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Resolución de Empates |
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En el evento que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los demás criterios de evaluación en el siguiente orden de prelación:
1° Mayor puntaje de la oferta económica.,
2° Capacidad de Repuestas ante emergencias
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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ADJUDICACION |
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Es indispensable que quien resulte adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, en condición de habilitado, en caso de no estarlo, dispondrá de un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de Publicación de la Resolución de Adjudicación. En caso de no cumplir con ello, el Centro Oncológico del Norte podrá desestimar la oferta, pudiendo adjudicar al oferente que haya resultado como segundo mejor evaluado, y así, sucesivamente.
En caso de que el adjudicado sea una persona jurídica deberá acompañar la personería de la misma, así como su constitución y vigencia; cuya antigüedad no sea superior a 3 meses al momento de su presentación. Estos documentos deberán ser entregados junto con la boleta de Fiel cumplimiento (Punto 13.1 de estas bases), en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de Publicación de la Resolución de Adjudicación.
La notificación de la adjudicación se realizará mediante la publicación de la Resolución que adjudica la licitación en el portal mercado público.
El Centro Oncológico tendrá la posibilidad de readjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación y así, sucesivamente, cuando el proveedor adjudicado incurra en las siguientes causales:
• Sea inhábil.
• No cumpla con lo ofertado.
• No acepte la orden de compra.
• Cuando no entregue la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y los documentos solicitados en estas bases, dentro del plazo señalado.
Se excluye de la readjudicación cuando el incumplimiento del proveedor se deba a causas de fuerza mayor las que deberá justificar oportunamente y adjuntar los respaldos correspondientes.
En el evento de proceder la Readjudicación, se extenderá el plazo de devolución de la garantía de la seriedad de la oferta, señalado en el párrafo cuarto del punto 10.1, referente a los oferentes no adjudicados, por el plazo de 10 días hábiles más.
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SUBSANACION DE ERRORES U OMISIONES FORMALES |
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El Centro Oncológico del Norte durante el proceso de evaluación, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl
Los oferentes a los que se les solicite completar antecedentes, deberán hacerlo en el plazo extraordinario de 02 días hábiles desde la fecha que se formalice la solicitud al oferente, bajo apercibimiento de tenerse por desistida su oferta.
El Centro Oncológico del Norte, podrá modificar la fecha de adjudicación, cuando la complejidad en la evaluación y/o cantidad de ofertas presentadas lo requiera.
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PLAZOS Y FORMA DE PAGO |
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El tipo de contrato será a Suma Alzada sin anticipos y se materializará a través de la emisión de Órdenes de Compra al Proveedor en base a los términos contenidos en esta Licitación.
Los precios sólo deben indicarse en signos monetarios, moneda nacional, montos enteros, sin decimal y deben incluir todos los gastos o costos necesarios para su prestación, para todos los efectos el precio se entiende entregado o prestado en las dependencias del Centro Oncológico del Norte (ubicado en calle Los Pumas 10255, Chimba Alto, Antofagasta, de lunes a viernes en horario de 8:00 a 15:00 horas).
Transcurrido el plazo de 48 horas, contados desde el envío de la respectiva orden de compra al proveedor adjudicado, sin que se hayan presentado observaciones, se entenderá que ella es aceptada por él, en todas sus partes, obligándose a su cumplimiento íntegramente.
Los precios se mantendrán inalterables durante la vigencia de la presente licitación, admitiendo solo el reajuste anual de acuerdo a la variación del IPC del último año calendario.
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OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR |
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23.1 Se exigirá al adjudicatario los medios para acreditar que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años y la oportunidad en que ellos serán requeridos, Artículo 22 N° 9 del Reglamento. En este caso se solicitará el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo.
23.2 Transcurrido el plazo de 48 horas, contados desde el envío de la respectiva orden de compra al proveedor adjudicado, sin que se hayan presentado observaciones, se entenderá que ella es aceptada por él, en todas sus partes, obligándose a su cumplimiento íntegramente. Las órdenes de compra se emitirán luego de la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato.
23.3 Todos los daños a las instalaciones, bienes, equipos, personal o al público que ocasionaren los funcionarios de la empresa adjudicada, como asimismo los daños o diversas consecuencias que se derivaren del no cumplimiento del servicio conforme a las bases administrativas y técnicas de esta licitación, son de absoluta responsabilidad de la empresa adjudicada, debiendo asumir la restitución de los daños que hubiere.
23.4 El adjudicatario liberará de toda responsabilidad al Centro Oncológico del Norte frente a acciones entabladas por terceros como consecuencia de la prestación de los servicios contratados y/o por la calidad de proveedores del Centro Oncológico del Norte.
23.5 El adjudicatario se obliga en forma irrevocable a que toda información que el Centro Oncológico del Norte le haya proporcionado o le proporcione con motivo de este contrato tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea verbalmente o por escrito, sea que se contenga en documentos, memoranda, escritos de otra naturaleza, discos, cintas, disquetes, archivos computacionales o en cualquiera otra forma, e incluirá especialmente toda información sobre los estados financieros del Centro Oncológico del Norte.
El adjudicatario sólo utilizará la información confidencial dentro del territorio y no divulgará, publicará ni permitirá la publicación de todo o parte de la información confidencial.
Al momento del término de la presente licitación, el adjudicatario deberá devolver, según lo indique el Centro Oncológico del Norte, la información confidencial y toda copia, resumen o extracto de ésta, contenida en cualquier documento de trabajo, memorandos u otros escritos, discos, cintas, disquetes o archivos computacionales, sin retener copias, resúmenes o extractos de la misma, en ninguna forma.
23.6 El adjudicado deberá individualizar, mediante nombre, correo electrónico y número de teléfono, un referente técnico y comercial que mantenga una comunicación formal con el Centro Oncológico del Norte, siendo este el funcionario idóneo para entregar los razonamientos fundados que justifiquen las eventuales omisiones o retrasos.
Todo cambio relativo a esta designación deberá informarse al Centro Oncológico del Norte, a más tardar dentro de los dos días hábiles siguientes al cambio.
23.7 En caso de cualquier modificación societaria, el adjudicado deberá informarla por escrito, adjuntando copia autorizada de la misma al Centro Oncológico del Norte, dentro del plazo de 30 días corridos de formalizada la modificación. Además, se deberá garantizar en dicho caso, la continuidad del servicio prestado, y regularizar las Boletas de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, si fuere necesario. En ningún caso tales modificaciones podrán implicar el cambio de persona jurídica, a menos que el Centro Oncológico del Norte lo autorice expresamente.
23.8 El adjudicatario no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación. La infracción de esta prohibición dará derecho al Centro Oncológico del Norte, para poner término anticipado al contrato de forma inmediata. Lo anterior es, sin perjuicio de la transferencia que se pueda efectuar con arreglo a las normas de derecho común de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato. Los contratos de factoring suscritos por el adjudicado deben ser notificados oportunamente al Centro Oncológico del Norte a los correos: jefa.finanzascon@redsalud.gov.cl – lorena.monsalve@redsalud.gov.cl y no deben existir obligaciones o multas pendientes entre las partes. (Artículo 74 y 75 del D.S. N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba reglamento de la ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios).
23.9 El adjudicatario será responsable de la total prestación del servicio detallado en las Bases Administrativas y técnicas, no pudiendo subcontratar ninguna de las especialidades que demanden el ejercicio de las tareas de mantención.
La presente licitación podrá modificarse, o terminarse anticipadamente, por las siguientes causales:
a. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores.
f. Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato.
g. Cuando por cualquier causa el proveedor decida poner término anticipado al contrato deberá hacerlo con 60 días de anticipación, y se obliga a seguir prestándolo íntegramente por ese periodo, en caso contrario, se compromete a indemnizar al Centro Oncológico del Norte económicamente por los valores de las órdenes de compra que se le hubieren emitido o fueren necesarias emitir para cumplir con los servicios no prestados, y/o de asumir el cobro de las garantías comprometidas, sin perjuicio de las responsabilidades que asume solidariamente mediante este acto por eventuales daños a pacientes, demandas u otros que resultaren de la falta al cumplimiento de lo estipulado en estas bases técnicas y administrativas de la presente licitación.
h. El Centro Oncológico del Norte podrá poner término anticipado fundadamente y por escrito con 30 días de anticipación.
i. Caso fortuito o fuerza mayor; razones de Ley o de Autoridad que hagan imperiosa su inmediata terminación.
j. Multas reiteradas según estas bases de licitación.
k. Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de los bienes del adjudicatario; o este ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes a favor de sus acreedores; o ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
l. Si el adjudicatario es persona jurídica, y esta se disuelve y procede su liquidación.
m. El Centro Oncológico del Norte podrá suspender temporalmente la ejecución de la liictación de manera fundada, previa justificación y aviso escrito.
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MULTAS |
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El jefe de Operaciones, notificará al proveedor en los casos que amerite aplicarse una multa, mediante correo electrónico, lo que se oficializará a través de la Resolución respectiva. El proveedor podrá apelar de la misma dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación a la Dirección del Centro, la cual, con los antecedentes expuestos podrá, aplicar, anular o rebajar la multa en carácter de inapelable:
La multa será efectiva a través de la rebaja en la facturación correspondiente al periodo siguiente al que se resolvió la pertinencia de esta.
Se contemplará una multa en los siguientes casos:
Situación Valor de la multa por evento
Incumplimiento de los servicios de mantención programados en las presentes Bases de Licitación. Tope máximo de 20 UTM 5,7 UTM
Incumplimiento en los tiempos de respuesta superior a la cantidad comprometida en su oferta en el Anexo N° 6 ante un evento crítico o reporte de una mantención de emergencia. Tope máximo de 20 UTM. 5,7 UTM
Daño irreparable a equipos o a la infraestructura del Centro Oncológico del Norte. Tope máximo de 50 UTM 17 UTM
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