Licitación ID: 1075963-563-LE22
CONVENIO PAÑO CLINICO ESTERIL DESECHABLE
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD ARICA HOSP DR JUAN NOE CREVANI, Hospital Juan Noé
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Cobertores para cirugía 72000 Unidad
Cod: 42131701
PAÑO CLINICO ESTERIL DESECHABLE 50 X 50 CM, PARA USO EN INFANTES DE NEOTALOGIA, ENVIAR FICHA TECNICA(OBLIGATORIO) (7209078)  

2
Cobertores para cirugía 72000 Unidad
Cod: 42131701
PAÑO CLINICO ESTERIL DESECHABLE 30X30 o 40x40CM, PARA USO EN INFANTES DE NEOTALOGIA, ENVIAR FICHA TECNICA(OBLIGATORIO) (7209079)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO PAÑO CLINICO ESTERIL DESECHABLE
Estado:
Adjudicada
Descripción:
CONVENIO PAÑO CLINICO ESTERIL DESECHABLE
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD ARICA HOSP DR JUAN NOE CREVANI
Unidad de compra:
Hospital Juan Noé
R.U.T.:
61.606.001-5
Dirección:
18 DE SEPTIEMBRE #1000, ARICA.
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región de Arica y Parinacota
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-01-2023 14:26:00
Fecha de Publicación: 29-12-2022 12:01:43
Fecha inicio de preguntas: 29-12-2022 18:36:00
Fecha final de preguntas: 03-01-2023 18:36:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-01-2023 18:36:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-01-2023 14:27:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-01-2023 14:27:00
Fecha de Adjudicación: 24-02-2023 16:07:22
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- a).- PRESENTACIÓN ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS:Según lo indicado en el Artículo N°13 letra a) de las bases Administrativas adjuntas.-
2.- Descargar y Adjuntar Anexo N°1 , Anexo N°2 y Anexo N°3.
Documentos Técnicos
1.- b).- PRESENTACIÓN ANTECEDENTES TECNICOS:Según lo indicado en el Artículo N°13 letra b) de las bases Administrativas adjuntas.-
 
2.- Descargar y Adjuntar Anexo N° 4 y Anexo N°5.-
 
Documentos Económicos
1.- c).- PRESENTACIÓN ANTECEDENTES ECONOMICOS::Según lo indicado en el Artículo N°13 letra c) de las bases Administrativas adjuntas.-
2.- Descargar y Adjuntar Anexo N°6
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad del Representante Legal del Oferente.
- I18n entry not found: Escritura de Poderes del oferente o del Representante Legal, según el Art. 41 inciso final del Reglamento de la Ley de Compras y Contratación Pública 19.886.
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia del oferente
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CRITERIO TECNICO Cumplimiento Especificaciones Técnicas Productos (80%) Plazo de Entrega de los Productos. (10%) Experiencia del Oferente (10%) 35%
2 CRITERIO ECONOMICO Precio Ofertado (100%) 60%
3 CRITERIO ADMINISTRATIVO Cumplimiento de Requisitos Formales (5%) 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Hospital Dr. Juan Noé Crevani
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El presupuesto referencial del Hospital para esta Licitación corresponde a 240.000.000.- Doscientos cuarenta millones de pesos IVA incluido, el que se asignará a los siguientes 24 Meses, desde la total tramitación de la resolución que apruebe el cont
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Julio Pinto Fuentes
e-mail de responsable de pago: julio.pinto@hjnc.cl
Nombre de responsable de contrato: Carmen Salinas Oyanader
e-mail de responsable de contrato: carmen.salinas@hjnc.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-58-2204589-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates
Según lo indicado en las bases administrativa, artículo 17:Adjudicación de ofertas.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Según lo indicado en las bases administrativa, artículo 17:Adjudicación de ofertas.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Según lo indicado en las bases administrativa, artículo 15: De la Apertura y Evaluación de las propuestas.- 
INHABILIDADES PARA CONTRATAR
No podrán suscribirse Contratos de Suministros con personas naturales y jurídicas, nacionales y/o extranjeras legalmente constituidas en Chile, que registren alguna de las inhabilidades establecidas en los incisos 1º y 6º del artículo 4º de la ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y/o que registren alguno de los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. El oferente tampoco podrá ser o tener entre sus socios, a personas vinculadas a los órganos de la Administración del Estado en los términos señalados en el inciso 6º del artículo 4º de la Ley Nº 19.886. En el caso de que el oferente sea una persona jurídica, tampoco podrán suscribirse contratos con aquellas que hayan sido condenadas a alguna de las penas indicadas en el Art. 8 y 10 de la Ley N° 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas Adicionalmente, de acuerdo al artículo 4 inciso sexto de la Ley Nº 19.886, el Hospital “Dr. Juan Noé Crevani” no podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestaciones de servicio con los funcionarios “directivos” del Hospital “Dr. Juan Noé Crevani”, sus sociedades ni con sus parientes a que se refiere el artículo 54 letra b) de la Ley 18.575. La limitación alcanzará también a los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquier de estas sociedades. Para estos efectos se entenderá como funcionario directivo aquel que cumple una función directiva y/o de jefatura, sea titular o encomendada, incluidos los jefes de Servicios Clínicos de unidades de Apoyo, Jefes de Secciones, subrogantes, suplentes, etc. Se hace presente que los funcionarios del Hospital “Dr. Juan Noé Crevani” de Arica pueden incurrir en inhabilidad sobreviniente del artículo 64 de la ley 18.575, en caso de contratar como personas naturales por montos iguales o superiores a las 200 UTM. Asimismo, en igual inhabilidad podrán incurrir los funcionarios del Hospital “Dr. Juan Noé Crevani” de Arica que, además, sean socios de cualquier clase de sociedad que contrate por montos iguales o superiores a las 200 UTM, siendo aquellos directores, administradores, representantes o socios titulares del 10% o más de los derechos en esa sociedad (art. 54 letra a) inciso 3º de la Ley Nº 18.575.
ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO
Luego de notificada la resolución de adjudicación de la licitación, según lo establecido en el Art. N°66 del Reglamento de la Ley N°19.886, se procederá a revisar los documentos indicados en el punto 18.1 - 18.2. En caso que no se encuentren disponibles, se procederá a solicitar vía correo electrónico al contacto indicado en el Anexo N°1, los cuales deberán ser enviados por el mismo medio en un plazo máximo de 2 días hábiles. En caso de no presentar alguno de los documentos solicitados, se entenderá por desistida su oferta, a la vez, se hará efectivo el documento de garantía de seriedad de la oferta y el Hospital podrá adjudicar la propuesta al oferente que le sigue en la evaluación y así sucesivamente, considerando para ello el informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación de la Comisión de Evaluación. Ante la ausencia de más oferentes o bien, no ser estos convenientes a los intereses de la institución, el Hospital declarará desierta la respectiva licitación.
ARTICULO Nº 20: ACEPTACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Para las adjudicaciones menores a 100 UTM, el contrato se entenderá formalizado mediante la Resolución Exenta de Adjudicación. Para las adjudicaciones mayores a 100 UTM y menores a 1000 UTM, el contrato se entenderá formalizado mediante la recepción de la boleta de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, según lo indicado en articulo N° 11 De las Garantía punto 11.2 y además, con la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor. Para aquellas adjudicaciones de 1000 UTM o mayores a dicho monto y luego de la presentación de los documentos legales para contratar, el Hospital “Dr. Juan Noé Crevani” confeccionará y enviará el Contrato de Suministros digitalmente, por medio de correo electrónico, previamente visado y validado por Asesoría Jurídica, al Proveedor adjudicado para la firma y gestiones Notariales, lo que será comunicado vía correo electrónico al (los) proveedor (es) , además deberá enviar el Documento de Garantía de Fiel Cumplimiento, según lo indicado en el artículo N°11 de las Garantías punto 11.2. En caso que el (los) proveedor (es) se encuentre (n) inscrito (s) en Chile Proveedores y habilitado (s) para contratar con el Estado, éste (os) tendrá (n) 20 días corridos de plazo máximo para firmar el respectivo contrato de Suministros y presentar el documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, contados desde la fecha de envío de contrato por correo electrónico. De no cumplirse con lo estipulado se entenderá que el (los) proveedor (es) adjudicado (s) renuncia (n) a dicha propuesta, lo que será declarado mediante resolución, se procederá a cobrar el Documento de Garantía de Seriedad de Oferta y se podrá adjudicar al oferente que le sigue en la evaluación y así sucesivamente, o bien declarar desierto el proceso por no ser conveniente a los interés institucionales. En caso que el (los) proveedor (es) adjudicado (s) no esté o estén inscrito (s) en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chile Proveedores, estará (n) obligado a inscribirse y quedar habilitado (s) para contratar con el Estado dentro del plazo de 15 días corridos contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, tras lo anterior tendrá un plazo de 5 días corridos para firmar el respectivo contrato de Suministro y presentar el documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, contados desde la inscripción y habilitación para contratar con el Estado. En ambos casos, de no cumplir con lo anterior, se entenderá por desistida su oferta, a la vez, se hará efectivo el documento de garantía de seriedad de la oferta y el Hospital podrá adjudicar la propuesta a otro oferente, considerando para ello el informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación de la Comisión de Evaluación. Ante la ausencia de más oferentes o bien, no ser estos convenientes a los intereses de la institución, el Hospital declarará desierta la respectiva licitación. Se entenderán como parte integrante del correspondiente Contrato de Suministro, firmado entre las partes: a).- Aclaraciones y Respuestas sobre los documentos de la Licitación o las Bases entregadas por el Hospital, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes. b).- Bases Administrativas, Bases Técnicas y los respectivos Anexos. c).- Preguntas de los oferentes y respuestas del Hospital. d).- Ofertas Administrativa, Técnica y Económica del proponente. e).- Acto de Apertura y Acta de Evaluación. f).- Resolución de Adjudicación. g).- Orden de Compra. El oferente adjudicado estará obligado a cumplir con el Contrato de Suministro y la orden de compra emitida de conformidad al mismo. Ante el incumplimiento, el Hospital “Dr. Juan Noé Crevani” aplicará las sanciones establecidas en las presentes Bases, según proceda.
ARTICULO Nº 21: READJUDICACIÓN
Dentro de los sesenta días corridos contados desde la publicación del acto administrativo de adjudicación, en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración, el Hospital podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar el presente proceso licitatorio al proponente que le siga en puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases de licitación y así sucesivamente, en cualquiera de los siguientes casos: a. Si el adjudicatario no adjunta la documentación necesaria para ser contratado dentro de los plazos señalados por las presentes bases de licitación (si aplica). b. Si el adjudicatario desiste de su propuesta o la retira unilateralmente. c. Si el adjudicatario no cumple los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases de licitación dentro de los plazos señalados por las presentes bases de licitación. d. Si el adjudicatario no entrega, en forma oportuna, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato (si aplica). e. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases de licitación o bien no acepta la orden de compra según corresponda. f. Otra causal que se contemple en las presentes bases de licitación. Asimismo, cuando no se hayan presentado más ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las otras ofertas presentadas no resultaren convenientes a los intereses del Hospital, éste podrá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierto el proceso licitatorio.
ARTICULO Nº 22: PLAZO DE VIGENCIA
El (los) contrato(s) tendrá(n) una vigencia (s) de 24 meses corridos desde la total tramitación de la (s) Resolución (es) Exenta (s) que lo apruebe, o desde la fecha de la aceptación de la orden de compra, según corresponda (ver Artículo 20) o hasta que se cumpla con el presupuesto máximo asignado para el período, lo primero que se cumpla. Lo anterior, sin perjuicio de las causales de término de contrato contempladas en el Artículo 25 de las presentes bases. Con todo, el plazo de vigencia superior al año 2022, 2023 y 2024 deberán estar supeditados a la confirmación de presupuesto por parte del SCR Contabilidad. Se podrá prorrogar el Contrato mediante resolución fundada y justificada, por un periodo máximo no superior a seis meses, por considerarse indispensable para las necesidades del Hospital y sólo por el tiempo en que se procede a un nuevo Proceso de Compras, siempre que el monto de dicha prórroga no supere las 1.000 UTM, previa solicitud de la contraparte técnica al CR de Abastecimiento y disponibilidad presupuestaria indicada por el SCR de Contabilidad, solo en el caso que el convenio llegue a su término de acuerdo a lo indicado en el primer párrafo del presente artículo, con la finalidad de gestionar la licitación del nuevo convenio.