Resolución de Empates |
Servicios:
1) Si se mantiene el empate, se desempatará con aquel oferente que obtenga la mejor calificación en la asignación de Experiencia del Oferente.
2) Si se mantiene el empate, se desempatará con aquel oferente que tenga la mejor evaluación en la asignación de Plazo de Ejecución.
3) Si se mantiene el empate, se desempatará con aquel oferente que obtenga la mejor calificación en la asignación de Garantía del Servicio.
4) Si se mantiene el empate, se desempatará con aquel oferente que halla ingresado primero la oferta en el portal.
Productos:
1) Si se mantiene el empate, se desempatará con aquel oferente que obtenga la mejor calificación en la asignación de Garantía del Producto.
2) Si se mantiene el empate, se desempatará con aquel oferente que tenga la mejor evaluación en la asignación de Calidad del Producto.
3) Si se mantiene el empate, se desempatará con aquel oferente que obtenga la mejor calificación en la asignación de Plazo de Entrega.
4) Si se mantiene el empate, se desempatará con aquel oferente que halla ingresado primero la oferta en el portal.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Según lo establecido en el artículo 22, punto 9, del Decreto 250 de Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la ley nº19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. Respecto al registro de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social.
Las empresas participantes en la licitación deberán contar con la totalidad de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social pagadas en la fecha legalmente establecida en la normativa vigente. Al momento de firmar contrato, el oferente adjudicado deberá presentar un certificado emitido por la Inspección del Trabajo que informe sobre deudas ejecutoriadas y deudas previsionales para con sus trabajadores, y carta firmada por los trabajadores que prestará servicio en el Hospital que certifique que el adjudicatario no mantiene saldos insolutos de remuneraciones para con ellos. En caso que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante deberá presentar la certificación mencionada al tiempo de firmar contrato. En caso que el certificado y/o carta, arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato adjudicado, deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Para lo cual el Hospital deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planilla que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada dará derecho a término anticipado al respectivo contrato, y publicar el “incumplimiento del contrato” en la ficha de licitación del oferente adjudicado. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la Ley N° 20.123.
El Hospital exigirá a la empresa adjudicataria, que presente junto a la factura correspondiente al mes que prestó los servicios convenidos, los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de estas obligaciones. El incumplimiento de estas obligaciones por parte la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar, esto según lo establecido en el artículo 22, N°9, del decreto N° 250, de 2004.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Luego de aceptadas las ofertas, la Comisión de Evaluación podrá solicitar a los oferentes que aclaren errores u omisiones formales, quienes deberán responder dentro del plazo de 48 horas siguientes de formulada la solicitud, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública Mercado Público.
La omisión, distorsión o falsificación de alguno de los antecedentes requeridos por las Bases o de la información entregada en la oferta, facultará al Hospital “Dr. Juan Noé Crevani” para rechazar la oferta correspondiente, sin perjuicio de que podrá hacer efectiva la Garantía de la Boleta por Seriedad de la Oferta e indicar las acciones legales que el Hospital “Dr. Juan Noé Crevani” pueda ejercer en su contra si el caso o la falta lo amerita.
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