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Resolución de Empates |
En caso de igualdad en el puntaje final, se adjudicará a la oferta con un mayor puntaje obtenido en Condiciones de Empleo; si en este caso, hay igualdad en el puntaje anteriormente indicado, se optará por la oferta que presente mayor puntaje en el criterio técnico correspondiente a la Permanencia en el Mercado. En caso de persistir el empate, el Servicio adjudicará la licitación a la oferta que primero se haya presentado en el Portal Mercado Público, según la información señalada en el comprobante de ingreso de ofertas.
En caso de persistir el empate, el SII adjudicará la licitación a la oferta que primero se haya presentado en el Portal Mercado Público, según la información señalada en el comprobante de ingreso de ofertas.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Una vez que se haya adjudicado la licitación, se dejará constancia de la decisión del Servicio mediante acto administrativo de adjudicación, según lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento de la Ley N° 19.886, contenido en el Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, el que será notificado mediante su publicación en el portal Mercado Público. La notificación de la resolución de adjudicación se entiende realizada luego de 24 horas transcurridas desde que el Servicio efectúe su publicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes bases de licitación, el Servicio informará en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
En caso de que los proveedores requieran hacer consultas sobre el acto de adjudicación, estas deberán ser remitidas dentro de los 5 días hábiles siguientes a su fecha de publicación en el Sistema de Información, al correo electrónico adquisiciones@sii.cl.
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Las obligaciones entre ambos sólo serán exigibles a partir de la total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato, salvo que, por razones de buen servicio, se indique un plazo distinto. Sin perjuicio de ello, todo pago se realizará previa tramitación del acto administrativo aprobatorio.
El Servicio declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases y declarará desierta una licitación cuando no se presentaren ofertas; cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Con anterioridad a la suscripción del contrato materia de la presente licitación, el SII revisará en el certificado de antecedentes laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, si el adjudicatario registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones, de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Si existen montos pendientes de pago, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. El Servicio exigirá que la empresa contratada proceda a dichos pagos, presentando los respectivos comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
El incumplimiento de esta obligación por parte del adjudicatario dará derecho a poner término al contrato respectivo, sin que genere la obligación de indemnizar, pudiendo el Servicio llamar a una nueva licitación.
Si el contratista subcontratare parcialmente algunas labores del contrato, el Servicio revisará igualmente el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales. El subcontratista estará sujeto a los mismos requisitos señalados en este punto.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Serán declaradas inadmisibles las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las Bases, o con las especificaciones técnicas contenidas en el punto III) Bases Técnicas. Asimismo, aquellas ofertas que presenten errores u omisiones cuya solicitud posterior al plazo de presentación de la oferta altera el tratamiento igualitario a todos los oferentes.
El Servicio no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las bases.
Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio se reserva el derecho de admitir ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores menores, siempre que éstos no alteren el tratamiento igualitario a todos los oferentes y el principio de estricta sujeción a las bases.
Asimismo, el SII, durante la etapa de evaluación, podrá solicitar a los oferentes:
1.
Que salven errores u omisiones formales en que han incurrido. Para estos efectos, no se considerará como un error formal los errores en el precio de la oferta.
2.
La presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refiera a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante que se soliciten a los oferentes no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Dichos errores u omisiones deberán ser corregidos en un plazo no superior a las 48 horas contadas desde el requerimiento del SII al respectivo oferente, el que se informará a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.
No se consideran errores y, por lo tanto, no se pedirá aclaración ni será considerados como un incumplimiento de requisitos formales: a) los errores ortográficos o gramaticales o la contracción o resumen de palabras, si de ello no puede derivarse dudas en cuanto al sentido de la palabra. Esta regla se aplicará aun cuando se trate de expresiones que constituyan una formalidad legal; b) errores u omisiones cometidos en la individualización de personas, clientes, trabajadores o representantes, si de ello no puede derivarse dudas en cuanto a la identidad de la persona de que se trata; c) los errores numéricos o de cifras o porcentajes, que manifiestamente no sean de carácter sustancial y; d)
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en general, las disconformidades no esenciales que existan entre los distintos documentos de la oferta, siempre que no pudiere derivarse dudas del aspecto al que se refieren.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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