|
Plazo de validez de la oferta |
9.1.-
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 40 días a contar de la fecha de Apertura.
|
|
|
|
Declaración Jurada |
|
9.2.-
El Anexo A_ Declaración Jurada Simple. El Proveedor deberá firmarla de manera digital en el Portal www.mercadopublico.cl.
|
|
|
|
IMPORTANTE |
9.3.-
Los precios se indican en Anexo B "PRECIOS".
|
|
|
|
|
|
Participantes |
|
9.5.- Podrán participar aquellas personas naturales o jurídicas que hayan accedido a los documentos de la Licitación a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre y cuando cumplan con las disposiciones legales y exigencias que disponen las presentes Bases.
|
|
|
|
Normativa |
|
9.6.-
Al contrato le serán aplicables los siguientes documentos y normas legales:
- Las bases administrativas, bases técnicas, anexos, preguntas y respuestas, las aclaraciones y la oferta.
- La Ley Nº 19.886, sobre Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y sus modificaciones y su Reglamento contenido en el Decreto N° 661de 2024, del Ministerio de Hacienda.
- Ley 19.880 que “Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
- La normativa interna de la Dirección de Vialidad, Región de Magallanes.
- DFL N° 1/2001 que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
No obstante, lo anterior, en todo lo que sea atingente al contrato le serán aplicables las normas de Derecho Público que resulten pertinentes y luego las disposiciones de Derecho privado en lo que sean aplicables.
|
|
|
|
PRESENTACION DE OFERTA ECONOMICA EN EL PORTAL mercadopublico.cl |
|
9.7.- Los oferentes deberán cotizar en el ANEXO B _ LISTA DE PRECIOS adjunto el detalle de los precios de cada servicio requerido por la Oficina Provincial de Magallanes.
|
|
|
|
FORMA DE PAGO |
|
9.8.-
a) El pago se efectuará en la medida que se hayan ejecutado los servicios, en el plazo de 30 días desde la presentación de la Factura asociada a la respectiva Orden de Compra emitida, previa recepción conforme del trabajo por el Servicio.
b) Todo trabajo facturado con cargo al Convenio estará financiado por la asignación presupuestaria correspondiente de la Oficina Provincial de Magallanes asociada al subtitulo 22.
|
|
|
|
Pacto de integridad |
9.9.-
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y, especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
|
Resolución de Empates |
9.10.-
Si se produce un empate en la evaluación de acuerdo al polinomio establecido en las Bases, se optará por definir la adjudicación de acuerdo a las siguientes prioridades:
1) Menor precio.
2) Mayor experiencia de acuerdo al puntaje obtenido en el criterio de evaluación.
|
|
|
|
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
9.11.-
Los oferentes podrán efectuar sus consultas a través del sistema de información, mecanismo implementado por el Portal.
|
|
|
|
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
9.12.-
Aspectos incluidos en el Anexo Administrativo "Declaración Jurada Simple", deben acreditarse a través del Portal www.mercadopublico.cl.
|
|
|
|
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
9.13.-
Si a la fecha de cierre del proceso licitatorio y durante el período de evaluación, el demandante requiere salvar antecedentes omitidos por el oferente, será facultad del demandante requerirlos, para lo cual habilitará la opción para que dicha información sea ingresada. No obstante, la omisión de cualquiera de los ANEXOS y DOCUMENTOS SOLICITADOS y, a todo oferente al cual se le faculte el ingreso de lo solicitado estando la Licitación en estado "Cerrada”, se le restarán 5 puntos al puntaje final de su evaluación.
|
|
|
|
Derecho a desestimar ofertas |
9.14.-
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de desestimar, desechar, aceptar parcial o totalmente cualquiera de las ofertas, independientemente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Adjudicación correspondiente. En tales casos, los proponentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra de la Dirección de Vialidad.
|
|
|
|
Fecha Adjudicación |
9.15.-
La fecha de Adjudicación considerada en Bases está referida al máximo plazo que se pudiese demorar el proceso de evaluación y adjudicación; sin embargo, la tendencia como política interna será la de adjudicar cada proceso a la brevedad. En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes Bases de Licitación, la Dirección de Vialidad Oficina Provincial de Magallanes, publicará una nueva fecha en el Portal Mercado Público, informando las razones del atraso.
|
|
|
|
Adjudicación |
9.16.-
Se adjudicará esta licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de la oferta, si así conviniera al interés fiscal, de acuerdo al Informe de Adjudicación de la Comisión de Evaluadora, que estará integrada por funcionarios de la Dirección de Vialidad Magallanes. Dicha Comisión estudiará los antecedentes, emitiendo una proposición de adjudicación, la que deberá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente. Así mismo, podrá declarar desierta la propuesta por Resolución Fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes a la Dirección de Vialidad Oficina Provincial Magallanes. Además, se podrán declarar inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las Bases de esta Licitación.
El Proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas:
a) RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN:
Se adjudicará a través de una resolución firmada por el Director Regional de Vialidad Región de Magallanes y de la Antártica Chilena o su Subrogante.
b) NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario, mediante el Portal www.mercadopublico.cl.
c) FECHA DE ADJUDICACIÓN:
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, la Dirección de Vialidad Región de Magallanes publicará una nueva fecha en el Portal www.mercadopublico.cl, informando las razones del atraso.
d) GENERACIÓN DE LAS ÓRDENES DE COMPRA:
Se generarán las Órdenes de Compra correspondientes después de adjudicar la Licitación en el Portal www.mecadopublico.cl
|
|
|
|
Readjudicación |
9.17.- La Dirección de Vialidad podrá, en caso de que el o los proveedores adjudicados se rehúsen a suscribir el contrato, no entregasen la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo establecido, no cumplan con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, desistan de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
En tal caso, se dejará sin efecto la primera adjudicación y se procederá a readjudicar. No obstante lo señalado precedentemente, en caso de existir un único oferente para los productos licitados, se podrá postergar por una única oportunidad el plazo para entregar la garantía de fiel cumplimiento de contrato. Este hecho deberá ser expresamente autorizado por la Contraparte Técnica y obedecerá a una petición formal y adecuadamente sustentada por parte del adjudicatario.
|
|
|
|
Contrato |
9.18.-
Al adjudicar, será necesario firmar un Contrato, donde los suscritos serán el representante legal de la Empresa adjudicada y el Director Regional de Vialidad Región de Magallanes o, en su ausencia, el respectivo Director Subrogante.
|
|
|
|
Prórroga del Contrato |
|
9.19.- El contrato podrá ser prorrogado hasta por un periodo de 6 meses, en caso que, a su fecha de término, el nuevo proceso de contratación aún se encuentre en trámite.
En caso de prórroga, deberá efectuarse en los mismos términos y condiciones del contrato original, incluyendo la mantención de la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento y en las condiciones establecidas en los artículos 42 y 129 del D.S. N° 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
|
|
|
|
Modificación y término anticipado del contrato |
|
9.20.- El contrato podrá terminarse anticipadamente por las siguientes causas:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. Se entenderá por “incumplimiento grave”:
• No dar cumplimiento en la entrega o prestación del servicio de la forma requerida en las presentes bases.
• Llevar un atraso superior a 60 días corridos en la entrega del producto, sin causa justificada.
• Efectuar la cesión del contrato.
• La no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Dirección de Vialidad perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
c) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
d) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores adjudicatarios en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
e) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
f) Si se disuelve la empresa adjudicada.
g) Si el adjudicatario, sus representantes o personal dependiente, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
• Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
• Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
• Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
h) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes bases.
En el evento de verificarse alguna de las causales señaladas, la Contraparte Técnica deberá informar y solicitar a la Dirección de Vialidad que emita el acto administrativo correspondiente.
En estos casos de término anticipado, se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
En caso de término anticipado del contrato por causa imputable al contratista, se establece que la Dirección de Vialidad hará efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, salvo lo dispuesto en la letra c) anterior, sin derecho a indemnización.
9.20.1. Procedimiento Previo a la Declaración de Término Anticipado por mutuo acuerdo del contrato.
Las partes podrán poner término al contrato mediante notificación por escrito, con una anticipación no inferior a 10 días hábiles.
Si la empresa es la que notifica su intención de dar término anticipado del contrato al MOP, la Dirección de Vialidad hará efectiva la garantía correspondiente, en el caso de comprobarse incumplimiento del contrato.
Si es el MOP - Dirección de Vialidad, la que notifica el término anticipado de contrato dentro del plazo establecido, la empresa (contratista) no tendrá derecho a ningún tipo de indemnización.
9.20.2. Procedimiento de Término Anticipado del Contrato
El término anticipado del contrato deberá disponerse previa resolución fundada dictada al efecto. Sin perjuicio de la declaración de término anticipado del contrato, el oferente adjudicado deberá dar cumplimiento íntegramente al contrato hasta la notificación del referido término anticipado.
Los Proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico único para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales.
Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizadas e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras.
Para hacer efectivo el término anticipado del contrato, la resolución administrativa que declara el término anticipado deberá ser informada al proveedor mediante notificación electrónica (Art. 140 del Decreto 661/2024)
Una vez notificado el adjudicatario, éste dispondrá del plazo de 5 días hábiles, contados desde el día siguiente hábil desde la fecha de recepción del correo electrónico que le notifica el término anticipado del contrato, en dicho plazo el adjudicatario podrá presentar sus descargos.
Si vencido este plazo el contratista no presenta descargos, se hará efectivo el término anticipado de contrato de forma inmediata.
Si presenta descargos, la Dirección de Vialidad dispondrá de un plazo de 10 días hábiles no fatales, para pronunciarse respecto de aquellos.
En el evento de que los descargos sean rechazados, el oferente adjudicado podrá presentar recurso de reposición en el plazo de 5 días hábiles contados desde la fecha de notificación de la resolución respectiva, en conformidad a la ley N° 19.880.
Lo anterior es sin perjuicio de las multas que pudieren ser aplicables o el cobro de las garantías entregadas por el adjudicatario, encontrándose la Dirección de Vialidad facultada para hacerlas efectivas, según lo establecido en las Bases Administrativas y técnicas.
La Dirección de Vialidad conservará su derecho de interponer las acciones judiciales pertinentes para cobrar todos los perjuicios ocasionados.
En ninguno de estos casos, procederá el pago de indemnización alguna al proveedor adjudicado.
|
|
|
|
Multas, sanciones y procedimiento para su aplicación |
|
9.21.- La contraparte técnica deberá informar, por escrito, el incumplimiento al oferente para las medidas pertinentes, si existiesen multas relacionadas con la calidad o plazo de entrega del servicio adjudicado, de acuerdo con lo indicado en el Anexo Económico.
El incumplimiento o infracción por parte del adjudicatario de cualquiera de las obligaciones establecidas tanto en las Bases de Licitación como en el contrato que se suscriba, será causal de las multas que se indican a continuación:
MONTO MULTA (Porcentaje sobre monto facturado): 5% TIPO DE INFRACCIÓN: Por el incumplimiento en el tiempo de respuesta de los servicios adjudicados
CRITERIO DE APLICACIÓN: Por cada día de atraso TOPE: 10 días corridos.
9.21.1.- Incumplimiento del Tiempo de Respuesta
Se considerará la aplicación de una multa por incumplimiento del Tiempo de Respuesta en la ejecución del Servicio, entendiéndose como Tiempo de Respuesta el período de 48 hrs., desde la notificación del servicio a ejecutar.
La multa respectiva, de sucederse, será aplicable por cada día (corrido) de atraso superado el Tiempo de Respuesta.
La multa aplicable será equivalente al 5% diario respecto del valor total del o los servicios a ejecutar, impuesto incluido.
La ejecución de la multa se hará efectiva mediante deducción del monto facturado. Si el atraso en el Tiempo de Respuesta, superase 10 días corridos, el demandante podrá rescindir el contrato por incumplimiento, en el evento de que la responsabilidad sea imputable a la empresa proveedora.
No procederá el cobro de la multa señalada, si el incumplimiento se debe acaso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los Artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la Dirección de Vialidad, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el adjudicatario acredite el hecho que le impide cumplir.
En caso de que dicha multa supere el tope considerado, se realizará el término anticipado del contrato por incumplimiento grave.
9.21.2.- Procedimiento para la aplicación de multas
Detectado el incumplimiento que amerite la aplicación de multa, la Unidad Técnica deberá comunicar la situación a la Unidad de Gestión Presupuestaria, mediante Informe Técnico, adjuntando todos los antecedentes de respaldo.
1.- El incumplimiento será notificado al adjudicatario, mediante notificación electrónica, enviada por la Contraparte Técnica, al correo electrónico que el proveedor haya indicado como contacto al momento de presentar su oferta; donde se informará la infracción cometida, los hechos que la constituyen y la sanción que corresponda. Dicha comunicación se entenderá notificada al día hábil siguiente de su envío.
2.- A contar de la notificación señalada en el punto N°1, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. Dichos descargos y medios de prueba podrán ser presentados al correo electrónico: loredana.andrade@mop.gov.cl. El documento en que consten los descargos, deberá indicar expresamente como referencia el Número de oficio, donde conste la notificación de la multa.
3.- Vencido el plazo indicado en el punto N°2, sin que se hayan presentado descargos por parte del proveedor, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada.
4.- Si el proveedor presenta descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Dirección de Vialidad tendrá un plazo de 10 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, en base a los antecedentes recopilados, los cuales servirán de fundamento para respaldar la decisión de la Institución. La Dirección de Vialidad podrá libremente incorporar los medios de prueba que estime pertinente, siendo admisibles todos los medios de prueba que la ley franquea.
5.- El pronunciamiento por parte de la Dirección de Vialidad del MOP, ya sea, por rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor, deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada, la cual deberá detallar el incumplimiento de contrato, los descargos, la decisión de la institución y la sanción (si aplicara). Se notificará al proveedor vía correo electrónico. Dicha comunicación se entenderá realizada en las 24 horas posteriores a su envío.
6.- Recurso de Reposición: el proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en el punto N°5, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. La Dirección de Vialidad del MOP, tendrá un plazo no superior a 10 días hábiles para resolver el citado recurso.
7.- Resuelto los recursos, confirmando la multa o vencido el plazo para su interposición, si no repone de ella en el plazo antes indicado, la Dirección de Vialidad quedará facultada para cobrar de manera inmediata la multa mediante decreto fundado, remitiéndole copia de ella al adjudicatario.
8.- Todas las multas aplicadas serán descontadas de la factura correspondiente emitida por el proveedor.
9.- Con todo, el importe de la multa se aplicará hasta el tope de lo equivalente al tiempo de Respuesta de 10 días corridos. En caso de superar dicho monto se dispondrá el término anticipado.
10.- Por último, la resolución que aplica la multa será publicada como Evaluación del Comportamiento Contractual del Proveedor,en el portal Mercado Público.
|
|
|
|
Comisión Evaluadora |
|
9.22.- La Comisión Evaluadora de las ofertas estará integrada por 3 funcionarios de la Dirección de Vialidad Magallanes.
|
|
|
|
Prórroga del plazo de publicación |
|
9.23.- La fecha de cierre de la Licitación podrá ser modificada si no hubiere una cantidad suficiente de ofertas o por otra causal.
|
|
|
|
Inhabilidad para ofertar |
|
9.24.- El oferente no deberá ofertar si en los dos últimos años fue:
1.- Condenado por prácticas antisindicales.
2.- Condenado por infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores.
|
|
|
|
Cláusula económica |
|
9.25.- La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de desechar fundadamente ofertas asociadas al presente Convenio y optar por otras alternativas existentes en mercado.
|
|
|
|
Vigencia del Convenio |
|
9.26.- La vigencia del presente Convenio será de 12 meses a contar de la fecha de tramitación de la Resolución que apruebe el contrato firmado entre las partes.
|
|
|
|
Consultas mediante el Foro |
|
9.27.- Las consultas y respuestas efectuadas mediante el foro estando la licitación en estado "Publicada" serán consideradas en las presentes Bases.
|
|
|
|
ANEXOS Y DOCUMENTACIÓN SOLICITADA |
|
9.28.-
ANEXO A _ Declaración Jurada Simple, se debe firmar en Portal www.mercadopublico.cl.
ANEXO B _ Formulario oferta económica, se debe adjuntar en la oferta.
ANEXO C _ Bases Administrativas.
ANEXO D _ Bases Técnicas.
IMPORTANTE
Los ANEXOS antes mencionados se deberán adjuntar en la oferta con la información solicitada. Ante la omisión de cualquiera de ellos y, a todo oferente al cual se le faculte el ingreso del ANEXO omitido estando la Licitación en estado "Cerrada”, se le descontarán 5 puntos al puntaje final de su evaluación.
|
|
|
|