Licitación ID: 1077499-18-LP25
ADQUISICIÓN DE VEHÍCULO BLINDADO UNIDAD DE DROGAS
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD IQUIQUE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 15
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Automóviles 1 Unidad
Cod: 25101503
Vehículo blindado con capacidad para 3 pasajeros y un chofer y que además tenga capacidad para carga.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN DE VEHÍCULO BLINDADO UNIDAD DE DROGAS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Vehículo blindado con capacidad para 3 pasajeros y un chofer y que además tenga capacidad para carga. Otros Varios; -Cámara de seguridad Grabación; Interior, frontal y posterior. -Sistema de alarma con capacidad de emitir mensajes audibles y alertas sonoras. -Blindaje Nivel III. -Vehículo tipo SUV -El vehículo debe ser adquirido incluyendo el blindaje, para asegurar garantía del producto en su totalidad. Requerimiento Mínimo; Vehículo debe ser capaz de resistir el peso del blindaje, además de 4 pasajeros y carga aproximada de 400 kilogramos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
ADMINISTRACION DE FONDOS
R.U.T.:
61.606.100-3
Dirección:
NACIONES UNIDAS 3080 ALTO HOSPICIO.
Comuna:
Alto Hospicio
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-12-2025 15:01:00
Fecha de Publicación: 12-11-2025 12:47:00
Fecha inicio de preguntas: 12-11-2025 15:22:00
Fecha final de preguntas: 20-11-2025 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-11-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-12-2025 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-12-2025 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 31-12-2025 10:53:59
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- SEGÚN PUNTO 11.1. DE BASES ADMINISTRATIVAS
Documentos Técnicos
1.- SEGUN PUNTO 12.2. DE BASES ADMINISTRATIVAS
 
Documentos Económicos
1.- SEGUN PUNTO 12.2. DE BASES ADMINISTRATIVAS
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CRITERIO DE EVALUACIÓN – REQUISITOS FORMALES 5% Se evaluará la entrega de los documentos requeridos en el plazo establecido en las bases de la presente licitación y de acuerdo con los puntajes señalados en el siguiente cuadro: DESCRIPCION PUNTOS Entrega dentro de los plazos. 100 puntos Entrega fuera de los plazos en tiempo y forma (Con oportunidad de aclarar errores o salvar omisiones en el portal). 70 puntos No entrega antecedentes o no salva errores u omisiones una vez requerido por el servicio. 0 puntos Si los documentos requeridos para respaldar la oferta en el portal no permiten corroborar o respaldar las características técnicas solicitadas en el proceso licitatorio, o documentos solicitados en idioma español no sean presentados, se permitirá realizar la aclaración mediante el foro inverso en una única instancia; si ésta no fuese aclarada por parte del oferente, la oferta será evaluada con “cero” (0) puntos, en este aspecto. Se aplicará la fórmula siguiente: 5%
2 CRITERIO DE EVALUACIÓN – PACTO DE INTEGRIDAD 2% Quien oferte deberá informar si cuenta con programa de integridad implementado, de acuerdo con el detalle solicitado en el “Anexo N° 4: Pacto de Integridad”. El programa de integridad de una empresa u organización se entiende como un conjunto de instrumentos o herramientas que fomentan entre sus integrantes un comportamiento apegado a determinados valores que contribuyan a instalar estándares de integridad, fortaleciendo una conciencia ética que permita combatir la corrupción. Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: un comunicado interno enviado a los trabajadores/as, mail masivo, impresión de pantalla del sistema o programa o cualquier otro medio de respaldo que permita verificar que, además de que el proponente cuenta con un sistema o programa de integridad, éste es conocido por sus trabajadores/as. El puntaje será asignado de acuerdo con lo que se indica en la siguie 2%
3 CRITERIO DE EVALUACIÓN – GARANTÍA TÉCNICA 33%: Este criterio evalúa la garantía técnica ofrecida por cada oferente, considerando la duración, cobertura y respaldo de la garantía presentada, conforme a lo establecido en el Anexo N°8 – Garantía Técnica y Plazo de Entrega y las Especificaciones Técnicas de las Bases. El objetivo de este criterio es asegurar la calidad y confiabilidad del vehículo blindado, así como el compromiso del proveedor en la atención postventa frente a eventuales fallas o defectos de fabricación. El mínimo exigido será de 3 años o 100.000 kilómetros, según lo establecido en las Especificaciones Técnicas. Para la evaluación, el oferente deberá informar obligatoriamente la garantía ofrecida en años y kilómetros, adjuntando documentación oficial emitida por el fabricante o representante autorizado que respalde lo declarado. La asignación de puntaje se realizará conforme al siguiente detalle: Garantía Ofrecida Puntaje Asignado Igual o mayor a 5 años (100.000 km) 100 puntos Igual o menor a 4 años (80.000 km) 70 33%
4 CRITERIO DE EVALUACIÓN - ECONÓMICO 60%: Para la evaluación de las propuestas, se considerará el total de la oferta económica de la adquisición que se desea contratar, de acuerdo a la propuesta del proveedor presentada en el Anexo Nº 6. Para determinar el puntaje se utilizará la siguiente fórmula: En caso de existir alguna discrepancia y/o diferencia entre lo indicado en el Anexo N° 6 “Formulario Técnico-Económico” y los documentos entregados por el proveedor, se preferirá la información de aquel anexo. 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SERVICIO DE SALUD TARAPACÁ
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CONTABILIDAD SST
e-mail de responsable de pago: contabilidad.ssi@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: CHRISTIAN PAVEZ
e-mail de responsable de contrato: christian.pavez@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-57-2406965-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO DE SALUD TARAPACÁ
Fecha de vencimiento: 01-02-2031
Monto: 5 %
Descripción: El adjudicatario deberá entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato antes de la suscripción del mismo, la cual tiene por objeto asegurar la ejecución íntegra, oportuna y eficiente del contrato, así como el cumplimiento de las obligaciones laborales del contratista, estos últimos en caso de prestación de servicio, conforme al artículo 124 del Reglamento de Compras Públicas. El proveedor adjudicado deberá hacer entrega de la garantía de cumplimiento del contrato a la Entidad licitante hasta antes de la suscripción del contrato definitivo, conforme a lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de Compras Públicas. Esta garantía podrá ser Boleta de Garantía, Vale vista, Póliza o cualquier instrumento financiero que cumpla los requisitos del artículo 121 del Decreto Nº661, de 2024 del Ministerio de Hacienda.
Glosa: “Garantía de Fiel y oportuno Cumplimiento del Contrato de Obligaciones Laborales y Previsionales "“ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO DE SEGURIDAD Y VEHÍCULO BLINDADO UNIDAD DE DROGAS SST”ID 1077499-18-LP25
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta al proveedor una vez finalizado el período total de vigencia exigido. Para ello, deberá verificarse que se haya cumplido íntegramente con las obligaciones contractuales, lo cual se acreditará mediante las respectivas actas de recepción conforme, en sus aspectos físicos, funcionales y técnicos. La devolución se efectuará siempre que no existan observaciones pendientes o incumplimientos que afecten el cumplimiento del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
3. BASES Y DOCUMENTOS QUE RIGEN LA PROPUESTA
Las presentes Bases de Licitación contienen las disposiciones generales que regirán las relaciones entre el Servicio de Salud Tarapacá, en adelante “El Servicio” y quien provee de los bienes a que se refiere la presente licitación, en adelante “Proponentes”, "Oferentes", o “Participantes”, durante el proceso y en todas las materias relacionadas con esta licitación. Para que una oferta o postulación se considere válida, ésta deberá cumplir con las disposiciones de las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas Generales, Anexos, Especificaciones Técnicas, en lo sucesivo "Bases". La presentación de una propuesta implica para la persona natural o jurídica que haga una oferta, la aceptación de las presentes Bases, a las cuales se somete desde ya. Esta licitación y la realización de su objeto, se regirá por los siguientes documentos: a) Ley Nº19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento. b) Directivas e instrucciones emitidas por la Dirección de Compras Públicas. c) Las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, los anexos aclaratorios, si los hubieren, lo establecido en la Ley de Compras y Contrataciones Públicas No19.886, su Reglamento y sus modificaciones, demás normas generales vigentes. d) Ley Nº19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. e) Reglamento del artículo 183-C inciso segundo del código del trabajo, incorporado por la ley Nº20.123, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. f) Las Consultas, Respuestas y las Aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado en las Bases Administrativas, el cual se efectuará a través de la plataforma www.mercadopublico.cl. g) Las modificaciones de las Bases, si las hubiere. h) Oferta Técnica, económica, catálogos, manuales, etc., de los servicios ofertados. i) Resolución de Adjudicación. j) Orden de Compra. k) Toda documentación aclaratoria enviada por el referente técnico, a los proponentes, durante el período de estudio de las propuestas. l) Contrato de Adquisición de vehículos y su respectiva aprobación formal por parte de la autoridad competente, mediante la dictación del acto administrativo respectivo totalmente tramitado. En todo caso deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras, sin que el listado que a continuación se entrega, sea exclusivo ni excluyente: • La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y el D.S. N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la citada Ley Nº 19.886. • DFL Nº1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. • DFL. Nº 29/2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo. • DFL. Nº 1/2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL. Nº 2763/79 y las leyes 18.469 y 18.933, que regulan las funciones propias de esta, como el Reglamento del Ministerio Orgánico del Ministerio de Salud, Decreto Nº 136, de 2004, ambos del Ministerio de salud. • D.S. Nº 140/2004, del Ministerio de Salud, que fija el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud. Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación, que aparezca en uno u otro de los documentos señalados.
4. NOTIFICACIONES Y PLAZOS
Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública se harán por medio del portal www.mercadopublico.cl. Los plazos a que se haga referencia en estas Bases son de días corridos, salvo que se señale expresamente lo contrario. Sin perjuicio de ello, si el último día del plazo recayera en sábado, domingo o festivo, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 9° del Reglamento de la Ley de Compras, los plazos establecidos en estas Bases comenzarán a correr una vez notificado el documento, acto o resolución de que se trate, esto es, veinticuatro (24) horas después de su publicación en el portal www.mercadopublico.cl. Las notificaciones por correo electrónico: se considerarán practicadas desde el día siguiente de enviado el correo electrónico al domicilio electrónico definido el Anexo N°1 y/o Anexo N°1-A, según el caso.
6. DE LOS PROPONENTES
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4°, N° 24 del Reglamento de Compras Públicas, contenido en el Decreto N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, los proveedores interesados en participar podrán ser personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras. Estos podrán actuar de manera individual o, exclusivamente en el caso de empresas de menor tamaño, formar Uniones Temporales de Proveedores para la provisión de bienes y/o servicios a las entidades públicas. Será requisito indispensable que todos los proveedores interesados estén inscritos y habilitados en el Registro de Proveedores del Estado en Mercado Público al momento de presentar sus ofertas. No podrán participar aquellos proveedores que se encuentren inhabilitados para pertenecer al Registro de Proveedores conforme artículo 154 del Reglamento de Compras Públicas, Decreto N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda. a. En el caso de que el oferente sea una Persona Jurídica deberá presentar: - Fotocopia de la Cédula de Identidad (por ambos lados) del (los/las) Representante (s) Legal (es) de la Empresa - Certificado Representante Legal (con vigencia a la fecha de presentación de la propuesta). - Copia de Escritura de Constitución de la Sociedad. En el caso de las personas jurídicas que se hayan constituido en conformidad al sistema simplificado que contempla la ley N° 20.659, certificado de vigencia obtenido desde el Registro de Empresas y Sociedades creados en virtud de la ley N° 20.659, al cual se accede desde los sitios electrónicos www.tuempresaenundia.cl y www.registroempresas.cl administrados por el ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Respecto de las personas jurídicas distintas de las sociedades, deberá adjuntar certificado de vigencia (Ministerio de Justicia; Subsecretaría de Economía o Servicio de Registro Civil e Identificación, según corresponda) y rol único tributario. a) De tratarse de una Persona Natural, deberá presentar: - Fotocopia de la Cédula de Identidad (por ambos lados). - Certificado de Habilidad. En caso de constitución de Unión Temporal de proveedores/as, junto con los antecedentes legales para poder ofertar, descritos en los puntos a.) y b.) de cada uno de los proveedores/as que se unen para el efecto de participar en este proceso de compras, según proceda, el representante de la unión temporal deberá presentar el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma y lo que se indica a continuación.
7. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
Se admite la participación en el presente proceso licitatorio de oferentes que actúen bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores, conforme al artículo 180 del Reglamento de la Ley N° 19.886 (D.S. N° 661/2024), bajo las siguientes condiciones: 1. La UTP debe estar integrada por al menos una empresa de menor tamaño. 2. Se constituye exclusivamente para esta licitación y su vigencia deberá abarcar, como mínimo, la duración del contrato adjudicado, incluidas eventuales prórrogas. 3. Su formalización deberá realizarse mediante escritura pública o, si el monto del proceso es inferior a 1.000 UTM, por instrumento público o privado. 4. El acuerdo debe incluir: responsabilidad solidaria entre sus miembros y el nombramiento de un representante común con poderes suficientes para actuar durante todo el proceso.
8. CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES.
De conformidad a lo establecido en el artículo 4, N° 4 Decreto 661/2024 del Ministerio de Hacienda, si los/las oferentes presentaran consultas de carácter administrativo o técnico respecto a los requerimientos, éstas deberán ser remitidas por medio del foro establecido en www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos establecidos para tal efecto se encuentra el punto N°5 “Calendario de la Licitación” indicados en la Ficha de Licitación, no pudiendo los proveedores contactar de ninguna otra forma con la entidad licitante o sus funcionarios/as, por la respectiva licitación, durante el curso del proceso, salvo lo que esté expresamente indicado en las presente bases. Las consultas serán debidamente contestadas o aclaradas por el Servicio de Salud Tarapacá mediante el mismo Sistema de Información en el plazo indicado para ello. Las respuestas a las preguntas formuladas se considerarán parte integrante de las presentes bases de licitación, en conformidad con lo dispuesto en la Ley 19.886. El Servicio de Salud Tarapacá podrá introducir modificaciones a las presentes bases mediante acto administrativo fundado, por parte de la autoridad superior del Servicio, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta solicitada a través del portal y hasta 3 días hábiles del término del plazo para recibir ofertas, informándose de ello a través del mismo portal; estas modificaciones se entenderán forman parte integral de las bases de licitación, siendo su aplicación obligatoria para todos los participantes. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, el Servicio deberá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones, el que no podrá ser inferior a 3 días hábiles, pudiendo ser mayor dependiendo de la complejidad de éstas. Es exclusiva responsabilidad del proponente la revisión del portal, con el objeto de informarse sobre lo expuesto en el punto precedente.
9. FINANCIAMIENTO
El presente proceso de licitación denominado “Adquisición de Equipamiento de Seguridad y Vehículo Blindado Unidad de Drogas SST” cuenta con financiamiento proveniente del Decreto N°56 de fecha 10 de julio de 2025, que aprueba el Convenio de Transferencia de Recursos celebrado entre la Subsecretaría de Seguridad Pública y la Subsecretaría de Redes Asistenciales, en el marco de la Política y Plan Nacional contra el Crimen Organizado 2025. El monto total asignado para esta contratación asciende a $118.498.000 (IVA incluido) (ciento dieciocho millones cuatrocientos noventa y ocho mil pesos), con cargo al Subtítulo 29 – Adquisición de Activos No Financieros, del presupuesto del Servicio de Salud Tarapacá, incorporado en el Plan de Compras Institucional ID Interno N°480. El financiamiento cubrirá todos los costos asociados a la adquisición, instalación, capacitación, y puesta en marcha de los bienes señalados en las Especificaciones Técnicas, no admitiéndose pagos adicionales ni reajustes distintos a los expresamente establecidos en las presentes Bases. En virtud de lo anterior, el gasto que irrogue el desarrollo y ejecución del presente proyecto será imputado al presupuesto del Gobierno Regional de Tarapacá, en el marco del FNDR, conforme a los términos establecidos en el referido convenio mandato. El o la oferente deberá calcular en base a su propio análisis, los precios, gastos generales, leyes sociales, gastos financieros y las obligaciones contractuales que se contraigan para la prestación de los productos requeridos. Ambas partes de común acuerdo podrán solicitar fundadamente modificación del contrato, siempre y cuando no cambie la naturaleza de este y que dichas modificaciones se atengan a lo dispuesto en las presentes bases y en el contrato. Sólo tratándose de caso fortuito, fuerza mayor o que se adhiera otra/as instalaciones que administre el Servicio, debidamente acreditada la referida modificación podrá implicar un aumento de precio hasta en un 30% del monto originalmente pactado. Para tal caso, se deberá emitir el acto administrativo que corresponda, y posteriormente deberá generarse la orden de compra por el aumento de precio. Las ofertas económicas se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, en el plazo indicado en la convocatoria, ingresando en dicho portal el valor neto unitario, por la adquisición de los bienes y expresados en moneda nacional. El oferente deberá utilizar los formatos que se anexan y las ofertas permanecerán cerradas y se abrirán electrónicamente el día y hora señalada en el Portal. Los precios deben consignar valores por las especies puestas en las dependencias que el Servicio de Salud Tarapacá indique y los precios deben estipularse de acuerdo con el anexo económico.
10. VIGENCIA DE LA OFERTA
Las ofertas mantendrán su vigencia por el plazo de 180 días corridos desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. La oferta cuyo periodo de validez sea menor que el requerido será declarado inadmisible. Vencido este plazo si no hubiere realizado la adjudicación o ésta no se encontrare totalmente tramitada por cualquier causa, el Servicio podrá solicitar a los proponentes la prórroga de sus ofertas. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o desistir de ellas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Servicio a través de la plataforma www.mercadopublico.cl.
11. PRESENTACIÓN DE OFERTAS AL PORTAL
Las ofertas, deberán presentarse electrónicamente en el Portal www.mercadopublico.cl, con todos los antecedentes, formularios y anexos que se exigen en las presentes Bases Administrativas Generales, deberán entregarse debidamente firmados (firma electrónica simple) por el oferente o su representante legal, según corresponda. Si el oferente se encuentra con inscripción vigente en Chile Proveedores, podrá obviar la presentación de aquellos antecedentes exigidos que se encuentren en dicho portal y que a la fecha de la apertura estén vigentes. Todos los anexos deberán estar redactados en idioma español, debidamente firmados por el oferente o su representante legal. Los cuáles serán escaneados e ingresados al portal www.mercadopublico.cl, así también, la documentación anexa debe ser subida al portal en formato digital no modificable. Las ofertas deberán ser ingresadas al portal de Compras Públicas en el plazo establecido en las presentes bases. Posterior a la fecha y hora de cierre indicada en la ficha de licitación del portal, el sistema se cierra automáticamente y no permite el ingreso de ninguna otra oferta, ni archivo adjunto. Los proponentes podrán adjuntar los detalles que estimen pertinentes acerca de su oferta. La existencia de documentos ajenos a la nómina señalada se considerará complementaria y, por lo tanto, su presentación no dará motivo de descalificación del oferente. 11.1. OFERTA ADMINISTRATIVA • ANEXO Nº1: Formulario Identificación del Oferente. Este Anexo deberá contener la identificación completa del Oferente y su Representante Legal, cuando corresponda, incluyendo nombre completo, nacionalidad, estado civil, Profesión u oficio o giro comercial, domicilios y números de cédula nacional de identidad y/o rol único tributario, según corresponda. En el caso de Unión Temporal de Proveedores (UTP) este Anexo deberá presentarse firmado por cada uno de sus integrantes, individualmente considerados, a parte del que debe completar la UTP. • ANEXO Nº1-A: Formulario identificación del Oferente Unión Temporal de Proveedores. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, deberá completar el Formulario N°1-A, adjuntando el acuerdo de participación conjunta. El objeto del acto constitutivo del acuerdo deberá contemplar el desarrollo y ejecución del proyecto, entendiendo por ello, la entrega de la totalidad de los bienes de las características contempladas en el proceso de licitación. Asimismo, deberá constar claramente, a lo menos, lo siguiente: o El acuerdo de participación conjunta en la licitación como unión temporal de proveedores; o La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad Licitante. o El nombramiento de un apoderado común con poderes suficientes. o Vigencia no inferior al plazo del contrato adjudicado. o Porcentaje de participación de sus integrantes en experiencia. Se entenderá por participación aquel porcentaje distinto de 0% que declare en experiencia. o La o las ofertas presentadas que no den cumplimiento a lo señalado en el presente numeral serán declaradas inadmisibles. o También aquellas que no den cumplimiento a lo señalado en artículo 180, letra a) en relación con lo dispuesto en artículo 4,N° 14 del Reglamento de Compras, esto es integrada por una o más empresas de menor tamaño. • ANEXO N°2: Formulario Declaración Jurada Simple. Este Anexo deberá contener una declaración jurada simple en que el Oferente declare estar en conocimiento de las características generales de la licitación, de su situación legal, de los antecedentes que forman parte de esta propuesta y de la aceptación de ésta en todas sus partes, así como la facultad privativa del Mandante de adjudicar la licitación. En el caso de UTP deberá presentar este anexo por cada uno de sus integrantes. • ANEXO Nº3: Declaración Jurada Simple del Sistema de Prevención de Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo y Delitos funcionarios. Artículo 4, Inciso primero, 35 quáter y 35 septies de la Ley N°19.886. Este Anexo deberá contener una declaración jurada de no encontrarse el oferente- afecto a la inhabilidad contemplada en el artículo 4°, inciso primero, 35 quáter y 35 septies de la Ley 19.886. Este documento se exige para efectos de la habilidad para contratar con el Estado y para el caso de ser adjudicado. En caso de UTP, este anexo se debe presentar por cada uno de los integrantes de esta. • ANEXO N°4: Programa de Integridad. En este anexo, quien oferte deberá indicar si cuenta con un programa de integridad implementado y si éste es conocido por su personal y/o trabajadores/as, aportando la respectiva documentación de respaldo que se indica en este anexo. • ANEXO N° 5: Declaración Jurada Simple de no encontrarse inhabilitado para contratar con estado (Ley 20.393, DL 211/1973 y Ley N° 21.595). • Antecedentes Administrativos: 1. Para personas jurídicas: El oferente deberá presentar los siguientes documentos, según la naturaleza de su constitución legal: o Fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad del o los representantes legales de la entidad. o Copia simple de la escritura pública de constitución de la sociedad, incluidas sus modificaciones vigentes. o Certificado de vigencia de la sociedad, emitido por el Registro de Comercio competente. o RUT de la empresa. o Copia simple del documento que acredite la personería del representante legal, con una antigüedad no superior a 30 días hábiles anteriores a la fecha de presentación de la oferta. En caso de personas jurídicas constituidas conforme al sistema simplificado de la Ley N° 20.659, deberán adjuntar certificado de vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades (RES), disponible en los portales www.tuempresaenundia.cl y www.registroempresas.cl, administrados por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Para personas jurídicas distintas de sociedades (por ejemplo, fundaciones, corporaciones, asociaciones): se deberá adjuntar certificado de vigencia emitido por la entidad competente, ya sea el Ministerio de Justicia, la Subsecretaría de Economía o el Servicio de Registro Civil e Identificación, según corresponda. 2. Para personas naturales: Fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad del oferente. No se exigirán los documentos administrativos de declaraciones juradas que se encuentran el portal de mercado público al momento de ofertar relativos a identificación completa del oferente, en caso de UTP por cada integrante y declaraciones juradas sobre no haber sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecido en los artículo 463 y siguientes del Código Penal dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta, no haber sido condenado por el Tribunal de Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración contemplado en el artículo 26 letra d), del Decreto con fuerza de Ley Nº 1, de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y reconstrucción que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 211, de 1973, si se trata de una persona jurídica no haber sido condenado con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la Ley 20.393. Además de los conflictos de interés. 11.2. OFERTA TÉCNICA – ECONÓMICA Deberán presentarse electrónicamente, al Portal www.mercadopublico.cl, los siguientes antecedentes: • ANEXO N°6 - Formulario Económico: El presente anexo tiene por objeto establecer el Formulario Económico que deberán completar los oferentes para el proceso de licitación denominado “Adquisición de Vehículo Blindado para la Unidad de Drogas del Servicio de Salud Tarapacá”. En este documento, cada oferente deberá indicar el valor total de su propuesta económica, expresado en pesos chilenos, incluido el IVA, especificando que dicho monto comprende todos los costos asociados a la adquisición, entrega, capacitación, puesta en marcha y garantía del vehículo, conforme a las condiciones establecidas en las Bases Administrativas y Técnicas. • ANEXO N°7 Especificaciones Técnicas: El presente anexo tiene por objeto establecer las características técnicas mínimas y obligatorias que deberá cumplir el vehículo ofertado en el marco del proceso de licitación denominado “Adquisición de Vehículo Blindado para la Unidad de Drogas del Servicio de Salud Tarapacá”. En este documento, los oferentes deberán completar el listado de especificaciones técnicas, indicando en la columna correspondiente (“Cumple” / “No cumple”) el cumplimiento de cada uno de los requisitos establecidos. Asimismo, cada oferente deberá adjuntar la documentación técnica que acredite el cumplimiento de las características declaradas, tales como catálogos, fichas técnicas, certificados de conformidad, fotografías u otros antecedentes oficiales emitidos por el fabricante o representante autorizado, que permitan verificar objetivamente la información consignada. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo que el incumplimiento de cualquiera de las características técnicas señaladas o la falta de documentación de respaldo dará lugar a la declaración de inadmisibilidad de la oferta, conforme a lo establecido en las Bases Administrativas y en el Reglamento de la Ley N° 19.886. Las especificaciones contenidas corresponden a parámetros técnicos de referencia, y no constituyen exigencia de marcas o modelos específicos, permitiéndose la presentación de soluciones equivalentes que cumplan con las condiciones funcionales, de seguridad y desempeño requeridas, conforme a lo dispuesto en el artículo 22, N° 2, del Reglamento de la Ley N° 19.886. • ANEXO N°8 Garantía Técnica y Plazo de Entrega: El presente anexo tiene por objeto establecer las condiciones de garantía técnica y el plazo de entrega comprometido por el proveedor respecto del vehículo ofertado en el marco del proceso de licitación denominado “Adquisición de Vehículo Blindado para la Unidad de Drogas del Servicio de Salud Tarapacá”. En este documento, los oferentes deberán indicar claramente el período de garantía ofrecido, expresado en meses o años, detallando su cobertura, condiciones, alcance y mecanismos de atención ante eventuales fallas o defectos de fabricación. Asimismo, deberán precisar el plazo total de entrega del vehículo, contado desde la emisión de la orden de compra, considerando todas las etapas de fabricación, acondicionamiento, traslado y entrega final en las dependencias del Servicio de Salud Tarapacá. El oferente deberá adjuntar documentación oficial que respalde la garantía declarada, emitida por el fabricante o representante autorizado, y asegurar que tanto la garantía como el plazo de entrega cumplan con las condiciones exigidas en las presentes Bases. El incumplimiento de estos requisitos será causal de inadmisibilidad de la oferta.
12. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS OMITIDOS
Durante el proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes la presentación de certificaciones o documentos que hayan omitido al momento de ingresar su oferta, siempre que dichas certificaciones hayan sido emitidas o producidas con anterioridad al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, o bien, que refieran a situaciones que no hayan podido modificarse entre dicha fecha y el periodo de evaluación. Esta facultad se ejercerá conforme a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. El plazo para entregar los documentos omitidos será de cuarenta y ocho (48) horas, contadas desde la notificación del requerimiento correspondiente, la cual será realizada a través del portal www.mercadopublico.cl. El cumplimiento oportuno de los requisitos formales será evaluado conforme al criterio establecido en el punto 19.6 de estas bases, bajo el título “Criterio de Evaluación – Requisitos Formales”. Todos los anexos y antecedentes que se presenten, ya sea mediante medios digitales o en soporte físico —cuando así se haya requerido— deberán estar debidamente firmados por el oferente o por su representante legal, según corresponda. En caso de que los documentos requeridos no sean presentados ni debidamente aclarados por el oferente en la primera instancia del foro inverso, la Comisión Evaluadora podrá efectuar una segunda consulta, cuando ello resulte procedente y con el objeto de garantizar la igualdad de condiciones entre todos los participantes. Si, a pesar de esta segunda oportunidad, la omisión persiste, se asignará al oferente una calificación de cero (0) en el criterio “Requisitos Formales”.
13. REQUISITOS Y CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS OFERENTES
Los oferentes deberán presentar, dentro del plazo de recepción indicado en el punto N° 5 “Calendario de Licitación”, todos los antecedentes administrativos, la oferta técnica, la oferta económica y los formularios que forman parte integrante de estas bases, ya sea en formato físico o digital, según lo indicado expresamente en cada caso. La apertura de las ofertas se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl, en la fecha y hora establecidas en el cronograma del proceso, las cuales serán publicadas en dicho portal. Durante el acto de apertura, se procederá a la revisión formal de los antecedentes presentados por cada oferente, con el objeto de verificar la entrega completa y oportuna de los documentos administrativos exigidos por estas bases. La Entidad Licitante se reserva el derecho de declarar inadmisible una oferta en cualquiera de los siguientes casos: • No acompañar el Anexo N°6: Formulario Económico • No acompañar el Anexo N°7 debidamente completado y firmado. Los oferentes deberán cumplir íntegramente con todas las características técnicas solicitadas en el Anexo N°7 – Especificaciones Técnicas y acompañar la documentación que respalde el cumplimiento de cada una de ellas. En caso de no ofertar al menos una mantención preventiva por año de garantía técnica. • Excedan el plazo máximo de 150 días corridos el plazo de entrega del vehículo. • En caso de ofertar una garantía técnica inferior a lo señalado en los criterios de evaluación. • Detectarse, en cualquier etapa del proceso, la presentación de antecedentes falsos o adulterados. No obstante, la entidad licitante podrá admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores no esenciales o meramente formales siempre que no altere el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las ofertas (Aplica dictámenes de Nº34.051; 27.268; y 70.019/2011 de la Contraloría General de la República, entre otros y artículo 56 del Reglamento de Compras). En caso contrario y no de haber sido subsanada la omisión de alguno de los antecedentes que impactan en la evaluación de la oferta será evaluada con 0 puntos. Los proponentes podrán formular observaciones a dicha acta dentro de las 24 horas siguientes a su publicación del acta citada, a través del portal www.mercadopublico.cl, las que serán resueltas por este mismo medio, dentro de los 2 días hábiles siguientes. En caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contratación del Estado, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las Entidades o los oferentes por las vías que informe dicho servicio. En el caso de los oferentes el certificado deberá ser solicitado dentro de las veinticuatro horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso los oferentes afectados tendrán un plazo de dos días hábiles contados desde la fecha del envió del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información a través de la Oficina de Partes del Servicio de Salud Tarapacá, ubicado en Aníbal Pinto Nº 815 de la ciudad de Iquique, en sobre cerrado, indicando el número de licitación. Todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de Información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisponibilidad (artículo 115, N°3 del Reglamento de Compras) Adicionalmente, deberá contar con el código de reclamo efectuado al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, al momento de no poder ingresar la información, para su verificación. Los antecedentes serán resguardados por la Jefatura del Departamento de Abastecimiento y Logística del Servicio en cuestión, quién deberá adoptar las medidas para resguardar su inviolabilidad y correcta conservación, y en ninguna circunstancia o solicitud, la recepción de sobres se podrá hacer fuera de la fecha y hora indicados como último plazo. Se deberá cumplir con el requisito formal de presentación de la oferta a través del Portal de Mercado Publico antes del período de cierre. El incumplimiento de este requisito por parte del proveedor excluye automáticamente a su oferta para seguir participando en la presente propuesta. A partir de dicha hora, los oferentes no podrán retirar ni modificar sus propuestas. El oferente que presente más de una oferta debe ingresar todos los antecedentes requeridos, en cada una de las ofertas presentadas, de lo contrario dicha oferta será descartada.
14. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La apertura y posterior evaluación técnica y económica de las ofertas estarán a cargo de una Comisión Evaluadora —en adelante, “la Comisión”— conforme a lo dispuesto en el numeral 2 del Resuelvo. Dicha Comisión estará integrada por funcionarios/as del Servicio de Salud de Tarapacá o por quienes legalmente los subroguen o reemplacen, y contará con el apoyo de un/a funcionario/a del Departamento de Abastecimiento, quien actuará como secretario/a técnico/a del proceso. La Comisión sesionará válidamente con la totalidad de sus integrantes. Para garantizar la probidad, imparcialidad y transparencia del procedimiento, se prohíbe expresamente a los oferentes establecer cualquier tipo de contacto con los miembros de la Comisión, ya sea por reuniones, comunicaciones electrónicas, telefónicas u otros medios. Asimismo, los integrantes de la Comisión tienen prohibido aceptar audiencias, regalos u otros beneficios de parte de los oferentes, en conformidad con lo establecido en la Ley N° 20.730 sobre Lobby y su Reglamento (DS N° 71 de 2014). Cada integrante de la Comisión deberá suscribir la “Declaración Jurada Simple Relativa a Intereses y Confidencialidad de los Miembros de la Comisión Evaluadora”, conforme a lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la Ley N° 19.886, la cual forma parte integrante de estas bases y deberá ser publicada en la plataforma Mercado Público. Las ofertas que cumplan con los requisitos de admisibilidad pasarán a la etapa de evaluación técnica y económica. La Comisión verificará que los antecedentes entregados por cada oferente se ajusten a las exigencias establecidas en estas bases. En caso de detectar errores formales u omisiones no sustanciales, la Comisión Evaluadora podrá ejercer la facultad establecida en el artículo 56 del Reglamento de Compras Públicas, solicitando su subsanación a través del foro inverso del portal www.mercadopublico.cl. Para ello se otorgará un plazo de 48 horas, contado desde la notificación del requerimiento. Esta medida sólo procederá respecto de antecedentes que hayan sido generados con anterioridad al vencimiento del plazo de presentación de ofertas o que refieran a situaciones no sujetas a modificación entre dicha fecha y el periodo de evaluación. Las omisiones o errores subsanables no podrán referirse a aspectos esenciales de la oferta, no deberán alterar el principio de igualdad entre los oferentes, ni comprometer la correcta evaluación de las propuestas. El cumplimiento tardío de dichos requerimientos podrá afectar la ponderación del oferente en el criterio de evaluación correspondiente, conforme a lo establecido en el numeral 15.3 de estas bases. Finalizado el proceso, la Comisión emitirá un informe de evaluación dirigido al Director del Servicio de Salud de Tarapacá, conforme al artículo 57 del Reglamento de Compras Públicas. Dicho informe deberá incorporarse al expediente del proceso y ser publicado en el portal de compras públicas. En el caso de ofertas presentadas por Uniones Temporales de Proveedores, los antecedentes exigidos para acreditar experiencia deberán ser aportados por cada uno de los integrantes que componen dicha unión, evaluándose en proporción al porcentaje de participación de cada uno, con independencia del mecanismo de formalización adoptado. La Comisión Evaluadora deberá resguardar en todo momento la trazabilidad y transparencia del proceso de evaluación, dejando constancia escrita y debidamente fundada de todas sus actuaciones y decisiones en las actas respectivas. Cada una de estas deberá estar incorporada en el expediente del proceso de compra, conforme a los principios de publicidad, probidad y responsabilidad establecidos en la Ley N° 19.886 y su Reglamento.
15. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ACEPTADAS
CRITERIO DE EVALUACIÓN - ECONÓMICO 60%: Para la evaluación de las propuestas, se considerará el total de la oferta económica de la adquisición que se desea contratar, de acuerdo con la propuesta del proveedor presentada en el Anexo Nº 6. Para determinar el puntaje se utilizará la siguiente fórmula: En caso de existir alguna discrepancia y/o diferencia entre lo indicado en el Anexo N° 6 “Formulario Técnico-Económico” y los documentos entregados por el proveedor, se preferirá la información de aquel anexo. CRITERIO DE EVALUACIÓN – GARANTÍA TÉCNICA 33%: Este criterio evalúa la garantía técnica ofrecida por cada oferente, considerando la duración, cobertura y respaldo de la garantía presentada, conforme a lo establecido en el Anexo N°8 – Garantía Técnica y Plazo de Entrega y las Especificaciones Técnicas de las Bases. El objetivo de este criterio es asegurar la calidad y confiabilidad del vehículo blindado, así como el compromiso del proveedor en la atención postventa frente a eventuales fallas o defectos de fabricación. El mínimo exigido será de 3 años o 100.000 kilómetros, según lo establecido en las Especificaciones Técnicas. Para la evaluación, el oferente deberá informar obligatoriamente la garantía ofrecida en años y kilómetros, adjuntando documentación oficial emitida por el fabricante o representante autorizado que respalde lo declarado. La asignación de puntaje se realizará conforme al siguiente detalle: Garantía Ofrecida Puntaje Asignado Igual o mayor a 5 años (100.000 km) 100 puntos Igual o menor a 4 años (80.000 km) 70 puntos Igual o menor a 3 años (60.000 km) 40 puntos Igual o menor a 2 años 0 puntos El puntaje obtenido se ponderará según el peso del criterio en la evaluación total: "Puntaje final garantía"=("Puntaje obtenido")×33% CRITERIO DE EVALUACIÓN – REQUISITOS FORMALES 5%: Se evaluará la entrega de los documentos requeridos en el plazo establecido en las bases de la presente licitación y de acuerdo con los puntajes señalados en el siguiente cuadro: DESCRIPCION PUNTOS Entrega dentro de los plazos. 100 puntos Entrega fuera de los plazos en tiempo y forma (Con oportunidad de aclarar errores o salvar omisiones en el portal). 70 puntos No entrega antecedentes o no salva errores u omisiones una vez requerido por el servicio. 0 puntos Si los documentos requeridos para respaldar la oferta en el portal no permiten corroborar o respaldar las características técnicas solicitadas en el proceso licitatorio, o documentos solicitados en idioma español no sean presentados, se permitirá realizar la aclaración mediante el foro inverso en una única instancia; si ésta no fuese aclarada por parte del oferente, la oferta será evaluada con “cero” (0) puntos, en este aspecto. Se aplicará la fórmula siguiente: CRITERIO DE EVALUACIÓN – PACTO DE INTEGRIDAD 2%: Quien oferte deberá informar si cuenta con programa de integridad implementado, de acuerdo con el detalle solicitado en el “Anexo N° 4: Pacto de Integridad”. El programa de integridad de una empresa u organización se entiende como un conjunto de instrumentos o herramientas que fomentan entre sus integrantes un comportamiento apegado a determinados valores que contribuyan a instalar estándares de integridad, fortaleciendo una conciencia ética que permita combatir la corrupción. Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: un comunicado interno enviado a los trabajadores/as, mail masivo, impresión de pantalla del sistema o programa o cualquier otro medio de respaldo que permita verificar que, además de que el proponente cuenta con un sistema o programa de integridad, éste es conocido por sus trabajadores/as. El puntaje será asignado de acuerdo con lo que se indica en la siguiente tabla: DENOMINACIÓN CALIFICACIÓN PUNTAJE Cumple Oferente cuenta con programa de integridad implementado y entrega respaldos de verificación. 100 No Cumple El Oferente no cuenta con programa de integridad implementado. 0 Si quien oferta no adjunta en el sistema de www.mercadopublico.cl la información solicitada en el Anexo N'°4, se le asignará "0'’ (cero) puntos en este criterio. RESOLUCIÓN DE EMPATES: En el caso de que, al finalizar el proceso de evaluación de las ofertas, dos o más proponentes obtengan el mismo puntaje máximo y se encuentren en igualdad de condiciones para ser adjudicados, se aplicarán los siguientes criterios de desempate, en el orden que se detalla a continuación: Garantía Técnica. Oferta Económica. Cumplimiento De Requisitos Formales. Pacto de integridad. De persistir el empate, el medio para determinar el ganador de la propuesta será mediante quien haya hecho ingreso primero de su oferta en el portal de compras www.mercadopublico.cl. Una vez que el Servicio de Salud Tarapacá, haya definido la adjudicación de las ofertas, procederá a notificar a todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl, del resultado de la licitación. Al o los oferentes que hubieren resultado adjudicados con la licitación, se les emitirá la respectiva Orden de Compra digital a través del portal www.mercadopublico.cl., quedando obligado el oferente a su aceptación, de acuerdo con lo expresado en la ley de compra 19.886. El o los adjudicatarios, quedan obligados a dar estricto cumplimiento a las menciones contenidas en la Orden de Compra, su oferta técnica y económica y el Contrato correspondiente, tales como calidad y oportunidad plazo de entrega, que la recepción de estas no merezca reparo alguno respecto de lo expresado en la oferta del proveedor.
16. DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RESOLUCIÓN QUE ADJUDICA.
La Comisión Evaluadora confeccionará el Informe de Evaluación, en el que se analizarán las ofertas presentadas y fundamentalmente se expondrán las razones administrativas, técnicas, legales y económicas que le permite efectuar una propuesta de adjudicación. El informe de evaluación será fundado en los Criterios de Evaluación establecidos en las presentes bases, de la cual se obtendrá la calificación de la oferta más conveniente y deberá ser firmado por todos sus integrantes y entregado al director del Servicio de Salud Tarapacá como propuesta, quien autorizará dicha propuesta de adjudicación mediante Resolución. El Servicio de Salud Tarapacá, adjudicará mediante Resolución aquella oferta, que haya obtenido el más alto puntaje de evaluación de acuerdo con lo indicado en Informe de Evaluación. De igual manera el Servicio declarará inadmisible, en forma fundada, aquellas propuestas que no cumplan lo exigido en las presentes Bases. El Informe de la Comisión Evaluadora debe dar cumplimiento y hacer referencia a cada una de las materias previstas en el artículo 57 del Reglamento de Compras Públicas.
17. DE LA ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN A LOS PROPONENTES.
Una vez definida la adjudicación por parte del Servicio de Salud Tarapacá y emitido el acto administrativo correspondiente, se notificará el resultado del proceso a todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su reglamento. Al oferente o los oferentes adjudicados se les emitirá la correspondiente Orden de Compra digital a través del mismo portal, la cual será generada una vez suscrito el Contrato de Suministro de Bienes Muebles y/o Servicios y aprobado mediante resolución administrativa, en caso de que el monto a adjudicar sea superior a 1.000 UTM. El proveedor adjudicado estará obligado a aceptar dicha Orden de Compra dentro del plazo máximo de tres (3) días hábiles contados desde su emisión. El adjudicatario deberá cumplir de manera estricta con todas las condiciones contenidas en su oferta técnica y económica, así como con lo estipulado en la Orden de Compra y el contrato suscrito, especialmente respecto de la calidad, oportunidad y plazos de entrega comprometidos. Todo incumplimiento podrá ser causal de sanciones conforme a lo establecido en las presentes bases y la normativa vigente.
18. DE LA ADJUDICACIÓN, DE LA DECLARACIÓN DESIERTA O INADMISIBLE
La adjudicación de las ofertas se efectuará entre aquellas que se ajusten plenamente a las Bases de licitación como a las Especificaciones Técnicas y demás documentos anexos, al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las ofertas. Se podrá declarar desierta la propuesta por Resolución Fundada, cuando no se presenten ofertas; cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien estas no fueran convenientes a los intereses del Servicio, de conformidad al artículo 62 del Decreto Nº661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. Se declararán inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las bases de Licitación y/o Especificaciones Técnicas, de conformidad al Artículo 59 del Decreto Nº661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, como, asimismo, las ofertas riesgosas o temerarias de conformidad al artículo 61 del mismo reglamento y las ofertas simultaneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionas entre sí de conformidad a lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento. En estos casos anteriormente mencionados, los proponentes no tendrán derecho a indemnización alguna, por los gastos en que ellos hubieren incurrido en la preparación de la propuesta. En el caso de que se presente un empate posterior a la suma ponderada de las evaluaciones, los criterios de Evaluación y subfactores de desempates serán los indicados en el punto “Resolución de Empates” de las Bases Administrativas. El proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas: a) Resolución de Adjudicación: La adjudicación se formalizará mediante una resolución emitida por el Director del Servicio, la cual indique la propuesta seleccionada, la que será publicada en el sistema de información. b) Notificación de Adjudicación: Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar al adjudicatario mediante el portal con pleno conocimiento de los demás oferentes que se hubiesen presentado en la propuesta. c) Publicación en página web: Se publicará en página web en el sistema de información www.mercadopúblico.cl, en la licitación pública correspondiente, el llamado a licitación, las bases incluyendo todos los documentos que las integran, y todos sus anexos ; el acto administrativo con las respuestas a las preguntas efectuadas por los proveedores en los plazos establecidos en las bases, sin individualizar el nombre del proveedor que formuló las preguntas; el acto administrativo que estableció la comisión evaluadora, si ésta existiere; la declaración jurada de conflicto de interés de la comisión evaluadora, si existiere; la recepción y el cuadro de las ofertas en el que deberá constar la individualización de los oferentes; el informe final de evaluación el que deberá contener a lo menos las materias especificadas en el artículo 57 del reglamento de compras; el acto administrativo que resuelva sobre la adjudicación , y lo datos básicos del contrato, incluyendo la ubicación precisa en el caso de contratos de obras. d) Fecha de Adjudicación: En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en el cronograma www.mercadopublico.cl, el Servicio publicará una nueva fecha en el portal, informando allí las razones del atraso. La entidad licitante se reserva la facultad de poder variar la cantidad de bienes adjudicados, distintos al licitado (mayor o menor), previa aprobación del proveedor mediante consulta en el portal. Los proponentes podrán formular observaciones a la adjudicación dentro de las 24 horas siguientes a la publicación de la resolución, a través del portal www.mercadopublico.cl, las que serán resueltas por el referente técnico a través de este mismo medio, dentro de los 2 días Hábiles siguientes.
19. SOBRE READJUDICACIÓN
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, el Servicio de Salud podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje, dentro de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 58 inciso final del Reglamento de Compras.
20. REVOCACIÓN
Los actos administrativos podrán ser revocados por la entidad licitante. Se podrá́ otorgar el estado de “revocada” en aquellas situaciones donde la licitación ya está́ publicada y, en base a una decisión debidamente justificada, sin ser posible seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. Este estado es similar al estado “inadmisible”, pero con la salvedad de que, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado en forma unilateral por la entidad licitante con la resolución fundada que así́ lo autorice y se podrá́ realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento. Lo anterior de acuerdo con lo estipulado en el artículo 61 de la Ley N°19.886.
21. REQUISITOS DE CONTRATACIÓN
Al momento de la suscripción del contrato, el o los adjudicatarios deberá(n) acompañar: - Certificado de Habilidad en el Registro electrónico Oficial de Proveedores del Estado. - Certificado de antecedentes laborales y previsionales de la Dirección o Inspección del Trabajo u entidad competente sobre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. - Anexo Nº3: Declaración Jurada Simple del Sistema de Prevención de Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo y Delitos funcionarios e Inhabilidad Contemplada en el Artículo 4, Inciso Primero, 35 quáter y 35 septies de la ley 19.886 - Anexo N° 5, Declaración Jurada Simple de no Encontrarse Inhabilitado para contratar con el Estado (Ley 20.393, DL 211/1973 y Ley N°21.595). - Programa de Mantenimiento - Antecedentes Legales: En el caso de que el oferente sea una Persona Jurídica: ✔ Fotocopia de la Cédula de Identidad (por ambos lados) del (los/las) Representante (s) Legal (es) de la Empresa ✔ Copia simple de escritura pública de constitución de la sociedad y de sus modificaciones vigente. ✔ Certificado de vigencia de la Sociedad, otorgado por el Registro de Comercio competente. La no entrega de la documentación señalada en lo numerales anteriores, facultará a este Servicio para dejar sin efecto la adjudicación original y readjudicar al oferente que le seguía en puntaje, de conformidad a lo establecido en el artículo 58 inciso final del Reglamento de Compras Públicas. La compra de los bienes y sus componentes se materializará con la suscripción de un “Contrato de Adquisición de Vehículo, y, con ello, con la emisión de la Orden de Compra a través del Portal www.mercadopublico.cl , lo cual no considerará el pago de reajustes, pago de impuestos, pago de tasas, embalajes, pago de aranceles, pago de fletes ni intereses de ninguna especie por parte del Servicio de Salud Tarapacá. Todo pago por estos conceptos será de responsabilidad del adjudicatario. Formarán parte integrante del Contrato los siguientes documentos en el orden de prelación que se indica: 1. Las Bases Administrativas, Anexos y Especificaciones Técnicas. 2. Serie de preguntas y respuestas de Licitación Pública aprobada por resolución. 3. Modificaciones si las hubiere. 4. Oferta del Proponente. 5. Resolución de Adjudicación 6. Orden de Compra. 7. El Contrato si procede. Toda documentación de carácter aclaratorio remitida por el referente técnico del Servicio de Salud a los oferentes durante el período de estudio de las propuestas formará parte integrante del proceso licitatorio y será considerada para todos los efectos contractuales. Cualquier discrepancia entre los distintos documentos que conforman el contrato, así como toda diferencia en la interpretación de su contenido, será resuelta, en primera instancia, por el referente técnico del Servicio de Salud de Tarapacá, privilegiando siempre una interpretación que permita la correcta y completa ejecución de los bienes contratados para satisfacer la necesidad pública que dio origen al procedimiento de adquisición. Sin perjuicio de lo anterior, las partes podrán recurrir a las instancias legales que establece la normativa vigente para la resolución de controversias. El Servicio de Salud de Tarapacá elaborará el contrato de Adquisición de Vehículo en estricto apego a las presentes Bases Administrativas y a la oferta del proveedor adjudicado. Este contrato será puesto a disposición del adjudicatario, quien deberá revisarlo, firmarlo y devolverlo al Servicio en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados desde la fecha de su recepción. Previo a la firma del contrato, el adjudicatario deberá hacer entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en un plazo máximo de cinco (7) días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl. Dicha garantía deberá ser otorgada conforme a lo establecido en estas Bases Administrativas. Si el oferente adjudicado no cumple con el requisito de firmar el contrato en el plazo señalado ni entregase la garantía por fiel cumplimiento de contrato, según lo indicado en el párrafo anterior, el Servicio de Salud Tarapacá podrá asignar la propuesta al que le sigue en puntaje según lo estipulado en las presentes Bases Administrativas, al oferente que le sigue en puntaje y así sucesivamente. En caso de que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
22. DE LA EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA
La emisión de la orden de compra al proveedor adjudicado se realizará una vez suscrito el Contrato de Suministro de Bienes Muebles y/o Servicios entre dicho proveedor y el Servicio de Salud Tarapacá, y previa aprobación mediante el acto administrativo correspondiente. En caso de que la Orden de Compra no sea aceptada por el proveedor adjudicado dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados desde su emisión, el Servicio podrá solicitar su cancelación a través del portal www.mercadopublico.cl. La Orden de Compra se considerará cancelada en forma definitiva transcurridas 24 horas desde dicha solicitud, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente. ● Causales Admitidas para el Rechazo de Órdenes de Compra: El proveedor sólo podrá rechazar la orden de compra, en el plazo de tres días hábiles, contado desde el envío de ésta, precedente, cuando: Exista un error evidente en ésta, cuando el monto total neto de la orden de compra sea inferior o superior al monto adjudicado, o bien, en aquellos casos de fuerza mayor o caso fortuito que le impidan dar cumplimiento oportuno e íntegro a las solicitudes de entrega del servicio del Servicio de Salud Tarapacá, debidamente justificado. Para ello, deberá comunicar vía correo electrónico, en el mismo plazo indicado para la aceptación de la orden de compra, dicha circunstancia debidamente justificada al administrador del contrato por parte del organismo contratante. En relación con lo anterior, en caso de notificar una situación de caso fortuito o fuerza mayor, el proveedor deberá explicitar en dicha comunicación el evento de fuerza mayor o caso fortuito invocado, acompañando la documentación que lo acredite, en caso de que la hubiere, y entregando mayores detalles respecto de cómo éste afecta al cumplimiento de lo solicitado y a causa de lo cual debe rechazar la orden de compra. Corresponderá al Servicio de Salud Tarapacá representado por el administrador del contrato, calificar de manera exclusiva si los hechos invocados por el proveedor configurarían caso fortuito o fuerza mayor son atendibles.
23. DE LAS RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR ADJUDICADO
El proveedor adjudicado será responsable del cumplimiento íntegro, oportuno y satisfactorio de todas las obligaciones establecidas en las Bases Administrativas, Técnicas y en los documentos que forman parte del contrato, asumiendo plena responsabilidad por la correcta ejecución de este, tanto en el aspecto técnico como administrativo. Serán obligaciones específicas del proveedor, las siguientes: 1. Cumplir con las especificaciones técnicas y condiciones ofertadas, entregando el vehículo blindado en perfecto estado, nuevo, sin uso, y conforme a las características exigidas en las Bases y la oferta adjudicada. 2. Respetar el plazo de entrega comprometido, contado desde la fecha de emisión de la Orden de Compra, y realizar la entrega en las dependencias del Servicio de Salud Tarapacá o en el lugar que se indique formalmente. 3. Responder por la calidad y funcionamiento del vehículo entregado, asegurando que el mismo cumple con los estándares de seguridad, desempeño y confiabilidad establecidos en las Especificaciones Técnicas. 4. Otorgar y hacer efectiva la garantía técnica ofrecida, en los términos y plazos comprometidos en su propuesta y conforme a lo indicado en el Anexo N°8 – Garantía Técnica y Plazo de Entrega. 5. Proveer servicio postventa y asistencia técnica durante el período de garantía, debiendo garantizar la disponibilidad de repuestos, mano de obra y mantenimiento preventivo o correctivo a nivel nacional. 6. Entregar toda la documentación legal y técnica que acredite el cumplimiento de las exigencias normativas, tales como factura, certificado de homologación del Ministerio de Transportes (3CV), inscripción en el RNVM, permiso de circulación, SOAP, manuales técnicos y certificados de garantía del fabricante. 7. Asumir los costos asociados a transporte, instalación, puesta en marcha, seguros, capacitación y cualquier otro gasto necesario para la correcta entrega y recepción del vehículo. 8. Cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en materia de compras públicas, responsabilidad contractual, normativa de tránsito y seguridad vehicular. 9. Subsanar, reparar o reemplazar, a su costo, cualquier desperfecto, falla o defecto que se detecte durante el período de garantía o durante el proceso de recepción técnica, dentro del plazo que determine el Servicio. 10. Responder por los daños y perjuicios que ocasionare al Servicio de Salud Tarapacá o a terceros, derivados de incumplimientos contractuales o de la entrega de bienes defectuosos o distintos a los ofertados. 11. Cumplir con las instrucciones y disposiciones emanadas de la Unidad Técnica y del Administrador del Contrato, en el marco de la ejecución del presente contrato. 12. Mantener vigente y en custodia las garantías exigidas, en la forma y plazos establecidos en las Bases y durante toda la vigencia contractual. El proveedor adjudicado no podrá ceder total ni parcialmente los derechos u obligaciones derivados del contrato sin la autorización expresa y por escrito del Servicio de Salud Tarapacá. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones antes señaladas dará lugar a la aplicación de las sanciones contractuales y legales correspondientes, incluyendo la posibilidad de término anticipado del contrato, conforme a lo establecido en la Ley N°19.886 y su Reglamento.
24. ACTA DE RECEPCIÓN CONFORME
La recepción técnica del vehículo objeto del presente contrato se formalizará mediante la suscripción de un Acta de Recepción Técnica, la cual será emitida por el Administrador de Contrato, una vez verificado que el bien cumple íntegramente con las especificaciones técnicas, condiciones de entrega y garantías establecidas en las Bases Administrativas, Técnicas y en la oferta adjudicada. El proveedor deberá coordinar la entrega con el Administrador de Contrato respectiva, acompañando toda la documentación exigida para la revisión, la cual incluirá, entre otros, los siguientes antecedentes: • Guía de Despacho. • Certificado de homologación del Ministerio de Transportes (3CV). • Certificado de inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados (RNVM). • Permiso de circulación vigente por un año. • Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP). • Manuales de operación y mantenimiento. • Documentación que respalde la garantía técnica ofrecida. El Acta de Recepción Técnica deberá consignar expresamente si el vehículo cumple con todos los requerimientos técnicos y contractuales, así como las observaciones que pudieren derivarse de la revisión. La firma del Acta de Recepción Técnica por parte del Administrador de Contrato que constituirá la aceptación conforme del bien recibido, y habilitará al proveedor para la emisión del acta de recepción conforme y posterior trámite de pago. En caso de detectarse incumplimientos o deficiencias técnicas, la Unidad Técnica dejará constancia de ello en el Acta, fijando un plazo perentorio para su corrección o reposición. El plazo de garantía comenzará a contarse una vez suscrita el Acta de Recepción Técnica sin observaciones.
25. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
La Factura correspondiente a la solicitud realizada deberá ser emitida de manera oportuna y en un plazo no superior a los primeros cinco (5) días corridos a partir de la fecha de la solicitud por el administrador del contrato. Dicha factura deberá ser emitida dentro de un plazo máximo de cinco (5) días corridos, contados desde la fecha de solicitud efectuada por el administrador del contrato. La factura deberá estar dirigida al Gobierno Regional y emitirse electrónicamente a través del sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII), conforme a la Ley N° 19.983. Además, deberá enviarse una copia a los correos electrónicos que más adelante se señalan. El envío no podrá exceder los dos (2) días corridos desde la fecha de emisión del documento tributario. Una factura dentro de los 8 (ocho) días corridos siguientes a su emisión puede ser reclamada o rechazada, según ley N°19.983 articulo N°3, lo anterior ocurre en los siguientes casos: ● “Reclamo al contenido del Documento”: o La factura no contiene toda la información completada y/o correcta. ● “Reclamo por FALTA PARCIAL O TOTAL DE MERCADERÍAS O SERVICIOS”, cuando el Servicio de Salud no recibe conforme los productos adquiridos. ● “Factura Duplicadas”, son los casos cuando emiten nuevamente una nueva factura por una compra ya facturada. Las facturas deberán contener, al menos, los siguientes datos: ● Razón Social: Servicio de Salud Tarapacá ● RUT: 61.606.100-3 ● Domicilio: Anibal Pinto 815, Iquique. ● Giro: Salud ● Correos electrónicos de contacto: contabilidad.ssi@redsalud.gob.cl El pago de las especies se efectuará mediante transferencia electrónica emitido a nombre del proveedor, dentro del plazo de 30 días corridos una vez recepcionada la factura conforme por parte del Servicio de Salud Tarapacá. Para proceder con los pagos se requerirá que previamente la respectiva Entidad certifique la recepción de las especies adquiridas en sus tres etapas. El pago de los bienes se realizará en un único estado de pago correspondiente al 100% del valor de los bienes. Con todo para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente el Servicio registre en el Sistema de información: a) La entrega de los bienes por parte del proveedor, en el momento en que esto ocurra. b) La recepción conforme de los bienes o servicios adquiridos por la Jefatura de la Unidad encargada de adquisiciones del servicio, por quien tenga delegada dicha facultad o por quien haya sido designado administrador del contrato. Si no hubiera conformidad con los bienes y/o servicios adquiridos, deberá registrarse los hechos en que se funda la disconformidad y acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan. Pago Indebido y su restitución: Se entenderá que existe un pago indebido cuando por error material, aritmético o de hecho se efectúe un desembolso de fondos públicos a favor de un proveedor que no tiene derecho para recibir dicho pago, o en una cuantía que excede la obligación establecida en el contrato u orden de compra respecto de bienes y/o servicios afectos a la ley de compras. El proveedor que reciba un pago indebido total o parcial queda obligado a restituir las cantidades percibidas en exceso, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 134 del Reglamento de Compras públicas.
26. ESTADO DE PAGO
El Servicio de Salud pagará al proveedor en único estado de pago, una vez suscrita el Acta Recepción Técnica del vehículo. Para proceder con los pagos, la empresa deberá hacer entrega de los siguientes antecedentes: - Factura en original de la empresa a nombre del Servicio de Salud Tarapacá, correspondiente al 100% del valor del bien. - Guía de Despacho, con identificación de todos los bienes entregados. - Orden de Compra en estado “Recepción conforme”. - Bases de Licitación - Resolución de Adjudicación. - Resolución aprobatoria de contrato, si procede. - Copia Garantía Fiel cumplimiento de contrato, si procede. - Acta de Recepción Conforme - Certificación de Habilidad emitido por el Registro de Proveedores del Estado, que deberá acreditarse al momento de concretar el pago. El incumplimiento en la entrega de la documentación solicitada para efectuar el estado de pago no dará lugar al pago de este hasta completar los antecedentes requeridos. Todo bien deberá ser recibido por el referente técnico con Guía de Despacho. Queda expresamente prohibido, el envío de facturas al interior de bultos o ser proporcionada a través del personal y técnico de la empresa que realice la entrega, instalación del bien y/o capacitación. En el evento de que el proveedor requiera un pago por adelantado de acuerdo con lo establecido en el artículo 125 del Decreto 661/2024 del Ministerio de Hacienda, según se especifica en estas bases, deberá proporcionar la boleta de garantía correspondiente por el porcentaje indicado para dicho pago anticipado. El otorgamiento del anticipo será facultativo y quedará condicionado a las situaciones especiales que puedan afectar al Servicio o a la Entidad que financia el proyecto, sea en cuanto a la normativa especial como Ley de Presupuesto que podría establecer límites a los porcentajes u otra circunstancia presupuestaria o no, que pueda afectar la entrega del anticipo. La forma de pago anticipado debe contener los siguientes documentos al momento de tramitación del estado de pago: - Factura en original de la empresa a nombre del Servicio de Salud Tarapacá, correspondiente al 100% del valor del bien. - Guía de Despacho, con identificación de todos los bienes entregados. - Orden de Compra en estado “Recepción conforme”. - Bases de Licitación - Resolución de Adjudicación. - Resolución aprobatoria de contrato, si procede. - Copia Garantía Fiel cumplimiento de contrato, si procede. - Resolución que autoriza el Pago Anticipado. - Copia de la Garantía por concepto de pago anticipado, correspondiente al % del valor del pago anticipado. - Certificación de Habilidad emitido por el Registro de Proveedores del Estado, que deberá acreditarse al momento de concretar el pago.
27. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
La administración del Contrato estará a cargo del Jefe de Unidad de Drogas del Servicio de Salud Tarapacá, quién actuará en representación de su Director y tendrá a su cargo la función de supervisar, fiscalizar y exigir al contratista adjudicado la correcta aplicación de las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Cronograma de Ejecución y cumplimiento de la oferta, para la correcta ejecución de los servicios de acuerdo con lo estipulado en contrato y oferta. En ejercicio de sus funciones, el Administrador del Contrato, tendrá las más amplias facultades para participar en la supervisión de los servicios materia de las presentes Bases. El proveedor adjudicado no podrá entrabar, impedir, perturbar o dificultar en manera alguna las funciones del Administrador del Contrato y deberá exhibirle toda la documentación relacionada que éste le exija. La infracción de este punto de las bases constituirá una infracción grave del contrato y será sancionado de conformidad a lo indicado en las presentes Bases, sin perjuicio de las acciones civiles que competan al Servicio.
28. MULTAS
En caso de incumplimiento por parte del proveedor adjudicado respecto de los plazos de entrega, condiciones técnicas, obligaciones contractuales o cualquier otra obligación establecida en las presentes Bases o en el contrato, el Servicio de Salud Tarapacá aplicará las multas que correspondan, conforme a lo establecido en la Ley N°19.886 y su Reglamento. 1. Multa por atraso en la entrega: En caso de retraso injustificado en la entrega del vehículo, se aplicará una multa equivalente al 0,5% (cero comas cinco por ciento) del valor neto del contrato por cada día hábil de atraso, con un máximo acumulado del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato. El cómputo de los días de atraso se iniciará a partir del día siguiente al vencimiento del plazo de entrega establecido en la Orden de Compra o en el contrato. 2. Multa por incumplimiento de especificaciones técnicas o contractuales: En caso de que el proveedor entregue bienes que no cumplan con las especificaciones técnicas establecidas o con las condiciones ofertadas, el Servicio podrá aplicar una multa de hasta un 5% del monto total del contrato, sin perjuicio de exigir la reposición o sustitución del bien defectuoso a costo exclusivo del proveedor. 3. Multa por no subsanar observaciones: Si el proveedor no corrige dentro del plazo establecido las observaciones formuladas en el Acta de Recepción Técnica, se aplicará una multa equivalente al 0,3% (cero comas tres por ciento) del valor neto del contrato por cada día hábil de retraso en la subsanación, hasta un máximo del 5% del monto total del contrato. 4. Multa por incumplimiento de mantenimiento preventivo: Si el proveedor no realiza las mantenciones preventivas dentro de los plazos establecidos en el programa de mantenimiento, se aplicará una multa equivalente al 0,3% (cero comas tres por ciento) del valor neto del contrato por cada día hábil de atraso, con un máximo acumulado del 5% del monto total del contrato. El plazo de atraso se contará desde el día siguiente al vencimiento del período programado de mantención preventiva, conforme a lo indicado en el plan del fabricante o en el cronograma acordado con la Unidad Técnica. 5. Multa por omisión total de mantenimiento preventivo: En caso de no ejecutar una o más mantenciones preventivas comprometidas, el Servicio podrá aplicar una multa equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total del contrato por cada mantención no realizada, sin perjuicio de exigir su ejecución inmediata o la reparación de los daños derivados del incumplimiento. Consideraciones Generales Sobre Multas - La suma total de las multas no podrá exceder el 20% del monto total adjudicado, incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Una vez alcanzado dicho límite, el Servicio podrá poner término anticipado al contrato por incumplimiento grave, previa elaboración de un informe por parte del Administrador del Contrato. - La resolución que disponga el término anticipado del contrato se adoptará sin perjuicio de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento, conforme a lo establecido en las presentes bases. - Corresponderá al Administrador del Contrato la aplicación de las multas pertinentes, debiendo notificarlas mediante resolución fundada, la que será remitida al proveedor al correo electrónico único registrado por éste para efectos contractuales. Procedimiento de Aplicación: 28.1. Descargos Del Proveedor El proveedor podrá presentar sus descargos, de manera fundamentada y por escrito, en un plazo de 5 (cinco) días hábiles administrativos (se descuentan sábados, domingos y festivos), contados desde la notificación de la multa. Dichos descargos deberán enviarse a la directora del Servicio Salud Tarapacá, con copia al Administrador del Contrato mediante correo electrónico o entregarse físicamente en la Oficina de Partes, ubicada en Calle Aníbal Pinto 815, ciudad de Iquique. La multa se aplicará únicamente tras una resolución administrativa debidamente fundada, la cual deberá analizar los descargos presentados, si los hubiera, y publicarse oportunamente en el sistema de compras públicas. Contra dicha resolución podrán interponerse los recursos establecidos en la Ley N°19.880. 28.2. Causales De Excepción No procederá el cobro de las multas en caso de que el incumplimiento sea consecuencia de un caso fortuito o fuerza mayor, conforme a los artículos 45 y 1547 del Código Civil, o de una causa totalmente ajena a la voluntad de las partes. La justificación de dicha causal deberá ser evaluada por el organismo comprador, previa presentación de los antecedentes correspondientes por parte del proveedor adjudicado. 28.3. Pago De Las Multas La multa deberá ser pagada por el proveedor adjudicado dentro del plazo 5 días hábiles, contados de la notificación de la resolución afinada que aprueba la multa. En caso de que no pague dentro de dicho plazo, el monto de la multa se descontará de los estados de pago, y/o de las garantías vigentes hasta cubrir su monto. En caso de que el valor de la garantía exceda el de las multas, el Servicio deberá consignar el excedente a favor del proveedor en un plazo máximo de 15 (quince) días hábiles. Posteriormente, el proveedor deberá entregar una nueva garantía por un monto y vigencia iguales a la garantía inicial.
29. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse por las causales previstas en el artículo 129 del Reglamento del Compras Públicas. La posibilidad de modificar el contrato no podrá alterarse de la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado El servicio estará facultado para aumentar el plazo de ejecución del contrato mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la orden de compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad publica que hubiere dado origen al procedimiento de contratación. En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas durante su vigencia, el equivalente al 30% del monto original del contrato; siempre que el servicio cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
30. AMPLIACIONES DEL SERVICIO
30.1. POR REQUERIMIENTO DEL SERVICIO El Servicio de Salud de Tarapacá podrá, por razones fundadas, solicitar al proveedor la modificación del plazo total de entrega de los bienes, extendiéndolo a una fecha posterior a la establecida en el contrato y/o en la oferta original. Esta solicitud será formulada mediante correo electrónico institucional, con al menos cinco (5) días hábiles de anticipación respecto de la fecha originalmente pactada para la entrega. La extensión del plazo no podrá exceder los seis (6) meses contados desde la fecha de entrega originalmente estipulada. Este ajuste de plazo no implicará costo adicional alguno para el Servicio ni dará lugar a la aplicación de sanciones al proveedor, siempre que la prórroga haya sido debidamente solicitada y aceptada en los términos establecidos. 30.2. POR FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO En caso de presentarse una situación de fuerza mayor o caso fortuito que impida el cumplimiento oportuno de las obligaciones contractuales, el proveedor deberá informar formalmente dicha circunstancia al director del Servicio de Salud Tarapacá, con copia al jefe del Departamento de Gestión de Recursos Físicos e Inversiones de la Red, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles siguientes a la ocurrencia del hecho. La notificación deberá realizarse por escrito, ya sea a través de la Oficina de Partes del Servicio o por correo electrónico institucional dirigido a sda.ssi@redsalud.gob.cl, o aquel que determine el Administrador del Contrato. En la comunicación, el proveedor deberá describir detalladamente los hechos que configuran la causal de fuerza mayor o caso fortuito y acompañar los antecedentes documentales que respalden su solicitud. La aceptación o rechazo de la solicitud será resuelta mediante resolución fundada por el director del Servicio o por quien este designe, considerando la naturaleza del evento, su duración y el impacto en el cumplimiento del contrato. Durante el período en que subsista la causal de fuerza mayor, se suspenderá el cómputo de los plazos contractuales y no se devengarán pagos a favor del proveedor por conceptos vinculados al contrato afectado. En caso de que se otorgue una prórroga, las eventuales multas solo serán exigibles a partir del día hábil siguiente al vencimiento del nuevo plazo otorgado. Si la prórroga excede la vigencia original del contrato, el proveedor deberá presentar una nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato, extendida por el período adicional concedido y bajo las mismas condiciones de la garantía inicial, salvo que el Administrador del Contrato determine condiciones distintas, justificadas en función del interés público.
31. TERMINACIÓN ANTICIPADA DE CONTRATO
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 130 del Reglamento de Compras Públicas, y del hecho que el contrato termine naturalmente por su completa y correcta ejecución, el Servicio podrá poner término anticipado al contrato o efectuar modificaciones, administrativamente, y sin requerimiento judicial previo, sin derecho a indemnización alguna, para el/la proveedor adjudicatario/a, salvo los recursos administrativos pertinentes, cuando concurran las causales establecidas en el Artículo 13 de la Ley de Compras y/o incumplimientos atribuibles al/a la proveedor/a y especialmente por alguna de las siguientes causales: A. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. B. Si se comprobase distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases de Licitación, de los documentos que sustentan la oferta del adjudicatario o la entrega de datos o información falsa por parte del proveedor. Se entenderá parte de esta cláusula, especialmente cuando un bien y/o servicio no cumple técnicamente con lo señalado en la oferta del proveedor. C. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. D. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, entendiéndose por tales las que se detallan a continuación: - Entrega de un bien que no corresponda a la marca y modelo ofertado en el proceso de licitación, salvo que dicho bien presente características técnicas superiores al originalmente adjudicado, conforme a lo dispuesto en el artículo 129 del Decreto N° 661/2024 del Ministerio de Hacienda. - Cuando la suma total de las multas aplicadas supere el 20% del valor total adjudicado del bien, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA). - Incumplimiento de la vigencia de la Garantía Técnica ofertada por el proveedor. - Cuando, tras aplicarse multas y descontarse de la garantía de fiel cumplimiento, el proveedor no presente una nueva garantía por el mismo monto y vigencia de la garantía inicial. En este caso, el Servicio podrá solicitar a la Dirección de Compras y Contratación Pública la suspensión del proveedor, conforme a lo establecido en el artículo 160 N° 3 del Decreto N° 661/2024 del Ministerio de Hacienda. - Negativa del proveedor a renovar las garantías contractuales al término de su vigencia, dentro del plazo establecido en las presentes bases. - Negativa del proveedor a la realización de las mantenciones preventivas, en caso de ofertar. E. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. F. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. G. En caso de eliminación o suspensión del Registro de Proveedores La muerte del proveedor en caso de ser persona natural, o de uno de sus socios en caso de ser persona jurídica a menos que la legislación o el pacto social permitan su continuidad. H. Si el proveedor fuere procesado, acusado o condenado por delito que merezca pena aflictiva. I. Si el oferente se negare a renovar las garantías del contrato al expirar la vigencia de éstas, en el plazo establecido en las presentes bases. J. Las demás que se establezcan en las bases de la licitación o en el contrato. Para efectos de aplicar la terminación anticipada del contrato por incumplimiento de una o más obligaciones establecidas en las bases y en el contrato, el Servicio deberá comunicar a la empresa, mediante oficio, su intención de poner término al contrato, indicando los antecedentes que fundamentan dicha decisión. Esta comunicación será notificada al correo electrónico único que fije el proveedor conforme al artículo 140 del reglamento de compras. La empresa dispone de un plazo de cinco días hábiles a contar de la notificación del ordinario que informa sobre el término anticipado de contrato, para formular sus descargos en relación con el eventual incumplimiento. La medida definitiva, deberá formalizarse a través de resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren y publicarse, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, en el sistema de Información Pública de conformidad a lo dispuesto artículo 132 del Reglamento de Compras Publicas En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880. Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario/a, debiendo este concurrir al pago de las obligaciones que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato, para los casos de término anticipado de contrato, por razones atribuibles al proveedor, se procederá a dar el aviso respectivo de el o los incumplimientos en el Registro de Proveedores.
32. SUBCONTRATOS
El proveedor podrá subcontratar parcialmente la ejecución del contrato con terceros, previa autorización del Administrador del Contrato. No obstante, conservará la plena responsabilidad frente al Servicio de Salud de Tarapacá por el cumplimiento íntegro de todas las obligaciones contractuales, debiendo asegurar la calidad, oportunidad y contenido de los trabajos ejecutados por los subcontratistas. Asimismo, responderá por cualquier daño directo o indirecto, previsto o imprevisto, que se derive de su actuación o la de sus dependientes o subcontratistas, conforme a la normativa vigente. En cumplimiento del artículo 183-C del Código del Trabajo, el proveedor deberá acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales mediante la presentación de un certificado vigente emitido por la Inspección del Trabajo u otro documento equivalente. De igual modo, deberá presentar los antecedentes que respalden el cumplimiento de estas obligaciones por parte de los subcontratistas, lo que permitirá al Servicio ejercer sus derechos conforme a los mecanismos de información y retención establecidos en los incisos 22 y 32 del citado artículo, y conforme a la responsabilidad subsidiaria regulada en el artículo 183-D del mismo cuerpo legal. Además, de acuerdo con el artículo 128 del Decreto Supremo N° 661 del 2024 del Ministerio de Hacienda, no será admisible la subcontratación en los siguientes casos: a. Cuando supere el 30% del monto total del contrato. b. Cuando el subcontratista se encuentre afecto a una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores del Estado. c. Cuando el subcontratista incurra en alguna de las incompatibilidades previstas en el artículo 35 quáter de la Ley N° 19.886 sobre Contratación Pública.
33. PROHIBICIÓN DE CESIÓN
El Proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una contratación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común.
34. CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes del recinto de salud que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afecta al adjudicatario, su personal directo e indirecto y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria. En caso de incumplimiento, el Servicio podrá terminar anticipadamente el contrato, de acuerdo con lo especificado en la sección respectiva de estas bases, encontrándose facultado para cobrar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes. Lo anterior, sin perjuicio de las normas sobre transparencia y publicidad que informan los procesos de licitación pública y en general el ejercicio de la función administrativa (aplica el dictamen N° 19.735, de 2011).
35. CONSTANCIA
Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas Generales, Especificaciones Técnicas y documentos anexos, se entenderán íntegramente incorporadas al Contrato y a las Órdenes de Compra que se suscriban o emitan al proveedor adjudicado, sin necesidad de mención expresa. Asimismo, el adjudicatario será plenamente responsable del cumplimiento de todas las obligaciones, condiciones y compromisos que emanen de dichos documentos, los cuales forman parte integrante del presente proceso de contratación.
36. DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
Para todos los efectos legales emanados de la licitación a que se refieren estas Bases, así como de los que se deriven del Contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la Comuna de Iquique y prorrogan la competencia ante sus tribunales de justicia.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.