MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES. |
En caso de que exista empate entre dos o más oferentes, se privilegiará a quien haya obtenido el máximo puntaje hasta el máximo de decimales posibles durante la evaluación de las ofertas, se privilegiará a quien haya obtenido el máximo puntaje, primero en el Monto Total de la oferta, segundo lugar Experiencia del Oferente, tercer lugar Ubicación Geográfica y en el cuarto lugar Cumplimiento Requisitos Formales. Si el empate persiste se adjudica al oferte que primero hubiese ingresado su oferta al portal www.mercadopublico.cl considerando en primer lugar fecha y luego hora.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
i) El oferente adjudicado, además, se obliga a realizar el pago del registro de Chile Proveedores para quedar hábil como prestador del Estado, una vez transcurrido 15 días desde la emisión de la orden de compra.
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MECANISMOS PARA SOLUCION DE CONSULTA RESPECTO A LA ADJUDICACION |
Las consultas respecto a la adjudicación deberán ser dirigidas al correo de Christian Lama Maldonado Jefe(S) del Departamento de abastecimiento y Logística al correo: Christian.lama@redsalud.gob.cl en un plazo no mayor a 48 horas de publicada la notificación de adjudicación, indicando claramente su nombre, número telefónico y casilla de correo electrónico en el cual desea recibir su respuesta. El mandante responderá directamente al requirente a través de correo electrónico en un plazo no superior a 5 días hábiles y subir dicha consulta y respuesta como al portal mercado público para conocimiento de los demás oferentes participantes.
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INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN |
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
La oferta se declarará Inadmisible en los siguientes casos:
• La no presentación de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
• Si omite en la presentación de la oferta el Formulario N°6, Especificaciones Técnicas y Formulario N°7, Oferta Económica.
• No cumplimiento de las especificaciones técnicas según los criterios considerados en los Formularios respectivos.
• Si la oferta NO cumple con la totalidad de los criterios considerados como “criterios fundamentales” en el Formulario N°6.
• Proponer realizar la prestación fuera del establecimiento del mandante (CESFAM Lirquén). El CESFAM por su disposición física cuenta con el espacio, disponibilidad de box o de agenda en su horario de funcionamiento para realizar la prestación al interior del establecimiento.
• La no presentación de los Títulos de Profesionales a cargo de los procedimientos.
• Certificado de Inscripción de los Profesionales en la superintendencia de Salud.
• La no presentación de la Autorización Sanitaria vigente.
• Ofertar por un monto mayor al estipulado en las presentes Bases Administrativas.
Las demás causales que señala la ley 19.886 de Bases sobre contratos Administrativos de suministro y prestación de servicios y su reglamento, El decreto N°250 de fecha 09/03/2004 del Ministerio de Hacienda.
La declaración de Inadmisibilidad se traducirá el rechazo de la oferta.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO |
El contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y la aceptación de la Orden de Compra emitida a través del Sistema de Información Mercado Publico y su vigencia se extenderá por 12 meses, sin prejuicio de que lo requerido se pueda obtener en su totalidad antes de este periodo mencionado y en todo caso hasta el total e íntegro cumplimiento de las obligaciones contraídas, dependiendo de la disponibilidad Presupuestaria del CESFAM Lirquén que financia el Programa según corresponda a la prestación.
Clausula Renovación y Extensión:
La renovación del respectivo contrato quiere decir que se podrá renovar una vez y por un periodo igual o inferior al anterior, mientras se genera un nuevo proceso licitatorio, en ambos casos, si las dos partes tanto oferente como mandante están de acuerdo se podrán generara dichas clausulas, las clausulas se respaldaran mediante Resolución Fundada respectiva.
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SUPERVISION DEL CONTRATO. |
La Encargada de la supervisión del contrato será el respectivo referente técnico indicado en las EETT del CESFAM Lirquén o quien las subrogue o reemplace legalmente, en su defecto también podrá realizar la autorización la subdirectora Técnica del CESFAM o la Directora del CESFAM Lirquén o quien está designe, quien tendrá la responsabilidad de supervisar la correcta ejecución de los Servicios que se contraten y visará los documentos tributarios de pago a modo de conformidad o detectar alguna anomalía en la prestación hacer efectivas las multas y/ o sanciones que correspondan.
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DE LA FORMA DE PAGO |
Véase en las presentes Bases Administrativas en el numerando 21.
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SANCIONES Y MULTAS |
Véase en las presentes Bases Administrativas en el numerando 22.
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