Licitación ID: 1063538-3-LP23
SERVICIO ARRIENDO USO ESPACIO FISICO PARA CASINO
Responsable de esta licitación: HOSPITAL BASE OSORNO, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 39
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Arriendo de instalaciones comerciales o industriales 1 Mes
Cod: 80131502
ARRIENDO USO DE ESPACIO FISICO CON SERVICIO DE CASINO Y CAFETERÍA PARA EL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO (VALOR EN U.F.)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO ARRIENDO USO ESPACIO FISICO PARA CASINO
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
El Hospital Base San José de Osorno llama a todas las personas naturales o jurídicas a presentar ofertas para el servicio arriendo uso espacio físico con servicio de Casino y Cafetería para el Hospital Base San José Osorno, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL BASE OSORNO
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.260-1
Dirección:
GUILLERMO BUHLER 1765, OSORNO
Comuna:
Osorno
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-02-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 24-01-2023 19:26:43
Fecha inicio de preguntas: 24-01-2023 19:31:00
Fecha final de preguntas: 15-02-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-02-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-02-2023 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-02-2023 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 30-03-2023 16:05:49
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA OBLIGATORIA A TERRERO, LUGAR: ENTRADA PRINCIPAL DEL CASINO HBSJO, CONTACTO JEFA U. DE ALIMENTACION, O QUIEN SUBROGUE, O EN QUIEN DELEGUE 13-02-2023 9:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 10.1 De los Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán adjuntar a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes: • Formulario Nº1: Identificación del proponente • Formulario Nº2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública. • Formulario Nº8: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley nº 19.886. • Formulario Nº9: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho. • Certificado de Habilidad Registro de Proveedores, con el cual certifica su estado de habilidad para ser contratado por el Estado de Chile. • Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales: Los oferentes no deben registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Para acreditar lo anterior, los oferentes deben adjuntar en su oferta el CERTIFICADO DE ANTECEDENTES LABORALES Y PREVISIONALES. Si el certificado señala anotaciones u observaciones vigentes, la oferta no será evaluada y quedará automáticamente fuera del proceso. De igual forma resultara inadmisible si no presenta dicho certificado en su oferta (REQUISITO EXCLUYENTE). • El servicio de casino deberá dar todas las facilidades en cuanto a la modalidad de pago, permitiendo el pago con diferentes medios. Esto es efectivo, débito, crédito, y sistemas de tarjeta electrónica. Los oferentes que participen de esta licitación deberán contar con sistema de transacción para plataformas EDENRED, SODEXO, AMIPASS, u otros. La oferta que no cumpla no será evaluada y quedara automáticamente fuera del proceso (REQUISITO EXCLUYENTE). • Garantía de Seriedad de la Oferta extendida de acuerdo con el punto nº 12.1 de estas Bases. REQUISITO EXCLUYENTE La Garantía de Seriedad de la oferta podrá ser enviada electrónica o físicamente. En el primer caso (cuando sea con firma electrónica o código de barra) debe ser escaneada e informada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl. Además, el archivo deberá ser cargado en portal www.mercadopublico.cl junto a los demás documentos que acompañen la oferta respectiva; y en el segundo caso (cuando no tengan cabida en lo mencionado anteriormente) debe ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base San José de Osorno, con plazo hasta la fecha de cierre de recepción de las ofertas. REQUISITO EXCLUYENTE, por lo que su omisión será causal de rechazo de la oferta en el acto de Apertura. Los oferentes deberán adjuntar además la siguiente información, en el caso de NO encontrarse vigente en el portal de compras. 1. Documentación que acredite constitución legal de la empresa, vigencia y poderes de quienes actuarán en representación del proveedor. 2. Copia simple de la escritura pública donde conste el representante legal con facultades suficientes para concurrir a la presente licitación y suscribir el contrato correspondiente. 3. Certificado de vigencia con anotaciones vigentes de una data no superior a 30 días, de constitución de la sociedad y personería. 4. Fotocopia del RUT del oferente y de la Cédula de Identidad de su representante legal.
Documentos Técnicos
1.- 10.3 De la Propuesta Técnica Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en las Bases Técnicas. Para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas. La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de prestación de servicios requeridos y la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación. • Propuesta Técnica: Los oferentes deben elaborar y presentar en su oferta una PROPUESTA TÉCNICA (en formato PDF) conforme a lo establecido en las bases técnicas, con la debida entrega de información y antecedentes. • Anexo N°2: Tabla gramaje y frecuencia de consumo • Anexo N°3: Especificaciones técnicas • Formulario N°5: Experiencia del oferente, cantidad de convenios equivalentes • Formulario N°6: Horario de atención del servicio • Formulario N°7: Condiciones de empleo y remuneración
 
Documentos Económicos
1.- 10.2 De la Propuesta Económica Los oferentes deben completar y enviar en forma electrónica su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl. Los precios ofertados deberán registrarse en Unidades de Fomento (UF), valor neto y sin decimales. 10.2.1 Valor base o mínimo mensual fijo Corresponde al valor que será percibido cada mes por el Hospital, y que deberá ser expresado en Unidades de Fomento (UF), y corresponder al valor mensual fijo neto a pagar al Hospital Base San Jose Osorno por el concepto de arriendo, el cual se pagará por mes anticipado hasta el día 5 de cada mes. Para este efecto se establece un mínimo de 86 UF (Unidades de Fomento) valor neto mensual. Cualquier oferta económica que sea inferior al valor señalado no será evaluada, y será declarada inadmisible (REQUISITO EXCLUYENTE). Los oferentes deben completar el Formulario Nº3 con su oferta económica. El formulario debe ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo. Este documento debe ser anexado en los antecedentes económicos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios N° SUBCRITERIOS DESCRIPCION ESPECIFICACIONES TECNICAS PUNTAJE A PONDERAR 1 Proceso de Funcionamiento, horario de trabajo y organigrama del oferente. El oferente dentro de su propuesta técnica indica y especifica claramente "Proceso de funcionamiento, horario de trabajo y organigrama" del personal destinado para esta licitación. 10 El oferente dentro de su propuesta técnica NO indica y especifica claramente "Proceso de funcionamiento, horario de trabajo y organigrama" del personal destinado para esta licitación. inadmisible 2 Nómina de proveedores El oferente dentro de su propuesta técnica indica y especifica claramente "Nómina de Proveedores" y su respectiva resolución sanitaria, que permita resguardar que las materias primas utilizadas provienen de establecimientos autorizado. 10 El oferente dentro de su propuesta técnica NO indica y NO especifica claramente "Nómina de Proveedores" y no presenta resoluciones sanitarias en relación a la licitación. inadmisible 3 Manual de Buenas Prácticas de Manufactura El oferente dentro de su propuesta técnica presenta Manual de Buenas Prácticas de Manufactura. 10 El oferente dentro de su propuesta técnica NO presenta Manual de Buenas Prácticas de Manufactura. inadmisible 4 Programa de control de plagas y manejo de residuos El oferente dentro de su propuesta técnica presenta “Programa de control de plagas” y “Manejo de residuos” 10 El oferente dentro de su propuesta técnica NO presenta “Programa de control de plagas” y “Manejo de residuos” inadmisible 5 Protocolo de prevención de riesgos en las instalaciones o dependencias habilitadas para casino del HBSJO. El oferente dentro de su propuesta presenta “Protocolo de prevención de riesgos” de acuerdo a la ley 16.744 y DS 594, en las instalaciones o dependencias habilitadas para casino del HBSJO destinado para esta licitación. 10 El oferente dentro de su propuesta técnica NO presenta “Protocolo de prevención de riesgos” de acuerdo a la ley 16.744 en las instalaciones o dependencias habilitadas para casino del HBSJO destinado para esta licitación. inadmisible 6 Programa de Higiene del personal El oferente dentro de su propuesta técnica presenta Programa de higiene de personal y sus registros correspondientes. 10 El oferente dentro de su propuesta técnica NO presenta Programa de higiene de personal y sus registros correspondientes. inadmisible 7 Programa de capacitación para personal manipulador de alimentos El oferente debe contar con un programa de capacitación anual para todo el personal manipulador de alimentos, con sus respectivos registros. 10 El oferente NO cuenta con un programa de capacitación anual para todo el personal manipulador de alimentos con sus respectivos registros. inadmisible 8 Carta Gantt de puesta en marcha El oferente dentro de su propuesta técnica indica y especifica claramente Carta Gantt de habilitación del Casino en condiciones de funcionamiento, destinados para esta licitación, con 60 días corridos como plazo máximo para entrar en operaciones. 10 El oferente dentro de su propuesta técnica NO indica o no especifica claramente Carta Gantt de habilitación del Casino en condiciones de funcionamiento, con 60 días corridos como plazo máximo para entrar en operaciones. inadmisible 9 Detalle del Mobiliario, Equipamiento, equipos y accesorios ofertados El oferente dentro de su propuesta técnica indica y especifica claramente detalle del mobiliario, equipamiento, equipos y accesorios ofertados para esta licitación, con elementos amigables con el medio ambiente y que sigan el diseño arquitectónico del HBSJO. Mínimo 3 ítems de mobiliario, Ej. Refrigeración, hornos, etc. 10 El oferente dentro de su propuesta técnica NO indica ni especifica detalle del mobiliario, equipamiento, equipos y accesorios ofertados para esta licitación. inadmisible 10 Detalle Portafolio de productos, promociones, menús (fríos o calientes), desayunos, ensaladas, postres, helados, entradas, líquidos (bebidas y/o jugos), categoría de café de máquinas, colaciones, etc. Para venta con sus respectivos precios. El oferente dentro de su propuesta técnica indica y especifica claramente detalle portafolio de todos los productos, promociones, menús (planificación de minutas quincenal), desayunos, ensaladas, postres, helados, entradas, líquidos (bebidas y/o jugos), categoría de café de máquinas, colaciones, etc. Para venta con sus respectivos precios para esta licitación. 10 El oferente dentro de su propuesta técnica NO indica ni especifica claramente detalle portafolio de productos, promociones, menús, desayunos, ensaladas, postres, helados, entradas, líquidos (bebidas y/o jugos), categoría de café de máquinas, colaciones, etc. Para venta con sus respectivos precios para esta licitación. inadmisible 30%
2 Experiencia de los Oferentes Convenios equivalentes desde 2015 hasta la fecha de publicación de esta licitación Puntaje >=5 convenios 100 puntos 4 convenios 80 puntos 3 convenios 60 puntos 2 convenios 40 puntos 1 convenio 10 puntos 0 convenio 0 punto 15%
3 Condiciones de empleo y remuneración Mayor sueldo bruto mensual y permanente 100 puntos Segundo mayor sueldo y siguientes Puntaje= (sueldo bruto mensual evaluado/ mayor sueldo bruto mensual) X 100 5%
4 Cumplimiento de los requisitos Cumplimiento de requisitos formales Oferta presentada no contiene errores u omisiones 100 puntos Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo 50 puntos El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo 0 punto 5%
5 Precio Mayor valor base fijo de arriendo 100 puntos Segundo mayor valor y siguientes Puntaje= (precio oferta económica evaluada/mayor precio oferta presentada) X100 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: JOSE CORDOVA DIAZ
e-mail de responsable de pago: gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: YASNA ALBARRAN SOTO
e-mail de responsable de contrato: yasna.albarran@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-64-2567074-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
17.4 Cesión del contrato y subcontrataciones El Adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecido
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO
Fecha de vencimiento: 24-05-2023
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: “GARANTIZA LA SERIEDAD DE LA OFERTA PARA EL SERVICIO ARRIENDO USO ESPACIO FISICO CON SERVICIO DE CASINO Y CAFETERIA PARA EL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO, ID 1063538-3-LP23”
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. En el caso del oferente adjudicado, la devolución de la boleta Seriedad de la Oferta se hará efectiva luego de entregada la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y firmado el respectivo contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO
Fecha de vencimiento: 13-08-2025
Monto: 8 %
Descripción: No hay información
Glosa: “CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO PARA EL SERVICIO ARRIENDO USO ESPACIO FISICO CON SERVICIO DE CASINO Y CAFETERIA PARA EL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO, ID 1063538-3-LP23”
Forma y oportunidad de restitución: Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla al término de los 90 días posterior al contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería Antes de solicitar dicha devolución, Administración de contratos del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
I. BASES ADMINISTRATIVAS
BASES ADMINISTRATIVAS LICITACIÓN PÚBLICA “SERVICIO ARRIENDO USO ESPACIO FISICO CON SERVICIO DE CASINO Y CAFETERIA PARA EL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO” ID: 1063538-3-LP23 HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO 1° OBJETIVO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA 1.1 Objetivo El Hospital Base San José de Osorno, en adelante también el “Hospital”, llama a todas las personas naturales o jurídicas a presentar ofertas para el servicio arriendo uso espacio físico con servicio de Casino y Cafetería para el Hospital Base San José Osorno, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquella adquisición mayor o igual a 1.000 e inferior a 2.000 UTM. 1.2 Ámbito El servicio de casino que se adjudique y contrate será proporcionado al Hospital Base San José Osorno, y las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada para estipular dicho servicio. Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del Hospital y publicado en el portal www.mercadopublico.cl. Por lo anterior, cada oferente interesado en participar, deberá estudiar y analizar cuidadosamente el contenido de las bases administrativas y técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones de mercado que de alguna manera afecte el o los costos de lo licitado, tales como: permisos, licencias, remuneraciones, mobiliario, implementación, utilidades, seguros, entre otros. Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra. 2° BASES DE LICITACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS Las presentes Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos: 2.1 Bases de licitación ● Bases Administrativas ● Bases Técnicas ● Formularios y anexos 2.2 Definición de términos. ● Licitación o Propuesta Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual la Administración realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente. (Artículo 2º, numeral vigésimo primero del Decreto Supremo Nº250 de 2004, del Ministerio de Hacienda). ● Ley de Compras: Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. ● Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el Hospital Base San José de Osorno, que describen los bienes o insumos, prestaciones o servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas. (Artículo 2º, numeral tercero del Decreto Supremo Nº250 de 2004, del Ministerio de Hacienda). ● Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras. ● Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar. ● Oferta: El costo ofrecido por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en ellas. ● Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización. ● Días corridos: corresponde a todos los días de la semana, incluyendo sábado y domingo, feriados y festivos. Al momento de referirse a la palabra “días” se entenderá como “días corridos”. ● Cierre de licitación: Fecha límite designada para presentar ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, la oportunidad para ingresar propuestas a través del portal de compras debe ajustarse efectivamente al cronograma del llamado a licitación. ● Comisión evaluadora: Delegación de funcionarios del Hospital Base San José de Osorno designados por su Director(a) con el objeto de asesorarlo en la apertura de la propuesta y la evaluación de las ofertas. ● Apertura: acto de apertura electrónica por el cual el establecimiento toma conocimiento del contenido de las ofertas presentadas a través del sistema de información de compras y contratación pública, una vez vencido el plazo de presentación fijado para tal efecto. ● Adjudicación: acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministros o servicios, regido por la Ley 19.886, en adelante, también, la “Ley de compras”. (Artículo 2°, numeral primero del Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda). ● Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo. ● Precio de Referencia: Corresponde a una aproximación del precio a pagar por el servicio licitado. ● Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el Hospital encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. ● Especificaciones Técnicas: Es aquel conjunto de características técnicas que deberá cumplir como mínimo el servicio en licitación a entregar por el proveedor. ● Garantía: Aquel instrumento que asegure la seriedad o fiel y oportuno cumplimiento de un contrato. Dicho documento asegura su cobro en forma rápida oportuna y efectiva. ● Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección. ● Unión Temporal de Proveedores: asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo. ● El Hospital: Hospital Base San Jose Osorno. ● HBSJO: Para efectos de esta licitación, hace referencia al Hospital Base San Jose Osorno. 3° NORMATIVA Y ORDEN DE PRECEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS Sin perjuicio de la normativa legal vigente, el presente llamado a licitación, se regirá por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica: ● Bases Administrativas, Técnicas y sus formularios, Condiciones, Contractuales y Resolución Aprobatoria. ● Aclaraciones, respuestas y modificaciones de las bases de licitación, si las hubiere. ● Oferta de él o los proponentes respectivos. ● Resolución adjudicataria. ● Resolución aprobatoria de contrato, si corresponde. ● Orden de compra (No aplica para este tipo de contratación) 4° LLAMADO A LICITACIÓN El llamado a propuestas se publicará a través del portal www.mercadopublico.cl. El presente proceso licitatorio público se regirá por lo dispuesto en la ley Nº 19.886 y su reglamento aprobado por decreto supremo Nº 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda y sus posteriores modificaciones, lo dispuesto en las presentes bases administrativas y técnicas, sus anexos, las preguntas, respuestas y aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la resolución respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente. Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que el Hospital publique en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl el documento, acto, o resolución objeto de la notificación. 5° REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la declaración jurada requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad. Podrán participar en esta propuesta pública las personas naturales, jurídicas, chilenas o agencias extranjeras o uniones temporales de proveedores (Artículo 67 bis), que cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos y acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente, además de cumplir con lo siguiente: ● No estar afecta a alguna de las causales del artículo 4º de la Ley 19.886 de compras Públicas. (Formulario N°8). ● En caso de personas jurídicas, no estar afecta a alguna de las inhabilidades de la Ley 20.393. (Formulario N°9). Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años. En caso de Uniones Temporales de Proveedores, cumplir con los requisitos exigidos en el art. 67 bis del Decreto 250 que contiene el Reglamento a la Ley de Compras Públicas. 5.1 Unión temporal de proveedores Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de este Reglamento. La propuesta deberá ser presentada por un único representante al que se denominará “oferente”, quien actuará en representación del resto de los integrantes de la Unión y será responsable directo de la propuesta ante la entidad licitante, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria e indivisible de quienes la componen, la que deberá constar en el acuerdo en el conste la unión temporal que deberán suscribir de conformidad a lo establecido en el art. 67 bis del D.S.250/2004 Reglamento de Compras. Debe adjuntar, junto a la propuesta, el acuerdo en el que conste la constitución de la Unión Temporal de Proveedores. La no presentación de este acuerdo al momento de presentar la oferta es causal de rechazo de la misma. El contenido del acuerdo de la unión temporal de proveedores deberá señalar los siguientes aspectos básicos: 1.- La responsabilidad solidaria de todos quienes conforman esta unión temporal de proveedores, respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante. 2.- El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes de administración y representación para actuar por la unión temporal tanto con la entidad licitante, por ejemplo, para contratar la garantía de fiel cumplimiento de contrato entre otras acciones, como frente a terceros con quienes deba interactuar a fin de dar cumplimiento a las obligaciones que forman pare de la presente licitación. 3.- Serán socios de esta unión temporal sólo quienes hayan concurrido a la presentación de la oferta en la presente licitación, no se permitirá el ingreso de terceros que no hayan sido debidamente ingresados en la presentación de las ofertas. Asimismo, se debe asegurar la presencia de cada uno de los miembros durante la ejecución del contrato. 4.- La no suscripción del instrumento de constitución de la unión temporal por parte de todos quienes acudieron a la presentación de la oferta, será suficiente para tener por desestimada la oferta y re-adjudicar. 5.- Definir la forma de facturación de la unión temporal de proveedores. 6.- Definir quién de los integrantes de la Unión Temporal va a tomar las garantías a nombre del Servicio de Salud de Osorno. 7.- La Duración de la Unión Temporal será el periodo de ejecución del contrato con la entidad licitante, más la renovación de contrato si procediere. 6° PLAZOS La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos establecidos en las bases, (ficha del portal mercadopublico.cl) A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, los domingos y los festivos. Fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl Hasta 30 días corridos desde la total tramitación de la resolución que aprueba las presentes bases de licitación. Fecha inicio preguntas A contar de la publicación en el portal de compras públicas. Fecha visita a terreno Al vigésimo (20) día corrido a contar de la publicación. Fecha final de preguntas Hasta las 17:00 hrs. del vigésimo segundo (22) día corrido a contar de la publicación. Fecha de publicación de respuestas Hasta las 17:00 hrs. del vigésimo quinto (25) día corrido a contar de la publicación. Fecha de cierre de recepción de ofertas A las 15:00 hrs. del trigésimo (30) día corrido a contar de la publicación. Fecha de acto de apertura de ofertas Al trigésimo (30) día corrido desde la publicación de la licitación a las 15:05 hrs. Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la Comisión de Evaluación Hasta 48 horas a partir de la publicación de solicitud de aclaración en portal de www.mercadopublico.cl. Fecha estimada de adjudicación Hasta el sexagésimo (60) día hábil siguiente a la fecha de cierre de evaluación de propuestas. Fecha para entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato Hasta el sétimo día (7) día corrido siguiente a la fecha de notificación por parte del Hospital (Dpto. Jurídico). Fecha para firma de contrato Hasta el décimo (10) día hábil siguiente a la fecha de notificación y envío de documentos por parte del Hospital (Dpto. Jurídico). Fecha término de contrato 24 meses contados desde la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba. Atendida la naturaleza y complejidad del servicio licitado, y por motivos de buen funcionamiento del Hospital Base San José de Osorno, se aumentan los plazos de publicación de veinte a treinta días corridos desde la publicación al cierre de recepción de las ofertas. 7° DOMICILIO Y JURISDICCIÓN Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Osorno y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. 8° CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES Los proponentes podrán formular, consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro Electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado. Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán razonar desconocimiento de las mismas. Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Hospital podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes. Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl). 9° VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS La propuesta deberá tener validez de 120 días contados desde la fecha de apertura electrónica. Si dentro de dicho plazo no fuese posible efectuar la adjudicación del llamado a licitación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes la prórroga de las propuestas, hasta en 60 días más. Serán rechazadas aquellas propuestas cuyo periodo de validez sea menor que el requerido o sea mal extendido provocando un desmedro para el Hospital. 10° PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y DE LOS DOCUMENTOS DE ANEXOS La entrega de las propuestas, deberá efectuarse únicamente a través del Sistema de Información (digital) en el plazo previsto para la presentación de ofertas. La única excepción en cuanto a documentos que pueden ser presentados en soporte físico (papel) es la Garantía de Seriedad de la Oferta en caso que sea requerida, la que podrá otorgarse electrónica o físicamente. En caso que sea entrega física, ésta deberá presentarse en sobre cerrado, indicándose en el anverso el nombre de la licitación e ID del portal www.mercadopublico.cl asociado a la propuesta, junto con la identificación del oferente. La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá ser ingresada (si correspondiera) a través de la Oficina de Partes del Hospital y el máximo plazo de entrega es la fecha y hora en que expira el plazo de presentación de ofertas. Lo anterior sin perjuicio de lo que al respecto dispone el Artículo 62 del Reglamento de la Ley N°19.886. Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases. 10.1 De los Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán adjuntar a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes: • Formulario Nº1: Identificación del proponente • Formulario Nº2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública. • Formulario Nº8: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley nº 19.886. • Formulario Nº9: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho. • Certificado de Habilidad Registro de Proveedores, con el cual certifica su estado de habilidad para ser contratado por el Estado de Chile. • Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales: Los oferentes no deben registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Para acreditar lo anterior, los oferentes deben adjuntar en su oferta el CERTIFICADO DE ANTECEDENTES LABORALES Y PREVISIONALES. Si el certificado señala anotaciones u observaciones vigentes, la oferta no será evaluada y quedará automáticamente fuera del proceso. De igual forma resultara inadmisible si no presenta dicho certificado en su oferta (REQUISITO EXCLUYENTE). • El servicio de casino deberá dar todas las facilidades en cuanto a la modalidad de pago, permitiendo el pago con diferentes medios. Esto es efectivo, débito, crédito, y sistemas de tarjeta electrónica. Los oferentes que participen de esta licitación deberán contar con sistema de transacción para plataformas EDENRED, SODEXO, AMIPASS, u otros. La oferta que no cumpla no será evaluada y quedara automáticamente fuera del proceso (REQUISITO EXCLUYENTE). • Garantía de Seriedad de la Oferta extendida de acuerdo con el punto nº 12.1 de estas Bases. REQUISITO EXCLUYENTE La Garantía de Seriedad de la oferta podrá ser enviada electrónica o físicamente. En el primer caso (cuando sea con firma electrónica o código de barra) debe ser escaneada e informada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl. Además, el archivo deberá ser cargado en portal www.mercadopublico.cl junto a los demás documentos que acompañen la oferta respectiva; y en el segundo caso (cuando no tengan cabida en lo mencionado anteriormente) debe ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base San José de Osorno, con plazo hasta la fecha de cierre de recepción de las ofertas. REQUISITO EXCLUYENTE, por lo que su omisión será causal de rechazo de la oferta en el acto de Apertura. Los oferentes deberán adjuntar además la siguiente información, en el caso de NO encontrarse vigente en el portal de compras. 1. Documentación que acredite constitución legal de la empresa, vigencia y poderes de quienes actuarán en representación del proveedor. 2. Copia simple de la escritura pública donde conste el representante legal con facultades suficientes para concurrir a la presente licitación y suscribir el contrato correspondiente. 3. Certificado de vigencia con anotaciones vigentes de una data no superior a 30 días, de constitución de la sociedad y personería. 4. Fotocopia del RUT del oferente y de la Cédula de Identidad de su representante legal. 10.2 De la Propuesta Económica Los oferentes deben completar y enviar en forma electrónica su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl. Los precios ofertados deberán registrarse en Unidades de Fomento (UF), valor neto y sin decimales. 10.2.1 Valor base o mínimo mensual fijo Corresponde al valor que será percibido cada mes por el Hospital, y que deberá ser expresado en Unidades de Fomento (UF), y corresponder al valor mensual fijo neto a pagar al Hospital Base San Jose Osorno por el concepto de arriendo, el cual se pagará por mes anticipado hasta el día 5 de cada mes. Para este efecto se establece un mínimo de 86 UF (Unidades de Fomento) valor neto mensual. Cualquier oferta económica que sea inferior al valor señalado no será evaluada, y será declarada inadmisible (REQUISITO EXCLUYENTE). Los oferentes deben completar el Formulario Nº3 con su oferta económica. El formulario debe ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo. Este documento debe ser anexado en los antecedentes económicos. Diferencias en los valores de la propuesta: En caso de existir discrepancia entre los valores ofertados en la oferta económica del formulario n°3, y la oferta electrónica, prevalecerá el valor unitario ingresado a la ficha de Ingreso de Oferta de la licitación (portal). 10.2.2 Precios a cobrar por los productos y servicios en el Casino Se establece que los precios a cobrar por los diferentes productos y servicios, ejemplo, menú, ensaladas, postres, cafetería, confitería y otros, no podrán ser reajustados en forma unilateral por el adjudicatario. En estos casos los precios serán evaluados previamente por la Subdirección de Recursos Humanos del Hospital. El Hospital se reserva el derecho de aceptar o no cualquier propuesta de alza de precios. El no cumplimiento de este punto generará la aplicación de la respectiva multa. 10.3 De la Propuesta Técnica Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en las Bases Técnicas. Para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas. La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de prestación de servicios requeridos y la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación. • Propuesta Técnica: Los oferentes deben elaborar y presentar en su oferta una PROPUESTA TÉCNICA (en formato PDF) conforme a lo establecido en las bases técnicas, con la debida entrega de información y antecedentes. • Anexo N°2: Tabla gramaje y frecuencia de consumo • Anexo N°3: Especificaciones técnicas • Formulario N°5: Experiencia del oferente, cantidad de convenios equivalentes • Formulario N°6: Horario de atención del servicio • Formulario N°7: Condiciones de empleo y remuneración 11° PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase. f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 12° GARANTÍAS Para el presente llamado a Licitación y dadas las características del proceso se requerirán Garantía de Seriedad de la Oferta y Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Serán considerados y admitidos como instrumentos de garantía aquellos que para tal efecto se prescriben en la Ley N° 19.886 y su reglamento. 12.1 Garantía de Seriedad de la Oferta CARACTERISTICAS Tipo de Garantía Garantía de Seriedad de la Oferta. Exigibilidad Será obligatoria su entrega para todos los oferentes de la licitación. Independiente de la cantidad de propuestas que presente cada oferente, cada oferta debe presentar su propia garantía. La no entrega en el plazo señalado será causal de rechazo de la oferta. Estipulaciones del documento Expresar su monto en pesos chilenos. Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social. La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable. No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.31 del Reglamento de Compras Públicas. Beneficiario Hospital Base San José Osorno Rut: 61.602.260-1 Tomador El tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo oferente, o un tercero a su nombre. Monto $500.000.- (Quinientos mil pesos) Fecha de vencimiento Deberá poseer una vigencia mínima no inferior a noventa días corridos desde la fecha de cierre del plazo para ofertar a la propuesta, fecha portal www.mercadopublico.cl. Glosa “GARANTIZA LA SERIEDAD DE LA OFERTA PARA EL SERVICIO ARRIENDO USO ESPACIO FISICO CON SERVICIO DE CASINO Y CAFETERIA PARA EL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO, ID 1063538-3-LP23” Causales de cobro El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía si el oferente desiste de su oferta por cualquier causa, en las siguientes instancias: • El proveedor que resulta adjudicado no remite la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, dentro del plazo establecido en el numerando 6° de las presentes bases. • El adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de licitación. • El adjudicatario desiste de participar de la propuesta. Esta garantía no devengará intereses ni reajustes, y será restituida al adjudicatario una vez que éste suscriba el contrato respectivo y confiera la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. Forma y momento de entrega Deberá entregarse con plazo hasta la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente. En el primer caso (cuando sea con firma electrónica o código de barra) deberá ser escaneada e informada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl. Además, el archivo deberá ser cargado en portal www.mercadopublico.cl junto a los demás documentos que acompañen la oferta respectiva, y en el segundo caso (cuando no tengan cabida en lo mencionado anteriormente) deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base San José de Osorno. Forma y momento de restitución. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. En el caso del oferente adjudicado, la devolución de la boleta Seriedad de la Oferta se hará efectiva luego de entregada la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y firmado el respectivo contrato. 12.2 Garantía de fiel cumplimiento de contrato CARACTERÍSTICAS Tipo de Garantía Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato Exigibilidad Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la presentación de un instrumento de garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Si dicha garantía no es presentada en tiempo y forma, el Hospital Base San José de Osorno se reserva el derecho de hacer uso efectivo de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si aplicara esta garantía), dejando sin efecto administrativamente la adjudicación, sin perjuicio de otros derechos. Estipulaciones del documento Expresar su monto en pesos chilenos. Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social. La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable. No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.68 del Reglamento de Compras Públicas. Beneficiario Hospital Base San José de Osorno Rut: 61.602.260-1 Tomador El tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo adjudicatario, o un tercero a su nombre. Monto 8% del monto total adjudicado y se expresará en pesos. Plazo de vigencia La vigencia de la garantía deberá ser por todo el período de vigencia del contrato, aumentada en 90 días después de terminado el vínculo contractual. Glosa “CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO PARA EL SERVICIO ARRIENDO USO ESPACIO FISICO CON SERVICIO DE CASINO Y CAFETERIA PARA EL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO, ID 1063538-3-LP23” Causales de cobro El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos: • Por cualquiera de las causas que generen termino anticipado del contrato por parte del Hospital, de acuerdo al numeral 17.6 de las bases, con excepción de la indicada en la letra a) de dicho numeral. • Cuando el adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886 • Incumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas o alguna de las obligaciones que impone el contrato y las bases administrativas y técnicas. Estas exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de este centro asistencial. En caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que “el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Forma y momento de entrega Esta garantía deberá entregarse en la oficina de partes del “Hospital”, dentro de los 7 días corridos siguientes a la notificación por parte del hospital (notificación desde Departamento jurídico). Si no se entrega dentro del plazo, el Hospital hará efectiva la garantía seriedad de la oferta, y quedará facultado para readjudicar el proceso, si fuera posible. Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente. En el primer caso deberá ser escaneada y enviada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl, y en el segundo caso deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base Osorno. Forma y momento de restitución. Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla al término de los 90 días posterior al contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería Antes de solicitar dicha devolución, Administración de contratos del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución. En el caso de prórroga o aumento del contrato. En el caso de prorroga o aumento del contrato el proveedor deberá reemplazar, prorrogar o complementar la garantía de forma proporcional. 13° REVISIÓN FORMAL Y APERTURA DE LAS OFERTAS La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información, se realizará en una etapa en la fecha prevista en las presentes bases (Ficha del Portal mercadopublico.cl) y estará a cargo de un Ejecutivo Comprador de la Unidad de Abastecimiento del Hospital. Corresponderá al funcionario, verificar el ingreso de todos los anexos en el portal www.mercadopublico.cl, y realizar la admisibilidad de las ofertas, según lo señalado en el artículo siguiente. 13.1 Admisibilidad de las ofertas Es requisito para participar en el presente llamado a licitación, y para la aceptación de la propuesta, presentar, en la forma y plazos señalados todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases. Conforme con lo anterior se verificará el cumplimiento de cada uno de los siguientes criterios: ● La propuesta fue entregada conforme a lo exigido en el numeral 10 de las presentes bases, y los antecedentes incluidos en ésta permiten su evaluación y comparación con los demás proveedores. ● Requisitos de admisibilidad del numeral 10. ● El oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y que están reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886. Sin perjuicio de lo anterior, en la apertura de ofertas el Hospital se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes, o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, y no impida la correcta evaluación de las propuestas. 14° EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 14.1 Designación de la Comisión Evaluadora Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora designada por la Dirección del Hospital. La designación se hará a través de un acto administrativo que contenga el ID del proceso de contratación, y señalando las personas que la componen con su nombre completo. Los miembros de la Comisión no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. 14.2 Comisión Evaluadora Esta Comisión propondrá sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y que resulten las más convenientes a los intereses de la Institución; la proposición fundada de declarar desierto el llamado de licitación y/o la proposición fundada de adjudicar dicha licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas. Corresponderá a la Comisión confeccionar un Acta de evaluación, la cual deberá contener la siguiente información: • Cotejar la admisibilidad de las propuestas. • Oferentes aprobados en etapa de Apertura. • Realizar el proceso de evaluación técnica de las ofertas en base a antecedentes. • Observaciones finales y las decisiones adoptadas por la Comisión. • Cuadro Resumen de todas las propuestas por orden de puntaje total obtenido. • Recomendación de Adjudicación. • Firmas integrantes de la comisión evaluadora. • Fecha del Acta. De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado. 14.3 Matriz de evaluación Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación: ITEM CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN A Oferta económica 45% B Especificaciones técnicas 30% C Experiencia del oferente 15% D Condiciones de empleo y remuneración 5% E Cumplimiento de requisitos formales 5% TOTAL PORCENTAJE 100% A. Evaluación Económica (Formulario N°3) La oferta económica corresponderá al valor mensual fijo neto ofertado, el cual tiene una ponderación del 45% en la matriz de evaluación. Se evaluará la oferta económica de cada oferente admisible. A.1 VALOR BASE O MÍNIMO MENSUAL ARRIENDO: 86 UF (valor neto). Para el cálculo será considerada la UF del día de la apertura en mercadopublico.cl. Fórmula de Cálculo: Descripción Puntaje Mayor valor base fijo de arriendo 100 puntos Segundo mayor valor y siguientes Puntaje= (precio oferta económica evaluada/mayor precio oferta presentada) X100 Ponderación: Puntaje obtenido x 45% B. Especificaciones técnicas (Formulario N°4) Se evaluará la propuesta técnica de cada oferente, considerando los siguientes subcriterios. Para que la oferta resulte admisible técnicamente debe cumplir en cada ítem. N° SUBCRITERIOS DESCRIPCION ESPECIFICACIONES TECNICAS PUNTAJE A PONDERAR 1 Proceso de Funcionamiento, horario de trabajo y organigrama del oferente. El oferente dentro de su propuesta técnica indica y especifica claramente "Proceso de funcionamiento, horario de trabajo y organigrama" del personal destinado para esta licitación. 10 El oferente dentro de su propuesta técnica NO indica y especifica claramente "Proceso de funcionamiento, horario de trabajo y organigrama" del personal destinado para esta licitación. inadmisible 2 Nómina de proveedores El oferente dentro de su propuesta técnica indica y especifica claramente "Nómina de Proveedores" y su respectiva resolución sanitaria, que permita resguardar que las materias primas utilizadas provienen de establecimientos autorizado. 10 El oferente dentro de su propuesta técnica NO indica y NO especifica claramente "Nómina de Proveedores" y no presenta resoluciones sanitarias en relación a la licitación. inadmisible 3 Manual de Buenas Prácticas de Manufactura El oferente dentro de su propuesta técnica presenta Manual de Buenas Prácticas de Manufactura. 10 El oferente dentro de su propuesta técnica NO presenta Manual de Buenas Prácticas de Manufactura. inadmisible 4 Programa de control de plagas y manejo de residuos El oferente dentro de su propuesta técnica presenta “Programa de control de plagas” y “Manejo de residuos” 10 El oferente dentro de su propuesta técnica NO presenta “Programa de control de plagas” y “Manejo de residuos” inadmisible 5 Protocolo de prevención de riesgos en las instalaciones o dependencias habilitadas para casino del HBSJO. El oferente dentro de su propuesta presenta “Protocolo de prevención de riesgos” de acuerdo a la ley 16.744 y DS 594, en las instalaciones o dependencias habilitadas para casino del HBSJO destinado para esta licitación. 10 El oferente dentro de su propuesta técnica NO presenta “Protocolo de prevención de riesgos” de acuerdo a la ley 16.744 en las instalaciones o dependencias habilitadas para casino del HBSJO destinado para esta licitación. inadmisible 6 Programa de Higiene del personal El oferente dentro de su propuesta técnica presenta Programa de higiene de personal y sus registros correspondientes. 10 El oferente dentro de su propuesta técnica NO presenta Programa de higiene de personal y sus registros correspondientes. inadmisible 7 Programa de capacitación para personal manipulador de alimentos El oferente debe contar con un programa de capacitación anual para todo el personal manipulador de alimentos, con sus respectivos registros. 10 El oferente NO cuenta con un programa de capacitación anual para todo el personal manipulador de alimentos con sus respectivos registros. inadmisible 8 Carta Gantt de puesta en marcha El oferente dentro de su propuesta técnica indica y especifica claramente Carta Gantt de habilitación del Casino en condiciones de funcionamiento, destinados para esta licitación, con 60 días corridos como plazo máximo para entrar en operaciones. 10 El oferente dentro de su propuesta técnica NO indica o no especifica claramente Carta Gantt de habilitación del Casino en condiciones de funcionamiento, con 60 días corridos como plazo máximo para entrar en operaciones. inadmisible 9 Detalle del Mobiliario, Equipamiento, equipos y accesorios ofertados El oferente dentro de su propuesta técnica indica y especifica claramente detalle del mobiliario, equipamiento, equipos y accesorios ofertados para esta licitación, con elementos amigables con el medio ambiente y que sigan el diseño arquitectónico del HBSJO. Mínimo 3 ítems de mobiliario, Ej. Refrigeración, hornos, etc. 10 El oferente dentro de su propuesta técnica NO indica ni especifica detalle del mobiliario, equipamiento, equipos y accesorios ofertados para esta licitación. inadmisible 10 Detalle Portafolio de productos, promociones, menús (fríos o calientes), desayunos, ensaladas, postres, helados, entradas, líquidos (bebidas y/o jugos), categoría de café de máquinas, colaciones, etc. Para venta con sus respectivos precios. El oferente dentro de su propuesta técnica indica y especifica claramente detalle portafolio de todos los productos, promociones, menús (planificación de minutas quincenal), desayunos, ensaladas, postres, helados, entradas, líquidos (bebidas y/o jugos), categoría de café de máquinas, colaciones, etc. Para venta con sus respectivos precios para esta licitación. 10 El oferente dentro de su propuesta técnica NO indica ni especifica claramente detalle portafolio de productos, promociones, menús, desayunos, ensaladas, postres, helados, entradas, líquidos (bebidas y/o jugos), categoría de café de máquinas, colaciones, etc. Para venta con sus respectivos precios para esta licitación. inadmisible Ponderación: Puntaje obtenido x 30% Las ofertas que no cumplan 100% con los 10 subcriterios serán declaradas inadmisibles, y no serán consideradas en la evaluación de los otros criterios, ni menos para ser adjudicados, debido a que no se ajustan a los requerimientos, necesidades o eficiencia técnica requerida por el HBSJO. C. Experiencia del oferente (Formulario N°5) Los oferentes deben presentar información de los convenios equivalentes con instituciones públicas y/o privadas, desde el año 2015 hasta la fecha de publicación de esta licitación. No necesariamente tienen que ser instituciones de salud. Debe acreditar su experiencia adjuntando copia del contrato, y certificado de conformidad del servicio para cada convenio. Fórmula de Cálculo: Convenios equivalentes desde 2015 hasta la fecha de publicación de esta licitación Puntaje >=5 convenios 100 puntos 4 convenios 80 puntos 3 convenios 60 puntos 2 convenios 40 puntos 1 convenio 10 puntos 0 convenio 0 punto Ponderación: Puntaje obtenido x 15% D. Condiciones de empleo y remuneración (Formulario N°7) Fórmula de Cálculo: Descripción Puntaje Mayor sueldo bruto mensual y permanente 100 puntos Segundo mayor sueldo y siguientes Puntaje= (sueldo bruto mensual evaluado/ mayor sueldo bruto mensual) X 100 Ponderación: Puntaje obtenido x 5% E. Cumplimiento de requisitos formales Fórmula de Cálculo: Cumplimiento requisitos formales Puntaje Oferta presentada no contiene errores u omisiones 100 puntos Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo 50 puntos El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo 0 punto Ponderación: Puntaje obtenido x 5% El criterio “E”, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 40º inciso segundo del D.S. Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estableciendo que será facultativo para el Hospital, el posibilitar a un oferente: Presentar certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido: i) con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas, o ii) se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar las ofertas y el periodo de evaluación, debiendo informarse de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas. Lo anterior solo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, la igualdad de los oferentes, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas. Lo anterior, dado que el presente criterio de evaluación guarda armonía con lo preceptuado en el dictamen Nº 045757 del año 2009 de Contraloría General de la República, el cual estatuye que el objeto esencial de las formalidades es otorgar por la vía de la transparencia y de la igualdad de los licitantes, seguridad jurídica, de manera tal que la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia sólo en la medida que se constate que la omisión tipificada cause desmedro de los derechos del Estado, reste transparencia o rompa el principio de igualdad de los licitantes, lo que está en armonía con el principio de no formalización contemplado en el artículo 13º inciso segundo de la ley Nº 19.880, donde conforme al dictamen Nº 15601 del año 2009, los errores intrascendentes o no esenciales no constituyen causal suficiente para rechazar postulaciones en procesos concursales. La Evaluación Final se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro: Puntaje final: Puntaje evaluación económica + Especificaciones técnicas + Experiencia del oferente + Condiciones de empleo y remuneración + Cumplimiento requisitos formales de la oferta. “La Comisión Evaluadora” recomendara o sugerirá al Director del Hospital, en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a los intereses del Hospital, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este capítulo. 15° ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA Según los criterios de evaluación señalados en estas bases se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje, sin tener que ser necesariamente la oferta de más alto valor económico. La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio. Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Hospital dentro del plazo señalado en el capítulo 6° de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Compras Públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Hospital, no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 24 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 30 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el capítulo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6 del reglamento de la ley Nº 19.886. 15.1 REQUERIMIENTOS DE LA UNIDAD DE PREVENCIÓN DE RIESGOS El oferente que resulte adjudicado deberá estar en conocimiento del Reglamento Especial de Seguridad y Salud en el trabajo para Empresas Contratistas y Subcontratistas, el cual establece procedimientos, requerimientos, y obligaciones en materia de prevención de riesgos, laboral y previsionales. Para este efecto, y para que el adjudicatario lo tenga en cuenta, y no alegue desconocimiento, se adjunta como archivo anexo el REGLAMENTO ESPECIAL PARA CONTRATISTAS, el cual se publicará en el portal Mercado Publico y formará parte integra del contrato que en su oportunidad se suscriba. Antes de comenzar con los trabajos el oferente que resulte adjudicado deberá tener en cuenta y cumplir a cabalidad los siguientes requerimientos de la Unidad de Prevención de Riesgos del Hospital, para todo personal externo que desarrolle faenas de mantenimiento, reparación y obras dentro del recinto hospitalario. Si el adjudicatario no da cumplimiento a lo requerido, el Hospital se reserva el derecho de dar término anticipado y unilateralmente al servicio, o de readjudicar a la oferta que haya resultado en segundo lugar de la evaluación, si la hubiere. Los documentos que debe presentar el adjudicatario antes de comenzar con el trabajo son los siguientes: 1. Hojas de entrega elementos de protección personal. 2. Registros entrega DAS e Inducción Seguridad. 3. Registros entrega Reglamento Interno. 4. Reglamento interno de su empresa. 5. Registro de entrega del reglamento interno a: Mutualidad, Inspección del Trabajo y Autoridad Sanitaria. 6. Certificado de adhesión a Mutualidad. 7. Certificado de siniestralidad y accidentabilidad (período 1 año). Según corresponda lo exija ley y corresponda a características de la empresa. Una vez formalizada la adjudicación el proveedor deberá presentar en un sobre cerrado los documentos en la Unidad Prevención de Riesgos del Hospital. El sobre debe ser dirigido al Jefe de la Unidad Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional del Hospital o a quién él designe. El sobre debe señalar, además: · Nombre o Razón Social del proveedor · Nombre de la licitación · N° ID de la licitación El oferente adjudicado tendrá la responsabilidad de todas las actividades realizadas por su personal en las dependencias asignadas dentro del Hospital, por lo tanto, deberá mantener una supervisión permanente sobre la forma en que se están prestando los servicios contratados. El oferente adjudicado y su personal respetarán las reglas, procedimientos y disposiciones especiales de orden interno dictadas por el Hospital, tales como áreas restringidas, condiciones de ingreso a los distintos lugares y oficinas, precauciones de seguridad y otras que el Hospital determine. Para ello deberán coordinar en forma permanente los trabajos a efectuar con el Supervisor o Jefe de la Unidad a cargo de los equipos. Se autorizará el ingreso al Establecimiento sólo a los trabajadores prestadores de servicio, que se encuentren en la nómina entregada por el oferente adjudicado, quienes no podrán ingresar elementos que no correspondan al servicio que deben realizar. La empresa adjudicada proveerá a sus trabajadores de una credencial de identificación con su nombre, fotografía y membrete o logo de la empresa en la que presta servicios, a su vez proporcionará los implementos de seguridad industrial y ropa de trabajo. 15.2 Del derecho a declarar inadmisible las propuestas o desierto el llamado El Hospital, se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las propuestas por incumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y/o Técnicas, esto en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley N° 19.886 sobre Compras Públicas. Así también, se declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada. Los oferentes no tendrán derecho a solicitar indemnizaciones de ninguna especie, por los gastos incurridos para participar en esta propuesta. 15.3 Mecanismo de resolución de empate Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. ● En caso de empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”. ● En caso de continuar el empate, como segundo criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mayor puntaje en el criterio “Especificaciones técnicas”. ● En caso de persistir el empate, como tercer criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mayor puntaje en el criterio “Experiencia del oferente”. ● En caso de mantenerse el empate, como cuarto criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mayor puntaje en el criterio “Condiciones de empleo y remuneración”. ● De persistir el empate se solicitará resolver a la comisión evaluadora, quienes en conjunto y previo estudio de las ofertas dirimirá la igualdad. 15.4 Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación Adjudicada la oferta propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación. En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a onathan.salvoc@redsalud.gob.cl, quien entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta. 16° FACULTAD DE READJUDICAR El Hospital podrá readjudicar la licitación en un plazo de 60 días hábiles (plazo referencial) contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en los siguientes casos, cuya enumeración no es taxativa: a) Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido. b) Si el Contrato no se firma dentro del plazo estipulado, por razones o causas atribuibles al adjudicatario. c) Si el adjudicatario desiste de su oferta. d) Error en la evaluación de las ofertas, subsanado oportunamente a través del sistema de información. e) Las inhabilidades de los artículos 8º y 10º de la Ley Sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo primero de la Ley nº 20.393. La readjudicación se realizará vía resolución fundada del Hospital, y se comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl. La readjudicación deja sin efecto la adjudicación, asignando los bienes o insumos, prestaciones o servicios al oferente que resultó en segundo lugar del proceso evaluativo. 17° CONTRATO Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la formalización de un contrato de prestación de bienes y servicios. En dicho caso se deberá presentar además instrumentos de garantía descritos en numerando 12.2 de las presentes bases de licitación. El contrato lo redactará la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital de conformidad a lo que se expresa en las bases de licitación, la oferta adjudicada y demás documentos que integran la relación contractual. Formarán parte integrante del contrato, las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y la Resolución de Dirección que las aprueba, consultas y aclaraciones si las hubiere, la Resolución de Adjudicación, la oferta adjudicada, y demás normativas y reglamentos que se encuentren vigentes en la Institución. Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de Licitación, no remitiendo la garantía de fiel y oportuno cumplimiento o desistiéndose de la propuesta; caso en el cual “el Hospital” se reserva el derecho a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y estará facultado para readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, según lo estime pertinente siempre y cuando dicha oferta sea conveniente para los intereses del Hospital. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. Si el adjudicatario no cumple con la firma y envío del contrato dentro del plazo señalado en el numeral 6° de las bases, el Hospital hará efectiva la garantía seriedad de la oferta, y quedará facultado para readjudicar el proceso, si fuera posible. Al momento de la suscripción del contrato, resultado de la propuesta, el oferente adjudicado deberá estar inscrito y en estado hábil en el Registro de Proveedores, lo que se comprobará con el respectivo Certificado de Habilidad Registro de Proveedores. Para la firma del contrato se solicitará la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, extendida de acuerdo al numeral 12.2 de estas bases. 17.1 Vigencia El contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y su vigencia se extenderá por el período de 24 meses que dura el plazo de ejecución del servicio establecido, o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicatoria. El servicio iniciará el primer día hábil siguiente a la fecha indicada en el ACTA DE INICIO DE SERVICOS. De haber inconvenientes para la puesta en marcha, el adjudicatario tendrá un plazo máximo de 60 días corridos desde la total tramitación de la Resolución que Aprueba el Contrato. 17.2 Aumento y disminución de contrato El contrato podrá ser aumentado o disminuido por iniciativa exclusiva del Hospital, hasta por un 30% si así lo estima conveniente para los intereses de la Institución, y tales variaciones no podrán significar una alteración del valor propuesto en su oferta económica. Lo anterior, obedece a las características propias de la contratación y el carácter necesario que significa para una entidad de salud, permitiendo cubrir los requerimientos. Para hacer efectiva dicho aumento, “el Hospital” deberá comunicar por escrito a su contratante la disposición a aumento o disminución del contrato, con a lo menos 5 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento. El aumento deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12° de las presentes bases. Será requisito exigible la presentación de un informe que respalde dicho requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de aumento o disminución de contrato, sus principales implicancias y alcances. Informe de respaldo debe acompañar y ser parte de la tramitación desde un inicio, por ende, debe ser presentado en tiempo y forma, dando cumplimiento a plazos estipulados en bases de licitación. 17.3 Prórroga plazo del contrato De ser necesario aumentar el plazo del contrato, esta prórroga será como máximo hasta 90 días desde terminado el plazo original, o desde agotado el presupuesto, y siempre que dicho acto sea gestionado, coordinado y comunicado al adjudicatario antes del vencimiento del contrato, fundadamente, y sólo se permitirá por una vez. La prórroga debe contar con VB de la Subdirección Administrativa o Medica del HBSJO según corresponda, y debe ser solicitada por el referente técnico del HBSJO. Será requisito exigible la presentación de un informe que respalde dicho requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la prórroga de contrato, sus principales implicancias y alcances. Informe de respaldo debe acompañar y ser parte de la tramitación desde un inicio, por ende, debe ser presentado en tiempo y forma. Dando cumplimiento a plazos estipulados en bases de licitación. 17.4 Cesión del contrato y subcontrataciones El Adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato. Durante la ejecución del contrato, y previa autorización por escrito del Hospital, el adjudicatario sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por la Contraparte Técnica del Hospital. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Hospital. 17.5 Resciliación del contrato Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo en forma anticipada. 17.6 Término anticipado del contrato por parte del Hospital Previa calificación de las circunstancias, y por acto administrativo, el Hospital podrá poner término al contrato en forma anticipada e inmediata como consecuencia de algún incumplimiento, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y de ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnización por perjuicios causados. Las siguientes son causales de término anticipado de contrato: a) Por razones de Ley, actos de autoridad, caso fortuito, fuerza mayor, si lo exigiera el interés público o la seguridad nacional; el Hospital se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, y sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado. b) Ausencia de personal que no permita el cumplimiento del servicio contratado por un lapso de 48 horas, y sin dar aviso previo de al menos 24 horas antes a la Subdireccion de RRHH HBSJO. c) Ausencia de insumos y maquinarias necesarios para efectuar la prestación del servicio del casino en un lapso de 48 horas, y sin aviso previo de al menos 48 horas antes al Referente técnico, Subdireccion administrativa, y Subdireccion de RRHH HBSJO. d) Daños a la infraestructura de las dependencias del casino por descuido o negligencia del personal de la empresa concesionada. e) Reiteración de no pago de canon de arriendo de uso de espacio por más de dos (2) meses de manera reiterada. f) Si el Ejecutor es declarado en quiebra, o le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo. (Informe Chileproveedores). g) Si el Ejecutor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. h) En los siguientes casos que incurra el adjudicatario: Término de giro, liquidación, cambio de razón social, o disolución de la sociedad ejecutora. Ante cualquiera de estos eventos, el HBSJO podrá además hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, además de ejercer las demás acciones legales que procedan, especialmente la indemnización por perjuicios causados. i) Cuando el prestador proporcione antecedentes falsos en relación a las exigencias de las presentes Bases Administrativas y Técnicas. j) Cuando el prestador durante el periodo de vigencia del contrato, sea sancionado por la Autoridad Sanitaria o la Superintendencia de Salud. k) Que con la ocasión de la realización de una auditoría técnica y / o administrativa, o supervisión por parte del Referente técnico del HBSJO, se concluyan “graves incumplimientos a las normas técnicas de las especialidades, o de las presentes bases técnicas y administrativas”. l) La realización de donaciones de bienes y/o servicios de todo tipo por parte del oferente adjudicado a los usuarios del Contrato o funcionarios públicos pertenecientes al Hospital. m) Inhabilidad del proveedor en sistema de chileproveedores, no subsanada en un plazo de 15 días hábiles desde que el Hospital comunica dicho incumplimiento. (la comunicación se realizará vía correo electrónico al coordinador del convenio de la empresa adjudicada). n) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución de este contrato, con un máximo de doce meses. o) Falta de reposición y/o entrega de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato en plazos estipulados y en los mismos términos y condiciones originales. p) Incumplimientos graves a normativa sanitaria de los alimentos que afecten o pongan en riesgo la salud de los consumidores El término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de la indicada en la letra a), dará derecho al Hospital para cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza y sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al Hospital en contra del contratante. El término anticipado del contrato, previo a su ejecución deberá ser informado al proveedor contratado mediante correo electrónico, argumentando el motivo de su término, adjuntando los antecedentes que respalden dicha decisión. El adjudicado contará con un plazo máximo de 5 días hábiles para impugnar dicha decisión y presentar sus descargos al Director del Hospital Base San José de Osorno, quien, en conjunto con el Departamento Jurídico resolverán con todos los antecedentes si se acoge o no el término anticipado del contrato. En el caso de ser acogido el término anticipado del contrato se formalizará mediante Resolución Fundada y publicada en el sistema de información a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, salvo que concurran alguna de las situaciones señaladas en el artículo N°62 del reglamento N°250 de la ley 19.886. Lo anteriormente indicado guarda relación con lo dispuesto en el artículo N°79 TER del reglamento N°250 de la ley 19.886. 17.7 Referente o coordinador del convenio El Hospital Base San José de Osorno supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato, para lo cual se designa como Contraparte a la Nutricionista jefe de la Unidad de Alimentación del HBSJO (paulina.conde@redsalud.gob.cl), o quien le subrogue o reemplace, o en quien se delegue, quien tendrá entre otras las siguientes funciones: ● Fiscalizar el estricto cumplimiento del convenio en todos sus aspectos técnicos. ● Realizar visitas técnicas de inspección o supervisión de procesos. ● Ante cualquier irregularidad en el cumplimiento del contrato o posibles complicaciones desde el punto de vista técnico por parte del proveedor; deberá informar a la Subdireccion Administrativa y Subdirección de Recursos Humanos de este Hospital, y a Administración de Contratos para que se apliquen las multas que correspondan. ● Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio. 17.8 Administrador del contrato El Hospital Base San José Osorno también supervisara y revisará los aspectos administrativos del convenio, a través del administrador de contratos del Hospital (yasna.albarran@redsalud.gob.cl), o quien subrogue o reemplace, o en quien se delegue, quien tendrá las siguientes funciones: • Supervisar la adecuada aplicación de los mecanismos de facturación y pago del servicio objeto del convenio. • Gestionar el curse de sanciones o multas por incumplimiento de bases y contrato, adjuntando los antecedentes e informes del Referente técnico que lo justifiquen, actividad coordinada cuando corresponda con asesor jurídico del Hospital. • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio. 18° CONTRAPARTE TÉCNICA DE LA ADJUDICATARIA PARA EL CONVENIO El proveedor adjudicado designará un “Coordinador del convenio” con dedicación permanente que lo representará ante el Hospital para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Ejecutor. (Formulario N° 1) En el desempeño de su cometido el Coordinador del Convenio deberá: 1. Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del convenio. 2. Emisión y envío de Informes mensuales para mantener ordenados los estados de pagos de facturas. 3. Informar cualquier cambio en la calidad y/o presentación del servicio, en los plazos estipulados en estas bases y a quien corresponda. 4. Coordinar las asesorías que el Hospital requiera. 5. Recepcionar los reclamos y su gestión. 6. Coordinar las urgencias. 7. Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio. Todo cambio relativo a la designación del Coordinador deberá ser informado a la Contraparte Técnica del Hospital por el Representante Legal, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio. 19° CONFIDENCIALIDAD El personal que ejecute labores en el Hospital, así como el proveedor adjudicado, quedan obligados a mantener reserva de la información relativa a éste de la cual conozcan en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación. En especial mantendrán reserva de la información referida a pacientes y usuarios del Hospital. El Ejecutor y las personas que desarrollen los servicios no podrán difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, información del Hospital o sus usuarios, de la cual haya tomado conocimiento en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación, reservándose el Hospital, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción. 20° PRECIO El precio unitario del servicio requerido corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en el portal www.mercadopublico.cl, y en los documentos adjuntados en la licitación en su formulario económico (formulario Nº3). 21° FACTURACIÓN Y PAGO El adjudicatario o concesionario deberá cancelar mensual y anticipadamente (mes por vencer) y dentro de los 5 (cinco) primeros días de cada mes, el correspondiente pago por concepto de “Arriendo de Uso de Espacio Físico” mediante transferencia bancaria o cheque a nombre del Hospital Base San Jose Osorno, y de acuerdo a los siguientes antecedentes. NOMBRE Hospital Base San José De Osorno RUT 61.602.260-1 DOMICILIO Guillermo Bühler #1765, Osorno, Provincia de Osorno, Región de Los Lagos. GIRO Salud El pago mensual se deberá realizar en su totalidad en la sección de Tesorería del HBSJO, y según el monto expresado en pesos chilenos ($) que figura en el Contrato suscrito entre las partes. 22° INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS Antecedentes Generales Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará al Hospital para aplicar una o más de las sanciones que se indican a continuación, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que posea constituidas el proveedor. 22.1 Infracciones contractuales Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa de 3 UTM por evento o día de incumplimiento: • Difundir, divulgar o comunicar sin la expresa autorización del Hospital todo o parte del informe, documento o servicio contratado. • No cumplir con el envío oportuno de información según corresponda al Coordinador del Contrato y/o Administrador de Contratos cuando alguno de estos lo solicitase, especialmente en casos de requerimientos urgentes. 22.2 Infracciones del servicio El HBSJO aplicará multas por incumplimiento o falta de diligencia de acuerdo a la siguiente clasificación: Falta Criterio Multa LEVE Arriesga o afecta levemente la calidad del servicio en cualquiera de sus aspectos. 2 UTM MODERADA Arriesga o afecta la calidad del servicio de forma tal, que podría ocasionar consecuencias de regular importancia al Mandante, sus trabajadores o instalaciones. 5 UTM GRAVE Acción u omisión que origina deterioro grave del servicio, en cualquiera de sus aspectos y/o que implica una trasgresión mayor al contrato. 10 UTM UTM: Unidad tributaria mensual. Las faltas y criterios para la aplicación de multas consideradas en el cuadro anterior se regirán por la siguiente Tabla de infracciones: 22.3 Faltas o incumplimientos DE LOS ALIMENTOS Y PREPARACIONES LEVE MODERADA GRAVE 1. Uso de alimentos vencidos X 2. Uso de alimentos alterados organolépticamente X 3. Contaminación biológica X 4. Contaminación química X 5. Contaminación física X 6. Utilización de excedentes de alimentos X 7. Calidad gastronómica deficiente de preparaciones X 8. Resultados de análisis microbiológicos fuera de la norma X 9. Preparaciones o productos mal rotulados X 10. Incumplimiento en el Programa de toma de Muestras X 11. Consecuencias graves de salud de uno o más usuarios por la ingesta de alimentos alterados proporcionados por el servicio. X DEL PERSONAL Y DEL SERVICIO LEVE MODERADA GRAVE 1. Alteración de la calidad del servicio por inasistencia y/o atrasos del personal X 2. Errores en la entrega de alimentos a usuarios X 3. Deficiente atención al usuario. Mal trato verbal, gestual o falta de deferencia. Esto según constancia y registro escrito en libro de reclamos, o correo electrónico dirigido al Referente técnico del HBSJO X 4. Incumplimiento de la dotación de personal, o cambios en la dotación sin informar al Hospital X 5. Incumplimiento programa y normativa sanitaria referente a higiene del personal manipulador X 6. El personal del adjudicatario no usa elementos de protección personal, se incluyen cajeros/administrativos (ejemplo mascarilla) X 7. Incumplimiento del horario de atención sin aviso y justificación previa X 8. Actitudes inadecuadas frente a la supervisión y control por parte del Hospital X 9. Incumplimiento de procedimientos operacionales POE, POES, BPM X 10. Falta de abastecimiento en la línea de servicio X 11. No respetar normas internas del Mandante X 12. Incumplimiento en el Programa de control sanitario y de capacitación X 13. El comienzo del servicio (puesta en marcha) excede los 60 días desde la fecha de Resolución que aprueba el Contrato sin aviso previo, o excede el plazo de la prórroga X 14. No comunica oportunamente al Hospital algún cambio en la dotación del personal X 15. Proveedor no asegura la variedad de alternativas de menú durante todo el horario del servicio (almuerzo o cena) X 16. No se respeta la entrega del menú o preparación que el usuario adquirió en caja, o no se realiza reembolso del 100% pagado X 17. Proveedor no cumple con su set de minutas presentado en su propuesta técnica, y/o realiza modificaciones de su set de minutas sin autorización de Referente técnico. X DEL EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA LEVE MODERADA GRAVE 1. Deficiencia y/o ausencia de mantención técnica X 2. Incumplimiento en la reposición de equipos con fallas X 3. Incumplimiento en la mantención del stock de vajilla, utensilios e implementos X 4. Deterioro o daño de infraestructura, mobiliario o equipos por uso incorrecto X 5. Falta de sillas y mesas para los usuarios X 6. Daños y consecuencias en la infraestructura y equipos producto de incendio, inundación u otros provocados a raíz de actuaciones negligentes o dolosas de personal de la empresa de alimentación X OTRAS INFRACCIONES QUE APLICAN A LA CALIDAD GENERAL DEL SERVICIO LEVE MODERADA GRAVE 1. Intoxicación Alimentaria masiva X 2. Interrupción del servicio contratado X 3. Alteración evidente de la calidad del servicio X 4. Prestación de servicios no autorizados por el Mandante X 5. Incumplimiento en Plan de Higiene y Sanitización en casino de funcionarios (área de producción, bodegas, servicios higiénicos y comedor) X 6. Incumplimiento de entrega de boletas a los clientes X 7. Alza de precios de forma unilateral, sin autorización del HBSJO, en caso de existir evidencia de al menos 3 eventos en el periodo de supervisión reportado por el Referente técnico X 8. Los productos presentados en las vitrinas y/o góndolas del casino no cuentan con sus precios a la vista X 9. Incumplimiento del pago de más de dos (2) meses de arriendo del espacio físico al HBSJO. X 10. Incumplimiento del pago de más de dos (2) meses de remuneraciones y/o cotizaciones de sus empleados X 11. Proveedor no realiza gestión de respuesta a reclamos y/o sugerencia dentro del plazo X Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, el HBSJO podrá ejercer las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal, por los conceptos indicados en este artículo. 22.4 Gestión de las multas Para la tramitación y gestión de las posibles multas, el referente técnico o funcionario designado por la Subdireccion administrativa, informará a Administración de contratos del Hospital los eventos ocurridos adjuntando los antecedentes e informes que lo justifiquen, actividad coordinada cuando corresponda con el asesor jurídico del Hospital. Nota: Para el cobro de las multas se tomará como referencia el valor de la UTM del mes en que ocurrió el evento. 22.5 Procedimientos para aplicación de multa En todos los casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o funcionario responsable, este le informara al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos. Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que estos se hayan presentado, la entidad dictara la respectiva Resolución Exenta aplicando o no la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el hospital tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinara mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal. Se hace presente que las notificaciones se realizaran al domicilio que le proveedor haya informado en la licitación o, en su defecto, el que tenga registrado en mercado público. En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor trascurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos. 22.6 Cobro de multas Todo tipo de sanción o multa será comunicado mediante carta certificada de la Dirección del Hospital -o a través de quien ésta considere pertinente- al domicilio del representante indicado en el registro de proveedores o en el de la propuesta, a elección del Hospital o bien por notificación personal efectuada por quien administre el contrato. El proveedor dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus descargos. Luego de dicho período, y con los antecedentes que disponga, se dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos y la sanción, si fuere el caso. El proveedor podrá interponer contra dicho acto el recurso de reposición establecido en la Ley 19.880 en los plazos y con los requisitos prescritos en la mencionada norma legal. En caso que el Hospital resuelva el cobro de multas, el proveedor deberá realizar el pago dentro de quince (15) días hábiles contados desde la notificación mediante Resolución Exenta (que aplica la multa), por algunos de los siguientes medios:  Depósito o transferencia electrónica a nombre de HOSPITAL BASE OSORNO RUT 61.602.260-1 cuenta corriente N°81509097470 del Banco Estado, con copia del comprobante a los siguientes correos: jose.cordova@redsalud.gov.cl, gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl, yasna.albarran@redsalud.gob.cl,  Pago directo en caja de Cobranza, ubicadas en edificio de Acceso Principal del Hospital. Si el proveedor no efectúa el pago de dicha multa en el plazo otorgado, se hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. El proveedor, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de cobro de la garantía, deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en los mismos términos y condiciones exigidos en estas bases. La falta de entrega de una nueva garantía será causal de término anticipado del contrato. En el caso que no exista garantía de fiel cumplimiento de contrato y el proveedor no efectúe pago de multa en el plazo de 15 días hábiles, se dará término anticipado de contrato. Para todos los casos del presente numeral que establece término anticipado de contrato, se informarán los antecedentes en el portal www.mercadopublico.cl. El monto total de las multas no podrá exceder el 20% del monto total del contrato. 23° RESPONSABILIDAD EN EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS En caso se generarse responsabilidad civil extra-contractual deducida en contra este hospital, contenida en el título 255V del libro cuarto del Código Civil o sobre falta de servicio a que se refieren las normas contenidas en los artículos 4º y 42 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y Título III, de la Ley Nº 19.966, que establece el Régimen de Garantías en Salud ,dará derecho para que el hospital ejerza las acciones de repetición en contra de la entidad licitante, que haya prestado dichos servicios en forma efectiva, para salvaguardar el patrimonio fiscal. 24° SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del Director del Hospital, previo informe en derecho emitido por el abogado del Hospital o Informe Técnico emitido por la Contraparte Técnica del Hospital, según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
II.- BASES TECNICAS
BASES TÉCNICAS LICITACIÓN PÚBLICA “SERVICIO ARRIENDO USO ESPACIO FISICO CON SERVICIO DE CASINO Y CAFETERIA PARA EL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO” ID: 1063538-3-LP23 HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO 1° OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN El Hospital Base San Jose Osorno, solicita la presentación de ofertas para el “Servicio arriendo uso espacio físico con servicio de Casino y Cafetería para el Hospital Base San José Osorno”, de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases técnicas y sus anexos. Las presentes bases técnicas tienen por objeto establecer las disposiciones técnicas mínimas que regirán el servicio de Casino indicado, para lo cual se requieren ofertas basadas en el cumplimiento de condiciones de calidad de atención, higiene y logística de excelencia. El servicio que se licita tiene por objeto entregar a un tercero la explotación del Casino del HBSJO en un espacio físico de 266.2 m2 aprox. Y una bodega de 7.12 m2 aprox. Los cuales se encuentran identificados en planos que serán provistos a los oferentes en caso de ser requeridos por estos a través del foro mercadopublico.cl, permitiendo de esa manera brindar un servicio gastronómico adecuado para cubrir las necesidades de alimentación de los clientes, pacientes y funcionarios propios del HBSJO, con variedades de productos de excelente calidad con precios de ventas competitivos, razonables, prudentes y accesibles a todo público en general. El adjudicatario contrae la obligación de entregar y proporcionar el servicio en tiempo, forma y de acuerdo a las especificaciones técnicas ofertadas, según corresponda, y no está autorizado para realizar cambios en el servicio adjudicado. 1.1 Comportamiento contractual anterior con el HBSJO Se establece como un requisito de admisibilidad para participar de esta licitación, que los proveedores que hayan prestado servicio de casino anteriormente en el Hospital Base San José Osorno, deben haber tenido un correcto comportamiento contractual. Por tanto, previo a la evaluación económica y técnica de las ofertas, serán revisados los casos que hayan generado reclamos de carácter grave por parte de clientes y usuarios del casino, y/o por incumplimientos graves del proveedor, y que hayan generado malestar o insatisfacción de los usuarios, o que hayan infringido la normativa sanitaria, o implicado un riesgo para la inocuidad de los alimentos, o salud del consumidor, o interferido en la ejecución normal del servicio. Los reclamos deben hacer referencia a toda falta o incumplimiento por parte del proveedor durante el periodo que prestó el servicio, y deben estar registrados en libro de reclamos y/o sugerencias, en correos electrónicos, o en el sistema de atención usuaria O.I.R.S. vía plataforma o presencial. Por tanto, todos los oferentes que hayan trabajado con el Hospital, y que presenten algún historial de mal comportamiento contractual anterior, resultaran inadmisibles y no pasaran a etapa de evaluación. REQUISITO EXCLUYENTE 1.2 De la propuesta técnica Los oferentes deben adjuntar en su oferta una PROPUESTA TÉCNICA (Documento en formato PDF) conforme a lo establecido en las bases técnicas, detallando todos los aspectos que contempla su servicio, REQUISITO EXCLUYENTE. La propuesta debe incluir como mínimo la siguiente información: • Proceso de funcionamiento, horario y organigrama del servicio. • Nómina de proveedores y su respectiva resolución sanitaria. • Manual de buenas prácticas de manufactura. • Programa de control de plagas y manejo de residuos. • Protocolo de prevención de riesgos. • Programa higiene del personal. • Programa de capacitación. • Carta Gantt de puesta en marcha. • Mobiliario, equipamiento, equipos y accesorios ofertados. • Portafolio de todos los productos ofertado, debe incluir planificación de minutas. (Anexo N°4) • Listado de precios para todos sus productos y servicios. (formulario N°3) • Promociones especiales que incluirá para funcionarios del Hospital. • Recurso humano disponible, listado del personal detallando nombre completo, Rut, profesión y cargo, antigüedad en la empresa. (Formulario N°5) • Seguros. • Cualquier otro aspecto que considere relevante mencionar para este servicio. 2° ALCANCE DE LOS SERVICIOS DE CASINO/CAFETERÍA A CONTRATAR a) El HBSJO requiere un servicio de Casino/cafetería utilizando cubiertos de acero inoxidable, vajilla de vidrio y porcelana, evitando productos desechables prefiriendo en su defecto material descartable biodegradable certificado adecuado para el transporte de preparaciones que se entregan. Debe adjuntar en su propuesta catálogos del material a utilizar. b) Debido a que en el sector donde se encuentra el espacio físico destinado a casino está habilitado con sistema de climatización VEX y UMA, telefonía, conexión de agua con su respectivo drenaje y electricidad; los ajustes físicos y técnicos requeridos para la elaboración de platos calientes rápidos, por Ej. Extracción de Olores y Vapores serán a través de una Campana de flujo compensado. Las instalaciones eléctricas requeridas tendrán que ser ajustadas a la potencia existente en el sector. c) Los permisos sanitarios para estos fines serán gestionados por la empresa que se adjudique esta licitación. d) El lugar donde se encuentra el Casino no permite recinto para fumadores. Los baños a utilizar por los usuarios del casino, son los baños públicos que se encuentran en el sector. e) En términos generales el servicio de casino del HBSJO, consistirá en brindar un servicio de casino de buena calidad, que cumpla con todas las normas y estándares de higiene, calidad de productos y calidad de atención, tecnológicamente actualizados, que beneficiará a las visitas de los pacientes hospitalizados, usuarios del Hospital y personal que trabaja en la instalación. f) Los servicios a ofrecer deberán estar debidamente probados en otras instalaciones de características similares al HBSJO. Además, deberá considerar modernos sistemas de control que garanticen la calidad del servicio y el control sanitario y nutricional de los alimentos. g) Las dependencias que se entregarán con motivo del contrato de concesión a que de origen la presente licitación, se encuentra en buen estado y en condiciones de ser utilizadas para los fines de la concesión. h) El adjudicatario deberá conservar, mantener y restituir en su oportunidad en iguales condiciones, siendo en consecuencia, de su cargo exclusivo todas las reparaciones locativas y desperfectos de ordinaria concurrencia y sin derecho a exigir reembolsos al HBSJO. i) Las reparaciones locativas deberán realizarse oportunamente, a objeto de asegurar el permanente funcionamiento de las dependencias. j) El adjudicatario deberá emplear el debido cuidado en la conservación y mantenimiento tanto del inmueble, como del mobiliario, equipos y artefactos respectivos. Asimismo, el adjudicatario responderá de cualquier daño que por culpa o negligencia de sus dependientes o quienes presten servicios para ella a cualquier título o calidad jurídica y/o personas que concurran al inmueble, se causen a los bienes entregados en arrendamiento o a las propiedades circundantes. k) El oferente será el único responsable del servicio a través de todo el proceso, por ende, del abastecimiento, almacenamiento, elaboración y distribución de comidas, del manejo de insumos y de la mantención de todo el equipamiento y recintos a entregar, teniendo en cuenta que la continuidad y calidad son de vital importancia, por tanto, deberá tomar todas las medidas pertinentes a objeto de asegurar la entrega de un óptimo servicio a todo evento. l) El oferente deberá considerar la racionalización en los aspectos operativos y de producción del servicio mediante el empleo de tecnología adecuada, materia prima procesada y pre-elaborada y personal de buen nivel de calificación. Además, deberá contar con actualizados sistemas de Aseguramiento de Calidad y Seguridad alimentaria que garanticen el servicio, el control sanitario y nutricional de los alimentos, así como también la calidad gastronómica de las preparaciones. 2.1 Equipamiento mínimo solicitado al oferente 1 Mesón de Atención de Público 2 Equipo de refrigeración para bebidas y lácteos 3 Vitrina refrigerada postres (servicio de almuerzo y cena) 4 Equipo de congelación para helados 5 Máquina de café 6 Máquina de bebidas 7 Microondas y/o horno 8 Baño maria 9 Salad bar 10 Refrigeradores y congeladores área producción 11 Anaqueles de bandejas 12 Termo de agua 13 Basureros con tapa 14 Sillas 15 Mesón de atención y mesas de servicio 16 Caja Registradora 17 Otros equipamientos mínimos que el oferente considere necesario El oferente deberá contar con los equipamientos mínimos para asegurar la calidad del servicio entregado en todo el proceso productivo. Los equipamientos disponibles que cuenta el hospital se encontraran en el ANEXO N°1 “INVENTARIO DE BIENES MUEBLES Y EQUIPAMIENTO PROPIEDAD DEL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO” *El Hospital dispone actualmente de mesas y sillas que pueden ser utilizadas por el proveedor que obtenga la concesión. Sin embargo, de ser necesario, dichas mesas y sillas podrán ser requeridas por el Hospital durante la prestación del servicio. 3° OPERACIÓN DEL SERVICIO a) El servicio de arriendo de casino debe contemplar el libre acceso a todos los funcionarios del Hospital, y alumnos en práctica que ocupan las instalaciones para desayunar, almorzar o cenar considerando los espacios establecidos para ello, los cuales están correctamente delimitados. El orden y limpieza de estos espacios es de responsabilidad del oferente (arrendatario) que resulte adjudicado. b) El oferente deberá entregar el servicio de manera diaria dirigida a los funcionarios del H.B.S.J.O. y de otras reparticiones o unidades autorizadas por la Dirección y público en general usuario del H.B.S.J.O. El servicio de casino será en los horarios de 12:00 a 15:00 horas para el almuerzo, y desde las 21:00 horas hasta las 23:00 horas para la entrega de colaciones frías y/o calientes. c) Los oferentes deberán contar con sistema de transacción para plataformas EDENRED, SODEXO, AMIPASS, u otros, REQUISITO EXCLUYENTE. De esta forma los usuarios funcionarios del HBSJO tendrán la facilidad de hacer uso del servicio a través de tarjeta electrónica, además de otros medios de pago como efectivo, debito, y crédito. Las ofertas que no cumplan con este requisito resultarán inadmisibles, y no serán consideradas para la evaluación de los otros criterios, ni menos para ser adjudicados, debido a que no se ajustan a lo requerido por el HBSJO. d) El adjudicatario será el único responsable del servicio y, por ende, del abastecimiento, almacenamiento, mantención, pre elaboración y del manejo de insumos, teniendo en cuenta que la continuidad y calidad del servicio son de vital importancia, por tanto, deberá tomar todas las medidas que sean pertinentes a objeto de asegurar la entrega del servicio a todo evento, siguiendo los requisitos establecidos en el reglamento sanitario de los alimentos. e) El HBSJO, contará con un sector destinado a cafetería el que deberá ser implementado por el adjudicado, equipado y alhajado con todos los elementos necesarios para un servicio de cafetería fría y/o caliente, considerando la infraestructura disponible para este fin. El adjudicatario deberá proyectar un servicio moderno, original y acogedor que se inserte en el concepto del HBSJO, y que cumpla con la Normativa Sanitaria vigente. El servicio a ofrecer deberá considerar al menos dos (2) menú de almuerzo o cena con un valor unitario final máximo de $3.300.- que incluya a lo menos sopa o ensalada, plato de fondo y postre, y también un desayuno con un valor unitario final máximo de $1.200.- que incluya a lo menos una bebida caliente y un pan con agregado. Se debe considerar ofertar diariamente una opción hipocalórica y un vegetariano para los servicios de almuerzo y cena. REQUISITO EXCLUYENTE. Además, la oferta deberá ofrecer productos tales como sándwich fríos y calientes, pastelería, snacks, ensaladas de frutas y de vegetales frescos, líquidos, helados y café en diferentes variedades. El consumo deberá ser pagado directamente por los usuarios debiendo ser entregada una boleta de venta de manera obligatoria. Los precios deberán publicitarse en lugares claramente visibles. f) Las actividades anteriores se realizarán en las mismas dependencias del casino del HBSJO, lugar asignado para Cafetería. Dicho espacio cuenta con un lavaplatos, un espacio desde donde se efectuará la atención (sin equipar), además de otro espacio para la instalación de mesas con sillas. El HBSJO entregará 7,12 m2 aprox. Destinados a bodega ubicada en el sector contiguo, primer nivel del edificio, el cual será habilitado por el oferente para fines pertinentes. g) Es importante señalar que todo tipo de modificaciones que el contratista desee realizar en el recinto, deberán ser previamente autorizadas por cada una de las especialidades involucradas, a través del Departamento de Operaciones, y de acuerdo a las especificaciones del HBSJO. Del mismo modo, todo lo que respecta a las modificaciones de las instalaciones con motivo de mejorar flujos y procesos de atención, o automatización de estos, deberán ser analizadas por dicho Departamento para determinar factibilidad y condiciones sanitarias. h) Al término del contrato, la empresa deberá hacer entrega del recinto en óptimas condiciones tanto en su distribución como en su materialidad, la cual le fue entregado según Acta de Entrega del recinto. i) Ningún alimento o preparación podrá tener más de 24 horas de elaboración al momento de ser servido. Ningún excedente de alimento o preparación podrá ser transferido o reutilizado. Por lo cual todos los alimentos que se elaboren en el reciento deben tener su correspondiente rotulo, fecha de elaboración y vencimiento. j) Respecto a la eliminación de desechos, estos serán efectuado por el equipo de REAS del Hospital, tres veces al día, en horario a definir de mutuo acuerdo de lunes a domingo. Este servicio será añadido al cargo fijo mensual, según metros cuadrados totales correspondientes al casino. (266 Mts2) 4° CALIDAD DEL SERVICIO El proveedor debe prestar un buen servicio, y ante una prestación mal otorgada, o reclamos de los usuarios por mal atención en la cafetería, ya sea presentado al HBSJO o a la empresa directamente, esta tendrá la obligación de otorgar oportuna y satisfactoria respuesta al reclamante. En caso de reclamos que involucren pérdida de artículos físicos de clientes, la empresa no es responsable de estas pérdidas físicas, sin embargo, si se trata de productos vendidos la empresa, debe proceder a la devolución o compensación correspondiente. En todo caso es básico informar por escrito al Hospital situaciones acontecidas, como también la resolución de cada reclamo. El adjudicatario deberá responder los reclamos en un plazo no superior a las 48 horas, y dirigirlos al Referente técnico del convenio (paulina.conde@redsalud.gob.cl), con las indicaciones pertinentes a cada caso. El adjudicatario debe mantener un libro de felicitaciones, sugerencias, y reclamos, siempre disponible en un lugar visible para clientes y usuarios del casino. 5° PLANIFICACIÓN DE MINUTAS 5.1 CONSIDERACIONES GENERALES La planificación de minutas deberá enmarcarse dentro del concepto de Alimentación Saludable, y “Guías Alimentarías para la Población Chilena” dando cumplimiento a los requisitos establecidos en las presentes Bases respecto a: régimen, aspectos nutricionales, frecuencia de consumo, variedad, estacionalidad, gramaje, satisfacción del usuario. Lo anterior será sometido a evaluación. 5.2 APORTES NUTRITIVOS A continuación, se presenta el aporte nutritivo referencial y distribución de la molécula calórica DMC para los regímenes de alimentación de personal. Se debe considerar que el aporte de proteínas de los regímenes debe ser de a lo menos un 70% de alto valor biológico. Aporte Nutritivo y DMC por Evento para la ración común no dietética ALMUERZO – COLACION CALORIAS 700 KCAL P% 20% G% 25% CHO% 55% DESAYUNO CALORIAS 250 KCAL P% 20% G% 20% CHO% 60% Los oferentes deben adjuntar en su oferta una PRESENTACIÓN DE SET DE MINUTAS CICLICAS DE AL MENOS 15 DIAS, que considere además estacionalidad de alimentos, indicando detalle de ingredientes y gramajes, considerando la oferta de productos dietéticos y preparaciones saludables (ANEXO N°4 REQUISITO EXCLUYENTE). Deberá detallar calidad de las materias primas que utilizará como, tipo, procedencia. El oferente deberá presentar al menos 2 alternativas variadas en su set de minutas y además deberá ofertar al menos un régimen hipocalórico (sin azúcar adicionada) y uno vegetariano, con las mismas cualidades proteicas solicitadas en el punto anterior y con una variedad atrayente para el consumidor. Además, se deberá considerar asegurar la variedad de alternativas durante todo el horario del servicio (almuerzo o cena) y respetar la oferta de menú que se ofrece al consumidor al momento de comprar/pagar, o de lo contrario reembolsar el 100% del monto pagado. De haber incumplimiento se aplicará la multa respectiva. Debe considerar, además, ofertas de menú especial para fechas como: fiestas patrias, día del Hospital, navidad, año nuevo, y otros similares. En caso de fuerza mayor o eventualidad que requiera realizar una modificación al set de minutas, deberá solicitar autorización vía correo electrónico al Referente técnico del Hospital. De haber incumplimiento se aplicará la multa respectiva. 6° CALIDAD DE LAS MATERIAS PRIMAS Y PREPARACIONES 6.1 De las materias primas, Anexo N°5 Este anexo forma parte de las bases y los oferentes no deberán entregarlo vía portal mercado público, ya que la información contenida en este obliga al ejecutante a ajustarse a las características contenidas en este, los que serán fiscalizados en el fiel cumplimiento del contrato. Las materias primas y productos envasados a ofrecer en las máquinas expendedoras deberán ser de óptima calidad. No obstante, lo anterior el Mandante se reserva el derecho de aprobar o rechazar a un determinado alimento, producto o proveedor. En caso de ser necesario y a criterio técnico del Mandante, el Contratista deberá gestionar visitas de reconocimiento a plantas procesadoras, de sus productos o materias primas de tal manera de verificar en terreno y en conjunto con el Mandante aspectos de calidad de éstas y el cumplimiento de la Normativa Sanitaria vigente. 6.2 Proveedores del oferente La empresa oferente deberá incluir en su oferta técnica un listado actualizado de sus PROVEEDORES (nombre y Rut), los cuales deberán contar todos con Resolución Sanitaria para ejercer sus funciones. ANEXO N° 5 En el caso de expender hortalizas crudas que crecen a ras de suelo, deberá adjuntar copia de la Resolución Sanitaria expresa. También deberán entregar lista actualizada y fichas técnicas de los desinfectantes utilizados. 6.3 El adjudicatario deberá tener en consideración lo siguiente: • Las materias primas deberán ser de óptima calidad sanitaria, características organolépticas óptimas y al momento de su recepción estar selladas y rotuladas o etiquetadas. • Deberá rechazar todo aquel alimento que no llegue en buen estado de conservación o presente alguna alteración de sus características organolépticas propias de su sello, rótulo o etiqueta. • Se rechazará todo alimento o preparación que se encuentre fuera de la fecha de vencimiento o que no cuente con esa información. • Deberá haber un suministro oportuno de productos y materias primas, para cumplir con el servicio programado 6.4 De las preparaciones Las preparaciones y raciones proporcionadas al personal deberán ser de óptima calidad sanitaria, nutricional, organoléptica, de presentación, volumen y temperatura (comidas calientes mantenidas sobre 70°C) El adjudicatario deberá conservar muestras, debidamente rotuladas, por 36 horas, de las preparaciones y alimentos utilizados para consumo directo por parte del personal, platos preparados etc., los cuales podrán ser sometidos a análisis microbiológicos a solicitud del Mandante. No se podrán reutilizar materias primas tales como aceites, remanentes o excedentes de preparaciones. Ningún alimento o preparación que requiera ser confeccionado con anticipación, podrá tener más de 24 hrs. De elaboración al momento de ser servido. 7° DISPOSICIÓN DE RESIDUOS Y CONTROL DE PLAGAS El adjudicatario deberá considerar que la responsabilidad en materia de protección del medio ambiente recae no sólo en la supervisión del Hospital, sino que es función imperativa diaria de todos sus niveles de operación, por lo cual deberá tomar todas las medidas necesarias para eliminar o minimizar los efectos negativos del servicio sobre el medio ambiente, aire, agua y suelo. Para ello se debe dar cumplimiento al Programa de Control de plagas correspondiente. 7.1 Eliminación de desechos La eliminación de desechos sólidos esta encargada por el equipo de REAS del Hospital, realizándose la extracción de residuos al menos tres veces al día, por lo cual será necesario que el oferente entregue una planificación de sus horarios de producción para la coordinación con REAS. Este servicio entra en el cargo fijo designado por el HBSJO. La bodega de residuos sólidos, será de exclusiva responsabilidad del oferente por lo cual deberá mantener una higiene que evite la propagación de cualquier vector. No se podrá acumular desechos ni equipamiento en mal estado en el perímetro del casino que implique un riesgo de plagas. 7.2 De los residuos normales y residuos peligrosos El concesionario deberá eliminar los desechos y basuras, acciones que deberá realizar tantas veces como sea necesario, con un mínimo de tres veces al día. Será obligatorio por parte de la empresa, el retiro de grasas insaturadas y residuos peligrosos generados en el área de producción de sus alimentos. No podrán eliminar líquidos al contenedor de basura del HBSJO, ya que pueden generan fuentes de mal olor y atracción de plagas. 8° DEL ADJUDICATARIO Y SU PERSONAL El proveedor del servicio deberá cumplir con todas las disposiciones legales y reglamentarias relacionadas con su personal y, en especial, la legislación laboral, previsional y tributaria, etc., sin que sobre este particular le competa responsabilidad u obligación alguna al HBSJO. Asimismo, cumplirá oportunamente el pago de las remuneraciones y otros beneficios pactados en los respectivos contratos individuales y colectivos de trabajo. Para todos los efectos legales, el proveedor tendrá la responsabilidad total y exclusiva de su condición de empleador con todos sus trabajadores, por lo que el HBSJO no contrae vínculo laboral de ninguna especie con los empleados o personal del proveedor y, en consecuencia, todas las obligaciones legales de orden laboral, tributario, previsional y demás que correspondan, son de exclusiva responsabilidad del adjudicatario, sin perjuicio de lo establecido en la Ley N0 20.123. El adjudicado se responsabiliza, en lo que corresponda, a prestar a todo evento, sus servicios en forma continua, aún en caso de huelga de su personal, debiendo, en caso de suspensión del servicio o menoscabo evidente del mismo por causales imputables a ella o sus dependientes debidamente comprobadas, contratar servicios de terceros para cubrir el déficit, facturando a su nombre los montos involucrados. Además, el HBSJO, en caso de suspensión del servicio o incumplimiento de contrato, podrá poner término anticipado al contrato, sin forma de juicio, y sin derecho a indemnización alguna para la empresa. Se establece la siguiente dotación mínima para prestar el servicio: El número de cargos mínimo exigido son: -Un (1) Administrador - Un (1) Nutricionista -Dos (2) Administrativos/Cajero -Dos (2) Auxiliar de servicio -Dos (2) Maestro de cocina -Cinco (5) Manipuladores de alimentos En caso de haber cambios en la dotación del personal, el adjudicatario deberá informar oportunamente vía correo electrónico al Referente técnico y a la Subdireccion de RRHH del Hospital, señalando nombre completo, Rut, cargo, y fecha de ingreso del nuevo empleado. Del mismo modo, deberá informar cuando algún trabajador de su staff cese en sus funciones. Cualquiera sea el caso lo deberá comunicar en un plazo máximo de 5 días hábiles desde el evento (idealmente antes). De haber incumplimiento o atraso en la información se aplicará la multa respectiva. El adjudicatario deberá presentar todos los meses al Hospital el “CERTIFICADO DE ANTECEDENTES LABORALES Y PREVISIONALES” de su personal, acompañado del listado vigente de todo su staff con nombre y Rut. El documento lo hará llegar dentro de los primeros 5 días de cada mes al Referente técnico paulina.conde@redsalud.gob.cl, y a los correos electrónicos, hector.aranguezj@redsalud.gob.cl, ignacio.cabero@redsalud.gob.cl y edith.valderas@redsalud.gob.cl, con copia a yasna.albarran@redsalud.gob.cl 8.1 Deberes del adjudicatario con su personal 1. Toda persona que ocupe el contratista será encargada del trabajo que le corresponda desempeñar por su preparación manual o profesional. 2. El contratista responderá por el hecho o culpa de sus dependientes, velará por la conducta de éstos en el servicio y, muy especialmente, en los recintos del HBSJO, siendo obligación de su parte arbitrar todas las medidas del caso, a fin de evitar hurtos, robos, pérdidas, perjuicios, o cualquiera clase de infracción a los reglamentos, normas e instrucciones del HBSJO. 3. El contratista deberá estar afiliado a un organismo administrador del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, indicando su Número de Registro. 4. El contratista adjudicado, al inicio del servicio, deberá presentar una nómina del personal, indicando la cédula de identidad, domicilio, nacionalidad y certificado de antecedentes para fines especiales. Esto último, para gestionar la credencial que habilita para ingresar a las dependencias del HBSJO, todo lo cual será cargo del contratante y la que deberá mantenerse actualizada en forma permanente. Su uso es obligatorio mientras se prestan servicios al interior de la institución. 5. Proporcionará equipos y elementos de protección personal, según normativa del DS. 594, de 1999, del Ministerio de Salud. 6. La empresa deberá cumplir la normativa medioambiental y sanitaria vigente en el país, para ejercer sus funciones dentro del HBSJO. 7. El contratista y su personal respetarán los reglamentos, procedimientos y disposiciones de orden interno dictadas por el HBSJO, tales como: áreas de restricción, medidas de seguridad, condiciones de ingreso a los distintos lugares y servicios. 8. En caso de tener la empresa adjudicataria trabajadores extranjeros dentro de su nómina de personal deberá acreditar, a la firma del contrato, que éstos se encuentran con su situación legal regularizada y al día, en cuanto a residencia en el país y condiciones contractuales objetivas, en relación a cada uno de ellos. 9. Los documentos antes señalados deberán anexarse, en original o copia simple, al listado de los trabajadores que prestan servicios para la respectiva empresa, nómina que esta última debe presentar a la entidad licitante en todos los casos que proceda, o ésta lo requiera legalmente. 10. El HBSJO se reserva el derecho de objetar o rechazar el concurso de aquellos trabajadores extranjeros de la empresa oferente, proveedora o adjudicataria, que no se encuentren con su situación contractual ajustada a las normas de inmigración nacional. 8.2 Otras obligaciones que debe cumplir el adjudicatario 1. Cumplimiento de las normativas vigentes laborales, en cuanto al pago oportuno de las imposiciones, coberturas y otros a su personal. 2. Designación del personal idóneo y calificado, nombrado a un profesional o técnico que lo represente durante la prestación de los servicios pactados. 3. Proveer y mantener un libro de observaciones donde se registrarán todas aquellas anotaciones pertinentes a la naturaleza del contrato. 4. La presentación oportuna de toda la documentación requerida por el Referente técnico y el Administrador de Contrato. 5. Dar cumplimiento a las instrucciones y recomendaciones que imparta el Referente técnico. 6. Mantener a la vista los precios de los productos y servicios ofrecidos. 7. Mantener a la vista el Libro de Reclamos y/o Sugerencias, los cuales deben ser respondidos en un plazo máximo de 48 horas en el mismo libro o contacto que deje el usuario. 8. Los Reclamos y/o Sugerencias vía correo electrónico deberán ser respondidos por esta vía, con copia al Referente técnico del Hospital (paulina.conde@redsalud.gob.cl) en un plazo máximo de 48 horas. 9. Durante la vigencia de Contrato deberá contratar y mantener un Seguro de Daños contra Terceros. Este seguro no libera al Contratista de las responsabilidades que le competan. El Contratista hará llegar una copia de las pólizas de seguros al Referente técnico y al Administrador de Contrato, en un plazo máximo de 30 días corridos desde la Resolución que adjudica el proceso. El adjudicatario deberá mantener siempre disponible en sus instalaciones una copia de esta póliza. 10. Suministrar adecuadamente a su personal a cargo el uniforme completo, elementos de protección personal, etc. el que será obligatorio y acorde a la temporada o época estacional del año. 11. Realizar las inversiones pertinentes y apropiadas para otorgar un excelente nivel del servicio de Casino. 12. El Contratista deberá efectuar mantenciones habituales al recinto y equipamiento. 13. El aseo, mantención e higiene en general del espacio concesionado (casino) será de exclusividad del Contratista, quien asumirá los costos por estos conceptos. 14. La extracción de los residuos sólidos y líquidos serán responsabilidad del adjudicatario, quien deberá cumplir con la Reglamentación y disposiciones Sanitarias de la Institución, implementadas para estos efectos (R.E.A.S.) 15. La infraestructura y mobiliario utilizado es total e íntegramente responsabilidad del Contratista, desde el punto de vista de su conservación, mantenimiento y reemplazo. 16. El Concesionario no podrá sacar del recinto, ninguno de los bienes inventariados y entregados, salvo autorización escrita emitida por el Encargado de Inventario y Activo Fijo del Hospital, y que se deba exclusivamente para su reparación. 17. El adjudicatario deberá cautelar todos los bienes inventariados y entregados por el HBSJO. De este modo, el adjudicatario será el responsable ante cualquier pérdida de estos bienes. En el Anexo N°1 de estas bases se describen los bienes que forman parte de este inventario. 18. Todas aquellas que se determinen en las presentes Bases Técnicas de esta licitación. 8.3 Seguro contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Con el objeto de cubrir todo riesgo que afecte a sus trabajadores, el proveedor obtendrá y mantendrá vigente un Seguro Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, que cubra al personal ocupado en la ejecución de los servicios. Para éstos el Contratista deberá acreditar por escrito ante el Mandante, conforme a la Ley NO 16.744 y su Reglamentación, cuál de los sistemas permitidos por dicha legislación es el que ampara al personal que ocupa en los servicios a que el contrato se refiere. Asimismo, la empresa estará obligada a contratar un seguro para protección de terceros que sufran algún accidente relacionado con la prestación de servicios a otorgar, es así, que el contratista será responsable y estará obligado, de su cargo, a reparar, subsanar, compensar, indemnizar, efectuar toda acción correctiva y pagar todo gasto que sea procedente, debido a daños, perjuicios, lesiones, muertes y pérdidas de todo tipo que afecten a terceras personas y a sus bienes, que se produjeran con motivo o derivados de la ejecución de los servicios a causa de negligencias, acciones u omisiones de responsabilidad del contratista, de personas que actúen en su representación o de sus dependientes. Los gastos que originen las garantías exigidas por las Bases, los seguros que el adjudicatario deba tomar, los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión del contrato, así como cualquier otro que se produzca por el cumplimiento de obligaciones que correspondan al Adjudicatario, serán de cargo exclusivo de éste. 9° PAGOS DEL ADJUDICATARIO AL HOSPITAL El adjudicatario deberá considerar como costos y/o gastos asociados a la explotación del servicio contratado, el valor neto ofertado por concepto de “Pago por uso de suelo casino HBSJO”, y que no deberá ser inferior al mínimo base establecido de 86 UF (Unidades de fomento) valor neto. El pago de la “mensualidad fija” se realizará por mes anticipado hasta el día 5 de cada mes. 9.1 Gastos comunes El consumo mensual por concepto de Luz, agua, y gas serán de cargo del adjudicatario. El adjudicatario deberá hacer las coordinaciones necesarias con el Departamento de Operaciones, y la Unidad de Prevención de Riesgos del Hospital, y cumplir con lo siguiente: • Proveer instalar medidor de energía trifásico o monofásico según sean las cargas a conectar, tarifa a considerar valor BT1 (esto porque el hospital compra energía en alta tensión por lo que es complejo realizar una relación con las boletas de suministro del hospital.) • Proveer instalar medidor de agua, incluir la gasfitería que se requiera para este propósito, valor proporcional a la boleta de suministro de agua del hospital • Proveer instalar medidor de gas GLP (incluir certificación/sello verde), valor consumo proporcional a la boleta de pago suministro GLP. 9.2 Otros costos para el adjudicatario 1. Los gastos de fumigación, sanitizaciones, teléfono, internet directo, mantención de equipos, serán de cargo del adjudicatario. 2. Las reparaciones de la infraestructura del casino serán por cuenta del adjudicatario y bajo la supervisión del HBSJO, siempre y cuando hayan sido responsabilidad del adjudicatario. 3. Los trabajos de remodelación, pintura, ampliación o cualquier otra modificación a la actual infraestructura, serán con cargo al adjudicatario previa autorización del HBSJO. 4. Se establece que el adjudicatario asumirá todos los costos y/o gastos que surjan por deterioro o mal uso de las instalaciones y equipos que se encuentren bajo su cargo y responsabilidad. 10° DE LOS PRECIOS DE VENTA 1. Los oferentes deberán presentar en su oferta el listado de productos y servicios a ofertar con sus precios respectivos. FORMULARIO N°3 “OFERTA ECONOMICA” 2. Todos los productos presentados en las vitrinas o góndolas del casino, deberán contar con sus respectivos “precios a la vista”. De haber incumplimiento se aplicará la multa que corresponda. 3. Los precios de venta de los productos y servicios ofrecidos en las dependencias del casino licitado no podrán sufrir alzas constantes. Es decir, no deberán sufrir alzas unilaterales por parte del adjudicatario durante toda la vigencia del contrato, salvo causas justificadas y comprobables, lo cual será evaluado previamente por el Hospital. 4. Los precios deberán ser competitivos, razonables, y ajustados al servicio ejecutado, de tal modo que no incentiven la desmotivación, reclamo, o malestar en general de los funcionarios y público en general, debido a precios excesivamente altos. 5. De presentarse reclamos de usuarios por alza de precios, el HBSJO solicitará a la empresa concesionaria una evaluación de los precios en todos aquellos productos cuestionados, para su adecuación pertinente. 6. Se establece que cualquier alza propuesta por el adjudicatario deberá ser revisada previamente por la Subdirección de Recursos Humanos, y la Administración de Contratos del Hospital. El Hospital se reserva el derecho de aceptar o no cualquier alza de precios. 7. El adjudicatario debe considerar promociones hacia funcionarios, con precios competitivos y de carácter atractivo (combos). 8. Durante la vigencia del convenio, el Hospital podrá solicitar degustaciones de algunos alimentos o productos ofertados para verificar la calidad de los mismos. 9. El adjudicatario deberá permitir el pago con diferentes medios. Esto es efectivo, débito, crédito, y otros sistemas electrónicos como EDENRED, SODEXO, AMIPASS, u otros, REQUISITO EXCLUYENTE 11° OTRAS CONSIDERACIONES 11.1 Procedimientos de Higiene Los procedimientos de higiene son controlados por el Departamento de Prevención de Riesgos del HBSJO. Conforme a los procedimientos establecidos por la autoridad sanitaria, se efectuarán prácticas de control de calidad e higiene. El HBSJO podrá realizar inspecciones, en cualquier momento durante la vigencia del contrato y sin mediar aviso previo, a las instalaciones del casino, a fin de comprobar el estado de higiene, seguridad, certificaciones del personal, y en general de todos los requerimientos contenidos en las presentes bases administrativas y técnicas, para lo cual el concesionario deberá prestar toda la colaboración en la entrega oportuna de la información requerida, así como también, exhibiendo toda la documentación de respaldo. Asimismo, el HBSJO podrá encargar a organismos especializados la inspección de las instalaciones. 11.2 Capacidad del casino Se autoriza al oferente para proponer otro diseño y mobiliario (alternativas a gestión de ventas), el que será evaluado por la Subdirección administrativa y Subdireccion de RRHH del HBSJO, y autorizado si corresponde. 11.3 Publicidad En cuanto a la publicidad del casino, las formas, el contenido y los lugares en donde podrán utilizarlas, serán a convenir entre el proveedor adjudicado y la Contraparte técnica de nuestro Establecimiento, ya que hay múltiples factores a considerar. Deberá incorporar un sistema de publicación de sus minutas semanales, o modificación a estas previo aviso, en cualquiera de los siguientes formatos:  Banner informativo en página del hospital (previa coordinación con equipo de comunicaciones del hospital.)  Stand en instalaciones dentro del mismo casino.  Publicidad en sectores permitidos dentro del hospital. 11.4 Uniforme del personal Todo el personal del Contratista, independiente de las actividades que realice, deberá utilizar uniforme durante su jornada de trabajo. El tipo y cantidad de uniforme a utilizar, así como el modelo y color deberá ser aprobado por el Hospital y cumplir con el Reglamento Sanitario de los Alimentos. La cantidad de mudas y su renovación deberá ser suficiente para mantener una presentación personal óptima. Como parte del uniforme deberá considerar calzado de seguridad, así como también, identificación visible propio de la empresa para cada funcionario. El gorro y/o malla de pelo deberá ser de uso permanente para todo el personal dentro de las dependencias de alimentación. 11.5 Material de imprenta Cualquier material de imprenta que se requiera para reforzar determinados procedimientos administrativos, será de responsabilidad del adjudicatario. 11.6 Acreditaciones Cualquier acreditación o tramitación de Resoluciones Sanitarias será de responsabilidad del adjudicatario. 11.7 Del equipamiento Para la mantención, almacenamiento o exhibición de alimentos materias que precisen frío para su conservación se deberá contar con refrigeradores, vitrinas refrigeradas o cámaras refrigeradas, según corresponda. Todos los equipos de refrigeración deberán contar con un termómetro o dispositivo para el registro de temperatura en forma constante, los cuales deberán contar con sus planillas de registro diario de temperatura. El adjudicatario deberá equipar las dependencias con muebles que aseguren la correcta protección de los alimentos, así como para guardar los implementos de cocina en forma diaria. 11.8 Plan de trabajo El oferente deberá presentar su respectivo Plan de Trabajo, metodología, y puesta en marcha donde señale los procedimientos a implementar para el funcionamiento del casino. Deberá señalar el servicio, equipamiento considerado y personal para la operación del casino, tomando en consideración que el HBSJO busca que este servicio este orientado al usuario ambulatorio, y personal de la instalación, a fin de que reciban un excelente trato, rápido, cálido y eficiente, por los productos que este servicio expenda. Además, considerando que el espacio físico que se arrienda se encuentra dentro de un recinto hospitalario, no es posible realizar DELIVERY desde el casino, ni utilizar el espacio físico para banquetearía externas. 11.9 Metodología de trabajo Consideración del equipamiento propuesto para el servicio. En lo que respecta a su personal, considerará la organización del contratista, dotación de personal y vestuario del personal. 11.10 Proyecto de puesta en marcha y plazo Considera los antecedentes que permitan evaluar la inversión inicial que hará la empresa externa de acuerdo a su idea general de operación, la que deberá ser valorizada en la propuesta económica, en forma separada al servicio de casino, para su evaluación técnica-económica. La vigencia del contrato será desde la fecha de la Resolución que Aprueba dicho contrato. Si el adjudicatario tuviera inconvenientes para la puesta en marcha, tendrá un plazo máximo de 60 días corridos desde la Resolución aquí señalada. En el caso de no poder cumplir en los 60 días, el adjudicatario deberá comunicar oportunamente, al menos 5 días hábiles antes del vencimiento, el atraso en documento dirigido al Referente Técnico del Hospital, argumentando solo motivos de fuerza mayor y ajenos a su gestión, donde el Hospital evaluará los motivos presentados para autorizar una prórroga de puesta en marcha, autorizando un nuevo plazo, si es que procede. La autorización la dará el Referente Técnico, quien solicitará al Departamento Jurídico del Hospital, Resolución Exenta donde se indicará el nuevo plazo de puesta en marcha. De haber incumplimiento en los plazos, se aplicará la multa respectiva. 12° MENU ESPECIAL Y SERVICIOS A PEDIDO A petición del Referente técnico del Hospital, el adjudicatario podrá presentar cotizaciones por alternativas de servicios estandarizados o a pedido, para ocasiones especiales dentro del Hospital, y cuya cotización será presentada previamente al Hospital para su debida aprobación o rechazo. Debe considerar, además, ofertas de menú especial para fechas como: fiestas patrias, día del Hospital, navidad, año nuevo, y otros similares. 13° HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DEL CASINO El casino debe funcionar todos los días del año incluyendo domingos y días festivos, y en un horario mínimo de: LUNES A DOMINGO DE 08:00 A 23:00 HORAS Cualquier inconveniente que el adjudicatario tenga para cumplir con el horario comprometido en su oferta (Formulario N°6), deberá ser comunicado al Referente técnico del Hospital a lo menos 3 días corridos antes del evento. Solo se aceptarán motivos de fuerza mayor para restringir el horario de funcionamiento. De haber incumplimiento, no comunicado previamente y con justificación, se aplicará la multa respectiva. 14° VISITA A TERRENO (REQUISITO EXCLUYENTE) Los oferentes deberán realizar una visita a terreno de carácter obligatorio para evaluar requerimientos técnicos, de equipamiento, modificaciones físicas y/o estructurales al espacio físico disponible, con la finalidad de optimizar el funcionamiento del servicio de casino. La visita estará a cargo del Referente técnico, Nutricionista jefe de la Unidad de Alimentación del HBSJO, o de quien subrogue o reemplace, o en quien se delegue. La fecha, hora, y lugar de la visita se indicará en el portal mercadopublico.cl el día de la publicación del proceso. Cumplida la hora de citación habrá una espera adicional máxima de 5 minutos (según reloj del HBSJO). El oferente que no se presente a la visita técnica en la fecha y hora indicada, quedara excluido automáticamente de esta licitación. El Hospital levantará un acta de los asistentes a la visita, con nombre, Rut, firma, y teléfono de cada uno.