Licitación ID: 1063538-70-LR23
CONVENIO RESOLUCION COMPLETA CIRUGIAS DE CADERA
Responsable de esta licitación: HOSPITAL BASE OSORNO, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 37
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios quirúrgicos 1 Unidad
Cod: 85121609
009-10015 | INTERVENCION QUIRURGICA ENDOPROTESIS DE CADERA SIMPLE  

2
Servicios quirúrgicos 1 Unidad
Cod: 85121609
009-10016 | INTERVENCION QUIRURGICA ENDOPROTESIS DE CADERA COMPLEJA  

3
Servicios quirúrgicos 1 Unidad
Cod: 85121609
009-10017 | INTERVENCION QUIRURGICA RECAMBIO ENDOPROTESIS DE CADERA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO RESOLUCION COMPLETA CIRUGIAS DE CADERA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Hospital Base San José Osorno requiere generar un convenio resolución completa de intervenciones quirúrgicas de cadera para sus pacientes beneficiarios, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL BASE OSORNO
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.260-1
Dirección:
GUILLERMO BUHLER 1765, OSORNO
Comuna:
Osorno
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 24-04-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 23-03-2023 17:55:53
Fecha inicio de preguntas: 23-03-2023 18:00:00
Fecha final de preguntas: 10-04-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 14-04-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-04-2023 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 24-04-2023 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 11-05-2023 10:09:22
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- FORMULARIOS N°1 , 2, 6 y 7, BASES, RESOLUCION APROBATORIA, CERTIFICADO CM
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIOS N°4 y 5, ANEXOS N°1 y 2
 
Documentos Económicos
1.- FORMULARIOS N°3
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Oferta presentada no contiene errores u omisiones 100 puntos Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo 50 puntos El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo 0 punto 5%
2 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 50 50%
3 CERCANIA DEL OFERENTE Dentro del radio urbano Osorno 100 puntos Hasta 100 km fuera de Osorno 80 puntos Hasta 120 km fuera de Osorno 60 puntos >120 km inadmisible 20%
4 EXPERIENCIA DE LOS CIRUJANOS TRAUMATOLOGOS Profesional que acredite mayor número de cirugías de caderas años 2021-2022 Puntaje >=60 100 puntos De 31 a 59 70 puntos De 15 a 30 40 puntos <15 0 punto 15%
5 CANTIDAD DE CIRUJANOS TRAUMATOLOGOS ACREDITADOS Cirujanos traumatólogos acreditados Puntaje >=3 cirujanos traumatólogos 100 puntos 2 cirujanos traumatólogos 70 puntos 1 cirujano traumatólogo 0 punto 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO HBSJO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: JOSE LUIS CORDOVA
e-mail de responsable de pago: gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: YASNA ALBARRAN SOTO
e-mail de responsable de contrato: yasna.albarran@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-64-2567074-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO
Fecha de vencimiento: 24-07-2023
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: “GARANTIZA LA SERIEDAD DE LA OFERTA PARA EL CONVENIO RESOLUCION COMPLETA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE CADERA PARA PACIENTES DEL HOSPITAL BASES SAN JOSE OSORNO, ID 1063538-70-LR23”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. En el caso del oferente adjudicado, la devolución de la boleta Seriedad de la Oferta se hará efectiva luego de entregada la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y firmado el respectivo contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO
Fecha de vencimiento: 29-03-2024
Monto: 8 %
Descripción: No hay información
Glosa: “CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO RESOLUCION COMPLETA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE CADERA PARA PACIENTES DEL HOSPITAL BASES SAN JOSE OSORNO, ID 1063538-70-LR23”.
Forma y oportunidad de restitución: Para la devolución del instrumento de garantía, el proveedor adjudicado deberá solicitarla al término de los 90 días posterior al contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería. Antes de solicitar dicha devolución, el Administrador de Contrato del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADM Y TECN

BASES ADMINISTRATIVAS

LICITACIÓN PÚBLICA

 

CONVENIO RESOLUCION COMPLETA DE INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE CADERA PARA PACIENTES DEL HOSPITAL BASES SAN JOSE OSORNO

ID: 1063538-70-LR23

1°        OBJETIVO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

1.1        Objetivo

El Hospital Base San José Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere generar un convenio resolución completa de intervenciones quirúrgicas de cadera para sus pacientes beneficiarios, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquella adquisición mayor a 5.000 UTM y menor a 8.000 UTM.

1.2      Ámbito

Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada para estipular la contratación de servicios quirúrgicos de cadera para el Hospital Base San José Osorno.

Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del Hospital y publicado en el portal www.mercadopublico.cl.

El precio de referencia para el presente proceso licitatorio será de $452.340.000.- (cuatrocientos cincuenta y dos millones trecientos cuarenta mil pesos chilenos) exento de impuesto.

Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra.

2°       BASES DE LICITACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

 

Las presentes Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

2.1      Bases de licitación

  • Bases Administrativas
  • Bases Técnicas
  • Formularios anexos

2.2      Definición de términos

  • Licitación o Propuesta Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual la Administración realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.
  • Ley de Compras: Ley N.º 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
  • Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el Hospital Base San José de Osorno, que describen los bienes o insumos, prestaciones o servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
  • Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras.
  • Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.
  • Oferta: El costo ofrecido por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en ellas.
  • Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.
  • Días corridos: corresponde a todos los días de la semana, incluyendo sábado y domingo, feriados y festivos. Al momento de referirse a la palabra “días” se entenderá como “días corridos”.
  • Cierre de licitación: Fecha límite designada para presentar ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, la oportunidad para ingresar propuestas a través del portal de compras debe ajustarse efectivamente al cronograma del llamado a licitación.
  • Comisión evaluadora: Delegación de funcionarios del hospital Base San José de Osorno designados por su Director(a) con el objeto de asesorarla en la apertura de la propuesta y la evaluación de las ofertas.
  • Apertura: acto de apertura electrónica por el cual el establecimiento toma conocimiento del contenido de las ofertas presentadas a través del sistema de información de compras y contratación pública, una vez vencido el plazo de presentación fijado para tal efecto.
  • Adjudicación: acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministros o servicios, regido por la Ley 19.886, en adelante, también, la “Ley de compras”. (Artículo 2°, numeral primero del Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda).
  • Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
  • Precio de Referencia: Corresponde a una aproximación del precio a pagar por el servicio licitado.
  • Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el Hospital encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles.
  • Especificaciones Técnicas: Es aquel conjunto de características técnicas que deberá cumplir como mínimo el servicio en licitación a entregar por el proveedor.
  • Garantía: Aquel instrumento que asegure la seriedad o fiel y oportuno cumplimiento de un contrato. Dicho documento asegura su cobro en forma rápida oportuna y efectiva.
  • Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección.
  • Unión Temporal de Proveedores: asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo.
  • HBSJO: Para efectos de esta licitación, hace referencia al Hospital Base San Jose Osorno.

3°       NORMATIVA Y ORDEN DE PRECEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS

Sin perjuicio de la normativa legal vigente, el presente llamado a licitación, se regirá por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:

  • Bases Administrativas, Técnicas y sus formularios, Condiciones, Contractuales y Resolución Aprobatoria.
  • Aclaraciones, respuestas y modificaciones de las bases de licitación, si las hubiere.
  • Oferta de él o los proponentes respectivos.
  • Resolución adjudicataria.
  • Resolución aprobatoria de contrato, si corresponde.
  • Orden de compra.

4°        LLAMADO A LICITACIÓN

El llamado a propuestas se publicará a través del portal www.mercadopublico.cl.

El presente proceso licitatorio público se regirá por lo dispuesto en la ley N.º 19.886 y su reglamento aprobado por decreto supremo N.º 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda y sus posteriores modificaciones, lo dispuesto en las presentes bases administrativas y técnicas, sus anexos, las preguntas, respuestas y aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la resolución respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente.

Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que el Hospital publique en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl el documento, acto, o resolución objeto de la notificación.

5°     REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la declaración jurada requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad.

Podrán participar en ésta propuesta pública las personas naturales, jurídicas, chilenas o agencias extranjeras o uniones temporales de proveedores (Artículo 67 bis), que cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos y acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente, además de cumplir con lo siguiente:

  • No estar afecta a alguna de las causales del artículo 4º de la Ley 19.886 de compras Públicas. (Formulario N°6).
  • En caso de personas jurídicas, no estar afecta a alguna de las inhabilidades de la Ley 20.393. (Formulario N°7).

Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.

Al momento de la suscripción del contrato, resultado de la propuesta, el oferente favorecido deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, lo que se comprobará con el respectivo Certificado de Inscripción.

En caso de Uniones Temporales de Proveedores, cumplir con los requisitos exigidos en el art. 67 bis del Decreto 250 que contiene el Reglamento a la Ley de Compras Públicas.

5.1      Unión temporal de proveedores

Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de este Reglamento.

La propuesta deberá ser presentada por un único representante al que se denominará “oferente”, quien actuará en representación del resto de los integrantes de la Unión y será responsable directo de la propuesta ante la entidad licitante, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria e indivisible de quienes la componen, la que deberá constar en el acuerdo en el conste la unión temporal que deberán suscribir de conformidad a lo establecido en el art. 67 bis del D.S.250/2004 Reglamento de Compras.

Debe adjuntar, junto a la propuesta, el acuerdo en el que conste la constitución de la Unión Temporal de Proveedores. La no presentación de este acuerdo al momento de presentar la oferta es causal de rechazo de la misma.

El contenido del acuerdo de la unión temporal de proveedores deberá señalar los siguientes aspectos básicos:

1.-    La responsabilidad solidaria de todos quienes conforman esta unión temporal de proveedores, respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante.

2.-    El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes de administración y representación para actuar por la unión temporal tanto con la entidad licitante, por ejemplo, para contratar la garantía de fiel cumplimiento de contrato entre otras acciones, como frente a terceros con quienes deba interactuar a fin de dar cumplimiento a las obligaciones que forman pare de la presente licitación.

3.-    Serán socios de esta unión temporal sólo quienes hayan concurrido a la presentación de la oferta en la presente licitación, no se permitirá el ingreso de terceros que no hayan sido debidamente ingresados en la presentación de las ofertas. Asimismo, se debe asegurar la presencia de cada uno de los miembros durante la ejecución del contrato.

4.-    La no suscripción del instrumento de constitución de la unión temporal por parte de todos quienes acudieron a la presentación de la oferta, será suficiente para tener por desestimada la oferta y re-adjudicar.

5.-    Definir la forma de facturación de la unión temporal de proveedores.

6.-    Definir quién de los integrantes de la Unión Temporal va a tomar las garantías a nombre del Servicio de Salud de Osorno.

7.-    La Duración de la Unión Temporal será el periodo de ejecución del contrato con la entidad licitante, más la renovación de contrato si procediere.

6°     PLAZOS

 

La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos establecidos en las bases, (ficha del portal mercadopublico.cl)

A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, los domingos y los festivos.

Fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl

Hasta 30 días corridos desde la total tramitación de la resolución que aprueba las presentes bases de licitación.

Fecha inicio preguntas

A contar de la publicación en el portal de compras públicas.

Fecha final de preguntas

Hasta las 17:00 hrs. del décimo quinto (15) día corrido a contar de la publicación.

Fecha de publicación de respuestas

Hasta las 17:00 hrs. del vigésimo (20) día corrido a contar de la publicación.

Fecha de cierre de recepción de ofertas

A las 15:00 hrs. del trigésimo (30) día corrido a contar de la publicación.

Fecha de acto de apertura de ofertas

A las 15:05 hrs. del trigésimo (30) día corrido a contar de la publicación

Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la Comisión de Evaluación

Hasta 48 horas a partir de la publicación de solicitud de aclaración en portal de www.mercadopublico.cl.

Fecha estimada de adjudicación

Hasta el sexagésimo (60) día hábil siguiente a la fecha de cierre de evaluación de propuestas.

Fecha para entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Hasta el sétimo día (7) día corrido siguiente a la fecha de notificación por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).

Fecha para firma de contrato

Hasta el décimo (10) día hábil siguiente a la fecha de notificación y envío de documentos por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).

7°        DOMICILIO Y JURISDICCIÓN

Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Osorno y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.

8°        CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES

Los proponentes podrán formular, consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro Electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido.

No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán razonar desconocimiento de las mismas.

Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Hospital podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes.

 

Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl).

 

9°     VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS

La propuesta deberá tener validez de 90 días contados desde la fecha de apertura electrónica. Si dentro de dicho plazo no fuese posible efectuar la adjudicación del llamado a licitación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes la prórroga de las propuestas, hasta en 60 días más.

Serán rechazadas aquellas propuestas cuyo periodo de validez sea menor que el requerido o sea mal extendido provocando un desmedro para el hospital.

  

10°     PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y DE LOS DOCUMENTOS DE ANEXOS

La entrega de las propuestas, deberá efectuarse únicamente a través del Sistema de Información (digital) en el plazo previsto para la presentación de ofertas.

Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases.

10.1    De los Antecedentes Administrativos

Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes:

•  Formulario Nº 1: Identificación del proponente.

•  Formulario Nº 2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública.

  • Formulario Nº 6: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley nº 19.886.
  • Formulario Nº 7: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en la Ley nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.

  • Garantía Seriedad de la Oferta (REQUISITO EXCLUYENTE)

La Garantía de Seriedad de la oferta podrá ser enviada electrónica o físicamente. En el primer caso (cuando sea con firma electrónica o código de barra) debe ser escaneada e informada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl. Además, el archivo deberá ser cargado en portal www.mercadopublico.cl junto a los demás documentos que acompañen la oferta respectiva; y en el segundo caso (cuando no tengan cabida en lo mencionado anteriormente) debe ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base San José de Osorno, con plazo hasta la fecha de cierre de recepción de las ofertas. REQUISITO EXCLUYENTE, por lo que su omisión será causal de rechazo de la oferta en el acto de Apertura.

Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases.

Los oferentes deberán adjuntar, además, la siguiente información en el caso de NO encontrarse vigente en el portal de compras.

  • Documentación que acredite constitución legal de la empresa, vigencia y poderes de quienes actuarán en representación del proveedor.
  • Copia simple de la escritura pública donde conste el representante legal con facultades suficientes para concurrir a la presente licitación y suscribir el contrato correspondiente.
  • Certificado de vigencia con anotaciones vigentes de una data no superior a 30 días, de constitución de la sociedad y personería.
  • Fotocopia del RUT del oferente y de la Cédula de Identidad de su representante legal.

10.2    De la Propuesta Económica

El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl.

Deberá ser expresado en pesos chilenos, y corresponder al valor unitario de la intervención quirúrgica.

 

Valor referencial unitario I.Q. Endoprótesis de cadera simple: $6.000.000.

Valor referencial unitario I.Q. Endoprótesis de cadera compleja: $8.130.000.

Valor referencial unitario I.Q. Recambio Endoprótesis de cadera: $15.000.000.

Se puede ofertar por cualquiera de las cirugías, o bien por 2, o por las 3.

Los oferentes deberán además completar el formulario económico (Formulario Nº3), el cual deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo.

La oferta presentada no será reajustable durante todo el periodo de vigencia del contrato.

Diferencias en los valores de la propuesta: En caso de existir discrepancia entre los valores ofertados en la oferta económica del formulario n°3, y la oferta electrónica, prevalecerá el valor unitario ingresado a la ficha de Ingreso de Oferta de la licitación (portal).

10.3    De la Propuesta Técnica

Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas.  Para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas.

La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de prestación de servicios requeridos y la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación.

Formulario N°4: Experiencia del oferente. Debe señalar la cantidad de intervenciones de caderas realizadas los años 2021 y 2022 por cada uno de sus profesionales, los cuales están dentro del equipo que realizara las prestaciones. Debe acreditar adjuntando certificado del órgano público o privado en que la haya adquirido.

No se considerará la experiencia del oferente y sus socios, si él o ellos no forman parte del equipo médico que realzará las prestaciones.

Formulario N°5: Cantidad de cirujanos traumatólogos para este convenio. Debe acreditar con certificado del órgano público o privado.

Otros documentos que debe adjuntar:

  • Resolución de Autorización Sanitaria vigente para su funcionamiento
  • Resolución de Acreditación de la Superintendencia de Salud

Declaración jurada simple: Los oferentes deben adjuntar Declaración Jurada donde declare disponibilidad permanente de 24 horas de uno o más cirujanos en la ciudad de Osorno, después de la cirugía. El cirujano debe ser parte de la nómina de médicos presentados en la oferta.

11°     PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a)  El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

b)  El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

c)  El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

d)  El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

e)  El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.

f)   El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

g)  El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

h)  El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

12°     GARANTÍAS

Para el presente llamado a licitación y dadas las características del proceso, se requerirá Garantía Seriedad de la Oferta y Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

Serán considerados y admitidos como instrumentos de garantía aquellos que para tal efecto se prescriben en la Ley N° 19.886 y su Reglamento.

12.1    Garantía de Seriedad de la Oferta 

CARACTERISTICAS

Tipo de Garantía

Garantía de Seriedad de la Oferta.

Exigibilidad

Será obligatoria su entrega para todos los oferentes de la licitación. Independiente de la cantidad de propuestas que presente cada oferente, cada oferta debe presentar su propia garantía.

La no entrega en el plazo señalado será causal de rechazo de la oferta.

Estipulaciones del documento

Expresar su monto en pesos chilenos.

Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social.

La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable.

No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.31 del Reglamento de Compras Públicas.

Beneficiario

Hospital Base San José Osorno

Rut: 61.602.260-1

Tomador

El tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo oferente, o un tercero a su nombre.

Monto

$500.000.- (Quinientos mil pesos)

Fecha de vencimiento

Deberá poseer una vigencia mínima no inferior a noventa días corridos desde la fecha de cierre del plazo para ofertar a la propuesta, fecha portal www.mercadopublico.cl.

Glosa

“GARANTIZA LA SERIEDAD DE LA OFERTA PARA EL CONVENIO RESOLUCION COMPLETA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE CADERA PARA PACIENTES DEL HOSPITAL BASES SAN JOSE OSORNO, ID 1063538-70-LR23”.

Causales de cobro

El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía si el oferente desiste de su oferta por cualquier causa, en las siguientes instancias:

  • El proveedor que resulta adjudicado no remite la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, dentro del plazo establecido en el numerando 6° de las presentes bases.
  • El adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de licitación.
  • El adjudicatario desiste de participar de la propuesta.

Esta garantía no devengará intereses ni reajustes, y será restituida al adjudicatario una vez que éste suscriba el contrato respectivo y confiera la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.

Forma y momento de entrega

Deberá entregarse con plazo hasta la fecha de cierre de recepción de las ofertas.

Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente.

En el primer caso (cuando sea con firma electrónica o código de barra) deberá ser escaneada e informada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl. Además, el archivo deberá ser cargado en portal www.mercadopublico.cl junto a los demás documentos que acompañen la oferta respectiva, y en el segundo caso (cuando no tengan cabida en lo mencionado anteriormente) deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base San José de Osorno.

Forma y momento de restitución.

La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. En el caso del oferente adjudicado, la devolución de la boleta Seriedad de la Oferta se hará efectiva luego de entregada la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y firmado el respectivo contrato.

12.2    Garantía de fiel cumplimiento de contrato  

CARACTERÍSTICAS

Tipo de Garantía

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Exigibilidad

Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la presentación de un instrumento de garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

Si dicha garantía no es presentada en tiempo y forma, el Hospital Base San José de Osorno se reserva el derecho de hacer uso efectivo de la Garantía de Seriedad de la Oferta, dejando sin efecto administrativamente la adjudicación, sin perjuicio de otros derechos.

Estipulaciones del documento

Expresar su monto en pesos chilenos.

Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social.

La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable.

No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.68 del Reglamento de Compras Públicas.

Beneficiario

Hospital Base San José de Osorno

Rut: 61.602.260-1

Tomador

El tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo adjudicatario, o un tercero a su nombre.

Monto

8% del monto total adjudicado y se expresará en pesos.

Plazo de vigencia

La vigencia de la garantía deberá ser por todo el período de vigencia del contrato, aumentada en 90 días después de terminado el vínculo contractual.

Glosa

“CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO RESOLUCION COMPLETA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE CADERA PARA PACIENTES DEL HOSPITAL BASES SAN JOSE OSORNO, ID 1063538-70-LR23”.

Causales de cobro

El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos:

  • Por cualquiera de las causas que generen termino anticipado del contrato por parte del Hospital, de acuerdo al numeral 17.6 de las bases, con excepción de la indicada en la letra a) de dicho numeral.
  • Cuando el adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886
  • Incumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas o alguna de las obligaciones que impone el contrato y las bases administrativas y técnicas.

Estas exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de este centro asistencial.

En caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que “el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.

Forma y momento de entrega

Esta garantía deberá entregarse en la oficina de partes del “Hospital”, dentro de los 7 días corridos siguientes a la notificación por parte del hospital (notificación desde Departamento jurídico). Si no se entrega dentro del plazo, el Hospital hará efectiva la garantía seriedad de la oferta, y quedará facultado para readjudicar el proceso, si fuera posible.

Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente. En el primer caso deberá ser escaneada y enviada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl, y en el segundo caso deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base Osorno.

Forma y momento de restitución.

Para la devolución del instrumento de garantía, el proveedor adjudicado deberá solicitarla al término de los 90 días posterior al contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería.

Antes de solicitar dicha devolución, el Administrador de Contrato del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato.

Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería.

Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.

En el caso de prórroga o aumento del contrato.

En el caso de prórroga o aumento del contrato el proveedor deberá reemplazar, prorrogar o complementar la garantía de forma proporcional.

13°   REVISIÓN FORMAL Y APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información, se realizará en la fecha prevista en las presentes bases (Ficha del Portal mercadopublico.cl) y estará a cargo de un Ejecutivo Comprador de la Unidad de Abastecimiento del Hospital. 

Corresponderá al funcionario, verificar el ingreso de todos los anexos en el portal www.mercadopúblico.cl, y realizar la admisibilidad de las ofertas, según lo señalado en el artículo siguiente.

13.1 Admisibilidad de las ofertas

Es requisito para participar en el presente llamado a licitación, y para la aceptación de la propuesta, presentar, en la forma y plazos señalados todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases.

 

Conforme con lo anterior se verificará el cumplimiento de cada uno de los siguientes criterios:

  • La propuesta fue entregada conforme a lo exigido en el artículo 10º de las presentes bases, y los antecedentes incluidos en ésta permiten su evaluación y comparación con los demás proveedores. 
  • El oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y que están reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886. 

Sin perjuicio de lo anterior, en la apertura de ofertas el Hospital se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes, o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, y no impida la correcta evaluación de las propuestas.

14°     EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

14.1    Designación de la Comisión Evaluadora

Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora designada por la Dirección del Hospital. La designación se hará a través de un acto administrativo que contenga el ID del proceso de contratación, y señalando las personas que la componen con su nombre y apellido.

Los miembros de la Comisión no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.

14.2    Funciones de la Comisión

Esta Comisión propondrá sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y que resulten las más convenientes a los intereses de la Institución; la proposición fundada de declarar desierta el llamado de licitación y/o la proposición fundada de adjudicar dicha licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas.

Corresponderá a la Comisión confeccionar un Acta de evaluación, la cual deberá contener la siguiente información: 

  • Cotejar la admisibilidad de las propuestas.
  • Oferentes aprobados en etapa de Apertura. 
  • Realizar el proceso de evaluación técnica de las ofertas en base a antecedentes.  
  • Observaciones finales y las decisiones adoptadas por ente técnico. 
  • Cuadro Resumen de todas las propuestas por orden de puntaje total obtenido.
  • Recomendación de Adjudicación.
  • Firmas integrantes de la comisión evaluadora.
  • Fecha del Acta.

 

De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado.

14.2 Matriz de evaluación

El detalle de los criterios de evaluación y las respectivas ponderaciones serán los detallados en la siguiente matriz:

ITEM

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

A

Oferta económica

50%

B

Experiencia de los cirujanos traumatólogos

15%

C

Cantidad de cirujanos traumatólogos acreditados

10%

D

Cercanía del oferente

20%

E

Cumplimiento de requisitos formales

5%

TOTAL PORCENTAJE

100%

A.        Evaluación Económica (Formulario N°3)

El cálculo se efectuará proporcionalmente a la mejor oferta deduciendo el porcentaje de cada oferta presentada en relación a la más económica.

Fórmula de Cálculo:

Precio

Puntaje

Menor precio unitario

100 puntos

Segundo menor precio y siguientes

(Menor precio/precio evaluado) X100

Ponderación: Puntaje obtenido x 50%

B.        Experiencia: Profesional que acredite mayor número de intervenciones de la especialidad años 2021 y 2022, y que está dentro del equipo que realizará las prestaciones (Formulario N°4)

No se considerará la experiencia del oferente y sus socios, si él o ellos no forman parte del equipo médico que realzará las prestaciones.

Profesional que acredite mayor número de cirugías de caderas años 2021-2022

Puntaje

>=60

100 puntos

De 31 a 59

  70 puntos

De 15 a 30

  40 puntos

<15

    0 punto

Ponderación: Puntaje obtenido x 15%

C.        Cantidad de cirujanos traumatólogos con experiencia acreditada para este convenio (Formulario N°5)

Cirujanos traumatólogos acreditados

Puntaje

>=3 cirujanos traumatólogos

100 puntos

2 cirujanos traumatólogos

 70 puntos

1 cirujano traumatólogo

   0 punto

Ponderación: Puntaje obtenido x 10%

D.        Cercanía del oferente

Cercanía del oferente con Osorno

Puntaje

Dentro del radio urbano Osorno

100  puntos

Hasta 100 km fuera de Osorno

  80 puntos

Hasta 120 km fuera de Osorno

  60 puntos

>120 km

inadmisible

Ponderación: Puntaje obtenido x 20%

E.        Cumplimiento de requisitos formales

Cumplimiento requisitos formales

Puntaje

Oferta presentada no contiene errores u omisiones

100 puntos

Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo

50 puntos

El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo

0 punto

Ponderación: Puntaje obtenido x 5%

El criterio “E”, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 40º inciso segundo del D.S. N.º 250/2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N.º 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estableciendo que será facultativo para el Hospital, el posibilitar a un oferente:

Presentar certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido: i) con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar las ofertas y el periodo de evaluación, debiendo informarse de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas.

Lo anterior solo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, la igualdad de los oferentes, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas. Lo anterior, dado que el presente criterio de evaluación guarda armonía con lo preceptuado en el dictamen N.º 045757 del año 2009 de Contraloría General de la República, el cual estatuye que el objeto esencial de las formalidades es otorgar por la vía de la transparencia y de la igualdad de los licitantes, seguridad jurídica, de manera tal que la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia sólo en la medida que se constate que la omisión tipificada cause desmedro de los derechos del Estado, reste transparencia o rompa el principio de igualdad de los licitantes, lo que está en armonía con el principio de no formalización contemplado en el artículo 13º inciso segundo de la ley N.º 19.880, donde conforme al dictamen N.º 15601 del año 2009, los errores intrascendentes o no esenciales no constituyen causal suficiente para rechazar postulaciones en procesos concursales.

La Evaluación Final se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro:

 Puntaje final: Puntaje evaluación económica + experiencia de los cirujanos + cantidad de cirujanos + Cercanía del oferente + cumplimiento de requisitos formales.

 

“La Comisión Evaluadora” recomendara o sugerirá al Director del Hospital, en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a los intereses del Hospital, aun cuando no sea la de menor precio.

La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este capítulo.

15°   ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA

Según los criterios de evaluación señalados en estas bases se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje, sin tener que ser necesariamente la oferta más económica, y siempre que cumpla técnicamente con lo mínimo establecido en estas bases.

La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio.

Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Hospital dentro del plazo señalado en el capítulo 6° de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Compras Públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Hospital, no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 24 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 30 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el capítulo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo con el artículo 6 del reglamento de la ley N.º 19.886.

15.1 Del derecho a declarar inadmisible las propuestas o desierto el llamado.

El Hospital, se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las propuestas por incumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y/o Técnicas, esto en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley N.º 19.886 sobre Compras Públicas. Del mismo modo, de no presentarse propuestas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la institución, se declarará desierto el llamado a licitación. En ambos casos se dictará una resolución fundada.

Los oferentes no tendrán derecho a solicitar indemnizaciones de ninguna especie, por los gastos incurridos para participar en esta propuesta.

15.2 Mecanismo de resolución de empate.

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente.

  • En caso de empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación “oferta económica”.
  • En caso de continuar el empate, como segundo criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mayor puntaje en la “experiencia”.
  • En caso de continuar el empate, como tercer criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mayor puntaje en la “cantidad de cirujanos”.
  • En caso de continuar el empate, como tercer criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mayor puntaje en la “cercanía del oferente”.
  • De persistir el empate se solicitará la opinión de la comisión evaluadora, quienes en conjunto y previo estudio de las ofertas dirimirá la igualdad.

15.3    Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Adjudicada la oferta propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación.

En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a jonathan.salvoc@redsalud.gob.cl, quien entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

16°     FACULTAD DE READJUDICAR

El Hospital podrá readjudicar la licitación en un plazo de 60 días hábiles (plazo referencial) contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en los siguientes casos, cuya enumeración no es taxativa:

 

a)  Si el Contrato no se firma dentro del plazo estipulado, por razones o causas atribuibles al adjudicatario.

b)  Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido.

c)  Si el adjudicatario desiste de su oferta.

d)  No modificación de inscripción no vigente en chileproveedores, que impida la emisión de la orden de compra (como contrato) o contrato, en un plazo superior a 10 días hábiles desde la adjudicación.

e)  Error en la evaluación de las ofertas, subsanado oportunamente a través del sistema de información.

f)   Las inhabilidades de los artículos 8º y 10º de la Ley Sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo primero de la Ley nº 20.393.

La readjudicación se realizará vía resolución fundada del Hospital, y se comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl

La readjudicación deja sin efecto la adjudicación, asignando los bienes o insumos, prestaciones o servicios al oferente que resultó en segundo lugar del proceso evaluativo.

17°   CONTRATO

Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la formalización de un contrato de prestación de bienes y servicios. En dicho caso se deberá presentar además instrumentos de garantía descritos en numerando 12.2 de las presentes bases de licitación.

El contrato lo redactará la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital de conformidad a lo que se expresa en las bases de licitación, la oferta adjudicada y demás documentos que integran la relación contractual.

Formarán parte integrante del contrato, las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y la Resolución de Dirección que las aprueba, consultas y aclaraciones si las hubiere, la Resolución de Adjudicación, la oferta adjudicada, y demás normativas y reglamentos que se encuentren vigentes en la Institución.

Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de Licitación, no remitiendo la garantía de fiel y oportuno cumplimiento o desistiéndose de la propuesta; caso en el cual “el Hospital” se reserva el derecho a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y estará facultado para readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, según lo estime pertinente siempre y cuando dicha oferta sea conveniente para los intereses del Hospital.

En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

17.1 Vigencia

El contrato comenzará a regir, a partir de la total tramitación de la Resolución que Aprueba el Contrato, y tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre 2023, o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicataria.

17.2    Aumento y disminución de contrato

El contrato podrá ser aumentado o disminuido por iniciativa exclusiva del Hospital, hasta por un 30% si así lo estima conveniente para los intereses de la Institución, y tales variaciones no podrán significar una alteración del valor propuesto en su oferta económica.

Lo anterior, obedece a las características propias de la contratación y el carácter necesario que significa para una entidad de salud, permitiendo cubrir los requerimientos.

Para hacer efectiva dicho aumento, “el Hospital” deberá comunicar por escrito a su contratante la disposición a aumento o disminución del contrato, con a lo menos 5 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento. El aumento deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12° de las presentes bases.

Será requisito exigible la presentación de un informe por parte de la Unidad requirente o coordinador del contrato, el cual se respalde dicho requerimiento.

En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de aumento o disminución de contrato, sus principales implicancias y alcances.

Informe de respaldo debe acompañar y ser parte de la tramitación desde un inicio, por ende, debe ser presentado en tiempo y forma. Dando cumplimiento a plazos estipulados en bases de licitación.

17.3 Prórroga del contrato

De ser necesario aumentar el plazo del contrato, esta prórroga será como máximo hasta 90 días desde terminado el plazo original, o desde agotado el presupuesto, y siempre que dicho acto sea gestionado, coordinado y comunicado al adjudicatario antes del vencimiento del contrato, fundadamente, y sólo se permitirá por una vez. La prórroga debe contar con VB de la Subdirección Administrativa o Medica del HBSJO según corresponda, y debe ser solicitada por el referente técnico del HBSJO.

Será requisito exigible la presentación de un informe por parte de la Unidad requirente o coordinador del contrato, el cual se respalde dicho requerimiento.

En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la prórroga de contrato, sus principales implicancias y alcances.

Informe de respaldo debe acompañar y ser parte de la tramitación desde un inicio, por ende, debe ser presentado en tiempo y forma. Dando cumplimiento a plazos estipulados en bases de licitación.

17.4    Resciliación del contrato

Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo en forma anticipada.

17.5    Cesión del contrato y subcontrataciones

El Adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.

Durante la ejecución del contrato, y previa autorización por escrito del Hospital, el adjudicatario sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por la Contraparte Técnica del Hospital.  En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Hospital.

17.6      Término anticipado del contrato por parte del Hospital

El Hospital se reserva el derecho de poner término al contrato anticipadamente si procede alguna de las siguientes causales:

a)     Por razones de Ley, actos de autoridad, caso fortuito, fuerza mayor, o por exigirlo el interés público o la seguridad nacional; el Hospital se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, y sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado.

b)     Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

c)     Si el Ejecutor es declarado en quiebra, o le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo. (Informe Chileproveedores).

d)     Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

e)     Pérdida de la confianza técnica en el desarrollo de los servicios contratados, lo que será avalado con informe técnico confeccionado por la contraparte técnica designada para el presente convenio.

f)      En caso de término de giro, liquidación, cambio de razón social, o disolución de la sociedad ejecutora. En tales eventos la entidad ejecutora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al Hospital, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.

g)     Cuando el Hospital posea evidencias fundadas que el oferente ha incumplido en forma reiterativa (multas superan en 20% del total del contrato) compromisos establecidos en las bases y el contrato, por causas imputables al oferente.

h)     Cuando el prestador proporcione antecedentes falsos en relación a las exigencias de las presentes Bases Administrativas y Técnicas.

i)      Cuando el prestador durante el periodo de vigencia del contrato, sea sancionado por la Autoridad Sanitaria o la Superintendencia de Salud.

j)      Que con la ocasión de la realización de una auditoría técnica y / o administrativa se concluya “graves incumplimientos a las normas técnicas de las especialidades o de las presentes bases técnicas y administrativas”.

k)     La realización de donaciones de bienes y/o servicios de todo tipo por parte del oferente adjudicado a los usuarios del Contrato o funcionarios públicos pertenecientes al Hospital.

l)      Inhabilidad del proveedor en sistema de chileproveedores, no subsanada en un plazo de 15 días hábiles desde que el Hospital comunica dicho incumplimiento. (la comunicación se realizará vía correo electrónico al coordinador del convenio de la empresa adjudicada).

m)   Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

n)     Falta de reposición y/o entrega de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato en plazos estipulados y en los mismos términos y condiciones originales.

  • o)     Si se excede el monto máximo previsto para la aplicación de multas. Esto es que las multas superan el 20% del total del contrato.

El término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de la indicada en la letra a), dará derecho al Hospital para cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de clausula penal y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al Hospital en contra del contratante.

El término anticipado del contrato, previo a su ejecución deberá ser informado al proveedor contratado mediante correo electrónico, argumentando el motivo de su término, adjuntando los antecedentes que respalden dicha decisión. El adjudicado contará con un plazo máximo de 5 días hábiles para impugnar dicha decisión y presentar sus descargos al Director del hospital Base San José de Osorno, quien, en conjunto con el Departamento Jurídico resolverán con todos los antecedentes si se acoge o no el termino anticipado del contrato.

En el caso de ser acogido el término anticipado del contrato se formalizará mediante Resolución Fundada y publicada en el sistema de información a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, salvo que concurran alguna de las situaciones señaladas en el artículo N°62 del reglamento N°250 de la ley 19.886.

Lo anteriormente indicado guarda relación con lo dispuesto en el artículo N°79 TER del reglamento N°250 de la ley 19.886.

17.7    Referente técnico del convenio

El Hospital Base San José Osorno supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato, para lo cual se designa como Referente o coordinador técnico al Médico jefe del Servicio de Traumatología del HBSJO (francisco.hornig@redsalud.gob.cl), o quien subrogue o reemplace, o en quien se delegue, quien tendrá las siguientes funciones:

  • Estar informado de los Reportes emitidos por la Enfermera de Apoyo para Procesos de licitaciones médico-quirúrgicas, en cuanto a los incumplimientos en que incurra el adjudicatario, y las eventuales complicaciones derivadas de las intervenciones.
  • Ante cualquier irregularidad en el cumplimiento del contrato o posibles complicaciones desde el punto de vista técnico por parte del proveedor, deberá informar a la Subdirección Médica de este Hospital, y al Administrador de contratos para que se apliquen las multas que correspondan.
  • Conocer íntegramente las bases del proceso licitatorio.

17.8    Administrador del contrato

El Hospital Base San José Osorno también supervisara y revisará los aspectos administrativos del convenio, a través del administrador de contratos del Hospital (yasna.albarran@redsalud.gob.cl), o quien subrogue o reemplace, o en quien se delegue, quien tendrá las siguientes funciones:

  • Validar administrativamente el Reporte del adjudicatario, para la posterior emisión de la orden de compra, y luego facturación por parte del proveedor.
  • Supervisar la adecuada aplicación de los mecanismos de facturación y pago del servicio objeto del convenio.
  • Gestionar el curse de sanciones o multas por incumplimiento de bases y contrato, adjuntando los antecedentes e informes del Referente técnico que lo justifiquen, actividad coordinada cuando corresponda con asesor jurídico del Hospital.
  • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

18°     CONFIDENCIALIDAD

El personal que ejecute labores en el Hospital, así como el proveedor adjudicado, quedan obligados a mantener reserva de la información relativa a éste de la cual conozcan en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación.

En especial mantendrán reserva de la información referida a pacientes y usuarios del Hospital.

El Ejecutor y las personas que desarrollen los servicios no podrán difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, información del Hospital o sus usuarios, de la cual haya tomado conocimiento en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación, reservándose el Hospital, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción.

19°     PRECIO

El precio unitario de cada insumo corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en el portal www.mercadopublico.cl, y en los documentos adjuntados en la licitación en su formulario económico (formulario Nº3). Éste, no será reajustable.

20°        REPORTE DEL PROVEEDOR

El oferente que resulte adjudicado deberá hacer llegar mensualmente mediante correo electrónico (dentro de los 10 primeros días del mes) un REPORTE EN PLANILLA EXCEL, según modelo señalado a continuación, de las intervenciones efectivamente realizadas en el mes.

REPORTE MENSUAL CONVENIO RESOLUCION COMPLETA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE CADERA PARA PACIENTES DEL HBSJO 1063538-70-LR23

Rut paciente

Nombre paciente

fecha intervención

hora inicio cx

Hora termino cx

diagnóstico

código intervención

anestesista

técnico en anestesia

1°cirujano

2°cirujano

arsenalera

pabellonero

complicaciones intrapabellón si / no

Nombre cirugía

Fecha Control post operatorio

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Para detallar las posibles complicaciones derivadas de la intervención quirúrgica, el adjudicatario deberá utilizar el Anexo N°2 adjunto a las presentes bases.

El REPORTE debe indicar íntegramente todos los datos requeridos en el modelo adjunto, y se debe enviar en planilla Excel a los correos electrónicos orieta.garcia@redsalud.gov.cl,  yasna.albarran@redsalud.gob.cl, y nicole.ulloas@redsalud.gob.cl, con copia a los correos claudia.saavedra@redsalud.gov.cl, juan.igor@redsalud.gov.cl y francisco.hornig@redsalud.gob.cl.

El validador del Reporte será la Enfermera de Apoyo para Procesos de licitaciones Médico-Quirúrgicas, orieta.garcia@redsalud.gov.cl.

Una vez que se recepcione el Reporte vía email, se procederá con su validación técnica y administrativa por el Hospital si es que procede, para luego emitir la orden de compra. Solo una vez emitida la orden de compra, el adjudicatario podrá facturar.

Se establece que la validación y pago quedará asociada a la resolución quirúrgica y ultimo control sin complicaciones. El proveedor deberá obligatoriamente cumplir con los controles postquirúrgicos.

El adjudicatario debe incorporar en la Ficha clínica del paciente los siguientes documentos:

  • Protocolo por paciente (también incorporado a sistema interno Phoenix)
  • Consentimiento informado por paciente
  • Hoja de anestesia e indicaciones médicas por paciente

Es importante adjuntar a la Ficha clínica la totalidad de información detallada anteriormente, en caso contrario, los servicios no serán validados.

La validación del REPORTE por parte del HBSJO (con controles post), será requisito indispensable para proceder al (1) envío de la orden de compra, (2) recepción conforme de los servicios y finalmente (3) la facturación de estos.

21°        EMISIÓN DE LAS ÓRDENES DE COMPRA

Una vez formalizada la total tramitación de la Resolución que aprueba el contrato, el Hospital podrá emitir la primera orden de compra. Luego, el adjudicatario deberá aceptar la orden de compra a través del portal en un plazo no superior a 48 horas, de acuerdo a los precios ofrecidos por el oferente.

Se emitirá orden de compra mensualmente, de acuerdo a las intervenciones efectivamente realizadas en el periodo anterior, previo Reporte validado por el Referente técnico y administrador de contratos.

La aceptación de la orden de compra por parte del proveedor será requisito indispensable para la RECEPCIÓN CONFORME que realizará el Hospital del bien/insumo o producto a través del portal de compras públicas.

Antes del envío de cada orden de compra, el comprador del Departamento de Abastecimiento verificará el cumplimiento del estado de habilidad y/o inscripción vigente del adjudicatario en chileproveedores.

22°     DE LA FACTURACIÓN Y PAGO

El pago del servicio se efectuará contra la prestación requerida y ejecutada; además del proceder antes descrito: (1) aceptación de la Orden de compra a través de la plataforma Mercado público y (2) la validación o recepción conforme de los bienes/insumos o servicios requeridos.

La factura/boleta deberá emitirse a nombre del “Hospital Base San José de Osorno” y de acuerdo a los siguientes antecedentes.

NOMBRE

Hospital Base San José De Osorno

RUT

61.602.260-1

DOMICILIO

Guillermo Bühler #1765, Osorno, Provincia de Osorno, Región de Los Lagos.

GIRO

Salud

Si el proveedor emite DTE Factura, debe proceder a lo siguiente para que la factura comercial no sea rechazada:

1.  Enviar archivo xml a casilla electrónica de intercambio dipresrecepcion@custodium.com en un plazo no superior a 48 horas contadas desde su emisión.

Para lo anterior, debe proceder a través de sus softwares de facturación propio o en Servicio de Impuestos Internos. No corresponde el envío por correo electrónico (e-mail).

2.  Debe referenciar el N° de orden de compra en el recuadro especial (campo 801) cuando sea una orden de compra de Mercado Publico.

Cuando se trate de una orden de compra “interna” (no de Mercado Público), no debe completar este campo. Este ingreso debe ser exacto; ya que, de lo contrario, el software utilizado por el hospital lo rechazara automáticamente.

3.  Debe coincidir el monto facturado con el monto recepcionado a través de la plataforma Mercado Público.

El período de pago corresponde a las disposiciones establecidas en Circular N° 34 del Ministerio de Hacienda donde instruye el pago de 30 días para el sector salud.

La forma de pago es mediante Cheque y/o Transferencia Electrónica después de 30 días de la fecha de recepción conforme de la factura/boleta respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno del suministro contratado.

El Hospital podrá reclamar del contenido de la factura dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción (ley 19.983); si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar la fecha de vencimiento para su pago.

23°   INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS

Antecedentes Generales

Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará al Hospital para aplicar una o más de las sanciones que se indican a continuación, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que posea constituidas el proveedor.

23.1    Infracciones contractuales

Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa de 3 UTM por evento o día de incumplimiento:

  • Difundir, divulgar o comunicar sin la expresa autorización del Hospital todo o parte del informe, documento o servicio contratado.
  • No cumplir con el envío oportuno de información según corresponda al Coordinador del Contrato y/o Administrador de Contratos cuando alguno de estos lo solicitase, especialmente en casos de requerimientos urgentes.

23.2    Infracciones del servicio

a)    Suspensión de la intervención: El adjudicatario NO informa al Referente técnico del Hospital mediante correo electrónico, de la suspensión de una intervención con al menos 2 días corridos de anticipación a la fecha programada, siempre que fuera por causas atribuibles al adjudicatario.

Multa: 10 UTM por cada cirugía suspendida.

b)    Incumplimiento del total de las cirugías adjudicadas: El adjudicatario no cumple con la resolución del total de las cirugías adjudicadas dentro del plazo de vigencia establecido en las bases, siempre y cuando fuera por causas atribuibles al mismo adjudicatario.

Multa: 10 UTM por evento/paciente.

c)    Abandono del paciente: El adjudicatario no cumple en los casos de control post operado, complicación de paciente post operación, alta médica (telefónica, por ejemplo). El adjudicatario debe estar de manera presencial ante cualquier complicación del paciente.

Multa: 10 UTM por evento/paciente.

d)    Incumplimiento de operar sin el equipo completo: El adjudicatario no opera con el equipo completo que establecen las bases.

Multa: 10 UTM por evento/paciente.

e)  En caso que viene a operar una persona que no está identificada dentro del listado en la oferta técnica del proveedor: Se permitirá al proveedor justificar hasta 24 horas posterior a la emergencia. El tipo de emergencia será ponderado por el Referente técnico.

Multa: 10 UTM por evento/paciente.

f)     No se encuentra en Osorno medico de 24 horas: El adjudicatario no cumple con disponibilidad de cirujano las 24 horas del día en la ciudad de Osorno.

Multa: 10 UTM por evento/paciente.

g)    El adjudicatario deberá obligatoriamente cumplir con los controles postquirúrgicos:

De haber incumplimiento se aplicará la siguiente multa. Multa: 3 UTM por evento/paciente. La excepción será por causa de fuerza mayor que impida al paciente acudir a su control, o bien que este desista. Esto debe ser informado al Referente técnico y Subdireccion Médica del Hospital. Referente técnico será quien pondere si amerita multa de acuerdo a la causa.

h)   Omisión o falsedad de información referente a complicaciones quirúrgicas ocurridas

Multa: 3 UTM por evento/paciente. De haber reiteración (dos veces), se dará terminado el contrato y el adjudicatario quedara inhabilitado para futuras licitaciones con HBSJO.

Nota: Para el cobro de las multas se tomará como referencia el valor de la UTM del mes en que ocurrió el evento.

23.3    Procedimientos para aplicación de multa

En todos los casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o funcionario responsable, este le informara al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos.

Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que estos se hayan presentado, la entidad dictara la respectiva Resolución Exenta aplicando o no la multa.

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el hospital tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinara mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal.

Se hace presente que las notificaciones se realizaran al domicilio que le proveedor haya informado en la licitación o, en su defecto, el que tenga registrado en mercado público. En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor trascurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos.

23.4    Cobro de multas

Todo tipo de sanción o multa será comunicado mediante carta certificada de la Dirección del Hospital -o a través de quien ésta considere pertinente- al domicilio del representante indicado en el registro de proveedores o en el de la propuesta, a elección del Hospital o bien por notificación personal efectuada por quien administre el contrato.

El proveedor dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus descargos. Luego de dicho período, y con los antecedentes que disponga, se dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos y la sanción, si fuere el caso. El proveedor podrá interponer contra dicho acto el recurso de reposición establecido en la Ley 19.880 en los plazos y con los requisitos prescritos en la mencionada norma legal.

En caso que el Hospital resuelva el cobro de multas, el proveedor deberá realizar el pago dentro de quince (15) días hábiles contados desde la notificación mediante Resolución Exenta (que aplica la multa), por algunos de los siguientes medios:

 

  • Ø Depósito o transferencia electrónica a nombre de HOSPITAL BASE OSORNO  RUT 61.602.260-1 cuenta corriente N°81509097470 del Banco Estado, con copia del comprobante a los siguientes correos: jose.cordova@redsalud.gov.cl, gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl, yasna.albarran@redsalud.gob.cl,
  • Ø Pago directo en caja de Cobranza, ubicadas en edificio de Acceso Principal del Hospital.

 

Si el proveedor no efectúa el pago de dicha multa en el plazo otorgado, se hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. El proveedor, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de cobro de la garantía, deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en los mismos términos y condiciones exigidos en estas bases.

La falta de entrega de una nueva garantía será causal de término anticipado del contrato.

En el caso que no exista garantía de fiel cumplimiento de contrato y el proveedor no efectúe pago de multa en el plazo de 15 días hábiles, se dará término anticipado de contrato.

Para todos los casos del presente numeral que establece término anticipado de contrato, se informarán los antecedentes en el portal www.mercadopublico.cl.

El monto total de las multas no podrá exceder el 20% del monto total del contrato.

24°     RESPONSABILIDAD EN EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS

En caso se generarse responsabilidad civil extracontractual deducida en contra este hospital, contenida en el título XXXV del libro cuarto del Código Civil o sobre falta de servicio a que se refieren las normas contenidas en los artículos 4º y 42 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y Título III, de la Ley N.º 19.966, que establece el Régimen de Garantías en Salud ,dará derecho para que el hospital ejerza las acciones de repetición en contra de la entidad licitante, que haya prestado dichos servicios en forma efectiva, para salvaguardar el patrimonio fiscal.

25°     SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del director del Hospital, previo informe en derecho emitido por el abogado del Hospital o Informe Técnico emitido por la Contraparte Técnica del Hospital, según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

BASES TÉCNICAS

LICITACIÓN PÚBLICA

 

“CONVENIO RESOLUCION COMPLETA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE CADERA PARA PACIENTES DEL HOSPITAL BASES SAN JOSE OSORNO”

ID: 1063538-70-LR23

1°        OBJETIVO

El Hospital Base San José Osorno requiere contratar un convenio resolución completa de intervenciones quirúrgicas de cadera para sus pacientes beneficiarios, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases técnicas y sus anexos.

2°        INTERVENCIONES Y CANTIDADES

  1. Endoprótesis de cadera simple: Se define como una prótesis primaria en paciente con artrosis primaria, secundaria a displasia de cadera Crowe I o II, secundaria a artritis reumatoidea sin anquilosis, secundaria a necrosis avascular sin anquilosis.
  2. Endoprótesis de cadera compleja: Prótesis de revisión, secundaria a condrolisis por infección previa, secundara a displasia de cadera Crowe III o IV, secundaria a anquilosis de cadera, secundaria a fractura de pelvis o de fémur proximal sin implante y sin signos de infección, prótesis en paciente adolescente o menor a 20 años.
  3. Recambio Endoprótesis de cadera: Compleja.

Se establece que las cantidades señaladas a continuación son referenciales, por lo tanto, el Hospital no se obliga a adquirirlas en su totalidad, dando así flexibilidad a los requerimientos.

  • Endoprótesis de cadera simple (36)
  • Endoprótesis de cadera compleja (18)
  • Recambio Endoprótesis de cadera (6)

Total: 60 intervenciones

3°        CONSULTA PRE-OPERATORIA Y CONSULTA PRE-ANESTESICA

Se establece que las consultas pre-operatoria y pre-anestesica previo a la cirugía, deben ser realizadas por el adjudicatario.

  1. Endoprótesis de cadera simple: 1 consulta previa a la cirugía, después de la evaluación de EQ. Prequirúrgico. Para definir implante, vía de abordaje y otras consideraciones especiales.
  2. Endoprótesis de cadera compleja: 1 consulta previa a la cirugía, después de la evaluación de EQ. Prequirúrgico. Para definir implante, vía de abordaje y otras consideraciones especiales.
  3. Recambio Endoprótesis de cadera: 1 consulta previa a la cirugía, después de la evaluación de EQ. Prequirúrgico. Para definir implante, vía de abordaje y otras consideraciones especiales.

4°        EXAMENES PREVIOS

Se establece que los exámenes previos de los pacientes serán tomados en el HBSJO.

La unidad de pre quirúrgico rescatará los resultados y los enviará al centro de resolución quirúrgica.

5°        CONTROLES POST OPERATORIOS

Se establece que todos los controles post-operatorio y post-alta deben ser realizados por el adjudicatario.

  1. Endoprótesis de cadera simple: 2 controles postoperatorios. 1 control al alta y otro control al mes post-operado.
  2. Endoprótesis de cadera compleja: 2 controles postoperatorios. 1 control al alta y otro control al mes post-operado.
  3. Recambio Endoprótesis de cadera: 2 controles postoperatorios. 1 control al alta y otro control al mes post-operado.

6°        VALIDACION DE LOS SERVICIOS

Se establece que la validación y pago quedará asociada a la resolución quirúrgica y ultimo control sin complicaciones. El proveedor deberá obligatoriamente cumplir con los controles postquirúrgicos. En caso de no hacerlo se le cursará una multa de 3 UTM por caso.

7°        CERCANIA DEL PACIENTE

Por consideraciones de bienestar y seguridad del paciente, se establece que el oferente deberá encontrarse en un radio máximo de 120 km desde la ciudad de Osorno. Cualquier oferta que supere este radio resultara inadmisible. REQUISITO EXCLUYENTE (Formulario N°5).

8°        TRASLADO DEL PACIENTE

En caso de que el proveedor sea de un radio fuera de Osorno, el traslado del paciente será responsabilidad del HBSJO.

9°        DEL EQUIPO CLINICO (MEDICO Y NO MEDICO)

El Equipo Médico lo deben integrar los siguientes profesionales, quienes deben adjuntar Certificado de Registro de Prestador Individual de Salud extendido por la Superintendencia de Salud. Este documento debe estar vigente al momento de ofertar, o máximo 2 meses de vencido (fecha descarga).

  • Cirujano Traumatólogo
  • Cirujano Ayudante
  • Medico Anestesiólogo + Técnico en Anestesia
  • Pabellonero
  • Arsenalero
  • Auxiliar de Servicio (de ser requerido)

Nómina de profesionales: Debe adjuntar Nómina de profesionales médicos y de todo el equipo clínico con que cuenta para este convenio, con firma de contrato del año vigente, individualizando además al “cirujano traumatólogo de reemplazo”, el cual debe estar disponible en caso de urgencias.

Competencia: Los Cirujanos traumatólogos deben acreditar competencia en cirugía de cadera, al menos el primer cirujano.

10°     LUGAR DE ENTREGA DE LOS SERVICIOS

Se establece que para este convenio NO está autorizado el uso de los pabellones del HBSJO para la resolución de las intervenciones.

De tal modo, las intervenciones solo se podrán realizar en Pabellones Externos debidamente acreditados, y siempre dentro de un radio máximo de 120 km desde Osorno.

Para los pabellones externos debe adjuntar según corresponda:

  • Resolución de Autorización Sanitaria vigente para su funcionamiento
  • Resolución de Acreditación de la Superintendencia de Salud

En caso de contar con Autorización Sanitaria Vigente deberá adjuntar documento “copia fiel del documento original”, al momento de presentar su oferta.

11°     CRONOGRAMA DE LAS INTERVENCIONES

Los siguientes son los cronogramas referenciales de cirugías a cumplir por el adjudicatario, dependiendo de su oferta.

LINEA 1 | 009-10015 | CRONOGRAMA 36 CIRUGIAS DE CADERA SIMPLE 1063538-70-LR23

mayo

junio

julio

agosto

septiembre

octubre

noviembre

diciembre

Total

4

4

4

4

4

4

4

8

36

LINEA 2 | 009-10016 | CRONOGRAMA 18 CIRUGIAS DE CADERA COMPLEJA 1063538-70-LR23

mayo

junio

julio

agosto

septiembre

octubre

noviembre

diciembre

Total

2

2

2

2

2

2

2

4

18

LINEA 3 | 009-10017 | CRONOGRAMA 6 CIRUGIAS DE RECAMBIO ENDOPROTESIS DE CADERA 1063538-70-LR23

mayo

junio

julio

agosto

septiembre

octubre

noviembre

diciembre

Total

1

1

1

1

1

1

x

x

6

CRONOGRAMA POR EL TOTAL (60) DE CIRUGIAS DE CADERA 1063538-70-LR23

mayo

junio

julio

agosto

septiembre

octubre

noviembre

diciembre

Total

8

8

8

8

8

8

8

4

60

El cronograma puede sufrir cambios según contingencia y necesidades de la institución, lo que se indicará con anterioridad al adjudicatario.

12°     DE LOS INSUMOS Y MEDICAMENTOS

Se establece que todos los insumos y medicamentos que utilice el adjudicatario en este convenio, deben contar con registro sanitario otorgado por el Instituto de Salud Pública de Chile, especialmente en lo referido a eficacia, calidad y seguridad.

12.1   De la prótesis

Se establece que el Centro oferente proveerá de las prótesis.

Es necesario que el oferente adjunte en su oferta técnica información sobre las prótesis con que cuenta, esto es características técnicas, catálogos, y toda información técnica que describa en detalle el insumo.

Anexos a completar por el adjudicatario:

  • Anexo N°1: Registro producción de controles realizados.
  • Anexo N°2: informe complicaciones derivadas de las intervenciones quirúrgicas.

Tanto Registro como Informe deben ser digitalizados, no se aceptarán completados a mano.

13°     ESPECIFICACIONES TECNICAS

  1. En caso fortuito o fuerza mayor que el proveedor adjudicado, no pudiese realizar las intervenciones quirúrgicas con los profesionales médicos y no médicos ofertados originalmente en el formulario respectivo, el proveedor deberá presentar por vía formal una solicitud fundada a la Subdirección Medica del HBSJO, justificando la incorporación de nuevos integrantes al equipo quirúrgico. A esta solicitud debe anexarse los antecedentes requeridos en las respectivas Bases, tal cual se exigió para la oferta técnica inicial. Se establece un máximo de incorporaciones del 30% de los inscritos inicialmente en la licitación.

El Hospital se reservará el derecho de autorizar esta petición, la cual se debe presentar hasta 24 horas después de acto quirúrgico como máximo.

  1. Mientas el paciente se encuentre hospitalizado todos los gastos corren por cuenta del adjudicatario.

  1. Los servicios contratados deberán efectuarse según priorización establecida por el Hospital Base San José Osorno. Para esto el Hospital verificará la lista quirúrgica del Sistema Phoenix que se encuentren vigentes.

El adjudicatario deberá remitirse al listado rutificado de pacientes, y en estricto orden de secuencia para el desarrollo de las intervenciones.

  1. Los Médicos Cirujanos deben acreditar competencia en cirugía de cadera (Endoprótesis y Recambio), como Primer cirujano, cuya certificación será acreditada con certificado del órgano público o privado.
  2. El adjudicatario debe cumplir con evaluación preoperatoria y evaluación preanestésica por paciente. Dependerá de cada caso si es 1 o son 2.
  3. Los cirujanos traumatólogos que participan en la intervención quirúrgica deben realizar visita diaria al paciente mientras dure la hospitalización. Esto debe ser registrado en la ficha clínica.

  1. Mientras el paciente este hospitalizado todos los gastos corren por cuenta del proveedor.
  2. Se establece que los pacientes intervenidos por licitación deberán ser dados de alta por cirujanos que participaron en la intervención.

  1. Los controles postcirugía que efectúe el adjudicatario deben ser realizados en la ciudad de Osorno. Si se ocupan las dependencias del HBSJO (CAE), deben efectuarse de lunes a jueves, después de las 17:00 horas, los viernes después de las 16:00 horas y los sábados y domingos todo el día. Lo anterior por médicos que hayan participado en las intervenciones.

1)   Endoprótesis de cadera simple: 2 controles postperatorios. 1 control al alta y otro control al mes postoperado.

2)   Endoprótesis de cadera compleja: 2 controles postperatorios. 1 control al alta y otro control al mes postoperado.

3)   Recambio Endoprótesis de cadera: 2 controles postperatorios. 1 control al alta y otro control al mes postoperado

10.  El adjudicatario además deberá enviar a SOME quincenalmente programación de controles de los pacientes.

El proveedor deberá obligatoriamente cumplir con los controles postquirúrgicos. En caso de no hacerlo se le cursará una multa de 3 UTM por caso.

11.  Las complicaciones inherentes a la técnica quirúrgica utilizada, no así a la condición médica del paciente, que se puedan generar posterior al procedimiento, serán de exclusiva responsabilidad y resolución del adjudicatario, asumiendo éste los costos de los servicios médicos profesionales hasta el alta definitiva que el HBSJO le dé al paciente, por su complicación quirúrgica.

12.  Ante cualquier urgencia derivada de la intervención quirúrgica, el adjudicatario debe tener profesionales médicos disponibles las 24 horas del día. Estas atenciones de urgencia se deben resolver en el Hospital Base San Jose Osorno.

13.  El profesional médico deberá registrar y /o adjuntar en la Ficha Clínica del paciente lo siguiente: copia del protocolo operatorio del Sistema Phoenix con nombre y firma del profesional que realizó la intervención, evolución médica e indicaciones, consentimiento informado, hoja de anestesia, fecha y registro de controles según corresponda para todos los pacientes. Todo lo anterior debe estar escrito en computador, y en ningún caso en forma manual.

14.  El adjudicatario deberá mantener un estado de avance de sus servicios, dando continuidad de manera progresiva y constante a las intervenciones materia de este contrato.

15. El adjudicatario debe enviar por correo electrónico un reporte semanal (todos los martes) a la Unidad de Producción de la Demanda del HBSJO. Este reporte debe señalar Nómina de los pacientes intervenidos con todos sus datos. La nómina debe ser enviada en planilla Excel a los correos juan.igor@redsalud.gov.cl y  claudia.saavedra@redsalud.gov.cl.

16.  Sin perjuicio de lo anterior el Hospital podrá poner término anticipado al convenio por incumplimiento de Bases técnicas, administrativas, y económicas por parte del adjudicatario.

17.  Cualquier acto que se pueda caracterizar como negligencia, evento adverso, o mala praxis en el proceso quirúrgico, será de exclusiva responsabilidad jurídica y administrativa de la adjudicada, y de mayor costo también. Se entenderá como evento adverso la lesión o complicación no intencional que tiene por resultado la discapacidad del paciente al momento del alta, muerte, o aumento de días de hospitalización provocada por el manejo en la atención de salud, más que por enfermedades subyacentes.

FORMULARIO N.º 1

IDENTIFICACION DEL PROPONENTE

“CONVENIO RESOLUCION COMPLETA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE CADERA PARA PACIENTES DEL HOSPITAL BASES SAN JOSE OSORNO”

ID: 1063538-70-LR23

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

DATOS DEL PROPONENTE:

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

Domicilio

Ciudad

Teléfono

Fax

Correo electrónico

REPRESENTANTE LEGAL: (sólo en caso de persona jurídica)

Nombre completo

Nº Cédula de Identidad

Instrumento en que consta su personería (indicar tipo de documento, fecha, notaría, etc.).

COORDINADOR TECNICO*:

Nombre completo

Cargo o función

Teléfono (Anexo) / Fax

Correo electrónico

CONTACTO DEL PROPONENTE:

Nombre completo

Cargo o función

Teléfono (Anexo) / Fax

Correo electrónico

El proponente que suscribe establece que el coordinador técnico designado se encuentra facultado(a) para representar y actuar como contraparte de ella ante el Hospital en todo el proceso que implique la presente Licitación, y que conoce sus funciones establecidas en las presentes Bases.

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2023

FORMULARIO N.º 2

ACEPTACIÓN DE BASES Y CONOCIMIENTO DE LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS

“CONVENIO RESOLUCION COMPLETA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE CADERA PARA PACIENTES DEL HOSPITAL BASES SAN JOSE OSORNO”

ID: 1063538-70-LR23

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

El proponente que suscribe se compromete ante el Hospital Base San José de Osorno a suministrar los bienes o insumos, convenios o prestaciones materia de la presente propuesta, de acuerdo a las Bases Administrativas, Técnicas y anexos que forman parte de la presente licitación.

 

Asimismo, el proponente que suscribe declara:

 

Haber recibido, estudiado y aceptado las Bases Administrativas, Técnicas y anexos que conforman la presente propuesta publica del Hospital Base San José de Osorno.

 

Estar conforme con las condiciones generales del Contrato, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes Bases Administrativas Generales y Técnicas, aceptándolas en todas sus partes.

 

Que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los últimos dos años.

 

Estar conforme con las condiciones generales del proyecto, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecido en las bases Administrativas Generales, Especificaciones Técnicas, Aclaraciones y todo otro documento oficial de la Propuesta, en el entendido que dichos antecedentes formarán parte del contrato.

 

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2023

FORMULARIO N.º 3

OFERTA ECONÓMICA

“CONVENIO RESOLUCION COMPLETA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE CADERA PARA PACIENTES DEL HOSPITAL BASES SAN JOSE OSORNO”

ID: 1063538-70-LR23

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

LINEA

INTERVENCION QUIRURGICA

CANTIDAD REFERENCIAL

OFERTA VALOR UNITARIO

TOTAL

1

009-10015 | ENDOPROTESIS DE CADERA SIMPLE

36

$

$

2

009-10016 | ENDOPROTESIS DE CADERA COMPLEJA

18

$

$

3

009-10017 | RECAMBIO ENDOPROTESIS DE CADERA

6

$

$

MONTO OFERTA TOTAL (valor exento)

$

  • Los oferentes pueden presentar oferta por cualquiera de las líneas, o bien por 2, o por las 3

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2023

FORMULARIO N.º 4

EXPERIENCIA DEL OFERENTE

“CONVENIO RESOLUCION COMPLETA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE CADERA PARA PACIENTES DEL HOSPITAL BASES SAN JOSE OSORNO”

ID: 1063538-70-LR23

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

Debe señalar los profesionales que participarán de este convenio, y la cantidad de intervenciones de caderas realizadas por cada uno

NOMBRE CIRUJANO TRAUMATOLOGO CON EXPERIENCIA EN CIRUGIA DE CADERAS

CANT.CIRUGIAS ENDOPROTESIS DE CADERA SIMPLE (2021-2022)

CANT.CIRUGIAS ENDOPROTESIS DE CADERA COMPLEJA (2021-2022)

CANT.CIRUGIAS RECAMBIO ENDOPROTESIS DE CADERA (2021-2022)

TOTAL CIRUGIAS

ADJUNTA CERTIFICADO DE EXPERIENCIA

1

SI___/NO___

2

SI___/NO___

3

SI___/NO___

SI___/NO___

N

SI___/NO___

v  Debe acreditar experiencia adjuntando certificado del órgano público o privado, donde señale la cantidad de cirugías realizadas

v  No se considerará la experiencia del oferente y sus socios, si él o ellos no forman parte del equipo médico que realzará las prestaciones

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2023

FORMULARIO N.º 5

CANTIDAD DE CIRUJANOS TRAUMATOLOGOS

“CONVENIO RESOLUCION COMPLETA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE CADERA PARA PACIENTES DEL HOSPITAL BASES SAN JOSE OSORNO”

ID: 1063538-70-LR23

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

DESCRIPCION

CANTIDAD DE CIRUJANOS TRAUMATOLOGOS PARA ESTE CONVENIO

ADJUNTA CERTIFICADO

RESOLUCION COMPLETA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE CADERA

SI___

NO___

  • Debe acreditar adjuntando certificado del órgano público o privado.

  • Los cirujanos al igual que todo el equipo quirúrgico, deben aparecer individualizados en la nómina que adjunte en su oferta, incluyendo al médico de reemplazo.

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2023

FORMULARIO N.º 6

DECLARACION JURADA SIMPLE ARTICULO 4º LEY 19.886

“CONVENIO RESOLUCION COMPLETA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE CADERA PARA PACIENTES DEL HOSPITAL BASES SAN JOSE OSORNO”

ID: 1063538-70-LR23

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

 

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

Yo, ____________________, RUT ___________, en representación de __________, RUT _______________ (sólo en caso de ser persona jurídica) declaro no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores a la firma del presente contrato. De acuerdo a lo estipulado en artículo 4 inciso primero ley 19.886.

Además, declaro cumplir con lo establecido en artículo 4º, inciso sexto, ley 19.886, que estipula lo siguiente: “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N.º 18.575, ley orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas forman parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital , ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.

RAZON SOCIAL EMPRESA: ___________________________________________

DIRECCION: ______________________________________________________

TELEFONO: ______________________

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2023

FORMULARIO N.º 7

DECLARACION JURADA SIMPLE LEY Nº 20.393 QUE ESTABLECE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURIDICAS EN LOS DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y DELITOS DE COHECHO.

“CONVENIO RESOLUCION COMPLETA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE CADERA PARA PACIENTES DEL HOSPITAL BASES SAN JOSE OSORNO”

ID: 1063538-70-LR23

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

El proponente que suscribe, con el sólo hecho de presentar su oferta a esta propuesta declara y acepta explícitamente lo siguiente:

Declaro que la empresa ____________________________________ no se encuentra inhabilitada con alguna condena sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, por la aplicación de los delitos de la Ley Nº 20.393, que afecte de manera alguna su calidad de oferente en el proceso licitatorio, dando pleno cumplimiento además a lo estipulado en la Ley N.º 19.886 sobre requisitos para contratar con la Administración del Estado.

RAZON SOCIAL EMPRESA: ___________________________________________

DIRECCION: ______________________________________________________

TELEFONO: ______________________

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2023

ANEXO Nº 1

REGISTRO PRODUCCION DE CONTROLES REALIZADOS

“CONVENIO RESOLUCION COMPLETA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE CADERA PARA PACIENTES DEL HOSPITAL BASES SAN JOSE OSORNO”

ID: 1063538-70-LR23

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

CONTROLES REALIZADOS

 CONVENIO RESOLUCION COMPLETA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE CADERA ID 1063538-70-LR23

Cant.

Fecha Cita

Especialidad

Rut Profesional

Nombre Profesional

Nombre Paciente

Rut Paciente

Sexo

Edad

Previsión

Alta

1

 

2

3

N

  • El Registro debe ser digitalizado, no se recibirá completado a mano.
  • El adjudicatario debe presentar este registro mensualmente, de acuerdo al numeral 33.6 de las bases técnicas.

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2023

ANEXO Nº 2

INFORME COMPLICACIONES DERIVADAS DE LAS INTERVENCIONES QUIRURGICAS

“CONVENIO RESOLUCION COMPLETA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE CADERA PARA PACIENTES DEL HOSPITAL BASES SAN JOSE OSORNO”

ID: 1063538-70-LR23

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

INFORME COMPLICACIONES QUIRURGICAS

RESOLUCION COMPLETA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE CADERA

1063538-70-LR23

Fecha del reporte

Nombre de la empresa

Cirugía realizada

Fecha de cirugía

Nombre paciente

RUT

Ficha clínica

Nombre cirujano

Complicación presentada

Causa probable complicación

Tratamiento médico o quirúrgico requerido (re hospitalización, re intervención qx, tto complementario, etc.)

Evolución y/o pronóstico del paciente

  • El informe debe ser digitalizado, no se recibirá completado a mano.
  • El adjudicatario deberá utilizar el presente formato para detallar las posibles complicaciones derivadas de las intervenciones quirúrgicas, las ocurridas intrapabellón y las post operatorias.

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2023