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Fidelidad a las bases |
1° APRÚEBASE, Bases Administrativas, Bases Técnicas, Formularios y Anexos, por el convenio SERVICIO DE
ALMACENAMIENTO Y LOGÍSTICA DE DOCUMENTOS PARA EL DEPARTAMENTO DE ATENCION PREHOPITALARIA SAMU
DE SERVICIO DE SALUD BIOBÍO, quedando en el siguiente tenor:
A. BASES ADMINISTRATIVAS
1. OBJETO DE LA LICITACIÓN
Mediante la presente, se pretende proveer el SERVICIO DE ALMACENAMIENTO Y LOGÍSTICA DE DOCUMENTOS PARA EL
DEPARTAMENTO DE ATENCION PREHOPITALARIA SAMU DE SERVICIO DE SALUD BIOBÍO, según Solicitud de Adquisición
emitida por la encargada de Servicios Generales, del Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de
Salud Biobío, por el periodo de 60 meses.
2. FINANCIAMIENTO
Para estos servicios, se cuenta con un monto referencial total de Impuestos Incluidos con cargo al Subtítulo 22, Ítem 08.007
“Pasajes, Fletes y Bodegajes”, por el periodo de 60 meses, tal como se señala en la Solicitud de Adquisición:
2
PERIODO MONTO REFERENCIAL TOTAL
60 MESES $9.000.000.-
3. DEFINICIONES.
Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, se establece el significado o definición de los siguientes
términos:
Días corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa, y que es el tiempo que deberá
presentar su oferta el proveedor.
Días corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa, y que es el tiempo en que
deberá presentar su oferta el proveedor.
Días Hábiles (administrativos): Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos, y festivos.
Documentos Oficiales: Certificados, resoluciones, oficios y Circulares emitidos por la autoridad pública.
Fuerza mayor o Caso fortuito: de acuerdo con lo dispuesto en el Art 45 del código Civil.
Servicio de Salud o SSBB: Servicio de Salud Biobío.
SII: Servicio de Impuestos Internos.
TGR: Tesorería General de la República.
Departamento de Atención Prehospitalaria: se refiere indistintamente a SAMU Biobío, SAMU, Depto. Atención
Prehospitalaria SAMU Biobío o C.E.A.P. SAMU Biobío.
Oferente o Proponente: Persona Natural o Jurídica, chilena o Extranjera, Unión temporal de Proveedores, que puedan
proporcionar los bienes indicados en esta licitación a través del portal www.mercadopublico.cl.
Proveedor, Contratista o Adjudicatario: Aquel cuya oferta ha sido aceptada y con quien se celebra el contrato.
Bases: Bases Administrativas, técnicas y Anexos.
Contrato: contrato suministro entre el proveedor adjudicado y el SSBB, que dependiendo del monto total del contrato
puede ser formalizado mediante la aceptación de la orden de compra o firma notarial, dependiendo lo estipulado en
estas bases.
Orden Compra: Orden de ejecución de los servicios contratados generadas a través del portal www.mercadopublico.cl.
Unión Temporal de Proveedores (UTP): Según lo señala el artículo 67 bis del reglamento de la ley 19886, define lo
siguiente; Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer,
en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones
que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá
adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta
forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y
reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura
pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha
unión temporal deberá inscribirse.
Todo lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el Decreto 250, Reglamento de la ley 19.886 de Bases sobre contratos
administrativos de suministro y prestación de servicios.
4. DATOS BÁSICOS DE LA LICITACIÓN
Etapas: Una (Apertura de Oferta Técnica y Económica en un solo Acto), que se efectuará a través
del sistema de información www.mercadopublico.cl
Requisitos para
Ofertar
Pueden participar cualquier persona natural, jurídica o unión temporal de proveedores que
cumplan con los requisitos de la presente licitación y que no le afecte alguna de las
siguientes Inhabilidades:
- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos
fundamentales a los trabajadores dentro de los dos años anteriores al momento de
presentación de la oferta.
- No haber sido condenados por delitos concursables establecidos en el artículo 463 del
Código Penal conforme a lo dispuesto en la Ley N°20.720, dentro de los dos años
anteriores a la presentación de la oferta.
3
Requisitos para
Contratar
Pueden Contratar con el Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de
Salud Biobío SAMU cualquier persona natural, jurídica o unión temporal de proveedores
que emitan factura electrónica, en vista de lo que se establece en el sistema de pago
centralizado a través de la Tesorería General de Republica (TGR) por parte de la Dirección
de Presupuesto. Además, deberán cumplir con los requisitos de la presente licitación y que
no le afecte alguna de las siguientes inhabilidades:
• De acuerdo al artículo 4 inciso sexto de la Ley N° 19.886, el Departamento de Atención
Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío SAMU no podrá suscribir contratos
administrativos de provisión de bienes o prestación de servicio con los funcionarios
"directivos" del establecimiento, ni con personas unidad a ellos por los vínculos de
parentesco descrito en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Ley Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de
personas de las que aquellos o estas formen parte, ni con sociedades comanditas por
acciones o anónimas cerradas en aquellos o estas sean accionistas, no con sociedades
anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el
10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores
de cualquiera de las sociedades antedicha.
• Las personas Jurídicas condenadas por los delitos regulados en la Ley N°20.393.
Para Contratar al proveedor debe encontrase en Estado Hábil en
www.chileproveedores.cl
En el caso que el proveedor adjudicado NO se encuentre en estado Hábil, al momento de
adjudicar, ya que No Cuenta con Contrato Vigente en Chileproveedores, estará
obligado dentro de un plazo de 10 días hábiles contados desde la adjudicación, a cambiar
su estado a Hábil en Chileproveedores.
El proveedor adjudicado, además deberá acreditar, al momento de contratar, que NO
registran saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus
actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Con el
debido formulario emitido por la dirección del trabajo.
Computo de los
Plazos para proceso
Licitatorio
Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se
indique que los plazos son de días hábiles.
En caso que un plazo expire en días sábado, domingo o festivo se entenderá prorrogado
hasta el día hábil siguiente.
Idioma: Español
moneda Pesos.
Comunicación con el
SS.BB.:
Exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl.
Soporte de
Documentos:
Soporte digital.
Excepcionalmente se podrá utilizar soporte papel en los casos expresamente permitidos
por estas bases o por la ley de compras y su reglamento.
Visibilidad de las
Ofertas Técnicas
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada.
5. GASTOS
Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún
tipo de reembolso por parte del SS.BB.
6. DOCUMENTACIÓN QUE RIGE ESTA LICITACIÓN:
Está Licitación se rige por lo previsto en la Ley N°19.886, de bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación
de Servicios, en Adelante "Ley de Compras" y sus modificaciones, Decreto N° 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que
aprueba reglamento de la Ley N° 19.886, en adelante "el Reglamento" y sus modificaciones, la Ley N° 20.730 que regula el
Lobby, el DFL 1 - Ley N°19.653 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575 Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración de Estado, Ley N°19.880 que establece bases de los procedimientos
administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado, Directrices de Chilecompra y los documentos
que a continuación se indica, los que en caso de discrepancias se interpretarán de acuerdo al siguiente orden de precedencia.
Aclaración a las ofertas que hayan sido solicitadas a. por el Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de
Salud Biobío SAMU.
b. Respuestas a las Preguntas de los Oferentes.
c. La Oferta del Proveedor.
d. Modificación a las bases, que eventualmente podrá hacer el Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio
de Salud Biobío SAMU a través de la Resolución Exenta.
e. Bases Administrativas, técnicas y Formularios de la Licitación.
4
f. Contrato.
g. Resolución que Aprueba Contrato.
7. ETAPAS Y PLAZOS:
ACTIVIDAD PLAZOS
Fecha Inicio de Preguntas El mismo día en que se produzca la publicación del llamado en el portal
www.mercadopublico.cl, 10 minutos posteriores a la hora de publicación.
Fecha Final de Preguntas 5 días posteriores a la fecha de inicio de preguntas del llamado en el portal
www.mercadopublico.cl, a las 18:00 horas.
Fecha de Publicación de
Respuestas
A los 2 días posteriores a la fecha final de preguntas en el portal
www.mercadopublico.cl a las 17:00 horas.
Fecha de Cierre de Recepción
de ofertas
10 días posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal
www.mercadopublico.cl, a las 17:00 horas. (El plazo no podrá vencer en días
inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de
las quince horas).
Fecha de Acto de apertura El mismo día en que se produzca el cierre de recepción de ofertas, a las
15:10 horas en el portal www.mercadopublico.cl.
Fecha de Adjudicación Dentro de los 15 días hábiles posteriores a la fecha del Acta de Apertura de
ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.
En el caso que no se puede cumplir con la fecha indicada, el Departamento
de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío SAMU
publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo y
conforme a los motivos señalados en el punto 18.1. de las bases.
Plazo para Firma de Contrato Dentro de los 25 días hábiles posteriores desde la notificación de
adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl. La contratación se
formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de
esta por parte del proveedor adjudicado. No será necesaria la suscripción de
un contrato.
8. REQUISITOS
8.1. REQUISITOS TÉCNICOS
Los requisitos se detallan en la letra B) denominada Bases Técnicas de las presentes bases.
8.2. FORMULARIOS SOLICITADOS
Todo oferente debe adjuntar a su cotización los siguientes documentos:
En Formularios Administrativos:
Formulario Nº1: Identificación del Oferente.
Formulario Nº2: Declaración Jurada Aceptación de condiciones.
Formulario Nº3: Declaración Jurada Sin Conflicto de Interés.
Formulario Nº4: Listado de Inclusión.
Tratándose exclusivamente de propuestas realizadas por Uniones Temporales de Proveedores (UTP), se exigirá
adicionalmente el siguiente documento:
Formulario N°5: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores (UTP): cada uno de los integrantes de la UTP
deberá completar y firmar debidamente esta declaración, la que deberá ser adjuntada en la oferta UTP. En caso de que
alguno de los integrantes de la UTP no presente debidamente este anexo, o éste no se encuentra debidamente
completado y firmado, la oferta efectuada por la UTP será declarada inadmisible en su totalidad.
En Formularios Técnico.
Formulario N°6: Experiencia en el rubro.
Se entiende por trabajo similar aquellos que consideren el almacenamiento y logística de documentos. -
Los trabajos de atingentes a este convenio deben haber sido efectuados dentro del periodo de 01 de enero del año 2017
hasta la fecha de cierre de recepción de ofertas para esta licitación, indicada en el portal de mercado público.
En la evaluación se considerará sólo hasta un máximo de 5 contratos. En el caso en que el oferente indique más de 5
trabajos similares, se evaluarán los 5 primeros del listado.
Todos los documentos solicitados para acreditar la efectividad de los trabajos entregados, deben ser provenientes de
5
contratos distintos.
Por cada trabajo similar señalado en este formulario N°6, el oferente deberá acompañar documentos que acrediten la
efectividad del trabajo realizado y que cumple con la condición de similar, como por ejemplo copias de contratos firmados
por ambas partes ante notario, órdenes de compra emitidas a través del portal mercado público en estado Aceptadas o
Recepcionadas Conforme, facturas electrónicas o manuales siempre que cuenten con la firma del mandante acompañado
de un certificado de confección propia emitido por el mandante.
Se asignará 20 puntos por cada trabajo debidamente comprobado.
Los trabajos respecto de los cuales no se acompañen estos documentos o datos, no serán considerados para la evaluación.
Formulario N°7: Tiempo de respuesta frente a requerimientos.
En Formulario Económicos:
Formulario N°8: OFERTA ECONÓMICA.
9. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA:
Los oferentes deberán presentar sus propuestas a través del portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del
plazo de recepción de las mismas, establecido en el cronograma de actividades.
La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en
los siguientes puntos 9.1, 9.2 y 9.3.
Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal efecto en las bases, los que, para estos efectos, se
encontrarán disponibles en formato Word y Excel en el portal. En caso que el oferente quiera complementar su información,
podrá hacerlo en archivos adicionales.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una propuesta para esta licitación, implica que el respectivo
proponente ha analizado las bases administrativas, técnicas y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la
presentación de su oferta, y manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reserva ni condiciones a toda la
documentación referida.
9.1. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
El Oferente u Proponente deberá adjuntar o anexar los siguientes Formularios al momento de ofertar hasta antes del cierre de la
licitación:
N° Descripción Según formato.
1 Identificación del oferente Formulario N°1
2 Declaración Jurada Aceptación de
condiciones Formulario N°2
3 Declaración Jurada Sin Conflicto de Interés. Formulario Nº3
4 Listado de Inclusión Formulario Nº4
5 Declaración para Uniones Temporales de
Proveedores (UTP) Formulario Nº5
En el caso que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) esta, deberá adjuntar la Declaración Jurada Sin
Conflicto de Interés y Declaración Jurada Sin Deudas Previsionales, por cada uno de los integrantes de la unión.
9.2. OFERTA TÉCNICA:
N° Descripción Según formato.
1 Experiencia en el rubro. Formulario N°6
2 Tiempo de respuesta frente a requerimientos. Formulario N°7
El No adjuntar a su oferta presentada el Formulario N°6 “Experiencia en el rubro”, o bien, éste no se encuentre
debidamente completado y firmado o lo hayan adjuntado sin cumplir con todo lo solicitado provocará el asignarle “0”
puntos en el criterio respectivo y además se le asignará “0” en el Criterio Cumplimiento Requisitos formales de la oferta.
El No adjuntar a su oferta presentada el Formulario N°7 “Tiempo de respuesta frente a requerimientos”, o bien,
éste no se encuentre debidamente completado y firmado o lo hayan adjuntado sin cumplir con todo lo solicitado.
Para las ofertas, realizadas por oferentes que sean Unión temporal de proveedores será obligatoria el presentar o
adjuntar al momento de oferta el Acuerdo de Unión Temporal de Proveedores, el que deberá materializarse por
escritura pública, de acuerdo a lo indicado en el artículo 67 bis del Decreto N°250 de 2004 que aprueba el
6
Reglamento de la Ley N°19.886
Dichos Acuerdos deberán contener como mínimo lo siguiente:
Los Integrantes de Unión temporal de proveedores. (Nombre y Rut).
La Duración de la Unión temporal proveedores, la cual deberá tener una vigencia mínima de 60 días posteriores al
término normal del contrato.
La Solidaridad entre las partes respecto de las obligaciones que se generen con la entidad. (Se debe establecer las
obligaciones generales).
Nombrar al representante o apoderado en común de la Unión Temporal, con los poderes otorgados.
La Modalidad de facturación.
Indicación de banco y número de cuenta para efectuar el pago.
NOTA: La No presentación del Acuerdo de Unión temporal de proveedores y con los contenidos mínimos
señalados, es motivo de rechazo de su oferta en la apertura electrónica de la licitación.
9.3. OFERTA ECONÓMICA:
El oferente deberá ofertar el valor neto mensual en UF (Unidad de Fomento) señalado en el Formulario N°8, en la línea licitada a
través del portal www.mercadopublico.cl.
Línea
Licitada Detalle de Servicios Meses
Valor Neto Mensual en
UF, señalado en
Formulario N°8
1
Valor neto mensual, en UF, por
los servicios de almacenamiento y
logística de documentos para el
Departamento de Atención
Prehospitalaria SAMU del Servicio
de Salud Biobío SAMU. (ofrecer a
valor unitario almacenamiento y
retorno de cajas)
60 $XXXX
Nota: Si la oferta económica en UF, supera en un 5% el valor referencial total del contrato en UF, señalado en la
cláusula N°2 de las presentes bases será motivo de rechazo de la Oferta en la apertura electrónica. (Al
calcular el valor mensual en UF oferta, el cual será multiplicado por 60 meses).
El oferente deberá cumplir íntegramente con lo exigido en estas las Bases, al ofertar el o los precios deberán cotizarse en
UF, valores netos mensuales, por el almacenamiento de cajas y por eventos de logística, de acuerdo a cada uno de los
servicios requeridos.
Evento de Logística: Se refiere al Retiro de Documentación desde dependencias del Departamento de Atención
Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío SAMU que deban ser incorporados al Servicio de Almacenaje de
documentación (Sin embargo, no se entenderá como retiro, la devolución de cajas, que fueron solicitas al proveedor
anteriormente) y la Entrega de documentación en dependencias del Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del
Servicio de Salud Biobío SAMU, que hayan sido solicitadas por el servicio de Salud Biobío, para su revisión.
Recordar que los precios unitario mensuales ofertados, por almacenamiento de cajas o por eventos de Logística,
permanecerán fijos durante toda la vigencia del contrato, incluida la prórroga si se produjese.
En caso de existir una discordancia entre el valor ofertado en el portal www.mercadopublico.cl y el valor indicado en el
Formulario N°8 “OFERTA ECONÓMICA”, prevalecerá este último.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo
oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con
anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni
condiciones a toda la documentación referida.
El oferente deberá adjuntar en su oferta presentada el Formulario N°8 OFERTA ECONÓMICA, éste se debe encontrar
debidamente completado y debe ser adjuntado cumpliendo con todo lo solicitado,
9.4. VIGENCIA DE OFERTAS
La vigencia de la oferta será de a lo menos noventa (90) días contados desde la fecha de apertura electrónica de la propuesta. Si
dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el SS.BB. solicitará a los oferentes, antes de la fecha de su expiración,
la prórroga respectiva. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta será declarada inadmisible.
10. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES:
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El Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío SAMU, podrá además permitir la presentación de
certificaciones o antecedentes de carácter administrativo que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la
oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del
plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y una
aclaración de ofertas a través del Foro Inverso de la Licitación en el portal www.mercadopublico.cl, solicitando los antecedentes
omitidos concediendo un plazo fatal de 48hrs., después de publicada la aclaración, para que suba los antecedentes. Si al
concluir ese plazo el oferente no ha entregado los antecedentes solicitados, la oferta presentada será evaluada con el menor
puntaje en el “Criterio Cumplimiento de Requisitos formales de la Oferta”, los que serán exigidos una vez adjudicado, para la
firma del contrato respectivo.
11. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
Por tratarse de una licitación menor a 1000 utm no será necesaria la garantía de seriedad de la oferta. -
12. MEDIOS PARA ACREDITAR QUE NO REGISTRA SALDOS INSOLUTOS
El proveedor adjudicado deberá acreditar, al momento de postular, que NO registran saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, mediante
el certificado emitido por la dirección del trabajo.
12.1. FORMA DE PAGO EN CASO DE SER ADJUDICADO EL PROVEEDOR Y REGISTRA SALDOS INSOLUTOS DE
REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.
En caso de que el proveedor que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los
primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la
empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución
del contrato, con un máximo de seis meses.
El Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío SAMU deberá exigir que el proveedor contratado
proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El
incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor contratado, dará derecho a dar por terminado el respectivo
contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que dicho proveedor no podrá participar.
13. ACLARACIÓN DE OFERTAS
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud
Biobío SAMU podrá solicitar a los oferentes, ante cualquier duda que surja en algunos miembros de la Comité Evaluador, una
aclaración de los términos indicados en la propuesta respectiva a través del foro inverso que se encuentra en el portal
www.mercadopublico.cl, siempre y cuando esta aclaración no otorgue una situación de privilegio respecto de los demás
competidores. El plazo para el ingreso de la aclaración, no podrá ser superior a 24 horas. Si al concluir ese plazo el oferente no
ha ingresado ningún tipo de aclaración, la oferta tendrá 0 puntos en el criterio de cumplimiento de requisitos formales de la
oferta.
14. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
El Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío SAMU declarará inadmisibles las ofertas cuando
éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, (Requisitos Administrativos, Técnicos y/o Económicos) ya sea en
uno o más actos específicos, o en el mismo acto de adjudicación.
Se considerarán siempre inadmisibles:
a. Las ofertas extemporáneas, es decir, presentadas fuera de plazo.
b. Las ofertas económicas, presentadas en peso chileno que superen en un 30% el valor referencial total del contrato
señalado en la cláusula N°2 de las presentes bases.
c. Las ofertas económicas, presentadas en Unidad de Fomento que superen en un 5% el valor referencial total del contrato
señalado en la cláusula N°2 de las presentes bases.
d. Las ofertas que no hayan dado cumplimiento a los requisitos y/o especificaciones técnicas de las Bases Técnicas.
e. Las ofertas, que No adjunten el Formulario N°5 “Declaración para Uniones Temporales de Proveedores (UTP)” o
bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado o lo hayan adjuntado sin cumplir con todo lo solicitado.
f. Las ofertas, que No adjunten el Formulario N°7 “Tiempo de respuesta frente a requerimientos” o bien, éste no se
encuentre debidamente completado y firmado o lo hayan adjuntado sin cumplir con todo lo solicitado.
g. Las ofertas, que No adjunten el Formulario N°8 “Oferta Económica” o bien, éste no se encuentre debidamente
completado y firmado o lo hayan adjuntado sin cumplir con todo lo solicitado.
h. Las ofertas que modifiquen algún formulario administrativo, técnico y/o económico, que no sea permitido
por estas bases de licitación.
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Las ofertas que adjunten documentos ilegibles y/o i. archivos vacíos, con errores, incompletos, dañados, entre otros, de los
cuales no se pudiese realizar una revisión de su contenido.
La declaración de inadmisibilidad se traducirá en el rechazo de la oferta, que se efectúa con motivo del proceso de validación
técnica y/o administrativa a través del portal Chile Compra.
15. MODIFICACIÓN DE LAS BASES
El Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío SAMU podrá modificar los documentos de la
Propuesta, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso
de Preguntas y Respuestas de la Propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a
los nuevos requerimientos, por lo cual se modificará la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl, a través de la resolución
modificatoria de bases.
16. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA.
16.1. COMITÉ EVALUADOR.
Por tratarse de una Licitación pública mayor a 100 UTM y menor a 1.000 UTM, no se requiere designar Comité Evaluador a
través de Resolución fundada, por lo que la evaluación de las ofertas será realizada por un Comité Técnico, conformado por las
siguientes personas:
• Jefe Unidad Administrativa del Dpto. Atención Prehospitalaria del Servicio de Salud Biobío o quien la reemplace.
• Encargada de Servicios Generales y Movilización del Dpto. Atención Prehospitalaria del Servicio de Salud Biobío o quien
la reemplace.
• Encargado de Abastecimiento del Dpto. de Atención Prehospitalaria del Servicio de Salud Biobío o quien lo subrogue.
Durante la etapa de evaluación, el Servicio de Salud Biobío podrá verificar todos aquellos antecedentes que estime pertinentes
con el objeto de asegurar una correcta evaluación de las ofertas. El Servicio de Salud Biobío podrá requerir información
mediante el sistema de información de compras y contratación pública, portal mercado público.
16.2. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
La evaluación de las ofertas considerará los aspectos técnicos, económicos y administrativos. En cada caso se asignarán
puntajes, que serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación.
Los puntajes obtenidos en los criterios y subcriterios mencionados a continuación, serán ponderados con su porcentaje
correspondiente y luego serán sumados entre sí para obtener el puntaje final.
En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación, se utilizará dos decimales.
Los siguientes serán los criterios que se evaluarán en las ofertas que se presenten en la licitación:
N° CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
A Oferta Económica. 50%
B Experiencia en el rubro. 25%
C Tiempo de respuesta frente a requerimientos. 20%
D Inclusión. 3%
E Cumplimiento requisitos formales de la oferta. 2%
F Criterio de comportamiento contractual anterior.
Este criterio resta puntaje a
aquellos proveedores que tienen
un mal comportamiento
contractual
PUNTAJE FINAL 100%
A. CRITERIO OFERTA ECONÓMICA (50%).
Las ofertas recibidas serán evaluadas de acuerdo al valor total c/IVA indicado en el Formulario N°8 para luego utilizar la
siguiente fórmula para otorgar el puntaje correspondiente:
FUNDAMENTO PUNTAJE
Oferta con el Mínimo Valor Total IVA incluido. 100
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Las otras ofertas se trabajan bajo la siguiente razón
matemática.
Menor Precio de las ofertas x 100
Precio de la oferta a evaluar
En el caso de que dos o más proponentes oferten el mismo Valor Total IVA incluido en su formulario, serán evaluados con
el mismo puntaje, considerándose las ofertas en el mismo lugar dentro del ranking de este criterio de evaluación.
Nota: La omisión de alguno de los precios señalados en los Formularios económicos, impedirá evaluar objetivamente la oferta,
por lo que la omisión determinará la exclusión del oferente infractor del proceso de compras, declarándose inadmisible su oferta.
B. EXPERIENCIA EN EL RUBRO (25%).
N° DE TRABAJOS SIMILARES (EXPERIENCIA) PUNTAJE
Acredita 5 o más trabajos similares a los solicitados en esta licitación, adjuntando
documentos comprobatorios (copias de contratos firmados por ambas partes ante
notario, órdenes de compra emitidas a través del portal mercado público en estado
Aceptadas o Recepcionadas Conforme, facturas electrónicas o manuales siempre que
cuenten con la firma del mandante acompañado de un certificado de confección
propia emitido por el mandante).
100
Acredita 4 trabajos similares a los solicitados en esta licitación, adjuntando
documentos comprobatorios (copias de contratos firmados por ambas partes ante
notario, órdenes de compra emitidas a través del portal mercado público en estado
Aceptadas o Recepcionadas Conforme, facturas electrónicas o manuales siempre que
cuenten con la firma del mandante acompañado de un certificado de confección
propia emitido por el mandante).
80
Acredita 3 más trabajos similares a los solicitados en esta licitación, adjuntando
documentos comprobatorios (copias de contratos firmados por ambas partes ante
notario, órdenes de compra emitidas a través del portal mercado público en estado
Aceptadas o Recepcionadas Conforme, facturas electrónicas o manuales siempre que
cuenten con la firma del mandante acompañado de un certificado de confección
propia emitido por el mandante).
60
Acredita 2 trabajos similares a los solicitados en esta licitación, adjuntando
documentos comprobatorios (copias de contratos firmados por ambas partes ante
notario, órdenes de compra emitidas a través del portal mercado público en estado
Aceptadas o Recepcionadas Conforme, facturas electrónicas o manuales siempre que
cuenten con la firma del mandante acompañado de un certificado de confección
propia emitido por el mandante).
40
Acredita 1 trabajos similares a los solicitados en esta licitación, adjuntando
documentos comprobatorios (copias de contratos firmados por ambas partes ante
notario, órdenes de compra emitidas a través del portal mercado público en estado
Aceptadas o Recepcionadas Conforme, facturas electrónicas o manuales siempre que
cuenten con la firma del mandante acompañado de un certificado de confección
propia emitido por el mandante).
20
No acredita trabajos similares a los solicitados en esta licitación, adjuntando
documentos comprobatorios (copias de contratos firmados por ambas partes ante
notario, órdenes de compra emitidas a través del portal mercado público en estado
Aceptadas o Recepcionadas Conforme, facturas electrónicas o manuales siempre que
cuenten con la firma del mandante acompañado de un certificado de confección
propia emitido por el mandante).
0
C. TIEMPO DE RESPUESTA FRENTE A REQUERIMIENTOS (20%).
En este criterio se evaluará el tiempo de respuesta máximo exigido en las bases y el puntaje se asignará según la siguiente
tabla:
Ranking Puntaje
Menor tiempo de respuesta, para la entrega o retiro de documentos
solicitados. 100 puntos
Segundo menor tiempo de respuesta, para la entrega o retiro de
documentos solicitados. 70 puntos
Tercer menor tiempo de respuesta, para la entrega o retiro de
documentos solicitados. 40 puntos
Resto de ofertas, para la entrega o retiro de documentos solicitados. 20 puntos
No señala el tiempo de respuesta en el Formulario N°7 o el tiempo de
respuesta es mayor a 120 minutos. Oferta inadmisible.
NOTA: Recordar que el tiempo de respuesta máximo exigido para la entrega o retiro de documentos (a través de
cajas) es de 120 minutos después de realizada la petición formalmente. Se considera un tiempo mínimo de 60
minutos.
10
D. CRITERIOS: INCLUSIÓN (3%)
Criterios de evaluación de inclusivos relativos a personas con discapacidad mental, sensorial o física, o bien, indígenas (minoría
étnica), se subdivide en 2 Subcriterios:
D.1. SUBCRITERIO: PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA, SENSORIAL (VISIÓN Y AUDICIÓN) O MENTAL
(INTELECTUAL O PSÍQUICA) (60 %)
Fundamento Puntaje
Acredita a dos o más personas con discapacidad., (Siendo dueño o trabajador) 100
Acredita a una persona con discapacidad. (Siendo Dueño o Trabajador) 50
No acredita 0
* Si es el Trabajador el cual cuenta con discapacidad deberá ser acreditado con alguno de los siguientes Documentos;
Certificado de Discapacidad emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación o Certificado emitido por la
COMPIN y además deberá adjuntar el respectivo Contrato de trabajo Vigente o Indefinido, que lo vincula con la
empresa.
El Oferente deberá adjuntar a su oferta el Certificado o Credencial de Discapacidad + Contrato de Trabajo vigente o indefinido,
son copulativos, es decir, siempre deben adjuntarse, para cumplir con el Criterio.
Para el caso que el discapacitado sea el oferente y/o el dueño de la empresa, solo deberá ser acreditado con un Certificado de
Discapacidad emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación o Certificado emitido por la COMPIN.
Todo lo mencionado en los párrafos anteriores deberá anexarlos a su oferta generada a través del portal
www.mercadopublico.cl.
*Estas condiciones en cuanto a cantidad de trabajadores con inclusión deberán perdurar todo el tiempo de la ejecución del
contrato de Adquisición, para lo cual el Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío SAMU
podrá solicitar en cualquier momento la documentación que respalde o acredite esta condición.
Al puntaje obtenido, se le aplicará una ponderación del 60%, lo cual arrojará el puntaje final obtenido para este Subcriterio.
D.2. SUBCRITERIO: PERSONAS DE PUEBLOS ORIGINARIOS (MINORÍA ÉTNICA) (40%).
Fundamento Puntaje
Acredita a dos o más personas con Nacionalidad chilena y pertenecen a Culturas
Indígenas reconocidas por Ley, (Siendo dueño o trabajador)
100
Acredita a una persona con Nacionalidad chilena y pertenecen a Culturas
Indígenas reconocidas por Ley. (Siendo Dueño o Trabajador)
50
No acredita 0
*Si el trabajador tiene origen étnico de Culturas indígenas reconocidas por ley, deberá ser acreditado con un certificado de
calidad indígena emitido por CONADI y además deberá adjuntar el respectivo Contrato de Trabajo Vigente o
Indefinido que lo vincula con la empresa.
El oferente deberá adjuntar a su oferta el Certificado emitida por CONADI + Contrato de Trabajo vigente o Indefinido, son
copulativos, es decir siempre deben adjuntarse, para cumplir con el Criterio.
Para el caso que el oferente y/o el dueño de la empresa, tenga origen étnico de Culturas indígenas reconocidas por ley, solo
deberá ser acreditado con un certificado de calidad indígena emitido por CONADI.
Todo lo mencionado en los párrafos anteriores se deberá anexarlos a su oferta generada a través del portal
www.mercadopublico.cl.
* Estas condiciones en cuanto a cantidad de trabajadores con inclusión deberán perdurar todo el tiempo de la ejecución del
contrato de Adquisición, para lo cual el Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío SAMU
podrá solicitar en cualquier momento la documentación que respalde o acredite esta condición.
Al puntaje obtenido, se le aplicará una ponderación del 40%, lo cual arrojará el puntaje final obtenido para este Subcriterio.
La suma de los puntajes ponderados de los Subcriterio Personas con discapacidad física, sensorial (visión y audición) o
mental (Intelectual o Psíquica) + Subcriterio de Personas de Pueblos Originarios (minoría étnica), arrojará un puntaje,
este será multiplicado por el 8% de ponderación del Criterio Inclusión, lo que arrojará el puntaje ponderado del Criterio Inclusión.
E. CRITERIO CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES DE LA OFERTA (2%)
11
Fundamento Puntaje
Cumple con los Requisitos Formales de la Oferta 100
No Cumple con los Requisitos Formales de la Oferta y/o No responde a las
aclaraciones dentro del plazo 0
Observación: Cumple subiendo todos los documentos solicitados en las bases, sean estos, Administrativos, Económicos y/o
Técnicos.
Una vez obtenido los puntajes, estos serán multiplicados por 2% de ponderación arrojando el puntaje ponderado obtenido en
este criterio.
F. CRITERIO COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR
Para la evaluación de este criterio, se evaluará el comportamiento contractual anterior del oferente, respecto de los contratos
con el Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío SAMU, durante los últimos 2 años antes del
momento del cierre de presentación de ofertas. Esta información será obtenida mediante un informe emitido por el Encargado
de Abastecimiento considerando los registros formales que se hayan generado en caso de incumplimientos del proveedor. Sólo
se considerarán las sanciones ejecutoriadas durante el periodo señalado.
El mecanismo de asignación de puntaje es el resultado de descontar (en el total del puntaje obtenido) el puntaje indicado en la
tabla siguiente por el número de sanciones recibidas:
Sanción Disminución de puntaje por sanción
Amonestación -2 puntos
Multa -5 puntos
Cobro de Garantía -7 puntos
Término Anticipado de Contrato -10 puntos
A modo de ejemplo:
Un proveedor ha recibido 3 sanciones de cobro de garantía por parte del Servicio de Salud, el puntaje que recibe en este criterio
es:
(3 x -7 puntos) = -21 puntos
Este último puntaje (a modo de ejemplo: -21 puntos) se restará al Puntaje Preliminar que haya obtenido el oferente.
Se deja expresa constancia que para UTP (uniones temporales de proveedores) este criterio se aplicará para todos los
integrantes.
17. RESOLUCIÓN EN CASO DE IGUALDAD DE PUNTAJE
En caso de que se iguale en el puntaje final, se determinará al proveedor adjudicado según la siguiente escala de prevalencia:
a. En primer lugar, se adjudicará al proveedor que haya obtenido el más alto puntaje en el Criterio Oferta económica, y si se
mantiene la igualdad.
b. Se adjudicará al proveedor que haya obtenido el más alto puntaje en el Criterio tiempo de respuesta frente a
requerimientos, y si se mantiene la igualdad,
c. Se adjudicará al proveedor mejor evaluado en el criterio de inclusión, y si se mantiene la igualdad,
d. Se adjudicará al proveedor con mejor puntaje en el criterio de inclusión de personas discapacitadas, y si se mantiene la
igualdad,
e. Se adjudicará al proveedor con mejor puntaje en el criterio de inclusión de pueblos originarios.
f. Por último, si persistiera la igual se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero su oferta, de acuerdo a
comprobante de oferta emitido por el portal mercado público.
18. DE LA ADJUDICACIÓN
La evaluación de la oferta será realizada por un Comité Evaluador, la cual se designará mediante Resolución Exenta, en donde
se identificarán sus integrantes y funciones.
La Comité Evaluador deberá hacer un análisis administrativo, técnico y económico, considerando los criterios de evaluación y la
documentación que se exigió en las presentes Bases, donde emitirá un informe de evaluación con el detalle de las ofertas,
indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos oferentes y proponiendo en el mismo la adjudicación al Director del
Servicio de Salud o quien lo subrogue, del proveedor con el puntaje más alto y que ha sido considerada la oferta más ventajosa.
12
Posteriormente, la adjudicación será formalizada a través de una Resolución de Adjudicación, publicada en el portal
www.mercadopublico.cl, con todos los antecedentes para trasparentar el proceso y se entenderá realizada la notificación de la
adjudicación luego de transcurridas 24 horas desde realizada dicha publicación.
La presente Licitación será adjudicada a un solo Oferente.
En caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el Registro electrónico oficial de Proveedores del Estado,
www.chileproveedores.cl, estará obligado a inscribirse dentro de un plazo de 10 días hábiles contados desde la adjudicación.
18.1. MODIFICACIÓN DE LA FECHA DE ADJUDICACIÓN
La fecha aproximada de adjudicación será el día indicado en el calendario de fechas del formulario de bases de licitación del
portal www.mercadopublico.cl y de acuerdo a lo que establece el art. 41 del reglamento de la ley 19.886, las razones de
eventual incumplimiento en el plazo de adjudicación inicialmente establecido serán las siguientes:
No se logró conformar el Comité Evaluador dentro de la fecha correspondiente.
Retraso en la firma de la Resolución de adjudicación, por compromisos del Director y sus Subrogantes.
Por ausencia involuntaria del encargado del proceso.
Por motivos de fuerza mayor, emergencia u otros imprevistos.
Por Reasignación del ítem o del presupuesto asignado.
En caso que se produjese una prórroga esta será realizada en el icono respectivo del portal www.mercadopublico.cl “mostrar
fechas” de la Licitación, incluyendo las razones de incumplimiento del plazo de adjudicación inicial.
18.2. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
El mecanismo será el siguiente:
El oferente deberá enviar un correo electrónico, dentro de un plazo de 10 días corridos desde la fecha de la adjudicación
realizada en el portal www.mercadopublico.cl, al correo electrónico: consultaschilecompra@ssbiobio.cl. Después de esta fecha el
Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío SAMU Biobío se reserva el derecho de no
responder las consultas realizadas.
18.3. READJUDICACIÓN
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o no entrega la
Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y de las Obligaciones Laborales, no se inscribiere en chileproveedores en
los plazos que establecen en las presentes bases o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las
Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, se procederá a la Re adjudicación.
Además, será motivo de readjudicación si el adjudicatario fuese inhábil en los términos del art. 4° inciso 6° de la Ley N° 19.886
al momento de suscripción del contrato o de la emisión de la orden de compra. En el caso de que el adjudicatario sea una Unión
Temporal de Proveedores y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad, la Unión Temporal de Proveedores
deberá informar por escrito, dentro del plazo de 10 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato
adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo
anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será adjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
Luego del retiro de alguno de sus miembros, la Unión Temporal de Proveedores debe continuar funcionando con a lo menos 2
integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la Unión Temporal de Proveedores que
se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, la Entidad Licitante
podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del
plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
19. RESERVA DE LA INSTITUCIÓN
El Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío SAMU se reserva las siguientes facultades, en
conformidad al art. 9 de la Ley N°19886 y art. 61 de la Ley N°19880: Podrá dejar sin efecto la licitación declarándola desierta,
podrá Revocar y/o suspender en caso de que no se pueda seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación, en todos los
casos mencionados el acto en cuestión se formalizará mediante resolución fundada, la que será publicada en el portal
www.mercadopublico.cl.
19.1. DESERCIÓN
El Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío SAMU declarará inadmisible la o las ofertas
cuando estas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará a si mismo desierta la presente
Licitación cuando no se presenten ofertas o interesados; o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de este
Servicio. En ambos casos la declaración deberá ser por Resolución fundada.
13
19.2. REVOCACIÓN
Se podrá otorgar el estado de “Revocada” en aquellas situaciones donde la Licitación ya está publicada y, en base a una
decisión debidamente justificada, se desiste, no pudiéndose seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. Este estado es
similar al estado “Desierta” pero con la salvedad de que, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este
estado puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante con la resolución fundada que así lo autorice y se podrá
realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento.
19.3. SUSPENSIÓN
Esta instancia procederá cuando el Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional ordenan esta medida. Este
estado consiste en congelar el proceso licitatorio por un periodo determinado y posteriormente seguir con el curso normal de la
licitación, y podrá aplicarse desde la publicación hasta la adjudicación.
20. FUERZA MAYOR
De acuerdo a lo señalado por el artículo 45 del Código Civil se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es
posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un
funcionario público, etc.
No será causal de término del Contrato u Orden de Compra, el incumplimiento de las obligaciones del Proveedor derivado de los
hechos mencionados en el párrafo anterior.
Si una u otra parte se ve impedida de cumplir con sus obligaciones contractuales por alguna causa
de fuerza mayor, deberá notificar a la otra parte por escrito, en un plazo máximo de diez (10)
días hábiles contados desde iniciada la causa de fuerza mayor, indicando la incidencia que dicha
situación tendrá en los plazos establecidos por el contrato u orden de compra. La causal invocada
podrá ser aceptada o rechazada por escrito por la otra parte, dentro del plazo de cinco (30) días
hábiles administrativos, contados desde que haya sido notificada.
21. CONDICIONES DE EJECUCIÓN
Los servicios adquiridos serán entregados de acuerdo a los términos pactados en las presentes bases y todo antecedente que
forme parte de este proceso.
La emisión de las órdenes de compra será mensual, con su respectiva validación presupuestaria (requerimiento e ítem
presupuestario).
Los valores que se cobrarán en este contrato serán los señalados en la oferta del proveedor en el Formulario N°8 Oferta
Económica.
El valor de la UF a considerar para la emisión de la orden de compra, será el del último día del mes que se presto el servicio. La
orden de compra se emitirá en peso chileno considerando para su cálculo este valor.
El proveedor adjudicado no podrá rechazar la orden de compra válidamente emitida en conformidad a este convenio.
22. DEL CONTRATO
Por tratarse de una licitación menor a 1.000 UTM no requiere firma de contrato: no obstante esta licitación se formalizará a
través de la Orden de Compra emitida por el Servicio de Salud Biobío y aceptada por el proveedor adjudicado en portal mercado
público o después de las 24 horas de enviada la orden de compra respectiva al proveedor a través del portal
www.mercadopublico.cl, plazo que tiene para su aceptación expresa, y si aún no es aceptada en ese plazo la orden de compra,
se entenderá que el silencio constituye aceptación. Formando parte de este contrato todo las bases, formularios y exigencias de
esta Licitación.
22.1. DOCUMENTOS PARA CONTRATAR
Por tratarse de una licitación menor a 1.000 UTM no requiere firma de contrato: no obstante, esta
licitación se formalizará a través de la Orden de Compra emitida por el Servicio de Salud Biobío
y aceptada por el proveedor adjudicado en portal mercado público o después de las 24 horas de
enviada la orden de compra respectiva al proveedor a través del portal www.mercadopublico.cl
22.2. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Para Garantizar el Fiel y Oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el Contrato y de las obligaciones laborales para
con sus trabajadores, el Adjudicatario deberá entregar, dentro del plazo de 7 día hábiles administrativos, contado desde la fecha
14
en que se notifique la adjudicación de la propuesta a través del portal www.mercadopublico.cl, cualquier tipo de instrumento de
garantía que asegure el cobro de la misma de manera rápida y eficaz, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, de
acuerdo al art. 68 del reglamento de la Ley N°19.886, con la siguiente características:
Beneficiario Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío
Características Irrevocable, de cobro a primer requerimiento y pagadera a la vista.
Vigencia No inferior a 90 (noventa) días hábiles posteriores a la fecha de término de la
vigencia del contrato.
Expresado en Pesos Chilenos.
Monto 5% del monto total del contrato.
Descripción
La garantía debe entregarse dentro del plazo de 7 día hábiles, contado desde la
fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta a través del portal
www.mercadopublico.cl.
La Garantía Física (en papel) debe ser entregada en oficina de partes del Servicio
de Salud Biobío, ubicado en Ricardo Vicuña 147, Interior, Edificio Estacionamiento,
4º piso Los Ángeles. En horario de oficina de lunes a viernes de 08:00 a 13:00hrs.
Para las Garantía Electrónicas deberá ser enviada al correo electrónico;
rene.astete@ssbiobio.cl, dentro del mismo plazo.
Consideraciones
Se deja constancia que será responsabilidad del oferente realizar los trámites
pertinentes para entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
en la forma solicitada y en los plazos estipulados para ello, como, asimismo,
mantenerla vigente por el plazo exigido en estas bases de licitación.
Glosa “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la
licitación pública ID 1065268-XX-LE24”.
En caso que el instrumento no permite la inclusión de la glosa señalada, el
oferente deberá adjuntar un anexo que contenga dicha glosa, firmado por el o los
representantes legales según sea el caso.
Forma y oportunidad
de su restitución.
Respecto de la devolución, será realizada por el Departamento de Atención
Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío dentro de 90 días corridos
contados desde la fecha de término normal del contrato, una vez verificado el
cumplimiento de las obligaciones de parte del contratista a satisfacción del
Departamento de intervención prehospitalaria SAMU por medio de carta
certificada, a la dirección indicada en el Formulario N°1 “Identificación del
oferente”.
En caso de garantía electrónica la devolución se realizará de la forma indicada
anteriormente.
Errores en los documentos de Garantía:
El documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato y obligaciones laborales que se reciba con errores,
tanto en la descripción, en la glosa, en la fecha, monto, entre otros, tendrá el plazo de 5 días hábiles contados desde su
notificación para el cambio y enmienda del documento, de lo contrario procedería la re-adjudicación, de acuerdo a lo previsto en
el punto N°18.3.
22.2.1. REPOSICIÓN, FORMA Y OPORTUNIDAD DE RESTITUCIÓN
En caso de que se produzca el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y de las obligaciones laborales
por parte del servicio de salud, debido al incumplimiento de cualquiera de las obligaciones dispuestas en las presentes bases de
licitación y el contrato, y que justifiquen su cobro, el proveedor adjudicado deberá reponer la garantía señalada por igual monto
y por el mismo plazo de vigencia que la garantía que reemplaza, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la
notificación de cobro de la primera.
Será responsabilidad del proveedor adjudicado mantener vigente la garantía ya indicada, según lo señalado en esta cláusula.
Mientras se encuentre vigente el contrato celebrado las reposiciones y renovaciones de esta garantía será de exclusiva
responsabilidad del proveedor.
En caso de no reponer dicha garantía en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad a lo establecido en el
punto N°25 “Término Anticipado del Contrato”, de estas bases.
22.3. INICIO Y VIGENCIA DEL CONTRATO
Este contrato tendrá una vigencia de 60 meses, a contar de la total tramitación del acto administrativo de adjudicación y podrá
ser modificado según lo señalado en el punto 22.6. de las presentes bases; no obstante, el pago estará condicionado a la total
tramitación de la resolución que aprueba el contrato.
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22.4. ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO
Para efectos técnicos y de validación del cumplimiento sobre las características intrínsecas de los servicios entregados, el
administrador del contrato será un funcionario del Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío,
quien velará para que los servicios se ajusten a la necesidad de Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de
Salud Biobío; proponiendo amonestaciones y multas. Lo anterior, se formalizará a través de la resolución fundada de
adjudicación.
El canal válido de comunicación será el correo informado por el proveedor en el Formulario N°1.
Para efectos del monitoreo de la vigencia del contrato y cualquier otra circunstancia administrativa en general que derive del
contrato, será responsabilidad del funcionario encargado de Abastecimiento y Convenios del Departamento de Atención
Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío designado en efecto.
22.5. REUNIÓN DE INICIO DE CONTRATO
Antes de iniciar el servicio el Administrador del contrato se contactará con el proveedor adjudicado de acuerdo al Formulario N°1
para realizar las coordinaciones pertinentes.
22.6. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío, se reserva el derecho de modificar el contrato
de acuerdo a alguna de las siguientes causales:
Ampliando el plazo de vigencia, por un período de hasta 6 meses.
Incorporando bienes o servicios asociados o de similares características.
Aumentar el monto del presupuesto.
Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste. La
modificación del contrato se formalizará mediante resolución fundada, la cual será notificada a través del portal
www.mercadopublico.cl en la licitación respectiva.
Lo anterior, en consonancia en lo establecido en el artículo Nº13 de la ley Nº19.886.
22.7. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
El proveedor adjudicado deberá dar a. cumplimiento a todas aquellas obligaciones señaladas en las Bases Administrativas,
Bases Técnicas, formularios y anexos, que dan origen a este contrato.
b. El proveedor adjudicado deberá velar por la calidad y oportunidad de entrega de los servicios y del cual pueda derivar
una medida en caso de incumplimiento.
c. Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores.
d. El proveedor adjudicado liberará de toda responsabilidad al servicio de salud en caso de acciones entabladas por
terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseño, como
los indicados en la Ley N°17.336 sobre Propiedad Intelectual.
e. El proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones
que nacen del desarrollo de la licitación y en especial lo que establecerá en el contrato definitivo.
f. El proveedor adjudicado deberá actuar de buena fe, efectuando todas las acciones pertinentes para asegurar el
cumplimiento de sus obligaciones provenientes del presente contrato.
g. El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento a normas que sean aplicables, establecidas en el Reglamento Especial
de Seguridad y Medio Ambiente para empresas Contratistas y Subcontratistas emitido por el Departamento de Atención
Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío y que forma parte integra de las obligaciones y deberes de los
proveedores que sean adjudicados en la presente Licitación Pública. El cual Fue aprobado mediante la Res. Exenta Nº
4676 de fecha 13 de noviembre del 2017.
h. El proveedor adjudicado deberá dar cumplimento al Instructivo sobre Cláusulas de Seguridad de Información emitido por
el Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío, El cual fue aprobado por Resolución
Exenta N°401 de fecha 25.01.2021, el cual se encuentra adjunto a la presente Licitación.
i. Dar cumplimento a todas las normas legales, reglamentarias y contractuales pertinentes y demás disposiciones vigentes
en chile, que rigen el servicio que desarrollara en virtud del presente convenio. El adjudicatario declara expresamente
conocer y dar cumplimiento a las disposiciones relativas al medio ambiente, higiene y seguridad vigentes aplicables en la
ejecución de los servicios.
j. El proveedor adjudicado está obligado a realizar el pago de las multas, dentro del plazo establecido en estas bases.
k. El proveedor adjudicado deberá generar una vez al mes un Informe Mensual, el cual deberá incluir:
Número de cajas en almacenaje del mes y departamento y/o unidad a la cual corresponde.
Número de cajas en circulación o logística, que no han sido devueltas a la bodega de almacenamiento.
Número de eventos de logística realizada en el mes, fecha del evento y departamento y/o unidad a la cual corresponde.
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Consolidado de ingreso de cajas nuevas y eventos realizado en el mes.
El proveedor esta obligado a dar l. pleno resguardo a la documentación del Departamento de Atención Prehospitalaria
SAMU del Servicio de Salud Biobío que se encuentre almacenada. Todo daño, deterioro, pérdida o extravió de la
documentación dará derecho a hacer efectiva la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y termino
anticipado del contrato.
m. Estas prohibido realizar por iniciativa propia la destrucción de la documentación sin la autorización del Departamento de
Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío
n. El proveedor deberá reemplazar o extender la duración de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato,
cuando se haya realizado la ampliación de la vigencia de acuerdo a lo establecido en la cláusula N°22.6. Dicho cambio
deberá realizarse con 1 mes de anticipación, antes del vencimiento de la garantía original y quedará señalada en la
Resolución Exenta que autoriza y aprueba la ampliación.
El proveedor no podrá recibir o ingresar cajas que no sean del Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del
Servicio de Salud Biobío
El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento, durante el plazo de ejecución del contrato, a todas las condiciones
ofertadas, tanto en el tiempo de entrega y calidad técnica ofertada del bien y/o servicio y las obligaciones emanadas de
la legislación Laboral Vigente. Esto es remuneraciones, cotizaciones de seguridad social, entre otras. Los primeros
estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social de los actuales trabajadores del proveedor o de trabajadores contratados en los últimos
dos años, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de estas obligaciones se encuentran pagadas al cumplirse la
mitad del periodo de ejecución del convenio con un máximo de 6 meses.
22.8. REAJUSTABILIDAD DE PRECIO
Se deja establecido que, para esta contratación, por tratarse de un convenio en Unidad de Fomento (UF) no se considera
reajustabilidad de precios.
22.9. CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
El Proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que
nacen del desarrollo de este proceso licitatorio y, en especial, lo establecido en el contrato definitivo.
La empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente suministre los bienes o preste los servicios contratados con motivo de
este contrato, durante la vigencia de éste, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de aquéllos.
La infracción de esta prohibición dará derecho al servicio de salud para poner término anticipado al contrato, en forma
inmediata. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que procedan ante esta situación.
22.10. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
Cualquier dificultad que se suscite entre las partes respecto de la interpretación y/o ejecución del contrato de servicios (orden de
compra), podrá ser resuelta ente las partes a instancia del comité de compras pública del Departamento de Atención
Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío.
Lo dispuesto en el punto anterior no implica de manera alguna una renuncia por parte del Departamento de Atención
Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío o del Proveedor a someter la controversia que se pueda suscitar, al
conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia, para cuyo efecto las Partes fijan domicilio en la comuna de Los Ángeles,
prorrogando expresamente competencia a sus tribunales, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la
República.
23. ORDEN DE COMPRA, RECEPCIÓN CONFORME, FACTURACIÓN Y PAGO.
ORDEN DE COMPRA: Se emitirá orden de compra de forma mensual, con su respectiva validación presupuestaria
(requerimiento e ítem presupuestario).
La orden de compra se realizará de acuerdo al Informe Mensual entregado por el proveedor y visado por el Administrador del
Contrato.
Los valores que se cobrarán en este contrato serán los señalados en la oferta del proveedor en el Formulario N°8 Oferta
Económica, los cuales se multiplicarán de acuerdo a las cantidades de cajas almacenadas y eventos realizados en el mes.
Considerando el valor de la UF del último día del mes que se prestó el servicio.
El proveedor adjudicado no podrá rechazar la Orden de compra válidamente emitida en conformidad a este convenio.
Posteriormente, el proveedor deberá enviar la factura del mes que se prestó el servicio, asociando la factura a la Orden de
Compra respectiva.
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RECEPCIÓN CONFORME: El Administrador del Contrato generar un Acta de recepción conforme, con la cual se dará
conformidad para el pago de los servicios prestados.
FACTURACIÓN: Las Facturas de acuerdo a Manual de Proceso de Recepción de Facturas del Departamento de Atención
Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío, serán Recepcionadas y Aceptada a través del sistema ACEPTA, si esta no es
aceptada dentro de 48 hrs por parte del sistema Acepta, estas facturas deberán ser anuladas y re-facturadas. Las facturas serán
emitidas en peso chileno y para la conversión se utilizará lo indicado en el punto 23, párrafo tercero de las presentes bases.
Todas las facturas emitidas por nuestros proveedores deben ser aceptadas en el SII, a través del Sistema ACEPTA
para lo cual:
1.- Proveedor debe facturar luego de la Recepción Conforme en Mercado Público (llega notificación), esto es cuando los
productos se despacharon previamente con guía de despacho (situación ideal) o en el momento del envió de la mercadería.
2.- Proveedor debe ingresar el número de la OC en casilla definida para dichos casos (OC del Departamento de Atención
Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío), denominado “Referencias” o “Campo 801” (en lenguaje informático), con
los guiones que corresponde, ejemplo: 1057414-300-CM19 y agregar la fecha de emisión de la O.C.
3.- La factura se debe emitir en formato XML.
4.- En el campo “Forma de Pago”, debe indicar “Crédito”.
5.- La Casilla de Intercambio es la mencionada en la OC: dipresrecepcion@custodium.com
La facturación debe ser realizada a nombre de:
Razón Social: Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío
RUT: 61.999.260-1
Dirección: Av. Ricardo Vicuña 147, Los Ángeles, Edificio Estacionamiento, 4º piso, Los Ángeles.
PAGO: El pago se efectuará, dentro de los 45 días siguientes a la aceptación de la Factura en el sistema ACEPTA, por parte de la
Tesorería General de República (TGR) Centralizadamente.
24. EFECTOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL DEL PROVEEDOR.
Ante el incumplimiento del proveedor, el Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío podrá
aplicar las siguientes sanciones según corresponda y de acuerdo a su respectivo procedimiento.
24.1. AMONESTACIÓN
El proveedor adjudicado será sancionado con la aplicación de amonestaciones en los siguientes casos:
Cuando haya desistimiento de ofertas u adjudicación y no existen garantías en el respectivo proceso.
Atrasos en el tiempo de respuesta menor a 30 minutos.
24.2. CAUSALES DE MULTAS
El Servicio de salud cobrará multas al proveedor adjudicado, cuando se verifiquen las situaciones que se indican a continuación:
N° Causal Categoría Multa Aplicable.
1
Atraso en el tiempo de respuesta después de
realizada la petición.
Leve
1 UF por cada 30 minutos de
atraso, respecto del tiempo
de respuesta ofertado.
Tope: 2 horas.
2
Incumplimiento de alguna de las disposiciones
aplicables del Reglamento Especial de Seguridad y
Medio Ambiente para empresas Contratistas y
Subcontratistas emitido por el Departamento de
intervención prehospitalaria SAMU y que forma parte
integra de las obligaciones y deberes de los
proveedores que sean adjudicados en la presente
Licitación Pública. El cual Fue aprobado mediante la
Res. Exenta N°4676 de fecha 13 de noviembre del
2017.
Leve
2 UF por cada evento.
Tope: 5 eventos durante la
vigencia del contrato.
18
3
Incumplimiento en el estado de la documentación del
Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del
Servicio de Salud Biobío, Incumplimientos observados
durante la auditoria al almacenamiento según lo
indicado en Anexos n°1 y n°2.
Grave 3 UF por evento informado.
4
Todo daño, deterioro, pérdida o extravió de la
documentación del Departamento de Atención
Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío GRAVÍSIMA TÉRMINO ANTICIAPDO DEL
CONTRATO
NOTA: La UF (Unidad de Fomento) aplicable, será la perteneciente al día en que se verifico la falta.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimadles,
éste se redondeará al número entero más cercano.
En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 25% del valor total contratado con impuestos incluidos o que se
apliquen más de 6 multas totalmente tramitadas en un periodo de 6 meses consecutivos.
Cobro de multa: La multa producirá sus efectos, una vez resuelto los recursos pertinentes, o cuando haya vencido
el plazo de su interposición sin que se hayan presentado. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará
obligado al pago de la multa, si es que procediera.
El monto de la multa deberá ser pagada de forma directa a la cuenta corriente del Banco Estado N° 55109079463, a
nombre del Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío SAMU, Rut: 61.999.260-1
y enviar copia del depósito a los siguientes correos electrónicos: carolina.lemus@ssbiobio.cl y
teresa.espinoza@ssbiobio.cl. Dicho pago deberá efectuarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación
del requerimiento.
El no pago de la multa dentro de los plazos establecidos, faculta al Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio
de Salud Biobío para rebajar el monto de la Multa de la factura siguiente que emita el proveedor, de no haber facturas siguientes,
se hará efectivo a través del cobro de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de contrato y obligaciones laborales, cuyo
monto correspondiente al valor de la multa será ingresado al presupuesto de la Institución, haciéndose la devolución del saldo
restante si es que lo hubiera, al proveedor a fin de no incurrir en enriquecimiento sin causa. En caso de proceder de esta manera
el proveedor deberá acompañar una nueva garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la garantía que
reemplaza, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación de cobro de la primera, oportunidad en que se
hará devolución del saldo restante. Asimismo, la sanción de multa y/o el no pago de ésta se tomarán como antecedente que
traducirá en una mala evaluación para futuras adquisiciones.
La Encargada de Abastecimiento solo generará la cobranza administrativa respecto al pago de la multa, por lo que, si el proveedor
no paga la multa dentro del plazo definido para ello, se entregarán todos los antecedentes a la Encargada de Contabilidad para
que realice el cobro financieramente.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin
de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
25. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De acuerdo a lo previsto en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886, el contrato podrá ser modificado o terminarse anticipadamente
por las siguientes causales:
El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas 1. por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no
ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las responsabilidades y obligaciones, descritas en las
presentes Bases en la cláusula N°22.7.
2. Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las
existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, que hagan
imperiosa su inmediata terminación.
4. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de
seis meses.
5. Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada.
6. En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 25% del valor total contratado con impuestos incluidos o que
se apliquen más de 6 multas totalmente tramitadas en un periodo de 6 meses consecutivos.
7. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
8. Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por el adjudicatario, en virtud del “Pacto de integridad”
19
contenido en estas bases.
En caso de ser el adjudicatario sea una Unión 9. Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes
circunstancias
10. Inhabilidad sobreviviente de alguno de sus integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP
no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
11. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia.
De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la fiscalía Nacional Económica.
12. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la Oferta.
13. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
14. En el caso de infracción de lo dispuesto en la cláusula N°22.10. sobre “Cesión de Contrato y Subcontratación”.
15. Si el Proveedor o alguno de los socios del Proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, tratándose
de una sociedad anónima, lo fuese alguno de sus directores o gerente.
16. Cuando se haya consumido la totalidad del presupuesto del presente convenio o bien cuando el saldo disponible no
alcanza a cubrir la prestación de servicios.
17. No renovación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento de contrato en los plazos y condiciones establecidas en la
cláusula Nº 22.2.1. de estas bases.
En todos los casos señalados, excepto los numerales 3) y 12), además del término anticipado, se procederá al cobro de la
garantía de fiel cumplimiento del respectivo contrato, si lo hubiera.
El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en la cláusula 27.
Resuelto el término anticipado, en virtud de las causales anteriormente señaladas, no operará indemnización alguna para el
proveedor adjudicado.
El departamento de intervención prehospitalaria SAMU se reserva el derecho de aplicar lo dispuesto en el artículo 8 letra b, de la
Ley N°19.886, en concordancia con el artículo 10 numeral 2 del reglamento de la citada ley.
26. RESCILIACIÓN O TÉRMINO DE MUTUO ACUERDO
Sin perjuicio de lo anterior, el Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío y el respectivo proveedor
adjudicado podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida de incumplimiento.
En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
Lo anterior, se traducirá en la firma de un documento donde consta el término de común acuerdo, el que posteriormente será aprobado
por el acto administrativo respectivo.
27. PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MEDIDAS DERIVADAS DE INCUMPLIMIENTOS
Detectada una situación de incumplimiento que amerite la aplicación de una de las sanciones descritas anteriormente, el servicio de
salud procederá a notificar al proveedor el incumplimiento, identificando en él la infracción cometida y los hechos que la constituyen
mediante un ordinario que será publicado en el Portal Mercado Público, en la ID respectiva. Entendiéndose notificado 24 horas después
de su publicación en el portal.
Transcurridas las 24 horas después de su publicación en el portal, el proveedor adjudicado tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles
(excepto sábados, domingos y festivos), para efectuar sus descargos por escrito acompañando todos los antecedentes que estime
pertinente. Los descargos deben ser ingresados a Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío, ubicado en Avenida Ricardo Vicuña
147 Interior, Torres Estacionamiento, cuarto piso, Los Ángeles, de lunes a viernes de 08:00 a 13:00 hrs.
Vencido el plazo sin que se presenten descargos, o si éstos se presentaron fuera de plazo, el Departamento de Atención Prehospitalaria
SAMU del Servicio de Salud Biobío dictará el acto administrativo que aplica la sanción. Si el proveedor adjudicado hubiera presentado
descargos en tiempo y forma, el Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío tendrá un plazo de
treinta (30) días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se
determinará, mediante el acto administrativo respectivo, comunicándose al proveedor a través del portal mercado público en la id
respectiva. La Resolución que aplica la sanción al proveedor, será informada, además, en la ficha de comportamiento contractual del
proveedor que se encuentra en el Registro de Chile Proveedores. Asimismo, la sanción respectiva podrá ser considerada un
antecedente negativo en las futuras adquisiciones, a través del criterio de evaluación denominado “Comportamiento contractual
anterior”.
Recursos: En contra de la resolución que se pronuncia sobre el o los incumplimientos, la aplicación de multas, cobro de la garantía
de fiel cumplimiento, término anticipado del contrato o la adopción de otras medidas, procederá el Recurso de Reposición.
Procedimiento de Reposición: El adjudicatario dispondrá del plazo de 5 días hábiles a contar de la fecha de notificada la resolución
que le impone la multa para reponer fundadamente acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición. El jefe superior
del SS.BB. o quien lo subrogue resolverá dentro de los 30 días hábiles siguientes acogiendo o, rechazando total o parcialmente la
reposición y lo que será notificado al proveedor a través de Mercado Público.
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28. PACTO DE INTEGRIDAD:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad,
obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el
resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y
documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
El oferente se compromete a respetar 1. los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los
consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en
conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos
humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante
sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios
Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o
pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el
proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni
tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto
influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente,
aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del
presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad,
legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y
transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de
licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en
la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información
fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la
misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente
señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en
general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la
presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su
infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los
organismos correspondientes.
29. PRINCIPIOS DE PROBIDAD
LEY 19.653 – PRINCIPIOS DE PROBIDAD ADMINISTRATIVA DEBERES Y PROHIBICIONES FUNCIONARIAS
1. Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio cualquier donación que, por sus características de
monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante.
2. Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la
función pública que se desempeña.
3. Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un
beneficio directo o indirecto para sí o para terceros.
4. Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de
cualquier naturaleza.
5. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.
6. Omitir o eludir la propuesta pública de los casos en que la ley la disponga.
7. Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del Servicio, causando un gasto
innecesario a la institución.
B. BASES TÉCNICAS
SERVICIO DE ALMACENAMIENTO Y LOGÍSTICA DE DOCUMENTOS PARA EL DEPARTAMENTO DE ATENCION
PREHOPITALARIA SAMU DE SERVICIO DE SALUD BIOBÍO.
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1. GENERALIDADES
Las presentes bases describen los requisitos mínimos para el SERVICIO DE ALMACENAMIENTO Y LOGÍSTICA DE DOCUMENTOS
PARA EL DEPARTAMENTO DE ATENCION PREHOPITALARIA SAMU DE SERVICIO DE SALUD BIOBÍO.
El servicio debe incluir el almacenamiento y traslado oportuno de la documentación desde y hacia las dependencias del
Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío. Se espera contar con un servicio de calidad, por lo
tanto, el proveedor adjudicado deberá dar cabal cumplimiento a la totalidad de las condiciones descritas en estas bases.
El proveedor adjudicado será el único responsable por cualquier daño que sufra la documentación ya sea durante el proceso de
traslado o almacenaje.
Aun cuando en los antecedentes entregados se haya omitido el detalle o indicación precisa del suministro de algún bien y/o
servicio, el oferente deberá entender que el alcance de los servicios contratados, comprende el total de las actividades y bienes
necesarios para entregar un servicio plenamente satisfactorio.
1. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Los objetivos específicos de la presente licitación son los siguientes:
a. Almacenaje, conservación y resguardo de los documentos de acuerdo a lo establecido en la legislación que rige a los
servicios públicos en esta materia.
b. La custodia de archivos de documentación en bodegas de propiedad del proveedor que se adjudique el servicio.
c. Garantizar medidas de seguridad y confidencialidad de la totalidad de la documentación entregada en custodia.
d. Responder oportunamente a solicitudes de antecedentes, cajas y/o carpetas con documentación.
e. Lograr una optima administración, clasificación, ordenamiento y acceso a los documentos.
1.2 CONDICIONES DE INFRAESTRUCTURA
El oferente deberá cumplir con las siguientes Condiciones Mínimas:
Bodega con Ambiente climatizado.
Bodega debe contar Iluminación adecuada
Bodega debe tener Áreas Sectorizadas
Bodega debe contar con Estantes o anaqueles de alta resistencia.
Bodega debe contar con Aislación térmica.
Bodega debe contar con sistema contra Incendios.
Estas exigencias de infraestructura, serán corroboradas, mediante el envío de fotografías de las instalaciones y
las condiciones anteriormente señaladas las cuales deberán adjuntarse a la oferta que se presentará en la
plataforma de Mercado Publico, existiendo la posibilidad que un Referente Técnico del Departamento de Atención
Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío, pudiera realizará una visita a terreno a las instalaciones de los
oferentes postulantes, una vez cerrada la Licitación, en dicha visita se corroborará el cumplimiento de las
exigencias, el No cumplir con dichas exigencias, provocará el rechazo de la oferta en la apertura electrónica de la
licitación.
2. CONDICIONES DE ALMACENAMIENTO
2.1. De las bodegas:
La documentación debe ser almacenada en bodegas que garanticen su buen estado de conservación, por lo tanto, deben
permitir aislar totalmente de la intemperie la documentación, reservándose el Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU
del Servicio de Salud Biobío el derecho de verificar estas condiciones en terreno debiendo el proveedor solicitar autorización al
Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío para cambiar el lugar de almacenamiento.
Se deberán disponer las cajas en anaqueles que las mantengan separadas del suelo.
2.2. De las cajas:
Las cajas en que se dispondrá la documentación deberán ser provistas sin costo por el proveedor. Éstas podrán ser de cartón u
otro material con firmeza estructural que permita apilarlas sin deformarse y que garantice la conservación del contenido. Las
medidas deben ser:
• Alto 34 cm. Mínimo
• Ancho 40 cm. Mínimo
22
• Largo 40 cm. Mínimo
El proveedor debe estar en condiciones de entregar cajas de las dimensiones indicadas anteriormente de manera indefectible,
más si así lo desea puede incluir en su oferta alternativas con otras medidas, sin que ello signifique costo adicional para el
Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío
Además, las cajas deben contar con número de identificación, código de barras y deberán ser entregadas al Departamento de
Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío que haya realizado la solicitud por escrito al referente técnico o al
funcionario encargado de realizar la petición.
La provisión y entrega de cajas vacías será sin costo para el Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de
Salud Biobío
Estas Exigencias o Condiciones de Almacenamiento, serán corroboradas, por un Referente Técnico del Departamento de
Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío quien realizará una visita a las instalaciones de los oferentes
postulantes, una vez cerrada la Licitación, en dicha visita además de corroborar el cumplimiento de las exigencias de las
condiciones de almacenamiento se verificarán las características de las cajas solicitadas para el correcto almacenamiento de la
documentación ,lo cual quedara señalado en el formulario de visita a terreno. El No cumplir con dicha disposición de cajas,
antes del inicio del contrato podrá provocar el rechazo de la oferta en la apertura electrónica de la licitación.
2.3 Demanda proyectada.
Actualmente existe una demanda de Almacenamiento de 62 cajas para custodia con un crecimiento de 14 cajas anuales y
aproximadamente 8 eventos de retiro o entrega de cajas en el mismo período.
2.4 Variabilidad de demanda.
La demanda de cajas a custodia podrá variar de acuerdo a la documentación generada al mes, y que sea necesaria resguardar,
lo mismo sucederá con los eventos de retiro o entrega de cajas al mes.
2.5 Origen de Demanda.
Solo se podrán mantener almacenadas cajas del Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío
2.6 Software de gestión de Documentación y Logística:
El proveedor deberá contar con un software de gestión de Almacenamiento y Logística, le permitirá monitoria ubicación de
cajas.
3. TRASLADO DE DOCUMENTACIÓN Y LA FORMA EN QUE SE SOLICITARÁ
1. Condiciones de transporte:
La empresa deberá disponer de un vehículo con un compartimiento cerrado que garantice el buen estado y la Integridad de la
documentación, debiendo el proveedor encargarse de las labores de carga y descarga de la documentación y disponerlas en el
lugar del Departamento de intervención prehospitalaria SAMU que el referente técnico o en quien se haya delegado la facultad
que se indica.
Estas exigencias de condiciones de transporte, serán corroboradas, por un Referente Técnico del Departamento de Atención
Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío, quien realizara una visita a terreno a las instalaciones de los oferentes
postulantes, una vez cerrada la Licitación, en dicha visita se corrobora el cumplimiento de las exigencias, El No cumplir con
dichas exigencias, provocara el rechazo de la oferta en la apertura electrónica de la licitación
No se pagará por el traslado de las cajas desde el Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío a
las bodegas del proveedor adjudicado, este costo es de cargo del mismo.
2. De la solicitud del servicio:
La solicitud de cajas tanto, para Retiro o Entrega, será realizada por la secretaría del Departamento de Atención Prehospitalaria
SAMU del Servicio de Salud Biobío a través de correo electrónico, dirigido al proveedor adjudicado, y con copia al Administrador
del Contrato, debiendo presentarse el contratista o proveedor adjudicado en la secretaría del Departamento de Atención
Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío en un periodo de tiempo no superior al indicado en su oferta, el cual no podrá
superar las 2 horas desde realizada la solicitud, para el retiro o entrega de documentación o cajas.
En un Evento de Solicitud: tanto la de petición de entrega cajas o la petición de retiro de cajas, podrá solicitarse desde 1 a 30
cajas.
No se entenderá como retiro, la devolución de cajas, que fueron solicitadas previamente.
23
Para la recuperación de las cajas, el Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío indicará el
número de identificación de la caja o cajas que se requiere.
No se entenderán como servicios solicitados por esta institución aquellos requeridos por personas distintas a las aquí indicadas.
3.3 El Traslado para operatividad del Servicio.
El traslado de las cajas de almacenamiento base lo efectuará el proveedor adjudicado en esta licitación, el cual deberá trasladar
la totalidad de las cajas a sus Bodegas, sin costo para el Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud
Biobío ya que los servicios de Almacenamiento y Logística partirán una vez estando en custodia la totalidad de cajas en las
Bodegas del proveedor adjudicado.
2. PERSONAL DE LA EMPRESA
El personal de la empresa que ingrese a las dependencias del Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de
Salud Biobío deberá contar con identificación que le acredite como representante del proveedor adjudicado. Además, tendrá que
mantener siempre un comportamiento cortés hacia los funcionarios y público en general, reservándose el Departamento de
Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud Biobío el derecho de prohibir la entrada de aquellas personas que estime
conveniente sin hacer expresión de causa.
3. CONTROLES DE CALIDAD DEL SERVICIO CONTRATADO.
Es en este sentido, de forma mensual o trimestral, el administrador del contrato o a quien se delega las funciones de
administrador, podrá Realizar Visitas de Inspección a las Bodegas dispuestas para la prestación de servicio para este contrato
por parte del Proveedor Adjudicado, para verificar las condiciones de almacenamiento y el buen estado de Las Cajas dispuestas
en la Bodegas, cautelando el cumplimiento de las condiciones o exigencias establecidas en estas bases.
También el administrador podrá generar una pauta de evaluación de forma trimestral (Anexo N°2), por los Servicios de
Almacenaje y Logística de Documentos del SSBB, donde se deberá verificar si cumple con los tiempos de respuesta ofertados,
mantiene documentación en buen estado, los trabajadores del proveedor adjudicado mantienen un trato cortes y adecuado
frente al personal y usuarios del SSBB. Información recopilada desde los usuarios del convenio y de los controles de calidad del
servicio contratado.
4. CONFIDENCIALIDAD
Cualquier tipo de intercambio de información que se produzca entre el Servicio y la empresa proveedora, se entenderá que ha
sido realizado dentro del marco establecido por el contrato de provisión de los servicios correspondientes, de modo que dicha
información no podrá ser utilizada en ningún caso fuera de dicho marco, ni para fines diferentes a los asociados a dicho
contrato.
5. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.
Para la interpretación de la presente cláusula se deberá tomar y dar cumplimiento a lo señalado en el “Instructivo sobre
Cláusulas de Seguridad de Información”, versión 1.0 del Servicio de Salud Biobío, Aprobada por Resolución Exenta N°401 de
fecha 25.01.2021, la cual se encuentra adjunta a la presente Licitación.
24
C. FORMULARIOS
FORMULARIO N°1: IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
Requisito para ofertar
A. DATOS DEL OFERENTE
Razón Social oferente, nombre
personal natural o nombre UTP:
Rut del oferente:
Dirección Comercial:
Ciudad:
Teléfono:
Correo Electrónico (E-mail):
Nombre Completo R. Legal:
Rut Representante Legal:
Información Necesaria para Pago por Transferencias Electrónicas
Número Cuenta Corriente:
Banco:
B. DATOS DEL CONTACTO DEL OFERENTE PARA EFECTOS DE LA LICITACIÓN
Administrador del Contrato por parte de la Empresa.
TITULAR
(Canal Valido de Comunicación)
Nombre:
Teléfono Fijo:
Teléfono Celular:
E-Mail:
SUPLENTE
Nombre:
Teléfono Fijo:
Teléfono Celular:
E-Mail:
25
FORMULARIO N°2: DECLARACIÓN JURADA DE ACEPTACIÓN DE CONDICIONES
Requisito para ofertar
En…………………………………a…………..días del mes de…………………………….de………..,
comparece……………………………………………., de nacionalidad…………………………………,
profesión……………………………………….., R.U.T. N°………………………………………, con domicilio en
……………………………………………………………………………………………………….., en representación
de……………………………………………….., quien bajo juramento expone lo siguiente:
1. Haber estudiado todos los antecedentes de la propuesta y verificado la concordancia entre ellos.
Haber revisado los términos de la presente licitación: bases Administrativas, técnicas, Formularios,
Anexos y Especificaciones Técnicas de presentación de la oferta y reglamentación sobre la materia.
2. Aceptar y Estar en conocimiento del Reglamento Especial de Seguridad y Medio Ambiente para
empresas Contratistas y Subcontratistas emitido por el Servicio de Salud Biobío y que forma parte
integra de las obligaciones y deberes de los proveedores que sean adjudicados en la presente Licitación
Pública. El cual Fue aprobado mediante la Res. Exenta Nº 4676 de fecha 13 de noviembre del 2017, y
del anexo Medidas Preventivas Covid-19, como parte del reglamento especial para empresas
contratistas, del servicio de Salud Biobío, aprobado mediante Res. Exenta N° 6766 de fecha 02 de
diciembre del 2020, los cuales se encuentra adjunto a la presente Licitación.
3. Aceptar y Estar en conocimiento del Instructivo sobre Cláusulas de Seguridad de Información emitido
por el Servicio de Salud Biobío. El cual fue aprobado por Resolución Exenta N°401 de fecha 25.01.2021,
el cual se encuentra adjunto a la presente Licitación.
4. Estar conforme con las condiciones generales de la propuesta, aceptar las condiciones y
procedimientos, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecidos en: las Bases
Administrativas, Bases Técnicas, Formularios, Anexos, respuestas, aclaraciones y todo otro documento
oficial que haya servido de base para el llamado a licitación, en el entendido que formarán parte del
contrato que firmen las partes y que renuncia, desde el momento de la presentación de su propuesta, a
cualquier recurso judicial o extrajudicial en contra del Mandante o su representante legal y el cobro de
cualquier indemnización con motivo de su aplicación.
,
26
FORMULARIO N°3: DECLARACIÓN JURADA SIN CONFLICTO DE INTERÉS
(Sin conflictos de interés y ratificación de todo lo obrado)
Requisito para ofertar
El firmante, , en su calidad de oferente o representante legal del oferente, , Rut:
empresa>, con domicilio en , , , declara bajo juramento que:
No es funcionario del Servicio de Salud Biobío, ni se encuentra unido 1. a ninguno de ellos por los vínculos descritos en la
letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del
Estado.
2. La sociedad que representa no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos del Servicio de Salud
Biobío, o las personas unidas a ellos por lo vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley
N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
3. Su representada no es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas
indicadas en el N°2 anterior sean accionistas;
4. Su representada no es una sociedad anónima abierta en que alguna de las personas indicadas en el N°2 precedente sea
dueña de acciones que representen el 10% o más del capital.
5. No es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
6. La información contenida en la presente declaración se encontrará permanentemente actualizada.
7. Asimismo, declara que por este acto viene en ratificar todo lo obrado por el proveedor que representa en la licitación que
resultó adjudicada, sea que se trate de actuaciones efectuadas por personas con poder suficiente para representarla o
no.
8. Que, no he sido o mi representada no ha sido sancionada por el Tribunal de la Libre Competencia, dentro de los 5 años
anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier
título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de
2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del
decreto ley N°211, de 1973.
9. Por último, declaro que, mi representada (persona jurídica), no ha sido condenada con la pena de prohibición de celebrar
actos y contratos con organismos del Estado, establecida en la ley N°20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas
Jurídicas, por los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho.
,
NOTAS:
1. Esta declaración deberá ser completada por cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores
(UTP).
2. De faltar alguna de estas declaraciones, la oferta será declarada inadmisible en su totalidad.
27
FORMULARIO N°4: LISTADO DE INCLUSIÓN
Requisito para ofertar
DATOS DE LA OFERTA
Razón social oferente, nombre persona natural o
nombre UTP
RUT del oferente (persona jurídica, persona natural o
apoderado UTP)
Fecha
El oferente deberá completar según sea el caso, de acuerdo a la cantidad de trabajadores con inclusión y
deberá adjuntar la documentación que respalde o acredite lo señalado.
1. PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA, SENSORIAL (VISIÓN Y AUDICIÓN) O MENTAL (INTELECTUAL O
PSÍQUICA)
N° Nombre RUT
1
2
3
Si es el trabajador el cual cuenta con discapacidad, se deberá acreditar con el Certificado de Discapacidad emitido por el
Servicio de Registro Civil e Identificación o Certificado emitido por la COMPIN + Contrato de trabajo Vigente o Indefinido,
que lo vincula con la empresa oferente.
Para el caso que el discapacitado sea el oferente y/o el dueño de la empresa, solo deberá ser acreditado con un
Certificado de Discapacidad emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación o Certificado emitido por la COMPIN.
Estas condiciones en cuanto a cantidad de trabajadores con inclusión deberán perdurar todo el tiempo de la ejecución
del contrato.
El Departamento de intervención prehospitalaria SAMU podrá solicitar en cualquier momento la documentación que
respalde o acredite el criterio de Inclusión Evaluado.
2. PERSONAS DE PUEBLOS ORIGINARIOS (MINORÍA ÉTNICA).
N° Nombre RUT
1
2
3
Si es el trabajador el que tiene su origen étnico de Culturas indígenas reconocidas por la ley, se deberá acreditar con el
Certificado de calidad indígena emitido por CONADI + Contrato de Trabajo Vigente o Indefinido que lo vincula con la
empresa oferente.
Para el caso que el oferente y/o el dueño de la empresa, tenga origen étnico de Culturas indígenas reconocidas por ley,
solo deberá ser acreditado con un certificado de calidad indígena emitido por CONADI.
Estas condiciones en cuanto a cantidad de trabajadores con inclusión deberán perdurar todo el tiempo de la ejecución
del contrato.
EL Departamento de intervención prehospitalaria SAMU podrá solicitar en cualquier momento la documentación que
respalde o acredite el criterio de Inclusión Evaluado.
FORMULARIO N°5: DECLARACIÓN PARA UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES (UTP)
(Sólo requerida para ofertas UTP)
28
Requisito para ofertar
1. Nombre de la Unión Temporal de Proveedores:
2. Integrantes de la UTP:
N° Nombre o Razón Social Rut Calidad
1 Apoderado UTP
2 Integrante UTP
3 Integrante UTP
3. Declaración de objeto, solidaridad y vigencia de la UTP:
Mediante esta declaración el firmante declara:
Ser parte de la Unión Temporal de Proveedores señalada en el numeral 2 de esta declaración, que
tiene por objeto presentar una propuesta formal al proceso de licitación denominado “SERVICIO DE
ALMACENAMIENTO Y LOGÍSTICA DE DOCUMENTOS PARA EL DEPARTAMENTO DE ATENCION
PREHOPITALARIA SAMU DE SERVICIO DE SALUD BIOBÍO, bajo la modalidad establecida en el
artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.
Asimismo, declara que, conjuntamente con todos los integrantes de esta UTP, será solidariamente
responsable de la presentación de la oferta, así como las obligaciones contraídas en virtud de los
contratos suscritos en caso de ser adjudicado en esta licitación.
Finalmente, declara que la vigencia de la UTP no será inferior a la del contrato adjudicado,
incluyendo las renovaciones, incrementos de plazos y prórrogas que procedan en caso de que las
hubiere.
Razón Social de la persona jurídica o nombre
persona natural, según corresponda,
integrante UTP
RUT persona jurídica o persona natural,
según corresponda, integrante UTP
,
NOTAS:
1. Todos los datos solicitados deben ser completados debidamente y éstos deben ser
coincidentes con el instrumento de constitución de la UTP que es exigido en el artículo 67 bis
del Reglamento de la Ley N°19.886.
2. Cada uno de los miembros de la UTP, incluyendo el apoderado, deberán completar y
adjuntar a la oferta este anexo, información que deberá ser concordante entre sí. En caso
que faltare alguna declaración, la oferta UTP será declarada inadmisible.
3. Asimismo, se declararán inadmisibles las ofertas UTP que no presenten este anexo o bien,
no se encuentre debidamente completado y firmado, serán declaradas inadmisibles
29
FORMULARIO N°6: EXPERIENCIA EN EL RUBRO
Requisito para ofertar
DATOS DE LA OFERTA
Razón social oferente, nombre
persona natural o nombre UTP
RUT del oferente (persona jurídica,
persona natural o apoderado UTP)
Fecha
El oferente deberá completar la siguiente tabla que corresponde a la cantidad de contratos relacionados con la prestación de
servicio de almacenamiento y logística de documentos en el Sector Público y/o Privado, desde el 01.01.2020 a la fecha de
publicación de la presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl, que correspondan a contratos distintos.
N° Institución (Pública
/ Privada)
Descripción del
Servicio prestado
Nombre persona
de referencia
Fono
contacto
Correo electrónico
de contacto
1
2
3
4
5
6
7
NOTA: En este criterio será obligatorio que los oferentes acrediten la experiencia de la efectividad de los servicios prestados,
con un certificado de experiencia, el cual se detalla en el Formulario N°6
Los servicios respecto de los cuales no se acompañe este documento u otro documento como ordenes de compra en estado de
recepecion conforme o contratos debidamente firmados por ambas partes con los datos del requirente, no serán considerados
para la evaluación y no serán contabilizados.
El SS.BB. se reserva el derecho de corroborar la información, con los contactos señalados por el proveedor en el Formulario N°6
y cualquier falsedad de la información entregada, que se compruebe durante el periodo de evaluación de ofertas o bien después
de su adjudicación, será causa de término anticipado del contrato y cobro de las garantías si existiesen.
FORMULARIO N°7: TIEMPO DE RESPUESTA FRENTE A REQUERIMIENTOS.
Requisito para ofertar
DATOS DE LA OFERTA
Razón social oferente, nombre
persona natural o nombre UTP
RUT del oferente (persona jurídica,
persona natural o apoderado UTP)
Fecha
30
1. TIEMPO DE RESPUESTA FRENTE A REQUERIMIENTOS.
A continuación, se deberá indicar en la columna “TIEMPO DE RESPUESTA FRENTE A
REQUERIMIENTOS” el plazo en el que se compromete a efectuar la entrega y retiro de cajas.
TIEMPO DE RESPUESTA FRENTE A REQUERIMIENTOS
(Horas hábiles).
NOTA: El tiempo no podrá ser superior a 120 minutos, después de realizada la petición vía correo
electrónico por parte del Administrador del Contrato o requirente Técnico o a quien se haya designado esta función. Toda
oferta con plazo superior será declarada inadmisible.
NOTAS:
1. Se declararán inadmisibles las ofertas de los proveedores, que no presentaren este
anexo en su oferta, o bien éste no se encuentre debidamente completado y firmado.
2. En caso de que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá
adjuntarse sólo un anexo el cual deberá ser completado por el apoderado de la UTP.
FORMULARIO N°8: OFERTA ECONÓMICA
Requisito para ofertar
DATOS DE LA OFERTA
Razón social oferente, nombre persona
natural o nombre UTP
RUT del oferente (persona jurídica, persona
natural o apoderado UTP)
Fecha
1. OFERTA ECONÓMICA:
CANTIDAD
UNIDAD
DE
MEDIDA
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
PRECIO NETO
UNITARIO
MENSUAL EN
UF
VALOR NETO
MENSUAL
(Precio x
cantidad)
1 Cajas
Servicio de Almacenamiento de cajas
de acuerdo a Bases. (Rango de cobro
para oferta: 1 caja). Esto debe incluir
costos del traslado desde dependencias
de SAMU a las bodegas del proveedor
XXXX XXXX
31
1 Eventos
Servicio de logística: Solicitud de cajas
con documentación, esto es despacho
desde bodegas del proveedor a las
dependencias de SAMU Los Angeles.
(Rango de cobro para oferta: 1 por
evento).
XXXX XXXX
(Valor a ofertar en el portal) Valor Total Neto en Formulario N°8 XXXX
Impuesto 19% IVA XXXX
Valor Total Formulario N°8 (Impuesto Incluidos) XXXX
NOTA: Pueden Contratar con Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU del Servicio de Salud
Biobío cualquier persona natural, jurídica o unión temporal de proveedores que emitan factura
electrónica, en vista de lo que se establece en el sistema de pago centralizado a través de la Tesorería
General de Republica (TGR) por parte de la Dirección de Presupuesto.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el
respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, aclaraciones y respuestas a las
preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su
conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
Considerándose todo lo necesario para dar íntegro y oportuno cumplimiento a las obligaciones que se adquieran.
ANEXO N°1
Se realizará una visita a terreno, posterior al cierre de la licitación, a las dependencias o bodega del
oferente, en donde se aplicará el Anexo N°1 "Cumplimiento de Exigencia Mínima, para prestar los
Servicios", permitiendo ver la calidad de las instalaciones, donde se verificará “Sí Cumple" o "No
Cumple" con las características mínimas establecidas en las Bases Técnicas.
Si Cumple No Cumple
1° Exigencias de Infraestructura.
Bodega de contar con Ambiente climatizado
Bodega debe contar Iluminación adecuada
Bodega debe contar Estantes o anaqueles de
alta resistencia.
Bodega debe contar con Aislación térmica.
Bodega debe contar con sistema contra
Incendios.
2° Exigencias de Almacenamiento y
Cajas
Las Cajas deben ser de alta resistencia
32
Las Cajas deben tener una dimensión
mínima, de Alto: 34 cm, Ancho: 40 cm y
Largo: 40 cm.
Las Cajas deben contar con un número de
identificación visible.
3° Exigencia de Movilización
Debe Contar con vehículo con
compartimiento cerrado que garantice el
buen estado y la integridad de la
documentación.
Observación:
Para constancia de la visita a terreno Firman:
Referente Técnico
Del Departamento de intervención prehospitalaria
SAMU
Representante Oferente
Postulante Licitación Pública.
*recuerde que para respaldo se deben anexara su oferta fotografías y documentos que corroboren su
respuesta.
Fecha, ____de _________ del año 2024
NO COMPLETAR
ANEXO N°2
PAUTA TRIMESTRAL DE EVALUACION SERVICIO DE ALMACENAMIENTO Y LOGÍSTICA DE
DOCUMENTOS (para evaluación trimestral al proveedor adjudicado)
Servicio de Almacenamiento y Logística mes: _______________________________________
El contrato de Prestación de Servicio de Almacenaje y Logística de Documentos para el Departamento de
intervención prehospitalaria SAMU, suscrito con el proveedor: _________________________________________
Requiere de evaluación de “Calidad del Servicio Recibido”, por lo anterior, es responsable el
administrador del contrato responder la pauta adjunta, atendiéndose a las instrucciones específicas para
el efecto y al procedimiento establecido en las bases.
Los Antecedentes recogidos tanto desde los usuarios, como de los controles efectuados mensualmente.
Para Completar el cuestionario, se Deberá marcar con una “X” en el casillero “Cumple o No Cumple” de
acuerdo a los antecedentes recopilados.
33
“Recordar que la evaluación refleja el servicio prestado durante el mes”
Nº Criterios Observados Ponderación Cumple No cumple
1 Cumple con los Tiempos de respuesta
Ofertados. 25%
2
Mantiene Documentación en Buen
estado, en las condiciones de
almacenamiento exigidas en las bases
técnicas.
25%
3
El personal de la empresa cumple con
identificación que le acredita como
representante de la empresa y
Mantiene un trato cortes y adecuado
frente al personal y usuarios del
Departamento de intervención
prehospitalaria SAMU .
25%
4
EL Móvil de Traslado de la
documentación es el adecuado a las
exigencias técnicas solicitadas.
25%
Sumatoria de porcentajes cumplidos:
Nombre y Firma del Administrador:
Los Ángeles, ______de _______________________, 2024.
2° PROCÉDASE a efectuar el ingreso al portal www.mercadopublico.cl para su licitación respectiva.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE COMPRA Y CONTRATACIONES
PÚBLICAS.
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