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MECANISMO DE RESOLUCION DE EMPATES |
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En el evento que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los demás criterios de evaluación en el siguiente orden de prelación:
1° Experiencia comprobada
2° Precio
3° Plazo de Entrega.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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a. Haber estudiado la propuesta en todos sus detalles, riesgos y consecuencias, habiendo leído y aceptado la totalidad de los antecedentes que la componen, es decir, sus bases administrativas, especificaciones técnicas, etc.
b. Conocer las condiciones, posibilidades y dificultades inherentes a la prestación de los servicios que se contratarán.
c. De conformidad al contrato que se suscriba, si resulto adjudicado, me comprometo a cumplir fiel y cabalmente todas las obligaciones que emanen de dicho contrato por el plazo de vigencia del mismo.
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SUBSANACION DE ERRORES U OMISIONES FORMALES |
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El Centro Oncológico del Norte durante el proceso de evaluación, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl
Los oferentes a los que se les solicite completar antecedentes, deberán hacerlo en el plazo extraordinario de 02 días hábiles desde la fecha que se formalice la solicitud al oferente, bajo apercibimiento de tenerse por desistida su oferta.
El Centro Oncológico del Norte, podrá modificar la fecha de adjudicación, cuando la complejidad en la evaluación y/o cantidad de ofertas presentadas lo requiera.
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ADJUDICACION |
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19.1 Es indispensable que quien resulte adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, en condición de habilitado, en caso de no estarlo, dispondrá de un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de Publicación de la Resolución de Adjudicación. En caso de no cumplir con ello, el Centro Oncológico del Norte podrá desestimar la oferta, pudiendo adjudicar al oferente que haya resultado como segundo mejor evaluado, y así, sucesivamente.
19.2 La notificación de la adjudicación se realizará mediante la publicación de la Resolución que adjudica la licitación en el portal mercado público.
19.3 El adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles a contar desde la resolución de adjudicación, para hacer la entrega de la carpeta de arranque en la Unidad de Prevención de Riesgos, con copia al encargado de proyectos, correo raul.ananias@redsalud.gov.cl, según el Reglamento de contratista, que se adjuntan en esta licitación.
19.4 El Centro Oncológico del Norte tendrá la posibilidad de re-adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación y así, sucesivamente, en los siguientes casos:
- Cuando el proveedor adjudicado desista de su oferta,
- Cuando sea inhábil.
- Cuando no cumpla con lo ofertado.
19.5 En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán realizarlo a través del Foro Inverso.
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PRECIO, FORMA DE COMPRA Y ENTREGA |
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El tipo de contrato se materializará a través de la emisión de la orden de compra al proveedor, la que deberá ser acepta por el adjudicado, en base a los términos contenidos en esta licitación, conforme a lo dispuesto en el artículo N°63 del Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, que dice: “Para formalizar las adquisiciones de bienes y servicios regidas por la Ley N°19.886, se requiere la suscripción de un contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las adquisiciones menores a 100 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de esta por parte del proveedor.
Los precios sólo deben indicarse en signos monetarios, sin decimal y en moneda nacional, incluyendo todos los costos o gastos asociados.
La orden de compra deberá ser aceptada por el proveedor adjudicado, en un plazo máximo de 48 hrs de enviada la solicitud. Si la orden de compra no es aceptada dentro del plazo establecido, se enviará una solicitud de cancelación, la que deberá ser aceptada por el proveedor irrevocablemente.
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PLAZOS Y FORMA DE PAGO |
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El servicio contratado se pagará en una única instancia, contra entrega del proyecto terminado y debidamente aceptado con el Acta de Recepción conforme, firmado por el oferente y el encargado de proyectos del CON. Para la autorización de los pagos, el contratista deberá:
• Presentar formulario F-30 y F30-1 correspondiente a la empresa adjudicada y de todos sus subcontratistas. El proveedor deberá adjuntar planillas de pago de imposiciones, copia de los contratos (firmados), liquidaciones de sueldo (firmadas), finiquitos y comprobante de pago de finiquito del personal asociado a estas obras.
• Posterior a esta revisión y a la recepción conforme certificada respecto a la entrega de la obra, el encargado de proyecto informará al proveedor para que proceda a emitir la factura correspondiente.
Por lo tanto, el proceso de pago se iniciará con emisión de factura electrónica a nombre del Centro Oncológico del Norte, Rut 62.000.380-8 detallando los productos o servicios facturados, conforme a las condiciones de la(s) orden(es) de compra que hayan sido enviadas al proveedor siendo éste el primer responsable quien debe aceptar esta o estas órdenes de compra en el portal del Mercado Público. Es importante establecer que la Unidad requirente del Centro Oncológico del Norte deberá verificar que la orden compra haya sido aceptada previo a la respectiva emisión de o las facturas.
Cumpliendo las indicaciones en el párrafo anterior, para el buen desarrollo del proceso de pago, la factura deberá indicar, en el campo folio, el número de Orden de Compra del portal Mercado Público sin espacios ni antes ni después, además, señalar que la forma de pago es al Crédito, (no se debe indicar “al Contado”), y su pago estará supeditado a la efectiva recepción de los productos solicitados en términos: técnicos, cantidades y precios, lo cual será refrendado por la recepción interna conforme de la unidad requirente del C.O.N. que solicito la compra y/o servicio y a la aceptación de la Orden de compra en portal Mercado Público por parte del proveedor adjudicado.
La factura emitida podrá ser rechazada por la Unidad de Finanzas o a petición de la Unidad requirente por mala emisión de factura o recepción inconforme del servicio, respectivamente, para ello tienen un plazo legal hasta los 8 días corridos después de la emisión del DTE.
Las facturas podrán ser entregadas en Oficina de Partes, de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas en Los Pumas N°10.255 Chimba Alto, Antofagasta o vía correo electrónico a pedro.carrizo@redsalud.gov.cl; Lorena.monsalve@redsalud.gov.cl, adjuntando la documentación de respaldo señalada”, sin perjuicio que el nuevo sistema de facturación electrónica implica enviar obligatoriamente en formato XML el DTE a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com para la recepción en el Sistema de Gestión DTE, ACEPTA, dentro de las 72 hrs., de haber ser emitido y enviada la respectiva factura para la validación en el SII; de lo contrario el DTE no podrá ser procesado a pago debido a la omisión de lo anteriormente señalado, lo que en consecuencia el Proveedor obligatoriamente deberá anular la factura con su respectiva Nota de Crédito para tener que nuevamente emitir un nuevo ejemplar procurando enviar el formato XML del DTE dentro de las horas antes señaladas.
Será responsabilidad del proveedor adjudicado, informar correcta y oportunamente a la unidad de finanzas: pedro.carrizo@redsalud.gov.cl , los datos de la cuenta corriente: Institución bancaria, tipo de cuenta, número de cuenta, Rut de la institución o persona natural adjudicada y correo electrónico.
El plazo de pago, conforme a lo indicado por la ley, es dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura en SII y estará supeditado a la efectiva recepción de los productos o servicios solicitados en términos: técnicos, cantidades y precios, lo cual será refrendado por la recepción interna conforme del encargado de Proyectos.
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DERECHOS Y OBLIGACIONES |
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22.1 El adjudicatario no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación. La infracción de esta prohibición dará derecho al Centro Oncológico del Norte, para poner término anticipado al contrato de forma inmediata. Lo anterior es, sin perjuicio de la transferencia que se pueda efectuar con arreglo a las normas de derecho común de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato. Los contratos de factoring suscritos por el adjudicado deben ser notificados oportunamente al Centro Oncológico del Norte y no deben existir obligaciones o multas pendientes entre las partes. (Artículo 74 y 75 del D.S. N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba reglamento de la ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios).
22.2 En caso de cualquier modificación societaria, el adjudicatario deberá informarla por escrito, adjuntando copia autorizada de la misma al Centro Oncológico del Norte, dentro del plazo de 30 días corridos de formalizada la modificación. Además, se deberá garantizar en dicho caso, la continuidad del servicio prestado. En ningún caso tales modificaciones podrán implicar el cambio de persona jurídica, a menos que el Centro Oncológico del Norte lo autorice expresamente
22.3 Duración: La vigencia de la presente licitación será por el periodo 30 días a contar desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
22.4 En caso de ser necesario ampliar el plazo de cumplimiento, por causas de atraso no atribuibles al adjudicado, se emitirá una resolución exenta que autorice el plazo y los gastos administrativos adicionales que ello signifique.
22.5 La presente licitación podrá modificarse, o terminarse anticipadamente, por las siguientes causales:
a. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b. El Centro Oncológico del Norte podrá terminar anticipada y fundadamente la relación con el adjudicatario con 10 días de antelación.
c. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario.
d. Estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de las obligaciones.
e. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
f. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores.
g. Las demás establecidas en las respectivas bases de la licitación.
h. Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de los bienes del adjudicatario; o este ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes a favor de sus acreedores; o ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
i. Si el adjudicatario es persona jurídica, y esta se disuelve y procede su liquidación.
El término anticipado no dará derecho a indemnización alguna al proveedor, salvo por los servicios efectivamente prestados conforme y no cancelados, entendiéndose dicho pago como compensación suficiente.
22.6 Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la contratación, el proveedor tendrá además las siguientes obligaciones:
a) Ejecutar el servicio de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación para su debido cumplimiento.
b) Cumplir con sus obligaciones con estricta sujeción a lo establecido en las presentes bases y en los demás documentos que rigen esta licitación.
c) Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que no estén considerados en las bases y no haya sido autorizado por la contraparte técnica.
d) La información y todos los antecedentes que la empresa y su personal obtengan o tenga acceso directamente o indirectamente del Centro Oncológico del Norte, con motivo de esta licitación, son estrictamente privados y confidenciales, razón por la cual está expresamente prohibido comentarla o difundirla por cualquier medio y bajo cualquier circunstancia. Asimismo, deberá guardar estricto control y reserva sobre la información, documentos y sistemas que, del Centro Oncológico del Norte, tenga acceso durante y con posterioridad a la ejecución del contrato para asegurar que su personal respete la privacidad y, en su caso el secreto de los mismos. Cualquier documento, ya sea en papel o electrónico, de propiedad del Centro Oncológico del Norte deberá ser devuelto por el contratista al término del presente contrato o en su defecto destruido o eliminado del soporte digital que los contenía. El incumplimiento de este aspecto se entenderá como un incumplimiento a la Privacidad de la información y facultará a al Centro, a poner término anticipado, según corresponda, reservándose el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de contravención.
e) La empresa deberá nombrar una Contraparte Técnica que tenga a cargo verificar el correcto funcionamiento del servicio e interactuar con la Contraparte Técnica que establezca el Centro Oncológico del Norte.
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MULTAS |
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Se contemplarán multas en los siguientes casos:
Situación Valor de la multa por evento
Incumplimiento en los tiempos de los plazos de entrega del proyecto terminado, comprometidos según lo señalado en el Anexo N° 4.
Tope máximo de 5 días de retraso (si supera dicho tope se considerará como incumplimiento grave al contrato)
3 UTM
Daños a la infraestructura, equipos, equipamiento, vehículos, etc; en general, daños a cualquier activo del CON.
Máximo 3 eventos durante la vigencia de la licitación (si esta cantidad se supera, será considerado como incumplimiento grave)
1 evento equivale a 1 daño 5 UTM + costo de reposición de lo dañado
Interrupción del normal funcionamiento del Centro Oncológico por cortes de suministro eléctrico, agua potable, gas licuado, bombas de impulsión de agua (en general, de cualquier servicio del CON)
Máximo 2 eventos durante la vigencia de la licitación (si esta cantidad se supera, será considerado como incumplimiento grave)
1 evento equivale a 1 interrupción 5 UTM + costo de reposición del sistema interrumpido
Incumplimiento en la utilización del tablero eléctrico portátil facilitado por el CON.
Tope máximo de 2 incumplimientos (si supera dicho tope se considerará como incumplimiento grave) 5 UTM por evento
Incumplimiento de los procedimientos, normas y criterios de salud y seguridad en el trabajo (condiciones y/o acciones inseguras).
Luego de tres amonestaciones escritas, se procederá a la aplicación de la multa indicada.
Tope máximo de 4 incumplimientos (si supera dicho tope se considerará como incumplimiento grave ) 3 UTM por cada 3 amonestaciones escritas
24.1. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN
Todo incumplimiento por parte del proveedor, que dé origen a la aplicación de una multa, será notificado al administrador del contrato del proveedor mediante correo electrónico y carta Certificada, por parte del administrador operativo del Centro Oncológico del Norte y / o Subdirector Administrativo.
El proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la recepción de la carta certificada, para dar respuesta y realizar sus descargos, acompañados de todos los antecedentes que lo fundamenten. En caso de no presentar descargos o presentarlos fuera del plazo, se entenderá que toma conocimiento de la notificación y asume el incumplimiento.
En caso que el proveedor presente los descargos dentro del plazo establecido, el Centro Oncológico del Norte tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles, desde su recepción, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Una vez revisados los antecedentes se notificará mediante carta certificada, al administrador del contrato del proveedor, la decisión respecto de la aplicación final de la multa.
El Centro Oncológico del Norte en el más breve plazo, emitirá la correspondiente resolución exenta aplicando la multa (pudiendo aplicarse más de una multa en un mismo acto administrativo) e informando los hechos que la fundamentan. Una vez tramitada la resolución, será subida al portal de mercado público y enviada vía correo al administrador de contrato del proveedor para su conocimiento.
Las multas deberán ser pagadas, en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa. En caso, que no se pague dentro de dicho plazo, se procederá a descontar del estado de pago de los trabajos licitados.
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