Licitación ID: 1077920-6-LP24
CAPECITABINA 500 MG. Y TEMOZOLAMIDA 100MG - 20MG.
Responsable de esta licitación: CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE, Farmaco
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 8
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Productos o servicios
1
Capecitabina 32500 Unidad
Cod: 51111616
219-0013 Capecitabina 500 mg comprimidos (mayor 1 año al momento del despacho)  

2
Servicios de prevención o control de cáncer o leucemia 720 Unidad
Cod: 85111602
214-0108 Temozolamida 100 mg cap (mayor 1 año al momento del despacho)  

3
Servicios de prevención o control de cáncer o leucemia 1320 Unidad
Cod: 85111602
214-0109 Temozolamida 20 mg cap (mayor 1 año al momento del despacho)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CAPECITABINA 500 MG. Y TEMOZOLAMIDA 100MG - 20MG.
Estado:
Adjudicada
Descripción:
CAPECITABINA 500 MG Y TEMOZOLAMIDA 100 MG – 20 MG El Centro Oncológico del Norte, requiere adquirir terapia endocrina Tipo 1 para resolver la demanda asistencial y dar continuidad al tratamiento de pacientes oncológicos del Centro. El objetivo de la presente Licitación es realizar un Convenio de Suministro con aquellos proveedores que resulten adjudicados a fin de asegurar en cantidad, calidad y oportunidad los fármacos necesarios para la resolución de la demanda asistencial de las Unidades Clínicas del Centro Oncológico del Norte.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE
Unidad de compra:
Farmaco
R.U.T.:
62.000.380-8
Dirección:
LOS PUMAS # 10255 CHIMBA ALTO – ANTOFAGASTA
Comuna:
Antofagasta
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-02-2024 12:00:00
Fecha de Publicación: 01-02-2024 13:15:19
Fecha inicio de preguntas: 01-02-2024 16:42:00
Fecha final de preguntas: 06-02-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-02-2024 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 22-02-2024 12:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 22-02-2024 12:05:00
Fecha de Adjudicación: 15-03-2024 12:56:27
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1. Declaración jurada simple. Suscrita por el oferente, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°, articulo 35 quáter y septies de la Ley 19.886. El Centro Oncológico del Norte podrá verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. Anexo N°2.Datos del Oferente. En caso de que oferte una unión temporal de proveedores, el Anexo N°2 debe ser completado por cada uno de sus integrantes. Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Administrativos. Los Anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica según corresponda. El incumplimiento por parte del proveedor de cualquiera de los requisitos señalados en el presente cuadro resumen, dará lugar al rechazo de la respectiva oferta y será declarada inadmisible.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°3: Ofrecimiento de Canje. (Oferta Técnica) El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Técnicos. Anexo N°4: Declaración de Compromiso de Stock. (Oferta Técnica) El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos. Los Anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica según corresponda. El incumplimiento por parte del proveedor de cualquiera de los requisitos señalados en el presente cuadro resumen, dará lugar al rechazo de la respectiva oferta y será declarada inadmisible.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°5. Oferta Técnico Económica. (Planilla Excel) Este Anexo se considerará en la revisión de antecedentes en formato Planilla Excel, por lo que no se considerará para evaluación en formato pdf, jpg, u otro. La información contenida en dicha planilla debe ser la misma que la ingresada en el “Comprobante de Oferta” de la plataforma de mercado público. Los precios deben ser expresados en moneda nacional, en valores netos (sin IVA). En números enteros. (sin decimales) El valor mencionado, debe incluir todo costo o gasto que signifique la venta de los productos inherentes a esta licitación entendiéndose puesto en Bodega de Farmacia del Centro Oncológico del Norte. El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Económicos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Ofrecimiento de Canje Corresponde a la factibilidad de realizar canje de medicamentos o emisión Nota Crédito para todo evento que se relacione con la integridad de este. Se asignará el puntaje respecto a la información proporcionada en el Anexo N°3 de las presentes Bases. La ponderación será la que resulte de aplicar el 15% al resultado de la siguiente tabla: Ofrecimiento de Canje Puntaje Se compromete a realizar Canje del fármaco a todo evento que se relacione con la integridad de este y/o hasta con 60 días de expiración, a contar de la fecha de vencimiento que declara el envase, mediante aviso por parte del Centro Oncológico del Norte con un máximo de 15 días transcurrido a la fecha indicada. Aun cuando el convenio, producto de la adjudicación se encuentre terminado. 100 Se compromete a realizar Canje del fármaco a todo evento que se relacione con la integridad de este y/o hasta con 30 días de antelación a la fecha de vencimiento del fármaco ofertado. Aun cuando el convenio, producto de la adjudicación 15%
2 Informe de cumplimiento de Farmacovigilancia Informe emitido por el Instituto de Salud Pública (ISP) según lo señalado en Norma Técnica Nª 140. Se considerará vigente para esta licitación el certificado cuya fecha de emisión figure entre JULIO 2023 a FECHA CIERRE DE LA LICITACIÓN. El informe referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos. CERTIFICADO FARMACOVIGILANCIA Puntaje Extendido desde Julio 2023 a fecha cierre licitación. 100 Extendido antes de Julio 2023. 0 15%
3 Plazo de Entrega Se entiende como plazo de entrega de los productos, el tiempo que media entre la fecha de envío de la orden de compra y la fecha en que los productos son recibidos en Bodegas del Centro Oncológico del Norte. La asignación de puntaje se realizará en función de la siguiente tabla: PLAZO ENTREGA DE PRODUCTOS PUNTAJE Plazo de entrega hasta 48 hrs. 100 Plazo entrega más de 48 horas hasta 72 hrs. 50 Plazo de entrega mayor a 72 hrs. y/o Proveedor No entrega información. 0 10%
4 Precio Las ofertas se evaluarán en este factor de manera inversamente proporcional a la oferta o precio más bajo presentado a la propuesta. A la oferta más baja se le asignarán 100 puntos. Para obtener el puntaje ponderado de las ofertas presentadas, se aplicará siguiente fórmula: Precio = Precio Oferta más Baja * 100 * 0,35 Precio Oferta "X" Precio más bajo presentado a la propuesta, dividido por precio de oferta “X” por 100, por factor de ponderación 0,40 para cada oferta. 35%
5 Referente, Bioequivalente y/o Equivalente Terapéu Laboratorio o Distribuidor deberá enviar Certificado emitido por ISP o en su defecto el print de pantalla de la Página del ISP en donde se acredite esta instancia. El informe referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos. La ponderación será la que resulte de aplicar el 25% al resultado de la siguiente tabla: REFERENTE Y/O EQUIVALENTE TERAPÉUTICO PUNTAJE Acredita lo requerido 100 No acredita, y/o no presenta lo solicitado 0 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE
Monto Total Estimado: 80000000
Justificación del monto estimado El presupuesto estimado para la presente licitación es de 80.000.000.- IVA incluido. Monto que los oferentes deberán tener presente en el momento de realizar sus ofertas.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Esta renovación se justifica debido que los productos a licitar son de carácter habitual y permanente; a fin de asegurar en cantidad, calidad y oportunidad de los insumos necesarios para la demanda asistencial de las Unidades Clínicas del Centro Oncológi
Observaciones IVA INCLUIDO
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: PEDRO CARRIZO BONILLA
e-mail de responsable de pago: pedro.carrizo@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Pamela Fuentes
e-mail de responsable de contrato: profesional.sda@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-55-2654069-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE
Fecha de vencimiento: 15-07-2025
Monto: 5 %
Descripción: El oferente que se adjudique productos cuyo monto sea mayor a 1000 UTM, deberá presentar un documento de Garantía de Fiel Cumplimento del contrato, previo a la firma de éste, teniendo para este acto un plazo máximo de 15 días hábiles contados desde la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el portal Mercado Público. De no cumplir con dicho plazo, el Centro Oncológico del Norte podrá readjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación y así, sucesivamente. La garantía de Fiel Cumplimiento del contrato deberá ser pagadera a la vista y de carácter irrevocable y extendida a nombre de: Centro Oncológico del Norte, Rut 62.000.380-8, por un monto equivalente al 5% del monto neto adjudicado, con una vigencia mínima de 16 meses contados desde la fecha de la Resolución Exenta de Adjudicación de esta Licitación. En caso que se aumente el presupuesto, según lo señalado en el inciso cuarto del punto N°8 de las Bases Administrativas, se procederá a solicitar una nueva Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento que cubra el nuevo monto del contrato. Dicha garantía podrá ingresarse en Oficina de Partes del Centro Oncológico del Norte, desde las 8:30 a 15:30 horas de lunes a viernes, o podrá entregarse de manera electrónica, lo que deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y Servicios de certificación de dicha firma (Art.68 DS N°250 del 2004), la que deberá remitirse a los siguientes correos electrónicos: amparo.espinoza@redsalud.gov.cl; pedro.carrizo@redsalud.gov.cl. En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones y de los plazos que imponen las presentes bases de licitación, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el período que le resta, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado de la presente licitación. Sin derecho a indemnización alguna.
Glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato proveniente de la PROPUESTA PÚBLICA Nº07/2024, CAPECITABINA 500 MG Y TEMOZOLAMIDA 100 MG – 20 MG PARA EL CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE”.
Forma y oportunidad de restitución: De proceder la renovación de la presente licitación, se renovará la garantía de fiel cumplimiento del contrato en iguales condiciones a las ya señaladas, considerando una vigencia mínima de 16 meses contados desde la fecha en que se realice la solicitud de renovación de la garantía, por parte del Centro Oncológico del Norte. Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte del Centro Oncológico del Norte que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el CON podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de la garantía de fiel cumplimiento hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue. Lo anterior de acuerdo a lo estipulado en el artículo 42 del Decreto 250 que aprueba reglamento de la ley nº19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado esta nueva garantía. La devolución de la garantía será de responsabilidad de cada oferente, el cual podrá retirarla previa coordinación con el Jefe de Finanzas, al correo pedro.carrizo@redsalud.gov.cl, lorena.monsalve@redsalud.gov.cl, Unidad de Finanzas del Centro Oncológico del Norte, una vez que haya cumplido su fecha de vencimiento. Si el documento de garantía presenta errores, tanto en la descripción, en la glosa, en la fecha, monto, entre otros, tendrá un plazo prudencial para cambio y enmienda del documento. El plazo para restituir el documento corregido será de 5 días hábiles una vez enviada al oferente la notificación de solicitud de corrección.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En el evento que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los demás criterios de evaluación en el siguiente orden de prelación:

1° Referente o Bioequivalente, y en caso de persistir el empato será, 

2° Precio, y en caso de persistir el empate será

3° Canje, y si llegase a seguir el empate, será,

4° Tiempo de Entrega.

5° 1era. Oferta publicada en el portal de compras públicas.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
EVALUACION DE LA OFERTAS
La comisión evaluadora estará conformada Resolución Exenta N°1298 de fecha 29 de diciembre de 2022, por el jefe de Abastecimiento, jefe de Finanzas, Referente Técnico, Profesional de la Subdirección Administrativa y Profesional Encargado de Proyectos o por quienes les subroguen legalmente. La comisión, estará a cargo de examinar las ofertas ingresadas correctamente al Portal www.mercadopublico.cl y de comprobar el cumplimiento de los requisitos señalados en las presentes bases. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán: • Comunicarse entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes (artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N°19.886 y articulo 35 ter de la ley N°19.886). • Intervenir en procedimientos de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés. (Artículo 35 quinquies de la ley N°19.886). Son motivos de abstención los siguientes: 1. Tener interés en los términos indicados por el inciso tercero del artículo 44 de la ley Nº18.046, sobre sociedades anónimas. En este caso, se considerará que existe un interés personal también cuando lo tenga el conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común. 2. Incurrir en alguno de los motivos de abstención a que se refiere el artículo 12 de la ley Nº19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los organismos de la Administración del Estado. En este caso, se considerará que existe un interés personal también cuando lo tenga el conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común. 3. Haberse desempeñado en los últimos veinticuatro meses como director, administrador, gerente, trabajador dependiente o asesor, consejero o mandatario, ejecutivo principal o miembro de algún comité, en sociedades o entidades respecto de las cuales deba tomarse una decisión. Se entenderán también comprendidas dentro de esta causal aquellas entidades que formen parte de un mismo grupo empresarial, como matrices, filiales o coligadas, en los términos definidos en el artículo 96 de la ley N°18.045, de Mercado de Valores. 4. Haber emitido opinión, por cualquier medio, sobre un procedimiento de contratación en curso y cuya resolución se encuentre pendiente. 5. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad. • Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora. • Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. La comisión de evaluación del Centro Oncológico del Norte, emitirá un informe de evaluación de las ofertas, proponiendo a la Dirección de este Establecimiento la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación.
SUBSANACION DE ERRORES U OMISIONES FORMALES
El Centro Oncológico del Norte durante el proceso de evaluación, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl Los oferentes a los que se les solicite completar antecedentes, deberán hacerlo en el plazo extraordinario de 02 días hábiles desde la fecha que se formalice la solicitud al oferente, bajo apercibimiento de tenerse por desistida su oferta. El Centro Oncológico del Norte, podrá modificar la fecha de adjudicación, cuando la complejidad en la evaluación y/o cantidad de ofertas presentadas lo requiera.
ADJUDICACION
19.1 Es indispensable que quien resulte adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, en condición de habilitado, en caso de no estarlo, dispondrá de un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de Publicación de la Resolución de Adjudicación. En caso de no cumplir con ello, el Centro Oncológico del Norte podrá desestimar la oferta, pudiendo adjudicar al oferente que haya resultado como segundo mejor evaluado, y así, sucesivamente. 19.2 En caso de que el adjudicado sea una persona jurídica deberá acompañar la personería de la misma, así como su constitución y vigencia; cuya antigüedad no sea superior a 3 meses al momento de su presentación. Estos documentos deberán ser entregados en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de Publicación de la Resolución de Adjudicación. 19.3 La notificación de la adjudicación se realizará mediante la publicación de la Resolución que adjudica la licitación en el portal mercado público. 19.4 El Centro Oncológico tendrá la posibilidad de readjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación y así, sucesivamente, cuando el proveedor adjudicado incurra en las siguientes causales: • Sea inhábil. • No cumpla con lo ofertado. • No acepte la orden de compra. Se excluye de la readjudicación cuando el incumplimiento del proveedor se deba a causas de fuerza mayor las que deberá justificar oportunamente y adjuntar los respaldos correspondientes, tales como: quiebre de stock y productos en cuarentena.
PRECIO, FORMA DE COMPRA Y ENTREGA
Los precios sólo deben indicarse en moneda nacional, en números enteros sin decimales, incluyendo todos los costos o gastos asociados, para que los productos estén puestos en las dependencias del Centro Oncológico del Norte (Bodega de Farmacia ubicada en calle Los Pumas 10255, ChimbaAlto, Antofagasta, de lunes a viernes en horario de 8:00 a 15:00 horas). Las compras se materializarán a través de una orden de compra, respetando el monto mínimo de facturación y factor de empaque/venta, informado por el proveedor en Anexo N°5. En caso de no indicar monto mínimo de facturación en el Anexo N°5 se entenderá que no tiene monto mínimo de facturación pudiendo el Centro Oncológico del Norte emitir órdenes de compra por cualquier monto. La orden de compra deberá ser aceptada por el proveedor adjudicado, en un plazo máximo de 48 hrs de enviada la solicitud, y antes del envío de los fármacos. Si la orden de compra no es aceptada dentro del plazo establecido, se enviará una solicitud de cancelación, la que deberá ser aceptada por el proveedor irrevocablemente. La entrega de los fármacos deberá ser siempre mediante guía de despacho, en las bodegas del centro oncológico del norte, y sólo una vez realizada la recepción conforme, previa confirmación vía mail por el encargado de bodegas, podrá emitir la respectiva factura.
PLAZOS Y FORMA DE PAGO
El proceso de pago se iniciará con emisión de factura electrónica a nombre del Centro Oncológico del Norte, Rut 62.000.380-8 detallando los productos facturados, conforme a las condiciones de la(s) orden(es) de compra que hayan sido enviadas al proveedor siendo éste el primer responsable de aceptar la orden de compra en el portal del Mercado Público, previo a la respectiva emisión de o las facturas. Cumpliendo las indicaciones del párrafo anterior, para el buen desarrollo del proceso de pago, la factura deberá indicar, en el campo folio, el número de Orden de Compra del portal Mercado Público sin espacios ni antes ni después, además, señalar que la forma de pago es al Crédito, (no se debe indicar “al Contado”). La factura emitida podrá ser rechazada por la Unidad de Finanzas o a petición de la Unidad requirente por mala emisión, teniendo un plazo legal hasta los 8 días corridos después de la emisión del correspondiente DTE. Las facturas podrán ser enviadas al correo electrónico de jefa.finanzascon@redsalud.gov.cl; Lorena.monsalve@redsalud.gov.cl, adjuntando la documentación de respaldo correspondiente, sin perjuicio que el nuevo sistema de facturación electrónica implica enviar obligatoriamente en formato XML el DTE a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com para la recepción en el Sistema de Gestión DTE, ACEPTA, dentro de las 72 horas de haber sido emitida y enviada la respectiva factura para la validación en el SII; de lo contrario el DTE no podrá ser procesado a pago debido a la omisión de lo anteriormente señalado, lo que en consecuencia el Proveedor obligatoriamente deberá anular la factura con su respectiva Nota de Crédito para tener que nuevamente emitir un nuevo ejemplar procurando enviar el formato XML del DTE dentro de las horas antes señaladas. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, informar correcta y oportunamente a la unidad de finanzas: jefa.finanzascon@redsalud.gov.cl ; Lorena.monsalve@redsalud.gov.cl en el caso de existir modificación de los datos de la cuenta corriente, Institución bancaria, tipo de cuenta, número de cuenta, Rut de la institución o persona natural adjudicada y correo electrónico. El plazo de pago, conforme a lo indicado por la ley, es dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura en SII y estará supeditado a la efectiva recepción de los productos solicitados en términos técnicos, cantidades y precios, lo cual será refrendado por la recepción interna conforme de bodega.
CONTRATO
22.1 Se suscribirá contrato solo con aquel oferente que se adjudique un monto mayor a 1.000 UTM de los productos requeridos. Respecto de los otros adjudicados, no se celebrará contrato formalizándose la relación comercial a través de la emisión de la respectiva orden de compra, conforme a lo dispuesto en el artículo N°63 del Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, que dice: “Para formalizar las adquisiciones de bienes y servicios regidas por la Ley N°19.886, se requiere la suscripción de un contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las adquisiciones menores a 100 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de esta por parte del proveedor. 22.2 En caso de que el adjudicado sea una persona jurídica deberá acompañar la personería de la misma, así como su constitución y vigencia; cuya antigüedad no sea superior a 3 meses al momento de su presentación. Estos documentos deberán ser entregados en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de Publicación de la Resolución de Adjudicación. 22.3 En caso de proceder el contrato y no suscribirlo, en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de publicación de la adjudicación, se entenderá que el adjudicado desiste de su oferta y el Centro Oncológico del Norte podrá readjudicar a la segunda mejor oferta presentada. 22.4 Una vez suscrito el contrato, el proveedor estará obligado a cumplirlo, en caso que éste no cumpla, el Centro Oncológico del Norte procederá a hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato de manera administrativa sin necesidad de requerimiento ni acción judicial, aun cuando no haya aceptado la Orden de Compra respectiva, sin perjuicio de las demás multas e indemnizaciones que pudiese proceder. 22.5 El adjudicatario no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación. La infracción de esta prohibición dará derecho al Centro Oncológico del Norte, para poner término anticipado a la relación con el adjudicado de forma inmediata. Lo anterior es, sin perjuicio de la transferencia que se pueda efectuar con arreglo a las normas de derecho común de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato. Los contratos de factoring suscritos por el adjudicado deben ser notificados oportunamente al Centro Oncológico del Norte y no deben existir obligaciones o multas pendientes entre las partes. (Artículo 74 y 75 del D.S. N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba reglamento de la ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios). 22.6 En caso de ser necesario ampliar el plazo de cumplimiento del contrato, por causas de atraso no atribuibles al adjudicado, se emitirá una resolución exenta que autorice el plazo y los gastos administrativos adicionales que ello signifique. 22.7 Duración: la vigencia de la presente licitación tendrá una duración de 1 año y podrá ser renovado por el mismo período, por una sola vez, en la medida que exista disponibilidad presupuestaria previo informe favorable del referente técnico y administrador del contrato, la que se realizará con 60 días de antelación, al término de la vigencia. Los precios ofertados se mantendrán inalterables incluso ante una eventual renovación por otro período. Esta renovación se justifica debido que lo requerido es de carácter habitual y permanente, propio de la naturaleza de las prestaciones del Centro, y así asegurar en cantidad, calidad de los anticuerpos monoclonales necesarios para la demanda asistencial. 22.8 Transcurrido el plazo de 48 horas, contados desde el envío de la respectiva orden de compra al proveedor adjudicado, sin que se hayan presentado observaciones, se entenderá que ella es aceptada por él, en todas sus partes, obligándose a su cumplimiento íntegramente. En el caso de suscribir contrato, las órdenes de compra se emitirán luego de la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato, en el caso que aplique. 22.9 Los productos despachados por el proveedor deben cumplir con los siguientes requisitos al momento del despacho: • Fecha de vencimiento de acuerdo con lo ofertado. • Producto indemne. • Entrega mediante Guía de despacho. (La facturación deberá emitirse una vez realizada la recepción conforme por parte del Centro Oncológico del Norte) 22.10 El proveedor adjudicado deberá cambiar o canjear los productos si despacha: • Productos con fecha de vencimiento inferior a lo ofertado. • Productos con empaques dañados y/o defectuosos. • Productos adulterados o mal rotulados. • Producto de distinta procedencia y/o marca a la adjudicada. • Producto con problemas de calidad (cambio de fabricación, tipo de material) El costo de retiro y envío por la devolución de dicho producto deberá ser asumido en su totalidad por el proveedor. Para llevar a cabo el canje o cambio de producto, la persona encargada de Bodega de Farmacia del Centro Oncológico del Norte se comunicará con el proveedor dentro de las 48 horas siguientes a la recepción de los fármacos, a fin de solicitar el cambio o canje. El plazo máximo para realizar el cambio o canje será de 5 días hábiles desde que se notifica al proveedor que debe realizar el cambio. 22.11 Cualquier modificación en la fabricación de los fármacos deberá ser informada previo a la aceptación de la orden de compra, a la Unidad de Farmacia, a los correos electrónicos paola.luna@redsalud.gov.cl;cristian.nova@redsalud.gov.cl;Vicente.pardo.c@redsalud.gov.cl con copia a la Unidad de Abastecimiento a los correos amparo.espinoza@redsalud.gov.cl. El Centro Oncológico del Norte se reserva el derecho de aceptar las modificaciones. 22.12 Si durante la vigencia de la presente Licitación, se presentarán eventos de fuerza mayor o caso fortuito que impidan al adjudicado dar cumplimiento oportuno e íntegro a las solicitudes de productos del Centro Oncológico del Norte, aquél podrá dentro de las 24 horas siguientes al requerimiento respectivo, comunicar por escrito (vía mail) dicha circunstancia y sus argumentos fundadamente, al jefe de la Unidad de Abastecimiento amparo.espinoza@redsalud.gov.cl, marcia.rojo@redsalud.gov.cl y al Jefe de Farmacia paola.luna@redsalud.gov.cl y cristian.nova@redsalud.gov.cl . En dicha comunicación el adjudicatario deberá explicitar el evento de fuerza mayor o caso fortuito invocado, cómo éste ha provocado atraso o entorpecimiento e informar el plazo dentro del cual podrá cumplir con la entrega de los productos. Corresponderá a la Dirección del Centro Oncológico del Norte calificar de manera exclusiva si los hechos invocados por el adjudicatario configuran caso fortuito o fuerza mayor que exima de la aplicación de las multas correspondientes. Transcurrido el plazo de 24 horas que se hace referencia, no se aceptará justificación ni reclamo alguno del adjudicado fundado en razones de caso fortuito o fuerza mayor, configurándose en dicho caso un incumplimiento que dará lugar a la aplicación de las multas previstas en estas bases. 22.13 Los mayores gastos directos o indirectos que se originen por cambios en la oferta original, serán de cargo del proveedor. 22.14 El adjudicatario liberará de toda responsabilidad al Centro Oncológico del Norte frente a acciones entabladas por terceros, con ocasión de trasgresiones de derechos de patentes, licencias, marcas registradas, diseños industriales y otros utilizados por él, atribuyéndose la calidad de proveedores del Centro Oncológico del Norte. 22.15 En caso de cualquier modificación societaria, el adjudicatario deberá informarla por escrito, adjuntando copia autorizada de la misma al Centro Oncológico del Norte, dentro del plazo de 30 días corridos de formalizada la modificación. Además, se deberá garantizar en dicho caso, la continuidad de lo licitado, y regularizar el Documento Mercantil Nominativo de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato, si fuere necesario. En ningún caso tales modificaciones podrán implicar el cambio de persona jurídica, a menos que el Centro Oncológico del Norte lo autorice expresamente. 22.16 Por tratarse de una licitación modalidad convenio de suministro, déjese establecido que, las cantidades indicadas son solo referenciales, pudiendo estas aumentar o disminuir de acuerdo a necesidades del Establecimiento.
MODIFICACIONES Y O TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la ley N° 19.886 y el en artículo 77 del Reglamento de dicha ley, además, de lo referido en el cuerpo de estas Bases, entre el Centro Oncológico del Norte y el proveedor del servicio podrá modificarse o terminarse anticipadamente por los motivos o circunstancias que a continuación se indican:  Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.  Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. para ello será considerado como grave el no cumplir en más de un oportunidad o evento, según las situaciones indicadas en el punto 24.1 de estas bases administrativas.  Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.  Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.  Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores.  Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato.  El Centro Oncológico del Norte podrá poner término anticipado al contrato comunicándolo por escrito con 30 días de anticipación.  Caso fortuito o fuerza mayor; razones de Ley o de Autoridad que hagan imperiosa su inmediata terminación.  Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de los bienes del adjudicatario; o este ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes a favor de sus acreedores; o ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.  Si el adjudicatario es persona jurídica, y esta se disuelve y procede su liquidación.  El Centro Oncológico del Norte podrá suspender temporalmente la ejecución del contrato de manera fundada, previa justificación y aviso escrito.  Debido a incumplimiento de obligaciones del proveedor, o por incumplimiento a las especificaciones técnicas adjuntas a estas Bases. El término del contrato en forma anticipada no dará derecho a indemnización alguna al proveedor, salvo el pago de los productos recibidos conforme, autorizados y no cancelados, lo que se entenderá como compensación suficiente. La resolución respectiva ordenará hacer efectivas las garantías y se procederá a la liquidación inmediata del mismo, sin derecho a indemnización alguna al proveedor.
MULTAS
El incumplimiento en las obligaciones que generan las presentes bases, estará sujeto a las siguientes multas: • Incumplimiento del despacho comprometido. (atraso en el plazo de entrega o despacho incompleto) entendiendo por despacho comprometido la aceptación total de la Orden de Compra • Incumplimiento de reposición de productos devueltos o rechazados. (retraso en el plazo de entrega o despacho incompleto). • Negarse a canjear los productos. • Incumplimiento en los plazos de entrega de los productos canjeados, según el punto 22.10 • Informar quiebre de stock, posterior a la aceptación de la Orden de Compra. Multa: 0.6 UTM por cada día de atraso con un máximo de 18 UTM Se aplicarán por cada día hábil que transcurra desde el día siguiente al plazo de entrega. La multa se cobrará directamente al proveedor y deberá ser pagada en el plazo de 10 días hábiles, posteriores a la resolución que aplica la multa. 24.2 PROCEDIMIENTO DE APLICACION DE MULTA. Todo incumplimiento por parte del proveedor, que dé origen a la aplicación de una multa, será notificado al administrador del contrato del proveedor mediante correo electrónico y carta Certificada, por parte del administrador operativo del Centro Oncológico del Norte y / o subdirector Administrativo. El proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la recepción de la carta certificada, para dar respuesta y realizar sus descargos, acompañados de todos los antecedentes que lo fundamenten. En caso de no presentar descargos o presentarlos fuera del plazo, se entenderá que toma conocimiento de la notificación y asume el incumplimiento. En caso que el proveedor presente los descargos dentro del plazo establecido, el Centro Oncológico del Norte tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles, desde su recepción, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Una vez revisados los antecedentes se notificará mediante carta certificada, al administrador del contrato del proveedor, la decisión respecto de la aplicación final de la multa. El Centro Oncológico del Norte en el más breve plazo, emitirá la correspondiente resolución exenta aplicando la multa (pudiendo aplicarse más de una multa en un mismo acto administrativo) e informando los hechos que la fundamentan. Una vez tramitada la resolución, será subida al portal de mercado público y enviada vía correo al administrador de contrato del proveedor para su conocimiento. Las multas deberán ser pagadas, en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa. En caso, que no se pague dentro de dicho plazo, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento, haciéndose pagadera la multa solo respecto de aquella parte que cubre el valor de esta, debiéndose restituir la diferencia al adjudicado. En este último caso, en la medida que la garantía cobrada esté vigente, el proveedor adjudicado deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 15 días hábiles desde la notificación del cobro.