Licitación ID: 1077920-10-LR25
CONV. DE SUM. PARA LA ADQUISICIÓN DE INSUMOS CON ENTREGA DE EQUIPOS EN COMODATO PARA EL LABORATORIO CLÍNICO DEL CENTRO ONCOLÓGICO DEL NORTE
Responsable de esta licitación: CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
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Productos o servicios
1
Laboratorios biológicos 22000 Unidad
Cod: 85121803
215-0309 UREMIA  

2
Laboratorios biológicos 22000 Unidad
Cod: 85121803
215-0310 GLICEMIA Y GLUCOSURIA  

3
Laboratorios biológicos 15000 Unidad
Cod: 85121803
215-0311 COLESTEROL TOTAL  

4
Laboratorios biológicos 15000 Unidad
Cod: 85121803
215-0312 COLESTEROL HDL  

5
Laboratorios biológicos 15000 Unidad
Cod: 85121803
215-0313 COLESTEROL LDL  

6
Laboratorios biológicos 15000 Unidad
Cod: 85121803
215-0314 TRIGLICERIDOS  

7
Laboratorios biológicos 20000 Unidad
Cod: 85121803
215-0315 TGO  

8
Laboratorios biológicos 20000 Unidad
Cod: 85121803
215-0316 TGP  

9
Laboratorios biológicos 20000 Unidad
Cod: 85121803
215-0317 FOSFATASAS ALCALINAS  

10
Laboratorios biológicos 20000 Unidad
Cod: 85121803
215-0318 GGT  

11
Laboratorios biológicos 20000 Unidad
Cod: 85121803
215-0319 BILIRRUBINA TOTAL  

12
Laboratorios biológicos 20000 Unidad
Cod: 85121803
215-0320 BILIRRUBINA DIRECTA  

13
Laboratorios biológicos 16000 Unidad
Cod: 85121803
215-0321 PROTEINAS TOTALES  

14
Laboratorios biológicos 16000 Unidad
Cod: 85121803
215-0322 ALBUMINA  

15
Laboratorios biológicos 15000 Unidad
Cod: 85121803
215-0323 ACIDO ÚRICO  

16
Laboratorios biológicos 15000 Unidad
Cod: 85121803
215-0324 FOSFORO  

17
Laboratorios biológicos 15000 Unidad
Cod: 85121803
215-0325 CALCIO  

18
Laboratorios biológicos 24000 Unidad
Cod: 85121803
215-0326 CREATININA Y CREATINURIA  

19
Laboratorios biológicos 18000 Unidad
Cod: 85121803
215-0327 PCR  

20
Laboratorios biológicos 8000 Unidad
Cod: 85121803
215-0328 AMILASA  

21
Laboratorios biológicos 6000 Unidad
Cod: 85121803
215-0329 CK TOTAL  

22
Laboratorios biológicos 6000 Unidad
Cod: 85121803
215-0330 CK MB  

23
Laboratorios biológicos 8000 Unidad
Cod: 85121803
215-0331 LDH  

24
Laboratorios biológicos 3000 Unidad
Cod: 85121803
215-0332 MAGNESIO  

25
Laboratorios biológicos 2000 Unidad
Cod: 85121803
215-0333 LIPASA  

26
Laboratorios biológicos 2000 Unidad
Cod: 85121803
215-0334 PROTEINURIA  

27
Laboratorios biológicos 800 Unidad
Cod: 85121803
215-0335 T3  

28
Laboratorios biológicos 800 Unidad
Cod: 85121803
215-0336 T4  

29
Laboratorios biológicos 2000 Unidad
Cod: 85121803
215-0337 TSH  

30
Laboratorios biológicos 2000 Unidad
Cod: 85121803
215-0338 T4 LIBRE  

31
Laboratorios biológicos 1800 Unidad
Cod: 85121803
215-0339 BETA HCG  

32
Laboratorios biológicos 1600 Unidad
Cod: 85121803
215-0340 ANTÍGENO PROSTÁTICO ESPECÍFICO LIBRE  

33
Laboratorios biológicos 1700 Unidad
Cod: 85121803
215-0341 INSULINA  

34
Laboratorios biológicos 2000 Unidad
Cod: 85121803
215-0342 CEA  

35
Laboratorios biológicos 500 Unidad
Cod: 85121803
215-0343 CA-125  

36
Laboratorios biológicos 500 Unidad
Cod: 85121803
215-0344 ALFA FETOPROTEÍNAS  

37
Laboratorios biológicos 500 Unidad
Cod: 85121803
215-0345 CA 19-9  

38
Laboratorios biológicos 350 Unidad
Cod: 85121803
215-0347 FSH  

39
Laboratorios biológicos 350 Unidad
Cod: 85121803
215-0348 LH  

40
Laboratorios biológicos 350 Unidad
Cod: 85121803
215-0349 ESTRADIOL  

41
Laboratorios biológicos 6000 Unidad
Cod: 85121803
215-0352 HEPATITIS B  

42
Laboratorios biológicos 8000 Unidad
Cod: 85121803
215-0353 CHAGAS  

43
Laboratorios biológicos 2000 Unidad
Cod: 85121803
215-0354 TROPONINA I  

44
Laboratorios biológicos 1000 Unidad
Cod: 85121803
215-0355 HEMOGLOBINA GLICADA  

45
Laboratorios biológicos 600 Unidad
Cod: 85121803
215-0356 FIERRO  

46
Laboratorios biológicos 600 Unidad
Cod: 85121803
215-0357 FERRITINA  

47
Laboratorios biológicos 600 Unidad
Cod: 85121803
215-0358 UIBC  

48
Laboratorios biológicos 600 Unidad
Cod: 85121803
215-0359 TRANSFERRINA  

49
Laboratorios biológicos 350 Unidad
Cod: 85121803
215-0350 PROLACTINA  

50
Laboratorios biológicos 760 Unidad
Cod: 85121803
215-0365 DIMERO D  

51
Laboratorios biológicos 300 Unidad
Cod: 85121803
215-0367 MICROALBUMINURIA CUANTITATIVA  

52
Laboratorios biológicos 30000 Unidad
Cod: 85121803
215-0360 HEMOGRAMA  

53
Laboratorios biológicos 16800 Unidad
Cod: 85121803
215-0361 VHS  

54
Laboratorios biológicos 20000 Unidad
Cod: 85121803
215-0362 PROTROMBINA  

55
Laboratorios biológicos 5000 Unidad
Cod: 85121803
215-0363 TTP-K  

56
Laboratorios biológicos 2400 Unidad
Cod: 85121803
215-0366 ORINA COMPLETA  

57
Laboratorios biológicos 17328 Unidad
Cod: 85121803
215-0368 NÚMERO DE PROCESOS (USO) MENSUAL EQUIPO (IMPLICA GASES SANGUÍNEOS Y/O ELECTROLITOS)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONV. DE SUM. PARA LA ADQUISICIÓN DE INSUMOS CON ENTREGA DE EQUIPOS EN COMODATO PARA EL LABORATORIO CLÍNICO DEL CENTRO ONCOLÓGICO DEL NORTE
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo es contar con un proveedor que proporcione los equipamientos, reactivos e insumos de manera oportuna, segura y confiable, para la resolución de la demanda interna en particular y de los Establecimientos de la Red de la Macrozona en general. La fecha de inicio del Convenio es el 01 septiembre de 2025.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Farmaco
R.U.T.:
62.000.380-8
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-05-2025 15:05:00
Fecha de Publicación: 24-04-2025 16:19:54
Fecha inicio de preguntas: 24-04-2025 18:16:00
Fecha final de preguntas: 09-05-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 14-05-2025 18:16:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-05-2025 15:06:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-05-2025 15:06:00
Fecha de Adjudicación: 18-06-2025 17:20:39
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OBLIGATORIO - PUNTO 11 B.ADM. 30-04-2025 15:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1. Declaración jurada simple. (firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica según corresponda). Suscrita por el oferente, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4° articulo 35 quáter y septies de la Ley N°19.886. El Centro Oncológico del Norte podrá verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. Anexo N°2. Datos del Oferente. (firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica según corresponda). En caso de que el oferente sea una unión temporal de proveedores, el Anexo N°2 debe ser completado por cada uno de sus integrantes. Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Administrativos.
Documentos Técnicos
1.- Anexo Nº3. Declaración de Compromiso de Canje y Stock. (firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica según corresponda). Anexo N°4. Plazo de Entrega y Tiempo de Respuesta ante una emergencia. Anexo Nº5. Experiencia Convenios Suscritos en Centros de Salud. Anexo N°6. Declaración Jurada de Requerimiento Adicional 1. Certificación de Equipos, reactivos e insumos (según bases técnicas). Se deben presentar los respaldos. 2. Certificado que acredite que la Empresa funciona acorde a los estándares de Calidad, tales como ISO 9001, o similar, etc. 3. Certificado de calidad en la gestión de la seguridad de la información. 4. Sistema de información de laboratorio propio, conforme a las especificaciones indicadas en las Bases Técnicas. 5. Programa informático de calidad que permita generar registros gráficos completos, acceso a información histórica sin limitación y acceso a imprimir libremente los datos generados. El sistema informático debe además generar la información estadística de la producción de la Unidad en los mismos términos que entrega el rem A11, B17, A19a y otros. 6. Programa informático de manejos de reactivos e Inventarios. 7. Una Centrifuga de tubos (ver especificaciones) la cual debe considerar mantención preventiva y reparativa según sea el caso. Adjuntarlos en los ANEXOS Técnicos. 8. Dos Aires acondicionado (ver especificaciones) considerando la instalación y mantención. 9. Un Freezer -20°C para controles y calibradores. 10. Programa preanalítico que sea compatible con el programa de laboratorio ofertado. 11. Contar al menos con 3 técnicos residentes en la ciudad de Antofagasta con especialistas dedicados a: Servicio Técnico propiamente tal, especialista en aplicaciones de IT y especialista de aplicaciones de equipamiento (de manera informática) Los cuales deben estar disponibles permanentemente. (con certificación nacional o internacional de cada técnico) Se debe adjuntar: - Declaración Jurada de la empresa. La cual debe contener específicamente que el personal técnico reside en la región de Antofagasta, corroborado con los contratos. Anexo N°7 Declaración Jurada de Protección de Datos. Se debe Adjuntar la Certificación de la NCh-ISO/IEC 27001 (objetivo: proteger la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información.) El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos.
 
2.- Obligatoria: La visita tendrá efecto en la fecha y hora, que se estipula en el portal. Dirección: calle Los Pumas Nº10.255, Chimba Alto – Antofagasta. (Edificio norte, en el sector de la entrada principal) Los Oferentes deberán concurrir con el equipo de protección personal adecuado a las características del área del Centro Oncológico del Norte (delantal o pechera plástica y mascarilla), dada la naturaleza de la instalación y para que no se vean expuestos a contaminación. La Visita se realizará a las 15:00 horas, en el día que se señala en el Portal. No se aceptarán oferentes fuera de las fechas y horarios señalados. A cada participante se le entregara un certificado de asistencia emitido por la Jefatura de Laboratorio, el que deberán adjuntar en la presentación de su oferta, en los ANEXOS Técnicos.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo Nº8. Oferta Económica. La oferta económica debe ser presentada en planilla Excel según ANEXO Nº8, los valores deben ser expresados en moneda nacional, en valores netos (sin IVA). El valor mencionado, debe incluir todo costo o gasto que signifique la venta de los insumos inherentes a esta licitación. La oferta económica debe incluir todos los insumos requeridos en las presentes bases. En caso de Gases Arteriales y Electrolitos plasmáticos, la oferta debe corresponder al costo unitario que tiene un proceso en el equipo independiente de lo que se mida (Gases sanguíneos o Electrolitos plasmáticos o ambos), luego las cantidades de uso o procesos mensuales serán multiplicadas por el valor ofertado. Será obligación del proveedor para poder participar de esta licitación el de ofertar por todos los Exámenes y las cantidades especificadas en el presente anexo. El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Económicos.
2.- Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. El documento referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl en la sección Anexos Económicos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Para la evaluación de este factor, se considerará como precio a la sumatoria de los precios neto promedio ponderado de cada una de las 5 áreas de trabajo. 1° Se determinará el precio promedio, el que se calculará sumando los precios netos unitarios de cada área y dividiéndolos por el total de exámenes que requieren ser implementados por nuestro laboratorio: AREA CANTIDAD DE EXAMENES POR ÁREA PONDERACIÓN (%) INMUNOQUIMICA 51 81,6 HEMATOLOGIA 4 9,1 COAGULACION 2 5,6 ORINAS 1 0,5 GASES/ELECTROLITOS 1 3,2 Total 100 2° La suma de las ponderaciones dará el precio de la oferta final por cada proveedor, la que se ponderará en la siguiente fórmula: Las ofertas se evaluarán en este factor de manera inversamente proporcional a la oferta o precio más bajo presentado a la propuesta. A la oferta más baja se le asignarán 100 puntos. Para obtener el puntaje ponderado de las ofertas presentadas a la propuesta se aplicará siguiente fórmula: Precio más bajo presentado a la propuesta, dividi 40%
2 Experiencia de los Oferentes Este factor se medirá de acuerdo con la cantidad de convenios acreditados y suscritos entre Enero del 2022 a Enero del 2025, entendiéndose por acreditado, aquellos que adjunten certificados de conformidad + convenio / contratos firmados de servicios prestados en Hospitales públicos, Centro Referencia de Salud (CRS), Centro Diagnóstico Terapéutico (CDT) y/o clínicas privadas del País, de acuerdo a formula: N° de Convenios Suscritos = N° de Convenios Suscritos Oferta “X” * 100 * 0.30 Oferta con Mayor N° de Convenios Suscritos Cada documento presentado debe tener a lo menos un año de prestación del servicio del tiempo inicial hasta su término. 30%
3 Plazo de Entrega El resultado del puntaje obtenido se multiplicará por el respectivo porcentaje según criterio de evaluación. Este criterio será evaluado, según escala contenida en el siguiente recuadro. Plazo de Entrega de Insumos Puntaje Plazo de entrega antes de 3 días hábiles. 100 Plazo de entrega desde 4 a 9 días hábiles. 50 Plazo de entrega más de 10 días hábiles. 0 15%
4 Tiempo de Respuesta de Insumos El resultado del puntaje obtenido se multiplicará por el respectivo porcentaje según criterio de evaluación. Este criterio será evaluado, según escala contenida en el siguiente recuadro. Plazo de Respuesta ante una emergencia Puntaje Inferior o igual a 24 horas. 100 Superior a 24 e Inferior a 48 horas. 50 Superior a 48 horas. 0 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE
Monto Total Estimado: 388000000
Justificación del monto estimado El presupuesto estimado para la presente licitación es de 388.000.000.- IVA incluido. Monto que los oferentes deberán tener presente en el momento de realizar sus ofertas.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Esta renovación se justifica debido que el servicio a licitar, es un servicio habitual el cual se requiere en forma permanente; a fin de asegurar en cantidad, calidad y oportunidad de los insumos necesarios para el correcto funcionamiento del Laboratorio
Observaciones IVA INCLUIDO
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: PEDRO CARRIZO BONILLA
e-mail de responsable de pago: pedro.carrizo@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Unidad de Laboratorio
e-mail de responsable de contrato: enrique.bejarano@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-55-2654000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE
Fecha de vencimiento: 07-08-2025
Monto: 3 %
Descripción: En caso de que el documento emitido sea físico, dicha garantía deberá ingresarse en Oficina de Partes del Centro Oncológico del Norte (antes de la hora de cierre de la propuesta según el calendario de la plataforma de mercado público) ubicada en calle los Pumas #10.255, Chimba Alto, Antofagasta, desde las 8:30 a 15:30 horas de lunes a viernes, en sobre cerrado e indicando el ID y nombre de la propuesta de la licitación. La que será restituida al adjudicatario una vez que éste suscriba el contrato respectivo y entregue la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del Contrato. En los casos que la garantía se entregue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y Servicios de certificación de dicha firma (Art.52, inciso tercero, Decreto Supremo N°661 del 2024). El documento electrónico, deberá ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Económicos, antes del cierre de la propuesta, según el calendario establecido en la plataforma.
Glosa: Para Garantizar la Seriedad de la Oferta en la Propuesta Pública Nº17/2025 “CONVENIO DE SUMINISTRO PARA LA ADQUISICIÓN DE INSUMOS CON ENTREGA DE EQUIPOS EN COMODATO PARA EL LABORATORIO CLÍNICO DEL CENTRO ONCOLÓGICO DEL NORTE”
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que declare la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación, en la forma que se señale en las bases de licitación. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el sistema de información, en la Unidad de Finanzas del Centro Oncológico del Norte ubicada en calle Los Pumas #10.255 de Antofagasta, de lunes a viernes en horario de 8:30 a 15:30 horas, previa coordinación con el jefe de Finanzas al correo pedro.carrizo@redsalud.gob.cl. El Documento de seriedad de la oferta, podrá ser cobrado unilateralmente por el Centro Oncológico del Norte sin ulterior reclamo, en los siguientes casos:  Si el oferente retira su oferta o se desiste de ella, en el período de vigencia de la misma.  Si la oferta fuere falsa, errónea o equívoca.  Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito y hábil en el Registro Electrónico Oficial de Chileproveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, al momento de suscribir el contrato definitivo o dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles después de publicada la resolución de Adjudicación.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE
Fecha de vencimiento: 30-10-2027
Monto: 5 %
Descripción: Dicha garantía podrá ingresarse en Oficina de Partes del Centro Oncológico del Norte, desde las 8:30 a 15:30 horas de lunes a viernes, o podrá entregarse de manera electrónica, lo que deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y Servicios de certificación de dicha firma y su reglamento (Art.121 Decreto Supremo N°661 del 2024), la que deberá remitirse a los siguientes correos electrónicos: amparo.espinoza@redsalud.gob.cl; pedro.carrizo@redsalud.gob.cl; tesoreria.con@redsalud.gob.cl. La devolución de la Garantía será de responsabilidad de cada oferente, el cual podrá retirarla previa coordinación con el Jefe de Finanzas, al correo pedro.carrizo@redsalud.gob.cl, Unidad de Finanzas del Centro Oncológico del Norte, una vez que haya cumplido su fecha de vencimiento.
Glosa: PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DE LA PROPUESTA PÚBLICA Nº17/2025 “CONVENIO DE SUMINISTRO PARA LA ADQUISICIÓN DE INSUMOS CON ENTREGA DE EQUIPOS EN COMODATO PARA EL LABORATORIO CLÍNICO DEL CENTRO ONCOLÓGICO DEL NORTE”
Forma y oportunidad de restitución: Si el documento de garantía presenta errores tanto en la descripción, en la glosa, en la fecha, monto, entre otros, tendrá un plazo prudencial para cambio y enmienda del documento. El plazo para restituir el documento corregido será de 5 días hábiles una vez enviada al oferente la notificación de solicitud de corrección. En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones y de los plazos que imponen las presentes bases de licitación, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el período que le resta, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado de la presente licitación. Sin derecho a indemnización alguna. Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte del Centro Oncológico del Norte que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el CON podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de la garantía de fiel cumplimiento hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue. Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la entidad deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado en la letra a) y b) del artículo 61 del reglamento Decreto Supremo N°661/2024 de la Ley N°19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. De ser adjudicada la oferta, la entidad licitante deberá solicitar al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al 5% neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que siga en su calificación económica.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
MECANISMO DE RESOLUCION DE EMPATES
En caso de producirse un empate entre los oferentes que sean mejor evaluados, se aplicará, en forma sucesiva, las siguientes reglas de desempate: 1° Convenios Suscritos. y en caso de mantenerse el empate se aplicará en punto 2° 2° Plazo de entrega, y si llegase a mantenerse el empate se aplicará el punto 3° 3° Precio, si aún se mantiene el empate, se aplicará el punto 4° 4° Se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal del mercado público, considerándose para ello, la hora en que la subió.
EVALUACION DE LAS OFERTAS
La comisión de evaluación designada mediante Resolución Exenta N°053 de fecha 20 de enero del 2025 está conformada por el Jefe de Abastecimiento, Profesional de Finanzas, Referente Técnico, Profesional de la Subdirección Administrativa y Profesional Encargado de Proyectos o por quienes los subroguen legalmente. La comisión que estará a cargo de la apertura y de examinar las ofertas ingresadas correctamente al Portal www.mercadopublico.cl y comprobará el cumplimiento de los requisitos señalados en las presentes bases. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:  Comunicarse entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes (artículo 35 ter de la Ley N°19.886).  Intervenir en procedimientos de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés. (Artículo 35 quinquies de la Ley N°19.886). Son motivos de abstención los siguientes: 1. Tener interés en los términos indicados por el inciso tercero del artículo 44 de la Ley Nº18.046, sobre sociedades anónimas. En este caso, se considerará que existe un interés personal también cuando lo tenga el conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común. 2. Incurrir en alguno de los motivos de abstención a que se refiere el artículo 12 de la Ley Nº19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los organismos de la Administración del Estado. En este caso, se considerará que existe un interés personal también cuando lo tenga el conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común. 3. Haberse desempeñado en los últimos veinticuatro meses como director, administrador, gerente, trabajador dependiente o asesor, consejero o mandatario, ejecutivo principal o miembro de algún comité, en sociedades o entidades respecto de las cuales deba tomarse una decisión. Se entenderán también comprendidas dentro de esta causal aquellas entidades que formen parte de un mismo grupo empresarial, como matrices, filiales o coligadas, en los términos definidos en el artículo 96 de la Ley N°18.045, de Mercado de Valores. 4. Haber emitido opinión, por cualquier medio, sobre un procedimiento de contratación en curso y cuya resolución se encuentre pendiente. 5. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.  Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.  Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. La Comisión de Evaluación del Centro Oncológico del Norte, emitirá un informe de evaluación de las ofertas, proponiendo a la Dirección de este Establecimiento la Adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación.
SUBSANACION DE ERRORES U OMISIONES FORMALES
El Centro Oncológico del Norte durante el proceso de evaluación, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Los oferentes a los que se les solicite completar los antecedentes deberán hacerlo en el plazo extraordinario de 02 días hábiles desde la fecha que se formalice la solicitud al oferente, bajo apercibimiento de tenerse por desistida su oferta.
ADJUDICACION
19.1 Es indispensable que quien resulte adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, en condición de habilitado. No podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las entidades. En este caso el Centro Oncológico del Norte podrá desestimar la oferta y a dejarla inadmisible. 19.2 En caso de que el adjudicado sea una persona jurídica deberá acompañar la personería de la misma, así como su constitución y vigencia; cuya antigüedad no sea superior a 3 meses al momento de su presentación. 19.3 La notificación de la adjudicación se realizará mediante la publicación de la Resolución que adjudica la licitación en el portal mercado público. 19.4 El Centro Oncológico tendrá la posibilidad de readjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación y así, sucesivamente, cuando el proveedor adjudicado incurra en las siguientes causales: • Desista de su oferta • Sea inhábil. • No cumpla con lo ofertado. • No acepte la orden de compra. • No envíe la Boleta de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. Se excluye de la re-adjudicación cuando el incumplimiento del proveedor se deba a causas de fuerza mayor las que deberá justificar oportunamente y adjuntar los respaldos correspondientes
PRECIO, FORMA DE COMPRA Y ENTREGA
Los precios sólo deben indicarse en moneda nacional, en números enteros sin decimales, incluyendo todos los costos o gastos asociados, para que los servicios se puedan realizar en las dependencias del Centro Oncológico del Norte. Los precios se mantendrán inalterables durante la vigencia del contrato, excepto si es renovado, por lo tanto, los precios ofertados en el ANEXO N°5, se reajustarán en base a la variación que experimente el IPC entre la fecha de la resolución que adjudica la presente licitación y la fecha del informe favorable del referente técnico y/o administrador del contrato. La orden de compra deberá ser aceptada por el proveedor adjudicado, en un plazo máximo de 48 hrs de enviada la solicitud. Si la orden de compra no es aceptada dentro del plazo establecido, se enviará una solicitud de cancelación, la que deberá ser aceptada por el proveedor irrevocablemente.
PLAZOS Y FORMA DE PAGO
El proceso se iniciará con el envío de un informe emitido por la unidad de Laboratorio del Centro Oncológico del Norte, Rut 62.000.380-8 detallando los productos facturados, conforme a las condiciones de la(s) orden(es) de compra que hayan sido enviadas al proveedor siendo éste el primer responsable de aceptar la orden de compra en el portal del Mercado Público, previo a la respectiva emisión de o las facturas. La factura deberá emitirse a nombre del Centro Oncológico del Norte, Rut 62.000.380-8 detallando los exámenes facturados, conforme a las condiciones de la(s) orden(es) de compra que hayan sido enviadas al proveedor, quien debe aceptar esta o estas órdenes de compra en el portal del Mercado Público. Cumpliendo las indicaciones del párrafo anterior, para el buen desarrollo del proceso de pago, la factura deberá indicar, en el campo folio, el número de Orden de Compra del portal Mercado Público sin espacios ni antes ni después, además de señalar que la forma de pago es al Crédito, (no se debe indicar “al Contado”). La factura emitida podrá ser rechazada por la Unidad de Finanzas o a petición de la Unidad requirente por mala emisión, teniendo un plazo legal hasta los 8 días corridos después de la emisión del correspondiente DTE. Las facturas podrán ser enviadas al correo electrónico de pedro.carrizo@redsalud.gob.cl; lorena.monsalve@redsalud.gob.cl, adjuntando la documentación de respaldo correspondiente, sin perjuicio que el nuevo sistema de facturación electrónica implica enviar obligatoriamente en formato XML el DTE a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com para la recepción en el Sistema de Gestión DTE, ACEPTA, dentro de las 72 horas de haber sido emitida y enviada la respectiva factura para la validación en el SII; de lo contrario el DTE no podrá ser procesado a pago debido a la omisión de lo anteriormente señalado, lo que en consecuencia el Proveedor obligatoriamente deberá anular la factura con su respectiva Nota de Crédito para tener que nuevamente emitir un nuevo ejemplar procurando enviar el formato XML del DTE dentro de las horas antes señaladas. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, informar correcta y oportunamente los datos de la cuenta corriente: Institución bancaria, tipo de cuenta, número de cuenta, RUT de la institución o persona natural adjudicada y correo electrónico. Los datos deberán ser enviados a la Unidad de Finanzas: pedro.carrizo@redsalud.gob.cl; lorena.monsalve@redsalud.gob.cl. El plazo de pago, conforme a lo indicado por la ley, es dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura en SII y estará supeditado a la efectiva recepción de los productos solicitados en términos técnicos, cantidades y precios.
CONTRATO
22.1 Se suscribirá contrato solo con aquel oferente que se adjudique el total de los productos e insumos requeridos. 22.2 En caso de proceder el contrato y no suscribirlo, en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de publicación de la adjudicación, se entenderá que el adjudicado desiste de su oferta y el Centro Oncológico del Norte podrá readjudicar a la segunda mejor oferta presentada. 22.3 Una vez suscrito el contrato, el proveedor estará obligado a cumplirlo, en caso de que éste no cumpla, el Centro Oncológico del Norte procederá a hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato de manera administrativa sin necesidad de requerimiento ni acción judicial, aun cuando no haya aceptado la Orden de Compra respectiva, sin perjuicio de las demás multas e indemnizaciones que pudiese proceder. 22.4 El proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación. La infracción de esta prohibición dará derecho al CON, para poner término anticipado a la relación contractual de forma inmediata. Lo anterior es, sin perjuicio de la transferencia que se pueda efectuar con arreglo a las normas de derecho común de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato. Los contratos de factoring suscritos por el adjudicado deben ser notificados oportunamente al Centro Oncológico del Norte y no deben existir obligaciones o multas pendientes entre las partes. (Artículo 126 y 127 del D.S. N°661 del 2024 del Ministerio de Hacienda que aprueba reglamento de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios). 22.5 La vigencia de la presente licitación tendrá una duración de 24 meses a contar de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato, sin perjuicio de ello, y por razones de buen servicio, las prestaciones que derivan de él, podrían iniciarse con anterioridad, no obstante que su pago estará condicionado a la total tramitación de la resolución que lo aprueba. (Dictamen N°14.362 y 11.189 de 2008 de Contraloría General.) El contrato podrá renovarse por igual periodo, por una sola vez, de común acuerdo y, en la medida que exista disponibilidad presupuestaria, previa evaluación favorable del referente técnico, la que se realizará con una antelación de 60 días a la fecha de término del contrato, dicha renovación es facultad del Centro Oncológico del Norte, si eventualmente decidiera renovar, ello se funda en que este tipo de servicios es de carácter habitual y permanente para el funcionamiento del Centro. 22.6 En caso de ser necesario ampliar el plazo de cumplimiento del contrato, por causas de atraso no atribuibles al adjudicado, se emitirá una resolución exenta que autorice el plazo y los gastos administrativos adicionales que ello signifique. 22.7 Se exigirá al adjudicatario los medios para acreditar que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años y la oportunidad en que ellos serán requeridos, Artículo 41 N°10 del Reglamento. En este caso se solicitará el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo. 22.8 Todos los daños a las instalaciones, bienes, equipos, personal o al público que ocasionaren los funcionarios de la empresa adjudicada, como asimismo los daños o diversas consecuencias que se derivaren del no cumplimiento del servicio conforme a las bases administrativas y técnicas de esta licitación, son de absoluta responsabilidad de la empresa adjudicada, debiendo asumir la restitución de los daños que hubiere. 22.9 El adjudicatario liberará de toda responsabilidad al Centro Oncológico del Norte frente a acciones entabladas por terceros como consecuencia de la prestación de los servicios contratados y/o por la calidad de proveedores del Centro Oncológico del Norte. 22.10 En caso de cualquier modificación societaria, o cambio en la razón social, el adjudicatario deberá informarla por escrito, adjuntando copia autorizada de la misma al Centro Oncológico del Norte, dentro del plazo de 30 días corridos de formalizada la modificación. Además, se deberá garantizar en dicho caso, la continuidad de lo licitado, y regularizar el Documento Mercantil Nominativo de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, si fuere necesario. En ningún caso tales modificaciones podrán implicar el cambio de persona jurídica, a menos que el Centro Oncológico del Norte lo autorice expresamente. 22.11 Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que no esté considerado en las bases y no haya sido autorizado por la contraparte técnica. 22.12 La información y todos los antecedentes que la empresa y su personal obtengan o tenga acceso directamente o indirectamente del Centro Oncológico del Norte, con motivo de esta licitación, son estrictamente privados y confidenciales, razón por la cual está expresamente prohibido comentarla o difundirla por cualquier medio y bajo cualquier circunstancia. Asimismo, deberá guardar estricto control y reserva sobre la información, documentos y sistemas del Centro Oncológico del Norte, tenga acceso durante y con posterioridad a la ejecución del contrato para asegurar que su personal respete la privacidad y, en su caso el secreto de los mismos. Cualquier documento, ya sea en papel o electrónico, de propiedad del Centro Oncológico del Norte deberá ser devuelto por el contratista al término del presente contrato o en su defecto destruido. El incumplimiento de este aspecto se entenderá como un incumplimiento a la Privacidad de la información y facultará a al Centro, a poner término anticipado al contrato, según corresponda, reservándose el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de contravención. 22.13 La empresa deberá nombrar una Contraparte Técnica que tenga a cargo verificar el correcto funcionamiento del servicio e interactuar con la Contraparte Técnica que establezca el Centro Oncológico del Norte. 22.14 El Centro Oncologico del Norte, podrá suspender el pago de la suma señalada, por el lapso que estime conveniente, si el Proveedor no presta los servicios regulados por este acto administrativo. 22.15 El adjudicatario será responsable del total cumplimiento de lo ofertado y detallado en el contrato y en las Bases técnicas que lo acompañan, no pudiendo subcontratar servicios que demande la prestación del servicio. Art.128 letra a, del Reglamento de Ley N°19.886. 22.16 En el caso que eventualmente una resolución judicial, ordene al Centro Oncológico del Norte, el pago de alguna indemnización respecto de responsabilidad solidaria o subsidiaria que pudiese configurarse será causal para poner término a este contrato, haciendo efectiva las respectivas indemnizaciones, además de las acciones legales que puedan proceder para exigir la restitución de lo dado o pagado por este establecimiento. 22.17 Cualquier imprevisto del servicio deberá ser informada previo a la aceptación de la orden de compra, a la Unidad de Laboratorio al correo electrónico enrique.bejarano@redsalud.gob.cl con copia a la Unidad de Abastecimiento al correo amparo.espinoza@redsalud.gob.cl. 22.18 Los mayores gastos directos o indirectos que se originen por cambios en la oferta original, serán de cargo del proveedor.
MODIFICACION O TERMINO DE ANTICIPADO DE CONTRATO
Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 129 y 130 del reglamento de la Ley N°19.886, además, de lo referido en el cuerpo de estas Bases, entre el Centro Oncológico del Norte y el proveedor, podrá modificarse o terminarse anticipadamente por los motivos o circunstancias que a continuación se indican: Modificaciones: Los Contratos regidos por la Ley de Compras y este reglamento solo podrán modificarse durante su vigencia cuando se dé alguno de los siguientes supuestos: 1. Cuando así se haya previsto en las Bases de Licitación o el Contrato. En ningún caso, las Entidades podrán prever en las Bases modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales del contrato u Orden de Compra inicial. Se entenderá que se alteran éstos: (i) Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación; (ii) Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o (iii) Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente. No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual. 2. Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos: (i) Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Entidad contratante. (ii) Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para el órgano de contratación. (iii) Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria. (iv) Que se respete el equilibrio financiero del Contrato. La Entidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del Contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación. En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento del monto originalmente convenido entre el Proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. Termino Anticipado: Los contratos administrativos regulados por la Ley de Compras y este reglamento podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causas: 1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. 3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida, de acuerdo a las situaciones indicadas en el punto 25. 4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento. 6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 7. Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes. Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información. El término de forma anticipada no dará derecho a indemnización alguna al proveedor, salvo por los productos efectivamente entregados conformes y no cancelados, lo que se entenderá como compensación suficiente.
MULTAS Y PROCEDIMIENTOS DE APLICACION
25.1 MULTAS. El Centro Oncológico del Norte podrá aplicar una multa, la que será cobrada directamente al proveedor. Las multas serán en UTM y se aplicará por incumplimiento en las obligaciones en lo que se refiere a cada uno de los siguientes aspectos en los productos y servicios requeridos en las bases de esta licitación: plazo, forma, calidad, cantidad. El incumplimiento del despacho: Es el envío parcial de productos y/o cantidades, como el incumplimiento de las fechas de entrega o el no despacho de los mismos respecto a lo especificado en la solicitud de insumos que será enviada al proveedor por vía electrónica respectiva y/o condiciones de adjudicación señaladas en estas bases. • Incumplimiento del despacho comprometido (retraso en el plazo de entrega, dependiendo del tiempo comprometido por el proveedor en su oferta). • Incumplimiento de reposición de Insumos devueltos o rechazados (retraso en el plazo de entrega o despacho incompleto). • Canje de Insumos (Plazo de despacho comprometido o despacho incompleto). • Retiro de Insumos no conforme en Bodega Farmacia CON (plazo de hasta 7 días). • Ofertar un Insumo sin tener stock suficiente para despacho oportuno. • Otros. (Ver base técnica, puntos 6 y 7). Nº Descripción Multa 1 Incumplimiento del Despacho: 1 UTM por día de atraso, con un máximo de 60 UTM. • Incumplimiento del despacho comprometido (retraso en el plazo de entrega, dependiendo del tiempo comprometido por el proveedor en su oferta). • Incumplimiento de reposición de productos devueltos o rechazados (retraso en el plazo de entrega o despacho incompleto). • Canje de Insumos (Plazo de despacho comprometido o despacho incompleto). •De no cumplir con el reintegro de productos con empaque dañado en un periodo de 48 horas •Insumos con unidades faltantes o diferentes a lo solicitado. • Retiro de productos no conforme en Bodega Farmacia CON (plazo de hasta 7 días). • Incumplimiento de lo declarado en el anexo n°3 sobre mantenimiento de Stock. 10 UTM por día de atraso, con un Tope de 100 UTM y de llegar al día 11 de atraso se dará término del contrato. 2 Incumplimiento del Servicio Técnico: 5 UTM por día de atraso, con un Tope de 60 UTM. El proveedor no cumpla con el tiempo de respuesta ante emergencia para la reparación de los equipos estipulados en las bases. 3 Retraso en la Puesta en marcha del servicio, fijada para el 01 de septiembre de 2025. 5 UTM por día de atraso, con un Tope de 60 UTM. 4 Personal Técnico que no reside en la región de Antofagasta según la especialidad. 10 UTM por día de atraso, con un Tope de 100 UTM. 5 Incumplimiento de Mantención preventiva y/o reparativas 5 UTM por día de atraso, con un Tope de 60 UTM. El Incumplimiento del Servicio Técnico: La Empresa deberá mantener operativo y en óptimas condiciones el equipamiento entregado en Comodato en el tiempo de mantenimiento y/o reparación de los equipos estipulados en las bases. 25.2 PROCEDIMIENTOS DE APLICACIÓN Todo incumplimiento por parte del proveedor, que dé origen a la aplicación de una multa, será notificado al administrador del contrato del proveedor mediante correo electrónico (Art. 140 del reglamento de compras de Ley N°19.886) por parte del Jefe de Laboratorio y/o Subdirector Administrativo. El proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la recepción del correo electrónico para dar respuesta y realizar sus descargos, acompañados de todos los antecedentes que lo fundamenten. En caso de no presentar descargos o presentarlos fuera del plazo, se entenderá que toma conocimiento de la notificación y asume el incumplimiento. En caso que el proveedor presente los descargos dentro del plazo establecido, el Centro Oncológico del Norte tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles, desde su recepción, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Una vez revisados los antecedentes se notificará mediante correo electrónico al administrador del contrato del proveedor la decisión respecto de la aplicación final o no de la multa. De proceder, El Centro Oncológico del Norte en el más breve plazo, emitirá la correspondiente resolución exenta aplicando la multa (pudiendo aplicarse más de una multa en un mismo acto administrativo) e informando los hechos que la fundamentan. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley N°19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 10 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Una vez tramitada la resolución, será subida al portal de mercado público y enviada vía correo al administrador de contrato del proveedor para su conocimiento. Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa. En caso de que no se pague dentro de dicho plazo, se procederá al cobro de la garantía fiel cumplimiento, haciéndose pagadera la multa solo respecto de aquella parte que cubre el valor de esta, debiéndose restituir la diferencia al adjudicado. En este último caso, en la medida que la garantía cobrada esté vigente, el proveedor adjudicado deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza dentro de 10 días hábiles desde la notificación del cobro.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.