Licitación ID: 1077908-5-LE24
CONV. SUM. DE JABON NEUTRO DE MANOS PARA EL C.O.N.
Responsable de esta licitación: CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 8
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Productos o servicios
1
Servicios de producción de jabón o preparados de limpieza, perfumes o cosméticos 2420 Unidad
Cod: 73101612
104-0030 JABON NEUTRO DE MANOS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONV. SUM. DE JABON NEUTRO DE MANOS PARA EL C.O.N.
Estado:
Cerrada
Descripción:
CONVENIO DE SUMINISTRO DE JABON NEUTRO DE MANOS EL CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE. El Centro Oncológico del Norte, requiere adquirir de Suministro de Jabón líquido para un periodo de 24 meses para resolver la demanda asistencial.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
62.000.380-8
Dirección:
Los Pumas # 10255 Chimba Alto
Comuna:
Antofagasta
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-04-2024 15:02:00
Fecha de Publicación: 18-04-2024 9:58:57
Fecha inicio de preguntas: 18-04-2024 13:11:00
Fecha final de preguntas: 22-04-2024 15:05:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-04-2024 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-04-2024 15:03:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-04-2024 15:03:00
Fecha de Adjudicación: 31-05-2024 15:03:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
ENTREGA DE MUESTRAS LA FECHA ES DESDE 19/04/24 AL CIERRE 29/04/24 29-04-2024 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1. Declaración jurada simple. Suscrita por el oferente, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°,articulo 35 quáter y septies de la Ley 19.886; letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575.- Anexo N°2.Datos del Oferente. En caso de que oferte una unión temporal de proveedores, el Anexo N°2 debe ser completado por cada uno de sus integrantes. Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Administrativos. El incumplimiento por parte del proveedor de cualquiera de los requisitos señalados en el presente cuadro resumen, dará lugar al rechazo de la respectiva oferta y será declarada inadmisible.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°3: Declaración de Compromiso de Stock. (Oferta Técnica) El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos. Anexo N°4: Declaración de Cumplimiento de Especificaciones Técnicas. Se deberá entregar una detallada especificación de lo solicitado, la que se verificará con antecedentes de respaldo. El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos. El incumplimiento por parte del proveedor de cualquiera de los requisitos señalados en el presente cuadro resumen, dará lugar al rechazo de la respectiva oferta y será declarada inadmisible. Anexo N°6: Entrega de Muestras. Se deberán entregar de acuerdo a fecha informada en Portal de Compras Públicas. A cada participante se le entregará un comprobante de entrega de muestras el cual debe subir obligatoriamente a la plataforma, debidamente firmado y timbrado por ambas partes (oferente y representante de la Unidad de Abastecimiento), en caso de no hacerlo y que el Centro pueda comprobar la entrega por parte del proveedor de las muestras, bastará este medio para acreditar dicha situación. El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos. El incumplimiento por parte del proveedor de cualquiera de los requisitos señalados en el presente cuadro resumen, dará lugar al rechazo de la respectiva oferta y será declarada inadmisible.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°5. Oferta Económica y Plazo de Entrega. (Planilla Excel) Este Anexo se considerará en la revisión de antecedentes en formato Planilla Excel, por lo que no se considerará para evaluación en formato pdf, jpg, u otro. La información contenida en dicha planilla debe ser la misma que la ingresada en el “Comprobante de Oferta” de la plataforma de mercado público. En números enteros. (Sin decimales). El valor mencionado, debe incluir todo costo o gasto que signifique la venta de los sueros inherentes a esta licitación entendiéndose puesto en Bodega Central del Centro Oncológico del Norte. El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Económicos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios De no corresponder a lo solicitado en referencia al principio activo, presentación, forma clínica y/o vía de administración, tal oferta NO será considerada en la evaluación del ANEXO N°4. Los documentos que respalden las especificaciones técnicas, a evaluar en este punto (15.1), deberán ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos. A. Para la evaluacion de este criterio se considerara los siguientes requisitos tecnicos del insumo requerido (30%) – Puntaje maximo 100pts.: N° Descripción Caracteristicas Puntaje 2 (104-0030) – JABON NEUTRO 950-1000 ml. Matraz colapsable con dispensación directa, Bolsa sellada herméticamente con válvula. 30 En el envase debe estar impreso el nombre generico, concentracion y principios activo del antiseptico, y excipientes de la formulación. 20 Envase dobe tener fecha de elaboración, vencimiento y N° de lote. 15 Modo de empleo o instrucciones de uso en el envase. 15 Ficha Tecnica (Adjuntar) 20 TOTAL 100 Puntaje= Puntaje Obtenido x 0,30 30%
2 Plazo de Entrega Se entiende como plazo de entrega de los productos, el tiempo que media entre la fecha de envío de la orden de compra y la fecha en que los productos son recibidos en Bodegas del Centro Oncológico del Norte. La asignación de puntaje se realizará en función de la siguiente tabla: Plazo de Entrega de Productos Puntaje Plazo de entrega menor a 72 hrs. 100 Plazo entrega entre 73 a 96 hrs. 50 Plazo de entrega mayor a 96 hrs. 0 20%
3 Precio Las ofertas se evaluarán en este factor de manera inversamente proporcional a la oferta o precio más bajo presentado a la propuesta. A la oferta más baja se le asignarán 100 puntos. Para obtener el puntaje ponderado de las ofertas presentadas a la propuesta se aplicará siguiente fórmula: Precio = Precio Oferta más Baja * 100 * 0,50 Precio Oferta "X" Precio más bajo presentado a la propuesta, dividido por precio de oferta “X” por 100, por factor de ponderación 0,50 para cada oferta. 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE
Monto Total Estimado: 23000000
Justificación del monto estimado El presupuesto estimado para la presente licitación es de 23.000.000.- IVA incluido. Monto que los oferentes deberán tener presente en el momento de realizar sus ofertas.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Esta renovación se justifica debido que lo requerido es de carácter habitual y permanente, propio de la naturaleza de las prestaciones del Centro; a fin de asegurar en cantidad, calidad y oportunidad los insumos necesarios para la demanda asistencial del
Observaciones IVA INCLUIDO
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: PEDRO CARRIZO BONILLA
e-mail de responsable de pago: pedro.carrizo@redsalud.gov.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En el evento que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los demás criterios de evaluación en el siguiente orden de prelación:

1° Calidad Técnica, y en caso de persistir el empate será,

2° Precio, y en caso de persistir el empate será,

3° Plazo de Entrega. 

4° Oferta que ingrese primero a Portal

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
EVALUACION DE LA OFERTAS
La comisión evaluadora estará conformada bajo Resolución Exenta N°1298 del 29 de diciembre de 2022, por el Jefe de Abastecimiento, profesional de la unidad de Finanzas, Referente Técnico, Profesional de la Subdirección Administrativa y Profesional Encargado de Proyectos o por quienes les subroguen legalmente, comisión que estará a cargo de examinar las ofertas ingresadas correctamente al Portal www.mercadopublico.cly comprobará el cumplimiento de los requisitos señalados en las presentes bases. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán: • Comunicarse entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes (artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N°19.886 y artículo 35 de la ley N°19.886). • Intervenir en procedimientos de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés. (Artículo 35 quinquies de la ley N°19.886). Son motivos de abstención los siguientes: 1. Tener interés en los términos indicados por el inciso tercero del artículo 44 de la ley Nº18.046, sobre sociedades anónimas. En este caso, se considerará que existe un interés personal también cuando lo tenga el conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común. 2. Incurrir en alguno de los motivos de abstención a que se refiere el artículo 12 de la ley Nº19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los organismos de la Administración del Estado. En este caso, se considerará que existe un interés personal también cuando lo tenga el conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común. 3. Haberse desempeñado en los últimos veinticuatro meses como director, administrador, gerente, trabajador dependiente o asesor, consejero o mandatario, ejecutivo principal o miembro de algún comité, en sociedades o entidades respecto de las cuales deba tomarse una decisión. Se entenderán también comprendidas dentro de esta causal aquellas entidades que formen parte de un mismo grupo empresarial, como matrices, filiales o coligadas, en los términos definidos en el artículo 96 de la ley N°18.045, de Mercado de Valores. 4. Haber emitido opinión, por cualquier medio, sobre un procedimiento de contratación en curso y cuya resolución se encuentre pendiente. 5. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad. • Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora. • Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. La comisión de evaluación del Centro Oncológico del Norte, emitirá un informe de evaluación de las ofertas, proponiendo a la Dirección de este Establecimiento la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación.
SUBSANACION DE ERRORES U OMISIONES FORMALES
El Centro Oncológico del Norte durante el proceso de evaluación, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl Los oferentes a los que se les solicite completar antecedentes, deberán hacerlo en el plazo extraordinario de 02 días hábiles desde la fecha que se formalice la solicitud al oferente, bajo apercibimiento de tenerse por desistida su oferta. El Centro Oncológico del Norte, podrá modificar la fecha de adjudicación, cuando la complejidad en la evaluación y/o cantidad de ofertas presentadas lo requiera.
ADJUDICACION
19.1 Es indispensable que quien resulte adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, en condición de habilitado, en caso de no estarlo, dispondrá de un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de Publicación de la Resolución de Adjudicación. En caso de no cumplir con ello, el Centro Oncológico del Norte podrá desestimar la oferta, pudiendo adjudicar al oferente que haya resultado como segundo mejor evaluado, y así, sucesivamente. 19.2 En caso de que el adjudicado sea una persona jurídica deberá acompañar la personería de la misma, así como su constitución y vigencia; cuya antigüedad no sea superior a 3 meses al momento de su presentación, en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de Publicación de la Resolución de Adjudicación. 19.3 La notificación de la adjudicación se realizará mediante la publicación de la Resolución que adjudica la licitación en el portal mercado público. 19.4 El Centro Oncológico tendrá la posibilidad de readjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación y así, sucesivamente, cuando el proveedor adjudicado incurra en las siguientes causales: • Sea inhábil. • No cumpla con lo ofertado. • No acepte la orden de compra. Se excluye de la readjudicación cuando el incumplimiento del proveedor se deba a causas de fuerza mayor las que deberá justificar oportunamente y adjuntar los respaldos correspondientes, tales como: quiebre de stock y productos en cuarentena.
PRECIO, FORMA DE COMPRA Y ENTREGA
Los precios sólo deben indicarse en moneda nacional, en números enteros sin decimales, incluyendo todos los costos o gastos asociados, para que los productos estén puestos en las dependencias del Centro Oncológico del Norte (Bodega de Central ubicada en calle Los Pumas 10255, Chimba Alto, Antofagasta, de lunes a viernes en horario de 8:00 a 15:00 horas). Las compras se materializarán a través de una orden de compra, respetando el monto mínimo de facturación y factor de empaque/venta, informado por el proveedor en Anexo N°5. En caso de no indicar monto mínimo de facturación en el Anexo N°5 se entenderá que no tiene monto mínimo de facturación pudiendo el Centro Oncológico del Norte emitir órdenes de compra por cualquier monto. La orden de compra deberá ser aceptada por el proveedor adjudicado, en un plazo máximo de 48 hrs. de enviada la solicitud, y antes del envío de los productos. Si la orden de compra no es aceptada dentro del plazo establecido, se enviará una solicitud de cancelación, la que deberá ser aceptada por el proveedor irrevocablemente. La entrega de los insumos deberá ser siempre mediante guía de despacho, en las bodegas del Centro Oncológico del Norte, y sólo una vez realizada la recepción conforme, previa confirmación vía mail por el encargado de bodegas, podrá emitir la respectiva factura.
PLAZOS Y FORMA DE PAGO
El proceso de pago se iniciará con emisión de factura electrónica a nombre del Centro Oncológico del Norte, Rut 62.000.380-8 detallando los productos facturados, conforme a las condiciones de la(s) orden(es) de compra que hayan sido enviadas al proveedor siendo éste el primer responsable de aceptar la orden de compra en el portal del Mercado Público, previo a la respectiva emisión de o las facturas. Cumpliendo las indicaciones del párrafo anterior, para el buen desarrollo del proceso de pago, la factura deberá indicar, en el campo folio, el número de Orden de Compra del portal Mercado Público sin espacios ni antes ni después, además, señalar que la forma de pago es al Crédito, (no se debe indicar “al Contado”). La factura emitida podrá ser rechazada por la Unidad de Finanzas o a petición de la Unidad requirente por mala emisión, teniendo un plazo legal hasta los 8 días corridos después de la emisión del correspondiente DTE. Las facturas podrán ser enviadas al correo electrónico de pedro.carrizo@redsalud.gov.cl; lorena.monsalve@redsalud.gov.cl, adjuntando la documentación de respaldo correspondiente, sin perjuicio que el nuevo sistema de facturación electrónica implica enviar obligatoriamente en formato XML el DTE a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com para la recepción en el Sistema de Gestión DTE, ACEPTA, dentro de las 72 horas de haber sido emitida y enviada la respectiva factura para la validación en el SII; de lo contrario el DTE no podrá ser procesado a pago debido a la omisión de lo anteriormente señalado, lo que en consecuencia el Proveedor obligatoriamente deberá anular la factura con su respectiva Nota de Crédito para tener que nuevamente emitir un nuevo ejemplar procurando enviar el formato XML del DTE dentro de las horas antes señaladas. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, informar correcta y oportunamente a la unidad de finanzas: pedro.carrizo@redsalud.gov.cl ; lorena.monsalve@redsalud.gov.cl en el caso de existir modificación de los datos de la cuenta corriente, Institución bancaria, tipo de cuenta, número de cuenta, Rut de la institución o persona natural adjudicada y correo electrónico. El plazo de pago, conforme a lo indicado por la ley, es dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura en SII y estará supeditado a la efectiva recepción de los productos solicitados en términos técnicos, cantidades y precios, lo cual será refrendado por la recepción interna conforme de bodega.
CONTRATO
La presente licitación no tendrá contrato sino que se materializará a través de la emisión de la orden de compra al proveedor, la que deberá ser acepta por el adjudicado, en base a los términos contenidos en esta licitación, conforme a lo dispuesto en el artículo N°63 del Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, que dice: “Para formalizar las adquisiciones de bienes y servicios regidas por la Ley N°19.886, se requiere la suscripción de un contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las adquisiciones menores a 1000 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de esta por parte del proveedor.
DERECHOS Y OBLIGACIONES
23.1 El adjudicatario no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación. La infracción de esta prohibición dará derecho al Centro Oncológico del Norte, para poner término anticipado a la relación contractual de forma inmediata. Lo anterior es, sin perjuicio de la transferencia que se pueda efectuar con arreglo a las normas de derecho común de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato. Los contratos de factoring suscritos por el adjudicado deben ser notificados oportunamente al Centro Oncológico del Norte y no deben existir obligaciones o multas pendientes entre las partes. (Artículo 74 y 75 del D.S. N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba reglamento de la ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios). 23.2 Los productos despachados por el proveedor deben cumplir con los siguientes requisitos al momento del despacho: - Fecha de vencimiento de acuerdo con lo ofertado. - Producto indemne. - Entrega mediante Guía de despacho. (La facturación deberá emitirse una vez realizada la recepción conforme por parte del Centro Oncológico del Norte, según el punto 20 de estas bases). 23.3 Los productos despachados defectuosos, con empaque dañado o que no cumplan con las características requeridas, deberán ser cambiados por el proveedor, el cual asumirá los costos de retiro y envío de los mismos. El proveedor adjudicado deberá cambiar los productos si despacha: • Productos con fecha de vencimiento inferior a lo ofertado. • Productos con empaques dañados y defectuosos. • Productos adulterados o mal rotulados. • Producto de distinta procedencia y/o marca a la adjudicada. • Producto con problemas de calidad (cambio de fabricación, tipo de material) Para llevar a cabo el canje o cambio de producto, la persona encargada de Bodega de Farmacia del Centro Oncológico del Norte se comunicará con el proveedor dentro de las 48 horas siguientes a la recepción de los productos a fin de solicitar el cambio o canje. El plazo máximo para realizar el cambio o canje será de 5 días hábiles desde que se notifica al proveedor que debe realizar el cambio. 23.4 Cualquier modificación en la fabricación de los productos deberá ser informada previo a la aceptación de la orden de compra, a la Unidad de Abastecimiento, al correo electrónico: amparo.espinoza@redsalud.gov.cl. El Centro Oncológico del Norte se reserva el derecho de aceptar las modificaciones. 23.5 Los mayores gastos directos o indirectos que se originen por cambios en la oferta original, serán de cargo del proveedor. 23.6 El adjudicatario liberará de toda responsabilidad al Centro Oncológico del Norte frente a acciones entabladas por terceros, con ocasión de trasgresiones de derechos de patentes, licencias, marcas registradas, diseños industriales y otros utilizados por él, atribuyéndose la calidad de proveedores del Centro Oncológico del Norte. 24. MODIFICACIÓN O TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO. Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N°19.886 y el artículo 77 del Reglamento de dicha Ley, además, de lo referido en el cuerpo de estas Bases, entre el Centro Oncológico del Norte y el proveedor del servicio podrá modificarse o terminarse por los motivos o circunstancias que a continuación se indican:  Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.  Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante para ello, será considerado como grave no cumplir en más de una oportunidad o evento, según las situaciones indicadas en el punto 25.1 de estas bases administrativas.  Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.  Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.  Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores.  Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato.  El Centro Oncológico del Norte podrá poner término anticipado al contrato municándolo por escrito con 30 días de anticipación.  Caso fortuito o fuerza mayor; razones de Ley o de Autoridad que hagan imperiosa su inmediata terminación.  Si el proveedor o informara dentro de los plazos establecido en el inciso final del numeral 2 de las bases técnicas.  Multas reiteradas según lo estipulado en el punto 25.1 de estas bases de licitación.  Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes del adjudicatario; o este ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes a favor de sus acreedores; o ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.  Si el adjudicatario es persona jurídica, y esta se disuelve y procede su liquidación.  El Centro Oncológico del Norte podrá suspender temporalmente la ejecución del contrato de manera fundada, previa justificación y aviso escrito.  Por incumplimiento de obligaciones del contratista, o por incumplimiento a las especificaciones técnicas adjuntas a estas Bases.  Las demás que se establezcan en las presentes bases administrativas y técnicas. El término del contrato en forma anticipada no dará derecho a indemnización alguna al contratista, salvo el pago de los servicios efectivamente prestados, autorizados y no cancelados, lo que se entenderá como compensación suficiente y se procederá a la liquidación inmediata del mismo, sin derecho a indemnización alguna al contratista. Las causales indicadas en el presente numeral se entienden sin perjuicio de que existan razones de fuerza mayor o caso fortuito, explicadas por el proveedor y aceptadas como tales por el Servicio sobre la base de antecedentes precisos y concretos.
MULTAS Y PROCEDIMIENTO DE APLICACION DE MULTA
El incumplimiento en las obligaciones que generan las presentes bases, estará sujeto a las siguientes multas: • Incumplimiento del despacho comprometido. (atraso en el plazo de entrega o despacho incompleto) entendiendo por despacho comprometido la aceptación total de la Orden de Compra • Incumplimiento de reposición de productos devueltos o rechazados. (retraso en el plazo de entrega o despacho incompleto). • Negarse a canjear de productos. • Incumplimiento en los plazos de entrega de los productos canjeados, según el punto 23.3. • Informar quiebre de stock, posterior a la aceptación de la Orden de Compra. Multa: 0.6 UTM por cada día de atraso con un máximo de 18 UTM Se aplicarán por cada día hábil que transcurra desde el día siguiente al plazo de entrega. La multa se cobrará directamente al proveedor y deberá ser pagada en el plazo de 10 días hábiles, posteriores a la resolución que aplica la multa. El Centro Oncológico del Norte verificará el incumplimiento de lo expuesto anteriormente, procediendo a notificar a proveedor en el más breve plazo de la procedencia de la multa, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. 25.2 PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN. Todo incumplimiento por parte del proveedor, que dé origen a la aplicación de una multa, será notificado al administrador del contrato del proveedor mediante correo electrónico y carta Certificada, por parte del administrador operativo del Centro Oncológico del Norte y / o subdirector Administrativo. El proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la recepción de la carta certificada, para dar respuesta y realizar sus descargos, acompañados de todos los antecedentes que lo fundamenten. En caso de no presentar descargos o presentarlos fuera del plazo, se entenderá que toma conocimiento de la notificación y asume el incumplimiento. En caso que el proveedor presente los descargos dentro del plazo establecido, el Centro Oncológico del Norte tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles, desde su recepción, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Una vez revisados los antecedentes se notificará mediante carta certificada, al administrador del contrato del proveedor, la decisión respecto de la aplicación final de la multa. El Centro Oncológico del Norte en el más breve plazo, emitirá la correspondiente resolución exenta aplicando la multa (pudiendo aplicarse más de una multa en un mismo acto administrativo) e informando los hechos que la fundamentan. Una vez tramitada la resolución, será subida al portal de mercado público y enviada vía correo al administrador de contrato del proveedor para su conocimiento. Las multas deberán ser pagadas, en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa.