1.
Características
de la licitación
Nombre
de adquisición: Servicio de Coffe Break para
el XVI Congreso Chileno de Psicología.
Descripción:
La
necesidad de contratar Servicio de Coffe Break para
el XVI Congreso Chileno de Psicología, a realizarse los días 26, 27 y 28 del
mes de octubre del presente año.
Tipo
licitación: Licitación pública igual o superior a 100 UTM y menor a 1000 UTM
con Orden de Compra
Tipo
convocatoria: Abierta
Moneda:
pesos chilenos (CLP)
Etapas
del proceso de apertura: Una etapa (Etapa de apertura electrónica)
Opciones
de pago: Transferencia electrónica, Vale Vista
Presupuesto
disponible: $8.800.000.- IVA incluido.
Las ofertas que excedan el presupuesto disponible serán declaradas inadmisibles
2. Antecedentes
básicos del organismo demandante
Razón
Social: Universidad de Valparaíso
Unidad
de compra: Facultad de Ciencias Sociales
R.U.T.:
60.921.000-1
Comuna:
Valparaíso
Región
en que se genera la adquisición: Valparaíso
3.
Etapas
y plazos
a)
Fecha
inicio de preguntas:
Desde
la publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl
b)
Fecha
final de preguntas
Al
2º día corrido posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl.
c)
Fecha
publicación de respuestas
Al
3° día corrido posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal
www.mercadopublico.cl.
d)
Fecha
de cierre recepción de ofertas
Al
5° día corrido posterior a la fecha de publicación del llamado a las 17:00 hrs.
e)
Fecha
acto de apertura
El
mismo día del cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.
f)
Plazo
de Evaluación de Ofertas
Hasta
30 días corridos desde la apertura de ofertas.
g)
Fecha
de adjudicación
Hasta
60 días corridos posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el
portal www.mercadopublico.cl.
En
el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, la
Universidad informará mediante nota aclaratoria en el Sistema de Información de
Compras Públicas las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo para
adjudicar, e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
4. Modalidad de
aclaraciones y modificaciones de las bases
a) Preguntas y
respuestas
Los interesados en participar en
la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones
dentro de los plazos señalados en la cláusula 3 de estas bases. Las preguntas
deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. La Universidad
pondrá las preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados,
a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor
de las preguntas, dentro del plazo señalado en las presentes bases.
Las
preguntas y respuestas deberán estar relacionadas estrictamente con el proceso
licitatorio y las bases que la regulan.
Las
preguntas no podrán ser de carácter genérico.
Cuando
la información solicitada esté permanentemente a disposición del público, o lo
esté en medios impresos tales como libros, compendios, folletos, archivos
públicos de la Administración, así como también en formatos electrónicos
disponibles en internet o en cualquier otro medio, se comunicará al oferente la
fuente, el lugar y la forma en que puede tener acceso a dicha información.
b) Modificaciones
a las bases
Se
podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia
o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante
el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para
presentar ofertas.
Las
modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio Web
www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las
bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación
del acto administrativo que las apruebe.
Las
aclaraciones que se efectúen se entenderán que forman parte de las presentes
bases.
Junto
con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para
el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes
puedan adecuar sus ofertas.
5.
Requisitos
mínimos para participar
No
haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos
fundamentales del trabajador dentro de los dos últimos años anteriores a la
fecha de presentación de las ofertas o por delitos concursables establecidos en
el Código Penal.
Esto
se acreditará mediante la declaración jurada que deben presentar los
interesados en participar en la presente licitación, sin perjuicio de las
facultades de este organismo para verificar esta información, en cualquier
momento, a través de Chileproveedores.
6. Requisitos y
condiciones que deben cumplir los oferentes para que sus ofertas sean aceptadas.
c)
Antecedentes
para incluir en la oferta
i.
Documentos
administrativos
ANEXO
1:
Formulario de datos del oferente. (Obligatorio si no se encuentra inscrito en
registro Chileproveedores)
ANEXO 2: Declaración
jurada de aceptación de condiciones. (Obligatorio)
ii.
Documentos
económicos
ANEXO
3:
Oferta económica. (Obligatorio)
iii.
Documentos
técnicos
ANEXO 4: Oferta técnica.
(Documento que describa las características técnicas del producto/servicio
ofertado. Obligatorio).
ANEXO 5: Experiencia
(obligatorio)
d)
Condiciones
para aceptar ofertas
Las únicas ofertas válidas, serán las
presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl dentro de los plazos
indicados en punto “etapa y plazos” de las presentes bases.
No se aceptarán ofertas que se
presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, excepto en las
situaciones previstas en el artículo 62 del Reglamento de la ley N° 19.886.
Tratándose de las situaciones previstas
en el artículo 62 del Reglamento de la ley N° 19.886, solo se considerarán las
ofertas que ingresen a la oficina de partes de la Universidad ubicada en Blanco
1829, Valparaíso.
En el evento de indisponibilidad
técnica contemplado en el artículo 62 Nº2 Reglamento de la ley N° 19.886, los
oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha
del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus
ofertas fuera del sistema de Información en la Oficina de partes de la
Universidad mencionada precedentemente.
Todos los antecedentes y
certificaciones mencionadas en los anexos deberán ser enviados a través del
Sistema www.mercadopublico.cl,
junto con los anexos.
En los casos que se solicite
suscripción de los anexos cuyos formatos se adjuntan en bases de licitación,
estos deberán ser suscritos por los oferentes personas naturales o por los
representantes legales de los oferentes, en el caso de que éstos sean personas
jurídicas.
Los oferentes deben constatar que el
envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal www.mercadopublico.cl
haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los
archivos anexos requeridos, para ello se debe verificar el posterior despliegue
automático del "Comprobante de Envío de Oferta" que entrega el
Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
Será responsabilidad de los oferentes
adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus
ofertas.
En el acto de evaluación de las
ofertas, no será considerada información adicional adjuntada por el Proveedor
que no esté contemplada en las presentes bases de licitación.
En
el caso que lo indicado en los formularios anexos obligatorios sea diferente a
lo ingresado en la Ficha de la Adquisición del portal, prevalecerá lo informado
en los Anexos obligatorios.
Las ofertas deberán mantener su
vigencia hasta la fecha de aceptación de la Orden de Compra.
La Universidad de Valparaíso se reserva
el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no
cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin
perjuicio de la facultad de la Universidad de solicitar a los oferentes que
salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la
normativa de compras públicas y en las presentes bases.
Las ofertas técnicas y/o económicas
deberán ser puras y simples y en ningún caso podrán estar asociadas a
beneficios de ninguna especie (por ejemplo: promociones, productos 2 x 1,
dádivas, regalos, entrega de productos en comodato y otros similares) ni
sometidas a condición alguna para su adjudicación. La sola mención en la oferta
de alguna de las circunstancias señaladas será causal suficiente para
declararla inadmisible.
Las ofertas técnicas deberán ser
integras, completas y claras, de manera que permitan facilitar de manera más
precisa e inequívoca la información que es materia de evaluación, no siendo
aceptable la pura y única afirmación del oferente del cumplimiento de las
condiciones requeridas.
7.
Antecedentes
legales para poder ser contratado
a) Persona Natural
· Encontrarse Inscrito en ChileProveedores.
· Declaración jurada simple, según formato Anexo N° 2, que acredite que
no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4°
de la ley N° 19.886.
· Fotocopia simple de cédula de identidad persona natural que deberá
Acreditar en ChileProveedores.
b) Persona
Jurídica
• Encontrase
Inscrito en ChileProveedores.
• Declaración
jurada simple, según formato Anexo N° 2, que acredite que no se encuentra en
ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4° de la ley N°
19.886.
• Certificado
de vigencia del poder del representante legal; o bien, cualquier otro
antecedente legal que acredite la vigencia del poder del Representante legal.
• Certificado
de Vigencia de la Sociedad.
Tratándose
exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos
del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en los
artículos 8° y 10° de la Ley 20.393.
Los
antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del
oferente que resulte adjudicado y deberán estar disponibles en ChileProveedores
o bien ser entregados físicamente o enviados por correo certificado a la
Universidad en Blanco 1829, Valparaíso dentro de los 30 días hábiles contados
desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
En
caso que el adjudicatario no esté inscrito en el registro electrónico oficial
de contratistas de la administración, ChileProveedores, deberá inscribirse
dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la
resolución de adjudicación totalmente tramitada.
8.
Naturaleza y
monto de las garantías requeridas
a) Garantía
Seriedad de Oferta
No
se requiere
b)
Garantía
Fiel de Cumplimiento de Contrato
No
se requiere
9.
Evaluación
y adjudicación de las ofertas
a)
Criterios
y procedimiento de evaluación de las ofertas
Todos
los puntajes de los criterios tendrán una escala de evaluación de 0 a 10 puntos.
Estos
criterios son:
i.
Tipo
criterio: Económico
Descripción: Precio
Ponderación del puntaje final: 60%
Forma de cálculo: Con una escala de
evaluación de 0 a 10 puntos, se evaluará con mayor calificación (máximo 10
puntos) la propuesta que oferte el menor precio, el puntaje se calculará de
acuerdo a la siguiente fórmula:
Puntaje = (Precio Menor/Precio oferta)
x 10.
ii.
Tipo
criterio: Técnico 1
Descripción: Experiencia del
oferente
Ponderación del puntaje final: 29%
El presente
criterio agrupará los tipos de eventos de acuerdo a lo siguiente:
Evento Tipo
A: Corresponde a la experiencia en servicio de catering simultáneo (más de 500
personas)
Evento Tipo
B: Corresponde a la experiencia en servicio de catering no simultaneo (menos de
500 personas)
Con una
escala de medición de 0 a 10 puntos, la experiencia del oferente se mediará de
acuerdo lo siguiente
1. Puntaje
criterio = 10 si presenta experiencia en dos eventos Tipo A
2. Puntaje
criterio = 7 si presenta experiencia en un evento Tipo A y un evento Tipo B.
4. Puntaje
criterio = 3 si presenta experiencia un evento Tipo A
5. Puntaje
criterio = 1 si presenta experiencia en un evento Tipo B
6. Puntaje
criterio = 0 si no presenta experiencia o no acredita experiencia
● Como máximo deberá indicar experiencia en 2
instituciones diferentes, acreditando cada una con su respectivo contrato y/o factura.
De contar sólo con factura, ésta debe estar visada por la institución (timbre y
firma o correo de aceptación).
● Las ofertas que declaren y no adjunten lo solicitado
serán evaluadas con 0 puntos.
● Las facturas deberán corresponder a cada contrato.
● La experiencia declarada deberá corresponder a los
últimos 5 años.
- Tipo
criterio: Administrativo 1
Descripción: Cumplimiento de
requisitos formales
Ponderación del puntaje final: 1%
Forma de cálculo: En virtud del
artículo 40, inciso 2°, del Reglamento de la ley N° 19.886, se medirá este
criterio según los siguientes parámetros:
● Cumple con los requisitos formales de presentación de
oferta con anterioridad del plazo de cierre de ofertas: 10 puntos
● Cumple con los requisitos formales de presentación de
oferta dentro del plazo de requerimiento de la entidad: 0 puntos.
● No cumple con los requisitos formales de presentación de
oferta: La oferta será inadmisible
Descripción: Comportamiento
Empresa
Ponderación del
puntaje final: 10%
Forma de cálculo: Con una escala
de evaluación de 0 a 10 puntos, se evaluará de la siguiente manera:
Se consultará la Ficha del
proveedor en portal Mercado Publico la sección Comportamiento contractual con
relación a las sanciones por incumplimiento recibidas, el puntaje se asignará
de la siguiente manera:
● Si no existen sanciones por incumplimiento recibidas: 10 puntos
● Si existen 1 sanción por incumplimiento recibida: 8 puntos
● Si existen 2 sanciones por incumplimiento recibidas: 4 puntos
● Si existen 3 o más sanciones por incumplimiento recibidas: 0 puntos
El
puntaje final de la suma ponderada de los criterios de evaluación de cada
oferta se expresará utilizando dos decimales, aplicando regla de redondeo
b)
Solicitud
de aclaraciones y antecedentes de las ofertas
Una
vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Universidad podrá
solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y
cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos
oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto
es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de
igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los
oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
Se
permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los
oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que
dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a
situaciones NO mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y
el periodo de evaluación.
Los
oferentes tendrán un plazo máximo de 24 horas corridas, establecidas en el foro
de Aclaración de ofertas, contados desde la notificación del respectivo
requerimiento, para responder a lo solicitado por la Universidad o para
acompañar los antecedentes requeridos por ésta.
La
Universidad no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez
vencido dicho plazo.
Las
aclaraciones de las ofertas no podrán modificar los elementos esenciales de la
oferta, especialmente los que determinan admisibilidad y los elementos que
forman parte de los criterios de evaluación, exceptuándose de esta condición
las aclaraciones que se refieran a errores aritméticos.
c)
Conversión
de monedas de las ofertas
Para
la conversión de monedas se considerará como fuente de datos la base de datos
estadística del Banco Central del Chile, que se accede a través de su sitio
web. Se considerará la fecha de cierre de recepción de ofertas para efectuar
toda conversión de monedas.
d)
Adjudicación
de ofertas
La
Universidad declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no
cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de
licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que
salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la
normativa de compras públicas y en las presentes bases.
La
Universidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no
se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas
declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución
fundada.
La
licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje,
de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidos en
las presentes bases, a través de una resolución que será publicada en
www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
e)
Concordancia
entre el producto ofertado y el producto entregado
El
proveedor que resulte adjudicado deberá siempre entregar el tipo de producto
y/o servicio de acuerdo a la especificación técnica que haya declarado en su
oferta.
f)
Resolución
de empates en puntajes de ofertas
En
caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá
adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio Precio.
Si
aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha
situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor
puntaje en el criterio Experiencia del
oferente.
De
persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor
puntaje en el criterio Comportamiento empresa.
Finalmente,
y en caso de persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese
obtenido el mayor puntaje en el criterio Cumplimiento
de Requisitos formales.
Solo
para la resolución de empates el puntaje los criterios de evaluación cada
oferta se expresará utilizando tres decimales, aplicando regla de redondeo.
Entre
aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar todos los criterios
anteriores, se preferirá a aquel que primero haya ingresado su oferta en el
portal, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes
de ingreso de oferta.
g)
Notificación
de la adjudicación de oferta
Una
vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se
procederá a notificar dicha decisión a los adjudicatarios, mediante su
publicación en el sistema www.mercadopublico.cl.
h)
Resolución
de consultas respecto de la adjudicación
Si
luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese consultas
respecto de la adjudicación, deberán ser enviadas en el plazo de 10 días
corridos contados desde la total tramitación de la resolución adjudicatoria, a
través del Sistema de Información.
La
Universidad dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar
respuesta a dichas consultas.
i)
Re-adjudicación
Si
el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los
antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra, no entrega
los productos o modelos indicados en su oferta, o no se inscribe en Chileproveedores
en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante
podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de
acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente,
a menos que, de acuerdo a los intereses de la Universidad, se estime
conveniente declarar desierta la licitación.
j)
Validez
de la oferta
De
conformidad a lo dispuesto en las letras precedentes, las ofertas deberán
mantener su vigencia hasta la fecha de aceptación de la Orden de Compra según
sea el caso.
En
el caso que el oferente adjudicado desistiera de su oferta, esto habilitará a
la Universidad de Valparaíso a informar del incumplimiento a la Dirección de
Compras Públicas.
k)
Aplicación
de redondeo de decimales
Si
el siguiente decimal es menor que 5, el anterior no se modifica. Ejemplo: Al
expresar el número 1,344 utilizando dos decimales, aplicando la regla de
redondeo, el resultado es 1,34
Si
el siguiente decimal es mayor o igual que 5, el anterior se incrementa en una
unidad. Ejemplo: Al expresar el número 1,345 utilizando dos decimales,
aplicando la regla de redondeo, el resultado es 1,35
l)
Interpretación
de las bases
Las
bases, así como el contrato, se interpretarán en forma armónica, de manera que
exista entre todos ellos la debida correspondencia.
Todos
los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido
de la más perfecta ejecución del contrato, de acuerdo con las reglas de la
ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate.
En
caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las bases
por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier
falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatarios en la obtención de
información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no
los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios
para la elaboración y desarrollo de su propuesta o ejecución del contrato. Por
lo tanto, serán del cargo del oferente todos los costos en que incurran para
corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e
interpretación de la información disponible o que se obtenga.
Para
efectos de esta Licitación toda interpretación de las bases será resuelta por
el Rector de la Universidad de Valparaíso, sin perjuicio de las facultades de
la Contraloría General de la República
10. Condiciones
contractuales y otras cláusulas
a)
Definiciones
Caso fortuito y
fuerza mayor:
se configura el caso
fortuito o la fuerza mayor cuando concurren copulativamente los siguientes
elementos: a) la inimputabilidad del hecho, esto es, que provenga de una causa
totalmente ajena a la voluntad del afectado, quien no debe haber contribuido en
forma alguna a su ocurrencia; b) la imprevisibilidad del hecho, es decir, que
no se haya podido prever dentro de cálculos ordinarios o corrientes, y c) la
irresistibilidad del hecho, vale decir, que no se haya podido evitar ni aún en
el evento de oponerle las defensas idóneas para lograr tal objetivo.
Incumplimiento grave: Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución
parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones del contrato, descritas
en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de
responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Universidad un
perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones, especialmente
durante el horario y días de funcionamiento normal de la Universidad cuando se
imparta docencia o cuando se pueda comprobar de manera fehaciente que se haya
afectado la ejecución o haya impedido el logro de algunos de los objetivos de
un proyecto de investigación o extensión y esto genere un perjuicio económico a
la institución.
Incumplimiento reiterado: se entenderá por incumplimiento reiterado aquella que
ocurra al menos dos veces durante la vigencia del contrato, con una diferencia
menor o igual a 7 días entre eventos de incumplimiento.
Atraso
injustificado: Se
entenderá como el simple retardo de la ejecución de lo contratado que provenga
de acciones u omisiones o errores del proveedor durante la duración del contrato y que tengan
relación con eventos previsibles.
Interrupción injustificada: Se entenderá como la
paralización total o parcial de lo contratado que provenga de acciones u
omisiones o errores del proveedor durante la duración del contrato y que tengan
relación con eventos previsibles
b)
Plazo
de suscripción del contrato
Debido
a que el monto adjudicado resultará inferior a 1.000 UTM, bastará la Orden de
Compra, que una vez aceptada suplirá el contrato. El Plazo máximo de aceptación
de la orden de compra por parte del adjudicado es de 10 días corridos.
c)
Contenido
del contrato
La
oferta adjudicada se entenderá como parte de lo adquirido.
La
oferta no podrá contener cláusulas que contravengan los principios de
continuidad del servicio y de eficacia, contenidos en los artículos 3° y 28, y
5°, respectivamente, de la ley N° 18.575, de Bases Generales de la
Administración del Estado.
Las
estipulaciones contempladas en el contrato suplido por la orden de compra, no
podrán restringir las facultades propias de la Administración del Estado ni
pueden traducirse en renuncias a derechos y acciones que no estén permitidos en
el ordenamiento jurídico.
d)
Modificación
de lo contratado
Se
podrá modificar el contrato.
Además
de las causales contempladas en el artículo 77 del Decreto Nº 250 de 2004, del
Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley Nº 19.886, se establecen las
siguientes:
i.
Por
mutuo acuerdo.
ii.
En
el caso fortuito o la fuerza mayor.
iii.
En
el caso de obsolescencia técnica o funcional de los productos o servicios
adquiridos.
En
el caso de servicios, si la Universidad requiera el aumento o disminución de
cobertura y alcance del servicio conforme a lo establecido en las bases, para garantizar
la continuidad y calidad de este. Toda modificación no podrá superar el 30% del
total del original del servicio, impuestos incluidos.
e)
Término
anticipado del contrato
Además
de las causales contempladas en el artículo 77 del Decreto Nº 250 de 2004, del
Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley Nº 19.886, se establecen las
siguientes:
- Por mutuo acuerdo.
ii.
Si se disuelve la empresa
adjudicada.
iii.
Por el incumplimiento reiterado
de las obligaciones contraídas por el adjudicatario.
- Si la empresa es multada o infraccionada 3 veces por cualquier
autoridad externa conforme a la normativa aplicable.
v.
En el caso de atrasos, por atraso
por más de cinco días corridos en su ejecución que no haya sido causada por
fuerza mayor o justificada plenamente.
vi.
En el caso de incumplimientos,
por cualquier interrupción en la ejecución que dure más de tres días corridos
que no haya sido causada por fuerza mayor o caso fortuito.
vii.
En el caso de servicios, por la
interrupción por más de 60 días por cualquier causa.
viii. Si el adjudicatario, sus representantes, o el
personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético
exigible, durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas
corruptas, tales como:
●
Dar u ofrecer obsequios, regalías u
ofertas especiales al personal adscrito a la Universidad, que pudiere implicar
un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario
y la Universidad.
●
Dar u ofrecer cualquier cosa de
valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante
la ejecución del contrato objeto de la presente licitación.
●
Tergiversar hechos, con el fin de
influenciar la ejecución del contrato.
El
proveedor no podrá dar término anticipado del contrato de manera unilateral,
sin perjuicio de que la Universidad pague por los servicios efectivamente
prestados y aplique las multas que en derecho correspondan.
El
procedimiento a aplicar para el término anticipado del contrato será el
indicado en el punto “Multas y Procedimiento para aplicación”.
f)
Vigencia
del contrato y posibilidad de renovación
Debido
a que el monto adjudicado resultará inferior a 1.000 UTM, bastará la Orden de
Compra, que una vez aceptada suplirá el contrato.
El
contrato no tendrá posibilidad de renovación.
g)
Plazos
y condiciones de entrega
El servicio debe ser distribuido en tres pisos de la facultad de la
siguiente manera:
-
Día 26 de octubre atención
para 500 horario PM
-
Día 27 de octubre atención
para 500 personas horario AM y 500 personas horario PM
-
Día 28 de octubre atención
para 500 personas horario AM
h)
Multas
y Procedimiento para Aplicación
Cada
vez que el adjudicado incurra en los incumplimientos definidos en el presente
pliego de condiciones, la Universidad podrá aplicar administrativamente multas,
salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán
ser justificados por el proveedor ante la contraparte técnica.
i.
Procedimiento
de aplicación
Cuando
se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estas bases sean
constitutivos de multa, la contraparte técnica notificará esta circunstancia al
adjudicado, indicando en forma precisa los hechos que se imputan. El proveedor
dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su
notificación, para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando
los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y entregado en la
Oficina de partes ubicada en Blanco 1829, comuna de Valparaíso.
Una
vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una
vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin que el contratista haya
formulado descargos, la contraparte técnica informará esta situación a la
Dirección de Administración y Logística solicitando la aplicación de la multa,
en caso de que ello sea procedente.
La
multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada publicando el
acto administrativo en la Plataforma Mercado Publico, entendiéndose notificado
el proveedor con sólo esta publicación. El contratista podrá interponer recurso
de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del
plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación, por
escrito y entregado en la Oficina de Partes en Blanco 1829, comuna de
Valparaíso. La Universidad resolverá la reposición presentada mediante acto
administrativo en un plazo de hasta 20 días hábiles, acogiendo total o
parcialmente los fundamentos dados por el contratista, o bien, la rechazará
confirmando la multa aplicada, publicando el acto administrativo en la
Plataforma Mercado Publico sin perjuicio de los demás recursos que contempla la
ley N° 19.880, que sean procedentes.
ii. Causales y monto de las multas.
Para
los efectos de la aplicación de multas, la causal que puede originarlas es la
siguiente:
Atraso
en la entrega de productos o comienzo de servicios: 1 UF por día corrido de
atraso
Nota:
La U.F. (unidad de fomento) aplicable, será la pertinente al día del pago
efectivo.
Las
multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que
individualmente considerada la haga procedente.
En
todo caso, las multas se aplicarán solamente hasta alcanzar en total, en forma
acumulada, un 30% del valor total del contrato.
iii. Pago de multas
El
contratista podrá pagar las multas directamente en el departamento de Finanzas
de la Universidad, debiendo otorgársele recibo para tal efecto. En caso
contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con
reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ella, será
descontado del pago siguiente.
i)
Del
pago de servicios prestados y/o productos entregados
Los
documentos tributarios serán pagados en un plazo no superior a 30 días, desde
la recepción conforme del documento, siempre que el documento cumpla con todos
los requisitos indicados en el procedimiento de pago, ya que de caso contrario
el documento de cobro será devuelto al adjudicatario.
La Universidad
se reserva el derecho de revisar los antecedentes presentados.
El
proveedor deberá indicar el número de Orden de Compra en la factura.
El
proveedor deberá facturar toda vez que sean recibidas conforme la totalidad de
los servicios y/o productos.
Los
pagos que se generen con imputación a presupuestos futuros sólo procederán en
la medida que exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones
previstas para esos desembolsos.
j)
Coordinador
por parte del proveedor adjudicado
El
proveedor adjudicado deberá nombrar un Coordinador de contrato, cuya identidad
deberá ser informada a la Universidad de Valparaíso.
En
el desempeño de su cometido, el Coordinador de contrato deberá, a lo menos:
i.
Informar oportunamente a la
Universidad de Valparaíso de todo hecho relevante que pueda afectar el
cumplimiento del contrato.
ii.
Representar al Proveedor, en la
discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
iii.
Coordinar las acciones que sean
pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
La
designación del coordinador y todo cambio relativo a este deberá ser informado
a la Universidad de Valparaíso a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de
efectuado la designación o cambio. La Universidad de Valparaíso podrá rechazar
o aprobar dicha designación. En caso de rechazo, el proveedor deberá nombrar
otro coordinador y seguir el mismo procedimiento señalado precedentemente.
k)
Supervisión
y coordinación del contrato por parte de la Universidad
La
Universidad definirá un administrador de contrato que será quien ejercerá las
siguientes funciones:
i.
Supervisar, coordinar y
fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para
el oportuno cumplimiento del contrato.
ii.
Coordinar las acciones que sean
pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
iii.
Dar visto bueno y recepción
conforme de los productos y/o servicios, como también la tramitación de pagos y
sanciones.
Las
demás que le encomiende el presente instrumento
l)
Pacto
de integridad
El
oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente
licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a
cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas en el
mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de
licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el
suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y
exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente
los siguientes compromisos:
i.
El oferente se obliga a no
ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de
licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente
se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras
personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y
ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
ii.
El oferente se obliga a no
intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos
acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en
cualquier de sus tipos o formas.
iii.
El oferente se obliga a revisar y
verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos
del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias
para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y
vigencia de la misma.
iv.
El oferente se obliga a ajustar
su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, buenas costumbres y
transparencia en el presente proceso licitatorio.
v.
El oferente manifiesta, garantiza
y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las
bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de
ellos se derivase.
vi.
El oferente se obliga y acepta
asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
vii.
El oferente reconoce y declara
que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con
información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la
realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las
condiciones y oportunidad ofertadas.
viii. El oferente se obliga a tomar todas las
medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas
sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se
relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación,
incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos
correspondientes.
m)
Acreditación
de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Durante
la vigencia del respectivo contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante
la presentación del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y
Previsionales (Ley de Subcontratación), emitido por la Dirección de Trabajo,
que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad
social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los
últimos dos años. Estos certificados deberán ser presentados al cumplirse la
mitad del período de ejecución del contrato, o cada seis meses de vigencia de
éste. Sin perjuicio de ello, la Universidad también podrá solicitar al
adjudicatario, en cualquier momento, la presentación de estos certificados de
la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para
acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.
Con
todo, el respectivo adjudicatario deberá acreditar, al término del
correspondiente contrato, el cumplimiento del pago de remuneraciones y
cotizaciones de seguridad social en los términos descritos, a través de los
certificados o antecedentes respectivos.
n)
Domicilio
para efectos legales
Para
todos los efectos legales que se deriven del contrato, las partes fijan su
domicilio en la comuna de Valparaíso y se someten a la competencia de sus
Tribunal Ordinarios de Justicia.