Fidelidad a las bases |
BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA
“CONTRATO SUMINISTRO DE SERVICIOS DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE AMBULANCIAS MARCA FORD”.
BASES ADMINISTRATIVAS
1. DESCRIPCIÓN
2
Las presentes Bases, regirán el proceso del llamado a Licitación Pública denominada “Contrato de Suministro de Servicios
de Mantención y Reparación de Ambulancias marca FORD”, por el periodo de 12 meses.
2. FINANCIAMIENTO
El presente convenio considera un presupuesto total referencial de $35.000.000.- (treinta y cinco millones de pesos), impuesto
incluido, por el periodo de 12 meses, con cargo al Subtítulo 22.06.002 “Mantenimiento y Reparación de Vehículos” y otros que
sean necesarios.
a. AUMENTO DEL PRESUPUESTO TOTAL REFERENCIAL
El presupuesto referencial total de esta licitación podrá ser aumentado hasta un 30% del mismo en caso que el Servicio de Salud
Biobío lo requiera; sujeto, eso sí, a la disponibilidad presupuestaria del SAMU Biobío evaluada a lo largo de la vigencia del
convenio.
3. SIGNIFICADO O DEFINICIONES
Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, se establece el significado o definición de los siguientes
términos:
Días corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa, y que es el tiempo en que
deberá presentar su oferta el proveedor.
Días Hábiles (administrativos): Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos, y festivos.
Documentos Oficiales: Certificados, resoluciones, oficios y Circulares emitidos por la autoridad pública.
Fuerza mayor o Caso fortuito: de acuerdo con lo dispuesto en el Art 45 del código Civil.
Servicio de Salud o SSBB: Servicio de Salud Biobío.
SII: Servicio de Impuestos Internos.
TGR: Tesorería General de la República.
Departamento de Atención Prehospitalaria: se refiere indistintamente a SAMU Biobío, SAMU, Depto. Atención
Prehospitalaria SAMU Biobío o C.E.A.P. SAMU Biobío.
Oferente o Proponente: Persona Natural o Jurídica, chilena o Extranjera, Unión temporal de Proveedores, que puedan
proporcionar los bienes indicados en esta licitación a través del portal www.mercadopublico.cl.
Proveedor, Contratista o Adjudicatario: Aquel cuya oferta ha sido aceptada y con quien se celebra el contrato.
Bases: Bases Administrativas, técnicas y Anexos.
Contrato: contrato suministro entre el proveedor adjudicado y el SSBB, que dependiendo del monto total del contrato
puede ser formalizado mediante la aceptación de la orden de compra o firma notarial, dependiendo lo estipulado en
estas bases.
Orden Compra: Orden de ejecución de los servicios contratados generadas a través del portal www.mercadopublico.cl.
Unión Temporal de Proveedores (UTP): Según lo señala el artículo 67 bis del reglamento de la ley 19886, define lo
siguiente; Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer,
en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones
que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar
al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias
que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como
documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión
temporal deberá inscribirse.
Todo lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el Decreto 250, Reglamento de la ley 19.886 de Bases sobre contratos
administrativos de suministro y prestación de servicios.
4. DATOS BÁSICO DE LA LICITACIÓN
Etapas:
Una (Apertura de Oferta Técnica y Económica en un solo acto), que se
efectuará a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
3
Requisitos para ofertar:
Puede participar cualquier persona natural, jurídica o unión temporal de
proveedores que cumplan con los requisitos de la presente licitación y
que no le afecte alguna de las siguientes inhabilidades:
• Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los
derechos fundamentales de los trabajadores dentro de los dos años
anteriores al momento de la presentación de la oferta.
• Haber sido condenado por delitos concursables establecidos en el
artículo 463 del Código Penal conforme a lo dispuesto en la Ley N°
20.720, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta.
Requisitos para contratar:
Pueden contratar con el Servicio de Salud Biobío cualquier persona
natural, jurídica o unión temporal de proveedores que cumplan con los
requisitos de la presente licitación y que no le afecte alguna de las
siguientes inhabilidades:
• De acuerdo al artículo 4 inciso sexto de la Ley N° 19.886, el Servicio de
Salud Biobío no podrá suscribir contratos administrativos de provisión de
bienes o prestaciones de servicios con los funcionarios directivos del
establecimiento, ni con personas unidad a ellos por los vínculos de
parentesco descrito en la letra b del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Ley
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del
Estado, ni con sociedades de personas de las que aquellos o estas
formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas
cerradas en aquellos o estas sean accionistas, ni con sociedades
anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que
representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes,
administradores, representantes o directores de cualquiera de las
sociedades antedichas.
• Las personas jurídicas condenadas por los delitos regulados en la Ley
N° 20.393.
Para contratar al proveedor debe encontrarse en Estado Hábil en el
registro www.chileproveedores.cl.
En el caso que el proveedor adjudicado no se encuentre en estado hábil
al momento de adjudicar, ya que no cuenta con contrato vigente en
chileproveedores, este estará obligado a cambiar su estado en dicho
registro dentro de 15 días hábiles contados desde la fecha de la
resolución exenta de adjudicación.
Computo de los plazos para
proceso licitatorio:
Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que
expresamente se indique que los plazos son de días hábiles
(administrativos).
En caso que un plazo expire en días sábados, domingos o festivos se
entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente.
Idioma:
Español.
Moneda:
Pesos Chilenos. Excepción a ello, lo constituyen los documentos de
garantía que pueden estar expresados en UF.
Comunicación con el SSBB:
Exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl.
Soporte de documentos:
Soporte digital.
Excepcionalmente se podrá utilizar soporte papel en los casos
expresamente permitidos por estas bases o por la ley de compras y su
reglamento.
Visibilidad de las ofertas
técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada la
licitación.
5. GASTOS
4
Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún
tipo de reembolso por parte del SSBB.
6. CANAL VÁLIDO DE COMUNICACIÓN PARA NOTIFICACIONES
El canal válido de comunicación será mediante publicación en el Portal www.mercadopublico.cl, el que constituirá su domicilio
para efectos de toda notificación, que por cualquier concepto deba hacérsele, salvo excepciones al correo electrónico señalado
en el Formulario Nº1, según el artículo 6 del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y se entenderán notificadas,
transcurridas que sean 24 horas desde que el SSBB publique en el Sistema de Información (Portal de Mercado Público) el
documento, acto o resolución objeto de la notificación o desde el envío del correo electrónico.
7. DOCUMENTACIÓN QUE RIGE ESTA LICITACIÓN
La presente licitación se norma, sin perjuicio de la normativa legal vigente, acorde a los siguientes documentos en el orden de
precedencia que se plantea a continuación:
a. Ley de Compras N° 19.886 y su reglamento, Ley N° 19.880 de Actos Administrativos, Ley N° 18.575 de Bases Generales
de la Administración, Ley N° 20.730 que regula el Lobby, Directrices de Chilecompra y toda otra normativa legal aplicable
a esta licitación.
b. Aclaraciones y Respuestas sobre aspectos administrativos y técnicos realizados en el Portal.
c. Bases Administrativas.
d. Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas, Formularios y Anexos.
e. La oferta de la entidad oferente.
f. Contrato u orden de compra.
Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo a la ficha de la licitación en el
portal www.mercadopúblico.cl.
8. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
El presente cuadro se define la oportunidad para la realización de las etapas o fases del presente proceso de compras:
ACTIVIDAD PLAZO
FINAL DE PREGUNTAS
Hasta el día 6 contado desde la fecha de publicación del
llamado a licitación en el portal Mercado Público.
PUBLICACIÓN DE RESPUESTAS Hasta el día 8 contado desde la fecha de publicación del
llamado a licitación en el portal Mercado Público.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA
OFERTA.
No se requiere en esta Licitación.
RECEPCIÓN DE OFERTAS Hasta el día 10 contado desde la fecha de publicación del
llamado a licitación en el portal Mercado Público.
ACTO DE APERTURA ELECTRÓNICA
DE LAS OFERTAS TÉCNICAS Y
ECONÓMICAS
A partir del día 11 contado desde la fecha de publicación del
llamado a licitación en el portal Mercado Público.
FECHA DE ADJUDICACIÓN Hasta el día 30 contado desde la fecha de publicación del
llamado a la licitación en el portal.
En el caso que la adjudicación no se realice dentro de este
plazo, se informará a través del portal las razones de ello y
el nuevo plazo de adjudicación, de acuerdo y conforme a los
motivos señalados en el punto 19.2 de las bases
administrativas.
ENTREGA DE GARANTÍA DE FIEL
CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
Hasta el día hábil número 10, contado desde la fecha de
publicación de la adjudicación en el portal Mercado Público.
La garantía en formato físico, debe ser entregada en la
Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío ubicada en Av.
Ricardo Vicuña 147, Interior, Edificio Estacionamiento, 4to
Piso, Los Ángeles.
En caso de garantía en formato digital, opcionalmente
puede ser entregada mediante correo electrónico a
claudia.garcia@ssbiobio.cl, a menos que sea presentada en
papel a través de Oficina de Partes del Servicio de Salud
Biobío.
5
FECHA DE CONTRATO ESTIMADA La contratación se formalizará mediante la emisión de la
orden de compra y la aceptación de esta por parte del
proveedor adjudicado. No será necesaria la suscripción de
un contrato.
9. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Los oferentes deberán presentar sus propuestas a través del portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del
plazo de recepción de las mismas, establecido en el cronograma de actividades (punto N° 8 de las presentes bases
administrativas). Los proveedores podrán presentar más de una oferta, no obstante, cada una de ellas deberá cumplir
íntegramente con lo exigido en estas bases. En el caso que un oferente presente más de una oferta válidamente ingresada en el
portal, se considerará la oferta de menor valor para la etapa de evaluación.
La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica, de la oferta económica, según se detalla en
el punto 9.1.” DOCUMENTOS SOLICITADOS” de las bases administrativas de este proceso licitatorio.
Para la presentación de las ofertas, los formularios definidos en los anexos del presente pliego de condiciones, se encontrarán
disponibles en formato Word o Excel, según corresponda, en el portal Mercado Público.
Es necesario aclarar que es necesario ofertar por todas las ambulancias solicitadas para poder participar del presente proceso
licitatorio. Si una oferta no cumple esta condición, esta será rechazada y será descartada del presente proceso.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha
analizado las bases administrativas y técnicas, y las respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la
presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la
documentación referida
Cuando haya indisponibilidad técnica del portal, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y
Contratación Pública mediante el pertinente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicio,
dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días
hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del portal.
1. DOCUMENTOS SOLICITADOS
Cuando corresponda, todo oferente debe completar y adjuntar a su propuesta realizada al momento de ofertar, los siguientes
documentos y/o formularios:
En formularios y documentos administrativos:
a. Formulario Nº 1: Identificación del Oferente.
b. Formulario Nº 2: Declaración Jurada Aceptación de condiciones.
c. Formulario N° 3: Declaración Jurada Sin Conflicto de Interés.
d. Formulario N°4: Listado de Inclusión (Considerar: Solo en el caso de que los proveedores cuenten con trabajadores
con inclusión deberán presentar obligatoriamente el formulario con la información que respalde o acredite, en caso
contrario, ésta no será sujeta a aclaración).
e. Formulario N°5: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores (UTP): cada uno de los integrantes
de la UTP deberá completar y firmar debidamente esta declaración, la que deberá ser adjuntada en la
oferta UTP. En caso de que alguno de los integrantes de la UTP no presente debidamente este anexo, o éste
no se encuentra debidamente completado y firmado, la oferta efectuada por la UTP será declarada
inadmisible en su totalidad (Considerar: Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una unión temporal de
proveedores deberán presentar obligatoriamente el formulario, en caso contrario, ésta no será sujeta a aclaración y la
oferta será declarada inadmisible).
En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores es obligatorio adjuntar el Acuerdo de Unión Temporal de
Proveedores al momento de presentar su oferta. Dicho documento debe obligatoriamente contener como mínimo lo siguiente:
Nombre y Rut de los integrantes de Unión Temporal de Proveedores.
La Duración de la Unión Temporal Proveedores, la cual deberá tener una vigencia mínima de 60 días posteriores al
término normal del contrato.
La Solidaridad entre las partes respecto de las obligaciones que se generen con la entidad. Se debe establecer las
obligaciones generales.
Nombrar al representante o apoderado en común de la Unión Temporal, con los poderes otorgados.
La Modalidad de facturación (a qué proveedor, integrante de la UTP, se le deben emitir las órdenes de compra para su
posterior facturación y pago).
6
Nota: La no presentación del Acuerdo de Unión temporal de proveedores, con los contenidos mínimos señalados, es motivo de
rechazo de su oferta en la apertura electrónica de la licitación.
Importante: Los formularios administrativos podrán ser solicitados, salvo la declaración para Uniones Temporales de
Proveedores (UTP), a través del foro inverso de la plataforma de mercado público como una “Aclaración a la Oferta”. Si ocurriese
este caso, se verá afectado el puntaje del oferente en cuestión según lo indicado en el punto N° 11 “Presentación de
antecedentes omitidos por los oferentes” y el Criterio de Evaluación “Cumplimiento requisitos formales de la oferta”, de las
presentes bases administrativas.
En formularios y documentos técnicos:
Formulario N° 6: “Calidad Técnica”. Si no se adjunta este a. formulario a la oferta, esta será rechazada en la apertura
electrónica.
Sección N°1 “Disponibilidad de Recurso Humano”: Es donde se señala el personal con el que cuenta el oferente
para prestar los servicios, el cual se considerará y contabilizará solo si presenta algunos de los siguientes documentos:
Certificados de Títulos, Diplomas de Especialización o Cursos relacionados con la mantención y reparación de vehículos,
etc., además del contrato vigente que la empresa tenga con su personal indicado.
Sección N°2 “Disponibilidad de Infraestructura e Equipamiento”: Es donde se señala la Infraestructura y
Equipamiento con el que cuenta para prestar los servicios. El SSBB podrá realizar Visita de Verificación de Información
durante el periodo de evaluación de ofertas y vigencia del convenio.
Sección N°3 Certificado de Representación de marca FORD (si lo tuviera) dado que las ambulancias fueron
adquiridas el año 2020 y se encuentran con garantía mecánica y de conversión.
b. Formulario Nº 7 “Experiencia”.
En este formulario el oferente deberá indicar en el Formulario N°7 el ID de los convenios sobre mantención y reparación de
vehículos marca Ford que haya tenido vigentes o estén vigentes con Instituciones Públicas durante el periodo desde el
01-01-2018 hasta la fecha de cierre de recepción de ofertas de esta licitación (indicada en la ficha de portal de la misma),
adjuntando como respaldo alguna OC que haga mención a la ID del convenio marco. Con esto se acreditará experiencia sobre
mantención y reparación de vehículos marca Ford, en el ámbito público.
En cambio, para acreditar experiencia en convenios de mantención y reparación de vehículos marca Ford a empresas privadas,
que haya tenido vigentes o estén vigentes con esas entidades durante el periodo desde el 01-01-2018 hasta la fecha de cierre
de recepción de ofertas de esta licitación (indicada en la ficha de portal de la misma), basta con indicar el nombre de la empresa
a la que le prestó o preste el servicio, adjuntando como documento de respaldo copia del contrato firmado por ambas partes
ante Notario Público. Con esto se acreditará experiencia sobre mantención y reparación de vehículos marca Ford, en el ámbito
privado.
Importante: Si no se adjunta este formulario a la oferta, esta será rechazada en la apertura electrónica.
En Formularios Económico:
a. Formulario N° 8: “Oferta Económica-FORD”.
Importante: La no presentación de algunos de los formularios o documentos económicos, o sin toda la información necesaria
para una correcta evaluación o no acorde a lo solicitado, se considerará como una oferta fuera de bases, quedando descartada
del proceso de evaluación.
10. VIGENCIA DE LAS OFERTAS
La vigencia de la oferta será de a lo menos sesenta (60) días corridos contados desde la fecha de apertura electrónica de la
propuesta. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el SSBB solicitará a los proponentes antes de la fecha de
su expiración, la prórroga respectiva. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta será declarada inadmisible.
11. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
El Servicio de Salud Biobío podrá además permitir la presentación de certificados o antecedentes de carácter administrativo que
los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se
hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no
mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de las mismas. En estos casos, el
SSBB realizará una aclaración de ofertas a través del Foro Inverso de esta licitación en el portal www.mercadopublico.cl,
solicitando los antecedentes omitidos concediendo un plazo fatal de 48 horas después de publicada la aclaración, para que suba
los antecedentes. Si al concluir ese plazo el oferente no ha entregado los antecedentes solicitados, la oferta presentada será
evaluada con el menor puntaje indicado en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales de la Oferta”, los que serán
exigidos una vez adjudicados, para la firma del contrato o envío de la orden de compra.
7
12. GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
Por ser el monto total de esta licitación menor a 2.000 UTM, no se requiere que los proponentes interesados entreguen una
Garantía de Seriedad de la Oferta.
a. PROCEDIMIENTO PARA EL COBRO DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFRTA
No aplica.
13. MEDIOS PARA ACREDITAR QUE NO REGISTRA SALDOS INSOLUTOS
Dado que se trata de una contratación de SERVICIOS DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE AMBULANCIAS MARCA FORD para los
móviles de SAMU del Servicio de Salud Biobío, los proveedores postulantes a esta licitación acreditarán que no registran saldos
insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en
los últimos dos años, a través de la firma de la Declaración Jurada Online, disponible al momento de ofertar en el sistema
www.mercadopúblico.cl.
a. FORMA DE PAGO EN CASO DE SER ADJUDICADO EL PROVEEDOR Y REGISTRA SALDOS INSOLUTOS DE
REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
En caso de que el proveedor que obtiene la licitación o celebre el convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los
primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la
empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución
del contrato, con un máximo de seis meses.
El Servicio de Salud Biobío deberá exigir que el proveedor contratado proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y
planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor
contratado, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que dicho
proveedor no podrá participar.
14. ACLARACIÓN DE OFERTAS
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el SSBB podrá solicitar a los oferentes, ante cualquier duda que surja en
algún miembro del Comité Técnico, una aclaración de los términos indicados en la propuesta respectiva a través del foro inverso
que se encuentra en el portal www.mercadopublico.cl, siempre y cuando esta aclaración no le otorgue una situación de
privilegio respecto a los demás competidores. El plazo para el ingreso de la aclaración, no podrá ser superior a 48 horas. Si al
concluir ese plazo el oferente no ha ingresado ningún tipo de aclaración, la oferta no será sometida al resto de la evaluación y
podrá ser descartada del proceso.
15. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
Se considerarán siempre inadmisibles:
Las ofertas extemporáneas, es decir, aquellas presentadas fuera de plazo.
Las ofertas que no hubieren adjuntado el Formulario N° 6, N° 7, N° 8 o bien, estos se hayan presentado incompleto sin
valores o datos, siempre que apliquen.
Aquellos que no cuenten con taller en la ciudad de Los Ángeles.
Las ofertas que no hubieran dado cumplimiento a las exigencias y requisitos técnicos que establecen las bases.
Cuando el oferente, ya sea persona natural o jurídica, chilena o extranjera, registra alguna de las inhabilidades
establecidas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley N°19.886, cuando se encuentren afectados por la prohibición
de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por haber sido condenado en virtud de lo dispuesto en la Ley N°
20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos,
financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
Las demás que establezcan las bases de licitación.
La declaración de inadmisibilidad se traducirá en el rechazo de la oferta, que se efectúa con motivo del proceso de
validación técnica y/o administrativa a través del portal Chilecompra.
16. MODIFICACION DE LAS BASES
El Servicio de Salud Biobío podrá modificar los documentos de la presente licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a
una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de Preguntas y Respuestas de la Propuesta, otorgando
un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, por lo cual se modificará la
fecha de cierre de recepción de ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl, a través de la
8
resolución modificatoria de bases.
17. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA
a. COMITÉ TÉCNICO
Por tratarse de una Licitación pública mayor a 100 UTM y menor a 1.000 UTM, no se requiere designar Comisión Evaluadora a
través de Resolución fundada, por lo que la evaluación de las ofertas será realizada por un Comité Técnico, conformado por las
siguientes personas:
Encargada de Servicios Generales y Movilización del Dpto. Atención Prehospitalaria del Servicio de Salud Biobío o quien la
reemplace.
Jefe del Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU Biobío o quien lo reemplace.
Enfermero Supervisor Bases SAMU del Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU Biobío o quien lo reemplace.
Encargado de Convenios y Adquisiciones del Dpto. de Atención Prehospitalaria del Servicio de Salud Biobío o quien lo
subrogue.
Durante la etapa de evaluación, el Servicio de Salud Biobío podrá verificar todos aquellos antecedentes que estime pertinentes
con el objeto de asegurar una correcta evaluación de las ofertas. El Servicio de Salud Biobío podrá requerir información
mediante el sistema de información de compras y contratación pública, portal mercado público.
b. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Los siguientes serán los criterios que se evaluarán en las ofertas que se presenten en la licitación:
Nº CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
17.2.1. OFERTA ECONÓMICA 60%
17.2.2. CALIDAD TÉCNICA 20%
17.2.3. EXPERIENCIA 15%
17.2.4. INCLUSIÓN 3%
17.2.5. CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMAL DE LA OFERTA 2%
PUNTAJE FINAL 100%
i. CRITERIO: OFERTA ECONÓMICA (60%)
Para la evaluación de este criterio, se utilizará el valor total c/IVA indicado en el Formulario Nº 8, para ello se utilizará la
siguiente tabla:
FUNDAMENTO PUNTAJE
Oferta con el Mínimo Valor Total IVA incluido. 100
Las otras ofertas se trabajan bajo la siguiente
razón matemática.
Menor Precio de las ofertas x 100
Precio de la oferta a evaluar
Observaciones:
En el caso de que dos o más oferentes sean evaluados con el mismo puntaje, se consideraran las ofertas, en un mismo
lugar dentro del ranking para este criterio.
No se aceptarán ofertas que no contengan toda la información solicitada en el Formulario N°8, con sus respectivos
valores de ofertas y plazos de oportunidad (cuando corresponda). Por lo que, serán rechazadas aquellas ofertas que no
cumplan este requisito en el acto de apertura electrónica por ser una oferta inadmisible.
ii. CRITERIO: CALIDAD TÉCNICA (20%)
El criterio de calidad técnica estará compuesto por 3 subcriterios:
17.2.2.1. Subcriterio: Recurso Humano (40%).
17.2.2.2. Subcriterio: Infraestructura y Equipamiento (40%).
17.2.2.3. Subcriterio: Certificado de Representación de marca FORD. (20%).
1. Subcriterio: Recurso Humano (40%):
PERSONAL DISPONIBLE(según formulario N° 6) Puntaje
Jefe Taller (Profesional/Ingeniero Mecánico) (Adjuntar Contrato Vigente y
Certificados de formación respaldantes).
40
9
Técnico (Especializado en Inyección Electrónica) (Adjuntar Contrato
Vigente y Certificados de formación respaldantes).
20
Técnico (Eléctrico Automotriz) (Adjuntar Contrato Vigente y Certificados
de formación respaldantes).
20
Técnico (Mecánico con Combustión Interna) (Adjuntar Contrato Vigente y
Certificados de formación respaldantes).
20
Observación: se considerarán solo aquellos funcionarios que trabajen permanentemente en el taller mecánico, es decir, que se
encuentren con contrato vigente con dicha empresa, para este criterio se deberá llenar Formulario N° 6 “Calidad Técnica”, y
respaldar adjuntando los Certificado de Título, Diplomas de especialización o Cursos atingentes, y Contratos Vigentes que
acrediten la información señalada en el formulario, por lo que solo se considerarán evaluable el personal con respaldo.
2. Subcriterio: Infraestructura y Equipamiento (40%):
INFRAESTRUCTURA E EQUIPAMIENTO DISPONIBLE Puntaje
Cuenta con Elevadores, Rampla o Pozos 40
1 Equipo Analizador de Gases 20
1 Scanner para Vehículos 20
1 Equipo Ultrasonido 10
1 Equipo de Alineamiento 10
Deberá adjuntar certificados, patentes y fotografías a modo de respaldo para el cumplimiento de este sub criterio
3. Subcriterio Certificado de Representación de marca FORD. (20%)
CERTIFICACION AUTORIZADA DE LA MARCA. Cumplimiento
Si No
Cuenta con Certificado de autorización de servicio técnico y
representación de la marca y Adjunta Certificado
Debe adjuntar certificados para verificar este criterio. -
Observación: La sumatoria del cumplimiento de estas disponibilidades, arrojará el puntaje final, para este criterio se deberá
llenar Formulario N° 6 “Calidad Técnica”, al cual se le aplicará el porcentaje de ponderación correspondiente.
Observaciones:
En el caso de que dos o más oferentes sean evaluados con el mismo puntaje, se consideraran las ofertas, en un mismo
lugar dentro del ranking para este criterio.
iii. CRITERIO: EXPERIENCIA (15%)
Para este criterio el oferente deberá indicar en el Formulario N°7 el ID de los convenios sobre mantención y reparación de
vehículos marca Ford que haya tenido vigentes o estén vigentes con Instituciones Públicas durante el periodo desde el
01-01-2018 hasta la fecha de cierre de recepción de ofertas de esta licitación (indicada en la ficha de portal de la misma),
adjuntando como respaldo alguna OC que haga mención a la ID del convenio marco. Con esto se acreditará experiencia sobre
mantención y reparación de vehículos marca Ford, en el ámbito público.
En cambio, para acreditar experiencia en convenios de mantención y reparación de vehículos marca Ford a empresas privadas,
que haya tenido vigentes o estén vigentes con esas entidades durante el periodo desde el 01-01-2018 hasta la fecha de cierre
de recepción de ofertas de esta licitación (indicada en la ficha de portal de la misma), basta con indicar el nombre de la empresa
a la que le prestó o preste el servicio, adjuntando como documento de respaldo copia del contrato firmado por ambas partes
ante Notario Público. Con esto se acreditará experiencia sobre mantención y reparación de vehículos marca Ford, en el ámbito
privado.
Se considerarán como máximo 5 convenios correctamente acreditados.
CANTIDAD DE CONVENIOS DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE VEHÍCULOS
MARCA FORD PARA INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS
PUNTAJE
Posee en total 5 convenios en mantención y reparación de vehículos marca Ford,
correctamente respaldados con OC o copia de contrato firmado por ambas partes
ante Notario Público.
100
10
Posee en total 4 convenios en mantención y reparación de vehículos marca Ford,
correctamente respaldados con OC o copia de contrato firmado por ambas partes
ante Notario Público.
80
Posee en total entre 3 convenios en mantención y reparación de vehículos marca
Ford, correctamente respaldados con OC o copia de contrato firmado por ambas
partes ante Notario Público.
60
Posee en total entre 2 convenios en mantención y reparación de vehículos marca
Ford, correctamente respaldados con OC o copia de contrato firmado por ambas
partes ante Notario Público.
40
Posee en total entre 1 convenios en mantención y reparación de vehículos marca
Ford, correctamente respaldados con OC o copia de contrato firmado por ambas
partes ante Notario Público.
20
No cuenta con convenios en mantención y reparación de vehículos marca Ford. 0
iv. CRITERIOS DE INCLUSIÓN (3%)
Criterios de evaluación inclusivos relativos a personas con discapacidad mental, sensorial o física, o bien, indígenas (minoría
étnica):
1. SUBCRITERIO: Personas con discapacidad física, sensorial (visión y audición) o mental
(Intelectual o Psíquica) (60 %).
Fundamento Puntaje
Acredita a dos o más personas con discapacidad (siendo el dueño y/o
trabajador).
100
Acredita a una persona con discapacidad (siendo el dueño y/o trabajador). 50
No acredita 0
Si es el trabajador el que cuenta con discapacidad deberá ser acreditado con alguno de los siguientes documentos:
Certificado de discapacidad emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación o Certificado emitido por el COMPIN.
Contrato de trabajo vigente o indefinido que lo vincula con la empresa.
Por lo anterior, el oferente deberá adjuntar a su oferta los documentos indicados anteriormente para cumplir con el criterio.
Si es el dueño de la empresa quien presenta algún tipo de discapacidad, solo podrá ser acreditado con el siguiente documento:
Certificado de discapacidad emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación o Certificado emitido por el COMPIN.
Todo lo mencionado en los párrafos anteriores deberá ser anexado a la oferta generada a través del portal
www.mercadopublico.cl.
Estas condiciones en cuanto a cantidad de trabajadores que presenten algún tipo de discapacidad deberán perdurar durante
toda la vigencia del contrato, para lo cual el SSBB podrá solicitar en cualquier momento la documentación que respalde o
acredite esta condición.
2. SUBCRITERIO: PUEBLOS ORIGINARIOS (40%).
Fundamento Puntaje
Acredita a dos o más personas con Nacionalidad chilena y pertenecen a
Culturas Indígenas reconocidas por Ley (siendo el dueño o trabajador)
100
Acredita a una persona con Nacionalidad chilena y pertenecen a Culturas
Indígenas reconocidas por Ley siendo el dueño y/o trabajador).
50
No acredita. 0
Si es el trabajador que tiene origen étnico de culturas indígenas reconocidas por Ley, deberá ser acreditado mediante los
siguientes documentos:
Certificado de calidad indígena emitido por CONADI.
Contrato de trabajo vigente o indefinido que lo vincula a la empresa.
El oferente deberá adjuntar a su oferta los documentos indicados anteriormente para cumplir con el subcriterio “Pueblos
originarios”.
Si es el dueño de la empresa quien tiene origen étnico de culturas indígenas reconocidas por Ley, solo deberá adjuntar el
11
siguiente documento:
Certificado de calidad indígena emitido por CONADI.
Todo lo mencionado en los párrafos anteriores deberá ser anexado a la oferta generada a través del portal
www.mercadopublico.cl.
Estas condiciones en cuanto a cantidad de trabajadores que presenten origen étnico deberán perdurar durante toda la vigencia
del contrato, para lo cual el SSBB podrá solicitar en cualquier momento la documentación que respalde o acredite esta
condición.
Observaciones:
En el caso de que dos o más oferentes, sean evaluados con el mismo puntaje, se consideraran las ofertas, en un mismo
lugar dentro del ranking para este criterio.
v. CRITERIO CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE LAS OFERTAS (2%)
Escala Cumplimiento Formal de los Requisitos de la Oferta Puntaje
Cumple con todos los requisitos solicitados en las bases administrativas y
técnicas
100
No Cumple 0
Observación: Cumple subiendo todos los documentos solicitados en las bases, sean estos: Administrativos, Técnicos y
Económicos.
18. RESOLUCIÓN EN CASO DE IGUALDAD DE PUNTAJE
En caso de que dos o más oferentes se igualen en el puntaje final, se determinará al proveedor adjudicado según la siguiente
escala de precedencia:
a. En primer lugar, se adjudicará al proveedor con el menor valor total c/IVA ofertado en el formulario N° 8, y si se mantiene
la igualdad;
b. Se adjudicará al proveedor que haya obtenido el más alto puntaje en el Criterio Calidad Técnica, y si se mantiene la
igualdad;
c. Se adjudicará al proveedor que haya obtenido el más alto puntaje en el Criterio Experiencia, y si se mantiene la igualdad;
d. Se adjudicará al proveedor con mejor puntaje en el criterio de inclusión de personas discapacitadas, y si se mantiene la
igualdad;
e. Se adjudicará al proveedor con mejor puntaje en el criterio de inclusión de pueblos originarios;
f. Por último, si persiste la igualdad en el puntaje final, se procederá a adjudicar al que haya ingresado su oferta primero,
según el comprobante de oferta del portal www.mercadopublico.cl.
En caso de que la igualdad se mantenga, el Servicio de Salud Biobío procederá a Revocar el proceso debido a que no se podrá
seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación.
19. ADJUDICACIÓN
El Servicio de Salud Biobío adjudicará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje después de haber aplicado los criterios de
evaluación con sus respectivos puntajes y ponderaciones establecidas en estas bases.
Para esta licitación se adjudicará a un solo oferente, y se analizarán los antecedentes administrativos, técnicos y económicos
adjuntados a sus ofertas por los oferentes que participen, se emitirá un informe de evaluación y posteriormente se redactará la
Resolución de Adjudicación, antecedentes que serán ingresados al portal www.mercadopublico.cl con el fin de transparentar
todo el proceso licitatorio.
Cuando el monto de la oferta económica proporcionada por un oferente sea inferior al 50% del valor informado por el
proponente que le siga en el orden de prelación, la contraparte técnica deberá informar que los costos de dicha oferta son
inconsistentes económicamente, por lo que el Servicio de Salud Biobío podrá, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del
reglamento de compras, adjudicar la presente licitación a esta propuesta mediante resolución fundada, que solicite al
adjudicatario una ampliación del valor de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, hasta por la diferencia del
precio de la oferta que siga en el orden antedicho.
En el caso que el proveedor adjudicado no se encuentre en estado hábil en el portal www.chileproveedores.cl, ya que no cuenta
con contrato vigente en dicha plataforma, estará obligado, dentro de un plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación,
a cambiar su estado a hábil en chileproveedores.
a. MODIFICACIÓN DE LA CANTIDAD ADJUDICADA.
12
El Servicio de Salud Biobío, se reserva el derecho de modificar las cantidades a adjudicar, aumentando o disminuyendo las
partidas, según lo publicado originalmente, para enmarcarse dentro del Presupuesto total Referencial establecido en el punto 2
“Financiamiento” de las bases administrativas. Lo anterior sin perjuicio del aumento o disminución del 30% en el presupuesto
que pudiera existir.
En caso de que la adjudicación sea por una cantidad inferior a la solicitada, el Servicio de Salud Biobío al momento de adjudicar,
modificará el ítem en la línea licitada por el portal www.mercadopublico.cl, por lo que la Orden de Compra se generará por un
monto total inferior a lo publicado como presupuesto total máximo referencial.
Si la cantidad debe aumentar según lo indicado en las presentes bases, al momento de adjudicar en el portal
www.mercadopublico.cl, se ingresará la nueva cantidad.
b. MODIFICACIÓN DE LA FECHA DE ADJUDICACIÓN
La fecha aproximada de adjudicación será el día indicado en el calendario de fechas del formulario de bases de licitación del
portal www.mercadopublico.cl y de acuerdo a lo que establece el art. 41 del reglamento de la ley 19.886, las razones del
eventual incumplimiento en el plazo de adjudicación inicialmente establecido serán las siguientes:
No se logró conformar la comisión evaluadora dentro de la fecha correspondiente.
Retraso en la firma de la Resolución de adjudicación, por compromisos del Director y sus Subrogantes.
Por ausencia involuntaria del encargado del proceso.
Por motivos de fuerza mayor emergencia y otros imprevistos.
Por Reasignación del ítem o del presupuesto asignado.
En caso que se produjese una prórroga esta será realizada en el icono respectivo del portal www.mercadopublico.cl “mostrar
Fechas” de la Licitación, incluyendo las razones de incumplimiento del plazo de adjudicación inicial.
c. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
El mecanismo para solucionar consultas respecto a la adjudicación será el siguiente:
El oferente deberá emitir un correo electrónico dentro de un plazo de 10 días corridos desde la fecha de adjudicación realizada
en el portal www.mercadopublico.cl a la casilla consultaschilecompra@ssbiobio.cl o al correo yeny.urra@ssbiobio.cl después de
esta fecha el Servicio de Salud Biobío se reserva el derecho de responder las consultas realizadas o no hacerlo.
d. READJUDICACIÓN
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel
cumplimiento del contrato, no firmase el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en el plazo establecido en las presentes
bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la
evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del SSBB, se estime conveniente
declarar desierta la licitación, dentro del plazo de 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación original.
20. RESERVA DE LA INSTITUCIÓN
El Servicio de Salud Biobío podrá dejar sin efecto la licitación declarándola desierta según el artículo 9 de la Ley N° 19.886,
podrá revocar y/o suspender en caso de que no se pueda seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación, en todos los
casos mencionados el acto en cuestión se formalizará mediante resolución fundada, la que será publicada en el portal www.
mercadopublico.cl.
a. DESERCIÓN ARTÍCULO 8 DE LA LEY 19.886
El Servicio de Salud Biobío declarará inadmisible la o las ofertas cuando estas no cumplan con los requisitos establecidos en las
presentes Bases. Declarará a si mismo desierta la presente Licitación cuando no se presenten ofertas o interesados; o bien,
cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de este Servicio. En ambos casos la declaración deberá ser por Resolución
Fundada.
b. REVOCACIÓN
Se podrá otorgar el estado de “Revocada” en aquellas situaciones donde la Licitación ya está publicada y, en base a una
decisión debidamente justificada, se desiste, no pudiéndose seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. Este estado es
similar al estado “Desierta” pero con la salvedad de que, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este
estado puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante con la resolución fundada que así lo autorice y se podrá
realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento.
c. RETROTRAER
13
Se podrá retrotraer, en base a una decisión debidamente justificada, el estado de una Licitación Pública. Este estado puede ser
declarado de forma unilateral por la entidad licitante mediante resolución fundada que así lo autorice o por orden de un Tribunal,
salvo en aquellos casos en que dicha propuesta pública cuente con órdenes de compra en los estados “Enviada a proveedor”,
“Aceptada” o de “Recepción Conforme”. Solamente se podrá realizar el cambio cuando la orden de compra se encuentre en los
estados “Guardada” o “Cancelada”. Con ello, la licitación en cuestión volverá al estado de “Cerrada” en el portal de mercado
público, para luego volver a evaluar las ofertas presentadas.
d. SUSPENSIÓN
Esta instancia procederá cuando el Tribunal de Contratación Publica u otra instancia jurisdiccional ordenan esta medida. Este
estado consiste en congelar el proceso licitatorio por un periodo determinado de tiempo y posteriormente seguir con el curso
normal de la licitación, y podrá aplicarse desde la publicación hasta incluso ya adjudicada.
21. FUERZA MAYOR
De acuerdo a lo señalado por el artículo 45 del Código Civil, se llama fuerza mayor o caso fortuito, el imprevisto a que no es
posible resistir, tal como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un
funcionario público, etc.; Es por lo que no será causal de término del Contrato u Orden de Compra, el incumplimiento de las
obligaciones del Proveedor derivado de una catástrofe natural que impida el acceso a las dependencias del Servicio de Salud o
de otra causal que no constituya en estricto rigor fuerza mayor en conformidad a la ley.
Si una u otra Parte se ve impedida de cumplir con sus obligaciones contractuales por alguna causa
de Fuerza Mayor, deberá notificar a la otra Parte por escrito, en un plazo no superior a diez
(10) días desde iniciada la causal de Fuerza Mayor, indicando la incidencia que dicha situación
tendrá en los plazos establecidos por el Contrato u Orden de Compra. La causal invocada podrá ser
aceptada o no aceptada por escrito por la otra Parte, dentro del plazo de cinco (5) días desde
que haya sido notificada.
22. CONTRATO
La contratación se formalizará mediante la emisión de las órdenes de compra y la aceptación de esta por parte del proveedor
adjudicado, no siendo necesaria la suscripción de un contrato.
23. GARANTÍAS
Conforme lo establecido en el artículo 31 del decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba Reglamento de la
Ley N° 19.886 de las Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, modificado por el decreto
N° 1.410 de 2014 de esa misma Cartera de Estado, vigente a partir del 10 de agosto del 2015, conforme al dictamen N° 63.232
de 2015.
Los documentos de garantía consistirán en una Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguro, emitido por un Banco, la
GARANTÍA deberá ser IRREVOCABLE, A PRIMER REQUERIMIENTO Y PAGADERA A LA VISTA. Además, se puede enviar
como garantía un Certificado de Fianza emitido por alguna Sociedad de Garantía Recíproca y Fogape, creada en base a la Ley N°
20.179, y otros de acuerdo al Art. 31 del decreto 250 actualizado 10/05/2015.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente, en las presentes Bases. En los casos en que se otorgue de manera
electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación
de dicha firma.
Para el caso que el documento de Garantía este expresado en UF se deberá agregar la siguiente mención:
Para el caso de ser la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato:
“La presente póliza (Certificado de Fianza), garantiza hasta el monto asegurado, los daños patrimoniales que el
asegurado sufra como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones contraídas por el afianzado, que equivale a
$_______________ pesos. En ningún caso se pagará menos que el valor indicado en pesos”.
Se tomará por el monto, periodo de vigencia y condiciones indicadas en las Bases Administrativas y deberá indicar la propuesta
y la naturaleza del compromiso que garantiza, esto es:
a. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Se exige al adjudicado una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, la cual deberá ser entregada por éste dentro
de un plazo de diez (10) días hábiles contados desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta a través del
portal www.mercadopúblico.cl.
Dicha garantía deberá tener el carácter de IRREVOCABLE, DE COBRO A PRIMER REQUERIMIENTO y PAGADERA A LA
14
VISTA, de acuerdo al art. 31 del Reglamento de la Ley N° 19.886, con las siguientes características:
Tipo de Documento Boleta Bancaria o Vale Vista o bien cualquier otro instrumento
financiero que cumpla con las características de ser IRREVOCABLE,
DE COBRO A PRIMER REQUERIMIENTO Y PAGADERA A VISTA.
Beneficiario Centro de Especialidad Atención Prehospitalaria SAMU Biobío, RUT:
61.999.260-1.
En caso de que sea necesario abreviar la Razón Social para la emisión
de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, se podrá
utilizar la abreviatura “C.E.A.P. SAMU Biobío”, entendiéndose que
corresponde a las siglas del Centro de Especialidad de Atención
Prehospitalaria SAMU Biobío.
Vigencia Hasta el 30 de septiembre del año 2025.
Expresado en Pesos chilenos o Unidades de Fomento (UF) según sea el caso.
Monto 5 % del Monto Total del Contrato Adjudicado.
Lugar de Entrega En oficina de partes del Servicio de Salud Biobío, ubicado en Av.
Ricardo Vicuña 147, Interior, Edificio Estacionamiento, 4º piso Los
Ángeles, en horario de oficina de partes, de lunes a viernes de 08:00 a
13:00 horas
En caso de garantía en formato digital, opcionalmente puede ser
entregada mediante correo electrónico a claudia.garcia@ssbiobio.cl, a
menos que sea presentada en papel a través de Oficina de Partes del
Servicio de Salud Biobío.
Fecha de Entrega Hasta el décimo día hábil administrativo después de haber sido
adjudicado.
Forma de Entrega La Garantía debe ser entregada físicamente dentro de un sobre sellado
y con caratulado que indique que corresponde a “Garantía de Fiel y
Oportuno Cumplimiento del Contrato de las Mantenciones y
Reparaciones de las Ambulancias marca FORD de SAMU del Servicio de
Salud Biobío”.
En caso de garantía en formato digital, opcionalmente puede ser
entregada mediante correo electrónico a yeny.urra@ssbiobio.cl, a
menos que sea presentada en papel a través de Oficina de Partes del
Servicio de Salud Biobío.
Asunto del Email: “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del
Contrato de las Mantenciones y Reparaciones de las Ambulancias
marca FORD de SAMU del Servicio de Salud Biobío”.
Glosa “Para Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato de las
Mantenciones y Reparaciones de las Ambulancias marca FORD de
SAMU del Servicio de Salud Biobío”.
Forma y oportunidad de
restitución
Respecto de la devolución, será realizada por el Servicio de Salud
Biobío, dentro de 10 días hábiles, siguientes al término normal del
contrato, una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones del
contratista a satisfacción del SSBB, por carta certificada a la dirección
indicada en el formulario N°1 “Identificación del oferente”.
En caso de garantía electrónica la devolución se hará de la misma
forma indicada anteriormente.
El Servicio de Salud Biobío podrá hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos:
Se hace presente que esta garantía, además, caucionará el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los
trabajadores de la empresa adjudicada, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley de Compras.
En caso de incumplimiento de las obligaciones emanadas tanto de su oferta técnico económica, como del contrato
firmado con el SSBB, lo cual será certificado por el Administrador del Contrato (Referente técnico) del Servicio de Salud
Biobío, sin perjuicio de las multas que corresponda aplicar.
Por todo daño, deterioro, pérdida o extravío de documentación del Servicio de Salud Biobío, se deberá hacer efectiva la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento podrá cobrarse cuando se ponga término anticipado al contrato por las
causales indicadas en el punto 32 letras b), c), d), e), f), g), h), i), j), k) o l) de las bases administrativas.
Lo anterior sin perjuicio alguno de las acciones que el Servicio de Salud Biobío, pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado
de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
b. PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE GARANTÍAS
15
Detectada alguna de las situaciones que amerite el cobro de las garantías, el SSBB hará efectivo el cobro a través de la
notificación en el portal de mercado público, y se entenderá notificado el adjudicatario transcurridas 24 horas desde que se
adjunta el oficio que indica la infracción cometida y los hechos que la constituyen. Sin perjuicio de lo anterior, se enviará copia
de ordinario al correo electrónico señalado por el oferente en el Formulario N°1.
El proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar por escrito los descargos que estime pertinente, adjuntando los
antecedentes que sustenten sus alegaciones, entregándolos en Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío, en horario de
oficina, los que deberán ser dirigidos a SAMU Biobío.
Una vez realizado los descargos por parte del proveedor, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin
que el proveedor haya formulado descargos, el SSBB dictará la respectiva resolución exenta que impone el cobro de la garantía.
En el caso que el adjudicatario haya presentado descargos en tiempo y forma, el SSBB tendrá un plazo de 10 días hábiles a
contar de la recepción de los mismos para acogerlos o rechazarlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante
resolución exenta, lo cual será notificado a través del portal mercado público, y se entenderá notificada transcurridas que sean
24 horas de subida la resolución que le impone el cobro de la garantía a www.mercadopublico.cl. Sin perjuicio de lo anterior, se
enviará copia de la resolución exenta al correo electrónico señalado por el oferente en el formulario N°1.
En contra de la resolución exenta que impone el cobro de la garantía procederá el recurso de reposición.
Procedimiento de reposición: el adjudicatario dispondrá del plazo de 5 días hábiles a contar de la fecha de notificación de la
resolución que le impone la multa para reponer fundadamente acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición.
El Jefe Superior del SSBB o quien le subrogue resolverá dentro de los 30 días hábiles siguientes acogiendo o rechazando total o
parcialmente la reposición y será notificado al proveedor mediante la publicación de la Resolución a través del portal de
mercado público, y se entenderá notificado transcurridas que sean 24 horas desde de su publicación en dicho portal. Sin
perjuicio de lo anterior, se enviará copia de la resolución exenta al correo señalado por el oferente en el formulario N°1 o en la
cotización respectiva.
24. INICIO DEL CONTRATO
El presente contrato inicia desde la total tramitación de la Resolución que aprueba la Adjudicación.
1. DURACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO
El presente contrato tendrá una duración de 12 meses o hasta completar el presupuesto disponible indicado en la Resolución
Adjudicataria, sin perjuicio del aumento o disminución a este que se pueda realizar según Disponibilidad Presupuestaria del
Servicio de Salud Biobío. A su vez, y en caso de ser necesario, se podrá prorrogar el contrato por un periodo de 6 meses más al
término normal de éste, ante eventuales atrasos en la publicación y adjudicación de la nueva licitación, siempre y cuando exista
disponibilidad presupuestaria.
2. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
La Administración del Contrato será responsabilidad del Profesional (o quien lo subrogue) que se designe una vez adjudicado el
presente contrato, lo cual será informado a la empresa adjudicada.
Entre sus funciones estarán las siguientes:
a. Supervisar, Coordinar y Fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases administrativas, en
cuanto a su plazo de vigencia y a su presupuesto disponible.
b. Fiscalizar que la ejecución del servicio se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos
complementarios anexados en las bases.
c. Solicitar presupuestos o cotizaciones.
d. Visitar en taller los procesos de mantención de los vehículos cuando se estimé conveniente y ordenar al conductor a
estar presente mientras se efectúan los trabajos, debiendo la empresa dar las facilidades necesarias.
e. Analizar detalladamente los tiempos y costos de repuestos, mano de obra e insumos en cada proceso de mantención.
f. Inspeccionar físicamente los repuestos a cambiar cuando la situación lo justifique.
g. Recibir conforme las mantenciones.
h. Evaluar el costo que signifique la mantención antes de emitir la Orden de Compra.
i. Controlar las garantías de las mantenciones.
j. Velar por el correcto desarrollo del servicio, informando mediante oficio a la Unidad Administrativa SAMU en caso de
incumplimiento acreditado para la aplicación de multa.
k. Mantendrá contacto personal, telefónico y/o vía e-mail con el proveedor adjudicado para la coordinación de los servicios
de mantención de las ambulancias.
l. Dar visto bueno a facturas y generar actas de recepción conforme por los servicios contratados.
m. Toda otra que vaya en pos del buen funcionamiento y oportuno cumplimiento de este contrato.
n. Las demás que le encomiende las presentes Bases y sean acordes al servicio contratado.
16
24.3 EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Durante la ejecución del contrato el proveedor adjudicado deberá dar cabal cumplimiento a las condiciones estipuladas en las
presentes bases, por parte del Servicio de Salud Biobío, actuará como administrador del contrato la Encargada de Servicios
Generales y Movilización o quien lo subrogue. Por ende estos últimos serán los encargados de velar por el fiel cumplimiento de
las obligaciones contraídas por parte del proveedor y actuar como interlocutor entre las partes.
El canal válido de comunicación serán los correos electrónicos y/o teléfonos informados por el proveedor en el Formulario N°1.
Sin perjuicio de las notificaciones que se realizan vía portal www.mercadopublico.cl en conformidad a estas bases.
25. OPERATORIO DEL CONTRATO
Durante la vigencia del contrato se seguirá el siguiente procedimiento:
Primero. Esta Licitación se regirá por el sistema denominado; “Adjudicación sin emisión automática de Orden de compra, cuyas
características y condiciones generales se encuentran en la normativa e instrucciones del sistema de compra y contratación
pública”, por lo que la Dirección del Servicio de Salud Biobío ira emitiendo las respectivas órdenes de compra a medida que se
presenten las necesidades por el Dpto. Atención Prehospitalaria de la Dirección del Servicio de Salud Biobío
Segundo. Previa a la emisión de la orden de compra, el Servicio de Salud Biobío procederá a comunicarle al proveedor la
intención de realizar mantención preventiva o reparación por funcionamiento deficiente de el o los vehículos, ambas situaciones
deberán ser coordinadas por el administrador del Contrato, con el proveedor adjudicado, dando a conocer las referencias del o
los vehículos respectivos, quien en el acto deberá comunicar su disponibilidad de atención.
Tercero. Acto seguido se ingresará el vehículo en el taller del proveedor Adjudicado, debiendo al momento del ingreso del
vehículo, recibir por parte del proveedor la Orden de Trabajo o Servicio, la cual debe contener lo siguiente:
El tipo de Servicio: Mantención Preventiva o Correctiva.
Nombre de la Persona quien Recibe el Vehículo.
Hora de Recepción del Vehículo.
Patente del Vehículo.
Año del Vehículo.
Modelo vehículo.
Kilometraje del vehículo
Otros.
La cual avalará la estadía del vehiculó en taller mecánico.
Cuarto. Dentro de 48hrs se remitirá una cotización por mantenimiento preventivo según valores de la oferta realizada en los
formularios de “Oferta Económica”, ante lo cual, se le solicitará al proveedor adjudicado, y de manera obligatoria, el documento
señalado en el Anexo N°1 “Reporte Técnico Mantención Preventiva”, y en el caso de reparaciones a través de una Cotización con
diagnóstico, a través de entrega física o por correo electrónico con los tiempos y garantías del Vehículo al Administrador del
contrato.
Las cotizaciones deberán contener lo siguiente:
a. Las fallas específicas o falta de mantención que provocan aquel funcionamiento deficiente del vehículo que fue
informado por la Dirección del Servicio de Salud Biobío; Modelo, Marca, patente, Fecha y Hora Ingreso vehículos,
Kilometraje, Conductor que entrega el móvil, fecha entrega de Vehículo aproximado y la garantía en tiempo (meses) de
los trabajos a realizar y/o garantía en kilómetros por mantención preventiva.
b. Acciones, trabajos o reemplazo de piezas complementarias, entendiéndose por tal aquellas que tiendan a optimizar el
resultado esperado, o que digan relación con otras fallas no informadas, pero que surgieron luego de la revisión del
vehiculó, Precio detallado y por separado de cada una de las acciones, trabajos (mano de obra) o repuestos, indicando si
estas dicen relación con las acciones complementarias, con el Tiempo de ejecución de los trabajos.
Quinto. Recibida la cotización en forma física o vía correo electrónico por el Administrador del Contrato por parte del Servicio de
Salud Biobío, podrán aceptar de forma íntegra o parcialmente, de acuerdo al presupuesto disponible, lo cual será comunicado al
proveedor adjudicado, posteriormente el SSBB generara la orden de compra específica a través del portal
www.mercadopublico.cl con las acciones y trabajos específicos a ejecutar.
Sexto. Si durante la ejecución del trabajo o acción el proveedor se percata de la necesidad de realizar otros trabajos o acciones
complementarias distintas a las comprendidas en la Orden de compra, deberá comunicárselo en forma inmediata al
Administrador del Contrato del Servicio de Salud Biobío indicando precio y tiempo adicional de ejecución, más el tiempo de
Garantía por los trabajos a realizar. De aceptarla se emitirá una Nueva Orden de Compra por estos trabajos o acciones
complementarias o en caso contrario se rechaza el trabajo complementario.
17
Séptimo. En caso de panne en terreno el proveedor deberá asistir al vehículo estatal mediante camión grúa o similar
(Servicio Adicional), remolcando hasta el destino definido por el/la Administrador del Contrato del Servicio de Salud Biobío,
pudiendo este Servicio realizarlo dentro del rango de las regiones metropolitanas a la Octava región, dicho servicio será
valorizado a través de cotización Directa realizada por el proveedor adjudicado, para posteriormente generar la orden de compra
respectiva.
El proveedor adjudicado deberá generar las instancias para disponer de un Servicio de Remolque las 24 horas del día, pudiendo
realizarlas a través de Servicio Propio o a través de un Servicio externo contratado por el Taller, dando a conocer el Número de
teléfono que estará Disponible las 24 horas del día.-
Octavo. En relación a los Servicios y accesorios adicionales relacionados con la ambulancias SAMU en sí, la
contratación de estos podrá realizarse de forma excepcional cuando dichos servicios y accesorios no se encuentren disponible
en convenio marco, ya sean por razones de stock o disponibilidad de los servicios o productos, considerando eso si la factibilidad
de que el proveedor adjudicado pueda llevar a cabo, para lo cual se le solicitará una cotización formal dirigida a la Encargada de
Servicios Generales y Movilización SAMU, quien validará dicha cotización y posterior adquisición.
Noveno. Por último, todos los Servicios de Lubricación, Mecánica General y Servicios Adicionales, que no estuviesen
señalado en el Formulario N° 5 se procederá a solicitar al proveedor adjudicado una Cotización Directa la cual contara con
los mismos detalles solicitados en el Pto. Cuarto de esta operatoria de contrato. Aceptando la Cotización, se procederá a
generar la Orden de Compra respectiva y si resultase Rechazada se buscará otros medios legales de los que se disponga para
contratar los servicios respectivos.
1. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El Servicio de Salud Biobío podrá modificar el correspondiente contrato suscrito por las partes. Dichas modificaciones
corresponderán al aumento o disminución de cantidades o bien a la incorporación de bienes o servicios asociados o de similares
características, las que no podrán superar el 30% del presupuesto referencial total del respectivo contrato, ni alterar la
naturaleza de éste, esta modificación se formalizará mediante resolución fundada.
26. READJUSTABILIDAD DE PRECIOS
Los valores por los servicios de mantención de las ambulancias indicados en el formulario N° 5, establecidos para este contrato,
podrán reajustarse en forma anual según el porcentaje de variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior al
reajuste, a solicitud del proveedor adjudicado en el mes número 12 de vigencia del contrato, esto a través de petición mediante
Carta Formal dirigida al Servicio de Salud Biobío, e ingresada a Oficina de Partes del SSBB dentro de su horario de atención, es
decir, de lunes a jueves de 08:00 a 17:00 y viernes de 08:00 a 16:00 horas. Aplicables a la prórroga si existiera. -
En caso que dicha petición dentro del mes señalado no fuere realizada de la forma indicada se entenderá que los valores no
sufrirán reajuste alguno para el próximo periodo.
27. OBLIGACIÓN CONTRACTUALES DEL PROVEEDOR
Alguna de las obligaciones contractuales del proveedor es:
a. Dar Cumplimiento a Todas aquellas obligaciones señaladas en las bases que dan origen a este contrato de servicios.
b. El Adjudicado estará obligado a NO realizar por iniciativa propia acciones de Mantención y Reparación sin la autorización
respetiva del administrador del contrato y/o Encargado de movilización de la Dirección del Servicio de Salud Biobío.
c. Cualquier falla en el funcionamiento del vehículo, posterior a la mantención y/o reparación realizada, y que dicha falla
tenga que ver con una mala mantención y/o reparación realizada, deberá ser subsanadas por el proveedor en un breve
plazo nunca superior al tiempo originalmente pactado, siendo de costo del proveedor el trabajo adicional por la correcta
ejecución del trabajo encomendado.
d. El Proveedor asume todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos, como también los daños que se
produjesen en la Mantención y Reparación de los Vehículo de la Dirección del Servicio de Salud Biobío, dentro de la
garantía ofrecida.
28. ENCARGADO DEL PROVEEDOR ADJUDICADO
El proveedor adjudicado deberá nombrar en el Formulario Nº1 a un encargado para la ejecución del mismo, que tendrá, a lo
menos, las siguientes funciones:
a. Representar al Contratista en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
b. Informar oportunamente al Administrador del Contrato de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del
contrato.
c. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
Todo cambio relativo a esta designación, deberá ser informado al Servicio de Salud Biobío, por el representante legal, a más
tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado.
18
29. INCORPORACIÓN Y RETIRO DE VEHÍCULOS AL CONTRATO
Se deja establecido que durante la vigencia del contrato se podrán incorporar nuevos vehículos para la realización de los
servicios contratados, de acuerdo a la marca de la ambulancia. Por otro lado también podrán ser retirados del Contrato aquellos
vehículos que hayan cumplido su vida útil y su valorización en contabilidad de nuestro Servicio de Salud Biobío, estén en
condiciones de ser dados de baja.
30. SANCIONES Y MULTAS
1. CAUSALES DE MULTA Y AMONESTACIÓN
Los proveedores serán sancionados con la aplicación de amonestaciones en los siguientes casos:
- En que por su incumplimiento, no sean aplicables las multas por ser inferiores al valor de 1 UTM de acuerdo a lo señalado en el
Manual de Adquisiciones del SSBB.
- Cuando por desistimiento de ofertas u adjudicación y no existiese garantía de seriedad de la oferta en el respectivo proceso.
Dicha amonestación será notificada al proveedor a través de ordinario emitido por el Director del Servicio de Salud Biobío, donde
señala el incumplimiento y a su vez dicho ordinario será subido a la ficha de www.chileproveedores.cl.
2. MULTAS
El proveedor adjudicado será sancionado con el pago de una multa por falta de disponibilidad para recibir vehículo en taller, la
multa se aplicará por cada día hábil sin disponibilidad, y se calculará como un 3% de la orden de compra a emitir,
correspondiente al vehículo que no pudo ser recibido por falta de disponibilidad, hasta un tope de 5 días hábiles, salvo que sea
debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los cuales deberán ser debidamente justificados por el Proveedor Adjudicado. En
el caso de que la ambulancia no sea recibida pasados los 5 días hábiles desde su solicitud por parte del Administrador del
Contrato, y sin motivos de fuerza mayor, se le aplicará una multa por un monto de 5 UTM, y se evaluará la continuidad del
contrato, pudiéndose cobrar la boleta de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y poner término anticipado al
contrato. Este último caso será considerado como un incumplimiento grave por parte del proveedor adjudicado.
A su vez, será causal de multa, si por causas del proveedor adjudicado no se hiciese efectiva la garantía sin costo para el
Servicio de Salud Biobío, en las circunstancias previstas en las condiciones ofertadas. Dicho monto será el equivalente al 40%
del valor total neto de la mantención (preventiva o reparativa) correspondiente, con un tope de 1 evento por año de contrato.
Esta situación será considerada como una falta grave a las obligaciones de este convenio, y es posible, a juicio del SSBB, el
cobro de la boleta de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en su 100%.
Para todos los casos que sean pertinente, el valor de la UTM será el del día en que se verificó la falta (situación de multa).
a. PROCEDIMIENTO DE INCUMPLIMIENTO Y APLICACIÓN DE LA MULTA
Detectada una situación de incumplimiento o que amerite la aplicación de multas por parte del proveedor adjudicado, el SSBB
procederá a notificarlo a través del portal mercado público, y se entenderá notificado transcurridas que sean 24 horas desde la
publicación del oficio/ordinario que indica la infracción cometida, los hechos que la constituyan y el monto de la multa. Sin
perjuicio de lo anterior, se enviará copia del ordinario al correo electrónico señalado por el oferente en el formulario N°1.
El adjudicatario tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos, para efectuar los descargos que estime pertinentes,
adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y entregado en Oficina de Partes del Servicio de Salud
Biobío, ubicada en Av. Ricardo Vicuña 147, Interior, Edificio Estacionamiento, 4to Piso, Los Ángeles, en horario de oficina de
lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas, mientras dure la pandemia, los que deberán ser dirigidos a SAMU Biobío.
Una vez realizado los descargos por parte del oferente adjudicado, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días
hábiles, sin que él mismo haya formulado descargos, el SSBB dictará la respectiva Resolución Exenta aplicando la multa. En el
caso que el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, el Servicio de Salud tendrá un plazo de 10 días
hábiles administrativos, a contar de la recepción de las alegaciones para rechazarlas o acogerlas, total o parcialmente, lo que se
determinará mediante Resolución Exenta, lo cual será notificado a través del portal mercado público, y se entenderá por
notificado transcurridas que sean 24 horas desde la publicación de dicho documento en el portal www.mercadopublico.cl. Sin
perjuicio de lo anterior, se enviará copia de la Resolución Exenta que aplica parcial, total o no aplica la multa al correo señalado
por el oferente adjudicado en el formulario N°1
Recursos: En contra de la Resolución Exenta que se pronuncia sobre el cobro de las multas, procederá el recurso de reposición.
Procedimiento de Reposición: el adjudicatario dispondrá del plazo de 5 días hábiles a contar de la fecha de notificación de la
resolución que le impone la multa para responder fundadamente acompañando todos los antecedentes pertinentes a la
reposición. El jefe superior del SSBB o quien le subrogue resolverá dentro de los 30 días hábiles siguientes a la recepción del
recurso de reposición, acogiendo o rechazándolo, total o parcialmente, y será notificado a través del portal de mercado público,
y se entenderá por notificado dicho documento una vez transcurridas 24 horas desde publicación en ese portal. Sin perjuicio de
lo anterior, se enviará copia de la Resolución Exenta al correo electrónico señalado por el oferente en el formulario N°1.
19
b. PROCEDIMIENTO DE PAGO DE MULTA
Quedará ejecutoriada la multa con la notificación de la Resolución Exenta que la impone. Desde ese momento el proveedor
adjudicado se encontrará obligado al pago de la multa dentro de un plazo de 10 días hábiles administrativos contados desde la
notificación. Lo cual deberá realizarse de forma directa a la cuenta del Banco Estado N° 55109000191 a nombre de SAMU
Servicio de Salud Biobío, Rut: 61.607.300-1, enviando copia del depósito al siguiente correo electrónico:
carolina.lemus@ssbiobio.cl.
El no pago de la multa dentro del plazo establecido, faculta al Servicio de Salud Biobío, a realizar el cobro de la multa con cargo
a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y la diferencia será restituida al proveedor, una vez que sea
recepcionada una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
El proveedor deberá renovar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las mismas condiciones estipuladas en
las bases. Esta garantía deberá ser entregada dentro de 5 días hábiles. En caso de no ser entregada dentro de ese plazo, el
SSBB estará facultado para poner término anticipado al contrato
31. DEL PAGO Y FACTURACIÓN.
Orden de Compra: El Servicio de Salud emitirá las órdenes de compra de acuerdo a los servicios y bienes efectivamente
entregados por parte del proveedor adjudicado, validados por el Administrador del Contrato. Con dicha orden de compra el
proveedor se encontrará habilitado para emitir la factura correspondiente.
Facturación: Las facturas serán recepcionadas y aceptadas a través del sistema ACEPTA del SII, las cuales, si no son aceptadas
dentro de las 48 horas siguientes a su emisión por parte de dicho sistema, estas facturas deberán ser anuladas con nota de
crédito y refacturadas.
La facturación debe ser realizada a nombre de:
RAZÓN SOCIAL: CENTRO DE ESPECIALIDAD ATENCIÓN PREHOSPITALARIA SAMU BIOBÍO
RUT N°: 61.999.260-1
DIRECCIÓN: AV. RICARDO VICUÑA 147, EDIFICIO 7, 4TO PISO, LOS ANGELES
Las facturas serán rechazadas en el sistema ACEPTA del SII, cuando el proveedor adjudicado no cumpla con los requisitos
indicados en las presentes bases.
Recepción de las facturas: este acto será realizado por el administrador del contrato o referente técnico, quien verificará y
validará los servicios entregados, además comprobará que la documentación solicitada haya sido entregada en la fecha
indicada, de lo contrario las facturas serán rechazadas en el sistema ACEPTA del SII.
Pago: el pago se efectuará dentro de los 45 días siguientes a la recepción de la factura en el sistema ACEPTA, Para ello la orden
de compra deberá cumplir con lo indicado en el manual de proceso de recepción de facturas.
MANUAL DE PROCESO DE RECEPCIÓN DE FACTURAS
Según Ordinario N° 1213 de fecha 20 de marzo de 2019.
Subsecretario de Redes Asistenciales
MINSAL
Todas las facturas emitidas por nuestros proveedores deben ser aceptadas en el SII, a través del Sistema ACEPTA, para lo cual:
1. El proveedor debe facturar luego de la Recepción Conforme en Mercado Público (llega notificación), esto es, cuando el
SSBB recepciona los servicios o productos.
2. El proveedor debe ingresar la ID de la OC en la casilla definida para dichos casos, denominado “Referencias” o “Campo
801” (en lenguaje informático), con los guiones, letras y números que corresponde, y agregar la fecha de emisión de la
OC.
3. El formato XML de la factura deberá ser enviado a la casilla de intercambio es la mencionada en al OC:
dipresrecepcion@custodium.com.
4. En el campo “Forma de pago”, debe indicar “Crédito”.
32. MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
20
De acuerdo a lo previsto en el Artículo Nº 13 de la Ley Nº 19.886, en especial la facultad establecida en la letra E, el contrato
podrá ser modificado o terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
a. La Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.
b. El Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, hecho que deberá certificar el Administrador
del contrato.
c. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean
suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e. Por registrar el contratista saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato,
con un máximo de seis meses.
f. Por aviso unilateral de 60 días notificado por medio de carta certificada.
g. La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de
vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la fiscalía
nacional Económica.
h. Si uno de los Integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de esta, y dicho integrante reuniese una o más
características objeto de la evaluación de la Oferta.
i. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros;
j. Inhabilidad sobreviviente de alguno de sus integrantes, en la medida que la Unión Temporal de Proveedores no pueda
continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
k. Por disolución de la Unión temporal de Proveedores.
l. Consumo del presupuesto total disponible del presente convenio, sin perjuicio del aumento o disminución del mismo que
pueda sufrir durante la vigencia o su prorroga.
Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicas en las letras B, C, D, E, G, F, H, I, J y K, precedentes, se
procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
En caso de terminar anticipadamente el contrato, el Servicio de Salud Biobío se reserva el derecho de aplicar lo dispuesto en el
artículo 8 letra b), de la Ley 19886, en concordancia con el artículo 10 numeral 2 del reglamento de la citada ley, o llamar a
nueva licitación pública para proveer el servicio.
El término anticipado del contrato no posibilitará ningún tipo de indemnización para el proveedor, además de facultar al Servicio
de Salud Biobío para readjudicar al segundo proveedor evaluado, siempre y cuando dicho término se realice dentro de los 60
días posteriores a su adjudicación.
1. PROCEDIMIENTO PARA TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Detectada una situación que amerite el término anticipado del contrato, se redactará un oficio en el cual se indican las causales
del término anticipado del convenio. La notificación se efectuará a través del portal mercado público, y se entenderán notificado
pasadas que sean 24 horas desde que se adjunta el documento a la plataforma de mercado público. Sin perjuicio de lo anterior,
se enviará copia del documento al correo electrónico señalado por el oferente en el formulario N°1.
Notificada la proposición de término anticipado del contrato, el proveedor dispondrá de 5 días hábiles administrativos para
presentar sus descargos por escrito, el que comenzará a correr a partir del día hábil siguiente a la notificación. Dichos descargos
deberán presentarse en Oficina de partes del SSBB, ubicado en Av. Ricardo Vicuña 147, Interior, Edificio Estacionamiento, 4to
piso, Los Ángeles, en horario de oficina de lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas, mientras dure la pandemia, los que deberán
ser dirigidos a SAMU Biobío.
Una vez realizados los descargos por parte de la empresa adjudicada, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco
días hábiles administrativos sin que este haya formulado quejas, el SSBB dictará la resolución exenta que pone término
anticipado del contrato. En el caso que el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el SSBB tendrá un
plazo de 10 días hábiles administrativos a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, parcial o
totalmente, lo que se determinará mediante resolución exenta, lo cual será notificado a través del portal de mercado público, y
se entenderá notificado transcurridas que sean 24 horas desde que sea adjuntada a dicho sistema de información. Sin perjuicio
de lo anterior, se enviará copia de la resolución exenta a través del correo electrónico señalado por la empresa adjudicada en el
formulario N°1.
Recursos: En contra de la resolución que se pronuncia sobre el término anticipado del contrato o la adopción de otras medidas,
procederá el recurso de reposición.
Procedimiento de reposición: El adjudicatario dispondrá de un plazo de 5 días hábiles administrativos a contar de la fecha de
notificación de la resolución exenta que le impone el término anticipado del contrato para responder fundadamente
acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición. El Jefe superior del SSBB o quien lo subrogue resolverá dentro
de los 30 días hábiles administrativos siguientes a la recepción de los descargos del proveedor adjudicado, acogiendo o
rechazando, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución exenta, notificándose a través de la plataforma
www.mercadopúblico.cl, entendiéndose notificado transcurridas que sean 24 horas desde su publicación. Sin perjuicio de lo
21
anterior, se enviará copia de la resolución exenta al correo electrónico señalado por el oferente en el formulario N°1.
33. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de
integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que
se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida
de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer, ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos,
cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de
licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o
concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones
o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto
influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente,
aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente
proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad,
consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y
transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de
licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la
legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información
fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en
las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas
sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las
personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos
sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las
responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
34. PRINCIPIOS DE PROBIDAD
LEY 19.653 – PRINCIPIOS DE PROBIDAD ADMINISTRATIVA DEBERES Y PROHIBICIONES FUNCIONARIAS
a. Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio cualquier donación que por sus características de
monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante.
b. Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la
función pública que se desempeña.
c. Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio
directo o indirecto para sí o para terceros.
d. Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de
cualquier naturaleza.
e. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.
f. Omitir o eludir la propuesta pública de los casos en que la ley la disponga.
g. Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del Servicio, causando un gasto
innecesario a la institución.
35. DEL ARREGLO DE CONTROVERSIAS
Para solución de los conflictos que se pudieran originar durante la vigencia del contrato, las partes deberán someterse a la
jurisdicción de los tribunales de la cuidad de Los Ángeles ubicada en la provincia del Biobío y a las leyes vigentes de Chile.
22
BASES Y REQUISITOS TÉCNICOS
1. GENERALIDADES
Se requiere el Servicio de Mantenciones tanto Preventivas como Reparativas, y a su vez de conversión (gavetas de la cabina
sanitaria, sirenas, luces, anclaje de camilla, asientos, entre otros), para la dotación de ambulancias de SAMU del Servicio de
Salud Biobío.
Entiéndase por mantenciones todas aquellas acciones tomadas de manera sistemática para que el vehículo (ambulancia)
cumpla con todas sus funciones requeridas en el mayor tiempo posible.
2. REQUISITOS OBLIGATORIOS
Dada la importancia del servicios que prestan las ambulancias de SAMU Biobío a la comunidad, y la imperiosa necesidad
de contar con mantenciones tanto preventivas como correctivas de manera oportuna y eficiente, y que además llevar a
un taller las ambulancias fuera de la ciudad de Los Ángeles implica un costo considerable para el Servicio de Salud
Biobío, se exige que el oferente o los oferentes cuenten con un taller mecánico en la ciudad de Los Ángeles
donde realizar los servicios contratados/solicitados. Por ende, todos aquellos oferentes que no cuenten con un
taller en dicha ciudad, quedarán descartados de este proceso licitatorio.
El oferente o los Oferentes deberán contar con equipamiento y personal idóneo para realizar mantención de todo
tipo, entregando y haciéndose responsable del óptimo funcionamiento de las ambulancias por los trabajos realizados.
Seguir los pasos indicados en el punto 25 “OPERATORIO DEL CONTRATO” de las bases administrativas.
3. COORDINACIÓN
El proveedor adjudicado se coordinará con la Encargada de Servicios Generales y Movilización de SAMU Biobío, o quien le
subrogue, a través de correos electrónicos, llamadas telefónicas o documentos oficiales.
4. FLOTA DE AMBULANCIAS MARCA FORD
La flota de ambulancia marca FORD de la Dirección del Servicio de Salud Biobío disponible para este convenio se indica a
continuación:
PATENTE MARCA MODELO AÑO TIPO
PGHG-84 FORD TRANSIT 12.4 m3 2021 AMBULANCIA DE EMERGENCIA AVANZADA
PGHG-85 FORD TRANSIT 12.4 m3 2021 AMBULANCIA DE EMERGENCIA AVANZADA
SLXB 10 FORD Transit Van LWB HR
12,4 2.2 L. PUMA
2023 AMBULANCIA DE EMERGENCIA AVANZADA
5. LUGAR DE MANTENCIONES DE VEHÍCULOS
Las mantenciones deberán ser efectuadas en los talleres del adjudicado en la cuidad de Los Ángeles, salvo situaciones que sean
aprobadas por el Administrador del Contrato (Encargada de Servicios Generales y Movilización de SAMU Biobío o quien le
subrogue).
6. SUMINISTRO DE REPUESTOS U OTROS INSUMOS RELACIONADOS
Los repuestos que se utilizarán en las mantenciones deberán ser aportados por el proveedor adjudicado, con consentimiento de
la Encargada de Servicios Generales y Movilización de SAMU Biobío o quien le subrogue.
Tanto los repuestos, análisis, materiales y otros insumos que se generen de las mantenciones solicitadas, serán cobrados por el
proveedor a precios vigentes del mercado y analizados por el Administrador del Contrato del SSBB.
El Servicio de Salud Biobío podrá exigir la presentación de facturas por repuestos comprados por el contratista, si lo estima
necesario.
7. DEVOLUCIÓN DE REPUESTOS CAMBIADOS
El proveedor deberá devolver los repuestos cambiados en las mantenciones en caso de ser solicitados, los cuales serán
entregados al Administrador del Contrato o a quien se haya delegado dicha función.
8. PRESUPUSTO Y DISPONIBILIDAD DEL PROVEEDOR
Cuando se requiera el mantenimiento de una ambulancia, el proveedor deberá entregar el presupuesto respectivo en un plazo
no superior a 2 días hábiles luego de ser solicitado. El presupuesto deberá además adecuarse a los valores máximos ofertados
23
por el proveedor (formulario N°6). Si el trabajo a realizar no estuviese previsto en dicho formulario, el presupuesto de estos
deberá ser visado por el SSBB, a través de su Administrador del Contrato, en la medida que se relacione con los valores de
mercado.
9. PRÓRROGA DE PLAZOS
Si el adjudicado estimare necesario solicitar una prórroga en los plazos de entrega de las ambulancias por las mantenciones a
realizar, deberá presentar su solicitud por escrito, y basarla ya sea por fuerza mayor o un atraso por su parte debidamente
fundamentado para realizar los trabajos solicitados por SAMU Biobío, dirigida al Administrador del Contrato o a quien se le haya
designado, quien deberá aprobar o rechazar las justificaciones entregadas.
10. GARANTÍA POR LOS TRABAJOS REALIZADOS
El proveedor deberá garantizar los trabajos realizados, de acuerdo a lo indicado en el formulario N°6. En caso de que se realicen
trabajos que no estén contemplados en dicho formulario, la garantía de estos deberá ser informada al Administrador del
Contrato
|
|
|