Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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ESPECIFICACIONES TECNICAS |
ARTÍCULO Nº 4: ESPECIFICACIONES SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE LOS PRODUCTOS, ENTREGA Y COMPRA DE EXAMENES.
Para la solicitud de los productos se solicitarán mediante orden de pedido o correo electrónico al proveedor adjudicado, deben entregar los productos a Laboratorio Clínico según plazo ofertado en Anexo N°4, el proveedor adjudicado debe despachar según lo solicitado, no puede existir quiebre de stock, de ser así, se cursara multa de acuerdo a lo en las Bases Administrativas o bien si los retrasos son reiterativos se dará termino al contrato según corresponda. La entrega de los productos debe ser con Guía de Despacho.
Se emitirán ordenes de compras mensualmente de los exámenes realizados donde tendrá una validación de los Referentes Técnicos con el Proveedor, es decir se emitirá la orden de compra por test reportado por CR Laboratorio Clínico.
ARTÍCULO Nº 5: GARANTÍA DE ENTREGA
El proveedor estará obligado a garantizar el despacho permanente del insumo, aun en caso fortuito o fuerza mayor, cada vez que se requiera por parte del Hospital, de acuerdo a con lo especificado en las presentes bases, contrato u orden de compra.
En caso de no existir posibilidad de entrega del insumo, esta será de responsabilidad exclusiva y del cargo del proveedor abastecer los requerimientos del Hospital en los plazos establecidos en las presentes bases.
ARTÍCULO Nº 6: SERVICIOS POST VENTA
ARTÍCULO Nº 6.1: CONDICIONES GENERALES
Los oferentes del equipo deberán ofrecer un servicio técnico ágil y oportuno que asegure la continuidad en la operación y la calidad de los procedimientos de los exámenes.
El servicio técnico deberá encontrarse autorizado por el representante o fabricante de cada uno de los equipos que se señale en la oferta. Para estos efectos, el oferente deberá adjuntar el certificado de autorización extendido por la empresa de los que son originarios estos equipos, en forma individual.
El soporte técnico deberá ser rápido y expedito, dando respuesta a las dudas y requerimientos según las bases técnicas.
Laboratorio Clínico podrán comunicarse directamente con el adjudicatario para la asistencia técnica.
Sin embargo, los Laboratorios deberán avisar a referentes técnicos y registrar la visita. El proveedor deberá emitir un informe técnico de lo realizado y enviar informe a la Unidad de Equipos Médicos.
Los equipos asociados deberán ser nuevos y automatizados y de reciente fabricación según el detalle siguiente:
• Los equipos deben ser instalados con UPS y estabilizador de energía, que permita mantener operativo el equipo cuando haya corte de suministro eléctrico, por al menos 60 minutos.
• La empresa deberá hacer entrega de 3 manuales del equipo en formato digital en español (formato CD/DVD o memoria flash)
• Todas las ofertas deberán ser acompañadas de catálogos ilustrativos de los equipos ofrecidos, en idioma español o con su respectiva traducción.
• Manuales de operaciones.
• La empresa deberá incluir la actualización del equipamiento, computadores o software en caso de contar con tecnología de última generación y/o que mejore el desempeño de los procesos relacionados, sin variación en los precios.
• Manuales Técnicos: Los que deberían incluir a lo menos los siguientes aspectos:
• Niveles de mantenimiento.
• Teoría de operación.
• Descripción de diagramas en bloque.
• Descripción del funcionamiento de cada bloque. Ubicación física de las partes.
• Listado completo de partes y su descripción. Procedimiento de mantención preventiva.
• Procedimiento de ajuste y calibración.
• Verificación de funcionamiento y calibración. Prevención de riesgos en el mantenimiento.
• Especificaciones técnicas
UPS que permita mantener el equipo en óptimas condiciones frente a eventuales fluctuaciones de voltaje o cortes de energía eléctrica, mantener el funcionamiento del equipo, en espera de que se reponga el suministro de energía.
La instalación del equipamiento en las dependencias del Laboratorio Clínico lo realizará el oferente y si para ello requiere modificar la estructura física deberá trabajar bajo supervisión técnica de personal del Hospital y será de costo de la empresa oferente.
El ingreso y salida de los equipos deben ser formalizados a través de la Unidad de Equipos Médicos del Hospital con guías de despacho firmadas.
El oferente se deberá comprometer a la renovación tecnológica si las partes acuerdan que, si producto del avance de la tecnología o, si una demanda futura de exámenes sobrepasa la capacidad de algún equipo y resultare necesario reemplazarlo por otro más adecuado, ello no requerirá modificar el Convenio que se origine a raíz de la presente licitación, basta dejar constancia acerca de esta circunstancia, en un documento anexo, suscrito por ambas partes.
ARTICULO N° 6.2: INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DEL EQUIPO
El traslado, entrega, instalación y puesta en marcha de los equipos será en exclusiva responsabilidad del proveedor adjudicado, corroborando este último que todos los aparatos se encuentren correctamente instalados y funcionando perfectamente. Lo anterior regirá también para el desmontaje, retiro y traslado de los bienes.
La instalación deberá incluir:
a) El montaje, regulación, calibración y puesta en marcha de los equipos adjudicados, deberá iniciarse en el plazo ofertado según Anexo N° 4, una vez que se haya solicitado, para aquellos equipos que lo requieran.
b) Las operaciones mencionadas se efectuarán en Laboratorio Clínico.
c) Deberá Incluir todos los elementos y accesorios necesarios para la puesta en marcha del equipo.
d) Cualquier elemento, dispositivo o accesorio que sea indispensable para el funcionamiento del equipo aun cuando no se haya especificado explícitamente en la oferta.
e) En caso de requerir los equipos ofertados de equipamiento de climatización para su buen funcionamiento, este deberá ser provisto por el proveedor, además de considerar todo trabajo y materiales de instalación eléctrica de alimentación desde el tablero eléctrico. La Mantención de este equipamiento será sin cargo para el Hospital, y coordinada a través del servicio técnico del proveedor adjudicado.
f) De requerir intervención en la planta física para la instalación y buen uso del equipamiento será de costo del oferente.
g) El oferente deberá incluir los puntos de red certificados necesarios para conectar los equipos al sistema informático de laboratorio.
ARTICULO N° 6.3: PLAN DE IMPLEMENTACION
Durante el proceso de implementación el oferente debe minimizar el impacto del paso de un equipo a otro, y si es posible, evitar los cortes de servicio que perjudiquen la continuidad en la atención de pacientes. Sin embargo, si se diera el caso, estos cortes deben ser consensuados por los referentes del hospital para este proyecto.
La totalidad de actividades y tareas propias de la implementación del sistema, deben ser presentadas en una carta Gantt. En ella, al menos deben ser incluidas las etapas consideradas en el Plan de Implementación; estas son:
• Traslado de Equipamiento.
• Instalación de Equipamiento.
• Migración de información en caso de ser necesario.
• Pruebas, verificación, y certificación.
• Validación de técnicas
• Marcha Blanca.
• Plan de Capacitación.
ARTICULO N° 6.3: PRUEBAS Y VERIFICACION DEL EQUIPO
El oferente debe efectuar un periodo de pruebas que considere la totalidad de los componentes del equipo. Se solicita al oferente un informe que enliste el detalle de las pruebas que efectuará en tal período.
Posteriormente, el oferente debe entregar un informe de verificación del sistema, en el que se detalla el resultado de las pruebas realizadas anteriormente.
Finalmente, cuando el oferente considere que el equipo instalado se encuentra en óptimas condiciones para su puesta en servicio, se debe entregar un certificado de funcionalidad que estipule el fin de la etapa de pruebas y dé inicio a la marcha blanca del sistema.
Durante este periodo el proveedor debe disponer de sus reactivos e insumos o kit, hasta expirar el periodo de prueba o quedar funcionando el equipo a entera satisfacción del usuario, lo que será evaluado con la trazabilidad de los controles de calidad interna, estos deben estar dentro del rango de validación establecido por el Laboratorio.
El plazo estimado para esta fase debe ser estipulado por el oferente.
ARTICULO N° 6.4: CAPACITACION
Una vez instalado el equipo, el proveedor deberá entregar dentro de los 10 días hábiles siguientes a la instalación del equipo a los usuarios y personal técnico del establecimiento, la capacitación correspondiente a la operación del equipo y tareas de mantenimiento básico del mismo:
a) Capacitación a los usuarios, en la operación y mantenimiento básico del equipo (limpieza, cuidado y precauciones), y en la orientación para prevenir, identificar y solucionar las fallas simples más comunes de cada uno de los equipos.
b) Capacitar a los usuarios en el uso y condiciones de funcionamiento de cada uno de los equipos instalados.
c) Será responsabilidad de Laboratorio Clínico determinar el personal idóneo para esta capacitación.
d) Capacitar al personal de mantención de equipos sobre las principales características del equipo y situaciones que se puedan producir y puedan ser solucionadas por este personal.
e) Finalizada la capacitación, el Proveedor deberá entregar los correspondientes certificados, que acrediten dicho perfeccionamiento, a todo el personal involucrado en el uso de los equipos adjudicados. Copia debe ser entregada a Unidad de Equipos Médicos y Laboratorio.
f) Esta capacitación es de costo del oferente y deberá realizarse en las instalaciones del Hospital.
g) Capacitaciones deben ser ilimitadas durante el contrato, esto con el fin de mantener al personal de laboratorio en conocimiento de la correcta manipulación del equipo, así como instruir funcionarios nuevos que puedan ingresar al servicio.
h) Proveedor debe entregar material de apoyo a la Unidad de Equipos Médicos, Laboratorio Clínico, sean presentaciones o instructivos cortos. Esto es a parte del manual de usuario.
ARTICULO N° 6.5: GARANTÍA Y MANTENCIÓN DE LOS EQUIPOS
Se requiere el servicio de mantención preventiva y correctiva de los equipos con el objeto de asegurar su correcto funcionamiento. Cabe destacar, que el costo de estas mantenciones, así como de todos los repuestos y mano de obra, son de exclusiva responsabilidad de la empresa.
De acuerdo a lo anterior, se debe entregar un Plan de Mantenimiento Preventivo de cada equipo, con la periodicidad de las mantenciones a efectuar e indicando los tiempos que éstas requerirán con el objeto de facilitar la planificación del laboratorio.
Existirá también la posibilidad de cambio de equipo por tecnología más moderna y avanzada, de común acuerdo de las partes, durante el tiempo del contrato, así como también si durante la vigencia del contrato, la empresa dispone de una mejora tecnológica del equipamiento o software asociado, deberán implementar la actualización correspondiente si el Hospital así lo aceptase. Todos los costos asociados a dichas actualizaciones serán de cargo de la empresa y no deberán significar una modificación en el precio de los reactivos e insumos ofertados.
Si existe fallas reiteradas del equipo (3 veces en un mes) el oferente debe realizar cambio del equipo. Las mantenciones preventivas en caso que sea necesario.
Proveedor deberá pegar un sello adhesivo en el equipo en el cual se indique la fecha de mantención actual, fecha de próxima mantención y nombre de técnico/ingeniero que efectuó la actividad. El adhesivo debe tener impreso el logo y nombre del proveedor del servicio.
Al finalizar la mantención, ingeniero de servicio deberá entregar un informe y protocolo propio de fábrica y el respectivo protocolo institucional a la Unidad de Equipos Médicos.
Importante: Las mantenciones preventivas deberán ser realizadas por profesionales especialistas con capacitaciones comprobadas en fábrica.
Cada servicio de mantención preventiva y/o correctiva debe ser respaldado con el protocolo de mantención del fabricante y se sumará a esta gestión, el protocolo institucional entregado por la Unidad de Equipos Médicos. Este documento se entrega como respaldo al acto de mantención.
El proveedor deberá efectuar como mínimo las siguientes actividades en las mantenciones preventivas del equipo afecto al convenio:
Las mantenciones correctivas incluirán la:
a) Atención de los llamados por el Hospital Dr. Juan Noé Crevani a través de la Unidad de Equipos Médicos por inoperatividad o sospecha de falla de equipo.
b) Operatividad del equipo una vez realizada la reparación.
c) Entrega de un informe que indique explícitamente que la actividad es de carácter correctivo. Debe indicar todos los procedimientos realizados en la mantención correctiva e indicar las pruebas de funcionamiento realizadas para comprobar la operatividad del equipo. El informe debe incluir los datos del equipo revisado como: marca, modelo, número de serie, nombre de técnico/ingeniero que asistió el equipo y debe ser aprobado y debe ser aprobado y firmado por la Unidad de Equipos Médicos y el encargado del Laboratorio al cual pertenece el equipo. Este informe deberá ser entregado a más tardar el segundo día hábil siguiente de efectuada la mantención, de lo contrario, se cursarán las multas correspondientes.
d) Todos los repuestos necesarios para su operatividad.
e) Proveedor deberá contar con una coordinación de servicio técnico con quien se puedan coordinar las actividades correctivas en horario hábil. Oferta debe incluir el correo, número y nombre de contacto de la coordinación.
f) En caso de requerir realizar una actividad correctiva fuera de la institución, ya sea para diagnóstico exhaustivo o reparación del equipo, contratista deberá realizar el servicio de transporte para el retiro del equipo de la institución y posterior entrega de este a la Unidad de Equipos Médicos.
g) Operatividad del equipo una vez realizada la reparación.
Cada mantención correctiva deberá finalizar con calibraciones y pruebas de funcionamiento correspondientes para así asegurar la calidad y el funcionamiento del equipo en el servicio. Este debe ser explicitado en el informe.
Toda mantención correctiva debe estar respaldada de un reporte técnico el cual debe ser firmado por la Unidad de Equipos Médicos. El documento debe ser entregado a la Unidad de Equipos Médicos.
La empresa debe contar con un coordinador de servicio técnico con el cual se realicen los contactos directos para solicitudes a asistencia correctiva y programación de mantenciones. Además, debe contar con fono para atender los desperfectos del equipo en horario hábil-inhábil: deberá adjuntar en su propuesta certificado con número telefónico.
La entrega de un equipo reparado debe ir acompañada del respectivo informe de reparación del equipo, la cual al menos debe indicar descripción de falla, actividades correctivas realizadas, datos del equipo, entre otros.
Si la Unidad de Equipos Médicos no está conforme con alguna reparación, se rechazará la reparación. En estos casos los plazos de reparación, para efectos de multas, seguirán corriendo, considerando que el equipo sigue fuera de servicio.
Tanto rechazo de las reparaciones como la demora de los plazos establecidos reiterativas, facultará al hospital para el término del contrato, pudiendo cobrar las garantías por no cumplimiento.
El contratista es responsable de la operatividad del equipo y sus partes que sean retiradas para reparación. Esto significa que en caso de la pérdida de cualquier parte o falla de estas, producto de pruebas de diagnóstico, el equipo falle de tal forma que deba ser recomendada la baja o cambio de otro componente, este deberá responder con la reposición de un equipo o parte de similares características y que sea aceptado por la Unidad de Equipos Médicos.
Los repuestos suministrados por la misma empresa deberán ser ORIGINALES.
Ante las fallas como consecuencias de pérdidas materiales y/o lesiones o pérdidas humanas, el contratante deberá responder por todos los daños evaluables, además de las responsabilidades civiles o penales que eventualmente le correspondan ante la ley.
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