Licitación ID: 1077920-7-LQ25
DROGA DAC ABIRATERONA 500MG PARA EL C.O.N.
Responsable de esta licitación: CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de prevención o control de cáncer o leucemia 10920 Comprimido
Cod: 85111602
El Centro Oncológico del Norte, requiere la Adquisición de Droga DAC ABIRATERONA 500 MG en comprimido, para pacientes con cáncer prostático, y así resolver la demanda asistencial y dar continuidad al tratamiento de pacientes oncológicos.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
DROGA DAC ABIRATERONA 500MG PARA EL C.O.N.
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Centro Oncológico del Norte, requiere la Adquisición de Droga DAC ABIRATERONA 500 MG en comprimido, para pacientes con cáncer prostático, y así resolver la demanda asistencial y dar continuidad al tratamiento de pacientes oncológicos. El objetivo de la presente Licitación es realizar un Convenio de Suministro con aquellos proveedores que resulten adjudicados, a fin de asegurar en cantidad, calidad y oportunamente, la droga requerida para la resolución de la demanda asistencial de las Unidades Clínicas del Centro Oncológico del Norte.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Farmaco
R.U.T.:
62.000.380-8
Dirección:
LOS PUMAS # 10255 CHIMBA ALTO – ANTOFAGASTA
Comuna:
Antofagasta
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-04-2025 15:05:00
Fecha de Publicación: 07-04-2025 15:44:17
Fecha inicio de preguntas: 07-04-2025 17:05:00
Fecha final de preguntas: 10-04-2025 19:05:00
Fecha de publicación de respuestas: 14-04-2025 19:05:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-04-2025 15:06:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-04-2025 15:06:00
Fecha de Adjudicación: 30-04-2025 14:47:15
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1. Declaración jurada simple (firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica según corresponda). Suscrita por el oferente, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4°, artículos 35 quáter y septies de la Ley N°19.886. El Centro Oncológico del Norte podrá verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. Anexo N°2. Datos del Oferente (firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica según corresponda). En caso de que oferte una unión temporal de proveedores, el Anexo N°2 debe ser completado por cada uno de sus integrantes. Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Administrativos.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°3: Ofrecimiento de Canje. (firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica según corresponda). Anexo N°4: Declaración de Compromiso de Stock. (firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica según corresponda). Los Anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°5. Oferta Técnico Económica. (Planilla Excel) La oferta económica debe ser presentada en Planilla Excel, los valores deben ser expresados en moneda nacional, en Valores Netos (Sin IVA). El valor total neto del anexo deberá coincidir con el monto ingresado en el Comprobante de Oferta del portal del mercado público. En caso de discrepancias en los montos prevalecerá la oferta del portal de mercado público. Los precios deben ser expresados en moneda nacional, en Valores Netos (sin IVA). En números enteros. (sin decimales) El valor mencionado, debe incluir todo costo o gasto que signifique la venta de los productos inherentes a esta licitación entendiéndose puesto en Bodega de Farmacia del Centro Oncológico del Norte. El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Económicos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega Se entiende como plazo de entrega del fármaco, el tiempo que media entre la fecha de envío de la orden de compra y la fecha en que el fármaco es recibido en Bodegas del Centro Oncológico del Norte. La asignación de puntaje se realizará en función de la siguiente tabla: Para este criterio se evaluará con la información entregada en el Anexo N°5. La ponderación será la que resulte de aplicar el 10% al resultado de la siguiente tabla: PLAZO ENTREGA DE PRODUCTOS PUNTAJE Plazo de entrega hasta 48 hrs. 100 Plazo entrega más de 48 horas hasta 72 hrs. 50 Plazo de entrega mayor a 72 hrs. y/o Proveedor No entrega información. 0 10%
2 Precio Las ofertas se evaluarán en este factor de manera inversamente proporcional a la oferta o precio más bajo presentado en la propuesta. A la oferta más baja se le asignará 100 puntos. Para obtener el puntaje ponderado de las ofertas presentadas, se aplicará la siguiente fórmula: Precio más bajo presentado a la propuesta, dividido por precio de oferta “X” por 100, por factor de ponderación 0,35 para cada oferta. 35%
3 Referente, Bioequivalente y/o Equivalente Terapeut El Laboratorio o Distribuidor deberá enviar Certificado emitido por ISP o en su defecto el print de pantalla de la Página del ISP en donde se acredite esta instancia. El que debe ser ingresado a través en la sección Anexos Técnicos. La ponderación será la que resulte de aplicar el 30% al resultado de la siguiente tabla: Referente, Bioequivalente y/o Equivalente Terapéutico Puntaje Acredita lo requerido 100 No acredita, y/o no presenta lo solicitado 0 30%
4 Informe de Cumplimiento de Farmacovigilancia Informe emitido por el Instituto de Salud Pública (ISP) según lo señalado en Norma Técnica Nª 140. Se considerará vigente para esta licitación el certificado cuya fecha de emisión figure desde Octubre 2024 a la Fecha. El que ser ingresado en la sección Anexos Técnicos. La ponderación será la que resulte de aplicar el 10% al resultado de la siguiente tabla Certificado Farmacovigilancia Puntaje Extendido desde Octubre 2024 en adelante. 100 Extendido con anterioridad a Octubre 2024 o No presenta 0 10%
5 Ofrecimiento de Canje Corresponde a la factibilidad de realizar canje de medicamentos para todo evento que se relacione con la integridad de este. Se asignará el puntaje respecto a la información proporcionada en el Anexo N°3 de las presentes Bases, el que se debe incluir en carpeta Anexos Técnicos. La ponderación será la que resulte de aplicar el 15% al resultado de la siguiente tabla: Ofrecimiento de Canje Puntaje Se compromete a realizar Canje del fármaco a todo evento que se relacione con la integridad de este y/o hasta con 60 días de expiración, a contar de la fecha de vencimiento que declara el envase, mediante aviso por parte del Centro Oncológico del Norte con un máximo de 15 días transcurrido a la fecha indicada. Aun cuando el convenio, producto de la adjudicación se encuentre terminado. 100 Se compromete a realizar Canje del fármaco a todo evento que se relacione con la integridad de este y/o hasta con 30 días de antelación a la fecha de vencimiento del fármaco ofertado. Aun cuando el convenio, 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE
Monto Total Estimado: 173000000
Justificación del monto estimado El presupuesto estimado para la presente licitación es de 173.000.000.- IVA incluido. Monto que los oferentes deberán tener presente al momento de realizar sus ofertas.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Esta renovación se justifica debido que lo requerido es de carácter habitual y permanente, propio de la naturaleza de las prestaciones del Centro.
Observaciones IVA INCLUIDO.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: PEDRO CARRIZO BONILLA
e-mail de responsable de pago: pedro.carrizo@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Paola Luna Iturrieta
e-mail de responsable de contrato: paola.luna@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-55-2654069-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE
Fecha de vencimiento: 09-10-2026
Monto: 5 %
Descripción: El oferente adjudicado, deberá presentar un documento de Garantía de Fiel Cumplimento del Contrato, previo a la firma de éste, teniendo para este acto, un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la fecha de publicación de la Resolución de Adjudicación en el portal de Mercado Público. De no cumplir con dicho plazo, el Centro Oncológico del Norte podrá readjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación y así, sucesivamente. La garantía bancaria deberá ingresarse físicamente en Oficina de Partes del Centro Oncológico del Norte, en sobre cerrado indicando el número y nombre de la propuesta de licitación, desde las 8:30 a 15:30 horas de lunes a viernes, y en caso de ser un certificado o póliza digital deberá entregarse vía correo, y deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y Servicios de certificación de dicha firma y su reglamento (Art.121 párrafo cinco D.S. N°661 del 2024), la que deberá remitirse a los siguientes correos electrónicos: amparo.espinoza@redsalud.gob.cl pedro.carrizo@redsalud.gob.cl tesoreria.con@redsalud.gob.cl.
Glosa: PARA GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LA PROPUESTA PÚBLICA Nº13/2025 “ADQUISICION DE DROGA DAC ABIRATERONA 500 MG PARA EL CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE”
Forma y oportunidad de restitución: En caso de cobro de esta garantía, derivada del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones y de los plazos que imponen las presentes bases de licitación, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el período que le resta, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado de la presente licitación. Sin derecho a indemnización alguna. En caso de proceder la renovación, se deberá renovar el documento de garantía de fiel cumplimiento de contrato por igual periodo de 16 meses y desde la fecha de término del primer periodo del contrato. La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado esta nueva garantía. Cuando la oferta sea considerada riesgosa o temeraria y la comisión evaluadora en su informe propone adjudicar la oferta, la entidad licitante solicitará al proveedor el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al 5% del valor neto resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica. Lo anterior de acuerdo a lo estipulado en el artículo 61 del Decreto Supremo N°661 que aprueba reglamento de la Ley Nº19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado esta nueva garantía. La devolución de la garantía será de responsabilidad del oferente, el cual podrá retirarla previa coordinación con el jefe de Finanzas, al correo pedro.carrizo@redsalud.gob.cl, Unidad de Finanzas del Centro Oncológico del Norte, una vez que haya cumplido su fecha de vencimiento. Si el documento de garantía presenta errores tanto en la descripción, en la glosa, en la fecha, monto, entre otros, tendrá un plazo prudencial para cambio y enmienda del documento. El plazo para restituir el documento corregido será de 5 días hábiles una vez enviada al oferente la notificación de solicitud de corrección.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En el evento que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los demás criterios de evaluación en el siguiente orden de prelación:  
1° Referente o Bioequivalente, y en caso de persistir el empato será,
2° Oferta Económica, y en caso de persistir el empate será,
3° Canje, y en caso de persistir el empate será,
4° Plazo de Entrega. y en caso de persistir el empate,
5° Se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal del mercado público, considerándose para ello, la hora en que la subió.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
EVALUACION DE LAS OFERTAS
La comisión de evaluación designada mediante Resolución Exenta N°053 de fecha 20 de enero del 2025 está conformada por el jefe de Abastecimiento, Profesional de Finanzas, Referente Técnico, Profesional de la Subdirección Administrativa y Profesional Encargado de Proyectos o por quienes los subroguen legalmente. La comisión que estará a cargo de la apertura y de examinar las ofertas ingresadas correctamente al Portal www.mercadopublico.cl y comprobará el cumplimiento de los requisitos señalados en las presentes bases. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:  Comunicarse entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes (artículo 35 ter de la ley N°19.886).  Intervenir en procedimientos de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés. (Artículo 35 quinquies de la ley N°19.886). Son motivos de abstención los siguientes: 1. Tener interés en los términos indicados por el inciso tercero del artículo 44 de la ley Nº18.046, sobre sociedades anónimas. En este caso, se considerará que existe un interés personal también cuando lo tenga el conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común. 2. Incurrir en alguno de los motivos de abstención a que se refiere el artículo 12 de la ley Nº19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los organismos de la Administración del Estado. En este caso, se considerará que existe un interés personal también cuando lo tenga el conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común. 3. Haberse desempeñado en los últimos veinticuatro meses como director, administrador, gerente, trabajador dependiente o asesor, consejero o mandatario, ejecutivo principal o miembro de algún comité, en sociedades o entidades respecto de las cuales deba tomarse una decisión. Se entenderán también comprendidas dentro de esta causal aquellas entidades que formen parte de un mismo grupo empresarial, como matrices, filiales o coligadas, en los términos definidos en el artículo 96 de la ley N°18.045, de Mercado de Valores. 4. Haber emitido opinión, por cualquier medio, sobre un procedimiento de contratación en curso y cuya resolución se encuentre pendiente. 5. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.  Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.  Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. La comisión de evaluación del Centro Oncológico del Norte emitirá un informe de evaluación de las ofertas, proponiendo a la Dirección de este Establecimiento la Adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación.
SUBSANACION DE ERRORES U OMISIONES FORMALES
El Centro Oncológico del Norte durante el proceso de evaluación, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Los oferentes a los que se les solicite completar los antecedentes deberán hacerlo en el plazo extraordinario de 02 días hábiles desde la fecha que se formalice la solicitud al oferente, bajo apercibimiento de tenerse por desistida su oferta.
ADJUDICACION
19.1 Es indispensable que quien resulte adjudicado se encuentre registrado en Chileproveedores, en condición de habilitado. No podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las entidades. En este caso el Centro Oncológico del Norte podrá desestimar la oferta y a dejarla inadmisible. 19.2 En caso de que el adjudicado sea una persona jurídica deberá acompañar la personería de la misma, así como su constitución y vigencia; cuya antigüedad no sea superior a 3 meses al momento de su presentación. 19.3 La notificación de la adjudicación se realizará mediante la publicación de la Resolución que adjudica la licitación en el portal mercado público. 19.4 El Centro Oncológico tendrá la posibilidad de readjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación y así, sucesivamente, cuando el proveedor adjudicado incurra en las siguientes causales: • Desista de su oferta • Sea inhábil. • No cumpla con lo ofertado. • No acepte la orden de compra. • No envíe la Boleta de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. Se excluye de la re-adjudicación cuando el incumplimiento del proveedor se deba a causas de fuerza mayor las que deberá justificar oportunamente y adjuntar los respaldos correspondientes.
PRECIO, FORMA DE COMPRA Y ENTREGA
Los precios sólo deben indicarse en moneda nacional, en números enteros sin decimales, incluyendo todos los costos o gastos asociados, para que los productos estén puestos en las dependencias del Centro Oncológico del Norte (Bodega de Farmacia ubicada en calle Los Pumas 10255, Chimba Alto, Antofagasta, de lunes a viernes en horario de 8:00 a 15:00 horas). Los precios se mantendrán inalterables durante la vigencia del convenio, incluido el periodo de renovación o ampliación en caso de que proceda. Las compras se materializarán a través de una orden de compra, respetando el monto mínimo de facturación y factor de empaque/venta informado por el proveedor en Anexo N°5. En caso de no indicar monto mínimo de facturación en el Anexo N°5 se entenderá que no tiene monto mínimo de facturación pudiendo el Centro Oncológico del Norte emitir órdenes de compra por cualquier monto. La orden de compra deberá ser aceptada por el proveedor adjudicado, en un plazo máximo de 48 hrs de enviada la solicitud, y antes del envío de los fármacos. Si la orden de compra no es aceptada dentro del plazo establecido, se enviará una solicitud de cancelación, la que deberá ser aceptada por el proveedor irrevocablemente. La entrega de los fármacos deberá ser siempre mediante guía de despacho, en las bodegas del centro oncológico del norte, y sólo una vez realizada la recepción conforme, previa confirmación vía mail por el encargado de bodegas, podrá emitir la respectiva factura.
PRECIO, FORMA DE COMPRA Y ENTREGA
Los precios sólo deben indicarse en moneda nacional, en números enteros sin decimales, incluyendo todos los costos o gastos asociados, para que los productos estén puestos en las dependencias del Centro Oncológico del Norte (Bodega de Farmacia ubicada en calle Los Pumas 10255, Chimba Alto, Antofagasta, de lunes a viernes en horario de 8:00 a 15:00 horas). Los precios se mantendrán inalterables durante la vigencia del convenio, incluido el periodo de renovación o ampliación en caso de que proceda. Las compras se materializarán a través de una orden de compra, respetando el monto mínimo de facturación y factor de empaque/venta informado por el proveedor en Anexo N°5. En caso de no indicar monto mínimo de facturación en el Anexo N°5 se entenderá que no tiene monto mínimo de facturación pudiendo el Centro Oncológico del Norte emitir órdenes de compra por cualquier monto. La orden de compra deberá ser aceptada por el proveedor adjudicado, en un plazo máximo de 48 hrs de enviada la solicitud, y antes del envío de los fármacos. Si la orden de compra no es aceptada dentro del plazo establecido, se enviará una solicitud de cancelación, la que deberá ser aceptada por el proveedor irrevocablemente. La entrega de los fármacos deberá ser siempre mediante guía de despacho, en las bodegas del centro oncológico del norte, y sólo una vez realizada la recepción conforme, previa confirmación vía mail por el encargado de bodegas, podrá emitir la respectiva factura.
PLAZOS Y FORMA DE PAGO
El proceso de pago se iniciará con la emisión de factura electrónica a nombre del Centro Oncológico del Norte, Rut 62.000.380-8 detallando los productos facturados, conforme a las condiciones de la(s) orden(es) de compra en el portal del Mercado Público, previo a la respectiva emisión de o las facturas. Cumpliendo las indicaciones del párrafo anterior, para el buen desarrollo del proceso de pago, la factura deberá indicar, en el campo folio, el número de Orden de Compra del portal Mercado Público sin espacios ni antes ni después, además, señalar que la forma de pago es al Crédito, (no se debe indicar “al Contado”). La factura emitida podrá ser rechazada por la Unidad de Finanzas o a petición de la Unidad requirente por mala emisión, teniendo un plazo legal hasta los 8 días corridos después de la emisión del correspondiente DTE. Las facturas podrán ser enviadas al correo electrónico de pedro.carrizo@redsalud.gob.cl; lorena.monsalve@redsalud.gob.cl, adjuntando la documentación de respaldo correspondiente, sin perjuicio que el nuevo sistema de facturación electrónica implica enviar obligatoriamente en formato XML el DTE a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com para la recepción en el Sistema de Gestión DTE, ACEPTA, dentro de las 72 horas de haber sido emitida y enviada la respectiva factura para la validación en el SII; de lo contrario el DTE no podrá ser procesado a pago debido a la omisión de lo anteriormente señalado, lo que en consecuencia el Proveedor obligatoriamente deberá anular la factura con su respectiva Nota de Crédito para tener que nuevamente emitir un nuevo ejemplar procurando enviar el formato XML del DTE dentro de las horas antes señaladas. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, informar correcta y oportunamente a la unidad de finanzas: pedro.carrizo@redsalud.gob.cl ; lorena.monsalve@redsalud.gob.cl en el caso de existir modificación de los datos de la cuenta corriente, Institución bancaria, tipo de cuenta, número de cuenta, Rut de la institución o persona natural adjudicada y correo electrónico. El plazo de pago, conforme a lo indicado por la ley, es dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura en SII y estará supeditado a la efectiva recepción de los productos solicitados en términos técnicos, cantidades y precios, lo cual será refrendado por la recepción interna conforme de bodega.
PLAZOS Y FORMA DE PAGO
El proceso de pago se iniciará con la emisión de factura electrónica a nombre del Centro Oncológico del Norte, Rut 62.000.380-8 detallando los productos facturados, conforme a las condiciones de la(s) orden(es) de compra en el portal del Mercado Público, previo a la respectiva emisión de o las facturas. Cumpliendo las indicaciones del párrafo anterior, para el buen desarrollo del proceso de pago, la factura deberá indicar, en el campo folio, el número de Orden de Compra del portal Mercado Público sin espacios ni antes ni después, además, señalar que la forma de pago es al Crédito, (no se debe indicar “al Contado”). La factura emitida podrá ser rechazada por la Unidad de Finanzas o a petición de la Unidad requirente por mala emisión, teniendo un plazo legal hasta los 8 días corridos después de la emisión del correspondiente DTE. Las facturas podrán ser enviadas al correo electrónico de pedro.carrizo@redsalud.gob.cl; lorena.monsalve@redsalud.gob.cl, adjuntando la documentación de respaldo correspondiente, sin perjuicio que el nuevo sistema de facturación electrónica implica enviar obligatoriamente en formato XML el DTE a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com para la recepción en el Sistema de Gestión DTE, ACEPTA, dentro de las 72 horas de haber sido emitida y enviada la respectiva factura para la validación en el SII; de lo contrario el DTE no podrá ser procesado a pago debido a la omisión de lo anteriormente señalado, lo que en consecuencia el Proveedor obligatoriamente deberá anular la factura con su respectiva Nota de Crédito para tener que nuevamente emitir un nuevo ejemplar procurando enviar el formato XML del DTE dentro de las horas antes señaladas. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, informar correcta y oportunamente a la unidad de finanzas: pedro.carrizo@redsalud.gob.cl ; lorena.monsalve@redsalud.gob.cl en el caso de existir modificación de los datos de la cuenta corriente, Institución bancaria, tipo de cuenta, número de cuenta, Rut de la institución o persona natural adjudicada y correo electrónico. El plazo de pago, conforme a lo indicado por la ley, es dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura en SII y estará supeditado a la efectiva recepción de los productos solicitados en términos técnicos, cantidades y precios, lo cual será refrendado por la recepción interna conforme de bodega.
CONTRATO
22.1 Se suscribirá contrato con aquel oferente que se adjudique un monto mayor a 1.000 UTM del fármaco requerido. 22.2 En caso de proceder el contrato y no suscribirlo, en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de publicación de la adjudicación, se entenderá que el adjudicado desiste de su oferta y el Centro Oncológico del Norte podrá readjudicar a la segunda mejor oferta presentada. 22.3 Una vez suscrito el contrato, el proveedor estará obligado a cumplirlo, en caso que éste no cumpla, el Centro Oncológico del Norte procederá a hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato de manera administrativa, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial, aun cuando no haya aceptado la Orden de Compra respectiva, sin perjuicio de las demás multas e indemnizaciones que pudiese proceder. 22.4 El adjudicatario no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación. La infracción de esta prohibición dará derecho al Centro Oncológico del Norte, para poner término anticipado al contrato de forma inmediata. Lo anterior es, sin perjuicio de la transferencia que se pueda efectuar con arreglo a las normas de derecho común de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato. Los contratos de factoring suscritos por el adjudicado deben ser notificados oportunamente al Centro Oncológico del Norte y no deben existir obligaciones o multas pendientes entre las partes. (Artículo 126 y 127 del D.S. N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda que aprueba reglamento de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios). 22.5 En caso de ser necesario ampliar el plazo de cumplimiento del contrato, por causas de atraso no atribuibles al adjudicado, se emitirá una resolución exenta que autorice el plazo y los gastos administrativos adicionales que ello signifique. 22.6 Duración: La vigencia de la presente licitación será por el periodo de 12 meses a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, y podrá ser renovada por el mismo período, por una sola vez, en la medida que exista disponibilidad presupuestaria, previo informe favorable del referente técnico y administrador del contrato, la que se realizará con 60 días de antelación, al término de la vigencia. 22.7 El Centro Oncológico del Norte podrá aumentar o disminuir el monto adjudicado previo acuerdo con el adjudicatario hasta en un 30% dependiendo de los requerimientos, necesidad y de la disponibilidad de recursos del Establecimiento, esto por tratarse de una licitación modalidad convenio de suministros, ya que la cantidad solicitada es solo referencial. En cualquier caso, se emitirá la resolución respectiva. 22.8 Los fármacos despachados por el proveedor deben cumplir con los siguientes requisitos al momento del despacho: • Fecha de vencimiento de acuerdo con lo ofertado. • Producto indemne. • Entrega mediante Guía de despacho. (La facturación deberá emitirse una vez realizada la recepción conforme por parte del Centro Oncológico del Norte, según el punto 20 de estas Bases). 22.9 Los fármacos despachados defectuosos, con empaque dañado o que no cumplan con las características requeridas, deberán ser canjeados por el proveedor, el cual asumirá los costos de retiro y envío de los mismos en su totalidad. El proveedor adjudicado deberá cambiar o canjear el fármaco si despacha: • Productos con fecha de vencimiento inferior a lo ofertado. • Productos con empaque dañado y defectuoso. • Productos adulterado o mal rotulado. • Producto de distinta procedencia y/o marca a la adjudicada. • Producto con problemas de calidad (cambio de fabricación, tipo de material) Para llevar a cabo el canje o cambio de fármacos, la persona encargada de Bodega de Farmacia del Centro Oncológico del Norte se comunicará con el proveedor dentro de las 48 horas siguientes a la recepción de los fármacos a fin de solicitar el cambio o canje. El plazo máximo para realizar el cambio o canje será de 10 días corridos desde que se notifica al proveedor que debe realizar el cambio. 22.10 En caso de cualquier modificación societaria, o cambio en la razón social, “EL ADJUDICATARIO” deberá informarla por escrito, adjuntando copia autorizada de la misma, al “CON”, dentro del plazo de 30 días corridos de formalizada la modificación. Además, se deberá garantizar en dicho caso, la continuidad del suministro, y regularizar el Documento Mercantil Nominativo de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato, si fuere necesario. En ningún caso tales modificaciones podrán implicar el cambio de persona jurídica, a menos que “CON” lo autoricen expresamente. 22.11 Si durante la vigencia de la presente Licitación, se presentarán eventos de fuerza mayor o caso fortuito que impidan al adjudicado dar cumplimiento oportuno e íntegro a las solicitudes de productos del Centro Oncológico del Norte, aquél podrá dentro de las 24 horas siguientes al requerimiento respectivo, comunicar por escrito (vía mail) dicha circunstancia y sus argumentos fundadamente, al jefe de la Unidad de Abastecimiento amparo.espinoza@redsalud.gob.cl, marcia.rojo@redsalud.gob.cl y al Jefe de Farmacia paola.luna@redsalud.gob.cl y cristian.nova@redsalud.gob.cl. En dicha comunicación el adjudicatario deberá explicitar el evento de fuerza mayor o caso fortuito invocado, cómo éste ha provocado atraso o entorpecimiento e informar el plazo dentro del cual podrá cumplir con la entrega de los productos. Corresponderá a la Dirección del Centro Oncológico del Norte calificar de manera exclusiva si los hechos invocados por el adjudicatario configuran caso fortuito o fuerza mayor que exima de la aplicación de las multas correspondientes. Transcurrido el plazo de 24 horas que se hace referencia, no se aceptará justificación ni reclamo alguno del adjudicado fundado en razones de caso fortuito o fuerza mayor, configurándose en dicho caso un incumplimiento que dará lugar a la aplicación de las multas previstas en estas bases. 22.12 Los mayores gastos directos o indirectos que se originen por cambios en la oferta original, serán de cargo del proveedor. 22.13 El adjudicatario liberará de toda responsabilidad al Centro Oncológico del Norte frente a acciones entabladas por terceros, con ocasión de trasgresiones de derechos de patentes, licencias, marcas registradas, diseños industriales y otros utilizados por él, atribuyéndose la calidad de proveedores del Centro Oncológico del Norte. 22.14 El proveedor adjudicado se obliga a mantener durante todo el período de vigencia de la presente licitación el stock disponible de los fármacos ofertados, de acuerdo al compromiso aceptado en el ANEXO N°4. 22.15 Cualquier modificación en la fabricación de los productos deberá ser informada previo a la aceptación de la orden de compra, a la Unidad de farmacia, a los correos electrónicos paola.luna@redsalud.gob.cl cristian.nova@redsalud.gob.cl vicente.pardo.c@redsalud.gob.cl con copia a la Unidad de Abastecimiento al correo: amparo.espinoza@redsalud.gob.cl El Centro Oncológico del Norte se reserva el derecho de aceptar o no las modificaciones. 22.16 Transcurrido el plazo de 48 horas, contados desde el envío de la respectiva orden de compra al proveedor adjudicado, sin que se hayan presentado observaciones, se entenderá que ella es aceptada por él, en todas sus partes, obligándose a su cumplimiento íntegramente. Las órdenes de compra se emitirán luego de la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato.
MODIFICACION O TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO
Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N°19.886 y los artículos 129 y 130 del Reglamento de dicha Ley, además, de lo referido en el cuerpo de estas Bases, entre el Centro Oncológico del Norte y el proveedor del servicio podrá modificarse o terminarse anticipadamente por los motivos o circunstancias que a continuación se indican: a. Muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad adjudicada. b. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. c. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor, de acuerdo a las situaciones indicadas en el punto 24. d. El estado de notoria insolvencia del adjudicado, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de las obligaciones. e. La imposibilidad de responder a las entregas inicialmente pactadas, cuando no sea posible modificar lo pactado conforme al artículo 129 del Decreto Supremo N°661. En tal caso, el Centro sólo pagará el precio de los productos que efectivamente se hubieren entregado. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento, esto es, aplicar multas y /o terminar anticipadamente o adoptar otras medidas que se determinen. f. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. g. Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de los bienes del adjudicatario; o este ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes a favor de sus acreedores; o ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores. h. Si el adjudicatario es persona jurídica, y esta se disuelve y procede su liquidación. i. Las demás establecidas en la Ley. j. El Centro Oncológico del Norte podrá poner término anticipado, comunicándolo por escrito con 30 días de anticipación. k. Multas reiteradas, especificadas en el punto 24 de estas bases. l. El Centro Oncológico del Norte podrá suspender temporalmente la ejecución del contrato de manera fundada, previa justificación y aviso escrito. Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información. 23.1 Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos: (i) Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Entidad contratante. (ii) Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costos para el Centro. (iii) Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria. (iv) Que se respete el equilibrio financiero. El Centro estará facultado para aumentar el plazo de ejecución de la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a lo comprometido en la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación. En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento del monto originalmente convenido entre el Proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. El término anticipado no dará derecho a indemnización alguna al adjudicado, salvo el pago de los servicios efectivamente prestados, autorizados y no cancelados, lo que se entenderá como compensación suficiente. La resolución respectiva ordenará hacer efectivas las garantías y se procederá a la liquidación inmediata del mismo, sin derecho a indemnización alguna.
MULTAS Y PROCEDIMIENTOS DE APLICACION
24.1 MULTAS. En caso de incumplimiento por parte de los proveedores respecto de las obligaciones establecidas en las Bases y/o en el contrato, la Entidad contratante podrá aplicar multas, cobrar la garantía de fiel cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas que se determinen. N° Situación de Incumplimiento Multa Tope de Multa Aplicación 1 Incumplimiento en el Plazo de Entrega de Productos Canjeados, Devueltos o Rechazados. De acuerdo a lo indicado en el punto 22.8 y 22.9 de las presentes bases. 1 UTM por día de atraso. 20 UTM de tope La multa será la suma de los días de incumplimiento en la entrega con un Tope de 20 UTM. De continuar más tiempo el atraso, se podrá dar por término anticipado al convenio o contrato por incumplimiento. 2 Negarse a Canjear los productos, habiendo ofrecido Canje en su oferta. 15 UTM por Evento 30 UTM de tope La multa será por cada Evento en que exista la necesidad de realizar un Canje de Producto. De continuar en más de 2 Eventos la negativa de realizar Canje se podrá dar por término anticipado al convenio o contrato. 3 Incumplimiento en la entrega Total de lo estipulado en la Orden de Compra. (Siempre que no exista un mutuo acuerdo con el referente técnico) 1 UTM por día de atraso. 30 UTM de tope La multa será la suma de los días de incumplimiento a contar de la recepción parcial de la OC con un máximo de 10 días corridos de espera. 4 Incumplimiento de lo declarado en el anexo n°4 sobre mantenimiento de Stock. A contar de lo indicado en el punto 22.14 de la presente base. 10 UTM por día de atraso. 100 UTM de tope La multa será la suma de los días de incumplimiento, contados después de lo indicado en el punto 22.16, lo cual sería desde el tercer día hasta el máximo de 10 días corridos. De superar este tiempo con falta de stock, se podrá dar por término anticipado al convenio o contrato. 24.2 PROCEDIMIENTO DE APLICACION DE MULTA. Todo incumplimiento por parte del proveedor, que dé origen a la aplicación de una multa, será notificado al administrador del contrato o convenio por parte del proveedor, mediante correo electrónico, desde la Subdirección Administrativa del establecimiento, esto previo informe del referente técnico del contrato o convenio donde expondrá fundamente los motivos que originan el cursar la multa. El proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la recepción del correo electrónico, para dar respuesta y realizar sus descargos, acompañados de todos los antecedentes que lo fundamenten. En caso de no presentar descargos o presentarlos fuera del plazo, se entenderá que toma conocimiento de la notificación y asume el incumplimiento. En caso de que el proveedor presente los descargos dentro del plazo establecido, el Centro Oncológico del Norte tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles, desde su recepción, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Una vez revisados los antecedentes se notificará mediante carta certificada, al administrador del contrato del proveedor, la decisión respecto de la aplicación final de la multa. El Centro Oncológico del Norte en el más breve plazo, emitirá la correspondiente resolución exenta aplicando la multa (pudiendo aplicarse más de una multa en un mismo acto administrativo) e informando los hechos que la fundamentan. Una vez tramitada la resolución, será subida al portal de mercado público y enviada vía correo al administrador de convenio del proveedor para su conocimiento. Las multas deberán ser pagadas, en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa. En caso de que no se pague dentro de dicho plazo se procederá el cobro de la garantía de Fiel Cumplimiento, haciéndose pagadera la multa solo respecto de aquella parte que cubre el valor de esta, debiéndose restituir la diferencia al adjudicado. En este último caso, en la medida que la garantía cobrada este vigente, el proveedor adjudicado deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia, que la que reemplaza dentro de los 15 días hábiles contados desde la notificación del cobro o en su defecto respaldado por la resolución respectiva.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.