión temporal por parte de todos quienes acudieron a la presentación de la oferta, será suficiente para tener por desestimada la oferta y re-adjudicar.

5.-    Definir la forma de facturación de la unión temporal de proveedores.

6.-    Definir quién de los integrantes de la Unión Temporal va a tomar las garantías a nombre del Servicio de Salud de Osorno.

7.-    La Duración de la Unión Temporal será el periodo de ejecución del contrato con la entidad licitante, más la renovación de contrato si procediere.

6°     PLAZOS

 

La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos establecidos en las bases, (ficha del portal mercadopublico.cl)

A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, los domingos y los festivos.

Fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl.

Dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la total tramitación de la resolución que aprueba las presentes bases de licitación.

Fecha inicio preguntas.

A contar de la publicación en el portal de compras públicas.

Fecha final de preguntas.

A las 12:00 hrs. del quinto día (5) corrido a contar de la publicación.

Fecha de publicación de respuestas.

A más tardar a las 09:00 hrs. del sexto (6) día corrido a contar de la publicación.

Fecha de cierre de recepción de ofertas.

A las 15:00 hrs. del décimo (10) día corrido a contar de la publicación.

Fecha de acto de apertura de ofertas.

La Apertura de ofertas se efectuará a las 15:05 hrs. del décimo (10) día corrido a contar de la publicación.

Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la Comisión de Evaluación.

Hasta 48 horas a partir de la publicación de solicitud de aclaración en portal de www.mercadopublico.cl.

Fecha estimada de adjudicación.

Hasta el trigésimo (30) día hábil siguiente a la fecha de cierre de evaluación de propuestas.

Fecha para entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Hasta el sétimo día (7) día corrido siguiente a la fecha de notificación por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).

Fecha para firma de contrato

Hasta el décimo (10) día hábil siguiente a la fecha de notificación y envío de documentos por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).

7°        DOMICILIO Y JURISDICCIÓN

Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Osorno y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.

8°        CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES

Los proponentes podrán formular, consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro Electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido.

No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán razonar desconocimiento de las mismas.

Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Hospital podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes.

 

Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl).

 

9°     VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS

La propuesta deberá tener validez de 90 días contados desde la fecha de apertura electrónica. Si dentro de dicho plazo no fuese posible efectuar la adjudicación del llamado a licitación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes la prórroga de las propuestas, hasta en 60 días más.

Serán rechazadas aquellas propuestas cuyo periodo de validez sea menor que el requerido o sea mal extendido provocando un desmedro para el hospital.

  

10°     PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y DE LOS DOCUMENTOS DE ANEXOS

La entrega de las propuestas, deberá efectuarse únicamente a través del Sistema de Información (digital) en el plazo previsto para la presentación de ofertas.

Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases.

10.1    De los Antecedentes Administrativos

Los oferentes deberán adjuntar a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes:

•  Formulario Nº1: Identificación del proponente

•  Formulario Nº2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública.

  • Formulario Nº6: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley nº 19.886.
  • Formulario Nº 7: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Los oferentes deberán adjuntar además la siguiente información, en el caso de NO encontrarse vigente en el portal de compras.

  • Documentación que acredite constitución legal de la empresa, vigencia y poderes de quienes actuarán en representación del proveedor.
  • Copia simple de la escritura pública donde conste el representante legal con facultades suficientes para concurrir a la presente licitación y suscribir el contrato correspondiente.
  • Certificado de vigencia con anotaciones vigentes de una data no superior a 30 días, de constitución de la sociedad y personería.
  • Fotocopia del RUT del oferente y de la Cédula de Identidad de su representante legal.

10.2    De la Propuesta Económica

El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl. Deberá ser expresado en pesos chilenos, y corresponder al valor unitario del arriendo/procedimiento.

La oferta presentada no será reajustable durante todo el periodo de vigencia del contrato.

Los oferentes deberán además completar el formulario económico (Formulario Nº3), el cual deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo.

Errores en la Oferta Económica: En caso de existir diferencia entre el monto de la oferta ingresada al portal www.mercadopublico.cl y el indicado en el formulario Nº3 “oferta económica”, prevalecerá el monto neto ingresado en el portal.

10.3    De la Propuesta Técnica

Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas.  Para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas.

La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de prestación de servicios requeridos y la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación.

Formulario N°4: Experiencia del oferente

Formulario N°5: Especificaciones técnicas de los equipos

11°     PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a)  El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

b)  El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

c)  El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

d)  El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

e)  El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.

f)   El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

g)  El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

h)  El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

12°     GARANTÍA

Para el presente llamado a licitación y dadas las características del proceso, se requerirá Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

Serán considerados y admitidos como instrumentos de garantía aquellos que para tal efecto se prescriben en la Ley N° 19.886 y su reglamento.

12.1    Garantía de fiel cumplimiento de contrato  

CARACTERÍSTICAS

Tipo de Garantía

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Exigibilidad

Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la presentación de un instrumento de garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

Estipulaciones del documento

Expresar su monto en pesos chilenos.

Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social.

La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable.
No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.68 del Reglamento de Compras Públicas.

Beneficiario

Hospital Base San José de Osorno

Rut: 61.602.260-1

Tomador

El tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo adjudicatario, o un tercero a su nombre.

Monto

8% del monto total adjudicado y se expresará en pesos.

Plazo de vigencia

La vigencia de la garantía deberá ser por todo el período de vigencia del contrato, aumentada en 90 días corridos después de terminado el vínculo contractual.

Glosa

“CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO PARA EL CONVENIO ARRIENDO EQUIPO LITOTRIPSIA EXTRACORPOREA C/OPERADOR PARA PACIENTES DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO, ID 1063538-293-LE22”.

Causales de cobro

El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos:

  • Por cualquiera de las causas que generen termino anticipado del contrato por parte del Hospital, de acuerdo al numeral 17.7 de las bases, con excepción de la indicada en la letra a) de dicho numeral.
  • Cuando el adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886
  • Incumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas o alguna de las obligaciones que impone el contrato y las bases administrativas y técnicas.

Estas exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de este centro asistencial.

En caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que “el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.

Forma y momento de entrega

Esta garantía deberá entregarse en la oficina de partes del “Hospital”, dentro de los 7 días corridos siguientes a la notificación por parte del hospital (notificación desde Departamento jurídico). Si no se entrega dentro del plazo, el Hospital hará efectiva la garantía seriedad de la oferta, y quedará facultado para readjudicar el proceso, si fuera posible.

Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente. En el primer caso deberá ser escaneada y enviada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl, y en el segundo caso deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base Osorno.

Forma y momento de restitución.

Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla al término de los 90 días posterior al contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería.

Antes de solicitar dicha devolución, Control de convenios del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato.

Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería.

Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.

En el caso de prórroga o aumento del contrato.

En el caso de prórroga o aumento del contrato el proveedor deberá reemplazar, prorrogar o complementar la garantía de forma proporcional.

13°     REVISIÓN FORMAL Y APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información, se realizará en una etapa en la fecha prevista en las presentes bases (Ficha del Portal mercadopublico.cl) y estará a cargo de un Ejecutivo Comprador de la Unidad de Abastecimiento del Hospital.

Corresponderá al funcionario, verificar el ingreso de todos los anexos en el portal www.mercadopublico.cl, y realizar la admisibilidad de las ofertas, según lo señalado en el artículo siguiente.

13.1    Admisibilidad de las ofertas 

Es requisito para participar en el presente llamado a licitación, y para la aceptación de la propuesta, presentar, en la forma y plazos señalados todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases.

Conforme con lo anterior se verificará el cumplimiento de cada uno de los siguientes criterios:

  • La propuesta fue entregada conforme a lo exigido en el artículo 10º de las presentes bases, y los antecedentes incluidos en ésta permiten su evaluación y comparación con los demás proveedores. 
  • El oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y que están reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886. 

Sin perjuicio de lo anterior, en la apertura de ofertas el Hospital se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes, o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, y no impida la correcta evaluación de las propuestas.

14°     EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

14.1    Comisión Evaluadora

Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, designada por la Dirección del Hospital, o quienes se encuentren subrogando o desempeñando el cargo o función al momento de la evaluación.

 

Esta Comisión propondrá sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y que resulten las más convenientes a los intereses de la Institución; la proposición fundada de declarar desierto el llamado de licitación y/o la proposición fundada de adjudicar dicha licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas.

Corresponderá a la Comisión confeccionar un Acta de evaluación, la cual deberá contener la siguiente información: 

  • Cotejar la admisibilidad de las propuestas.
  • Oferentes aprobados en etapa de Apertura. 
  • Realizar el proceso de evaluación técnica de las ofertas en base a antecedentes.  
  • Observaciones finales y las decisiones adoptadas por la Comisión. 
  • Cuadro Resumen de todas las propuestas por orden de puntaje total obtenido.
  • Recomendación de Adjudicación.
  • Firmas integrantes de la comisión evaluadora.
  • Fecha del Acta.

 

De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado.

14.2    Matriz de evaluación

Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación:

ITEM

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

A

Oferta económica

50%

B

Experiencia del oferente

30%

C

Especificaciones técnicas

15%

D

Cumplimiento de requisitos formales

5%

TOTAL PORCENTAJE

100%

A.        Evaluación Económica (Formulario N°3)

El cálculo se efectuará proporcionalmente a la mejor oferta deduciendo el porcentaje de cada oferta presentada en relación a la más económica.

Fórmula de Cálculo:

Precio

Puntaje

Menor precio

100 puntos

Segundo menor precio y siguientes

Puntaje: (menor precio/precio en evaluación) X100

Ponderación: Puntaje obtenido x 50%

B.        Experiencia del oferente (Formulario N°4)

Cantidad de procedimientos de litotripsia realizados los años 2021-2022

Puntaje

>= 200 procedimientos

100 puntos

De 150 a 199

70 puntos

De 100 a 149

50 puntos

De 70 a 99

30 puntos

<70

0 punto

Ponderación: Puntaje obtenido x 30%

C.        Especificaciones técnicas (Formulario N°5)

Fórmula de Cálculo:

Especificaciones técnicas de los equipos y procedimientos

Puntaje

Cumple 100% con todas las especificaciones técnicas

100 puntos

Cumple parcialmente o no cumple

inadmisible

Ponderación: Puntaje obtenido x 15%

D.        Cumplimiento de requisitos formales

Fórmula de Cálculo:

Descripción

Puntaje

Oferta presentada no contiene errores u omisiones.

100 puntos

Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo.

  50 puntos

El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo.

    0 punto

Ponderación: Puntaje obtenido x 5%

El criterio “D”, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 40º inciso segundo del D.S. Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estableciendo que será facultativo para el Hospital, el posibilitar a un oferente:

Presentar certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido: i) con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas, o ii) se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar las ofertas y el periodo de evaluación, debiendo informarse de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas.

Lo anterior solo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, la igualdad de los oferentes, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas. Lo anterior, dado que el presente criterio de evaluación guarda armonía con lo preceptuado en el dictamen Nº 045757 del año 2009 de Contraloría General de la República, el cual estatuye que el objeto esencial de las formalidades es otorgar por la vía de la transparencia y de la igualdad de los licitantes, seguridad jurídica, de manera tal que la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia sólo en la medida que se constate que la omisión tipificada cause desmedro de los derechos del Estado, reste transparencia o rompa el principio de igualdad de los licitantes, lo que está en armonía con el principio de no formalización contemplado en el artículo 13º inciso segundo de la ley Nº 19.880, donde conforme al dictamen Nº 15601 del año 2009, los errores intrascendentes o no esenciales no constituyen causal suficiente para rechazar postulaciones en procesos concursales.

La Evaluación Final se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro:

 Puntaje final: Puntaje evaluación económica + experiencia del oferente + Especificaciones técnicas + cumplimiento de requisitos formales.

 

“La Comisión Evaluadora” recomendara o sugerirá al Director del Hospital, en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a los intereses del Hospital, aun cuando no sea la de menor precio.

La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este capítulo.

15°   ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA

Según los criterios de evaluación señalados en estas bases se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje, sin tener que ser necesariamente la oferta más económica.

La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio.

Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Hospital dentro del plazo señalado en el capítulo 6° de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Compras Públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Hospital, no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 24 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 30 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el capítulo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6 del reglamento de la ley Nº 19.886.

15.1    Del derecho a declarar inadmisible las propuestas o desierto el llamado

El Hospital, se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las propuestas por incumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y/o Técnicas, esto en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.886 sobre Compras Públicas. Del mismo modo, de no presentarse propuestas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la institución, se declarará desierto el llamado a licitación. En ambos casos se dictará una resolución fundada.

Los oferentes no tendrán derecho a solicitar indemnizaciones de ninguna especie, por los gastos incurridos para participar en esta propuesta.

15.2    Mecanismo de resolución de empate

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente.

  • En caso de empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación “oferta económica”.
  • En caso de continuar el empate, como segundo criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mayor puntaje en la “experiencia”.
  • En caso de continuar el empate, como tercer criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mayor puntaje en la “especificaciones técnicas”.
  • De persistir el empate se solicitará la opinión de la comisión evaluadora, quienes en conjunto y previo estudio de las ofertas dirimirá la igualdad.

15.3    Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Adjudicada la oferta propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación.

En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a jonathan.salvoc@redsalud.gob.cl, quien entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

16°     FACULTAD DE READJUDICAR

El Hospital podrá readjudicar la licitación en un plazo de 60 días hábiles (plazo referencial) contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en los siguientes casos, cuya enumeración no es taxativa:

 

a)  Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido.

b)  Si el Contrato no se firma dentro del plazo estipulado, por razones o causas atribuibles al adjudicatario.

c)  Si el adjudicatario desiste de su oferta.

d)  Error en la evaluación de las ofertas, subsanado oportunamente a través del sistema de información.

e)  Las inhabilidades de los artículos 8º y 10º de la Ley Sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo primero de la Ley nº 20.393.

La readjudicación se realizará vía resolución fundada del Hospital, y se comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl

La readjudicación deja sin efecto la adjudicación, asignando los bienes o insumos, prestaciones o servicios al oferente que resultó en segundo lugar del proceso evaluativo.

17°   CONTRATO

Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la formalización de un contrato de prestación de bienes y servicios. En dicho caso se deberá presentar además instrumentos de garantía descritos en numerando 12.2 de las presentes bases de licitación.

El contrato lo redactará la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital de conformidad a lo que se expresa en las bases de licitación, la oferta adjudicada y demás documentos que integran la relación contractual.

Formarán parte integrante del contrato, las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y la Resolución de Dirección que las aprueba, consultas y aclaraciones si las hubiere, la Resolución de Adjudicación, la oferta adjudicada, y demás normativas y reglamentos que se encuentren vigentes en la Institución.

Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de Licitación, no remitiendo la garantía de fiel y oportuno cumplimiento o desistiéndose de la propuesta; caso en el cual “el Hospital” se reserva el derecho a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y estará facultado para readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, según lo estime pertinente siempre y cuando dicha oferta sea conveniente para los intereses del Hospital.

En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

Si el adjudicatario no cumple con la firma y envío del contrato dentro del plazo señalado en el numeral 6° de las bases, el Hospital hará efectiva la garantía seriedad de la oferta, y quedará facultado para readjudicar el proceso, si fuera posible.

17.1    Vigencia

El contrato comenzará a regir, a partir de la total tramitación de la Resolución que Aprueba el Contrato, y tendrá una vigencia de 12 meses, o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicatoria.

17.2    Aumento y disminución de contrato

El contrato podrá ser aumentado o disminuido por iniciativa exclusiva del Hospital, hasta por un 30% si así lo estima conveniente para los intereses de la Institución, y tales variaciones no podrán significar una alteración del valor propuesto en su oferta económica.

Lo anterior, obedece a las características propias de la contratación y el carácter necesario que significa para una entidad de salud, permitiendo cubrir los requerimientos.

Para hacer efectiva dicho aumento, “el Hospital” deberá comunicar por escrito a su contratante la disposición a aumento o disminución del contrato, con a lo menos 5 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento. El aumento deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12° de las presentes bases.

Será requisito exigible la presentación de un informe por parte de la Unidad requirente o coordinador del contrato, el cual se respalde dicho requerimiento.

En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de aumento o disminución de contrato, sus principales implicancias y alcances.

Informe de respaldo debe acompañar y ser parte de la tramitación desde un inicio, por ende, debe ser presentado en tiempo y forma. Dando cumplimiento a plazos estipulados en bases de licitación.

17.3 Prórroga plazo del contrato

De ser necesario aumentar el plazo del contrato, esta prórroga será como máximo hasta 90 días desde terminado el plazo original, o desde agotado el presupuesto, y siempre que dicho acto sea gestionado, coordinado y comunicado al adjudicatario antes del vencimiento del contrato, fundadamente, y sólo se permitirá por una vez. La prórroga debe contar con VB de la Subdirección Administrativa o Medica del HBSJO según corresponda, y debe ser solicitada por el referente técnico del HBSJO.

Será requisito exigible la presentación de un informe por parte de la Unidad requirente o coordinador del contrato, el cual se respalde dicho requerimiento.

En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la prórroga de contrato, sus principales implicancias y alcances.

Informe de respaldo debe acompañar y ser parte de la tramitación desde un inicio, por ende, debe ser presentado en tiempo y forma. Dando cumplimiento a plazos estipulados en bases de licitación.

17.4 Término anticipado del contrato

Previa calificación de las circunstancias y por resolución fundada, el Hospital podrá poner término al contrato en forma anticipada e inmediata como consecuencia de un incumplimiento, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y de ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnización por perjuicios causados.

17.5    Resciliación del contrato

Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo en forma anticipada.

17.6    Cesión del contrato y subcontrataciones

El Adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.

Durante la ejecución del contrato, y previa autorización por escrito del Hospital, el adjudicatario sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por la Contraparte Técnica del Hospital.  En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Hospital.

17.7      Término anticipado del contrato por parte del Hospital

El Hospital se reserva el derecho de poner término al contrato anticipadamente si procede alguna de las siguientes causales:

a)     Por razones de Ley, actos de autoridad, caso fortuito, fuerza mayor, o por exigirlo el interés público o la seguridad nacional; el Hospital se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, y sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado.

b)     Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

c)     Si el Ejecutor es declarado en quiebra, o le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo. (Informe Chileproveedores).

d)     Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

e)     Pérdida de la confianza técnica en el desarrollo de los servicios contratados, lo que será avalado con informe técnico confeccionado por la contraparte técnica designada para el presente convenio.

f)      En caso de término de giro, liquidación, cambio de razón social, o disolución de la sociedad ejecutora. En tales eventos la entidad ejecutora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al Hospital, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.

g)     Cuando el Hospital posea evidencias fundadas que el oferente ha incumplido en forma reiterativa (multas superan en 20% del total del contrato) compromisos establecidos en las bases y el contrato, por causas imputables al oferente.

h)     Cuando el prestador proporcione antecedentes falsos en relación a las exigencias de las presentes Bases Administrativas y Técnicas.

i)      Cuando el prestador durante el periodo de vigencia del contrato, sea sancionado por la Autoridad Sanitaria o la Superintendencia de Salud.

j)      Que con la ocasión de la realización de una auditoría técnica y / o administrativa se concluya “graves incumplimientos a las normas técnicas de las especialidades o de las presentes bases técnicas y administrativas”.

k)     La realización de donaciones de bienes y/o servicios de todo tipo por parte del oferente adjudicado a los usuarios del Contrato o funcionarios públicos pertenecientes al Hospital.

l)      Inhabilidad del proveedor en sistema de chileproveedores, no subsanada en un plazo de 15 días hábiles desde que el Hospital comunica dicho incumplimiento. (la comunicación se realizará vía correo electrónico al coordinador del convenio de la empresa adjudicada).

m)   Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

n)     Falta de reposición y/o entrega de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato en plazos estipulados y en los mismos términos y condiciones originales.

  • o)     Si se excede el monto máximo previsto para la aplicación de multas. Esto es que las multas superan el 20% del total del contrato.

El término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de la indicada en la letra a), dará derecho al Hospital para cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de clausula penal y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al Hospital en contra del contratante.

El término anticipado del contrato, previo a su ejecución deberá ser informado al proveedor contratado mediante correo electrónico, argumentando el motivo de su término, adjuntando los antecedentes que respalden dicha decisión. El adjudicado contará con un plazo máximo de 5 días hábiles para impugnar dicha decisión y presentar sus descargos al Director del hospital Base San José de Osorno, quien, en conjunto con el Departamento Jurídico resolverán con todos los antecedentes si se acoge o no el termino anticipado del contrato.

En el caso de ser acogido el término anticipado del contrato se formalizará mediante Resolución Fundada y publicada en el sistema de información a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, salvo que concurran alguna de las situaciones señaladas en el artículo N°62 del reglamento N°250 de la ley 19.886.

Lo anteriormente indicado guarda relación con lo dispuesto en el artículo N°79 TER del reglamento N°250 de la ley 19.886.

17.8    Referente técnico del convenio

El Hospital Base San José Osorno supervisará periódicamente el buen cumplimiento del convenio, para lo cual se designa como Referente técnico al Médico jefe Servicio Clínico Urología del HBSJO (alvaro.hornig@redsalud.gob.cl), o quien subrogue, quien tendrá las siguientes funciones:

  • Revisar y dar V°B° del REPORTE mensual del proveedor si corresponde, para la posterior emisión de la orden de compra.
  • Ante cualquier irregularidad en el cumplimiento del contrato o posibles complicaciones desde el punto de vista técnico por parte del proveedor; deberá informar a la Subdireccion Administrativa y/o Subdirección Médica de este Hospital, y a Control de convenios para que se apliquen las multas que correspondan.
  • Conocer íntegramente las bases de este proceso licitatorio.

18°     CONTRAPARTE TÉCNICA DE LA ADJUDICATARIA PARA EL CONVENIO

El proveedor adjudicado designará un “Coordinador del convenio” con dedicación permanente que lo representará ante el Hospital para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Ejecutor. (Formulario N° 1)

En el desempeño de su cometido el Coordinador del Convenio deberá:

1.  Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del convenio.

2.  Emisión y envío de Informes mensuales para mantener ordenados los estados de pagos de facturas.

3.  Informar cualquier cambio en la calidad y/o presentación del servicio, en los plazos estipulados en estas bases y a quien corresponda.

4.  Coordinar las asesorías que el Hospital requiera.

5.  Recepcionar los reclamos y su gestión.

6.  Coordinar las urgencias.

7.  Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

Todo cambio relativo a la designación del Coordinador deberá ser informado a la Contraparte Técnica del Hospital por el Representante Legal, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio.

19°     CONFIDENCIALIDAD

El personal que ejecute labores en el Hospital, así como el proveedor adjudicado, quedan obligados a mantener reserva de la información relativa a éste de la cual conozcan en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación.

En especial mantendrán reserva de la información referida a pacientes y usuarios del Hospital.

El Ejecutor y las personas que desarrollen los servicios no podrán difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, información del Hospital o sus usuarios, de la cual haya tomado conocimiento en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación, reservándose el Hospital, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción.

20°     PRECIO

El precio unitario de cada insumo corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en el portal www.mercadopublico.cl, y en los documentos adjuntados en la licitación en su formulario económico (formulario Nº3). Éste, no será reajustable.

21°     REPORTE MENSUAL DEL ADJUDICATARIO

El proveedor deberá enviar mensualmente al Hospital mediante correo electrónico (dentro de los 5 primeros días del mes) un REPORTE en planilla Excel de los procedimientos realizados en el mes.

El Reporte mensual debe indicar lo siguiente:

  • Nombre completo, Rut, y edad del paciente
  • Procedencia (Ejemplo: Policlínico de Urología HBSJO)
  • Fecha y hora del procedimiento
  • Nombre del Técnico Operador
  • Nombre del Medico

El Reporte debe ser en planilla Excel, y se debe enviar a los correos electrónicos alvaro.hornig@redsalud.gob.cl, yasna.albarran@redsalud.gob.cl, y/o al funcionario designado por la Subdireccion administrativa. Este Reporte será validado técnica y administrativamente por el Hospital. Luego se emitirá la orden de compra respectiva.

MODELO REPORTE EN PLANILLA EXCEL

REPORTE MENSUAL LICITACION DE LITROIPSIA EXTRACORPOREA ID 1063538-293-LE22

Rut paciente

Nombre del paciente

Edad

Policlínico HBSJO

Fecha y hora del procedimiento

Nombre del técnico operador

Nombre del medico

 

 

 

 

 

 

La validación del REPORTE por parte del HBSJO, será requisito indispensable para proceder al (1) envío de la orden de compra, (2) recepción conforme de los servicios y finalmente (3) la facturación de estos.

22°        EMISIÓN DE LAS ÓRDENES DE COMPRA

Una vez formalizada la total tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato, y enviado el Reporte mensual al Hospital, se podrá emitir la primera orden de compra. Se emitirá orden de compra mensual.

El adjudicatario deberá aceptar las órdenes de compra a través del portal en un plazo máximo de 48 horas.

Antes del envío de cada orden de compra, el comprador de la Unidad de Abastecimiento verificará el cumplimiento del estado de habilidad y/o inscripción vigente del adjudicatario en chileproveedores.

La aceptación de la orden de compra por parte del proveedor será requisito indispensable para la recepción conforme que realizará el Hospital del servicio requerido a través del portal de compras públicas.

23°     DE LA FACTURACIÓN Y PAGO

El pago del servicio se efectuará contra la prestación requerida y ejecutada; además del proceder antes descrito: (1) aceptación de la Orden de compra a través de la plataforma Mercado público y (2) la validación o recepción conforme de los bienes/insumos o servicios requeridos.

Para ello, el referente técnico, referente administrativo, funcionario de abastecimiento u otro (según corresponda), deberán confirmar las prestaciones realizadas y emitir un informe respecto del debido cumplimiento del oferente adjudicado de los servicios contratados, particularmente desde un punto de vista sanitario y administrativo, teniendo presente lo establecido en las Bases.

La factura/boleta deberá emitirse a nombre del “Hospital Base San José de Osorno” y de acuerdo a los siguientes antecedentes.

  NOMBRE

Hospital Base San José De Osorno

RUT

61.602.260-1

DOMICILIO

Guillermo Bühler #1765, Osorno, Provincia De Osorno, Región De Los Lagos.

GIRO

Salud

Si el proveedor emite DTE Factura, debe proceder a lo siguiente para que la factura comercial no sea rechazada:

1.  Enviar archivo xml a casilla electrónica de intercambio dipresrecepcion@custodium.com en un plazo no superior a 48 horas contadas desde su emisión.

Para lo anterior, debe proceder a través de sus softwares de facturación propio o en Servicio de Impuestos Internos. No corresponde el envío por correo electrónico (e-mail).

2.  Debe referenciar el N° de orden de compra en el recuadro especial (campo 801) cuando sea una orden de compra de Mercado Publico.

Cuando se trate de una orden de compra “interna” (no de Mercado Público), no debe completar este campo. Este ingreso debe ser exacto; ya que, de lo contrario, el software utilizado por el hospital lo rechazara automáticamente.

3.  Debe coincidir el monto facturado con el monto recepcionado a través de la plataforma Mercado Público.

El período de pago corresponde a las disposiciones establecidas en Circular N° 34 del Ministerio de Hacienda donde instruye el pago de 45 días para el sector salud.

La forma de pago es mediante Cheque y/o Transferencia Electrónica después de 45 días de la fecha de recepción conforme de la factura/boleta respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno del suministro contratado.

El Hospital podrá reclamar del contenido de la factura dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción (ley 19.983); si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar la fecha de vencimiento para su pago.

24°   INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS

Antecedentes Generales

Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará al Hospital para aplicar una o más de las sanciones que se indican a continuación, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que posea constituidas el proveedor.

24.1    Infracciones Contractuales

Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa de 3 UTM por evento o día de incumplimiento:

  • Difundir, divulgar o comunicar sin la expresa autorización del Hospital todo o parte del informe, documento o servicio contratado.
  • No cumplir con el envío oportuno de información según corresponda al Coordinador del Contrato y/o funcionario designado por la Subdireccion administrativa cuando alguno de estos lo solicitase, especialmente en casos de requerimientos urgentes.

24.2    Del servicio

  • El Técnico operador no se presenta a realizar el procedimiento de litotripsia en la fecha y hora programada previamente. En este caso se deberá citar nuevamente al paciente: Multa de 3 UTM por paciente.

  • Atraso en el inicio del procedimiento por causas atribuibles al adjudicatario: Multa de 3 UTM por paciente. Se considera atraso de uno (1) a diez (10) minutos desde la hora programada. Después de los 10 minutos el procedimiento deberá ser Reprogramado para una nueva fecha.

Cualquiera de las dos situaciones señaladas anteriormente, no implicará costo adicional para el Hospital Base San Jose Osorno.

Para la tramitación y gestión de las posibles multas, el referente técnico o funcionario designado por la Subdireccion administrativa, informará a Control de convenios del Hospital los eventos ocurridos adjuntando los antecedentes e informes que lo justifiquen, actividad coordinada cuando corresponda con el asesor jurídico del Hospital.

Nota: Para el cobro de las multas se tomará como referencia el valor de la UTM del mes en que ocurrió el evento.

24.3    Procedimientos para aplicación de multa

En todos los casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o funcionario responsable, este le informara al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos.

Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que estos se hayan presentado, la entidad dictara la respectiva Resolución Exenta aplicando o no la multa.

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el hospital tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinara mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal.

Se hace presente que las notificaciones se realizaran al domicilio que le proveedor haya informado en la licitación o, en su defecto, el que tenga registrado en mercado público. En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor trascurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos.

24.4    Cobro de multas

Todo tipo de sanción o multa será comunicado mediante carta certificada de la Dirección del Hospital -o a través de quien ésta considere pertinente- al domicilio del representante indicado en el registro de proveedores o en el de la propuesta, a elección del Hospital o bien por notificación personal efectuada por quien administre el contrato.

El proveedor dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus descargos. Luego de dicho período, y con los antecedentes que disponga, se dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos y la sanción, si fuere el caso. El proveedor podrá interponer contra dicho acto el recurso de reposición establecido en la Ley 19.880 en los plazos y con los requisitos prescritos en la mencionada norma legal.

En caso que el Hospital resuelva el cobro de multas, el proveedor deberá realizar el pago dentro de quince (15) días hábiles contados desde la notificación mediante Resolución Exenta (que aplica la multa), por algunos de los siguientes medios:

 

  • Ø Depósito o transferencia electrónica a nombre de HOSPITAL BASE OSORNO  RUT 61.602.260-1 cuenta corriente N°81509097470 del Banco Estado, con copia del comprobante a los siguientes correos: jose.cordova@redsalud.gov.cl, gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl, yasna.albarran@redsalud.gob.cl,
  • Ø Pago directo en caja de Cobranza, ubicadas en edificio de Acceso Principal del Hospital.

 

Si el proveedor no efectúa el pago de dicha multa en el plazo otorgado, se hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. El proveedor, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de cobro de la garantía, deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en los mismos términos y condiciones exigidos en estas bases.

La falta de entrega de una nueva garantía será causal de término anticipado del contrato.

En el caso que no exista garantía de fiel cumplimiento de contrato y el proveedor no efectúe pago de multa en el plazo de 15 días hábiles, se dará término anticipado de contrato.

Para todos los casos del presente numeral que establece término anticipado de contrato, se informarán los antecedentes en el portal www.mercadopublico.cl.

El monto total de las multas no podrá exceder el 20% del monto total del contrato.

25°     RESPONSABILIDAD EN EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS

En caso se generarse responsabilidad civil extra-contractual deducida en contra este hospital, contenida en el título XXXV del libro cuarto del Código Civil o sobre falta de servicio a que se refieren las normas contenidas en los artículos 4º y 42 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y Título III, de la Ley Nº 19.966, que establece el Régimen de Garantías en Salud ,dará derecho para que el hospital ejerza las acciones de repetición en contra de la entidad licitante, que haya prestado dichos servicios en forma efectiva, para salvaguardar el patrimonio fiscal.

26°     SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del Director del Hospital, previo informe en derecho emitido por el abogado del Hospital o Informe Técnico emitido por la Contraparte Técnica del Hospital, según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.

 

 

 

 

 

 

 

 


 

BASES TÉCNICAS

LICITACIÓN PÚBLICA

 

“CONVENIO ARRIENDO EQUIPO LITOTRIPSIA EXTRACORPOREA CON OPERADOR PARA PACIENTES DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO”

ID: 1063538-293-LE22

1°        OBJETIVO

El Hospital Base San José Osorno requiere generar un arriendo de un (1) equipo litotriptor extracorpóreo con operador. Lo anterior, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases técnicas y sus anexos.

2°        Cantidad aproximada

LITOTRIPSIA EXTRACORPÓREA CON OPERADOR: 20 PROCEDIMIENTOS

Se establece que la cantidad señalada es referencial y siempre estará sujeta a demanda, por lo tanto, el Hospital no se obliga a adquirirla en su totalidad, dando así flexibilidad a los requerimientos.

3°        ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL EQUIPO LITOTRIPTOR EXTRACORPOREO

  1. Litotriptor Extracorpóreo portátil, tipo o similar a marca Storz Medical Ag. de generación electromagnética. Con nivel de intensidad variable de +-10KV a – 25 KV y frecuencia entre 60 y 120 disparos por minuto.
  2. Mesa multifuncional para procedimientos de Endoscopía y Litotripsia.
  3. El Litotriptor deberá permitir acople con electrocardiógrafo en línea.
  4. Localización de los cálculos urinarios por rayos X a través de Arco C y por Ecografía en tiempo real, con ecógrafo acoplado al equipo.
  5. Arco C de tipo portátil acoplado al Litotriptor con irradiación de rayos X de un radio no mayor a 2 Mts.
  6. Impresora digital de imágenes para controles radiológicos tras operaciones.
  7. Equipo de ecografía acoplada a Litotriptor en tiempo real y trasductor de +-3.5MHZ.
  8. Los equipos deberán funcionar con un voltaje de 220 Volts y deberán tener capacidad de instalarse el mismo procedimiento.

4°     OTROS REQUERIMIENTOS TECNICOS PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE LITOTRIPSIA EXTRACORPOREA

  1. El adjudicatario deberá proveer de un mínimo de 5 delantales plomados para el equipo médico y de apoyo.

  1. El adjudicatario debe disponer de los equipos en el Hospital Base San Jose Osorno, ubicado en calle Guillermo Bühler Nº 1765, o donde este último lo disponga, en un plazo no mayor a 24 horas desde generada la solicitud, la cual será realizada vía correo electrónico por el Referente técnico del Hospital, o por quien le subrogue.

  1. El adjudicatario dispondrá de un técnico operador de equipo litotriptor para este convenio, el cual debe estar plenamente calificado para instalar, operar y desmontar el equipo litotriptor. Debe incluir en su oferta toda la información pertinente al técnico operador: curriculum vitae resumido, y certificaciones pertinentes.

  1. El traslado del técnico operador más el equipo hacia y desde el Hospital, será por cuenta del adjudicatario.

  1. El adjudicatario inspeccionará el recinto que el Hospital destine para realizar los procedimientos, y entregará las recomendaciones necesarias para la ejecución y desarrollo de los servicios de litotripsia.

  1. Un mismo cálculo que deba tratarse en más de una ocasión será referido en adelante como RETRATAMIENTO:

  • Los tratamientos a costo del adjudicatario serán aquellos que el tratamiento inicial no haya fragmentado visiblemente un cálculo igual o menor tamaño a 1.5 cm., en cualquiera de sus dimensiones.
  • Los retratamientos a costo del Hospital serán aquellos que el cálculo inicial sea de un tamaño mayor a 1.5 cm. en cualquiera de sus dimensiones, un coraliforme, aquellos que hayan sido retratados por parte del adjudictario y que aún no hayan sido eliminados.
  • El plazo de Retratamiento debe ser después de 120 días desde el tratamiento inicial.

  1. La supervisión técnica del Hospital podrá suspender el procedimiento, siempre y cuando estime que no se están cumpliendo las normas de calidad y seguridad exigidas.

  1. El adjudicatario deberá cumplir con la normativa de traslado de equipos según legislación sanitaria.

  1. El adjudicatario, en caso de suspender temporalmente la entrega del servicio, por mantención de equipamiento u otra causal similar, deberá informar oportunamente esta situación al Referente técnico del Hospital vía correo electrónico, en un plazo no menor a 10 días corridos anteriores a la suspensión del servicio.

10.  Toda impresión o discordancia en los antecedentes, o falta de aclaración de un detalle deberá interpretarse en la forma que mejor beneficie el convenio.

11.  Los oferentes deberán incluir en su oferta técnica, cualquier ítem o tema que no esté previsto en estas bases técnicas, y que sea necesario e indispensable considerar.

12.  Los procedimientos deberán ser efectuados dentro del horario funcionario de los médicos, y la coordinación estará a cargo del Jefe de Pabellón quirúrgico o Referente técnico del Hospital.

5°        EXPERIENCIA DEL OFERENTE

Los oferentes deberán informar respecto de su experiencia en el rubro. Deben indicar la cantidad de procedimientos de litotripsia extracorpórea realizados los años 2021 y 2022. Debe acreditar adjuntando certificado del órgano público o privado, o los contratos respectivos.

Los certificados deben contar con los respectivos sellos y firmas que le den el carácter de oficial. Ambos documentos deben señalar claramente la cantidad de procedimientos en tal periodo de tiempo.

______________________________________________________________

IV.- ANEXOS

_____________________________________________________________

FORMULARIO Nº 1

IDENTIFICACION DEL PROPONENTE

“CONVENIO ARRIENDO DE EQUIPO LITOTRIPSIA EXTRACORPOREA CON OPERADOR”

ID: 1063538-293-LE22

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

DATOS DEL PROPONENTE:

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

Domicilio

Teléfono

Fax

Correo electrónico

REPRESENTANTE LEGAL: (sólo en caso de persona jurídica)

Nombre completo

Nº Cédula de Identidad

Instrumento en que consta su personería (indicar tipo de documento, fecha, notaría, etc.).

COORDINADOR TECNICO*:

Nombre completo

Cargo o función

Teléfono (Anexo) / Fax

Correo electrónico

CONTACTO DEL PROPONENTE:

Nombre completo

Cargo o función

Teléfono (Anexo) / Fax

Correo electrónico

El proponente que suscribe establece que el coordinador técnico designado se encuentra facultado(a) para representar y actuar como contraparte de ella ante el Hospital en todo el proceso que implique la presente Licitación, y que conoce sus funciones establecidas en las presentes Bases.

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2022

FORMULARIO Nº 2

ACEPTACIÓN DE BASES Y CONOCIMIENTO DE LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS

“CONVENIO ARRIENDO DE EQUIPO LITOTRIPSIA EXTRACORPOREA CON OPERADOR”

ID: 1063538-293-LE22

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

El proponente que suscribe se compromete ante el Hospital Base San José de Osorno a suministrar los bienes o insumos, convenios o prestaciones materia de la presente propuesta, de acuerdo a las Bases Administrativas, Técnicas y anexos que forman parte de la presente licitación.

 

Asimismo, el proponente que suscribe declara:

 

Haber recibido, estudiado y aceptado las Bases Administrativas, Técnicas y anexos que conforman la presente propuesta publica del Hospital Base San José de Osorno.

 

Estar conforme con las condiciones generales del Contrato, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes Bases Administrativas Generales y Técnicas, aceptándolas en todas sus partes.

 

Que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los últimos dos años.

 

Estar conforme con las condiciones generales del proyecto, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecido en las bases Administrativas Generales, Especificaciones Técnicas, Aclaraciones y todo otro documento oficial de la Propuesta, en el entendido que dichos antecedentes formarán parte del contrato.

 

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2022

FORMULARIO Nº 3

OFERTA ECONÓMICA

“CONVENIO ARRIENDO DE EQUIPO LITOTRIPSIA EXTRACORPOREA CON OPERADOR”

ID: 1063538-293-LE22

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

 

 

 

LINEA PORTAL

DESCRIPCION

VALOR UNITARIO DEL PROCEDIMIENTO (neto)

1

009-0127 | ARRIENDO DE EQUIPO LITOTRIPTOR EXTRACORPOREO CON OPERADOR

$

 

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2022

FORMULARIO Nº 4

EXPERIENCIA DEL OFERENTE

 

“CONVENIO ARRIENDO DE EQUIPO LITOTRIPSIA EXTRACORPOREA CON OPERADOR”

ID: 1063538-293-LE22

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

INSTITUCION DE SALUD

CANTIDAD DE PROCEDIMIENTOS DE LITOTRIPSIA 2021

CANTIDAD DE PROCEDIMIENTOS DE LITOTRIPSIA 2022

NOMBRE CONTACTO INSTITUCION

FONO DEL CONTACTO

ACREDITA CON CONTRATO/CERT

 (señale cual)

1

2

N

Certificados adjuntados_____________

Contratos adjuntados_______________

  • Debe acreditar adjuntando certificado del órgano público o privado, o contratos.
    • En el caso de Unión Temporal de Proveedores solo se considerará al socio que acredite mayor experiencia y no la suma de todos los socios que la integren.

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2022

FORMULARIO Nº 5

ESPECIFICACIONES TECNICAS

 

“CONVENIO ARRIENDO DE EQUIPO LITOTRIPSIA EXTRACORPOREA CON OPERADOR”

ID: 1063538-293-LE22

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EQUIPO LITOTRIPTOR EXTRACORPOREO CON OPERADOR

CUMPLE

1.  Litotriptor Extracorpóreo portátil, tipo o similar a marca Storz Medical Ag. de generación electromagnética. Con nivel de intensidad variable de +-10KV a – 25 KV y frecuencia entre 60 y 120 disparos por minuto.

SI___ NO___

2.  Mesa multifuncional para procedimientos de Endoscopía y Litotripsia.

SI___ NO___

3.  El Litotriptor deberá permitir acople con electrocardiógrafo en línea.

SI___ NO___

4.  Localización de los cálculos urinarios por rayos X a través de Arco C y por Ecografía en tiempo real, con ecógrafo acoplado al equipo.

SI___ NO___

5.  Arco C de tipo portátil acoplado al Litotriptor con irradiación de rayos X de un radio no mayor a 2 Mts.

SI___ NO___

6.  Impresora digital de imágenes para controles radiológicos tras operaciones.

SI___ NO___

7.  Equipo de ecografía acoplada a Litotriptor en tiempo real y trasductor de +-3.5MHZ.

SI___ NO___

8.  Los equipos deberán funcionar con un voltaje de 220 Volts y deberán tener capacidad de instalarse el mismo procedimiento.

SI___ NO___

OTROS REQUERIMIENTOS TECNICOS

CUMPLE

Oferente cumple 100% con todas exigencias señaladas en el numeral 4° de las bases técnicas.

SI___ NO___

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2022

FORMULARIO Nº 6

DECLARACION JURADA SIMPLE ARTICULO 4º LEY 19.886

 

“CONVENIO ARRIENDO DE EQUIPO LITOTRIPSIA EXTRACORPOREA CON OPERADOR”

ID: 1063538-293-LE22

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

 

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

Yo, ____________________, RUT ___________, en representación de __________, RUT _______________ (sólo en caso de ser persona jurídica) declaro no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores a la firma del presente contrato. De acuerdo a lo estipulado en artículo 4 inciso primero ley 19.886.

Además, declaro cumplir con lo establecido en artículo 4º, inciso sexto, ley 19.886, que estipula lo siguiente: “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº 18.575, ley orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas forman parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital , ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.

RAZON SOCIAL EMPRESA: ___________________________________________

DIRECCION: ______________________________________________________

TELEFONO: ______________________

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2022

FORMULARIO Nº 7

DECLARACION JURADA SIMPLE LEY Nº 20.393 QUE ESTABLECE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURIDICAS EN LOS DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y DELITOS DE COHECHO.

“CONVENIO ARRIENDO DE EQUIPO LITOTRIPSIA EXTRACORPOREA CON OPERADOR”

ID: 1063538-293-LE22

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

El proponente que suscribe, con el sólo hecho de presentar su oferta a esta propuesta declara y acepta explícitamente lo siguiente:

Declaro que la empresa ____________________________________ no se encuentra inhabilitada con alguna condena sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, por la aplicación de los delitos de la Ley Nº 20.393, que afecte de manera alguna su calidad de oferente en el proceso licitatorio, dando pleno cumplimiento además a lo estipulado en la Ley Nº 19.886 sobre requisitos para contratar con la Administración del Estado.

RAZON SOCIAL EMPRESA: ___________________________________________

DIRECCION: ______________________________________________________

TELEFONO: ______________________

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2022