La entidad licitante, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales contenidas en los documentos por ellos presentados, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones, no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Asimismo, la entidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables, entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Una vez realizado el requerimiento, los oferentes dentro del plazo de 3 (tres) días hábiles, deberán salvar los errores u omisiones formales o presentar las certificaciones o antecedentes omitidos, según corresponda, lo que informará por el portal www.mercadopublico.cl.
De conformidad a los criterios de evaluación, se asignará menor puntaje a las ofertas que rectifiquen los errores u omisiones y/o acompañen antecedentes omitidos, dentro del plazo referido. En caso de no rectificar o no acompañar las certificaciones o antecedentes requeridos, dentro del plazo, la oferta será declarada inadmisible, de corresponder.