BASES
ADMINISTRATIVAS
LICITACIÓN PÚBLICA
“CONVENIO POR SUMINISTRO LENTES ÓPTICOS PARA POLICLÍNICO DE
OFTALMOLOGÍA DEL HBSJO”
ID: 1063538-45-LQ21
HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO
1° OBJETIVO DE LA
LICITACIÓN PÚBLICA.
1.1
Objetivo
El Hospital Base San José de
Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere la adquisición de Convenio
por Suministro de Lentes Ópticos para Policlínico de Oftalmología del HBSJO” de
acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas,
económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública
corresponde a aquella adquisición mayor a 2000 e inferior a 5000 UTM.
1.2 Ámbito
Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada
para estipular la contratación del contrato de convenio por suministro de lentes ópticos para policlínico de
oftalmología del Hospital Base San José de Osorno.
Formarán
parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones,
enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la
licitación, que emane del Hospital y publicado en el portal www.mercadopublico.cl.
El precio de
referencia para el presente proceso licitatorio será de $170.000.000.- (Ciento
setenta millones de pesos chilenos) I.V.A. incluido. Por un periodo de 24
meses.
Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente
el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este
proceso de compra.
2° BASES DE
LICITACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
Las presentes Bases se
encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:
2.1 Bases de
licitación
·
Bases
Administrativas
·
Bases
Técnicas
·
Formularios
anexos
2.2 Definición de
términos
· Licitación
o Propuesta Pública: Procedimiento
administrativo de carácter concursal mediante el cual la Administración realiza
un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las
bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará
la más conveniente.
· Ley
de Compras:
Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios.
·
Bases: Documentos aprobados por la
autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y
especificaciones, establecidos por el Hospital Base San José de Osorno, que
describen los bienes o insumos, prestaciones o servicios a contratar y regulan
el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases
Técnicas.
·
Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que
contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de
consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación,
modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos
administrativos del Proceso de Compras.
·
Bases Técnicas:
Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera
general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás
características del bien o servicio a contratar.
·
Oferta: El costo
ofrecida por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que
deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en ellas.
· Oferente: Proveedor que participa en un
Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.
· Días corridos:
corresponde a todos los días de la semana, incluyendo sábado y domingo,
feriados y festivos. Al momento de referirse a la palabra “días” se entenderá
como “días corridos”.
· Cierre de licitación: Fecha
límite designada para presentar ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, la
oportunidad para ingresar propuestas a través del portal de compras debe
ajustarse efectivamente al cronograma del llamado a licitación.
·
Comisión
evaluadora: Delegación
de funcionarios del hospital Base San José de Osorno designados por su
Director(a) con el objeto de asesorarla en la apertura de la propuesta y la
evaluación de las ofertas.
· Apertura: acto de
apertura electrónica por el cual el establecimiento toma conocimiento del
contenido de las ofertas presentadas a través del sistema de información de
compras y contratación pública, una vez vencido el plazo de presentación fijado
para tal efecto.
· Adjudicación: acto administrativo fundado, por medio del cual la
autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un
contrato de suministros o servicios, regido por la Ley 19.886, en adelante,
también, la “Ley de compras”. (Artículo 2°, numeral primero del Decreto Supremo
N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda).
· Adjudicatario:
Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso
de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
·
Precio de Referencia: Corresponde a una aproximación del precio a pagar por el
servicio licitado.
· Contrato de
Servicios: Aquél mediante el cual
el Hospital encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas,
actividades o la elaboración de productos intangibles.
· Garantía: Aquel
instrumento que asegure la seriedad o fiel y oportuno cumplimiento de un
contrato. Dicho documento asegura su cobro en forma rápida oportuna y efectiva.
·
Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de
Proveedores, a cargo de la Dirección.
· Unión
Temporal de Proveedores:
asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una
oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso
de un trato directo.
3° NORMATIVA Y
ORDEN DE PRECEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS.
Sin perjuicio de la normativa
legal vigente, el presente llamado a licitación, se regirá por los siguientes
documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre
ellos, será el que a continuación se indica:
·
Bases
Administrativas, Técnicas y sus formularios, Condiciones, Contractuales y
Resolución Aprobatoria.
·
Aclaraciones,
respuestas y modificaciones de las bases de licitación, si las hubiere.
·
Oferta de
él o los proponentes respectivos.
·
Resolución
adjudicataria.
·
Resolución
aprobatoria de contrato, si corresponde.
·
Orden de
compra.
4° LLAMADO A
LICITACIÓN
El llamado a propuestas se
publicará a través del portal www.mercadopublico.cl.
El presente proceso
licitatorio público se regirá por lo dispuesto en la ley Nº 19.886 y su
reglamento aprobado por decreto supremo Nº 250 de 2004 del Ministerio de
Hacienda y sus posteriores modificaciones, lo dispuesto en las presentes bases
administrativas y técnicas, sus anexos, las preguntas, respuestas y
aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la resolución
respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente.
5° REQUISITOS DE
LOS PARTICIPANTES
Por el hecho de participar
en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y
aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin
perjuicio de la declaración jurada requerida para estos efectos como requisito
de admisibilidad.
Podrán participar en esta propuesta pública las personas
naturales, jurídicas, chilenas o agencias extranjeras o uniones temporales de
proveedores (Artículo 67 bis), que cumplan con los demás requisitos mínimos
establecidos y acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente,
además de cumplir con lo siguiente:
·
No estar afecta a alguna de
las causales del artículo 4º de la Ley 19.886 de compras Públicas.
·
En caso de personas
jurídicas, no estar afecta a alguna de las inhabilidades de la Ley 20.393.
Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de
la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a
los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
Al momento de la suscripción
del contrato, resultado de la propuesta, el oferente favorecido deberá estar
inscrito en el Registro de Proveedores, lo que se comprobará con el respectivo
Certificado de Inscripción.
En caso de Uniones
Temporales de Proveedores, cumplir con los requisitos exigidos en el art. 67
bis del Decreto 250 que contiene el Reglamento a la Ley de Compras Públicas.
6° PLAZOS.
La presente licitación se
desarrollará conforme a los plazos establecidos en las bases, (ficha del portal
mercadopublico.cl)
A continuación, se establece
un calendario para los plazos de la presente licitación. Se deja establecido
que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el
día hábil inmediatamente siguiente, entendiéndose que son inhábiles los días
sábados, los domingos y los festivos.
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Fecha de publicación en el
portal www.mercadopublico.cl.
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Dentro de las 48 horas
hábiles siguientes a la total tramitación de la resolución que aprueba las
presentes bases de licitación.
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Fecha inicio preguntas.
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A contar de la publicación
en el portal de compras públicas.
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Fecha final de preguntas.
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Hasta las 17:00 hrs. del
quinto día (05) corrido a contar de la publicación.
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Fecha de publicación de
respuestas.
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A las 17:00 hrs. del sexto
(6) día corrido a contar de la publicación.
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Fecha de cierre de
recepción de ofertas.
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Hasta las 17:00 hrs. del
décimo (10) día corrido a contar de la publicación.
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Fecha de acto de apertura
de ofertas.
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La Apertura de ofertas se
efectuará el día siguiente del cierre de la recepción de las ofertas a las
08:00 hrs.
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Fecha para responder
aclaraciones solicitadas por la Comisión de Evaluación.
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Hasta 48 horas a partir de
la publicación de solicitud de aclaración en portal de www.mercadopublico.cl.
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Fecha estimada de
adjudicación.
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Hasta el trigésimo (30)
día hábil siguiente a la fecha de cierre de evaluación de propuestas.
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Fecha para entrega de
Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
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Hasta el séptimo día (7)
día corrido siguiente a la fecha de notificación por parte del Hospital
(Dpto. Jurídico).
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Fecha para firma de
contrato
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Hasta el décimo (10) día
hábil siguiente a la fecha de notificación y envío de documentos por parte
del Hospital (Dpto. Jurídico).
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Fecha término de contrato.
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24 meses contados desde la total tramitación del
acto administrativo que lo aprueba.
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Atendida la naturaleza y por
motivos de buen funcionamiento del Hospital Base San José de Osorno, se rebajan
los plazos de publicación de veinte a diez días corridos desde la publicación
al cierre de recepción de las ofertas.
7° DOMICILIO Y
JURISDICCIÓN.
Para los efectos de esta
licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Osorno y se someten a
la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
8° CONSULTAS,
ACLARACIONES Y MODIFICACIONES.
Los proponentes podrán
formular, consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases,
las que deberán ser realizadas a través del Foro Electrónico del Sistema de
Información dentro del plazo establecido.
No serán admitidas las
consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente
al señalado.
Las aclaraciones, derivadas
de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases,
teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el
oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán
razonar desconocimiento de las mismas.
Hasta el vencimiento del
plazo para la publicación de las respuestas, el Hospital podrá efectuar las
aclaraciones a las Bases que estime pertinentes.
Asimismo, y hasta antes del
cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá modificar las presentes Bases
si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del
proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas
formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y
contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y
adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin
perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los
participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopúblico.cl).
9° VALIDEZ DE LAS
PROPUESTAS.
La propuesta deberá tener
validez de 120 días contados desde la fecha de apertura electrónica. Si dentro
de dicho plazo no fuese posible efectuar la adjudicación del llamado a
licitación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes la prórroga de las
propuestas, hasta en 60 días más.
10° PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS,
ECONÓMICAS Y DE LOS DOCUMENTOS DE ANEXOS.
La entrega de las
propuestas, deberá efectuarse únicamente a través del Sistema de Información
(digital) en el plazo previsto para la presentación de ofertas.
La única excepción en cuanto
a documentos que pueden ser presentados en soporte físico (papel) es la
Garantía de Seriedad de la Oferta. En dicho caso, ésta deberá presentarse en sobre
cerrado, indicándose en el anverso el nombre de la licitación e ID del portal
www.mercadopublico.cl asociado a la propuesta, junto con la identificación del
oferente. La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá ser ingresada (si
corresponde) a través de la Oficina de Partes del Hospital y el máximo plazo de
entrega es la fecha y hora en que expira el plazo de presentación de ofertas.
Lo anterior sin perjuicio de lo que al respecto dispone el Artículo 62 del
Reglamento de la Ley N°19.886.
En el caso de garantías Seriedad de la oferta que poseen
emisión digital o electrónica; éstas, deberán ser ingresadas a través de email
oficial de Oficina de partes oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl, el máximo plazo de entrega es la fecha y hora en que expira
el plazo de presentación de ofertas. REQUISITO EXCLUYENTE, por lo que su
omisión será causal de rechazo de la oferta en el acto de Apertura.
Los proveedores podrán
presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las
Bases.
Si dos o más proveedores se
unen para el efecto participar en el presente llamado a Licitación, deberán
establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad
entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el
Hospital y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes
suficientes. El representante de la unión temporal de proveedores deberá
adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta
del acuerdo para participar de esta forma. Todo lo anterior de conformidad y
dando cumplimiento a los demás requisitos prescritos por el Artículo 67 Bis del
Reglamento de la Ley 19.886.
10.1 De los
Antecedentes Administrativos.
Los oferentes deberán
adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los
siguientes antecedentes:
• Identificación del
proponente. (Formulario Nº 1). Este
documento debe ser anexado
en antecedentes
administrativos. REQUISITO EXIGIDO.
• Aceptación de las
bases y conocimiento de la ley de contratación pública (Formulario Nº 2). Este documento debe ser anexado en antecedentes
administrativos. REQUISITO EXIGIDO.
Para la firma del contrato se solicitará la siguiente documentación:
● Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
extendida.
10.2 De la Propuesta
económica
El valor de la oferta
económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl.
Deberá ser expresado en
pesos chilenos y corresponder al precio neto unitario (sin I.V.A.).
Los oferentes deberán
completar el formulario económico dispuesto para aquello (Formulario Nº3) de acuerdo a las instrucciones anteriormente
descritas y deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal
respectivo. Este documento debe ser anexado en antecedentes económicos. REQUISITO EXIGIDO.
10.3 De la Propuesta
Técnica
Debe elaborarse en base a
los antecedentes expuestos en las Bases Técnicas, para ello el Hospital ha
desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma
de presentación de las ofertas.
La Propuesta Técnica deberá
proporcionar información referente al tipo de servicio y prestaciones
requeridos, la cobertura de estos, sus límites, alcances, y otros.
La Propuesta Técnica deberá
ajustarse a lo requerido en el Formulario
N°4 de las presentes Bases de Licitación. Este documento debe ser anexado
en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del
proceso de evaluación. REQUISITO
EXCLUYENTE
Plazo para ejecutar entrega
de lentes contados desde él envió de la orden de compra.
Garantía contada desde la
entrega de los lentes, Tiempo de
entrega de los lentes contados desde él envió de la orden de compra y
respuesta en caso de emergencia contada desde la fecha de envío al proveedor
del correo electrónico, llamado telefónico u otro medio de comunicación por
parte del Hospital y garantía del servicio (Formulario
N°5). Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo
contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. REQUISITO EXCLUYENTE.
El proveedor deberá
acreditar experiencia mediante servicios equivalentes al licitado. (Formulario
N°6). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXIGIDO.
El oferente deberá indicar,
bajo su responsabilidad, con un funcionario presencial en horario de
funcionamiento del CAE del Hospital Base de Osorno (Formulario N°7) Este documento debe ser anexado en antecedentes
administrativos. REQUISITO EXIGIDO.
Para el presente proceso
licitatorio no se requiere la presentación de muestras de bienes o insumos. Sin
embargo, si durante el proceso de revisión y evaluación técnica requiere de
muestras para subsanar dudas y obtener mayores detalles, estas serán
solicitadas a los oferentes a través del foro inverso del portal de compras.
11° PACTO DE
INTEGRIDAD
El oferente declara que, por
el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las
estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en
el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y
documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las
presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes
compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar
ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera
fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él
o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a
ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o
indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o
realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o
afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o
acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o
conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la
información y documentación, que deba presentar para efectos del presente
proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para
asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia
de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los
principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el
presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y
respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus
documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f)
El oferente
se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas
bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables
a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el
proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en
términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen
necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y
cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o
agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen
directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación,
incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos
correspondientes.
12° GARANTÍAS
Para el presente llamado a
Licitación y dadas las características del proceso se requerirán Garantía de
Seriedad de la Oferta y Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
12.1 Garantía de
Seriedad de la Oferta.
|
CARACTERISTICAS
|
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Tipo de Garantía
|
Garantía de
Seriedad de la Oferta.
|
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Exigibilidad
|
Será obligatoria su entrega para todos los oferentes de la
licitación. Independiente de la cantidad de propuestas que presente cada
oferente, cada oferta debe presentar su propia garantía.
La no entrega en el plazo señalado será causal de rechazo
de la oferta.
|
|
Estipulaciones del documento
|
Expresar su monto en pesos chilenos.
Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se
trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social.
La
caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de
irrevocable.
No
se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que
se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y
efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.31 del
Reglamento de Compras Públicas.
|
|
Beneficiario
|
Hospital Base San
José Osorno
Rut: 61.602.260-1
|
|
Tomador
|
El
tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo oferente, o un tercero
a su nombre.
|
|
Monto
|
$500.000.- (quinientos mil pesos)
|
|
Fecha de vencimiento
|
Deberá poseer una vigencia mínima no inferior a noventa días corridos desde la fecha
de cierre del plazo para ofertar a la propuesta, fecha portal www.mercadopublico.cl.
|
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Glosa
|
“GARANTIZA LA SERIEDAD DE LA OFERTA PARA CONVENIO POR
SUMINISTRO LENTES OPTICOS PARA POLICLINICO DE OFTALMOLOGIA”. junto a
la glosa señalada, deberá el documento indicar el ID de la presente
licitación
|
|
Causales de
cobro
|
El
Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía si el oferente
desiste por cualquier causa de su oferta, en las siguientes instancias:
• Antes
de la adjudicación
• Durante
el proceso de adjudicación
• Después
de la adjudicación (No firma el contrato dentro del plazo señalado en el
numeral 6° de las bases)
• Incumplimiento
de toda obligación que impone al proponente su condición de tal
Esta garantía no devengará intereses ni reajustes,
y será restituida al adjudicatario una vez que éste suscriba el contrato
respectivo y confiera la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
|
|
Forma y momento de entrega
|
Deberá entregarse con plazo hasta la
fecha de cierre de recepción de las ofertas.
Esta garantía podrá otorgarse
electrónica o físicamente.
En el primer caso debe ser escaneada y se subirá al portal
www.mercadopublico.cl, para posteriormente ser ingresada en forma física
(papel) a través de Oficina de Partes del Hospital; y en el segundo caso,
entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la
“ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del
proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base San José de Osorno, con
plazo hasta la fecha de cierre de recepción de las ofertas. REQUISITO
EXCLUYENTE, por lo que su omisión será causal de rechazo de la oferta en el
acto de Apertura.
|
|
Forma y momento de restitución.
|
La
devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas
hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del
plazo de 25 días contados desde la notificación de la resolución que dé
cuenta de la inadmisibilidad de la preselección de los oferentes o de la
adjudicación, salvo para el oferente adjudicado y al que le siga en puntaje,
a quienes se le devolverá dicha garantía una vez firmado el contrato.
|
12.2 Garantía de fiel
cumplimiento de contrato.
|
CARACTERISTICAS
|
|
Tipo de Garantía
|
Garantía de Fiel
Cumplimiento de Contrato
|
|
Exigibilidad
|
Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se
requerirá la presentación de un instrumento de garantía para el fiel y
oportuno cumplimiento del contrato.
Si dicha garantía no es presentada en tiempo y forma, el
Hospital Base San José de Osorno se reserva el derecho de hacer uso efectivo
de la Garantía de Seriedad de la Oferta, dejando sin efecto
administrativamente la adjudicación, sin perjuicio de otros derechos.
|
|
Estipulaciones del documento
|
Expresar su monto en pesos chilenos.
Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate;
hecho o riesgo que caucionan; y razón social.
Ser pagaderas, a la vista e irrevocables.
No se establecen
restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará
cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva,
siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.68 del Reglamento
de Compras Públicas.
|
|
Beneficiario
|
Hospital Base San
José de Osorno
Rut: 61.602.260-1
|
|
Tomador
|
El tomador del
instrumento de garantía deberá ser el mismo RUT del oferente.
No se aceptarán
garantías tomadas por terceros.
|
|
Monto
|
8% del monto total adjudicado y se expresará en pesos.
|
|
Fecha de vencimiento
|
La vigencia de la garantía deberá ser por todo el período
de vigencia del contrato, más 90 días después de terminado el vínculo
contractual
|
|
Glosa
|
“CAUCIONA
EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO CONVENIO POR SUMINISTRO LENTES OPTICOS PARA POLICLINICO
DE OFTALMOLOGIA”, junto a la glosa
señalada, deberá el documento indicar el ID de la presente licitación.
|
|
Causales de cobro
|
El
Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes
casos:
• Incumplimiento
en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas las obligaciones que
impone el contrato y las bases administrativas y técnicas.
• El
adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con
respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886.
Estas
exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la
ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los
que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de
este centro asistencial.
En
caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el
contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de
cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción
judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que
“el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado
o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente
indemnización de perjuicios.
|
|
Forma y momento de entrega
|
Esta garantía deberá entregarse en la oficina de partes del
“Hospital”, dentro de los 7 días siguientes a la publicación de la
adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl
Esta garantía
podrá otorgarse electrónica o físicamente. En el primer caso deberá ser
escaneada y enviada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl, y en el segundo
caso deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el
número de la “ID” y nombre de la licitación así como nombre, dirección y
teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base Osorno.
|
|
Forma y momento de restitución.
|
Para la
devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá
solicitarla una vez transcurridos los 90 días posteriores al término del
contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Contabilidad.
Antes de
solicitar dicha devolución, el Administrador de Contrato del Hospital
verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento
a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato.
Si se comprueba
el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo
de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por
parte de la Unidad de Contabilidad.
Se devolverá vía
carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado
en la carta solicitante de la devolución.
|
|
En el caso de prorroga o aumento
del contrato.
|
En el caso de prorroga o aumento del contrato el proveedor
deberá reemplazar, prorrogar o complementar la garantía de forma
proporcional.
|
12.2.1 Devolución
de Garantía
Esta garantía será
custodiada por el Departamento de Finanzas del Hospital y será devuelta, si
procediere, una vez transcurrido el plazo de vigencia de la misma y certificado
el cumplimiento del contrato por “el Hospital”, a solicitud escrita dirigida a la
Dirección del Hospital, ya sea del proponente o de su personal autorizado
expresamente para estos efectos.
13° REVISIÓN FORMAL
Y APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura electrónica de
las propuestas presentadas a través del Sistema de Información, se realizará en
la fecha prevista en las presentes bases (Ficha del Portal mercadopublico.cl) y
estará a cargo de un Ejecutivo Comprador de la Unidad de Abastecimiento, del
Hospital.
Corresponderá al
funcionario, verificar el ingreso de todos los anexos en el portal
www.mercadopúblico.cl, y realizar la admisibilidad de las ofertas, según lo
señalado en el artículo siguiente.
13.1 Admisibilidad de
las ofertas.
Es requisito para participar
en el presente llamado a licitación, y para la aceptación de la propuesta,
presentar, en la forma y plazos señalados todos los antecedentes exigidos en
las presentes Bases.
Conforme con lo anterior se
verificará el cumplimiento de cada uno de los siguientes criterios:
·
La
propuesta fue entregada conforme a lo exigido en el artículo 10º de las
presentes bases, y los antecedentes incluidos en ésta permiten su evaluación y
comparación con los demás proveedores.
·
La oferta
debe incluir todos los servicios correspondientes a la línea que postula.
Sin perjuicio de lo anterior,
en la apertura de ofertas el Hospital se reserva la facultad de admitir
aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores
evidentes, o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la
información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos
esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, y no
impida la correcta evaluación de las propuestas.
14° EVALUACIÓN DE
LAS OFERTAS
14.1 Comisión
Evaluadora
Las ofertas que se presenten
serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, designada por la
Dirección del Hospital, o quienes se encuentren subrogando o desempeñando el
cargo o función al momento de la evaluación:
Esta Comisión propondrá
sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y que resulten
las más convenientes a los intereses de la Institución; la proposición fundada
de declarar desierta el llamado de licitación y/o la proposición fundada de
adjudicar dicha licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las
propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas.
Corresponderá al ente
técnico confeccionar un informe de evaluación, el cual deberá contener la
siguiente información:
·
Cotejar la
admisibilidad de las propuestas.
·
Identificación
del ente técnico evaluador.
·
Oferentes
aprobados en etapa de Apertura.
·
Realizar el
proceso de evaluación técnica de las ofertas en base a antecedentes.
·
Observaciones
finales y las decisiones adoptadas por ente técnico.
·
Cuadro
Resumen de todas las propuestas por orden de puntaje total obtenido.
·
Recomendación
de Adjudicación.
·
Firmas
integrantes de la comisión evaluadora.
·
Fecha del
Informe.
De considerarse necesario,
la Comisión Evaluadora, requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su
propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser
entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el
calendario respectivo. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas
pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de
serle adjudicado.
14.2 Matriz de
evaluación
El detalle de los criterios
de evaluación y las respectivas ponderaciones serán los detallados en la
siguiente matriz:
|
N°
|
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
|
PONDERACIÓN
|
|
1
|
Oferta económica (precio)
|
50%
|
|
2
|
Requisitos técnicos
|
20%
|
|
3
|
Plazo de entrega
|
10%
|
|
4
|
Experiencia del oferente
|
5%
|
|
5
|
Tiempo de garantía
|
5%
|
|
6
|
Respuesta ante emergencia
|
5%
|
|
7
|
Cumplimiento de los requisitos formales de la presentación
de la oferta.
|
5%
|
|
TOTAL PORCENTAJE
|
100%
|
14.2.1 Evaluación
Económica
Esta evaluación consta de
una ponderación del 50% respecto a la evaluación final. El cálculo se efectuará
proporcionalmente a la mejor oferta deduciendo el porcentaje de cada oferta
presentada en relación a la más económica.
Los montos deben ser
ingresados en el (ver Formulario
correspondiente) de las bases de licitación.
Fórmula de
Cálculo:
|
Puntaje Obtenido = (Precio mínimo ofertado / Precio Ofertado)
*50
|
14.2.2 Requisitos
Técnicos.
Esta evaluación posee una ponderación del 20% respecto de la
evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes presentados
acordes a las bases técnicas y las ponderaciones de la siguiente tabla la
evaluación.
|
Nº
|
REQUISITOS
TÉCNICOS
|
CUMPLE
(SI:
100 – NO: 0)
|
PUNTAJE
|
|
1
|
Cumple con el 100% de las especificaciones solicitadas en
bases técnicas. Excluyente
|
100 / 0
|
50%
|
|
2
|
El oferente debe contar con stand y funcionario dentro del
establecimiento en horario de funcionamiento del CAE (lunes a jueves de 08:00
a 17:00 hrs. y viernes de 08:00 a 16:00 hrs. Este funcionario debe contar con
las competencias necesarias para orientar la elección del marco adecuado
(según receta y fisonomía), Mínimo manejo de planilla excel (a nivel de
usuario). Excluyente
|
100 / 0
|
20%
|
|
3
|
Oferente debe contar con oficina técnica dentro del radio
urbano de la comuna de Osorno, esta oficina deberá contar con un profesional
técnico capaz de dar resolución a los inconvenientes que presenten los lentes
derivados de su confección. El Hospital Base de Osorno se reserva el derecho
de disponer funcionario que verifique este punto. Excluyente
|
100 / 0
|
20%
|
|
4
|
Evaluación
referente técnico.
(Calidad de insumo, seguridad paciente/usuario,
funcionalidad, etc.) Excluyente
|
100 / 0
|
10%
|
|
|
TOTAL
|
100%
|
Para el presente proceso licitatorio se considerarán
admisibles aquellas propuestas que resulten con una Evaluación Técnica mínima
de 100%. Las ofertas que resulten con una evaluación inferior, resultaran
inadmisibles.
14.2.3 Plazo
de Entrega
Esta evaluación posee una ponderación del 10% respecto de la
evaluación final; se regirá en base a la entrega de lentes desde la fecha
indicación y/o recepción de la receta, no debe superar los 15 días corridos,
para cumplimiento de garantías GES.
Se recepcionara solamente recetas que hayan sido emitidas en
dependencias del Policlínico de Oftalmología del Hospital Base San José de
Osorno y las emitidas a usuarios por Licitación de Cataratas.
Se entregará copia de receta al usuario cuando retire sus
lentes. (ver Formulario correspondiente).
|
PLAZO DE ENTREGA
|
PUNTAJE
|
|
Igual o inferior a 5 días contados desde la fecha de
presentación de receta por parte del paciente en stand del proveedor.
|
100
|
|
Entre 6 y 9 días contados desde la fecha de presentación de
receta por parte del paciente en stand del proveedor.
|
80
|
|
Entre 10 y 14 días contados desde la fecha de presentación
de receta por parte del paciente en stand del proveedor.
|
50
|
|
Más de 15 días contados desde la fecha de presentación de
receta por parte del paciente en stand del proveedor.
|
0
|
Fórmula de Cálculo:
|
Puntaje Obtenido = (menor tiempo de plazo
de entrega / tiempo ofertado) *10
|
14.2.4 Experiencia
Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la
evaluación final y en ella se analiza la experiencia del oferente desde el año
2012 a la fecha. Además, deberá acreditar mediante contratos o certificados de
conformidad por servicios realizados, solo se aceptará como experiencia valida
servicios de características técnicas y económicas equivalentes al servicio
licitado.
El oferente deberá adjuntar en formato electrónico a través
del portal www.mercadopublico.cl,
garantizando la experiencia del servicio comprometido y requerido por el
Hospital.
Fórmula de Cálculo:
|
DETALLES
|
PUNTAJE
|
|
Mayor o
igual a 5 contratos o certificados acreditados
|
100
|
|
Entre 2 y
4 contratos o certificados acreditados
|
50
|
|
Menor a 2
contratos o certificados acreditados
|
0
|
14.2.5 Garantía
Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la
evaluación final y en ella se analiza la garantía del oferente a los
requerimientos de la institución. La garantía debe cubrir la totalidad de la
actividad realizada en la aplicación del presente contrato.
La empresa u oferente deberá adjuntar en formato electrónico
a través del portal www.mercadopublico.cl (ver Formulario N°5), garantizando la entrega
del servicio comprometido y requerido por el Hospital.
Fórmula de Cálculo:
|
Puntaje Obtenido = (garantía ofertada/mayor garantía) *5
|
14.2.6 Tiempo
de respuesta para emergencia
Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la
evaluación final; oferente deberá informar el tiempo en horas, para contar con
lentes ópticos en el hospital.
Fórmula de Cálculo:
|
Puntaje Obtenido = (menor tiempo/tiempo ofertado) *5
|
14.2.7 Cumplimiento
de requisitos formales
Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la
evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes
proporcionados en formulario correspondiente.
“presentas todos los formularios considerados en las bases, con la información
solicitada en el respectivo formulario, no se evaluarán o considerar
formularios presentados sin información de la oferta o ausencia de estos”
|
DETALLES
|
PUNTAJE
|
|
Cumple
|
100
|
|
No cumple
|
0
|
La Evaluación Final se realizará de acuerdo con el siguiente
cuadro:
|
Puntaje final:
Puntaje evaluación económica + puntaje requisitos técnicos +puntaje plazo de
entrega + puntaje Experiencia del oferente + puntaje Experiencia puntaje
garantía + puntaje Tiempo respuesta de emergencia + cumplimiento de los
requisitos formales de la presentación de la oferta.
|
“El
Hospital” decidirá la adjudicación en conformidad a la nota o puntaje que
arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la
oferta que estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de
menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta
calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este
capítulo.
15° ADJUDICACIÓN DE
LA PROPUESTA
Según los criterios de
evaluación señalados en estas bases se adjudicará al proveedor que obtenga
mayor puntaje, sin tener que ser necesariamente la oferta más económica, y
siempre que cumpla técnicamente con lo mínimo establecido en estas bases.
La adjudicación de la
propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital,
la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes
por el mismo medio.
Cuando la adjudicación no se
realice por causas no imputables al Hospital dentro del plazo señalado en el
capítulo 6° de las presentes bases administrativas, la entidad licitante
informará en el Sistema de Compras Públicas, las razones que justifican el incumplimiento
del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En
efecto, si el Hospital, no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad
de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos
efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 24 horas previas a la
fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han
impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de
adjudicación que no excederá de 30 días hábiles contados desde la fecha en que
debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo
plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa
del calendario señalado en el capítulo ya citado, debiéndose sumar el número de
días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través
del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al
artículo 6 del reglamento de la ley Nº 19.886.
15.1 Del derecho a
declarar inadmisible las propuestas o desierto el llamado
El Hospital, se reserva el
derecho a declarar inadmisible cualquiera de las propuestas por incumplimiento
de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y/o Técnicas, esto
en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.886 sobre
Compras Públicas. Del mismo modo, de no presentarse propuestas, o bien, cuando
éstas no resulten convenientes a los intereses de la institución, se declarará
desierto el llamado a licitación. En ambos casos se dictará una resolución
fundada.
Los oferentes no tendrán
derecho a solicitar indemnizaciones de ninguna especie, por los gastos
incurridos para participar en esta propuesta.
15.2 Mecanismo de
resolución de empate
Se entenderá por empate
cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada
técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente.
·
En caso de
empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el
mejor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”
·
En caso de
continuar el empate, como segundo criterio se seleccionará a aquel oferente que
obtenga el mejor puntaje en el criterio “Requisitos técnicos”
·
En caso de
persistir el empate, el tercer mecanismo de desempate a aplicar será aquel
oferente que presente el mejor puntaje en el criterio “Plazo de entrega de lentes”.
·
En caso de
persistir el empate, el cuarto mecanismo de desempate a aplicar será aquel
oferente que presente el mejor puntaje en el criterio “Experiencia del
Oferente”.
·
De
persistir el empate se solicitará la opinión conjunta y unánime de toda la
comisión que participa en el proceso de evaluación; los que, previo estudio de
las ofertas dirimirá la igualdad.
15.3 Presentación de
antecedentes omitidos por los oferentes
No se aceptarán propuestas,
antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un
medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación y fuera de los
plazos señalados. Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar
las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus
propuestas y la información solicitada.
Se deja expresa constancia
que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la
oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida
traducción al español, para proceder a su evaluación.
15.4 Mecanismo para
solución de consultas respecto a la adjudicación
Adjudicada la oferta
propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna
especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o
de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación.
En caso de que los oferentes
no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al
resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas
deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a
jonathan.salvoc@redsalud.gob.cl, quien entregará la respuesta y/o aclaración
respectiva en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores al día de
efectuada la consulta.
16. FACULTAD DE
READJUDICAR
El Hospital podrá
readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo
con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa,
haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en los siguientes
casos, cuya enumeración no es taxativa:
a) Si el Contrato no se firma dentro del plazo estipulado, por
razones o causas atribuibles al adjudicatario.
b) Si el adjudicatario no
realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del
plazo establecido.
c) Si el adjudicatario desiste de su oferta.
d) Error en la evaluación de las ofertas, subsanado oportunamente
a través del sistema de información.
e) Las inhabilidades de los artículos 8º y 10º de la Ley Sobre
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo
primero de la Ley nº 20.393.
La readjudicación se
realizará vía resolución fundada del Hospital, y se comunicará a través del
portal www.mercadopublico.cl
La readjudicación deja sin
efecto la adjudicación, asignando los bienes o insumos, prestaciones o
servicios al oferente que resultó en segundo lugar del proceso evaluativo.
los implementos de seguridad industrial y ropa de trabajo.
17° CONTRATO
El Contrato lo redactará la
Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital de conformidad a lo que se expresa en
las bases de licitación, la oferta adjudicada y demás documentos que integran
la relación contractual.
Formarán parte integrante
del contrato, las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y la Resolución
de Dirección que las aprueba, consultas y aclaraciones si las hubiere, la
Resolución de Adjudicación, la oferta adjudicada, y demás normativas y
reglamentos que se encuentren vigentes en la Institución.
El proveedor, deberá
acreditar al tiempo de celebración del contrato que no registra saldos
insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, mediante
la entrega de un certificado emitido por la Inspección del Trabajo o entidad
certificadora de obligaciones laborales y previsionales acreditada de
conformidad con la ley Nº 20.123 y su reglamento. En caso de que se constate
algún incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales señaladas
durante la ejecución del contrato, el pago producto del contrato será destinado
al cumplimiento de dichas obligaciones y/o se solicitará al proveedor que
proceda a dichos pagos y le presente al Hospital los comprobantes y planillas
respectivas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El
incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor permitirá al
Hospital a dar por terminado el contrato y en caso de llamarse a una nueva
licitación éste no podrá participar. Las obligaciones referidas se extenderán a
las empresas subcontratadas por el proveedor en caso de que las presentes bases
permitan la subcontratación.
Se entenderá que si el
adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la
normativa de Compras Públicas, remitiendo la garantía de fiel y oportuno
cumplimiento, se desiste de la propuesta; caso en el cual “el Hospital”
procederá a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y estará
facultado para readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor
evaluada, de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, según
lo estime pertinente siempre y cuando dicha oferta sea conveniente para los
intereses del Hospital.
17.1 Vigencia
El contrato comenzará a
regir, a partir de la total tramitación de la resolución que lo apruebe y
tendrá una vigencia de 24 meses.
17.2 Aumentos y
disminuciones de contrato
El contrato podrá ser
aumentado por iniciativa exclusiva del Hospital, por única vez hasta por un 30%
si así lo estima conveniente para los intereses de la Institución y tales
variaciones no podrán significar una alteración del valor propuesto en su
oferta económica.
Lo anterior, obedece a las
características propias de la contratación y el carácter necesario que
significa para una entidad de salud, permitiendo cubrir los requerimientos.
Para hacer efectiva dicho
aumento, “el Hospital” deberá comunicar por escrito a su contratante la
disposición a aumento el contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación
a su fecha de vencimiento. El aumento deberá ser aprobado mediante resolución
fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo
correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito
por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente renueve las
garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12° de las presentes bases.
17.3 Prórroga del
contrato
De ser necesario aumentar el plazo del contrato, esta prórroga será
como máximo hasta 90 días desde terminado el plazo original, o desde agotado el
presupuesto, y siempre que dicho acto sea gestionado, coordinado y comunicado
al adjudicatario antes del vencimiento del contrato, fundadamente, y sólo se
permitirá por una vez. La prórroga debe ser solicitada por el coordinador
técnico del HBSJO.
17.4 Término
anticipado del Contrato.
Previa calificación de las
circunstancias y por resolución fundada el Hospital podrá poner término al
contrato en forma anticipada e inmediata como consecuencia de un
incumplimiento, sin perjuicio de ejercer las demás acciones que procedan,
especialmente la indemnización por perjuicios causados.
17.4.1 Resciliación del Contrato
Las partes podrán poner término al
Contrato de común acuerdo en forma anticipada.
17.4.2 Término
de contrato por parte del Hospital.
El
Hospital se reserva el derecho de poner término al contrato anticipadamente si
procede alguna de las siguientes causales:
a)
Por razones
de Ley, actos de autoridad, caso fortuito, fuerza mayor o la seguridad
nacional; el Hospital se reserva el derecho de poner término anticipado al
contrato, y sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado.
b)
Si el
Ejecutor es declarado en quiebra, o le son protestados documentos comerciales
que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente
aclarados dentro de dicho plazo. (Informe Chileproveedores).
c)
Si el
Ejecutor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren
las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el
cumplimiento del contrato.
d)
Pérdida
de la confianza técnica en el desarrollo de los servicios contratados, lo que
será avalado con informe técnico confeccionado por la contraparte técnica
designada para el presente convenio.
e)
En caso de
término de giro, liquidación, o disolución de la sociedad ejecutora. En tales
eventos la entidad ejecutora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de
tales hechos al Hospital, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso
respectivo.
f)
Cuando el
Hospital posea evidencias fundadas que el oferente ha incumplido en forma
reiterativa (multas superan en 20% del total del contrato) compromisos establecidos
en las bases y el contrato, por causas imputables al oferente.
g)
Cuando el
prestador proporcione antecedentes falsos en relación a las exigencias de las
presentes Bases Administrativas y Técnicas.
h)
Cuando el
prestador durante el periodo de vigencia del contrato, sea sancionado por la
Autoridad Sanitaria o la Superintendencia de Salud.
i)
Que con la
ocasión de la realización de una auditoría técnica y / o administrativa se
concluya “graves incumplimientos a las normas técnicas de las especialidades o
de las presentes bases técnicas y administrativas”.
j)
La
realización de donaciones de bienes y/o servicios de todo tipo por parte del
oferente adjudicado a los usuarios del Contrato o funcionarios públicos
pertenecientes al Hospital.
k)
Si así lo
exigiera el interés público o la seguridad nacional.
l)
Registrar
saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus
actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a
la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El término anticipado al
contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de la indicada
en la letra a), dará derecho al Hospital para cobrar y hacer efectiva la
garantía de fiel cumplimiento de acuerdo al procedimiento que corresponda según
su naturaleza y sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren
corresponder al Hospital en contra del contratante.
El término anticipado del contrato, previo a su ejecución
deberá ser informado al proveedor contratado mediante correo electrónico,
argumentando el motivo de su término, adjuntando los antecedentes que respalden
dicha decisión. El adjudicado contará con un plazo máximo de 5 días hábiles
para impugnar dicha decisión y presentar sus descargos al Director del hospital
Base San José de Osorno, quien, en conjunto con el Departamento Jurídico
resolverán con todos los antecedentes si se acoge o no el termino anticipado
del contrato.
En el caso de ser acogido el término anticipado del contrato
se formalizará mediante Resolución Fundada y publicada en el sistema de
información a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, salvo que concurran
alguna de las situaciones señaladas en el artículo N°62 del reglamento N°250 de
la ley 19.886.
Lo anteriormente indicado guarda relación con lo dispuesto en
el artículo N°79 TER del reglamento N°250 de la ley 19.886.
17.5 Coordinador
técnico.
El Hospital Base San José de
Osorno supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato, para lo
cual se designa como Coordinador del mismo al Jefe del Policlínico de
Oftalmología o quien lo subrogue o reemplace, quien tendrá entre otras, las
siguientes funciones:
·
Monitorear
y gestionar los plazos establecidos en el contrato;
·
Exigir y
fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato en todos sus aspectos
técnicos;
·
Exigir
informes técnicos a empresa que ejecuta servicios, evaluar cumplimiento por
parte del ente técnico del hospital, para su validación y subsanar eventuales
observación de conformidad de servicio en términos cuantitativos y cualitativos
sobre la ejecución, operación, gestión del contrato, sugerir aplicación de
multas cuando procedieran.
·
Conocer íntegramente las bases y contrato del
presente proceso licitatorio.
17.6 Administrador
del Contrato
Para el cumplimiento de los aspectos administrativos del
contrato se designa al Administrador de Contratos, o quien lo subrogue o
reemplace, quien tendrá entre otras, las siguientes funciones:
·
Validar administrativamente el reporte enviado por el adjudicatario de lo
efectivamente ejecutado en el mes, para la posterior emisión de la orden de
compra, y luego facturación por parte del proveedor.
·
Controlar el plazo de
vigencia del contrato y los pagos respectivos, en relación al presupuesto de la
licitación.
·
Informar
con anticipación a la contraparte técnica y al jefe de Abastecimiento del
Hospital el término de la licitación, ya sea en plazo, presupuesto, o cantidad.
·
Supervisar la adecuada
aplicación de los mecanismos de facturación y pago del servicio objeto del
convenio.
·
Solicitar al director del
Hospital curse las sanciones por incumplimiento del convenio, adjuntando los
antecedentes e informes que lo justifiquen, actividad coordinada cuando
corresponda con asesor jurídico del Hospital.
·
Conocer íntegramente las
bases y contrato del presente proceso licitatorio.
17.7 Contraparte técnica del convenio.
El
proveedor adjudicado designará un “Coordinador del convenio” con dedicación
permanente que lo representará ante el Hospital para todos los efectos del
contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Ejecutor. (Formulario N° 2).
En el desempeño
de su cometido el Coordinador del Convenio deberá:
1. Representar al
adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del
convenio.
2. Emisión y envío de
Informes mensuales para mantener ordenados los estados de pagos de facturas.
3. Informar cualquier
cambio en la calidad y/o presentación del servicio, en los plazos estipulados
en estas bases y a quién corresponda.
4. Coordinar las
asesorías que el Hospital requiera.
5. Recepcionar los
reclamos y su gestión.
6. Coordinar las
urgencias.
7. Conocer íntegramente
las bases y contrato del presente proceso licitatorio.
Todo cambio
relativo a la designación del Coordinador deberá ser informado a la Contraparte
Técnica del Hospital por el Representante Legal, dentro de las 24 horas siguientes
de efectuado el cambio.
17.8 Confidencialidad
El personal que ejecute labores en el Hospital, así como el
proveedor adjudicado, quedan obligados a mantener reserva de la información
relativa a éste de la cual conozcan en el ejercicio de los servicios
contratados en virtud de la presente licitación.
En especial mantendrán reserva de la información referida a
pacientes y usuarios del Hospital.
El Ejecutor y las personas que desarrollen los servicios no
podrán difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente,
información del Hospital o sus usuarios, de la cual haya tomado conocimiento en
el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación,
reservándose el Hospital, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de
infracción.
17.9 Precio
El precio de la adquisición
corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en el portal
www.mercadopublico.cl más los impuestos correspondientes y, en los documentos
adjuntados en la licitación en su formulario económico (formulario Nº3). Éste, no será reajustable.
18° REPORTE DEL PROVEEDOR
El oferente
que resulte adjudicado deberá hacer llegar mensualmente o según corresponda,
mediante correo electrónico, (dentro de los 5 primeros días del mes) un Reporte
en planilla Excel, del servicio efectivamente realizado durante el mes.
El REPORTE
debe indicar íntegramente los servicios prestados y se debe enviar en
planilla Excel a los correos electrónicos yasna.albarran@redsalud.gob.cl; david.mondaca@redsalud.gob.cl; anam.nunez@redsalud.gob.cl.
El validador del Reporte será el Jefe del Policlínico de Oftalmología o
quién le subrogue o reemplace o a quien este designe para dicha actividad.
Una vez que se recepcione el Reporte vía email, se procederá con su
validación técnica y administrativa por
los referentes antes mencionados, para luego emitir la orden de compra. Sólo una vez emitida la orden de
compra, el adjudicatario podrá facturar.
La validación del REPORTE por parte del HBSJO, será
requisito indispensable para proceder al (1) envío de la orden de compra, (2)
recepción conforme de los servicios y finalmente (3) la facturación de estos.
18.1 EMISIÓN DE LAS
ÓRDENES DE COMPRA
Una vez formalizada la total
tramitación de la Resolución que aprueba el contrato, el Hospital podrá emitir
la primera orden de servicio. Luego, el adjudicatario deberá aceptar la
orden de Compra a través del portal en un plazo no superior a 48 horas,
de acuerdo a los precios ofrecidos por el oferente y visados previamente por el
Coordinador del Convenio y Administrador de Contratos.
La
aceptación de la orden de servicio por parte del proveedor será requisito
indispensable para la recepción conforme que realizará el Hospital del
bien/insumo o producto a través del portal de servicios públicas.
Antes del envío de cada
orden de servicio, el servicio del Departamento de Abastecimiento verificará el
cumplimiento del estado de habilidad y/o inscripción vigente del adjudicatario
en chileproveedores.
18.2 Entrega del o los
productos y/o ejecución de prestaciones y servicios.
Los servicios deben ser
ejecutados, previa solicitud formal y coordinación, con el Policlínico de
Oftalmología del HBSJO, ubicado en Avenida Guillermo Bühler Nº 1765 Osorno.
18.3 DE LA FACTURACIÓN Y PAGO
El
pago de bienes/insumos o servicio se efectuará contra la prestación requerida y
ejecutada; además del proceder antes descrito: (1) aceptación de la Orden de
servicio a través de la plataforma Mercado público y (2) la validación o
recepción conforme de los bienes/insumos o servicios requeridos.
Para ello, el referente técnico, referente administrativo,
funcionario de abastecimiento u otro (según corresponda), deberán confirmar las
prestaciones realizadas y emitir un informe respecto del debido cumplimiento
del oferente adjudicado de los servicios contratados, particularmente desde un
punto de vista sanitario y administrativo, teniendo presente lo establecido en
las Bases.
La factura/boleta deberá emitirse a nombre del “Hospital Base
San José de Osorno” y de acuerdo a los siguientes antecedentes.
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NOMBRE NOMBRE
|
Hospital Base San José De Osorno
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RUT
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61.602.260-1
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DOMICILIO
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Guillermo Bühler #1765, Osorno, Provincia De Osorno, Región
De Los Lagos.
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GIRO
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Salud
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Si el proveedor emite DTE
Factura, debe proceder a lo siguiente para que la factura comercial no sea
rechazada:
1. Enviar archivo xml a casilla electrónica de intercambio dipresrecepcion@custodium.com en un plazo no superior a 48 horas contadas desde su
emisión.
Para lo anterior, debe proceder a través de sus softwares de
facturación propio o en Servicio de Impuestos Internos. No corresponde el envío
por correo electrónico (e-mail).
2. Debe referenciar el N° de orden de compra en el recuadro
especial (campo 801) cuando sea una orden de compra de Mercado Publico. Este
ingreso debe ser exacto; ya que, de lo contrario, el software utilizado por el
hospital lo rechazara automáticamente
Cuando se trate de una orden de compra “interna” (no de
Mercado Público), no debe completar este campo (campo 801). Este debe ser
referenciado en un lugar distinto; por ejemplo, cuerpo del documento u
observaciones.
3. Debe coincidir el monto facturado con el monto recepcionado a
través de la plataforma Mercado Público.
El período de pago corresponde a las disposiciones
establecidas en Circular N° 34 del Ministerio de Hacienda donde instruye el
pago de 45 días para el sector salud.
La forma de pago es mediante Cheque y/o Transferencia
Electrónica después de 45 días de la fecha de recepción conforme de la
factura/boleta respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno del
suministro contratado.
El Hospital podrá reclamar del contenido de la factura dentro
de los 8 días corridos siguientes a su recepción (ley 19.983); si no lo
hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir
del cual se comenzará a contar la fecha de vencimiento para su pago.
19° INCUMPLIMIENTOS,
SANCIONES Y MULTAS
Antecedentes Generales
Todo incumplimiento del
proveedor al contrato facultará al Hospital para aplicar una o más de las
sanciones que se indican a continuación, sin perjuicio de los otros derechos
que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que posea
constituidas el proveedor.
19.1 Infracciones
Contractuales
Las siguientes infracciones
contractuales serán sancionadas con una multa de 3 UTM por evento o día de
incumplimiento:
·
Si el
adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de
Contrato dentro del plazo establecido. Por cada día de atraso la multa será de
3 UTM.
·
Si el
Contrato no se firma dentro del plazo estipulado, por razones o causas
atribuibles al adjudicatario. Por cada día de atraso la multa será de 3 UTM.
·
Difundir,
divulgar o comunicar sin la expresa autorización del Hospital todo o parte del
informe, documento o servicio contratado. la multa será de 3 UTM.
·
No entregar
servicios o productos en la fecha dispuesta para ello. La multa será de 3 UTM.
·
No cumplir
con el envío oportuno de información según corresponda al Coordinador del
Contrato y/o Administrador de Contratos cuando alguno de estos lo solicitase,
especialmente en casos de requerimientos urgentes. La multa será de 3 UTM. Por
evento.
·
No
habilitar stand de atención solicitado dentro de las dependencias del Hospital.
Esto, una vez iniciado el presente convenio. La multa será de 3 UTM por cada
día de demora.
·
No contar
con oficina técnica (taller) dentro del radio urbano de la comuna de Osorno, dentro
de los primeros 10 días corridos una vez iniciado el presente convenio. La
multa será de 3 UTM por cada día de demora en la habilitación del espacio
físico.
Se entiende
que la oficina técnica (taller) se encuentra habilitada, cuando los usuarios o
el hospital pueden hacer uso de esta.
·
Si el
adjudicatario no respeta horarios del funcionario presencial en dependencias
del Hospital Base de Osorno, de lunes a jueves de 08:00 a 17:00 hrs., y viernes
de 08:00 a 16:00 hrs. La multa será de 5 UTM por cada evento registrado.
·
No contar
con muestrarios portátiles para visitas en terreno. La multa será de 5 UTM por
cada evento registrado.
·
No contar
con muestrarios de marcos solicitados en bases de licitación. La multa será de
5 UTM por cada evento registrado.
Del Servicio:
Las siguientes infracciones
contractuales serán sancionadas con una multa de 5 UTM:
·
Transgresión
u omisión de las indicaciones del Policlínico de Oftalmología. Multa de 5 UTM
por evento.
·
Si se
comprobase la ejecución de actividades para fines ajenos al servicio contratado,
en las dependencias de la institución. Multa de 5 UTM por evento.
·
Por
incumplimiento en el servicio solicitado de acuerdo a lo requerido en las
especificaciones técnicas el monto de la multa será de 5 UTM.
·
Por retraso
en el plazo de entrega del servicio. La multa será de 5 UTM.
·
Incumplimiento
en el tiempo de concurrencia al Hospital, en caso de emergencia, se aplicará
una multa de 5 UTM por cada falta.
·
Incumplimiento
en el periodo de garantía, la multa será de 5 UTM por evento.
·
Incumplimiento
de las características técnicas del suministro vigente: Detección en la entrega
de servicios de alguna deficiencia en la calidad del producto adjudicado
originalmente (dañados, defectuosos, adulterados, mal rotulados o doble
rotulación (salvo idioma extranjero)), o suministro de bienes distintos al
inicialmente adjudicado. Esto será constatado mediante informe enviado por
servicio clínico que identificó el incumplimiento. La multa será de 5 UTM por
cada evento
·
Producto
contratado y suministrado a través de la presente licitación que afectase la
salud y seguridad de pacientes, constatándose negligencia en los procesos de
fabricación, problemas de rotulación y otros directamente asociados a su
manufactura y distribución, el proveedor asumirá los costos de recuperación de
los afectados, sin perjuicio de los procesos judiciales a que se vea afectado.
La multa será de 5 UTM por cada evento.
Del personal
De igual manera estarán
afectos a sanciones o multas de 3 UTM
·
El
incumplimiento de las normas de seguridad. Multa de 3 UTM por cada
trabajador y/o evento.
·
Conducta
poco deferente o irrespetuosa del personal del adjudicatario hacia superiores o
iguales, pacientes y/o funcionarios del HBSJO. Multa de 3 UTM y siempre
que el hecho sea comprobado vía reclamo formal (por escrito).
La reiteración de “incumplimientos
de servicio” facultará al HBSJO para dar término anticipado al contrato, y al
cobro de las garantías comprometidas. Esto es si sobrepasa en total las 5
multas.
Se tomará como referencia la
UTM en la que se cursó la multa.
19.2. Cobro de multas.
Todo tipo de sanción o multa
será comunicado mediante carta certificada de la Dirección del Hospital o a
través de quien ésta considere pertinente al domicilio del representante
indicado en el registro de proveedores o en el de la propuesta, a elección del
Hospital o bien por notificación personal efectuada por quien administre el
contrato.
El proveedor dispondrá de 5
días hábiles para presentar sus descargos. Luego de dicho período, y con los
antecedentes que disponga, se dictará el acto administrativo que se pronunciará
sobre los hechos y la sanción, si fuere el caso. El proveedor podrá interponer
contra dicho acto el recurso de reposición establecido en la Ley 19.880 en los
plazos y con los requisitos prescritos en la mencionada norma legal.
El Hospital Base San José de
Osorno podrá cobrar las multas que aplique a los proveedores, descontando y
reteniendo su importe de las sumas facturadas por concepto del contrato. Esto
sin perjuicio de tomar todas las medidas conducentes al cobro de la Garantía de
Fiel Cumplimiento, si correspondiere.
El monto total de las multas
no podrá exceder el 20% del monto total del contrato.
20° RESPONSABILIDAD
EN EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS
En caso de generarse responsabilidad civil extra-contractual
deducida en contra este hospital, contenida en el título XXXV del libro cuarto
del Código Civil o sobre falta de servicio a que se refieren las normas
contenidas en los artículos 4º y 42 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1-19.653,
que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575,
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y
Título III, de la Ley Nº 19.966, que establece el Régimen de Garantías en Salud
,dará derecho para que el hospital ejerza las acciones de repetición en contra
de la entidad licitante, que haya prestado dichos servicios en forma efectiva,
para salvaguardar el patrimonio fiscal.
21° SOLUCIÓN DE
CONTROVERSIAS.
Durante la ejecución del
contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración
del director del Hospital, previo informe en derecho emitido por el abogado del
Hospital o Informe Técnico emitido por la Contraparte Técnica del Hospital,
según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio
de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los
Tribunales Ordinarios de Justicia.