Licitación ID: 1077920-26-LE23
COMPRA AGUJAS HUBER CON CATÉTER PARA EL C.O.N.
Responsable de esta licitación: CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE, Farmaco
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 8
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Productos o servicios
1
Agujas hipodérmicas 1440 Unidad
Cod: 42142523
224-7596 AGUJAS GRIPPER PLUS C CONECTOR NEEDLELESS: MEDIDA 20G x 19mm de acero inoxidable, non coring,no siliconada, con bisel lateral y sistema de bioseguridad con conector needleless, clamps, almohadilla acolchada y abrazadera desmontable para inserción  

2
Agujas hipodérmicas 1596 Unidad
Cod: 42142523
225-0177 AGUJAS GRIPPER PLUS C CONECTOR NEEDLELESS: MEDIDA 20G x 25mm de acero inoxidable, non coring,no siliconada, con bisel lateral y sistema de bioseguridad con conector needleless, clamps, almohadilla acolchada y abrazadera desmontable para inserción  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
COMPRA AGUJAS HUBER CON CATÉTER PARA EL C.O.N.
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo de la presente licitación es asegurar que un solo proveedor garantice en cantidad, calidad y oportunidad, la resolución de la demanda asistencial a la Unidad de Quimioterapia del Centro Oncológico del Norte, a través de la compra de aguja Huber de N°20 G de 19mm y de 25 mm para uso con catéter con reservorio según descripción anexo 5, para dar continuidad a la administración de tratamientos endovenosos para pacientes ges y no ges en cuidados curativos yo paliativos. Sólo se puede utilizar este tipo de aguja, ya que el material con que está confeccionado el reservorio del catéter venoso central cvc, que portan los pacientes, resiste un número aprox. de 200 punciones, utilizando este tipo de aguja. Además, se pretende evitar riesgos de defectos en el reservorio que ocasionen daños al paciente, como extravasaciones.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE
Unidad de compra:
Farmaco
R.U.T.:
62.000.380-8
Dirección:
LOS PUMAS # 10255 CHIMBA ALTO – ANTOFAGASTA
Comuna:
Antofagasta
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-11-2023 12:00:00
Fecha de Publicación: 31-10-2023 16:52:53
Fecha inicio de preguntas: 31-10-2023 17:46:00
Fecha final de preguntas: 03-11-2023 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-11-2023 17:46:00
Fecha de acto de apertura técnica: 10-11-2023 12:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 10-11-2023 12:05:00
Fecha de Adjudicación: 21-11-2023 13:00:40
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1. Declaración jurada simple. Suscrita por el oferente, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°, de la Ley 19.886. El Centro Oncológico del Norte podrá verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. Anexo N°2. Datos del Oferente. En caso que el oferente sea una unión temporal de proveedores, el Anexo N°2 debe ser completado por cada uno de sus integrantes. Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Administrativos.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°3: Ofrecimiento de Canje. (Oferta Técnica) El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Técnicos. Anexo N°4: Declaración de Compromiso de Stock. (Oferta Técnica) El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°5. Oferta Técnico Económica. (Planilla Excel) Este Anexo se considerará en la revisión de antecedentes en formato Planilla Excel, por lo que no se considerará para evaluación en formato pdf, jpg, u otro. El proveedor deberá ofertar por la totalidad de los insumos detallados en el Anexo N°5, dada la naturaleza de los productos y a los requerimientos técnicos de las unidades clínicas de la institución. No se aceptarán las ofertas que solo lo hagan en una sola línea. La información contenida en dicha planilla debe ser la misma que la ingresada en el “Comprobante de Oferta” de la plataforma de mercado público. En caso de los factores tales como: plazo de entrega, precio o monto mínimo de facturación discrepa del Anexo n°5, prevalecerá lo indicado en el comprobante de oferta del portal de Mercado Público. Los precios deben ser expresados en moneda nacional, en valores netos (sin IVA). En números enteros. (sin decimales) El valor mencionado, debe incluir todo costo o gasto que signifique la venta de los productos inherentes a esta licitación entendiéndose puesto en Bodega de Farmacia del Centro Oncológico del Norte. El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Económicos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFRECIMIENTO DE CANJE Corresponde a la factibilidad de realizar canje de insumos para todo evento que se relacione con la integridad de este. Se asignará el puntaje respecto a la información proporcionada en el Anexo N°3 de las presentes Bases. La ponderación será la que resulte de aplicar el 25% al resultado de la siguiente tabla: Ofrecimiento de Canje Puntaje Se compromete a realizar canje del producto a todo evento que se relacione con la integridad de este y/o estando hasta con 60 días de expiración, a contar de la fecha de vencimiento que declara el envase. Aun cuando el convenio producto de la adjudicación se encuentre terminado. 100 Se compromete a realizar canje por vencimiento mediando aviso por parte del Centro oncológico del Norte con 30 días de antelación a la fecha de vencimiento del insumo ofertado. Aun cuando el convenio producto de la adjudicación se encuentre terminado. 50 Adjunta política de canje distinta a lo solicitado por el Centro Oncológico del Norte o No ofrece canje de los prod 25%
2 Plazo de Entrega Se entiende como plazo de entrega de los productos, el tiempo que media entre la fecha de envío de la orden de compra y la fecha en que los productos son recibidos en Bodegas del Centro Oncológico del Norte. La asignación de puntaje se realizará en función de la siguiente tabla: Plazo de Entrega de Productos Puntaje Plazo de entrega hasta 48 hrs. 100 Plazo entrega más de 48 horas hasta 72 hrs. 50 Plazo de entrega mayor a 72 hrs. 0 15.4. - Resumen de factores, modo de valoración y ponderaciones Factor Formula Ponderación % Ofrecimiento de Canje Tabla de puntaje. 25% Precio 100 puntos al menor precio. Otros de manera proporcional. 50% Plazo Entrega de Producto Tabla de puntaje. 25% Total 100% 25%
3 Precio Las ofertas se evaluarán en este factor de manera inversamente proporcional a la oferta o precio más bajo presentado a la propuesta. A la oferta más baja se le asignarán 100 puntos. Para obtener el puntaje ponderado de las ofertas presentadas, a la propuesta se aplicará siguiente fórmula: Precio = Precio Oferta más Baja * 100 * 0,50 Precio Oferta "X" Precio más bajo presentado a la propuesta, dividido por precio de oferta “X” por 100, por factor de ponderación 0,50 para cada oferta. 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Centro Oncológico del Norte
Monto Total Estimado: 50000000
Justificación del monto estimado IVA INCLUIDO
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Esta renovación se justifica debido que el producto a licitar es requerido habitualmente a fin de asegurar la demanda asistencial y dar continuidad al tratamiento de pacientes oncológicos.
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Pedro Carrizo
e-mail de responsable de pago: pedro.carrizo@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: paola.luna@gmail.com
e-mail de responsable de contrato: paola.luna@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-55-2655938-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
INHABILIDADES PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN Y/O CONTRATAR
No podrán participar en la presente licitación ni celebrar contrato con “CON”, aquellos oferentes que se encuentren afectos a alguna de las inhabilidades establecidas en al artículo 4 de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (hayan sido condenados por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta). Tratándose exclusivamente de personas jurídicas, no podrán ofertar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. El Centro Oncológico del Norte podrá verificar esta información a través del Registro que se lleva para tal efecto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho que indica. No podrán participar en la presente licitación los funcionarios directivos del Centro Oncológico del Norte, como oferente. Quienes se encuentren unidos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, con las autoridades o funcionarios directivos del Centro Oncológico del Norte. Aquellas sociedades de personas en que los funcionarios directivos o aquellas personas unidas por vínculo de parentesco de acuerdo al artículo 54 letra b) de la ley Nº 18.575 con estos funcionarios, formen parte. Aquellas sociedades en comandita por acciones o anónimas cerradas en que funcionarios directivos del Centro Oncológico del Norte o aquellas personas unidas por vínculo de parentesco de acuerdo al artículo 54 letra b) de la ley Nº 18.575, con éstos, sean accionistas. Aquellas sociedades anónimas abiertas en que funcionarios directivos del Centro Oncológico del Norte, o aquellas personas unidas por vínculo de parentesco de acuerdo al artículo 54 letra b) de la ley Nº 18.575 con éstos, sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital. Quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia.
UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
En el caso que dos o más oferentes se unan para participar en el presente proceso licitatorio (UTP), deberán sujetarse a lo dispuesto en el artículo 67 bis del DS N° 250 de 2004 que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886, es decir, deberán establecer, el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. El representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, por ser una licitación Menor a 1000 UTM el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Lo anterior no impide que el Centro Oncológico del Norte genere la orden de compra al oferente que postula como representante de la Unión Temporal de Proveedores y, gestione el pago en forma individual, en razón a la persona que haya realizado efectivamente los servicios. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la vigencia de la licitación, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de la Ley N°19.886.
MULTAS Y APLICACIÓN
Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará el Centro Oncológico del Norte para aplicar una o más de las sanciones que se indican a continuación, sin perjuicio de los otros derechos que le corresponden Situaciones para la aplicación de multa, según tipo Multa Incumplimiento del despacho comprometido. (atraso en el plazo de entrega o despacho incompleto) indicado en el Anexo N°5 1 UTM por día de atraso con tope de 5 UTM. Incumplimiento de reposición de productos devueltos o rechazados. (retraso en el plazo de entrega o despacho incompleto). 1 UTM por día de atraso con tope de 5 UTM.. Negarse a canjear de productos. 5 UTM Incumplimiento en los plazos de entrega de los productos canjeados 1 UTM por día de atraso con tope de 5 UTM. Informar quiebre de stock, posterior a la aceptación de la Orden de Compra. 5 UTM. 23.1 PROCEDIMIENTOS DE APLICACIÓN Todo incumplimiento por parte del proveedor, que dé origen a la aplicación de una multa, será notificado al administrador de la licitación del proveedor mediante correo electrónico y carta Certificada, por parte del administrador operativo del Centro Oncológico del Norte y / o subdirector Administrativo. El proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la recepción de la carta certificada, para dar respuesta y realizar sus descargos, acompañados de todos los antecedentes que lo fundamenten. En caso de no presentar descargos o presentarlos fuera del plazo, se entenderá que toma conocimiento de la notificación y asume el incumplimiento. En caso que el proveedor presente los descargos dentro del plazo establecido, el Centro Oncológico del Norte tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles, desde su recepción, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Una vez revisados los antecedentes se notificará mediante carta certificada, al administrador de la licitación del proveedor, la decisión respecto de la aplicación final de la multa. El Centro Oncológico del Norte en el más breve plazo, emitirá la correspondiente resolución exenta aplicando la multa (pudiendo aplicarse más de una multa en un mismo acto administrativo) e informando los hechos que la fundamentan. Una vez tramitada la resolución, será subida al portal de mercado público y enviada vía correo al administrador de la licitación del proveedor para su conocimiento. La empresa deberá pagar el monto de la multa cursada en un plazo de diez (10) días hábiles por medio de transferencia bancaria de acuerdo a lo señalado en la Resolución Fundada. En caso de no pago de multa dentro del plazo estipulado, esta será descontado de la factura que presente el proveedor por los insumos entregados.
DERECHOS Y OBLIGACIONES
22.1 El adjudicatario no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación. La infracción de esta prohibición dará derecho al Centro Oncológico del Norte, para poner término anticipado al contrato de forma inmediata. Lo anterior es, sin perjuicio de la transferencia que se pueda efectuar con arreglo a las normas de derecho común de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato. Los contratos de factoring suscritos por el adjudicado deben ser notificados oportunamente al Centro Oncológico del Norte y no deben existir obligaciones o multas pendientes entre las partes. (Artículo 74 y 75 del D.S. N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba reglamento de la ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios). 22.2 Los productos despachados por el proveedor deben cumplir con los siguientes requisitos al momento del despacho: • Fecha de vencimiento de acuerdo con lo ofertado. • Producto indemne. • Entrega mediante Guía de despacho. (La facturación deberá emitirse una vez realizada la recepción conforme por parte del Centro Oncológico del Norte. 22.3 Los productos despachados defectuosos, con empaque dañado o que no cumplan con las características requeridas, deberán ser canjeados por el proveedor, el cual asumirá los costos de retiro y envío de los mismos. El proveedor adjudicado deberá cambiar o canjear los productos si despacha: • Productos con fecha de vencimiento inferior a lo ofertado. • Productos con empaques dañados y defectuosos. • Productos adulterados o mal rotulados. • Producto de distinta procedencia y/o marca a la adjudicada. • Producto con problemas de calidad (cambio de fabricación, tipo de material) Para llevar a cabo el canje o cambio de producto, la persona encargada de Bodega de Farmacia del Centro Oncológico del Norte se comunicará con el proveedor dentro de las 48 horas siguientes a la recepción de los insumos a fin de solicitar el cambio o canje. El plazo máximo para realizar el cambio o canje será de 5 días hábiles desde que se notifica al proveedor que debe realizar el cambio. 22.4 Cualquier modificación en la fabricación de los insumos deberá ser informada previo a la aceptación de la orden de compra, a la Unidad de Farmacia, a los correos electrónicos paola.luna@redsalud.gov.cl ; cristian.nova@redsalud.gov.cl ; Vicente.pardo.c@redsalud.gov.cl con copia a la Unidad de Abastecimiento a l correo; amparo.espinoza@redsalud.gov.cl. El Centro Oncológico del Norte se reserva el derecho de aceptar las modificaciones. 22.5 Los mayores gastos directos o indirectos que se originen por cambios en la oferta original, serán de cargo del proveedor. 22.6 El adjudicatario liberará de toda responsabilidad al Centro Oncológico del Norte frente a acciones entabladas por terceros, con ocasión de trasgresiones de derechos de patentes, licencias, marcas registradas, diseños industriales y otros utilizados por él, atribuyéndose la calidad de proveedores del Centro Oncológico del Norte.
PRECIO, FORMA DE COMPRA Y ENTREGA
Los precios sólo deben indicarse en moneda nacional, en números enteros sin decimales, incluyendo todos los costos o gastos asociados, para que los productos estén puestos en las dependencias del Centro Oncológico del Norte (Bodega de Farmacia ubicada en calle Los Pumas 10255, Chimba Alto, Antofagasta, de lunes a viernes en horario de 8:00 a 15:00 horas). Las compras se materializarán a través de una orden de compra, respetando el monto mínimo de facturación y factor de empaque/venta informado por el proveedor en Anexo N°5. En caso de no indicar monto mínimo de facturación en el Anexo N°5 se entenderá que no tiene monto mínimo de facturación pudiendo el Centro Oncológico del Norte emitir órdenes de compra por cualquier monto. La orden de compra deberá ser aceptada por el proveedor adjudicado, en un plazo máximo de 48 hrs de enviada la solicitud, y antes del envío de los insumos. Si la orden de compra no es aceptada dentro del plazo establecido, se enviará una solicitud de cancelación, la que deberá ser aceptada por el proveedor irrevocablemente. La entrega de los insumos deberá ser siempre mediante guía de despacho, en las bodegas del centro oncológico del norte, y sólo una vez realizada la recepción conforme, previa confirmación vía mail por el encargado de bodegas, podrá emitir la respectiva factura.
PLAZOS Y FORMA DE PAGO
El proceso de pago se iniciará con emisión de factura electrónica a nombre del Centro Oncológico del Norte, Rut 62.000.380-8 detallando los productos facturados, conforme a las condiciones de la(s) orden(es) de compra que hayan sido enviadas al proveedor siendo éste el primer responsable de aceptar la orden de compra en el portal del Mercado Público, previo a la respectiva emisión de o las facturas, de lo contrario es posible que el nuevo Sistema PPC (Para Pago Centralizado) de la TGR no lo incluya. Cumpliendo las indicaciones del párrafo anterior, para el buen desarrollo del proceso de pago, la factura deberá indicar, en el campo folio, el número de Orden de Compra del portal Mercado Público sin espacios ni antes ni después, además, señalar que la forma de pago es al Crédito, (no se debe indicar “al Contado”). La factura emitida podrá ser rechazada por la Unidad de Finanzas o a petición de la Unidad requirente por mala emisión, teniendo un plazo legal hasta los 8 días corridos después de la emisión del correspondiente DTE. El plazo de pago es de 30 días contados desde la fecha de la factura y serán realizados a través del Sistema de Pago Centralizado por parte de la Tesorería General de la República (TGR), por instrucción de la Dirección de Presupuesto (DIPRES). El proveedor podrá obtener en el portal www.tgr.cl, ingresando con su Rut y clave del portal, en la opción “consulta Pago Proveedores del Estado”. Las facturas podrán ser enviadas al correo electrónico de pedro.carrizo@redsalud.gov.cl; Lorena.monsalve@redsalud.gov.cl, adjuntando la documentación de respaldo correspondiente, sin perjuicio que el nuevo sistema de facturación electrónica implica enviar obligatoriamente en formato XML el DTE a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com para la recepción en el Sistema de Gestión DTE, ACEPTA, dentro de las 72 horas de haber sido emitida y enviada la respectiva factura para la validación en el SII; de lo contrario el DTE no podrá ser procesado a pago debido a la omisión de lo anteriormente señalado, lo que en consecuencia el Proveedor obligatoriamente deberá anular la factura con su respectiva Nota de Crédito para tener que nuevamente emitir un nuevo ejemplar procurando enviar el formato XML del DTE dentro de las horas antes señaladas. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, informar correcta y oportunamente a la unidad de finanzas: pedro.carrizo@redsalud.gov.cl ; Lorena.monsalve@redsalud.gov.cl en el caso de existir modificación de los datos de la cuenta corriente, Institución bancaria, tipo de cuenta, número de cuenta, Rut de la institución o persona natural adjudicada y correo electrónico.
Resolución de Empates

En el evento que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los demás criterios de evaluación en el siguiente orden de prelación:

1° Precio, y en caso de persistir el empate será

2° Canje, y si llegase a seguir el empate, será,

3° Tiempo de Entrega.

4. En caso de persistir el empate, el proveedor que haya ingresado primero su oferta en el portal será el adjudicado.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES FORMALES
El Centro Oncológico del Norte durante el proceso de evaluación, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl Los oferentes a los que se les solicite completar antecedentes, deberán hacerlo en el plazo extraordinario de 02 días hábiles desde la fecha que se formalice la solicitud al oferente, bajo apercibimiento de tenerse por desistida su oferta. El Centro Oncológico del Norte, podrá modificar la fecha de adjudicación, cuando la complejidad en la evaluación y/o cantidad de ofertas presentadas lo requiera.
TERMINO DE CONTRATO
Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley Nº19.886 y en el artículo 77 del Reglamento de dicha ley, además, de lo referido en el cuerpo de estas bases de licitación entre el Centro Oncológico del Norte y el Proveedor del bien o servicio, podrá modificarse o terminarse anticipadamente por los motivos o circunstancias que a continuación se indica: 1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2. El Centro Oncológico del Norte, podrá poner término, por medio de acto fundado, en forma anticipada y unilateralmente al contrato, en cualquier tiempo y por razones de necesidad dando aviso a la empresa mediante carta certificada enviada al domicilio con a lo menos diez días corridos a la fecha en que dicho termino haya de producir sus efectos, sin que este tenga derecho a indemnización. 3. Estado de notoria insolvencia del contratante. 4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 5. Que el proveedor no cumpla con lo comprometido. 6. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. Se entenderá por incumplimiento grave las siguientes causales: - Cuando el monto total de las multas aplicadas al proveedor supere el 30% del valor total del servicio o bien adjudicado. Cualquiera sea la causal aplicada, el Centro Oncológico del Norte, dictara un acto administrativo fundado en caso del término anticipado. En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contractuales, la terminación de la relación será, además, en forma inmediata, pudiendo el Centro Oncológico del Norte, informar la situación a la Dirección de Compras Públicas, sin que el adjudicado tenga derecho a indemnización alguna, y haciendo efectiva la boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato si la hubiese.
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La comisión de evaluación designada mediante Resolución Exenta N°1298 de fecha 29 de diciembre de 2022, y que está conformada por el Jefe de Abastecimiento, Profesional de Finanzas, Referente Técnico, Profesional de la Subdirección Administrativa y Profesional Encargado de Proyectos o por quienes les subroguen legalmente, comisión que estará a cargo de examinar las ofertas ingresadas correctamente al Portal www.mercadopublico.cl y comprobará el cumplimiento de los requisitos señalados en las presentes bases. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán: • Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886. • Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora. • Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. La comisión de evaluación del Centro Oncológico del Norte, emitirá un informe de evaluación de las ofertas, proponiendo a la Dirección de este Establecimiento la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación.
ADJUDICACIÓN
19.1 Quien resulte adjudicado deberá estar inscrito en Chileproveedores, en condición de habilitado, en caso de no estarlo, dispondrá de un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de Publicación de la Resolución de Adjudicación. En caso de no cumplir con ello, el Centro Oncológico del Norte podrá desestimar la oferta, pudiendo adjudicar al oferente que haya resultado como segundo mejor evaluado, y así, sucesivamente. 19.2 En caso de que el adjudicado sea una persona jurídica deberá acompañar la personería de la misma, así como su constitución y vigencia; cuya antigüedad no sea superior a 3 meses al momento de su presentación. 19.3 La notificación de la adjudicación se realizará mediante la publicación de la Resolución que adjudica la licitación en el portal mercado público. 19.4 El Centro Oncológico tendrá la posibilidad de readjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación y así, sucesivamente, cuando el proveedor adjudicado incurra en las siguientes causales: • Sea inhábil. • No cumpla con lo ofertado. • No acepte la orden de compra Se excluye de la readjudicación cuando el incumplimiento del proveedor se deba a causas de fuerza mayor las que deberá justificar oportunamente y adjuntar los respaldos correspondientes, tales como: quiebre de stock y productos en cuarentena.