Licitación ID: 1077908-5-LP26
SERV. CASA DE ACOGIDA EN AFTA PAC AUTOVALENTES
Responsable de esta licitación: CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE
Fecha de Cierre: 08-07-2026 19:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Hoteles 1260 Unidad
Cod: 90111501
Servicio de ALOJAMIENTO con DESAYUNO en Casa de Acogida en Antofagasta para Pacientes Autovalentes  

2
Servicios de suministro de alimentos 1260 Unidad
Cod: 93131608
Servicio de ALMUERZO en Casa de Acogida en Antofagasta para Pacientes Autovalentes  

3
Servicios de suministro de alimentos 1260 Unidad
Cod: 93131608
Servicio de CENA en Casa de Acogida en Antofagasta para Pacientes Autovalentes  

4
Servicios de lavandería 630 Unidad
Cod: 91111502
Servicio de LAVANDERIA en Casa de Acogida en Antofagasta para Pacientes Autovalentes  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERV. CASA DE ACOGIDA EN AFTA PAC AUTOVALENTES
Estado:
Publicada
Descripción:
Requiere contar con el Servicio de Casa de Acogida Hospitalaria, en la ciudad de Antofagasta para Alojamiento con Alimentación, y Traslado sólo en caso de emergencia, de Pacientes Autovalentes yo Acompañante indicado por el médico tratante, de otras localidades de la macrozona norte que requieran tratamiento en el Centro Oncológico del Norte.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
62.000.380-8
Dirección:
Los Pumas # 10255 Chimba Alto
Comuna:
Antofagasta
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-07-2026 19:00:00
Fecha de Publicación: 24-06-2026 9:37:32
Fecha inicio de preguntas: 24-06-2026 10:05:00
Fecha final de preguntas: 29-06-2026 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 04-07-2026 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-07-2026 19:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 08-07-2026 19:05:00
Fecha de Adjudicación: 08-09-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1. Declaración Jurada Simple. (firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica según corresponda). Suscrita por el oferente, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°, artículos 35 quáter y septies de la Ley N°19.886. El Centro Oncológico del Norte podrá verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. Anexo N°2. Datos del Oferente. (firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica según corresponda). En caso de que oferte una unión temporal de proveedores, el Anexo N°2 debe ser completado por cada uno de sus integrantes. Anexo N°3. Unión Temporal de Proveedores. (Firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica según corresponda). Llenar formulario solo en el caso de tener una U.T.P. (de no tener UTP y no enviar el anexo, no será considerado como incumplimiento) Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Administrativos.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°4. Programa de Integridad. (firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica según corresponda). El oferente debe posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el anexo. (En caso de que no cuente con un Programa de Integridad y no adjunte el anexo N°4, no se considerará incumplimiento y se evaluará conforme a lo indicado en el punto 16.1). Anexo Nº5. Resolución Sanitaria y Autorizaciones. (firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica según corresponda). Aplica en caso de externalización de servicios. Anexo N°6 Antecedentes del Inmueble. (firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica según corresponda). Anexo Nº7. Declaración Jurada Sobre el Personal. (firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica según corresponda). Anexo Nº8. Declaración Jurada, Requisitos Técnicos del Servicio. (firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica según corresponda). Anexo Nº9. Experiencia del Oferente. (firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica según corresponda). Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo Nº10. Oferta Económica. La oferta económica debe ser presentada en planilla Excel, los valores deben ser expresados en moneda nacional, en valores netos (sin IVA). El valor total neto del anexo deberá coincidir con el monto ingresado en el Comprobante de Oferta del portal del mercado público. En caso de discrepancias en los montos prevalecerá la oferta del portal de mercado público. El valor mencionado, debe incluir todo costo o gasto que signifique la ejecución de los servicios inherentes a esta licitación. Será obligación del proveedor para poder participar de esta licitación el Ofertar considerando la prestación de todos los servicios asociados al servicio principal de casa de acogida en el presente anexo. El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Económicos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Programa de Integridad Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°4, debiendo, además, adjuntarse dicho programa y el medio de verificación que permita determinar que tal programa es conocido por todo el personal. Se entenderá por Programas de Integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento de las distintas normas que establecen el estándar de comportamiento íntegro que tanto el proveedor como sus trabajadores deben mantener durante la etapa concursal y de ejecución de los contratos que mantenga con los organismos de la Administración del Estado. De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará según lo estipulado en la s 5%
2 Experiencia de los Oferentes Se evaluará la experiencia en el servicio de alojamiento, considerando los años de experiencias contados desde la fecha de inicio de la actividad económica (código SII - 551001), según Anexo N°9., el que debe ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos. Las ponderaciones serán acorde a la siguiente tabla de evaluación: Experiencia Comprobada del Oferente Código (SII) Actividad económica Fecha Inicio (Año) Puntaje 551001 Actividades de Hoteles 2021 o Anteriores 100 2022 80 2023 60 2024 40 2025 20 2026 0 30%
3 Precio Oferta Económica = Valor Total Neto oferta más Bajo x 100 x 0,60 Valor Total Neto Oferta “X” 60%
4 Cumplimiento de los requisitos 16.1. Cumplimiento de Requisitos Formales (5%) Este criterio será evaluado de acuerdo con la entrega de los anexos y documentación solicitados en el punto 13 de las presentes bases. Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes, conforme a lo establecido en el punto 19 “Subsanación de Errores u Omisiones Formales” de las presentes bases. Este criterio seevaluará de acuerdo con la siguiente tabla: Documentación (punto 13) Puntaje Entrega dentro de los plazos en tiempo y forma 100 Entrega documento(s) fuera de los plazos en tiempo y forma. (oportunidad de aclarar errores o salvar omisiones de acuerdo con el pto.19) 50 No entrega documento(s) fuera de los plazos en tiempo y forma. (oportunidad de aclarar errores o salvar omisiones de acuerdo con el pto.19) Inadmisible 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE
Contrato con Renovación: NO
Observaciones IVA INCLUIDO
Tiempo del Contrato 6 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: PEDRO CARRIZO
e-mail de responsable de pago: pedro.carrizo@redsalud.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE, RUT. 62.000.380-8
Fecha de vencimiento: 07-05-2027
Monto: 5 %
Descripción: Dicha garantía podrá ser presentada mediante uno o varios instrumentos de garantía de la misma naturaleza; en este último caso deberán representar en su conjunto el monto equivalente al total requerido para la caución. Asimismo, el (los) instrumento(s) de garantía podrá(n) ser tomado(s) por el mismo oferente. En caso de que la garantía se entregue a través de una póliza de seguro, ésta deberá cumplir con lo siguiente: • Debe excluir cláusula de arbitraje, toda vez que debe ser irrevocable, pagadera a la vista y de cobro inmediato. • Debe establecer que se hará efectiva en caso de multas aplicadas al proveedor. • Debe incluir el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes. La forma de entrega de la garantía dependerá de la naturaleza del documento: a) Si la garantía fuera emitida en soporte papel, ésta deberá ser entregada en la Oficina de Partes del Centro Oncológico del Norte, ubicado en Los Pumas N°10.255, La Chimba Alto – ciudad de Antofagasta, de lunes a jueves de 08:30 a 15:30 horas y los viernes de 08:30 a 15:00 horas, o bien, enviada por correo certificado y recibido en el mismo domicilio, dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación totalmente tramitada. b) En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma y se deberá enviar el documento electrónico al correo elias.retamales@redsalud.gob.cl con copia a pedro.carrizo@redsalud.gob.cl y carla.toro.a@redsalud.gob.cl dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación totalmente tramitada.
Glosa: "Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato de la Licitación ID 1077908-5-LP26 (N° de licitación) del Centro Oncológico del Norte”.
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento, su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del proveedor adjudicado. Dando aviso a los siguientes correos electrónicos pedro.carrizo@redsalud.gob.cl y carla.toro.a@redsalud.gob.cl con copia a elias.retamales@redsalud.gob.cl. En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia a la que reemplaza, en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de cobro. En caso de no renovar dicha garantía en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad con lo establecido en el punto N°24.2 “Término Anticipado de Contrato” de estas bases.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
14. GARANTIAS.
La constitución de la garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato definitivo se exigirá en las contrataciones superiores a las 1.000 UTM a menos que, según lo establecido en las Bases, sean declaradas ofertas temerarias o se considere una contratación riesgosa, o bien, existan disposiciones legales particulares. En las contrataciones iguales e inferiores a las 1.000 UTM, la Entidad licitante podrá fundadamente requerir la presentación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en virtud del riesgo involucrado en la contratación, en el porcentaje previamente señalado. 14.1. Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato Tipo de Documento Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, los oferentes deberán entregar cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista, con el carácter de irrevocable, y a primer requerimiento, cumpliendo con los requisitos dispuestos por el artículo 121 del reglamento de la ley N°19.886. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza (a la Vista), Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros. Beneficiario CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE, RUT. 62.000.380-8 Fecha de Vencimiento 9 meses contados desde la fecha de la Resolución de Adjudicación de esta licitación. Monto Garantía 5% del precio final neto ofertado por el Adjudicatario, en pesos chilenos (CLP) Glosa "Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato de la Licitación ID 1077908-XX-LP26 (N° de licitación) del Centro Oncológico del Norte”. 14.1.1. Entrega y Descripción de la Garantía Dicha garantía podrá ser presentada mediante uno o varios instrumentos de garantía de la misma naturaleza; en este último caso deberán representar en su conjunto el monto equivalente al total requerido para la caución. Asimismo, el (los) instrumento(s) de garantía podrá(n) ser tomado(s) por el mismo oferente. En caso de que la garantía se entregue a través de una póliza de seguro, ésta deberá cumplir con lo siguiente: • Debe excluir cláusula de arbitraje, toda vez que debe ser irrevocable, pagadera a la vista y de cobro inmediato. • Debe establecer que se hará efectiva en caso de multas aplicadas al proveedor. • Debe incluir el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes. La forma de entrega de la garantía dependerá de la naturaleza del documento: a) Si la garantía fuera emitida en soporte papel, ésta deberá ser entregada en la Oficina de Partes del Centro Oncológico del Norte, ubicado en Los Pumas N°10.255, La Chimba Alto – ciudad de Antofagasta, de lunes a jueves de 08:30 a 15:30 horas y los viernes de 08:30 a 15:00 horas, o bien, enviada por correo certificado y recibido en el mismo domicilio, dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación totalmente tramitada. b) En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma y se deberá enviar el documento electrónico al correo elias.retamales@redsalud.gob.cl con copia a pedro.carrizo@redsalud.gob.cl y carla.toro.a@redsalud.gob.cl dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación totalmente tramitada. 14.1.2. Reposición, Renovación, Forma y Oportunidad de Devolución de la Garantía Cabe señalar que toda clase de garantías o cauciones que se constituyan en el contexto de este punto, se enmarcan de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N°19.886, a partir de lo cual se asegurará el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, y permanecerán vigentes hasta 60 días hábiles después de culminado el contrato. Asimismo, con cargo a estas mismas cauciones podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas adjudicados. La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento, su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del proveedor adjudicado. Dando aviso a los siguientes correos electrónicos pedro.carrizo@redsalud.gob.cl y carla.toro.a@redsalud.gob.cl con copia a elias.retamales@redsalud.gob.cl. En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia a la que reemplaza, en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de cobro. En caso de no renovar dicha garantía en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad con lo establecido en el punto N°24.2 “Término Anticipado de Contrato” de estas bases.
15. ACTO DE APERTURA DE LA PROPUESTA
El acto de apertura se realizará en una etapa de manera electrónica en las fechas y horarios señalados en el portal del mercado público. Además, se establece que el oferente que presente una propuesta para este proceso de licitación y no cuente con el rubro, naturaleza o negocio similar al objeto de la convocatoria, será automáticamente desestimada su oferta. Esta disposición se implementa con el objetivo de asegurar que solo aquellos oferentes que cuenten con la capacidad y experiencia requeridas en el rubro licitado sean considerados para la adjudicación del bien y/o servicio. Articulo N°41 punto 8, articulo N°55 párrafo segundo del decreto supremo N°661 y su reglamento.
16. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Este criterio será evaluado de acuerdo con la entrega de los anexos y documentación solicitados en el punto 13 de las presentes bases. Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes, conforme a lo establecido en el punto 19 “Subsanación de Errores u Omisiones Formales” de las presentes bases. Este criterio seevaluará de acuerdo con la siguiente tabla: Documentación (punto 13) Puntaje Entrega dentro de los plazos en tiempo y forma 100 Entrega documento(s) fuera de los plazos en tiempo y forma. (oportunidad de aclarar errores o salvar omisiones de acuerdo con el pto.19) 50 No entrega documento(s) fuera de los plazos en tiempo y forma. (oportunidad de aclarar errores o salvar omisiones de acuerdo con el pto.19) Inadmisible El puntaje obtenido de la tabla se multiplicará por el porcentaje del 5% correspondiente al criterio. Si los documentos presentados como oferta en el portal no permiten corroborar o respaldar las características técnicas solicitadas en el proceso licitatorio, se permitirá realizar la aclaración mediante el foro inverso. Si la aclaratoria no fuera respondida o la respuesta no clarifica la consulta y esta fuese una documentación necesaria para evaluar la oferta quedara automáticamente inadmisible. 16.2. Programa de Integridad (5% - Anexo N°4) Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°4, debiendo, además, adjuntarse dicho programa y el medio de verificación que permita determinar que tal programa es conocido por todo el personal. Se entenderá por Programas de Integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento de las distintas normas que establecen el estándar de comportamiento íntegro que tanto el proveedor como sus trabajadores deben mantener durante la etapa concursal y de ejecución de los contratos que mantenga con los organismos de la Administración del Estado. De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará según lo estipulado en la siguiente tabla: Detalle del Criterio Puntaje Presenta Anexo N°4 declarando que posee un programa de integridad que sea conocido por su personal y adjunta la copia del programa de Integridad, con el medio de verificación que permita determinar que tal programa es conocido por todo el personal. 100 No presenta Anexo N°4 con la declaración que posee un programa de integridad, que sea conocido por su personal y No adjunta la copia del programa de Integridad, Ni el medio de verificación que permita determinar que tal programa es conocido por todo el personal. 0 Presenta Anexo N°4 declarando que posee un programa de integridad que sea conocido por su personal y No adjunta la copia del Programa de Integridad, pero si el medio de verificación que permita determinar que tal programa es conocido por todo el personal. 0 Presenta Anexo N°4 declarando que posee un programa de integridad que sea conocido por su personal y adjunta la copia del Programa de Integridad, pero No la del medio de verificación que permita determinar que tal programa es conocido por todo el personal. 0 El puntaje obtenido de la tabla se multiplicará por el porcentaje del 5% correspondiente al criterio. 16.3 Experiencia del Oferente (30%) Se evaluará la experiencia en el servicio de alojamiento, considerando los años de experiencias contados desde la fecha de inicio de la actividad económica (código SII - 551001), según Anexo N°9., el que debe ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos. Las ponderaciones serán acorde a la siguiente tabla de evaluación: Experiencia Comprobada del Oferente Código (SII) Actividad económica Fecha Inicio (Año) Puntaje 551001 Actividades de Hoteles 2021 o Anteriores 100 2022 80 2023 60 2024 40 2025 20 2026 0 El puntaje obtenido según la tabla se multiplicará por el 30%. 16.4 OFERTA ECONOMICA 60% Oferta Económica (se evaluará en Anexo Nº10) Los precios deben incluir, todos los costos o gastos asociados para dar cumplimiento a las bases de licitación, deben ser expresados en términos Netos (sin IVA). A la oferta más baja se le asignarán 100 puntos. Para obtener el puntaje ponderado de las ofertas presentadas a la propuesta se aplicará siguiente fórmula: Oferta Económica = Valor Total Neto oferta más Bajo x 100 x 0,60 Valor Total Neto Oferta “X” Precio neto más bajo presentado en las propuestas, dividido por precio neto de cada oferta por 100, por factor de ponderación 0,60 para cada oferta presentada. 16.5 Resumen de Factores, Mediciones y Ponderaciones Factor Fórmula Ponderación (%) Cumplimiento de Requisitos Formales Tabla de puntaje. 5% Programa de Integridad Tabla de puntaje. 5% Experiencia del Oferente Tabla de puntaje. 30% Oferta Económica 100 puntos al menor precio. Otros de manera proporcional. 60% Total 100% 16.6 Incumplimiento de Contratos en Instituciones Públicas Para este criterio, se revisará cualquier incumplimiento y sanción en el Comportamiento Contractual de los oferentes admisibles en el portal Mercado Público. Se considerarán aquellas aplicadas en los últimos 24 meses antes del cierre de presentación de ofertas. Al puntaje total ponderado obtenido en los 2 criterios (Oferta Económica + Especificaciones Técnicas) se restará puntos de acuerdo con la tabla siguiente: Tabla de Descuentos Nº Rangos Puntaje a Descontar del Total de los Criterios 1 El Oferente presenta 0 sanción por incumplimiento 0 2 El Oferente presenta entre 1 y 5 sanciones por incumplimientos -5 3 El Oferente presenta entre 6 y 10 sanciones por incumplimientos -10 4 El Oferente presenta más de 10 sanciones por incumplimientos -20 Se debe considerar que, a la ponderación de puntajes por criterios, se le restará puntaje de acuerdo con su comportamiento contractual. Por ejemplo: el puntaje final de un oferente sería: Criterio Puntos Obtenidos Ponderación Puntaje Ponderado Cumplimiento de Requisitos Formales 50 5% 2,5 Programa de Integridad 0 5% 0 Experiencia del Oferente 100 30% 30 Oferta Económica 100 60% 60 SUMATORIA PUNTAJE PONDERADO 100% 92,5 Incumplimiento de Contratos en Instituciones Públicas Oferente presenta entre 6 y 10 sanciones por incumplimientos Según tabla de descuento -10 PUNTAJE FINAL 82,5 16.7 Puntaje Mínimo de Adjudicación Los distintos criterios de evaluación señalados en las presentes Bases Administrativas se expresan en puntajes de 0 a 100 puntos que se convierten en porcentajes según el valor asignado a cada criterio, expresado hasta con un decimal. El puntaje mínimo para adjudicar el llamado de la presente licitación es de 70 puntos o 70%, esto será conocido por los oferentes mediante el portal de mercado público, en caso de no alcanzar los 70 puntos, su propuesta se considerará inadmisible.
MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES.
En caso de producirse un empate entre los oferentes que sean mejor evaluados, se aplicará, en forma sucesiva, las siguientes reglas de desempate: 1° Mayor puntaje obtenido en el criterio Experiencia del Oferente, de continuar el empate, 2° Mayor puntaje obtenido en el criterio Oferta Económica, y en caso de persistir la igualdad, 3° Se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal del mercado público, considerándose para ello, la hora en que la subió.
COMISIÓN EVALUADORA.
La Comisión de Evaluación designada mediante Resolución Exenta N°053 de fecha 20 de enero del 2025 está conformada por el Jefe de Abastecimiento, Profesional de Finanzas, Referente Técnico, Profesional de la Subdirección Administrativa y Profesional Encargado de Proyectos o por quienes los subroguen legalmente. La comisión que estará a cargo de la apertura y de examinar las ofertas ingresadas correctamente al Portal www.mercadopublico.cl y comprobará el cumplimiento de los requisitos señalados en las presentes bases. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:  Comunicarse entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes (artículo 35 ter de la Ley N°19.886).  Intervenir en procedimientos de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés. (artículo 35 quinquies de la Ley N°19.886). Son motivos de abstención los siguientes: 1. Tener interés en los términos indicados por el inciso tercero del artículo 44 de la Ley Nº18.046, sobre sociedades anónimas. En este caso, se considerará que existe un interés personal también cuando lo tenga el conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común. 2. Incurrir en alguno de los motivos de abstención a que se refiere el artículo 12 de la Ley Nº19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los organismos de la Administración del Estado. En este caso, se considerará que existe un interés personal también cuando lo tenga el conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común. 3. Haberse desempeñado en los últimos veinticuatro meses como director, administrador, gerente, trabajador dependiente o asesor, consejero o mandatario, ejecutivo principal o miembro de algún comité, en sociedades o entidades respecto de las cuales deba tomarse una decisión. Se entenderán también comprendidas dentro de esta causal aquellas entidades que formen parte de un mismo grupo empresarial, como matrices, filiales o coligadas, en los términos definidos en el artículo 96 de la Ley N°18.045, de Mercado de Valores. 4. Haber emitido opinión, por cualquier medio, sobre un procedimiento de contratación en curso y cuya resolución se encuentre pendiente. 5. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.  Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.  Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. La Comisión de Evaluación del Centro Oncológico del Norte emitirá un informe de evaluación de las ofertas, proponiendo a la Dirección de este Establecimiento la Adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación.
SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES FORMALES
El Centro Oncológico del Norte durante el proceso de evaluación, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Esta subsanación será a través de Foro Inverso, para los anexos N°1, 2, 3, 7, 8 o en el caso que el oferente presente estos anexos en un formato modificado o distinto al solicitado en las presentes Bases Administrativas, quedando registrada dicha solicitud y declarada al resto de los oferentes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. De no adjuntar el documento, dentro del plazo establecido en el cronograma o este se encuentre en un formato modificado o distinto al solicitado y éste sea esencial para la asignación de puntaje, quedará automáticamente rechazado de la evaluación y su oferta será declarada inadmisible en la presente licitación (como por ejemplo anexo 5, 6, 9, 10 y Garantía de Seriedad, si procede). Los oferentes a los que se les solicite completar los antecedentes deberán hacerlo en el plazo extraordinario de 02 días hábiles desde la fecha que se formalice la solicitud al oferente.
ADJUDICACIÓN.
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, siempre que la oferta económica este dentro del marco presupuestario yen los términos descritos en las presentes bases, y teniendo en consideración lo dispuesto en el punto N°16.7 “Puntaje Mínimo de Adjudicación” y el punto N°17 “Mecanismo de Resolución de Empate” en caso de que dos o más oferentes se encuentren en condiciones de adjudicar. La presente licitación se adjudicará a través de una Resolución dictada por el Centro Oncológico del Norte, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada. En el caso de que el Centro Oncológico del Norte no realice la adjudicación dentro del plazo definido en las presentes Bases de licitación, esta informará a través del Sistema http://www.mercadopublico.cl, dicho cambio será justificando la imposibilidad de cumplir con el plazo antes señalado y asimismo indicando el nuevo plazo para la adjudicación, según lo que indica el artículo 58 del Reglamento de la Ley N°19.886. 20.1. Notificación de Adjudicación Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a él o los oferentes, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl en el respectivo ID. Luego de notificada la resolución, en caso de ser adjudicada la licitación, se suscribirá el respectivo contrato, si procede, dentro de los plazos señalados en las presentes Bases. Cabe recordar que, de acuerdo con el artículo 9 del reglamento de la Ley N°19.886, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl. 20.2. Mecanismo para Solución de Consultas Respecto de la Adjudicación Las consultas respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 5 días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, a través de la página web https://ayuda.mercadopublico.cl/, indicando el ID de la presente licitación. La respuesta será derivada al correo electrónico del interesado dentro de los 5 días hábiles contados desde el término del plazo para realizar las consultas. 20.3. Readjudicación El Centro Oncológico tendrá la posibilidad de readjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación y así, sucesivamente, cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales: • Desista de su oferta; • Incurra en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado; • No entregue la documentación requerida para contratar, y no entregue la respectiva Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato dentro de los plazos establecidos en las bases. • No cumpla con lo ofertado. • No acepte la orden de compra. En caso de concurrir alguna de las causales señaladas, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación original y dentro del plazo de 40 días hábiles contados desde la publicación del acto administrativo que adjudicó, podrá adjudicar al oferente que le seguía en puntaje, o bien, a los que le sigan sucesivamente, según las readjudicaciones que se lleven a cabo en dicho plazo. La readjudicación procederá a menos que, de acuerdo con los intereses de la entidad licitante se estime conveniente declarar desierta la licitación. 20.4. Inadmisibilidad de las Ofertas El Centro Oncológico del Norte, declarará inadmisibles las ofertas cuando determine que estas no se ajustan a los requerimientos señalados en las Bases de Licitación, la Ley o el Reglamento (Art.59; 60 y 61 del D.S. N°661/2024). En todos los casos, la Resolución deberá ser fundada y publicada en el sistema de información. 20.5. Desierta Se declarará desierta la licitación pública cuando no se presenten ofertas; cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien, estas no fueron convenientes a los intereses de la Institución. (Art. 62 del D.S. N°661/2024). Por último, la adjudicación podrá retrotraerse y ser revocada, cuando hay errores en el proceso, ilegalidades o cuando el procedimiento no fue exitoso, permitiendo a la entidad corregir fallas, reevaluar ofertas o reiniciar etapas, por decisión interna de la administración, considerando una causa justificada la que no podrá seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. En este estado, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante mediante acto administrativo y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento (para detener el proceso corregir o cancelar el llamado), y después de la adjudicación (si se descubren anomalías graves, incluso un oferente que gano puede ver revocada la adjudicación si hubo vicios de legalidad). Art.11 de la Ley N°18.575; Art. 61° párrafo 4°, Capítulo IV de la Ley N°19.880, que se vincula con la Ley N°19.886 y su Reglamento para permitir la Revocación en el Portal de Mercado Publico. Para cada proceso deberá dictarse un acto administrativo justificando el cambio de estado a: Deserción; Readjudicación; Retrotraer y Revocación.
PRECIO, FORMA DE COMPRA Y ENTREGA.
Los precios sólo deben indicarse en moneda nacional, en números enteros sin decimales, incluyendo todos los costos o gastos asociadosa la entrega del servicio. Transcurrido el plazo de 48 horas, contados desde el envío de la respectiva orden de compra al proveedor adjudicado, sin que se hayan presentado observaciones, se entenderá que ella es aceptada por él, en todas sus partes, obligándose a su cumplimiento íntegramente.
PLAZOS Y FORMA DE PAGO.
El proceso de la gestión para el pago, se iniciará por parte de la empresa adjudicada, la que debe contar con una planilla de rendición del hospedaje, alimentos y lavandería, que detallará el servicio utilizado por nombre del usuario hasta el último día del mes. La planilla deberá ser enviada al correo electrónico mirtha.valdebenito@redsalud.gob.cl con copia a pamela.fuentes.a@redsalud.gob.cl dentro de los primeros 5 días hábiles siguientes al término del mes, si hubiese alguna diferencia en los días de hospedaje deberá respaldarse con la documentación respectiva (ingresos y egresos). Posteriormente la Profesional de la Subdirección Administrativa entre los días del 18 al 25 de cada mes siguiente, al mes en que se prestaron los servicios, solicitará los siguientes antecedentes que compruebe el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, según corresponda: • Copia del contrato (firmado). • Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, de las personas que prestaron el servicio el mes anterior al que se está pagando (F30-1). • Certificado de antecedes laborales (F30). • En caso de desvinculación de algún trabajador deberá adjuntar fotocopia del finiquito y el respaldo del pago respectivo. • Planillas de pago de cotizaciones laborales y previsionales de los trabajadores contratados. • Copia de las liquidaciones de sueldo firmada por los trabajadores y/o comprobante de transferencia. En el caso de contratación de trabajadores a honorarios, se requiere la presentación de: • Contrato de trabajo a honorario. • Copia de boleta de honorario extendida a nombre del proveedor adjudicado. • Comprobante de pago de honorario (transferencia). • Comprobante de pago de retención de los honorarios (F29). • Además, debe ser enviado el cuadro indicado en el punto 3.1 de la base técnica con el detalle de los servicios utilizados por cada paciente. Una vez visada la revisión, se solicitará por correo electrónico al encargado de la empresa adjudicada, la respectiva emisión de la factura (la que debe contener el número de la ID orden de compra enviada al proveedor, días de hospedaje, período del servicio, valor diario y el monto). El proceso de pago se iniciará con la emisión de la factura electrónica a nombre del Centro Oncológico del Norte, Rut 62.000.380-8 detallando los bienes y/o servicios facturados, conforme a las condiciones de la(s) orden(es) de compra que hayan sido enviadas al proveedor siendo éste el primer responsable de aceptar la orden de compra en el portal del Mercado Público, previo a la respectiva emisión de o las facturas. Cumpliendo las indicaciones del párrafo anterior, para el buen desarrollo del proceso de pago, la factura deberá indicar, en el campo folio, el número de Orden de Compra del portal Mercado Público sin espacios ni antes ni después, además, señalar que la forma de pago es al Crédito, (no se debe indicar “al Contado”). La factura emitida podrá ser rechazada por la Unidad de Finanzas o a petición de la Unidad requirente por mala emisión, teniendo un plazo legal hasta los 8 días corridos después de la emisión del correspondiente DTE. Las facturas podrán ser enviadas al correo electrónico de pedro.carrizo@redsalud.gob.cl y lorena.monsalve@redsalud.gob.cl, adjuntando la documentación de respaldo correspondiente, sin perjuicio que el nuevo sistema de facturación electrónica implica enviar obligatoriamente en formato XML el DTE a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com para la recepción en el Sistema de Gestión DTE, ACEPTA, dentro de las 72 horas de haber sido emitida y enviada la respectiva factura para la validación en el SII; de lo contrario el DTE no podrá ser procesado a pago debido a la omisión de lo anteriormente señalado, lo que en consecuencia el Proveedor obligatoriamente deberá anular la factura con su respectiva Nota de Crédito para tener que nuevamente emitir un nuevo ejemplar procurando enviar el formato XML del DTE dentro de las horas antes señaladas. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, informar correcta y oportunamente a la Unidad de Finanzas: pedro.carrizo@redsalud.gob.cl y lorena.monsalve@redsalud.gob.cl en el caso de existir modificación de los datos de la cuenta corriente, Institución bancaria, tipo de cuenta, número de cuenta, Rut de la institución o persona natural adjudicada y correo electrónico. El plazo de pago, conforme a lo indicado por la ley, es dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura en SII y estará supeditado a la efectiva recepción de los productos solicitados en términos técnicos, cantidades y precios, lo cual será refrendado por la recepción interna conforme de bodega.
CONDICIONES CONTRACTUALES Y EXCEPCIONES
23.1. Antecedentes Legales para el Contrato, Si procede Los antecedentes legales para poder ser contratado, indicados en este punto, sólo se requerirán respecto del adjudicatario, quien tiene un plazo de 10 días hábiles para su entrega. a) Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. b) Copia de Cédula de Identidad de Representante Legal. c) Certificado de Vigencia de la Sociedad. d) Constitución de la Sociedad. 23.2. Suscripción del Contrato Para formalizar las adquisiciones de bienes y servicios regidas por la Ley N°19.886, se requerirá la suscripción de un contrato, el que será obligatorio para compras superiores a 1000 UTM, conforme al artículo 117 del Reglamento de la Ley N°19.886. Previo a la suscripción del contrato, el proveedor adjudicado deberá entregar todos los antecedentes requeridos, según lo dispuesto en el punto 23.1.“Antecedentes Legales para ser Contratado y la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato”, la que deberá ajustarse a lo regulado en el artículo 11 de la Ley N°19.886 y a lo dispuesto en el punto N°14.1. de estas bases de licitación. La entrega de los documentos indicados precedentemente será verificada por la entidad contratante al momento de suscribir el respectivo contrato. Del mismo modo, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores y en estado “Hábil” al momento de suscribir el contrato de prestación de bienes y/o servicios. El contrato deberá suscribirse dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada en el Sistema de Información, debiendo ser aprobados mediante el correspondiente acto administrativo dictado por el organismo público respectivo o quien tenga poder suficiente para representarlo, cuando proceda. Una vez aprobado el contrato por el acto administrativo respectivo, se deberá emitir la respectiva orden de compra. Conforme al artículo 117 del D.S. N°661/2024, del Ministerio de Hacienda, la Orden de Compra debe ser emitida por cada proceso de compra, renovación, prórroga, aumento de montos de un contrato, o ejecución de una opción de compra, según corresponda. Una vez suscrito el contrato, el proveedor estará obligado a cumplirlo, en caso de que éste no cumpla, el Centro Oncológico del Norte procederá a hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato de manera administrativa, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial, aun cuando no haya aceptado la Orden de Compra respectiva, sin perjuicio de las demás multas e indemnizaciones que pudiese proceder. 23.3. Cesión y Subcontratación 23.3.1. Subcontratación: El proveedor adjudicado será responsable de la total prestación del servicio detallado en esta licitación y en las Bases técnicas que lo acompañan, pudiendo subcontratar el servicio de Alimentación que demanden el ejercicio de los mismos. Artículo 128 del D.S. Nº661/2024.- Subcontratación. El Proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el Proveedor adjudicado. En aquellos contratos de carácter secreto o reservado, o cuando lo exija la seguridad del Estado, la subcontratación requerirá siempre autorización expresa de la Entidad. Si así se prevé en las Bases, los oferentes deberán indicar en la propuesta o luego de la Adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores. Las Entidades podrán establecer en las Bases que determinadas tareas críticas no puedan ser objeto de subcontratación, debiendo ser estas ejecutadas directamente por el Proveedor adjudicado. No será admisible la subcontratación en los siguientes casos: Si se trata de servicios especiales, y se ha contratado en vista de la capacidad o idoneidad del contratista. a) Si excede el treinta por ciento del monto total del contrato, salvo que las Bases de licitación establezcan un porcentaje mayor por razones fundadas. b) Si afecta al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores. c) Si el subcontratista se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por la Entidad pública a que se refiere el artículo 35 quáter de la Ley de Compras. El Proveedor adjudicado deberá notificar por escrito al órgano contratante de cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios. En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el Proveedor principal deberá acreditar que este cumple con los requisitos señalados en el inciso anterior. El límite de la subcontratación quedará determinado por el porcentaje que se determine en las bases, y en ningún caso la subcontratación podrá ser utilizada para efectuar una cesión del contrato. 23.4. Vigencia del Contrato, Renovación o Aumento de Plazo La presente licitación tendrá una duración máxima de 6 meses a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe. Las ofertas (precios) se mantendrán inalterables durante toda la vigencia de la licitación. 23.4.1. Renovación: El Centro Oncológico del Norte, con el fin de mantener la continuidad de los bienes y/o servicios y dada la relevancia de estos, este contrato podrá ser renovado, en los mismos términos que el contrato original, por una sola vez. En el caso que el Referente Técnico solicite acogerse a esta opción de renovación, deberá dar cuenta de los siguientes antecedentes: • Correo electrónico de el o los proveedores adjudicados, que manifiesten estar de acuerdo para renovar. • Evaluación del Contrato, que acredite el buen desempeño y cumplimiento del bien y/o servicio adjudicado, realizado por el Referente Técnico. • Certificado de Disponibilidad Presupuestaria para la renovación del contrato. Cumplidas estas condiciones, deberá dictarse un acto administrativo que autorice la referida renovación, debiendo el proveedor entregar una nueva garantía, de acuerdo a lo señalado en el punto N°14 de las presente Bases, siempre que se den las condiciones establecidas en el artículo N°121 del Reglamento del D.S. N°661, la cual debe cubrir el nuevo período de vigencia, más 60 días hábiles posteriores a su término. 23.4.2. Reajuste: Los precios adjudicados serán reajustados en base a la variación que experimente el IPC, de acuerdo a las recomendaciones de la Directiva de Compras Públicas N°40 del 07.09.2022. Que sólo serán reajustados en caso de ser renovada la licitación de acuerdo a lo indicado en el punto 23.4.1 de las presente Bases. El reajuste se aplicará automáticamente por parte del Centro Oncológico del Norte, siempre y cuando se cuente con el informe favorable de renovación del referente técnico y el respaldo de previo acuerdo con el proveedor. Con una antelación de a lo menos 60 días corridos anteriores al término del contrato que se encuentre vigente. La actualización de precios se aplicará de acuerdo con la variación semestral del IPC, considerando los 6 meses anteriores al informe favorable de renovación del referente técnico, es decir si el informe se realiza en el mes de noviembre, el precio será reajustado con la variación del IPC entre mayo y octubre. El nuevo precio reajustado entrará en vigencia a partir de la total tramitación del acto administrativo que aprueba la renovación del contrato y estará vigente por el nuevo periodo de tiempo que cubra la renovación. 23.4.3. Aumento del Plazo: Los organismos contratantes podrán extender la vigencia de los contratos suscritos con el proveedor adjudicado, sólo por el tiempo en que se proceda a efectuar una nueva contratación para abastecer el referido servicio, ya sea que ésta, sea efectuada a través de una licitación pública u otro mecanismo de adquisición que resulte pertinente. Se deja constancia que el tiempo máximo de extensión no podrá exceder el plazo de 4 meses, contados desde el vencimiento original del período adjudicado, independiente de la modificación del monto, el que de ser aplicado no puede exceder 30% del monto originalmente pactado en el contrato. El contrato que emane de esta licitación no podrá ser renovado, ni modificado, en su vigencia, con la finalidad de extenderla en contravención a lo indicado en este párrafo. 23.5. Excepciones En caso de cualquier modificación societaria, o cambio en la razón social, “EL ADJUDICATARIO” deberá informarla por escrito, adjuntando copia autorizada de la misma, al “CON”, a los siguientes correos electrónicos: pamela.fuentes.a@redsalud.gob.cl Profesional de la Subdirección Administrativa, elias.retamales@redsalud.gob.cl Jefe (s) de la Unidad de Abastecimiento y con copia a GARANTIAA y claudia.godoyt@redsalud.gob.cl de la Unidad de Atención Social, dentro del plazo de 30 días corridos de formalizada la modificación, la cual estará sujeta a la autorización expresa del Centro Oncológico del Norte. En ningún caso, dicha modificación, podrá implicar un cambio en el Rut del adjudicatario. Además, se deberá garantizar en todo momento, la continuidad del suministro o servicio implicado, y regularizar el Documento Mercantil Nominativo de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, si fuere necesario. Si durante la vigencia de la presente licitación, se presentarán eventos de fuerza mayor o caso fortuito que impidan al adjudicado dar cumplimiento oportuno e íntegro a las solicitudes de los bienes y/o servicios del Centro Oncológico del Norte, podrá dentro de las 24 horas siguientes al requerimiento respectivo, comunicar por escrito (vía mail) dicha circunstancia y sus argumentos fundadamente, al Jefe (s) de la Unidad de Abastecimiento elias.retamales@redsalud.gob.cl; y a angela.gamboa@redsalud.gob.cl y claudia.godoyt@redsalud.gob.cl de la Unidad de Atención Social. En dicha comunicación el adjudicatario deberá explicitar el evento de fuerza mayor o caso fortuito invocado, cómo éste ha provocado atraso o entorpecimiento e informar el plazo dentro del cual podrá cumplir con la entrega de los productos. Corresponderá a la Dirección del Centro Oncológico del Norte calificar de manera exclusiva si los hechos invocados por el adjudicatario configuran caso fortuito o fuerza mayor que exima de la aplicación de las multas correspondientes. Transcurrido el plazo de 24 horas que se hace referencia, no se aceptará justificación ni reclamo alguno del adjudicado fundado en razones de caso fortuito o fuerza mayor, configurándose en dicho caso un incumplimiento que dará lugar a la aplicación de las multas previstas en estas Bases. Los mayores gastos directos o indirectos que se originen por cambios en la oferta original serán de cargo del proveedor. El proveedor adjudicado liberará de toda responsabilidad al Centro Oncológico del Norte frente a acciones entabladas por terceros, con ocasión de trasgresiones de derechos de patentes, licencias, marcas registradas, diseños industriales y otros utilizados por él, atribuyéndose la calidad de proveedores del Centro Oncológico del Norte. La empresa deberá nombrar una Contraparte Técnica que tenga a cargo verificar el correcto funcionamiento del bien y/o servicio e interactuar con la Contraparte Técnica que establezca el Centro Oncológico del Norte. El proveedor adjudicado se obliga en forma irrevocable a que todo costo adicional en caso de emergencia sanitaria u otro acontecimiento declarado como emergencia o catástrofe que afecte directa o indirectamente los bienes y/o servicios adjudicados en el Centro Oncológico del Norte, deberá proporcionar a su personal los elementos que sean contemplados como obligatorios por la autoridad sanitaria, Servicio de Salud de Antofagasta o medidas internas que pueda adoptar la institución en beneficio de los pacientes, para este contrato y tendrá el carácter de obligatorio el cumplimiento de estos requisitos excepcionales para la correcta ejecución del bien y/o servicio.
MODIFICACION O TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO.
24.1. Modificación de Contrato Las partes, de común acuerdo, podrán modificar, por acto administrativo, y por motivos fundados, en caso de que ello sea indispensable, para la correcta satisfacción de las necesidades del Centro. Dicha modificación, si la hubiere, formará parte integrante del respectivo contrato, si procede. En ningún caso la modificación podrá alterar los elementos esenciales del contrato o de la orden de compra. Se entenderá que una modificación altera los referidos elementos esenciales en los siguientes casos: (i) Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación; (ii) Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o (iii) Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente. No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual. Las modificaciones no previstas en las presentes Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos: (i) Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por el Centro. (ii) Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para el Centro. (iii) Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria. (iv) Que se respete el equilibrio financiero del contrato. La Entidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación. En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al 30% del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. En estos casos, el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de una nueva Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato que cubra el nuevo monto y/o periodo de ejecución - si dicha caución fue exigida-, la que deberá ajustarse a lo establecido en el punto N°14.1 “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato” de las Bases de licitación. 24.2. Termino Anticipado y Otros. El contrato o la presente licitación podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causas: 1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. 3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida, de acuerdo a las situaciones indicadas en el punto 25. 4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este Reglamento. 6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 7. Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes. 8. El Centro Oncológico del Norte, podrá poner término anticipado al contrato, fundadamente, comunicándolo por escrito con 30 días de anticipación. 9. El Centro Oncológico del Norte podrá suspender temporalmente la ejecución del contrato de manera fundada, previa justificación y aviso escrito. Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información. El término de forma anticipada no dará derecho a indemnización alguna al proveedor adjudicado, salvo los productos efectivamente entregados conformes y no cancelados, lo que se entenderá como compensación suficiente.
MULTAS Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN.
25.1 MULTAS En caso de incumplimiento por parte de él o los proveedores respecto de las obligaciones establecidas en las Bases y/o en el contrato, el Centro Oncológico del Norte podrá aplicar multas, cobrar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas que se determinen. Se contemplará una multa en los siguientes casos: Requerimiento Descripción de causal de multa Tipo de Multa Habitaciones Se multará en caso de no disponer de las 10 camas individuales ofertadas, las cuales pueden ser de 1 plaza o plaza y media. MODERADO En caso de no reportar el número de camas disponibles, definir el número de piezas y su distribución por género (femenino/ Masculino) o piezas privadas en forma diaria a la Referente de Gestión de Camas. se sancionará. LEVE Se multará si no posee ropa de cama suficiente y adecuada a la estación. (un cobertor, dos frazadas como mínimo, un juego de sábanas y almohada). LEVE Se multará si no se realiza el lavado de ropa de cama por parte del oferente, en su totalidad cuando el usuario egrese, en el caso de las sábanas una vez por semana o según la necesidad acorde al estado del usuario, otros una vez al mes, o en más ocasiones de acuerdo a la necesidad. LEVE Si no cuenta con mobiliario básico para guardar objetos personales de cada usuario (velador y closet) será causal de multa. LEVE No contar con Iluminación artificial y natural adecuada será multado. LEVE No contar con ventilación adecuada será multado. LEVE Según la estación del año se podrá solicitar calefacción o ventilación, en caso de no disponer se multará. LEVE Baños Se multará de no contar con 1 Baño por cada 3 camas. GRAVE Se multará si cada baño no cuenta con WC, lavamanos y duchas equipadas con pasamanos y piso o goma antideslizante. GRAVE Si no se garantiza el servicio de agua caliente en todos los baños, en duchas y lavamanos. GRAVE Si no cuenta con otros accesorios como papeleros, espejo y perchero para ropa y toalla. LEVE Si los baños no cuentan con papel higiénico y toalla de papel. MODERADO Oficina de Atención Si el hospedaje no dispone de una Habitación equipada y privada para atender al paciente y/o acompañante. LEVE Informaciones Se sancionará si no dispone de un panel instalado en lugar visible para publicaciones de información de interés masivo de los pacientes y/o acompañante indicado por el médico tratante. LEVE Traslados a Unidad de Emergencia Se sancionará si no se traslada a la Unidad de Emergencia del Hospital Regional de Antofagasta o del Centro Oncológico del Norte a todo paciente que presente alguna patología aguda que requiera una evaluación por profesional médico, sea esto en horario diurno o nocturno, día de semana, fin de semanas y/o días festivos. Además, se sancionará si dicho traslado no es asumido íntegramente por el adjudicado. GRAVE Se sancionará en caso de no trasladar a aquellos pacientes con su acompañante indicado por el médico tratante, que requieran tratamiento ambulatorio en la Unidad de Emergencia, conforme a la indicación del médico tratante. GRAVE Se multará si en caso de requerir el traslado de un paciente con su acompañante indicado por el médico tratantea la unidad de emergencia y la condición de salud del paciente no le permita trasladarse en vehículo proporcionado por la Casa de Acogida, no se solicita apoyo al SAMU. GRAVE Se multará si no se asegura el retorno del paciente con su acompañante indicado por el médico tratante a la Casa de Acogida. MODERADO Se multará si al momento de trasladar al paciente a la unidad de emergencia no se lleva toda la información clínica de éste. MODERADO Accesibilidad Se multará si el acceso de movilidad universal (sillas de ruedas y/o camillas), no se encuentra con señalética correspondiente y con libre acceso. LEVE Seguridad Se multará si no existe señalética clara y visible de las instalaciones dentro de la casa de acogida y de las vías de escape, en caso de emergencias. LEVE En caso de no contar con los números de teléfonos de emergencia visibles y de acceso a todos los hospedados, se sancionará. LEVE Se debe tener visible para todos los hospedados el número de Contacto Directo del Encargado de Casa de Acogida, de lo contrario se multará. LEVE Se debe contar con extintores con carga activa instalados, según normativa vigente, personal instruido y capacitado para su uso, de lo contrario se multará. Además, se debe permitir la inspección por parte de la Unidad de Prevención de Riesgos del Centro Oncológico del Norte, en forma trimestral y/o cuando la situación lo amerite. MODERADO Se multará si el adjudicado no cuenta con un plan de Emergencias y desastres (elaborado por un profesional experto en la temática), si no se informa de éste al usuario al momento del ingreso a la casa de acogida y si no se permite que la Unidad de prevención de Riesgos de CON los supervise trimestralmente o cuando la ocasión lo amerite. MODERADO Se multará si no cuentan con desfibrilador y con personal capacitado para su manejo. MODERADO Deben contar con botiquín de primeros auxilios, en caso contrario se multará. MODERADO Sector de Preparación de Alimentos Se sancionará si no cuenta con resolución sanitaria para la preparación y elaboración de alimentos, si el servicio es externalizado debe cumplir con el mismo requisito. GRAVE Se multará si no cuenta con zona alejada de focos de insalubridad. LEVE Se multará si no posee una zona delimitada (producción, lavado, conservación, debidamente identificados). LEVE Se multará si no posee superficies lavables en un 100%. LEVE Se multará si no posee ventilación adecuada. LEVE Se multará si no cuenta con protección de artefactos eléctricos. LEVE Se multará si no cuenta con lavaplatos según norma sanitaria. LEVE Se multará si no posee refrigerador, hervidor y microondas con libre acceso. LEVE Se multará si no posee una zona de almacenamiento de vajilla y utensilios limpios. LEVE Se multará si no posee un sector de conservación de alimentos, se regirá por el Reglamento sanitario vigente. LEVE Se multará si no permite que se realice inspección por parte de la Nutricionista del Centro Oncológico del Norte, en forma trimestral y/o cuando la situación lo amerite. LEVE Alimentación Se multará si la manipulación y Conservación de alimentos no se rige por el Reglamento Sanitario vigente. Si los alimentos son proporcionados por terceros deben contar con resolución sanitaria para la preparación de alimentos. GRAVE Se multará si la planificación de los alimentos no se basa en las orientaciones técnicas de la Unidad de Nutrición y Alimentación del CON. LEVE Se multará si la minuta alimentaria no consiste en 3 comidas diarias: Desayuno, Almuerzoy Cena, según indicaciones de profesional tratante (médico o nutricionista) proporcionadas por el CON, para evaluar y realizar correcciones si así lo estima. GRAVE Se multará si no poseen opciones de régimen liviano y papillas, según indicaciones de profesional tratante (médico o nutricionista) proporcionadas por el CON. MODERADO Se multará si no lleva registro de los alimentos entregados, en donde el usuario al momento de recibir su alimentación debe firmar la recepción, lo que permitirá controlar el consumo diario. LEVE Se multará si no posee horarios de alimentación flexibles de acuerdo a Atenciones en CON, se sugiere: desayuno de 06:30 a 09:00 horas, almuerzo en horario flexible desde las 13:00 a 15:00 horas, once de 17:00 a 18:00 horas y cena de 19:00 a 20:00 horas. LEVE Se multará si la casa de acogida, sino lleva una minuta alimenticia de todos los usuarios, para verificar la preparación y tipo de alimentos correctos según indicaciones médicas. LEVE Equipamiento Será motivo de multa el no contar con 2 microondas. LEVE De no contar con 1 Televisor como mínimo, se multará, éste debe estar en un sector identificado para la totalidad de los usuarios. LEVE Se sancionará si no posee 1 refrigerador para almacenamiento de alimentos para pacientes, que indique claramente con señalética el uso y forma de almacenaje y conservación de alimentos. MODERADO Debe tener como mínimo 1 silla de ruedas en buen estado para casos de emergencia de lo contrario se sancionará. MODERADO Lavandería y Planchado Se multará si no dispone de lavadero y sector de planchado. LEVE Debe contar como mínimo con 2 lavadoras automáticas, 1 plancha y su respectiva tabla de planchado, de lo contrario se sancionará. LEVE Debe disponer de servicio de lavado y planchado para los pacientes y/o acompañantes de acuerdo a indicación del médico tratante, de lunes a domingo, previa coordinación interna con cada paciente, de lo contrario se sancionará. LEVE Se multará su no dispone de un sector para secado de prendas (tendederos) LEVE Procedimiento de Ingreso Se multará si no cuenta con carpeta individual de cada paciente, la cual se debe realizar al momento del ingreso al hospedaje. LEVE Se multará si en carpeta de paciente no existe respaldo de ingreso con firma de paciente y/o acompañante según corresponda, además de ingreso digital en sistema SICA enviado desde CON. LEVE Procedimiento Egreso Se multará si al momento del usuario realizar su egreso éste no se realiza con los respaldos correspondientes (firma de día y hora de salida) la cual debe ser remitida el mismo día a la Unidad de Atención Social, indicando nombres, apellidos, fecha, hora de egreso y firma de paciente, de esta manera se elimina del Sistema SICA. LEVE Aseo Se multará su no cuenta con personal instruido y distribuido por áreas de la residencia para mantención de aseo diario de la Casa de Acogida y si no cuenta con los útiles e implementos necesarios. LEVE Residuos Orgánicos Se multará en caso de no contar con un lugar cerrado y con receptáculos herméticos para acopio de residuos orgánicos e inorgánicos, fuera del área de las habitaciones y otras salas. Con señalética clara de utilización. LEVE Sistema de Reclamos, Sugerencias e informaciones En caso de no contar con un sistema (libro) de reclamos y sugerencias, se sancionará, éste debe estar a la vista de los usuarios. LEVE Se sancionará si en caso de recibir reclamos y/o sugerencias, no son enviados al Referente Técnico de Hospedaje, y en conjunto con Referente OIRS, para evaluar en conjunto con la casa de acogida cada caso y realizar el plan de mejora si así corresponde. LEVE Se sancionará si en caso de reclamos y/o sugerencias el administrador de la casa de acogida no entrega respuesta al paciente en menos de 72 horas desde la recepción del reclamo o sugerencias, enviando una copia al Referente Técnico de Hospedaje. LEVE Obras Menores Se multará si en caso de presentarse desperfecto en obras menores, no se soluciona dentro de las primeras 24 horas desde ocurrido el hecho y si no se envía informe de esto al referente de hospedaje del CON. LEVE Satisfacción Usuaria Se multará si el personal no brindar un trato cálido y personalizado a los pacientes y/o acompañante indicado por el médico tratante, atendidos, respetando la Ley N°20.584, que regula los Derechos y Deberes de los Pacientes. MODERADO Servicios Básicos Se multará a la institución en caso de no proporcionar los servicios básicos como luz, agua y gas a los usuarios durante su estadía, deben mantener un plan de contingencia inmediato para reponer el servicio en caso de cortes masivos en el sector u otro acontecimiento. MODERADO Personal Se multará si la totalidad de los funcionarios de la casa de acogida no realiza sus funciones debidamente identificadas a través de credencial que indiquen su Nombre, RUN y Función Encomendada. LEVE La Amonestación, corresponde a un registro escrito y firmado por ambas partes, que deja de manifiesto cualquier falta cometida por el adjudicatario, el cual deberá tomar las medidas necesarias de corrección, presentando un plan de mejoras, dicho registro lo llevará el Referente Técnico del Centro Oncológico del Norte. Clasificación para Aplicación de Multas Tipo de Multa Requerimiento Descripción Multa Tope de Multa Leve Habitaciones Aquella que afecte al usuario o a su acompañante, pero que no origine riesgos a personas, a la institución y/o a su imagen. 5 UTM por Evento 25 UTM de Tope Baños Oficina de Atención Informaciones Accesibilidad Seguridad Alimentación Lavandería y Planchado Procedimiento de Ingreso Procedimiento Egreso Aseo Residuos Orgánicos Sistema de Reclamos, Sugerencias e informaciones Obras Menores Personal Moderada Habitaciones Aquella que, originada por una falta, afecte o ponga en riesgo, directa o indirectamente a personas o la institución, pero que sea factible de ser corregida. 20 UTM por Evento 60 UTM de Tope Baños Seguridad Alimentación Satisfacción Usuaria Grave Baños Originada por una falta, que atente, directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de pacientes, público o funcionarios. 40 UTM por Evento 100 UTM por Evento Traslados a Unidad de Emergencia Alimentación Servicios Básicos Observaciones • Con una acumulación de 2 amonestaciones y al cursarse la tercera se aplicará la multa correspondiente (según su clasificación: Leve - Moderada - Grave). No está permitido la aplicación de dos o más multas de distinta gravedad por un mismo y único hecho. Sin embargo, cada amonestación será previamente evaluada por los integrantes del Equipo Técnico de Hospedaje (Referente Técnico, Referente Administrativo, Supervisora de Enfermería y Cuidado del Paciente, Nutricionista y Prevencionista de Riesgos), dependiendo de su gravedad y si ésta afectó o puso en riesgo la integridad física o moral del paciente, se considerará como una multa directa, sin la espera de la acumulación de 2 eventos adversos. 25.2 PROCEDIMIENTOS DE APLICACIÓN Todo incumplimiento por parte del proveedor, que dé origen a la aplicación de una multa, será notificado al administrador del contrato por parte del proveedor, mediante correo electrónico, desde la Subdirección Administrativa del establecimiento, esto previo informe del referente técnico del contrato o convenio donde expondrá fundamente los motivos que originan el cursar la multa. El proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la recepción del correo electrónico, para dar respuesta y realizar sus descargos, acompañados de todos los antecedentes que lo fundamenten. En caso de no presentar descargos o presentarlos fuera del plazo, se entenderá que toma conocimiento de la notificación y asume el incumplimiento. En caso de que el proveedor presente los descargos dentro del plazo establecido, el Centro Oncológico del Norte tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles, desde su recepción, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Una vez revisados los antecedentes se notificará mediante carta certificada, al administrador del contrato del proveedor, la decisión respecto de la aplicación final de la multa. El Centro Oncológico del Norte en el más breve plazo, emitirá la correspondiente resolución exenta aplicando la multa (pudiendo aplicarse más de una multa en un mismo acto administrativo) e informando los hechos que la fundamentan. Una vez tramitada la resolución, será subida al portal de mercado público y enviada vía correo al administrador de convenio del proveedor para su conocimiento. Las multas deberán ser pagadas, en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa. En caso de que no se pague dentro de dicho plazo se procederá el cobro de la garantía de Fiel Cumplimiento, haciéndose pagadera la multa solo respecto de aquella parte que cubre el valor de esta, debiéndose restituir la diferencia al adjudicado. En este último caso, en la medida que la garantía cobrada este vigente, el proveedor adjudicado deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia, que la que reemplaza dentro de los 15 días hábiles contados desde la notificación del cobro o en su defecto respaldado por la resolución respectiva. Para la aplicación efectiva de las multas estipuladas en las presentes bases en Unidades Tributarias Mensuales (UTM) se realizará la conversión obligatoria a moneda nacional (pesos chilenos) utilizando el valor exacto de la UTM vigente al mes calendario en que se cometió el incumplimiento.
PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y CONFIDENCIALIDAD.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos durante la licitación. I. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º y 16º en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. II. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. III. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza de colusión, en cualquiera de sus tipos o formas. IV. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta. V. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. VI. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. VII. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y medidas previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. VIII. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. IX. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. X. El oferente se obliga a no utilizar, durante la ejecución de la presente Licitación, información privilegiada obtenida con ocasión de éste o con ocasión de cualquier bien o servicio que haya o se encuentre prestando a algún organismo regido por la Ley N°19.886. XI. El oferente deberá abstenerse de participar en cualquier proceso de compras ejecutado a través de la presente Licitación, en el cual tenga algún conflicto de interés. XII. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente deberá cumplir con la prohibición establecida en el artículo 35 ter de la Ley N°19.886, esto es, no podrá mantener comunicación, como participante o interesado en el referido proceso, o como eventual interesado o participante en él, con las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. 26.1. CONFIDENCIALIDAD El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato. El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo del contrato. El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.